Licitación ID: 2409-74-LE23
SOFTWARE PARA LICEO COMERCIAL B-64 SEGUNDO LLAMADO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 32
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Programas de contabilidad 1 Unidad
Cod: 43231601
SOFTWARE PARA LICEO COMERCIAL B-64 SEGUNDO LLAMADO, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SOFTWARE PARA LICEO COMERCIAL B-64 SEGUNDO LLAMADO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE SISTEMA DE SOFTWARE PARA LA ESPECIALIDAD DE CONTABILIDAD DEL LICEO COMERCIAL B-64, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
LAUTARO 280
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-03-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 20-03-2023 11:14:21
Fecha inicio de preguntas: 20-03-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-03-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-03-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-03-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 15-05-2023 11:09:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "A".
2.- Anexo 1 - Identificación del Oferente
3.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA SOLICITADA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA
4.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- ANTECEDENTES ECONÓMICOS A PRESENTAR, LOS QUE DEBERÀN SER INGRESADOS PREFERENTEMENTE A LA SECCIÒN "C", ANEXOS ECONÒMICOS.
2.- Anexo Nº3 Oferta Técnico-Económica.
3.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA SOLICITADA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- - Certificado de Antecedentes del Registro Civil
- - Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- - Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- - Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con lo
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: - Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- I18n entry not found: - Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con l
- I18n entry not found: - Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- I18n entry not found: - Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- I18n entry not found: - Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- I18n entry not found: - Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- I18n entry not found: - Certificado de Antecedentes del Registro Civil
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 20%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO SEP
Monto Total Estimado: 9500000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO DISPONIBLE CON IMPUESTOS INCLUIDOS
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RONALD VENEGAS A
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: TEODOSIO OBANOS ARAIZ
e-mail de responsable de contrato: tobanos@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2217328-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se considera la subcontratación, el proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas las obligaciones contraídas
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 30-05-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, RUT 69.170.101-8. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Ésta deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato. Dicha garantía deberá ser entregada al momento de la notificación de la adjudicación en portal mercado publico y junto a los documentos para contratar
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO LICITACIÓN 2409-74-LE23 "SOFTWARE PARA LICEO COMERCIAL B-64 SEGUNDO LLAMADO".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato. Para solicitar la devolución de la garantía se deberá realizar mediante correo electrónico enviado al Inspector Técnico del Servicio, indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores. 

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP.

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN:

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:

Son causales de término anticipado de las obligaciones contractuales las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar las obligaciones contractuales, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando las obligaciones contractuales con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula Del Término anticipado del contrato, de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM

FINANCIAMIENTO: LEY SEP

ÍTEM: 29.07.001

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Ley Sep, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.

Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

4.1. PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.

- Ley SEP

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Especificaciones Técnicas.

4.2 PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Anexo Nº3 Oferta Técnico Económico

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

 
5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o ITS.

6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LAS OFERTAS

La presente Licitación Pública corresponde al "SOFTWARE PARA LICEO COMERCIAL B-64 SEGUNDO LLAMADO", de acuerdo a lo señalado en las Especificaciones Técnicas, adjuntas a la presente licitación.

El o los oferentes participantes podrán presentar su propuesta y deberán hacerlo en anexo Nº 3 Oferta Técnico Económica, la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la presente licitación, según lo requerido en las presentes bases.

Se establece que en el caso de haber diferencias entre el monto señalado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nº3 "Oferta Técnico Económica"; prevalecerá el valor registrado en el referido anexo.

En el caso de presentarse errores en el Anexo Nº3 Oferta Técnico Económica, se procederá de la siguiente forma:

a) En el caso de haber errores que sean fácilmente subsanables, mediante la aplicación de operaciones aritméticas simples, la comisión de evaluación deberá recalcular los precios ofertados y aplicar la evaluación sobre los resultados que obtenga.

b) El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados a la capacitación, según lo indicado en las especificaciones técnicas que forman parte de la presente licitación”

c) Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.

d) Las ofertas de los Oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria.

e) La oferta deberá consignar el precio mensual del servicio para  la casa central del Liceo Comercial B-64, desde suscrito el contrato y aceptada la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2023.

f) En caso de que el oferente oferte en anexo Nº 3 un rango de días en la oferta plazo de ejecución, en dicho caso se considerara al momento de la evaluación el mayor plazo indicado en la oferta.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y Especificaciones Técnicas.

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta, está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el periodo de vigencia del contrato.

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la documentación que rige esta licitación.

