1.-
I. BASES ADMINISTRATIVAS
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, en adelante “la Subsecretaría”, requiere contratar los servicios de mantención y reparación general del edificio palacio Pereira y apoyo audiovisual de actividades de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural:
a. 2 técnicos permanentes (45 horas semanales) para realizar funciones de mantención y reparación del edificio Palacio Pereira (ubicado en Huérfanos 1515, comuna de Santiago) y su respectivo estacionamiento externo Manuel Rodríguez (ubicado en Manuel Rodríguez N°311, comuna de Santiago).
b. 1 técnico audiovisual (32 horas mensuales presenciales) para realizar funciones de asistencia técnica y cobertura de actividades culturales, registro profesional de eventos de arte como funciones de teatro, cine, música o similares en el edificio Palacio Pereira.
c. 1 Arquitecto Senior o profesional equivalente, como Jefe de Equipo de mantención, deseable con experiencia mínima de 4 años en edificios Patrimoniales.
d. 1 Agrónomo, para la mantención de palmeras, liquidámbar y olivos del Edificio.
2. DEL OFERENTE
2.1. Requisitos del Oferente:
Podrán participar en la presente licitación pública, personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar el respectivo contrato, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores del Estado una vez adjudicada la licitación.
2.1. No podrán participar:
a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886.
b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley de Compras, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de suministro de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8° de la Ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero.
d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del DFL N°1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.
3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
ACTIVIDAD PLAZOS DESDE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES
Publicación del llamado en www.mercadopublico.cl 0 día
Visita a terreno obligatoria 4° día
Recepción de consultas y solicitud de aclaración 7° día
Respuestas y/o aclaraciones 10° día
Recepción de propuestas 20° día
Apertura electrónica de propuestas 21° día
Fecha estimada de evaluación de las propuestas 25° día
Fecha estimada de Adjudicación 30° día
Fecha máxima entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato 34° día
Fecha estimada de firma del contrato 40° día
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, hasta las quince horas. En caso que cualquiera de los otros plazos venza en un día inhábil, entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.
3.1. Visita a terreno
La visita a terreno es obligatoria.
A efectos de que quienes participen como proponentes puedan establecer adecuadamente la oferta técnica y económica, se ha determinado una visita para el día y hora señalado en la carátula de la licitación del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, la persona encargada de la visita permitirá que oferentes que no hayan llegado a la hora fijada en el portal se incorporen a la misma hasta quince minutos después de iniciada, posterior a dicho lapso se tendrán por no presentados, circunstancia que quedará consignada en el acta.
Para ofertar, será condición obligatoria asistir a la visita de terreno en el día y la hora fijada y publicada en el Portal de Mercado Público, así como suscribir, durante la visita, el Acta de Visita a Terreno, con indicación del nombre y número de RUT de la persona que asiste y el nombre y número de RUT de la compañía que representa. De no cumplir con lo anterior, la oferta será inadmisible.
La visita obligatoria se realizará en el Palacio Pereira, ubicado en calle Huérfanos 1515, Santiago Centro a las 11:00 horas del día 4 del cronograma de actividades. A cargo estará de la funcionaria Verónica Morales Soto, veronica.morales@cultura.gob.cl.
• La persona que asista a la visita deberá identificarse con el nombre y Rut, ya sea de persona natural, jurídica o UTP, con la que postularán al proceso licitatorio.
Adicionalmente, y en el caso de no presentarse ningún oferente a la visita de terreno, esta licitación será revocada de forma inmediata, por no cumplir los requisitos mínimos para una correcta adjudicación.
4. CONSULTAS Y ACLARACIONES
4.1. Recepción de consultas y aclaraciones:
Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del sitio www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma.
4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones:
Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal, recibidas en la fecha y horario indicado las que formarán parte integrante de las bases de la licitación.
Dentro del mismo plazo, se efectuarán aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y/o sus Anexos, sin que medie consulta, siempre que la Subsecretaría lo considere adecuado. Tanto las respuestas como las aclaraciones serán públicas y vinculantes para los oferentes.
5. DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADOPUBLICO.
El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su cronograma de actividades, documentos que, con sus modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.
La publicación del llamado constituirá el día cero (o) del cronograma, a partir del cual se contarán los plazos para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso concursal.
Los días sábado, domingo y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de la apertura de antecedentes y ofertas. En caso que este día recayese en sábado, domingo o festivo, la apertura se efectuará el día hábil inmediatamente siguiente, a la hora establecida.
6. DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES
6.1. Aceptación de los términos de las bases:
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, sin necesidad de declaración expresa.
