Licitación ID: 1011183-28-LE23
17001 Estudio de Impacto plaga Drosophila suzukii
Responsable de esta licitación: SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO, SAG - ÑUBLE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
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Productos o servicios
1
Servicios de investigación agrícola 1 Unidad
Cod: 93141905
Estudio de Impacto sobre medidas aplicadas programa FNDR "control de la presencia de la plaga Drosophila suzukii en la Región de Ñuble" (Ex antes y Ex post)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
17001 Estudio de Impacto plaga Drosophila suzukii
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Generar un estudio de evaluación del impacto económico y multidimensional del proyecto adjudicado por el Servicio Agrícola y Ganadero “CONTROL DE LA PRESENCIA DE LA PLAGA DROSOPHILA SUZUKII EN LA REGIÓN DE ÑUBLE”, FNDR – 2021 código BIP 40031258-0 en un grupo representativo de agricultores pertenecientes a la agricultura familiar campesina en lo referido al conocimiento y manejo de la plaga Drosophila suzukii antes y después de su ejecución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO
Unidad de compra:
SAG - ÑUBLE
R.U.T.:
61.308.000-7
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-10-2023 18:00:00
Fecha de Publicación: 03-10-2023 9:13:00
Fecha inicio de preguntas: 03-10-2023 12:30:00
Fecha final de preguntas: 06-10-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-10-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-10-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-10-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-10-2023 15:54:31
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Cumplimiento de los requisitos: Analizado en virtud de la entrega oportuna de los antecedentes solicitados en las Bases.
Documentos Técnicos
1.- Recurso Humano, Anexo N°2
 
2.- Plazo de ejecución, Anexo N° 3
 
3.- Experiencias en labores de igual o similar naturaleza, Anexo N°1
 
Documentos Económicos
1.- Precio: Ofertar en línea cotizada valor neto. Detallar si la factura es exenta o con IVA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos Según lo indicado en las bases técnicas, numeral 10 "criterios de evaluación" 5%
2 Experiencia en procesos de estudios de evaluación Según lo indicado en las bases técnicas, numeral 10 "criterios de evaluación" 10%
3 Plazo de ejecución Según lo indicado en las bases técnicas, numeral 10 "criterios de evaluación" 25%
4 Precio Según lo indicado en las bases técnicas, numeral 10 "criterios de evaluación" 40%
5 Recurso humano Según lo indicado en las bases técnicas, numeral 10 "criterios de evaluación" 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CONVENIO SAG-GORE
Monto Total Estimado: 15000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: KATHERINE VARGAS
e-mail de responsable de pago: KATHERINEVARGAS@SAG.GOB.CL
Nombre de responsable de contrato: KATHERINE VARGAS
e-mail de responsable de contrato: KATHERINEVARGAS@SAG.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2235435-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por la naturaleza del servicio
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO
Fecha de vencimiento: 22-04-2024
Monto: 5 %
Descripción: Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación, el adjudicatario deberá entregar al SAG una Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato en pesos chilenos, irrevocable, pagadera a la vista, por el 5% del monto del contrato, con una vigencia equivalente a la duración del contrato más 60 días hábiles. El documento podrá ser Boleta Bancaria, Vale Vista, Depósito a Plazo o Certificado de Fianza a la Vista. Tratándose de Boleta Bancaria, Póliza de Seguro o Certificado de Fianza, el instrumento deberá ser extendido a nombre del SAG. Si la garantía consiste en Vale Vista o Depósito a Plazo, el documento deberá extenderse a nombre del contratante y endosarse al SAG. Si la garantía consiste en un Certificado de Fianza, éste poseerá el carácter de no negociable y pagadero al primer requerimiento. El 5% se calculará sobre el monto adjudicado. Ante incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el Contrato, el SAG estará facultado para hacer efectiva la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato y el no cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicado. Se deja expresa constancia que el hecho de hacer efectiva dicha garantía, no conlleva por parte del SAG renunciar o limitar su facultad de aplicar y/o solicitar la aplicación de las demás sanciones y/o multas contempladas en las Bases, ejerciendo los derechos que pudieran corresponderle para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se le causaren. En el caso que se haga efectivo el cobro de la Garantía, el adjudicatario deberá presentar una nueva Garantía, por el mismo monto y vigencia.
