Licitación ID: 1057468-8-LE23
Mantención preventiva correctiva aire acondiconado
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de reparación, mantenimiento o reparación de aire acondicionado 1 Unidad
Cod: 72102305
Mantención preventiva y correctiva de equipos de aire acondicionado para dirección del servicio de salud metropolitano central  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención preventiva correctiva aire acondiconado
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante indistintamente el Servicio o el SSMC, requiere contratar el servicio de Mantención Preventiva y Correctiva de Equipos de Aire Acondicionado donde se emplaza las oficinas centrales de dicha Institución, ubicado en Victoria Subercaseaux N°381 pisos -1, 1,2,3,4,5 y 6; Merced N°280, piso 2, sector norte y sur; José Miguel de la Barra N°536, piso 2, Edificio HUAP (oficina DATA CENTER), Edificio Hospital San Borja Arriarán (oficina de Comiso) y Cesfam N°1 (oficina PRAIS), comuna de Santiago, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 UTM y menores a 1.000 UTM, conforme a lo previsto en el artículo 19 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Las propuestas deberán tener una validez de 90 (noventa) días corridos a contar de la fecha de apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del Contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del Portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio se regirá por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus Anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la Resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. 1.1 PRESUPUESTO El Servicio de Salud Metropolitano Central, para la presente contratación cuenta con un presupuesto total estimado de $40.000.000 (Cuarenta millones de pesos), impuestos incluidos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.600-6
Dirección:
Victoria Subercaseaux 381 Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-04-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 20-03-2023 17:35:13
Fecha inicio de preguntas: 20-03-2023 17:40:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-03-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-06-2023 16:28:07
Fecha de entrega en soporte fisico 22-03-2023
Fecha estimada de firma de contrato 23-05-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA EN TERRENO DE CARACTER OBLIGATORIO: LUGAR VICTORIA SUBERCASEAUX 381, COMUNA DE SANTIAGO 22-03-2023 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Presentación Requisitos Formales Según Bases de Licitación Pública Res. Ex. N° 325 5%
2 Oferta Económica Según Bases de Licitación Pública Res. Ex. N° 325 60%
3 Experiencia del proponente Según Bases de Licitación Pública Res. Ex. N° 325 15%
4 Tiempo de Respuesta Llamado Emergencia Según Bases de Licitación Pública Res. Ex. N° 325 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Ver Punto N 14.2 FORMA DE PAGO.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: URSULA BEECHER
e-mail de responsable de pago: ursula.beecher@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Pablo Beltrán Urzúa
e-mail de responsable de contrato: pablo.beltran@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-25746900-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Fecha de vencimiento: 31-07-2025
Monto: 5 %
Descripción: SEGUN PUNTO N° 10 DE LAS GARANTIAS.
Glosa: CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ID "1057468-8-LE23"
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN PUNTO N° 10 DE LAS GARANTIAS.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según Res. Ex. N 3252023
1. OBJETO Y CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTE LICITACIÓN
El Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante indistintamente el Servicio o el SSMC, requiere contratar el servicio de Mantención Preventiva y Correctiva de Equipos de Aire Acondicionado donde se emplaza las oficinas centrales de dicha Institución, ubicado en Victoria Subercaseaux N°381 pisos -1, 1,2,3,4,5 y 6; Merced N°280, piso 2, sector norte y sur; José Miguel de la Barra N°536, piso 2, Edificio HUAP (oficina DATA CENTER), Edificio Hospital San Borja Arriarán (oficina de Comiso) y Cesfam N°1 (oficina PRAIS), comuna de Santiago, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 UTM y menores a 1.000 UTM, conforme a lo previsto en el artículo 19 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Las propuestas deberán tener una validez de 90 (noventa) días corridos a contar de la fecha de apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del Contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del Portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio se regirá por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus Anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la Resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. 1.1 PRESUPUESTO El Servicio de Salud Metropolitano Central, para la presente contratación cuenta con un presupuesto total estimado de $40.000.000 (Cuarenta millones de pesos), impuestos incluidos.
2. PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación las personas naturales, jurídicas y asociaciones, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Podrán actuar los oferentes, sean personas naturales o jurídicas, personalmente o representados por terceros, quienes deberán obrar con poder suficiente para ofertar, por tanto, no podrán ser adjudicadas aquellas ofertas formuladas por quien carezca de tal poder, sin perjuicio de su ratificación posterior efectuada conforme a la ley, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 del Decreto Supremo N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Las personas jurídicas oferentes, cualquiera sea su nacionalidad, al momento de su adjudicación deberán estar constituidas como sociedad de nacionalidad chilena o como una agencia de la oferente extranjera en el país u otorgar o constituir mandatario con poder suficiente, con arreglo al artículo 4 de la ley N°19.886 y artículo 67 de su reglamento. Aquellos proponentes que deseen ofertar como Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán adjuntar a su oferta el acuerdo de participación conjunta, en el cual deberá declarar la forma en que se constituirá legalmente en caso de resultar adjudicado, se entenderá al efecto como acuerdo de participación conjunta aquellas UTP en que sus integrantes declaren una participación distinta a 0%, asimismo, en tal acuerdo se deberá declarar cuál de los integrantes representará a las restantes para ofertar y será responsable directo de la oferta ante esta entidad, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes componen la UTP. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. El proponente cuya oferta fuese seleccionada deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, misma obligación tendrán los integrantes de UTP, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado deberá dentro del séptimo día hábil contado desde la fecha en que se le publique la adjudicación de la propuesta, cumplir con este requisito. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo con las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes. En caso que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 2.1 Proponentes que no pueden contratar en esta licitación En conformidad a lo prescrito por el artículo 4º de la Ley de Compras, ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Además, el Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº20.393, ni tampoco con aquellos oferentes condenados a las sanciones previstas en el artículo 26 letra d) del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N°211 de 1973, mediante sentencia firme y ejecutoriada. De igual manera, el oferente no deberá registrar incumplimientos de contratos suscritos con uno o más Órganos de la Administración del Estado, conforme al artículo 6 de la ley N°21.516 sobre presupuestos del sector público del año 2023. También quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