La presente licitación se efectuará, desarrollará y contratará de acuerdo a las normas contenidas en las Bases Administrativas y Técnicas. En caso de discordancia entre éstas, se aplicará el siguiente orden de prelación:
a) Bases Administrativas,
b) Bases Técnicas,
c) Respuesta a las Consultas y Aclaraciones,
d) Oferta del Adjudicado,
e) Resolución de adjudicación, y
f) Contrato.
6.2. Interpretación de las bases:
La Subsecretaría se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.
7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS (RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS)
Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación (punto N° 3 de estas bases) a través de la plataforma Mercado Público.
Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo antes señalado, por lo que una vez expirado no se admitirá propuesta alguna, salvo lo dispuesto en el artículo 62 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respecto a postulaciones en soporte papel. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
7.1. Validez de las propuestas
Las propuestas deben tener una validez no inferior a sesenta (60) días hábiles, contados desde el término del plazo para la presentación de las mismas no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos.
8. VALOR TOTAL MÁXIMO DE LA LICITACIÓN
Para esta licitación se dispone de un presupuesto máximo de $148.000.000. - (ciento cuarenta y ocho millones de pesos) IVA incluido, por 24 meses de servicios. Las ofertas que excedan dicho presupuesto, serán declaradas inadmisibles por no ser del interés de la institución.
Los gastos que surjan del presente proceso licitatorio corresponden a la imputación presupuestaria del presupuesto disponible para la Subsecretaría para el año 2023 y año 2024, según disponibilidad presupuestaria.
9. PRECIO DEL CONTRATO
El precio o valor deberá ser ofertado por el proponente en su respectiva Oferta Económica, la que se debe presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, expresándola en la forma establecida en el ANEXO 3 en pesos, impuesto incluido si correspondiere.
Todos los costos, gastos, impuestos y demás eventuales cargos asociados a la contratación deben estar incluidos en la respectiva Oferta Económica.
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no existirá derecho a reembolso alguno por parte de la Subsecretaría.
10. FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica se presentará a través del portal www.mercadopublico.cl, expresada en pesos, en conformidad al ANEXO 3, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado.
La oferta económica a ser indicada en la línea de oferta del portal www.mercadopublico.cl, debe realizarse por la suma total de los servicios solicitados en valor neto (sin impuestos).
Asimismo, el oferente debe adjuntar en www.mercadopublico.cl un archivo con su oferta económica (en formato PDF) con el detalle del precio para los servicios incluidos en esta licitación.
La oferta económica en el ANEXO 3, debe incluir todos los gastos, impuestos y demás eventualidades que se deriven de los servicios licitados. No existirá posibilidad de que algún costo adicional al valor ofertado sea cobrado a la Subsecretaría. Por tanto, los gastos en que incurran los oferentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo sin que exista derecho a reembolso alguno.
11. FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA TÉCNICA
Debe presentarse una Oferta Técnica que contenga el servicio que se solicita conforme a las especificaciones contenidas en las Bases Técnicas y sus anexos a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
12. ANTECEDENTES LEGALES
Para participar en este proceso de Licitación, cada oferente deberá entregar una serie de documentos legales, los cuales se detallan a continuación:
12.1. Persona Jurídica:
a) Identificación del oferente, que deberá contener su razón social, Rol Único Tributario y domicilio; el nombre de su representante legal, dirección de correo electrónico y número de teléfono (Fijo y Móvil), según Anexo 1.
b) Copia simple de Certificado de vigencia de la sociedad, correspondiente al año 2023.
c) Declaración Jurada Simple, según Anexo 2.
12.2. Persona Natural:
a) Identificación del oferente, la que deberá contener: su Nombre Completo, N° de Cédula de Identidad, Domicilio, Dirección de correo electrónico, Números telefónicos de contacto (Fijo y Móvil), según Anexo 1.
b) Copia simple del Formulario de Inicio de actividades o algún documento emitido por Servicio de Impuestos Internos que dé cuenta del inicio de actividades en el giro correspondiente.
c) Declaración Jurada Simple, según Anexo 2.
12.3. Unión Temporal de Proveedores (UTP):
a) Documento público o privado que da cuenta del acuerdo, que contenga las menciones indicadas en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886.
b) Cada integrante de la UTP deberá presentar los antecedentes indicados en los numerales 2 y 3 para persona jurídica y persona natural, según corresponda.
c) Declaración Jurada Simple, según Anexo 1 y 2.
En el caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá acompañar copia simple de escritura pública de constitución de la sociedad y las eventuales modificaciones en su caso y copia de escritura pública que acredite la personería de su representante legal. Tratándose de UTP, deberá acompañar, además, escritura pública en el que conste el acuerdo de constitución.