 10.-PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

11.- COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura compuesta por Profesional de la Dirección de Educación DAEM, un miembro de la comisión evaluadora, un funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación, quien además será el que deberá levantar acta de la apertura electrónica realizada, la que será firmada por los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

 12.-COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el ITEM Nº4 “ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes), al Señor Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a las oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases; pudiendo informar a fiscalía o a quien corresponda.

 13.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación se realizará por línea y de acuerdo a lo informado en anexo Nº 3 oferta técnico económica, aplicando los siguientes criterios:

13.1. PLAZO DE IMPLEMENTACION 20%

Se evaluará el plazo implementación de acuerdo a lo informado en anexo Nº3, aplicando puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

Entre 1 a 5 días hábiles

100 puntos

Entre 6 a 10 días hábiles

50 puntos

Entre 11 a 15 días hábiles

10 puntos

Superior a 15 días hábiles

Fuera de bases

No informa o este es superior a 15 días hábiles, Fuera de Bases en el proceso de evaluación.

13.2. PRECIO 80%

Se evaluará de acuerdo a lo señalado por el oferente en Anexo Nº3 Oferta Técnica Económica. La oferta con menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas obtendrán puntaje inversamente proporcional, de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula entre las ofertas recibidas:

Puntaje = (precio mínimo ofertado/ precio de la oferta a evaluar) *100

13.4. PUNTAJE FINAL

El puntaje final se estará compuesto por: (puntaje plazo de implementacion) *0.2 + (puntaje precio) *0.8

14.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “PLAZO DE IMPLEMENTACION”.

Si aplicando la prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién ingrese al portal su oferta primero en hora.

15.-ADJUDICACIÓN

Se propondrá al señor Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl.

Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal.

Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios del Concejo.

 16.- READJUDICACIÓN

Si el respectivo oferente adjudicado desiste de su oferta, no entrega los antecedentes para contratar, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, no acepta la orden de compra o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

17.-MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que las realiza, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

 18.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el contrato no se suscribiera dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al Inspector Técnico del Servicio.

 19.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresa.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, el documento solicitado en el punto 1  y que esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

2.- Si el oferente postuló con la modalidad ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

3.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115, correspondiente al F30. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar el certificado.

4.- Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para contratar (según anexo). En caso de ser UTP. deberá presentarse una Anexo por cada integrante.

5.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado (en adelante el Proveedor), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo,  redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el Proveedor no entregare los documentos de los puntos anteriores, 1 y 2 sólo si corresponde; no se inscribiese en chileproveedores, no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde; aplicar la readjudicación o llamar a una nueva licitación mediante resolución fundada.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, es de competencia de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba contrato, hasta la liquidación del contrato.

El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

 20.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez resuelta la adjudicación y suscrito el contrato, ambos aprobados por Decreto Alcaldicio, se comunicará a través del portal al oferente adjudicado y a los no adjudicados, con la publicación del decreto que resuelve la licitación en el portal www.mercadopublico.cl y posteriormente se procederá a emitir la orden de compra con los respectivos antecedentes para su emisión.

El oferente adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud

Si el oferente no aceptara la orden de compra o no ingresará la garantía de Fiel Cumplimiento, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento el mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la Readjudicación.

La orden de compra deberá estar aceptada para el pago y con ella comenzará a regir todas las obligaciones que se incluye en las expresadas Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas.

El oferente adjudicado será el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.

 21.- RESPONSABILIDAD CIVIL

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión de la adquisición de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

 22.- DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la presente licitación se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado.

 23.-DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos de las obligaciones contractuales las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

 24.- SUBCONTRATACIÓN

No se considera la subcontratación, el proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas las obligaciones contraídas.


25.- DE LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

La Municipalidad podrá otorgar aumento o disminución del contrato así también aumento de plazo, por variación del servicio durante la vigencia del contrato, previo informe técnico del Inspector Técnico del servicio, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

El aumento se efectuará por los precios estipulados en el Anexo N° 3 Oferta técnico - económica.

Toda modificación (aumento o disminución) que se realice, deberá ser autorizada por decreto Alcaldicio. Una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspección Técnica del servicio al Adjudicado y se expresará en la pertinente modificación del contrato aprobada por Decreto Alcaldicio. En casos de aumentos, deberá complementarse la o las garantías acompañadas.
 

26.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Dirección Comunal de Educación (DAEM) notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

2.1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado:

2.1.1 Se considerará incumplimiento grave la suspensión del servicio por causas que no sean imputables al mandante, esto son:

-           Corte del servicio o interrupción de este, por fallas de equipos relacionados con la instalación.
-           La no reparación de alguna falla en el servicio.
-           falla del servicio que no esté relacionado con el servicio de internet (si este fuese el medio de transmisión) y/o con el sistema eléctrico.
-           La no realización de la capacitación establecida en las especificaciones técnicas.