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento de Licitación ID 1011183-28-LE23
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se restituirá en un plazo de 60 días hábiles posteriores al término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Formalización de contrato
La contratación se formalizará mediante la escrituración del contrato, que el contratante deberá suscribir dentro del plazo de 7 días hábiles (lunes a viernes), contados desde la fecha de la publicación de la Resolución de Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. Para ello, el adjudicatario deberá acompañar, al momento de la firma del contrato, los siguientes documentos: • Garantía por fiel cumplimiento de contrato. • Certificado de Inscripción en Chileproveedores, en caso de que al momento de la adjudicación no se hubiese inscrito; Documento que acredite el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, según corresponda: • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, sólo si el adjudicado ejecutará el contrato bajo la modalidad de subcontratación, según lo preceptuado en el punto sobre “Instrucciones para la Presentación de Ofertas”, de las presentes bases, • Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, sólo si el adjudicado ejecutará el contrato con trabajadores propios, según lo preceptuado en el punto sobre “Instrucciones para la Presentación de Ofertas”, de las presentes bases, • El proveedor deberá presentar la Declaración Jurada electrónica disponible en el portal Mercado Público, que acredita la no concurrencia de las inhabilidades legales para contratar con el SAG, establecidas en el art. 4° de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, y en otros cuerpos legales. Durante la vigencia del contrato, los proveedores tendrán el deber de informar oportunamente al SAG cualquier cambio de situación o condición señaladas en la Declaración Jurada y en el Anexo Administrativo Modalidad de Ejecución del contrato. Para la elaboración del contrato, el SAG exigirá al adjudicatario la presentación de los antecedentes legales que se indican a continuación, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de Adjudicación, en el portal www.mercadopublico.cl.
Unión temporal de proveedores
• Las UTP, deberán acompañar según corresponda, por cada uno de sus integrantes, lo recién señalado para las personas jurídicas y las personas naturales, según como se encuentra integrada la UTP. • Además, en el caso de particular de las UTP, éstas deberán adjuntar, la escritura pública, o copia autorizada de ésta, en la que conste el acuerdo de constitución de la UTP. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad. • Debe señalarse expresamente que la Unión Temporal tendrá una vigencia igual a la contratación adjudicada, más 90 días hábiles. Vigencia que deberá extenderse de igual manera en caso de que exista una renovación o prórroga del contrato de conformidad al artículo 12 del reglamento de compras cuando sea procedente. • Designación de un representante o apoderado común con poderes suficientes. • Copia de inscripción en el Registro de Proveedores respecto de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. No será exigible la presentación de la documentación antes señalada al adjudicatario que, estando inscrito en el Registro de Chileproveedores, se encuentre disponible en el portal Mercado Público. En caso contrario, corresponderá presentarla en el plazo estipulado. Al contrato se entenderán incorporadas la Ficha de Licitación, las Bases Administrativas Especiales, las Bases Técnicas, la Oferta Técnica y Económica del adjudicatario y los demás documentos y antecedentes que formen parte de la licitación, incluyendo sus modificaciones. Corresponderá al SAG publicar el contrato en el portal www.mercadopublico.cl, así como la resolución que lo aprueba.
Modificaciones de contrato
El contrato podrá modificarse cuando ocurra alguna de las causales establecidas en los casos previstos por el artículo 13 de la Ley N°19.886, como en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Del incumplimiento en general
Toda vez que el SAG haya detectado un incumplimiento del contrato por parte del Proveedor, procederá a conferirle traslado a éste por un término de 5 días hábiles (lunes viernes) a fin de que manifieste sus descargos en relación con el eventual incumplimiento. Lo anterior, previo a resolver sobre la existencia de dicho incumplimiento y la eventual medida establecida como sanción.
