De la tramitación administrativa del contrato.
15.2.1 Una vez dictado
el acto de adjudicación, y con la condición expresa
de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía
de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados en el título “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado” se procederá
a la redacción de éste. El
contrato deberá suscribirse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes
a la notificación de la adjudicación en el sistema de información,
conforme al cronograma que se encuentre vigente. De no suscribirse la convención dentro
del plazo, el Gobierno Regional
Metropolitano de Santiago podrá dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar la licitación
o declarar desierto
el concurso, según sea el
caso.
15.2.2 Será obligatorio acompañar
la documentación necesaria
para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social,
en virtud de lo establecido en el inciso
1°, del artículo 4 de la ley N° 19.886, una vez definido
al oferente a contratar, se verificarán
los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido
por la Dirección del Trabajo.
Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago
de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad
del período de ejecución del contrato, con un máximo
de seis meses.
El proveedor deberá proceder a dichos pagos,
debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren
el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor, dará derecho a dar por terminado
el respectivo contrato, pudiendo materializarse la nueva contratación por la modalidad aplicable, de acuerdo
a la normativa aplicable, y, al mérito, conveniencia y oportunidad de
la Administración
15.2.3 El Departamento
Jurídico del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago será
el encargado de redactar el contrato
correspondiente, entendiéndose y podrá incorporar en él solo cláusulas
establecidas en las bases de licitación, entendiendo que, si existe discrepancia entre lo dispuesto
en el contrato y en las bases, serán siempre
las bases las que
tengan prioridad. Los gastos que se originen
por este motivo,
serán de cargo exclusivo
del proveedor.
15.2.4 El proveedor adjudicado deberá proporcionar al Gobierno Regional
Metropolitano de Santiago todos los antecedentes necesarios para la redacción
del contrato (contenidos en el acápite “requisitos para contratar al
proveedor adjudicado”), dentro del
plazo
que establece el pliego de condiciones para hacer entrega
de la garantía de fiel cumplimiento.
15.2.5 El tratamiento
específico para cada tipo de contrato estará señalado en el pliego de condiciones.
15.2.6 Es obligación del adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica, entregar la personería actualizada y el certificado de vigencia de su empresa
o persona jurídica
sin fines de lucro.
15.2.7 Una vez totalmente tramitado el acto administrativo
aprobatorio del contrato, se publicará en en el Sistema
de Información, y su vigencia
comenzará a regir
al quinto día hábil
contados desde la fecha de la referida publicación.
15.2.8 El proveedor por no podrá ceder ni transferir en forma alguna,
total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato.