Resolución de Empates |
En caso que, realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que
hayan obtenido el mismo puntaje ponderado máximo quedando ambas en condiciones de
adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en “Experiencia del
sonidista”; luego, en caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con
un mayor puntaje en el criterio “Experiencia del o la productor/a ”, si aún siguiera el empate, se
preferirá la propuesta que primero fue ingresada por el oferente al sistema
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del
contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia
y/o funcionario con el CNTV, sino que exclusivamente con el Proveedor.
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones
parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. En
todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único
responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el CNTV.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el CNTV así lo requiera, el Proveedor estará
obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y
previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de
igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado
de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante
certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos
reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho
monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del
período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El CNTV exigirá que el Proveedor
proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la
obligación.
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus
trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al CNTV para poner término
anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de
lo establecido en la Ley No 20.123.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El CNTV podrá solicitar a los oferentes que corrijan errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
El CNTV podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación. Lo anterior se comunicará a través del Sistema de
Información, concediendo al oferente un plazo fatal de 48 horas, contado desde el requerimiento,
para corregir las omisiones en que hubiere incurrido.
En estos casos, y sólo si el respectivo oferente corrige la omisión, se le asignará menor puntaje en
el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes.
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Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1o, 4o, 5o, 6o, 12o, y 16o, en conformidad al artículo 485 del Código del
Trabajo.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en
su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación y en el contrato respectivo, si los hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados,
asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o
indirectamente en virtud de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, si
corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
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