Los documentos señalados en el párrafo precedente deberán ser entregados en el plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, en caso de no ser presentados en el plazo señalado, se podrá adjudicar la Licitación al oferente que siga de acuerdo al orden de evaluación de las ofertas o bien, declarar desierta la licitación según corresponda.
13. APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de la apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, liberándose automáticamente las ofertas en el plazo establecido en el Cronograma de Actividades de las presentes Bases.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
14. RESPONSABILIDAD DE LOS OFERENTES EN LA PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES Y OFERTAS
Será de responsabilidad de los oferentes constatar que el envío de sus Ofertas Técnicas y Económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los documentos anexos requeridos en las Bases. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el oferente para su resguardo.
La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, estos oferentes dispondrán de un plazo fatal de 48 horas, contado desde el requerimiento, el que se informará a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl, los antecedentes solicitados, deberán acompañarse en la forma señalada en el numeral 12 de las presentes bases, según sea el caso.
Tratándose de UTP, el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo deberá ser presentado al momento de ofertar, la omisión de este documento no podrá ser subsanada por la vía expuesta en el párrafo precedente.
La Subsecretaría podrá comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por el oferente. De constatarse la falsedad de cualquiera de éstos, el oferente quedará fuera del proceso de licitación.
En el evento que el oferente no presentare las certificaciones o antecedentes en el plazo otorgado, se considerará que no ha cumplido con los requerimientos exigidos en estas Bases.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl.
Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
16. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación será realizada por una comisión de funcionarias de la Subsecretaría integrada por:
• Un (a) representante de la Unidad de Extensión;
• Un (a) representante de la Administración del Edificio;
• Un (a) representante de Gestión de Proyectos;
Los integrantes de la Comisión deberán suscribir una declaración jurada simple sobre ausencia de conflicto de intereses y compromiso de confidencialidad.
Adicionalmente, una representante de la Unidad de Administración y Finanzas de la Subsecretaría actuará como secretaria de actas.
La Comisión Evaluadora en forma previa al acto de evaluación de las ofertas obtenidas del portal www.mercadopublico.cl, analizará que los oferentes hayan dado cabal cumplimiento a lo solicitado en las presentes Bases. En caso de incumplimiento podrá declararse la inadmisibilidad de dichas ofertas, sin proceder a su evaluación.
La Comisión Evaluadora, en el ejercicio de su cometido, podrá adoptar los acuerdos necesarios y pertinentes para el desarrollo de su labor, resguardando siempre la objetividad y los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases.
El acta de la comisión evaluadora contendrá las materias señaladas en el artículo 40 bis del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
17. CONSULTAS ACLARATORIAS A LOS OFERENTES
Durante el proceso de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora de estimarlo necesario podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, en conjunto o por separado, para aclarar puntos o aspectos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl.
El ejercicio de esta facultad en ningún caso podrá significar alteración o modificación de aspectos sustanciales de la oferta presentada originalmente.
18. POSIBILIDAD DE SUBSANAR ERRORES U OMISIONES FORMALES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Durante el proceso de evaluación la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten, a juicio de la Subsecretaría, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes.
19. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIONES
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones:
CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1. Oferta Económica 43%
2. Propuesta Técnica 53%
3. Cumplimiento requisitos formales 4%
19.1. Oferta Económica: 43% (ANEXO N°3):
La oferta económica se presentará a través del portal www.mercadopublico.cl, expresada en pesos, en conformidad al ANEXO 3, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado.
La oferta económica debe ser indicada en la línea de oferta del portal www.mercadopublico.cl, debe realizarse por la suma total de los servicios solicitados en valor neto (sin impuestos).
Asimismo, el oferente debe adjuntar en www.mercadopublico.cl un archivo con su oferta económica (en formato PDF) con el detalle de precio para los servicios incluidos en esta licitación.
La oferta económica debe incluir todos los gastos, impuestos y demás eventualidades que se deriven de los servicios licitados. No existirá posibilidad de que algún costo adicional al valor ofertado sea cobrado a la Subsecretaría. Por tanto, los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo sin que exista derecho a reembolso alguno.
Definiciones:
POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación
OEB: Oferta económica más baja
OEE: Oferta económica en evaluación
La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: (ANEXO 3)
POE: (43%) X OEB/OEE)
19.2. Oferta Técnica: 53% (ANEXO 4 Y 5):
19.2.1. Evaluación experiencia del equipo de trabajo (35%) ANEXO 4:
Este aspecto evaluará la experiencia del equipo de trabajo en trabajos afines a lo solicitado en esta licitación. El equipo debe estar formado por un mínimo de 2 técnicos para realizar funciones de mantención y reparación y 1 técnico audiovisual para realizar funciones de asistencia técnica y cobertura de actividades culturales, registro profesional de eventos de arte como funciones de teatro, cine, música o similares en el edificio Palacio Pereira, 1 arquitecto senior y 1 jardinero.
