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Resolución de Empates |
En caso que, realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que
hayan obtenido el mismo puntaje final máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se
optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Equipo de Trabajo”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Maqueta de
Postulación”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Propuesta
económica”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Propuesta de
trabajo”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Experiencia de
la empresa”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Materias de
Alto Impacto Social”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Programa de
Integridad”.
De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento
de requisitos formales”.
Finalmente, si aún siguiera el empate, se preferirá la propuesta que primero fue ingresada por el
oferente al sistema www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CNTV podrá solicitar a los oferentes:
a. Salvar errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal
errores en el precio de la oferta.
b. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación.
c. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación
de éstas.
d. Las aclaraciones que estime pertinentes.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten salvar o
subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación del respectivo
requerimiento, para responder lo solicitado por el CNTV o acompañar los antecedentes requeridos
por éste. El CNTV no considerará las respuestas o los antecedentes requeridos vencido dicho
plazo.
Los oferentes a los cuales se les ha solicitado entregar antecedentes faltantes deberán subirlos al
Portal, junto con una respuesta a la solicitud de envío requerida. En el evento que el oferente no
pueda comunicarse con el Portal, éste rechace el ingreso, por razones ajenas al usuario u otra
razón que implique no poder publicar el documento solicitado, el oferente deberá hacerlos llegar
dentro de plazo mediante sobre cerrado, dirigido al Director de Administración y Finanzas, el que
deberá contener una carta en su parte exterior, indicando claramente:
- Nombre e ID de la licitación correspondiente,
- Nombre del proponente, y
- Documentos que se incluyen en el sobre, ordenados numéricamente.
En estos casos, y sólo si el respectivo oferente corrige la omisión, se le asignará menor puntaje en
el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1o, 4o, 5o, 6o, 12o, y 16o, en conformidad al artículo 485 del Código
del Trabajo.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación privada, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad
y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los
hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación y en el contrato respectivo, si los hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados,
asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa
o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, si
corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,
sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el
Pacto de Integridad, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio,
dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare
algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad
a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente
adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo
readjudicarse la licitación, situación que además será informada a la Dirección ChileCompra.
Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor
contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del
contrato de acuerdo al procedimiento establecido en las bases de la licitación.
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