Resolución y cumplimiento forzoso con indemnización de perjuicios
Todo incumplimiento grave de alguna obligación contraída en virtud de estas Bases de Licitación, del Contrato y demás documentos que forman parte de la propuesta, que sean imputables al oferente, facultará al SAG para, además de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, deducir cualquiera de las siguientes acciones: • Demandar la resolución del contrato que se haya suscrito con el contratante, con indemnización de perjuicios. • Demandar el cumplimiento forzado del contrato, con la consiguiente indemnización de perjuicios por los daños provocados al SAG. Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario, la negativa, sin causa justificada, de prestar el servicio a que por su oferta o por el respectivo contrato, se hubiese comprometido. Todo lo anterior debe entenderse sin perjuicio de la aplicación de multas, cuando corresponda.
Operatoria del contrato
Una vez iniciada la vigencia del contrato, el SAG emitirá orden de compra por el servicio En la orden de compra deberá consignarse los plazos, precio y características técnicas que resulten de la contratación, las que deberán respetar las bases de licitación y el contrato. El contratante no podrá rechazar la Orden de Compra válidamente emitidas de conformidad con las bases de licitación y la oferta técnica y económica, salvo la existencia de deuda vencida por parte del SAG o por alguna razón de caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá informar al SAG dentro del plazo de 48 horas, desde la fecha de envío de la Orden de Compra. En caso de que la Orden de Compra no haya sido aceptada, el SAG podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Vigencia y duración del contrato
El contrato comenzará a regir desde la resolución aprobatoria de contrato y tendrá una vigencia hasta la recepción conforme del servicio por parte de la empresa adjudicada, no pudiendo ser superior a 90 días corridos desde la resolución aprobatoria del contrato.
Término anticipado del contrato
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales: Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose como incumplimiento grave la siguiente situación: • Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. • Podrá ponerse término anticipado al contrato unilateralmente, una vez que se hayan cursado el máximo de multas establecida en las presentes bases. • No ajustarse a las exigencias contenidas en numeral 4 de las bases técnicas.
Resolución de empates
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Plazo de ejecución. De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Recurso Humano. De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Experiencias en labores de igual o similar Naturaleza. De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Modalidad de adjudicación
La adjudicación será del tipo simple, lo que permitirá adjudicar la totalidad del servicio sólo a un proveedor. Por otro lado, si las ofertas exceden al presupuesto estimado, el Servicio podrá asignar recursos adicionales si existiesen y de acuerdo con lo que la Ley de Compras permite.
Modificaciones a las bases
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
Interpretación de las bases
El Servicio Agrícola y Ganadero se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad y eficiencia que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
Propiedad de la información
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla. El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla. El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. Acuerdo de confiabilidad y no divulgación El proveedor y su personal, contratado y subcontratado, deberá guardar estricta reserva sobre la información a la que tengan acceso durante la ejecución del presente contrato, debiendo tomar los resguardos necesarios para mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos y documentos que sean objeto de intercambio, generación o tratamiento. Con lo anterior, respecto de la información obtenida en virtud del presente contrato, el proveedor y el SAG estarán obligados a dar estricto cumplimiento a lo señalado en la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual, en la Ley N° 19.039, sobre propiedad industrial y en la Ley N°19.628 sobre protección de datos de carácter personal. Para los efectos del presente contrato, no será considerada como información confidencial y, por lo tanto, no estará sujeta a las restricciones precedentemente expuestas, aquella que de acuerdo con la normativa vigente sea de dominio público. La transgresión, por cualquier medio y en cualquier forma, de la prohibición señalada en esta cláusula, se entenderá como incumplimiento grave por parte del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, reservándose el SAG la facultad de adoptar las medidas que correspondan. Las restricciones y obligaciones impuestas al proveedor y a su personal, en relación con la confidencialidad, expirarán cuando la información sea de conocimiento público.