El perfil del equipo de trabajo se detalla en el punto 3 de las bases técnicas.
Este ítem evaluará la experiencia del equipo de trabajo que participe en el proyecto. Para poder ser evaluados, los oferentes deben presentar antecedentes de todas las personas involucradas en el proyecto, completando el ANEXO N° 4. En caso de que no se acompañe el equipo de trabajo solicitado, no cumpla el perfil solicitado, o no se adjunte según formato ANEXO N° 4, la oferta obtendrá el puntaje mínimo.
La experiencia del equipo de trabajo obtendrá un puntaje que resultará de la suma de los puntajes obtenidos por cada uno de los integrantes de este equipo evaluado, multiplicados por la cantidad de los integrantes del equipo evaluado, incluyendo dos de sus decimales y sin aproximación.
La experiencia y formación deberán ser acreditadas a través de contratos, certificados, cartas de recomendación, boletas de honorarios, liquidaciones, certificados de títulos y capacitaciones u otros medios similares que deberán ser incorporados en el ANEXO N° 4. Se debe presentar en el anexo la experiencia y participación ordenada de acuerdo a las temáticas previamente señaladas como criterio de evaluación. Solo se podrá requerir aclaraciones de las experiencias individualizadas en el ANEXO N° 4.
2 TÉCNICOS EN MANTENCIÓN Y REPARACIÓN (PERSONAL PERMANENTE: 10% (*) PONDERACIÓN
Experiencia acreditada de 5 años o más en funciones de mantenimiento y reparación de edificios. 10%
Experiencia acreditada de entre 3 y 4 años 11 meses en funciones de mantenimiento y reparación de edificios. 6%
Experiencia acreditada de entre 1 y 2 años 11 meses en funciones de mantenimiento y reparación de edificios. 3%
Sin experiencia demostrable. 0%
(*) Esta tabla se aplicará a los profesionales que se indiquen en la oferta técnica, cuyos resultados se promediarán.
1 TÉCNICO AUDIOVISUAL (PROFESIONAL POR HORAS): 10% PONDERACIÓN
Experiencia acreditada de 5 años o más en áreas de Culturas, Artes y/o Patrimonio, tales como asistencia técnica, cobertura de actividades culturales y/o registro profesional de eventos como proyección cine, seminarios, conversatorios, lanzamientos, charlas, Ensayos abiertos (música y teatro), entre otros o similares. 5%
Experiencia acreditada de entre 3 y 4 años en áreas de Culturas, Artes y/o Patrimonio, tales como asistencia técnica, cobertura de actividades culturales y/o registro profesional de eventos como proyección cine, seminarios, conversatorios, lanzamientos, charlas, Ensayos abiertos (música y teatro), entre otros o similares. 3%
Experiencia acreditada de entre 1 y 2 años en áreas de Culturas, Artes y/o Patrimonio, tales como asistencia técnica, cobertura de actividades culturales y/o registro profesional de eventos como proyección cine, seminarios, conversatorios, lanzamientos, charlas, Ensayos abiertos (música y teatro), entre otros o similares. 1%
Sin experiencia demostrable. 0%
1 ARQUITECTO o profesional equivalente (PROFESIONAL ESPORÁDICO): 10% PONDERACIÓN
Profesional con experiencia acreditada de más de 10 años en funciones de mantenimiento y reparación de edificios. Adicionalmente, cuenta con experiencia en 2 o más edificios Patrimoniales. 10%
Profesional con experiencia acreditada de entre 5 y 9 años 11 en funciones de mantenimiento y reparación de edificios. Adicionalmente, cuenta con experiencia en al menos 1 edificio Patrimonial. 7%
Profesional con experiencia acreditada de entre 1 y 4 años 11 meses en funciones de mantenimiento y reparación de edificios. 3%
Sin experiencia demostrable. 0%
1 AGRÓNOMO (PROFESIONAL ESPORÁDICO): 5% PONDERACIÓN
Experiencia acreditada de 10 años o más en funciones de mantención de jardines. 5%
Experiencia acreditada de entre 6 y 9 años 11 meses en funciones de mantención de jardines 3%
Experiencia acreditada de entre 1 y 5 años 11 meses en funciones de mantención de jardines. 1%
Sin experiencia demostrable. 0%
19.2.2. Metodología y Plan de Trabajo (5%):
La calidad de la oferta técnica se evaluará considerando la coherencia metodológica, el plan de trabajo de los 5 profesionales y servicios adicionales que complementen y enriquezcan la oferta técnica.
