Resolución de Empates |
Luego de que la Comisión Evaluadora emita el informe correspondiente, indicando el
puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes u oferentes, y se vislumbre una
igualdad de puntaje o empate entre los oferentes que sean mejor evaluados, se
aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
1. Primer decimal en el puntaje final.
2. Mayor puntaje de la oferta técnica.
3. Mayor puntaje de la oferta económica.
4. En caso de persistir el empate entre oferentes, luego de aplicar todos los criterios
anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el Portal, de
acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso
de oferta, en el sistema de información de Mercado Público.
En caso de persistir el empate, se seleccionará la propuesta que ingreso primero en
www.mercadopublico.cl.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio
presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por esta Entidad, que los costos
de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Dirección Regional de Vialidad de
Tarapacá podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole al
adjudicatario una ampliación de las garantías de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por
la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes tendrán un plazo de dos (02) días hábiles, contados desde la notificación
de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la
adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro
de los cinco (05) días hábiles siguientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Al momento de postular, el oferente deberá enviar a la Dirección de Vialidad, una
declaraciónfirmada por el Representante Legal de la persona jurídica (Anexo Nº 05),
donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con aquellos trabajadores contratados en los
últimos dos (02) años.
Además, junto con cada factura mensual emitida, el adjudicatario deberá adjuntar el
certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales F30-1, emitido por
la Dirección del Trabajo correspondiente, desfasado en un mes con respecto del pago
de los servicios, además de los antecedentes que pudiera solicitar el Responsable del
Contrato. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su
derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo
y tercero del artículo N°183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad
subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el
artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la
suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario,
sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la
calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o
dependencia de ellos con el órgano comprador.
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del
cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes
complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades
profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la
enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios,
indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en
general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Dirección de Vialidad, de conformidad a lo establecido en el artículo N°40 del Decreto
Supremo N°250/2004, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores.
Es decir, para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, la Comisión Evaluadora
tendráen cuenta los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las
Bases, y que dicha solicitud, se informe al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información.
Así mismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos
casos las Bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el
cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor
puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas,
con todo lo requerido.
Para lo anterior, los oferentes tendrán como plazo total de entrega, 48 horas para
adjuntarlas a través del Sistema, contadas desde que se realice la consulta en el Foro
disponible en el Portal Mercado Público.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación.
Se hace presente que la presentación de antecedentes omitidos por los
oferentes, NO incluye la presentación de los Anexos Nº02 y N° 03, los cuales
por ser de carácter esencial, de no ser presentados antes del cierre de la
licitación, implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con
los requisitos establecidos en las bases
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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