Requisito mínimo para ser contratado - no poseer inhabilidades
Conforme a lo dispuesto en la Ley de Compras Públicas y su Reglamento, el SAG sólo puede contratar a proveedores hábiles, los que deben acreditar su situación financiera y técnica, según a lo establecido en el artículo 4º, inciso Primero, de la Ley Nº 19.886, que señala en su parte pertinente: “(…) Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años”.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Comisión evaluadora
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión designada especialmente para tal efecto. Dicha Comisión estará compuesta por tres funcionarios de la entidad licitante. Los miembros de la Comisión Evaluadora serán el Encargado técnico del Programa FNDR Control de la Presencia de la plaga Drosophila suzukii Carolina Dabdoub Rock, el Encargado Regional Protección Agrícola Forestal y Semillas (s) Paola Fierro Verdugo, Analista de Laboratorio Programa FNDR Control de la Presencia de la plaga Drosophila suzukii Marcelo Soto Palma y como reemplazo el Encargado de administración y finanzas del Programa FNDR Control de la Presencia de la plaga Drosophila suzukii Diego Rubio Llano. No podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito en estas bases. La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
Inscripción en chileproveedores
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico de Chile proveedores deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles (lunes viernes), contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en ChileProveedores.
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles (lunes a viernes), contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl.
Del domicilio y tribunales competentes
Para todos los efectos de estas bases y del contrato, el Servicio Agrícola y Ganadero y los oferentes y contratante se entenderán domiciliados en la comuna y ciudad de Chillán, y aceptará expresamente la prórroga de competencia ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, sometidos a la jurisdicción de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán.
De gastos por garantías, derechos notariales, Otros
Los gastos que originen los impuestos, tasas o derechos de cualquier clase, gastos notariales y otros, que se generen con motivo de la respectiva contratación de servicios y que no se encuentren claramente estipulados como obligación del SAG, serán de exclusivo cargo del contratante.
De los casos fortuitos o de fuerza mayor
Si durante la ejecución del contrato se produjesen eventos de fuerza mayor o caso fortuito, que entorpecieran o condicionaran atrasos en la entrega de los servicios, el contratante deberá comunicar esta circunstancia al SAG dentro de las 48 horas siguientes a su ocurrencia. Transcurridos el plazo a que se hace referencia en el numeral anterior, el SAG no aceptará reclamo alguno fundado en razones de caso fortuito o fuerza mayor. El SAG se reserva la facultad de calificar y resolver sobre la procedencia del caso fortuito o fuerza mayor, expresado por la empresa, así como de la aplicación de las sanciones contempladas en estas bases y en el contrato.
De los plazos de entrega o tiempos de respuesta
El contratante deberá ceñirse a los plazos y tiempos de respuesta ofertados para la entrega de los servicios que se contratan, de conformidad con lo establecido en su oferta o en las bases y anexos respectivos del proceso de licitación. Toda modificación solicitada por el contratante, por concepto de plazo de entrega o tiempo de respuesta, será calificada y resuelta por el SAG, de conformidad con lo establecido en el numeral relativo a los casos fortuitos o de fuerza mayor. Si la modificación solicitada por el contratante origina atrasos en los plazos o tiempos de respuesta, expresados en las bases y anexos respectivos del proceso de licitación, en su Oferta o en el respectivo Contrato, si los hubiere, los gastos originados por esta modificación y aceptados por el SAG, serán de cargo del adjudicatario, a menos que la modificación sea solicitada por escrito por el mismo Servicio Agrícola y Ganadero. Se entenderá aceptado un servicio a través de la firma del documento de recepción correspondiente, cualquiera sea su denominación, por parte del coordinador del contrato o de la Jefatura facultada para estos efectos.