3. NORMATIVA APLICABLE
Los servicios se contratarán de acuerdo con lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella, de acuerdo con los documentos que se indican a continuación, en orden de preferencia en caso de existir discrepancia entre ellos y sin perjuicio de su interpretación armónica: ● Las presentes Bases Administrativas (BA) ● Bases Técnicas (BT) ● Formularios, Anexos: o Anexo 1: Identificación del Proponente. o Anexo 2: Declaración jurada Simple UTP o Anexo 3: Cumplimiento Requisitos Técnicos, garantías y tiempo de respuesta. o Anexo 4: Oferta Económica Mantenciones Preventivas o Anexo 5: Oferta Económica Mantenciones Correctivas o Anexo 6: Cambio de Ubicación de Equipos o Anexo 7: Experiencia del Proponente ● Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas. ● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. ● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Central, con anterioridad a la apertura de la propuesta. ● Oferta del o de los Oferentes. ● Acta de evaluación de ofertas. ● Resolución de Adjudicación. ● Contrato y la Orden de Compra ● En general, todo documento relacionado con la licitación. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: 1. La Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. DFL. Nº29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo. 4. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado. Asimismo, regirán las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), las Normas Técnicas Oficiales del Instituto Nacional de Normalización, INN, las Normas de Seguridad y sus Reglamentos, las Recomendaciones de los fabricantes, las Normas Técnicas básicas de la Autoridad Sanitaria, y el Decreto Supremo Nº594, de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
4. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA - ECONÓMICA Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS
Todos los documentos que correspondan a las ofertas deberán presentarse únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español (con excepción de las certificaciones emitidas en el extranjero), en archivos en formato Word, Excel o PDF, u otro compatible, todos los cuales deben adjuntarse en carpetas o archivos. Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación. La integridad y capacidad de lectura de la propuesta y sus anexos, será de exclusiva responsabilidad de “El Oferente”. Se entenderá que el oferente declara su conformidad y aceptación de las Bases con la sola presentación de su oferta. 4.1 Antecedentes administrativos Según se trate de un proponente que tenga la calidad de persona natural o una jurídica, deberá presentar antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas indicada en el cronograma dispuesto en las presentes bases, los siguientes antecedentes administrativos, como archivos adjuntos, a través del portal www.mercadopublico.cl: • Anexo N°1: Identificación del oferente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, acompañar adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible: Anexo N°2: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Debe ser presentado por el miembro de la UTP que presente la oferta en el Sistema y quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado. 4.2 Propuesta técnica La Propuesta Técnica deberá indicar al menos lo siguiente: • Anexo N°3: Cumplimiento de Requisitos Técnicos, Garantías y Tiempo de Espera: El oferente deberá cumplir las especificaciones técnicas del servicio que está ofreciendo, debiendo considerar como mínimo los requisitos obligatorios solicitados a través de este anexo. • Protocolo de Mantenimiento: Plan de Mantenimiento Preventivo: El contratista deberá presentar el Protocolo de mantenimiento preventivo que a lo menos deberá contener lo indicado en las pautas de los Requisitos Técnicos. Plan de Mantenimiento Correctivo: El contratista deberá presentar el Protocolo de mantenimiento correctivo que a lo menos deberá contener lo indicado en las Bases Técnicas. • Anexo N°7: Experiencia del oferente en contratos similares características: La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través de este anexo. Los contratos declarados deben corresponder a Servicio Mantención Preventiva y Correctica de Aires Acondicionados, desde el 2017 a la fecha de publicación de esta licitación, en instituciones públicas o privadas. Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, entre otros y deberá coincidir con lo informado en el anexo. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el Anexo N°7, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7 de la presente bases de licitación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá 1 (una) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un documento. 4.3 Propuesta económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl y deberá ser expresado en pesos y corresponder al precio mensual neto. • El proponente deberá completar el Anexo Nº4 y adjuntarlo como archivo electrónico en el portal indicado. • Además, deberá completar la información requerida en los Anexos Nº5 y Nº6, la cual deberá contener los valores de servicios adicionales que se pudieran requerir durante la ejecución del contrato. El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO MENSUAL NETO, por la totalidad del servicio, además indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el anexo respectivo. El valor debe expresarse en moneda nacional, ser único y definitivo, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado al servicio, incluido si correspondiere la capacitación, uso de equipo audiovisual, equipos de soporte, o cualesquiera otros si procedieran. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Anexo, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. 4.4 Visita a Terreno La visita a terreno del lugar físico donde se ejecutará el servicio, se efectuará en el día que para tal efecto se señalará en el Portal www.mercadopublico.cl, y de acuerdo al calendario de Licitación, desde el inicio (Victoria Subercaseaux N° 381, visitaran las dependencias guiados por un profesional del Departamento de Operaciones y Logística) Lugar de reunión: Calle Victoria Subercaseaux N°381, comuna y cuidad de Santiago. A las 15.00 horas. El encargado de guiar la visita será un Profesional del Departamento de Operaciones y Logística, quien, en calidad de ministro de fe, certificará la asistencia de los Oferentes, y la representación que éstos acrediten por cualquier medio idóneo. Se levantará un acta donde se registrará la asistencia, que deberá indicar la identificación de los asistentes (nombre completo y cédula de identidad), ser firmada por ellos y el/los funcionarios designados por el Servicio para tal efecto, los cuales actuarán como ministro de fe. Los oferentes no podrán argumentar desconocimiento del terreno, planta física e instalaciones en su propuesta final. Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán efectuarse a través del foro que para el efecto dispone el Portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para ello. La visita a terreno es de carácter obligatorio y constituye UN REQUISITO DE ADMISIBILIDAD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN. Debido a lo anterior, para las propuestas de los oferentes, deberán asistir a la visita a terreno, en caso de inasistencia, dicha propuesta será declarada inadmisible.
5. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y Técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de Licitación. De ser necesaria una modificación a las bases, deberá dictarse una Resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el Portal, de la Resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los Oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la Resolución totalmente tramitada antes señalada. Con todo, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan antes del cierre de presentación de las ofertas.
6. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en el Portal www.mercadopublico.cl conectando el ID correspondiente a la presente Licitación. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
7. APERTURA DE LAS PROPUESTAS Y REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al calendario de las presentes Bases, y sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 7.1 Requisitos de Admisibilidad: 1) Anexo 2: Declaración jurada Simple UTP, en caso que corresponda 2) Anexo 3: Cumplimiento Requisitos Técnicos, garantía y tiempo respuesta. 3) Anexo 4: Oferta Económica Mantenciones Preventivas 4) Anexo 5: Oferta económica Mantenciones Correctivas 5) Anexo 6: Cambio de Ubicación de Equipos 6) Cotizar todas las partidas del Anexo N°5 7) Visita a Terreno Obligatoria 8) Garantía de al menos 12 meses en los trabajos realizados Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N°19.886. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley N°19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases.
8. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1 Apertura de las Ofertas Conforme a lo prevenido en el artículo 33 del Decreto Supremo N°250, el acto de la apertura se efectuará en un solo acto a través del Sistema de Información, en el día y hora establecido en el calendario de la Licitación. Sólo serán consideradas como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas siguientes a la evaluación de los requisitos admisibilidad, para formular observaciones a la apertura, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Departamento de Operaciones y Logística, en el plazo establecido en el calendario. Cualquier observación que no fuere presentada a través del Sistema de Información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. 8.2 Comisión de Evaluación de las Ofertas Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por Directivos y funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan, o quienes les subroguen o reemplacen, en relación a la presente licitación: TITULARES NOMBRE RUT CALIDAD JURIDICA CARGO 1 Pablo Beltrán Urzúa 13.048.510-3 Contrata Asesor Departamentos DAP-SSMC 2 Víctor Pisón Silva 8.665.286-2 Contrata Encargado de Edificio y Movilización 3 Gastón Vera Montenegro 16.218.045-2 Contrata Profesional del Departamento de Recursos Físicos Esta comisión tendrá un plazo de quince días hábiles desde el cierre de recepción de ofertas, para analizar las ofertas y proponer al Director, la adjudicación de la oferta mejor evaluada. La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad o quienes les subroguen o reemplacen. Esta Comisión estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la institución, levantando un acta que contendrá la siguiente información, conforme lo dispone el artículo 40 bis, del Decreto N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Se verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes Bases Administrativas, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la Institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado y hará una propuesta de adjudicación a la Dirección del Servicio; o bien propondrá fundadamente declarar desierta la licitación. De considerarse necesario, se requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones o antecedentes a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la contratación, en caso de serle adjudicado. Los miembros que integran la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, debiendo dejar constancia de aquello en el Informe de Evaluación. De conformidad con los previsto en el artículo 4º Nº7 de la Ley Nº20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley Nº20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto Nº250, que contiene el Reglamento de Compras. 8.3 Omisión de antecedentes Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento Presentación de Documentos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible conforme a lo prevenido en el punto 7°. Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y estar afecto alguno(s) de sus integrantes a las inhabilidades previstas en el artículo 4 de la ley N°19.886, dentro del mismo plazo antes indicado, está deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N°250 si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida. El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director del Servicio de Salud Metropolitano Central con la proposición de adjudicación. La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: - Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en las Bases Administrativas. - Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes. - Elaborar el Informe de Evaluación de las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses del SSMC, o bien; - Efectuar proposición fundada para la declaración de desierta de la Licitación. La Comisión Evaluadora podrá desestimar una oferta cuando ésta no cumpliere los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, esto es: - Si la oferta no cumple con los requisitos de admisibilidad requeridos en el numeral 7 de las presentes Bases. - Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias técnicamente de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación y conforme al resultado que obtuviere en la calificación. - Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses de este Servicio. - Cuando la propuesta muestra distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases. 8.4 PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: a) Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará que ofertas son admisibles conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de aquellas deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. b) Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: CRITERIO PONDERACION % A) Oferta Económica 60% B) Tiempo de Respuesta Llamado Emergencia 20% C) Experiencia del proponente 15% D) Cumplimiento Presentación Requisitos Formales 5% TOTAL 100% 8.4.1 FORMULA GENERAL PUNTAJE TOTAL = Puntaje a) + Puntaje b) + Puntaje c) + Puntaje d) 8.4.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Los criterios de evaluación serán ponderados de acuerdo con lo detallado a continuación: A) OFERTA ECONÓMICA (60%): Este criterio será evaluado según la sumatoria de los valores netos indicados en los Anexos N°4, N°5, y N°6. El puntaje se determinará según la siguiente tabla de subfactores, obteniendo la oferta económica menor, la mayor ponderación, a saber: Subfactortes: OFERTA ECONÓMICA 60% SUBFACTORES FORMULA A1. Oferta Económica Mantenciones Preventivas mensuales Anexo N°4 (Menor Precio Ofertado*100) / Precio ofertado 60% A2. Oferta económica Mantenciones Correctivas Anexo N°5 (Menor Precio Ofertado*100) / Precio ofertado 30% A3. Cambio de equipos Anexo N°6 (Menor Precio Ofertado*100) / Precio ofertado 10% B) TIEMPO DE RESPUESTA ANTE LLAMADO DE EMERGENCIA O URGENCIA (20%): Se evaluará según la siguiente fórmula: El medio de verificación será el Anexo N°3. *En caso que el Tiempo de respuesta sea mayor a 3 horas, se considerará incumplimiento y podrán aplicarse las multas correspondientes según lo dispuesto en las bases. C) EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (15%): Los contratos declarados deben corresponder a Servicio Mantención Preventiva y Correctica de Aires Acondicionados, desde el 2017 a la fecha de publicación de esta licitación, en instituciones públicas o privadas. Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, entre otros y deberá coincidir con lo informado en el anexo. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el Anexo N°7, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7 de la presente bases de licitación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá 1 (una) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un documento. Se aplicará la fórmula que indica de los siguientes sub-criterios: Experiencia de la Empresa PUNTOS La empresa acredita haber ejecutado seis (6) o más contratos de similares características a empresa o instituciones públicas o privadas. 100 La empresa acredita haber ejecutado entre tres (3) y cinco (5) contratos de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 60 La empresa no acredita o acredita haber ejecutado uno (1) o dos (2) contratos de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 0 D) CUMPLIMIENTO PRESENTACIÓN REQUISITOS FORMALES (5%): Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Presentación Requisitos Formales”, se asignará 100 Puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizar la evaluación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguale o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. RESOLUCIÓN DE EMPATES De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en las características técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla. CRITERIOS ORDEN JERÁRQUICO DE DESEMPATE Oferta Económica 1º Plazo de Respuesta ante Llamado de Emergencia 2° Cumplimiento de los Requisitos formales 3° En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se estará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información de www.mercadopublico.cl. El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada.
9. ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple, sin emisión automática de orden de compra. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del Portal www.mercadopublico.cl, mediante Resolución fundada del Director del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en el calendario de licitación. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio dentro del plazo señalado en el calendario de licitación de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar. Asimismo, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, entre otras causales, informará de esta circunstancia, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la Ley N°19.886. En caso de ser ampliado el plazo de adjudicación y de ser necesario para evitar la caducidad de las ofertas, el Departamento de Operaciones y Logística solicitará a los oferentes a través del portal, pronunciamiento sobre la prórroga de la vigencia de sus ofertas. Ahora sí, por causas no imputables al Servicio, el proveedor se negará injustificadamente a suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles desde la fecha de entrega de antecedentes para la formalización de contrato, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación y la licitación podrá ser adjudicada al segundo proponente mejor evaluado. La adjudicación de la licitación a otro proponente en la forma prevista en este numeral, es una atribución privativa de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central. El Servicio se reserva el derecho de desestimar todas las ofertas, fundamentando su decisión y los proponentes no tendrán derecho a reclamo o a indemnización alguna. Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá registrarse en un plazo de (7) días hábiles desde que el SSMC notifique la adjudicación de su oferta, para proceder con la suscripción de contrato y emisión de la orden de compra. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes de la formalización referida. Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación, los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, a través del sistema de información, las cuales serán respondidas dentro de cinco (5) días hábiles en documento anexo que se publicará en el portal referido. 9.1 DE LA READJUDICACIÓN El Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido e informado en la Resolución adjudicatoria, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición. c) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas d) Si no han sido entregados los antecedentes para formalizar el contrato de acuerdo con lo prevenido en las presentes bases, dentro de décimo (10) día hábil contado desde la publicación de la Resolución de Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl correspondientes a: - Certificado emanado de Dirección del Trabajo que dé cuenta de existir o no saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (F-30) - Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, en caso que corresponda. e) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario. f) Si el adjudicatario no acepta la respectiva orden de compra, conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 63 de la Ley N°19.886, dentro del plazo de 48 horas desde su emisión. La readjudicación será posible sólo si el proveedor a quien se readjudique mantiene la vigencia de su oferta y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primitivamente adjudicado, conforme al art. 71 del Reglamento de Compras.
10. DE LAS GARANTIAS
10.1 Reglas Generales Las garantías a requerir en el presente proceso licitatorio se regirán por las siguientes disposiciones generales, sin perjuicio de las disposiciones especiales que se detallarán en el siguiente punto: o Deberán ser tomadas por el oferente o un tercero en su nombre o representación. o Podrán constar en uno o más instrumentos. o Podrán ser otorgadas en forma física o electrónica, en este último caso deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. o Deberán ser extendidas en forma nominativa, a la vista e irrevocables. o Deberán ser extendidas a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, Rut N° 61.608.600-6 e indicar expresamente el ID de proceso y nombre del proceso licitatorio. o Todos los gastos financieros que irrogue la obtención, renovación, aumento, reemplazo o mantención de la garantía respectiva serán de cargo del oferente, siendo de su exclusivo cargo que mantengan su vigencia durante todo el periodo que caucionen. o Las garantías constituidas mediante certificados de fianza o pólizas de seguro deberán expresamente incluir la mención de ser exigibles a primer requerimiento, además de cubrir multas aplicadas por incumplimiento de contrato y el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de la oferente en caso de incumplimiento de este. o El valor de la garantía podrá expresarse en pesos por la cantidad indicada en las presentes bases o en Unidades de Fomento, siempre y cuando, sea coincidente con el valor mínimo exigido en estas bases. o El cobro de garantías sólo podrá efectuarse previa concurrencia de las hipótesis previstas expresamente en estas bases y previa tramitación del procedimiento administrativo a que haya lugar con la consecuente emisión de la Resolución que disponga tal cobro. 10.2 Entrega de las Garantías La entrega de las garantías extendidas en formato físico deberá realizarse en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Central, ubicada en calle Victoria Subercaseaux N°381, piso 1, comuna de Santiago, en sobre cerrado, dentro de los plazos establecidos en el calendario de licitación, respecto de la garantía de seriedad de la oferta y en el plazo indicado en el punto relativo a la garantía de fiel cumplimiento. Garantía Física: o Servicio de Salud Metropolitano Central o Victoria Subercaseaux N° 381, comuna Santiago. o Oficina de Partes, piso 1. o Horario atención de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 hrs., día viernes de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs. Garantía Electrónica: o Deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el Portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantías.dssmc@redsalud.gob.cl. 10.3 Garantía de Seriedad de la Oferta De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad al artículo 31° del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras. 10.4 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato El oferente deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, por un monto del 5% del valor total del contrato. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Central, mientras dure el período de vigencia. Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva. 10.5 Aumento de garantía Cuando el precio de la oferta sea inferior a 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio y se verifique que los costos de dicha son inconsistentes económicamente, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio que le sigue. En el evento que, a causa de una modificación de contrato de acuerdo con lo previsto en estas bases, se aumente el valor de este o su vigencia, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en estas bases aumentando el valor de garantía o vigencia, según corresponda. Se hace presente que en caso de que se detecte un error formal en la extensión de la garantía, ello no invalida la presentación de aquella, sin perjuicio de que se otorgará al oferente un plazo de 2 días hábiles, desde la notificación a la empresa de dicho error para corregirla, y entregarla correctamente emitida. En el evento que el plazo para entregarla correctamente emitida se extinguiere un día inhábil, se extiende al día siguiente hábil para su entrega. Lo anterior, se aplica para todas las garantías indicadas en este numeral. La notificación se hará al Proveedor mediante correo electrónico informado por el mismo en los antecedentes que haya presentado en su oferta o de la manera más expedita y que permita dejar constancia o registro de ello.