Metodología del plan de trabajo 5% PONDERACIÓN
La propuesta muestra la capacidad para atender todos los servicios expuestos en las Bases Técnicas, con una metodología de trabajo completa, clara y precisa, indicando la forma de proceder según lo requerido. 5%
La propuesta muestra mediana capacidad para atender todos los servicios expuestos en las Bases Técnicas, con una metodología de trabajo básica, que indica los procedimientos en forma general. 3%
La propuesta no muestra capacidad para atender todos los servicios expuestos en las Bases Técnicas, indica una metodología de trabajo a completar y/o poco clara que requiere de aclaraciones y/o copia y pega lo solicitado en las bases técnicas. 2%
No presente metodología o es incoherente con lo solicitado. 0%
19.2.3. Condiciones de Remuneración del personal permanente (11%):
Se evaluará con mejor puntaje al oferente que presente las mejores condiciones laborales para los trabajadores, que prestarán los servicios permanentes de mantención y reparación en las dependencias del edificio Palacio Pereira y el estacionamiento externo Manual Rodríguez, según lo requerido en las bases técnicas. Para ello deberán acompañar una tabla (ANEXO N°5 obligatorio) que indique claramente la remuneración líquida del trabajador.
Para efectos de la evaluación se tomará en cuenta el valor total mensual para el cálculo. El cual será verificado al momento de realizar el pago de los servicios mensuales del oferente.
*En caso de no presentar el ANEXO N° 5 antes individualizado, la oferta será declarada inadmisible por no ser del interés de la institución.
*La remuneración líquida mensual por trabajador (2 técnicos en Mantención) debe ser igual o superior a los $560.000 líquidos, por jornada de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a sábado.
PRTO= (ROE X (11%))/OMR,
Donde:
PRTO= Puntaje de la remuneración líquida de los trabajadores presentada en la oferta
OMR= Oferta con mayor remuneración
ROE= Remuneración de la oferta en evaluación.
La fórmula se aplicará al total del monto destinado a la remuneración líquida a percibir por el personal (se deben detallar acorde al ANEXO N° 5), se excluyen de la presente fórmula los gastos operacionales del proveedor.
Se considerarán solo las remuneraciones de los 2 técnicos en mantención y reparación, ambos con jornada obligatoria de 45 horas semanales y misma remuneración líquida.
19.3. Enfoque de género 2% (criterio compras inclusivas)
Los oferentes participantes obtendrán los puntajes de acuerdo con la siguiente tabla:
CRITERIO PONDERACIÓN VERIFICACIÓN
El oferente presenta sello empresa mujer 2% Certificado vigente sello empresa mujer
El oferente es una persona natural mujer o es una empresa cuyo representante Legal o Gerente General es una mujer 2% Certificado de constitución de empresa
El oferente demuestra tener implementada una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, donde se evalúa el % de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores de la misma empresa (oferente), en el mes anterior a la presentación de la oferta. 2% Certificado de cotizaciones previsionales
El oferente no acredita ninguna de las 3 situaciones anteriores. 0% No adjunta certificado
19.4. Cumplimiento De Requisitos Formales Dentro De Plazo (4%).
OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (2%) PONDERACIÓN
Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 2%
Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0%
DOCUMENTOS LEGALES (2%) PONDERACIÓN
Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2%
Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos administrativos requeridos en las bases, de acuerdo al numeral 12), a solicitud de la Subsecretaría, en el plazo establecido en el numeral 14. 0%
Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de cada uno de los puntajes de los criterios evaluados, incluyendo dos de sus decimales y sin aproximación. A partir del puntaje final, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los seleccionados de acuerdo a la evaluación de las ofertas.
En caso de empate en las evaluaciones entre dos o más oferentes, el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera instancia Oferta técnica, en segunda instancia condiciones de remuneración, y en caso de persistir el empate, será el mayor puntaje en Cumplimiento de Requisitos Formales dentro de Plazo.
La nota mínima de adjudicación será el porcentaje del 42% en el criterio “Propuesta Técnica” (de un total de 53%). En el caso que la oferta obtenga un porcentaje inferior en dicho criterio, no será adjudicada por poner en evidente riesgo la correcta ejecución del servicio.
La Comisión dejará establecido en un acta cuál es la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación, la cual deberá firmarse por los asistentes. En virtud de esta evaluación, propondrá adjudicar los servicios licitados mediante el acto administrativo correspondiente.
Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas las propuestas sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. De igual forma, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación según la conveniencia o inconveniencia de las ofertas que se presenten.
20. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL ADJUDICATARIO.