2.2.- Estado de Notoria insolvencia del adjudicado, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

2.5.- Fallecimiento del adjudicado, si se trata de una persona natural.

2.6.- Si el Oferente Adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en  2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

 27.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el oferente adjudicado, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo de la presente licitación, lo que será calificada por el Inspector Técnico del Servicio en atención al interés superior de la adquisición, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o la terminación anticipada del mismo, según procediera.

 28.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

- Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones técnicas, documento de Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere y contrato respectivo.

-Será responsabilidad del adjudicado la entrega del servicio de acuerdo a lo estipulado en su oferta y en las Bases Administrativas.

- Será obligación del Adjudicado entregar capacitaciones, equivalentes a 16 sesiones de 45 minutos cada una, la cuales deberán ser impartidas en plazos de 2 días a la semana.

- Será obligación del Adjudicado incluir servicio mensual de actualizaciones, mantención y soporte en línea vía chat integrado en el software, el tiempo se solicita mientras dure el contrato con la empresa adjudicada.

- Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

- Será responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

- El Adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores, en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

- Será responsabilidad y de cargo del Adjudicado, cualquier accidente que se ocasione producto del cumplimiento del contrato, desligando de toda responsabilidad al mandante.

-  El adjudicado deberá aceptar la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl en un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes) de enviada.

- El Adjudicado deberá informar al Inspector Técnico del Servicio, si la factura correspondiente al pago fue cedida, o no fue cedida al factoring.

Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio.

 29.- PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución será de desde suscrito el contrato y aceptada la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2023.

 30.- OPERATORIA DEL SERVICIO

Una vez firmado el contrato y dictado el decreto Alcaldicio que aprueba dicho contrato, el Inspector Técnico del Servicio deberá mediante correo electrónico notificar al oferente adjudicado y coordinar la operatoria del servicio, la cual deberá quedar registrada en el libro de inspección.

PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN 

Será el plazo ofertado por el oferente adjudicado en su oferta, tiempo en el cual deberá realizar la instalación en el Liceo Comercial B-64 (Casa Central) ubicado en Avda Ricardo Vicuña 0180, Los Ángeles, de acuerdo a lo requerido en las Especificaciones Técnicas para la prestación del servicio. Realizada la implementación tendrá un plazo de 24 horas para el inicio del servicio y no podrá ser superior a 15 días hábiles.

INICIO DEL SERVICIO:

Transcurridas las 24 horas se entenderá como iniciado el servicio, debiendo quedar constancia en Acta de Inicio de Servicio.

31.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica del Servicio o Inspector Técnico del Servicio (ITS) al funcionario del Establecimiento que se le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del servicio correspondiente a la presente licitación, y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por Decreto Alcaldicio, indicando Inspector Técnico el Servicio suplente y funciones a desarrollar

El Inspector Técnico del Servicio (ITS) será el responsable de supervisar que las obligaciones contractuales se ejecuten conforme a las normar aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentación que rige la presenta licitación, incluyendo normativa vigente.

32.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO DEL SERVICIO (ITS)

Serán atribuciones del Inspector Técnico del Servicio, las siguientes:

a) El Inspector Técnico del Servicio inspeccionará el cumplimiento de la ejecución del servicio de acuerdo a todos los antecedentes del contrato

b) Serán parte de sus atribuciones:

- Inspeccionar el fiel cumplimiento de la entrega de los servicios contratados.

- Velar directamente por la correcta ejecución del contrato.

- Certificar la entrega conforme de los servicios.

c) El Inspector Técnico del Servicio tendrá como atribución la aplicación de

multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago, o de

la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquello no fuesen suficientes.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio al Proveedor serán estipuladas siempre por escrito a través de correo electrónico y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica del Servicio estipule.

 33.-DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TECNICA DEL SERVICIO

 Será obligación del oferente adjudicado un libro manifod, foliado en triplicado, que permanecerá con el Inspector Técnico del Servicio, el cual será el medio de comunicación oficial entre el ITS y el Adjudicado.

En dicho libro se deberá dejar constancia de todo hecho relevante, como:

- Fecha de implementación

- Fecha de inicio del servicio

- Observaciones, instrucciones y resoluciones que realice el ITS.

- Notificaciones por multa que realice el ITS.

- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.

La hoja original del libro será retirada por el ITS y la primera copia por el Adjudicatario, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

 34.- DEL PAGO

Se contempla pagos mensuales por la prestación del servicio requerido, dentro de los 30 días corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal conforme a la oferta presentada.