11. DEL CONTRATO
11.1 Formalización del contrato El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de entrega de antecedentes para la formalización del contrato. Para ello el proponente adjudicado deberá acompañar los documentos necesarios para redactar el contrato que sean solicitados por el Servicio, sin perjuicio de la documentación acompañada por el respectivo oferente en su propuesta a través del portal indicado. Se entenderá que, si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, caso en el cual el Servicio estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente. 11.1.1 Antecedentes necesarios para la formalización del contrato 1. Documentos para Persona Natural: a) Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados. 2. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): a) En caso de sociedades: a.1 Copia simple de escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio. a.2 Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. a.3 Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. a.4 Copia simple de la cedula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados. a.5 Las Sociedades que se acojan a la Ley N°20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo. a.6 Certificado de antecedentes laborales y previsionales, con una antigüedad no mayor a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de presentación de la oferta (F-30) a.7 En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada. b) En caso de Fundaciones o Corporaciones: b.1 Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. b.2 Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica. b.3 Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica. b.4 Copia simple del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial. b.5 Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. 3. Documentos para Persona Jurídica Extranjera: a) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser debidamente apostillados. b) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. c) Deberá designar domicilio en Chile. d) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046. 5. Documentos para UTP a) En las contrataciones superiores a 1.000 UTM, deberá presentar escritura pública en que conste la unión temporal, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si el monto de la contratación es inferior, basta con un instrumento privado. b) En el instrumento antes indicado deberá a lo menos pactarse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. c) Además, cada uno de los integrantes deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago El contrato definitivo tendrá el siguiente contenido mínimo: a) Individualización del proveedor; b) Individualización de los servicios materia del contrato. c) Precio; d) Plazo de duración; e) Garantías; f) Causales de término anticipado; g) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios; h) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución; i) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor; j) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato; k) Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen; l) Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato; m) Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos; n) Declaración que, entre el Servicio y el personal dependiente, contratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario; o) Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases; p) Declaración que el Servicio se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. q) Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, debido a transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos. r) Declaración que el proveedor será único responsable de otorgar medidas de higiene y seguridad adecuadas a su personal, conforme al Código del Trabajo, ley N°16.744 y demás disposiciones legales y reglamentarias en materias de orden, higiene y seguridad aplicables a los servicios respectivos. 11.2 Vigencia La vigencia del contrato comenzará desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, en el caso de las Mantenciones Preventivas, el contrato tendrá una duración de 24 meses contados desde la fecha de la total tramitación de la Resolución que lo aprueba y Por razones de buen servicio, las prestaciones que derivan del contrato se podrán iniciar con anterioridad, desde la fecha de suscripción del contrato, no obstante que su pago sólo podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio . La vigencia del contrato será la indicada precedentemente o hasta agotarse el presupuesto, lo primerio que ocurra. 11.3 Plazo de Ejecución Los plazos para la Ejecución de los servicios de mantención correctiva serán: 1. Luego de llamada y envío de correo electrónico por avería para visita técnica la llegada será dentro de las dos horas siguientes a la petición. 2. Envío presupuesto dentro de las 12 horas seguidas al diagnóstico. 3. Inicio de los trabajos de reparación dentro de las 3 horas después de aprobado el presupuesto. 4. El plazo de ejecución de los servicios, será el propuesto por la empresa adjudicada cuando presente su presupuesto, ejecución que no podrá exceder de 3 días hábiles, luego de confirmado por el Referente técnico la aprobación satisfactoria y sin observaciones de los trabajos. Cualquier modificación y/o retraso en las fechas, sea este ocasionado por fuerza mayor, deberán ser comunicadas vía correo electrónico al Referente técnico, y a su jefatura, a más tardar los días viernes al mediodía. 11.4 Cesiones y Gravámenes De acuerdo a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras, el contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una Licitación, y en especial los establecidos en el Contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos Contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 11.5 Subcontratación No se admitirá subcontratación para la ejecución de los servicios licitados. 11.6 Obligaciones de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales El personal que contrate el proveedor durante la vigencia del contrato no tendrá vínculo alguno de origen laboral ni de subordinación o dependencia o funcionario con el Servicio. El Referente Técnico podrá requerir información sobre el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del personal del proveedor que sea necesario para la ejecución de los servicios, debiendo acreditar documentalmente el cumplimiento de tales obligaciones mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo u otros tales como certificados de PreviRed, Planillas de pago de cotizaciones, etc. En caso de registrarse saldos insolutos con sus actuales trabajadores o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar la inexistencia de deuda a la mitad de ejecución del contrato o un máximo de seis meses, aquella que resulte inferior. En caso de infracción será calificada como incumplimiento grave conforme a estas bases.