Dentro del plazo indicado en el numeral 3 de las bases administrativas, la Subsecretaría adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente se estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación, puntaje y ponderación establecidos en las presentes Bases. El oferente cuya oferta haya sido seleccionada de este modo, será entonces, denominado adjudicatario.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada de la Subsecretaría que será notificada a los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl de conformidad con lo dispuesto para el efecto en la ley N º 19.886 y su reglamento.
En el evento que la adjudicación no se realizare en el plazo descrito en el párrafo precedente, la Subsecretaría, mediante un acto administrativo, indicará en el Sistema de Información las razones que justifiquen dicho incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de poder re adjudicar, el presente proceso licitatorio, al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente, en el caso que el oferente adjudicado no aceptare la orden de compra, o no hace entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a las cláusulas indicadas en las presentes Bases.
21. EVENTUAL RECHAZO DE LAS OFERTAS O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Legales del oferente.
Se declararán inadmisibles las ofertas que:
a) Incumplan la entrega de los antecedentes solicitados por la Comisión de Evaluación en el plazo establecido, cuando éstos sean imprescindibles para evaluar las ofertas;
b) No entreguen oferta técnica, oferta económica o los antecedentes legales obligatorios y esenciales establecidos en el punto 12 de las bases administrativas, salvo que cumplan con los plazos establecidos en el punto 14 de las bases administrativas;
c) Sean presentadas por Oferentes excluidos de la posibilidad de contratar con los órganos públicos de conformidad al artículo 4° de la Ley Nº19.886;
d) Las ofertas que excedan el monto de $148.000.000. IVA incluido;
Asimismo, la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna.
22. DEL CONTRATO
El contrato escrito será elaborado por la Subsecretaría de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a las bases.
En el contrato deberá quedar establecido que el Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, el que podrá ser personal en funciones o contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, honorario u otra modalidad, y que la Subsecretaría no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley Nº 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
El contrato que la Subsecretaría suscriba con el adjudicatario deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo.
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
23. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba con el adjudicatario tendrá una vigencia de 24 meses a contar de la fecha del acta de inicio de actividades.
Por razones de buen servicio y continuidad del mismo, la ejecución del servicio, puede comenzar a contar desde la adjudicación, sin perjuicio que el pago a que da origen se efectúe con posterioridad a la total tramitación de la resolución administrativa que lo aprueba.
La total ejecución de los servicios y su término serán certificados por la jefatura de la Unidad Requirente.
24. RENOVACIÓN DEL CONTRATO
Dada la importancia de dar continuidad permanentemente de servicios de mantención y reparación general del edificio palacio Pereira y apoyo audiovisual de actividades de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, mediante resolución fundada se podrá renovar por un período de 24 meses, siendo facultativa para la Subsecretaría la autorización de la renovación y la determinación del plazo, según el análisis de gestión del contrato, evaluación del proveedor, valores de mercado y disponibilidad presupuestaria. De renovarse el contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento. En este caso, el precio se reajustará de acuerdo al porcentaje de variación experimentado por el IPC del periodo de vigencia del contrato anterior, en base a la información dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadísticas, a la fecha de la resolución que aprueba la renovación del contrato.
25. POSIBILIDAD DE AUMENTO DE LOS SERVICIOS
En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, la Subsecretaría podrá aumentar los servicios contratados hasta en un 30% del monto del contrato, debiendo aumentarse el monto y la vigencia de las garantías.
26. DESISTIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Si la Póliza de garantía y demás documentos necesarios e indispensables para la elaboración del contrato no fueran entregadas en los plazos establecidos en el “Cronograma de Actividades”, por causas imputables al Adjudicatario, la Subsecretaría se reserva el derecho de proceder a re adjudicar o a efectuar un nuevo llamado a Licitación, mediante resolución fundada.
27. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
Para los efectos establecidos en estas bases, el “requirente” y posterior “Administrador del Contrato” será la Administración del Edificio Palacio Pereira.
La Subsecretaría, con el objeto de coordinar y supervisar el correcto cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, tendrá las siguientes facultades:
27.1. A través de la Unidad de Administración y Finanzas:
a) Mantener actualizado el archivo con la totalidad de los antecedentes originales del contrato.
b) Elaborar el expediente de pago e iniciar el proceso de pago centralizado.
