ADJUDICACIÓN |
COCHILCO declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en este documento.
COCHILCO, mediante la dictación del correspondiente acto administrativo podrá:
• Declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o ninguna de las ofertas técnicas obtenga un mínimo de 60 puntos ponderados en el criterio Oferta Técnica (punto 11.2.3.1. de las presentes Bases) o cuando éstas no resulten, fundadamente, convenientes a sus intereses; o bien,
• Adjudicar al oferente que obtenga el mayor puntaje ofertado, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos precedentemente. Con todo, se deja constancia que para ser adjudicado, el postulante evaluado, individualmente considerado, debe haber obtenido un Puntaje Total Final igual o superior a 65 puntos.
La presente licitación se adjudicará a través de una Resolución, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
La Comisión se reserva el derecho de seleccionar la propuesta que estime más conveniente, aunque no fuere la de menor valor, o de rechazar alguna o todas las ofertas sin que ello dé derecho a los proponentes a reclamar el reembolso de los gastos en que hubieren incurrido con motivo de su presentación, demostraciones o cualquier otro concepto. Los documentos que contengan la información solicitada por COCHILCO y que sean incluidos como antecedentes en las propuestas, no serán devueltos. Los oferentes no podrán reclamar su devolución ni tampoco indemnización por su retención.
En caso que COCHILCO no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes Bases de Licitación, informará esta situación, a través del sistema www.mercadopublico.cl, justificando el incumplimiento e indicando el nuevo plazo, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Resolución de Empates |
Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hubieran obtenido el mismo puntaje máximo requerido quedando éstas en condiciones de adjudicarse la presente licitación, se optará por aquella que cuente con un mayor puntaje en la “Oferta Técnica” y, en caso de mantenerse el empate, se seleccionará la oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. Si el empate aún se mantiene, se seleccionará la oferta que cuente con un mayor puntaje en el factor de la oferta técnica “Capacitación y/o Cursos de los Profesionales”. Si teniendo en consideración todo lo anterior, el empate aún se mantiene, se seleccionará la oferta que obtenga un mayor puntaje en el factor de “Presentación de Antecedentes”.
Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
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Notificación de Adjudicación |
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl adquisición ID 1121-2-LE23. Luego de notificada la Resolución, se emitirá y enviará la Orden de Compra respectiva.
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Publicación en página web |
COCHILCO publicará e informará el nombre del adjudicatario en el sitio www.mercadopublico.cl, adquisición ID 1121-2-LE23.
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Consultas respecto de la adjudicación |
Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos, contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud”, disponible en http://servicioalusuario.chilecompra.cl/Solicitudes, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será enviada al correo electrónico del interesado dentro de los 7 días corridos contados desde el término del plazo para realizar las consultas.
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Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas (Registro de Proveedores) o no acepta la respectiva Orden de Compra, COCHILCO podrá readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla todos los requisitos, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Reserva de la Licitación |
COCHILCO se reserva el derecho de declarar desierta la licitación y rechazar fundadamente todas las propuestas en el evento de no satisfacer los requerimientos definidos, sin que los interesados puedan formular reclamo por estos conceptos ni pretender indemnización alguna.
Se deja expresa constancia que COCHILCO efectuará un análisis de admisibilidad de la observancia de las condiciones técnicas exigidas en estas Bases de Licitación, mediante el cual comprobará que los oferentes hayan cumplido con los requisitos establecidos en ellas.
La Comisión de Evaluación declarará inadmisibles aquellas ofertas que no cumplan todos o algunos de los señalados requisitos y, en consecuencia, dichas ofertas serán excluidas del proceso de licitación.
La Comisión de Evaluación, en forma previa a la adjudicación, podrá solicitar a los proponentes que absuelvan todas las consultas que se les formulen, como, asimismo, que efectúen las revisiones que se estimen necesarias, con el propósito de precisar el contenido y alcance de cualquiera de las ofertas.
Asimismo, COCHILCO se reserva el derecho de adjudicar, previo a corroborar las referencias indicadas por el oferente.
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Validez de la Oferta |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de su recepción.
Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, COCHILCO podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación, para lo cual el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Si, por cualquier causa que no sea imputable a COCHILCO, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistida la oferta, pudiendo readjudicarse al siguiente proveedor mejor evaluado, lo que se le notificará personalmente o mediante carta certificada dirigida a su domicilio. También, se entenderá como desistimiento la no entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicatario debe estar inscrito en ChileProveedores.
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VIGENCIA Y RENOVACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato comenzará a regir desde la prestación efectiva del servicio contratado, luego de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión se reserva el derecho a poner término anticipado al mismo, conforme a las circunstancias que más adelante se señalan.
COCHILCO contempla una renovación de contrato, por única vez, por seis (6) meses de duración, para efectos de la presente licitación, previa evaluación del servicio por parte del Administrador del contrato.
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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:
• Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por COCHILCO, a través del administrador del contrato o su subrogante.
• Cumplir con el tiempo de respuesta frente a fallas.
• Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento y el contrato.
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CONFIDENCIALIDAD |
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se les solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad.
Asimismo, el adjudicatario se obliga a dar cumplimiento a las Políticas, Instrucciones y documentos anexos sobre Seguridad de la Información establecidas por la Institución, los que serán puestos en su conocimiento.
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose COCHILCO el derecho de ejercer las acciones que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, faculta a COCHILCO para entablar en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
En caso de incumplimiento de estas obligaciones, el adjudicatario deberá indemnizar a COCHILCO todos los daños y perjuicios que ocasione.
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CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre, salvo autorización previa, expresa y por escrito de COCHILCO.
Se encuentra prohibida la subcontratación, total o parcial, del servicio licitado en las presentes Bases.
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ESTÁNDARES DE PROBIDAD |
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a sus trabajadores deben entenderse equiparados a aquellos establecidos para los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato, de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad. Con ello, se obligan a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo, expresamente, los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual, de ser el oferente adjudicado:
• Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma. Tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir, directa o indirectamente, en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato.
• Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
• Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
• Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
• Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
• Se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
• Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguran la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
• Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones, anteriormente señaladas, sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación. Se hace plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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