12. DE LA INSPECCION TECNICA
12.1 Referente técnico Para todos los efectos de las presentes bases se entenderá como Referente técnico, al profesional perteneciente al Departamento de Operaciones y Logística, como el encomendado para velar directamente por la correcta ejecución de los servicios y, en general por el cumplimiento del contrato. 12.2 Registro de Mantención El Referente técnico mantendrá permanentemente un “Archivador” donde se registrarán tanto las mantenciones preventivas y correctivas que se realicen a los equipos de aire acondicionado por la empresa adjudicada, y en él se considerarán todas las visitas que ella realizare. 12.3 Atribuciones del Referente técnico La empresa contratada deberá consultar exclusivamente a las instrucciones del Referente Técnico, las que se impartirán conforme a los términos y condiciones del contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo estipulado en estas bases. Actuará como referente técnico D. Pablo Beltrán Urzúa, Profesional del Departamento de Operaciones y Logística del SSMC, o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Central, que estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Las funciones del Referente técnico incluirán: 1. Supervisar y controlar el desarrollo de la presente licitación, velando por el estricto cumplimiento de las bases técnicas y sus anexos; y el cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado y la vigencia de las garantías respectivas. 2. Velar por el cumplimiento de los plazos ofertados por el proveedor en su oferta. 3. Instruir al proveedor adjudicado los lugares y fechas donde se ejecutarán los servicios 4. Instruir al proveedor acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases. 5. Proporcionar la información necesaria al proveedor para la correcta prestación del servicio. 6. Determinar la procedencia de multas y sanciones que se estipulen en las presentes bases, emitiendo informe técnico de ello, a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, en caso de incumplimiento por parte del proveedor, según corresponda. 7. Solicitar a la autoridad competente el término anticipado del contrato en caso de requerirlo la institución, sea por incumplimiento contractual, por motivos presupuestarios u otros derivados del caso fortuito o fuerza mayor. 8. Dar recepción conforme de los servicios entregados, y respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, y requerir su entrega respectiva. 9. Informar oportunamente a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de modificación de contrato prevista en las bases. 10. Requerir a las unidades receptoras de los servicios, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. 11. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
13. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
13.1 Condiciones y Accidentes del Trabajo El Proveedor deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección, en conformidad a las normas legales y reglamentarias que regulan la materia. 13.2 Prevención de Riesgos Los trabajadores del Proveedor que ejecute los servicios de mantención en las instalaciones de la Dirección, deberán estar provistos al menos de los siguientes elementos de protección personal certificados, según sea la labor encomendada: • Casco de Seguridad. • Calzado de Seguridad (dieléctrico) • Guantes de cuero u otro material adecuado al riesgo (electricidad, vidrio, etc.) • Protectores auditivos • Arnés de seguridad cuando los trabajos sean relacionados con la caja del ascensor • Anteojos de seguridad, en trabajos expuestos a proyección de partículas. • Máscara, guantes largos, coletos de cuero en labores de soldadura • Credencial de identificación. 13.3 Obligaciones legales El Proveedor adjudicado queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de dicho cuerpo legal en las relaciones con sus trabajadores, en especial las normas relativas a Seguridad Social y accidentes del trabajo. 13.4 Otras obligaciones del contratista El contratista estará obligado a: 1. Ejecutar los servicios adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Referente técnico. 2. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 3. Observar la prohibición de cesión de contrato. 4. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central, conforme a lo prevenido en las bases. 5. Observar que los servicios cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 6. Acreditar haber cancelado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de PreviRed, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. 7. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de modificación de contrato prevista en las presentes bases. 8. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad respecto de sus trabajadores 9. Responder de todo daño ambiental que tenga su causa en la infracción a las normas de calidad ambiental, a las normas de emisiones, a los planes de prevención o de descontaminación, a las regulaciones especiales para el caso de emergencia ambiental o a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales, establecidas en la Ley Nº19.300 de Bases del Medio Ambiente y/o en otras disposiciones legales o reglamentarias y en que haya incurrido éste o sus trabajadores o dependientes durante y con ocasión de la ejecución de la mantención. 10. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la Ley N°19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. 11. Asegurar de su cuenta y riesgo, el tránsito por las vías de acceso a las instalaciones, dentro del recinto que haya necesidad de proteger o de indicar a causa de los trabajos en ejecución. Al efecto, serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros y/o a los transeúntes con motivo u ocasión del cumplimiento del Contrato. 12. Responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o extemporánea ejecución del Contrato. 13. Efectuar cualquier pago o desembolso relacionado con el servicio, por ejemplo: garantía de ruptura de estructura o terminaciones en el diseño, retiro de escombros, multas que pudieren tener como causa de transgresión por parte de aquel o de sus dependientes a las Leyes y Reglamentos u ordenanzas. 14. Cumplir con las obligaciones contractuales y previsionales con sus trabajadores y/o dependientes o subcontratados. 15. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal. 13.5 DEL DESARROLLO DEL SERVICIO DE MANTENCION Elementos que deberá suministrar el Proveedor. Será de cuenta del oferente adjudicado la provisión de todas las maquinarias, la mano de obra y las herramientas necesarias para los trabajos, la conservación de los materiales existentes y/o su reposición si así fuese necesario y en general, todos los gastos que originen las mantenciones preventivas
14. PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO
14.1 PRECIO El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable. 14.2 FORMA DE PAGO El Proveedor no podrá facturar hasta que el referente técnico emita recepción conforme de los trabajos efectuados y esta recepción sea ingresada al Portal Mercado Público. Para la emisión de los pagos, la empresa proveedora de los servicios emanados de la presente licitación, deberá enviar al Referente Técnico, la prefactura para su aprobación para ser cotejada con el suministro del servicio contratado realizado por aquel, en el periodo que corresponda. El Referente técnico manifestará su conformidad o disconformidad a dicha prefactura, dentro del plazo de tres días hábiles desde su recepción. El Referente Técnico para cotejar las prefacturas en relación a los servicios prestados, considerará el siguiente detalle: - Pago mensual para las mantenciones preventivas, según lo establecido en las presentes Bases. - Pago eventual si algún equipo requiere de mantención correctiva, según lo establecido en las presentes Bases. - Pago eventual si se requiere el cambio de lugar físico, según lo establecido en las presentes Bases. - Pago eventual si se requiere de mantención correctiva no consideradas en de las presentes bases. Todo pago se cursará por orden del Jefe de Finanzas del Servicio de Salud Metropolitano Central. Dicho pago será realizado por el Servicio de Salud Metropolitano Central al proveedor una vez recibido a entera conformidad el servicio respectivo y emitida la “Orden de Facturación” por el Referente Técnico, considerando lo dispuesto en las presentes Bases. Esta orden contiene las autorizaciones y certificaciones internas necesarias para hacer efectivo el pago y será remitida al proveedor vía correo electrónico o podrá ser retirada por éste directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio de Salud Metropolitano Central. La emisión de la “Orden de Facturación” se realizará a más tardar el tercer día hábil de recibidas las certificaciones de conformidad del bien y/o servicio contratado por parte de la Contraparte Técnica del Servicio de Salud Metropolitano Central. En definitiva, el Servicio de Salud Metropolitano Central, a través de su Jefatura de Finanzas, procederá al pago de los servicios en tanto tenga a la vista la siguiente documentación en su totalidad: - Informe referido al