c) Fiscalizar, previo al pago, el cumplimiento de la normativa laboral mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales del adjudicatario, otorgado por la Dirección del Trabajo. Tratándose de UTP, cada uno de sus integrantes debe acompañar dicho certificado, si correspondiere;
27.2. A través de la Unidad Técnica:
a) Solicitar facturación de acuerdo a los términos establecidos en las bases de licitación y en el contrato;
b) Emitir el informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios por parte del oferente. Este documento versará sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el oferente y será condición para la aprobación del pago por parte de la Unidad de Administración y Finanzas;
c) Aprobar los pagos, previo informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios;
d) Evaluación del oferente al finalizar el contrato;
e) En caso de proceder multas, calcular su monto e informar a la Unidad de Administración y Finanzas y Unidad Jurídica;
f) Fiscalizar, previo al pago, el cumplimiento de la normativa laboral mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales del oferente, otorgado por la Dirección del Trabajo. Tratándose de UTP, cada uno de sus integrantes debe acompañar dicho certificado, si correspondiere;
g) En caso de incumplimiento del contrato por parte del oferente, informar y acompañar los antecedentes a la Unidad de Administración y Finanzas mediante un informe fundado de incumplimiento de productos y/o servicios;
h) Mantener actualizado el archivo con la totalidad de las copias de los antecedentes del contrato.
De no adjuntar la documentación antes descrita completa, no procederá a la recepción conforme del servicio.
De no recibir toda la documentación después de 30 días, se registrará anotación de incumplimiento.
27.3. A través de su Unidad Jurídica:
Determinar la aplicación de las multas que correspondan, con el mérito del informe de incumplimiento y los antecedentes aportados por el Administrador del Contrato, así como los respectivos descargos formulados por el adjudicatario.
27.4. Por su parte, el adjudicatario designará un coordinador que se relacionará con el/la funcionario/a designado/a por la Unidad Técnica para coordinar la ejecución del contrato, así como los efectos a que haya lugar con ocasión de su incumplimiento. El Requirente será responsable de la supervisión directa del cumplimiento del contrato.
28. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial o total del contrato.
29. DEL PAGO
El pago del servicio se efectuará en 24 pagos, en cuotas iguales de acuerdo con el monto indicado por el adjudicatario en su oferta económica, previa recepción conforme del servicio emitido por la Jefatura de la Unidad requirente y la presentación de la correspondiente documentación tributaria por parte del adjudicatario, ingresada a la Subsecretaría.
Se deja expresa constancia que la factura será solicitada al adjudicatario una vez recibido conforme los servicios, lo que deberán acreditarse mediante el respectivo informe emitido por la Empresa y recepcionado por la Administración del Edificio (unidad Técnica encargada del Servicio). La Unidad Técnica, solicitará por correo electrónico al proveedor el envío de la factura correspondiente el servicio requerido, junto a la entrega de los respectivos certificados F30 y F30-1.
Si los servicios son recepcionado conformes, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la recepción de la documentación tributaria respectiva en la Subsecretaría, extendida a nombre de Subsecretaría del Patrimonio Cultural, RUT N°62.000.370-0, domiciliada en Huérfanos 1515, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Si el documento tributario emitido se encuentra cedido a factoring, la Empresa deberá informarlo a través del medio dispuesto por el servicio de impuestos internos y adicionalmente, mediante correo electrónico dirigido a la unidad técnica con copia a la unidad de administración y finanzas.
Con todo, dentro del plazo máximo de 8 (ocho) días, contados desde la recepción de la factura, la Subsecretaría podrá reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de la documentación. Dicho reclamo será puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente, conforme lo autoriza el artículo 3 Nº 2 de la ley Nº 19.983, que regula transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
La Dirección de Presupuestos ha impulsado la iniciativa relacionada con la recepción centralizada de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), por tanto, el archivo XML de su factura, debe ser enviado al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com. Dicho requisito también es obligatorio para el pago de su factura.
La Subsecretaría procederá al devengo, manual o automático, y éste será enviado a pago centralizado de la Tesorería General de la República, en donde el proveedor deberá ingresar con su clave única para revisar y hacer seguimiento de su pago efectivo.
En todo caso, no procederá pago alguno mientras no se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.
30. MULTAS
Las multas y sanciones descritas en este punto, se refieren a situaciones de incumplimiento en el desempeño del servicio solicitado, equivalentes a:
• 3 UTM por cada notificación que se le haga al adjudicatario por no prestar un buen servicio de trabajo, de acuerdo a lo establecido en las bases técnicas, con un tope de 12 notificaciones durante la ejecución del contrato.
• 2 UTM cuando algún individuo del personal del servicio no acate las normas internas de higiene y seguridad del edificio, con un tope de 12 multas durante la ejecución del contrato.
• Si la Subsecretaría presentare observaciones a las entregas de las etapas, el adjudicado tendrá 5 días corridos para subsanarlas, a partir del cual, se aplicarán multas con los mismos valores diarios señalados en el literal anterior, con un tope de 10 días corridos.
La Unidad técnica, elaborará el informe de las multas, el cual deberá contener las observaciones, hechos que motiven y fechas asociadas y serán notificadas mediante comunicación escrita.
