De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Supremo N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley de Compras, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión Evaluadora a que hacen referencia las presentes bases administrativas podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información.
Además, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 1 día hábil, el que se contará una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, para responder a lo solicitado, mediante la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl.
De dicha solicitud se deberá informar a los demás oferentes a través del Sistema de Información.
Si la Comisión Evaluadora hace uso de esta facultad, los plazos establecidos para la evaluación de las ofertas y la adjudicación se entenderán ampliados automáticamente en 2 días, término que se contará desde el vencimiento del plazo establecido para la adjudicación señalado en el numeral N°8 de las presentes bases denominado “Cronograma”.
Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de los antecedentes en la forma y dentro del término señalado, será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de evaluación técnica de la respectiva oferta, conforme al criterio “Presentación de antecedentes”.