cumplimiento de los servicios contratados, el que deberá efectuarse y certificarse por el Referente Técnico respectivo o quien le subrogue, otorgando fe de que dichos servicios fueron prestados a completa y entera satisfacción del Servicio de Salud Metropolitano Central, sin observaciones. - La boleta o factura en duplicado, adjuntando a la misma la orden de prefacturación. - El Proveedor deberá entregar Certificado emitido por la Inspección del Trabajo sobre cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales autorizada de conformidad con la Ley Nº20.123 y su Reglamento, el que acredite que el Proveedor no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados. Lo anterior, a fin de que el Servicio de Salud Metropolitano Central pueda ejercer el derecho de información y retención, cuando fuere procedente, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 183-C del Código del Trabajo, en sus incisos primero, segundo y tercero. La factura deberá emitirse a nombre del “Servicio de Salud Metropolitano Central”, RUT: N° 61.608.600-6, con domicilio en su Oficina de Partes, ubicada en calle Victoria Subercaseaux N° 381, piso número 1°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y ésta deberá indicar el ID de orden de compra y el detalle respectivo del servicio ejecutado. La orden de compra debe estar en estado “Recepción conforme” en el portal www.mercadopublico.cl. Debe emitir DTE a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), y cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com). En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del SII. La factura mal extendida o que no incorpore los antecedentes propios del servicio contratado, será causal de devolución al Proveedor dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción. Todo documento rechazado deberá incluir por parte del proveedor nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar enmendando el error. La factura no podrá tener una fecha anterior a la aprobación del estado de pago, ni a fecha anterior a la Recepción Conforme de los servicios otorgados. El pago se realizará a solicitud del Referente técnico, en el plazo de 45 días contados desde la aceptación de la factura en el portal del SII, mediante transferencia electrónica a nombre del contratista. Para estos efectos el contratista deberá enviar la cuarta copia de crédito cedible al correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl, junto con los datos bancarios (Banco, tipo de cuenta, Nº de cuenta, correo electrónico). La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central no entregará anticipos de ninguna especie. La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago centralizado a través de Tesorería General de la Republica. Las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”.
15. MULTAS DE LOS SERVICIOS
15.1 TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES SUJETAS A MULTAS El incumplimiento del proveedor a las obligaciones establecidas en estas Bases; en la orden de compra, y/o en el contrato; incluyendo las consultas y aclaraciones y la propuesta adjudicada, facultará al Servicio de Salud Metropolitano Central para aplicar el mecanismo de multas por incumplimiento que en lo sucesivo se indica, el que operará siempre y cuando lo anterior no sea producto de la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la Contraparte Técnica. El mecanismo de aplicación de multas es el siguiente, cuyas infracciones se indican a continuación: INFRACCIÓN DESCRIPCIÓN 1. Incumplimiento a las obligaciones del oferente, calificado como no grave por el Referente Técnico. Se entenderá como no grave aquellos incumplimientos del contrato por parte del proveedor que no afecten de forma directa la disponibilidad de los servicios contratados, los que son: a) Incumplimiento de instrucciones y/o requerimientos del referente técnico, de acuerdo a lo previsto en las bases técnicas. 2% del valor total del contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 20% del valor total de contrato. b) Si los servicios adjudicados no se entregan en las fechas, forma, calidad, cantidad y/o lugar contenido en la oferta económica y/o aquel acordado entre proveedor y referente técnico, según corresponda. 2% del valor total de contrato por cada día de atraso, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 20% del valor total de contrato. 2. Incumplimiento a las obligaciones del oferente, calificado como grave por el Referente técnico. Se entenderá como grave la no ejecución de las obligaciones por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, y que dicho incumplimiento le genere al SSMC perjuicio en el cumplimiento de sus funciones, los que son: a) Retraso en el tiempo de respuesta al llamado de emergencia b) Retraso en el tiempo establecidos para la ejecución de mantenciones correctivas. 5% del valor total de contrato por cada día de atraso, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 20% del valor total de contrato c) No proporcionar elementos de protección personal a sus trabajadores, de acuerdo a la normativa sanitaria vigente. d) No realizar el retiro de los residuos y/o escombros producto de los trabajos ejecutados. 5% del valor total de contrato por evento, según lo estipulado en el correspondiente contrato. Tope de 20% del valor total de contrato. 15.2 DETALLES A CONSIDERAR RESPECTO DEL CUADRO DE MULTAS - Para el caso de la infracción “Retraso en el tiempo de respuesta al llamado de emergencia”, sobre media hora será aproximado al período superior. Ejemplo: 3,5 horas se aproximará a 4 horas, siguiendo el mismo ejemplo, pero inverso, en caso de 3,25 horas se disminuirá a 3 horas. - La unidad de medida para el cobro de las multas será Unidad de Fomento (UF), cuyo valor corresponderá a la última emisión del documento de pago (factura) antes de cometida la infracción. Las multas serán aplicables por atrasos del ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo de la prestación de los servicios y se descontarán de la factura que esté en proceso de pago. Sin perjuicio de todo lo anterior, se establece que el tope máximo para la aplicación de multas corresponderá a un 20% del valor total del contrato. Para aplicar cualquier multa establecida el contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: • Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases sean constitutivos de multa, el Referente Técnico, dará cuenta mediante Informe fundado al Departamento de Asesoría Jurídica para su pronunciamiento jurídico respecto del hecho de haber incurrido el contratista en alguna infracción, y la proposición de aplicación de las multas que procedan. La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, a la vista del Informe con el visto bueno de Asesoría Jurídica, si estima que el contratista ha incurrido en incumplimiento contractual, comunicará por medio del correspondiente Oficio Ordinario dirigido al domicilio del proveedor, indicado en el Anexo N°1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerida la aplicación de multas. • Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Director/a del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. • De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas, o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, la sanción por el valor total o parcial informado por el Referente Técnico, o la determinación de no aplicarla, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que se remitirá mediante carta certificada al domicilio informado. • La Resolución que aplique la multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. • El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de quinto día desde notificada la Resolución que la aplicare, el cual deberá hacerse efectivo en Tesorería de este origen, adjuntando copia del acto administrativo respectivo, en caso de no hacerse efectivo el pago en el plazo antes indicado, se hará efectivo directamente de la garantía de fiel cumplimiento. • Se deja constancia que el procedimiento de aplicación de multas y la reclamación de ellas se regirán conforme lo establece la Ley N°19.880 de procedimientos administrativos, y conforme lo dispuesto en el artículo 79 TER del Decreto N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. • Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos. • Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo. • La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en el mismo, y en las presentes Bases. • Las multas que se apliquen se deberán pagar en el Servicio mediante cheque nominativo a nombre de éste. Asimismo, y en caso que lo anterior no sea posible, podrá hacerse efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento para obtener el pago de multas, situación que permitirá al Servicio exigir una nueva garantía en las mismas condiciones señaladas en el capítulo respectivo. Para cancelar las multas en el Servicio, el contratista deberá presentarle el oficio de notificación respectivo, debiendo emitirse un documento de ingreso de los dineros, él que se entregará al contratista para que éste lo acompañe junto a la facturación del periodo.