La multa se aplicará, por acto administrativo fundado de la Subsecretaría, previo informe, que indicará además el monto a pagar por concepto de multa. La resolución sancionadora será notificada mediante comunicación escrita al contratante y publicación en el Portal.
Dichas multas no se aplicarán si la falta se produce por caso fortuito o de fuerza mayor, previa comunicación por escrito de la Empresa y calificación conforme por parte de la Subsecretaria, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados.
La Empresa podrá reclamar de su aplicación a la Subsecretaría dentro de 5 días hábiles contados
desde la notificación, esta deberá resolverse dentro de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el adjudicatario en forma total o parcial o bien, la rechazará confirmando la multa respectiva.
No habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, la Subsecretaría aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la Empresa deberá efectuar el pago correspondiente a la multa. Si no lo hiciere, la Subsecretaría podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley 19.886.
No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Subsecretaría en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
La Empresa, deberá comunicar por escrito a la Unidad Técnica, la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento, considerado como causa ajena a la voluntad de las partes o caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá de 5 días hábiles, a contar del día de producido dicho evento.
30.1. Procedimiento de aplicación de las multas:
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Subsecretaría, mediante Oficio, comunicará al adjudicatario que ha incurrido en un incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran. La Subsecretaría conocerá y analizará los descargos del adjudicatario, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Oficio remitido por la Institución. Si este último, estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes a la Subsecretaria del Patrimonio Cultural, solicitando que se aplique la multa que corresponda indicando la causal específica del incumplimiento y el monto de la multa.
b) La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, analizará los antecedentes y, de ser procedente, aplicará la multa mediante una resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al adjudicatario, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación a la administradora del contrato de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural.
c) La multa respectiva se pagará mediante Transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, Cuenta Corriente Banco Estado N°23909000688 con copia al correo electrónico pagospatrimonio@cultura.gob.cl indicando que se trata de una multa, esto dentro de los 10 días hábiles siguientes, a contar del día siguiente de la notificación de la multa.
d) Se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Subsecretaría sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado.
31. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato.
La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del adjudicatario durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar a la Subsecretaría a entablar las acciones judiciales que correspondan contra del adjudicatario, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
32. TÉRMINO DEL CONTRATO
Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento. En lo que concierne a la causal de la letra b) del artículo 13, y del numeral 2 del artículo 77, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos:
a) Cuando el adjudicatario demore más de 20 días corridos en poner en marcha el servicio, con respecto a lo comprometido en la oferta y/o establecido en las bases de licitación.
Cuando el adjudicatario no cumpla con los plazos establecidos por exclusiva responsabilidad.
Asimismo, la Subsecretaría podrá poner término anticipadamente al contrato en los siguientes casos:
a) Disolución de la sociedad o consorcio adjudicatario y no tuviese continuador legal.
b) Fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la Subsecretaría.
c) Estado notorio de insolvencia del Contratista o por adquirir la calidad de "empresa deudora" en los términos de la Ley 20.720, de "Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas".
d) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del adjudicatario hacia sus trabajadores.
e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de manera que se asegure el cumplimiento del contrato.
f) Acumular multas por un monto equivalente al 20% del valor del contrato.
g) Termino anticipado Si las partes de común acuerdo convienen en dar termino anticipado al contrato de la relación contractual, procediendo a lo indicado en el Dictamen N°33.634.
Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, la Subsecretaría por resolución fundada podrá poner término anticipado al contrato, procediendo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En cualquiera de los casos señalados previamente, la Subsecretaría podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
33. GARANTÍAS
33.1. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y previsionales del Adjudicatario, según lo dispone el artículo 11 de la Ley N° 19.886, este deberá entregar, al momento de la firma del Contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Certificado de Depósito o Seguro de Garantía. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en Santiago, a la vista, irrevocable y a la orden de “Subsecretaría del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa: “Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato: "Servicios de mantención y reparación general del edificio palacio Pereira y apoyo audiovisual de actividades de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural”.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos o U.F. y ser equivalente al cinco por ciento (10%) del precio total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos.
En conformidad con el inciso tercero del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.866, la garantía de fiel cumplimiento podrá otorgarse física o electrónicamente.
En caso de que el adjudicatario no entregue la garantía de acuerdo a los plazos establecidos en el numeral 7 de las Bases Administrativas, la Subsecretaría podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar al segundo oferente mejor evaluado. Así también, la Subsecretaría podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de la respectiva garantía si el contratista demora en la firma del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el numeral 4 de las Bases Administrativas.
En caso de cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el monto de la misma será considerado como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.
33.2. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
La Subsecretaría devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato y previa evaluación del proveedor por parte de la Unidad Técnica.
La Unidad de Administración y Finanzas deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía.
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