La Factura deberá considerar V°B° por parte del Director Comunal de Educación y del ITS, en la que se debe indicar el número de la orden de Compra respectiva.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago que genere la ejecución contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado.

 35.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO

1.- El oferente Adjudicado deberá presentar los siguientes antecedentes:

1.- Factura a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN R.U.T. 69.170.101-8, esta debe indicar el número de orden de compra. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio, según corresponda.

2.-  El ITS de la licitación deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

2.1 Factura con V°B° del Director del Establecimiento y del Inspector Técnico del Servicio.

2.2 Bases Administrativas y Especificaciones técnicas.

2.3 Oferta Técnico Económica.

2.4 Decreto Alcaldicio de adjudicación.

2.5 Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento.

2.6 Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

2.7 Decreto Alcaldicio que aprueba Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

2.8 Orden de compra aceptada por el oferente adjudicado.

2.9 Decreto que designa ITS titular y suplente

2.10 Acta de Inicio del Servicio

2.11 Certificado de conformidad de la recepción del servicio, emitido por el ITS.

2.12 En caso de multas, Decreto Alcaldicio que sanciona dichas multas.

2.13 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

 36.- LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Dichos descuentos serán imputados al pago correspondiente del Adjudicatario y/o de las garantías vigentes, cuando éstas existan.

 37.- SANCIONES Y MULTAS

El incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Dirección de Educación Municipal para aplicar una o más de las siguientes sanciones:

a) El incumplimiento en el plazo de implementación, será sancionada con el cobro de un 1% del monto total del contrato por cada día de atraso en la entrega. Si el atraso se prolonga por más de 05 días hábiles (contados de lunes a viernes) la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato y se pondrá termino anticipado al contrato.

b)  Si el servicio se ve interrumpido y no se da solución dentro de las 24 horas de tiempo de respuesta, el proveedor será sancionado con el cobro del 0.5% del monto total del contrato, por cada día de atraso en su solución. Si el atraso se prolonga por más de 5 días hábiles (lunes a viernes), la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato correspondiente y se pondrá termino anticipado al contrato.

c) Si el adjudicado se retrasa en las capacitaciones indicadas en las especificaciones técnicas, será sancionado con el cobro de un 0,5% por día de atraso.    Si el atraso se prolonga por más de 05 días hábiles (contados de lunes a viernes) la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato y se pondrá termino anticipado al contrato.

El Inspector Técnico del Servicio será el encargado de cobrar la multa.

El adjudicado se dará por notificado de la multa al día hábil (lunes a viernes) siguiente del envío del correo electrónico por parte de la inspección técnica 

Toda multa, apelada o no por el adjudicado, a favor del mandante, se formalizará mediante decreto Alcaldicio.

 38.-  APELACIÓN DE LAS MULTAS

De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas de lunes a viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Dirección de Asesoría Jurídica y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles.  Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

 39.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de los servicios, será exclusivamente del oferente adjudicado.

 40-LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Liceo Comercial B-64 (Casa Central), Ubicado en Avda Ricardo Vicuña 0180, Los Ángeles 

41.- DE LA RECEPCIÓN CONFORME

La Inspección Técnica del servicio, deberá emitir un Certificado de Recepción Conforme de la implementación y mensualmente emitir Certificado de Recepción Conforme, indicando la recepción conforme del servicio.

En el caso de que la Inspección Técnica del servicio, considere que no corresponde dar visto bueno concerniente a la presente licitación, se deberá adjuntar fotocopia de los correspondientes documentos o registros suscritos en donde se hayan estipulado las circunstancias y/o situaciones merecedoras de multas y/u observaciones, y aplicar los descuentos necesarios al pago o solicitar el término anticipado del contrato, si correspondiese.

42.- GARANTÍAS

40.1 De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia de las obligaciones contractuales, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones contractuales (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento del ITS, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución delas obligaciones contractuales, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.

 43.-LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez cumplido el plazo de vigencia del servicio, se procederá a realizar la Liquidación del Contrato, la que será sancionada mediante decreto alcaldicio; dentro de un plazo de 30 días corridos.

La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado.

Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

44. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación chilena que se presume conocida por las partes.

45.-PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.




Puntaje = (precio mínimo ofertado/ precio de la oferta a evaluar) *100

1 a 10 días hábiles 100 puntos
11 a 20 días hábiles 50 puntos 
21 a 30 días hábiles 25 puntos
 No informa o este es superior a 30 días hábiles Fuera de Bases 

Guillermo Marín Carmona