16. MODIFICACIÓNES CONTRACTUALES
Conforme a lo previsto en el artículo 77 del Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sin perjuicio de lo señalado en el artículo 13 de la ley N°19.886 el contrato a suscribir podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo, en los siguientes casos: a) Mutuo Acuerdo entre las partes b) Caso fortuito o fuerza mayor Para la procedencia de la modificación de contrato, se deberá estar al siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico, en ejercicio de las potestades contempladas en las presentes bases, deberá emitir un informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos justificativos de la modificación de contrato, fecha de inicio de la misma y detallar el mayor valor o vigencia del vínculo contractual, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de término anticipado. b) Si el proveedor aceptase la modificación de contrato, deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento que contemple el mayor valor o vigencia, dentro de décimo (10) día hábil, la cual se someterá al mismo procedimiento previsto para la formalización de contrato previsto en estas bases, en caso que corresponda. c) Con todo, en el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado Las modificaciones, aumentos o disminuciones sólo tendrán vigencia a partir de la total tramitación del acto administrativo de la Dirección que lo apruebe, y respectiva su publicación en el Portal de Mercado Público. Solo una vez formalizados los aumentos o disminuciones de la forma ya dicha, los mismos podrán tener aplicación, tanto la disminución, como el aumento de las prestaciones adjudicadas se harán de acuerdo a los valores ofertados por el proponente en el proceso licitatorio correspondiente. En caso de disminución de servicios, el contratante no tendrá derecho a indemnización alguna por parte de la Dirección.
17. CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DE CONTRATO
El Contrato podrá terminarse anticipadamente, previa Resolución fundada del Director(a) del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3. Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados mediante la orden de compra. 4. Caso fortuito o fuerza mayor. 5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de Ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6. Por haber alcanzado el tope de multas, por infracciones leves o graves, según se indica en las presentes bases. 7. Por no acreditar, previo informe de Referente Técnico, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. El Servicio informará por escrito al Proveedor, mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en la oferta, con una antelación de 10 (diez) días hábiles a la fecha en que se desee ponerle término. Este aviso no será necesario en caso de incumplimiento grave de las obligaciones del Contrato de acuerdo a lo señalado en el punto siguiente. 17.1 Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales Para efectos de terminar anticipadamente el contrato, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando al Servicio de Salud Metropolitano Central, para poner término anticipado al contrato, entre otras las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del Servicio: 1. Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. 2. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. 3. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. 4. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. 5. Si se disuelve y procede a su liquidación 6. Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión dispuesto en estas bases. 7. Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. 8. Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio. 9. Incumplimiento de la obligación de reemplazo de garantía conforme a lo previsto en estas bases. Lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. Para declarar el término del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: • El Referente Técnico deberá emitir un informe a la Dirección de Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud de término, en virtud del cual se remitirá un Ordinario dirigido al domicilio del proveedor, indicado en el Formulario N° 1, en el cual se informará del hecho de haber sido requerido el término del contrato. • El Referente Técnico, dará cuenta mediante Informe fundado al Departamento de Asesoría Jurídica para su pronunciamiento jurídico respecto de la solicitud de Término anticipado de contrato. La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, a la vista del Informe con el visto bueno de Asesoría Jurídica, si estima que se configura alguna de las causales de término anticipado de contrato, comunicará por medio del correspondiente Oficio Ordinario dirigido al domicilio del proveedor, indicado en el Anexo N°1. • Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el/la director(a) del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. • De no formularse reparos a la decisión de declarar el término del contrato o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que se remitirá mediante carta certificada al domicilio informado. • La Resolución que declare el término del contrato podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. • En caso de declararse el término anticipado del contrato, el Servicio podrá aplicar y/o solicitar la aplicación de las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases, incluida la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causare. • Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Servicio de Salud en contra del proveedor.
18. PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES
El adjudicatario no podrá ceder el contrato. Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
19. CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD
El proveedor liberará de toda responsabilidad a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patentes, licencias, marcas registradas, diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del contrato.
20. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Central que conozca con motivo del contrato, y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información; ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
21. DOMICILIO
En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Central serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia prorrogándose la competencia en los Juzgados de Letras de Santiago, en caso de no producirse acuerdos directos entre las partes, todo sin perjuicio de la competencia de la Contraloría General de la República para pronunciarse en las materias de su competencia.