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1.-
En el caso que el Oferente esté inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras
y Contratación Pública (DCCP), deberá declarar si alguno o todos los documentos que se solicitan
a los oferentes no inscritos en el numeral siguiente los ha ingresado en el sitio web
www.chileproveedores.cl. Su declaración será clara respecto de los documentos que se
encuentren acreditados en la página web, bajo su responsabilidad si no indica los antecedentes
que se encuentren acreditados.
Si existe algún documento solicitado que no se encuentre ingresado a ChileProveedores, deberá
incluirlo dentro de su propuesta administrativa. En todo caso, deberá adjuntar los Anexos NOS 1
y 2, y la declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas,
que se encuentra en el portal de la licitación.
2.- Oferentes no inscritos en el Registro de Proveedores
En el caso que el Oferente no esté inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, deberá anexar en formato digital, como “Anexo
Administrativo”, en el portal de compras y contratación pública, los siguientes documentos, los
que se entenderán formar parte de la propuesta administrativa:
i) Personas Naturales
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1,
debidamente firmada por el proponente.
b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A,
debidamente firmada por el proponente.
c) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en
su caso, u otro documento equivalente, en caso de tratarse de persona no residente en
Chile.
d) Fotocopia de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
e) La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que
se encuentra en el portal de la licitación.
ii) Personas Jurídicas distintas a Universidades
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a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1,
debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-B,
debidamente firmada por el representante legal del proponente.
c) Fotocopia del rol único tributario de la empresa, u otro documento equivalente, que dé
cuenta de su identificación impositiva.
d) Fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes legales, u otro documento
equivalente, que acredite la identidad del o los representantes legales.
e) La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que
se encuentra en el portal de la licitación.
iii) Universidades
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1,
debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como
Anexo Nº 3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad.
c) Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta.
d) Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar
los documentos enunciados en las letras a) a la c), ambas inclusive, del punto ii).
e) La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que
se encuentra en el portal de la licitación.
iv) Unión Temporal de Proveedores (UTP)
En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), los antecedentes a
presentar, serán los siguientes:
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1,
debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Acuerdo de unión temporal de proveedores, por escritura pública en forma obligatoria en
caso de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá presentarse al
momento de contratar (en caso de adjudicarse la licitación), sin perjuicio que, en el caso
de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá observarse la obligatoriedad de adjuntar
documento público o privado, en original. En todo caso, se recomienda que los proveedores
de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, suscriban igualmente un documento
privado para constitución de la UTP, con el fin de ser presentado conjuntamente con la
oferta, con el compromiso de formalizar lo anterior a través de escritura pública, una vez
adjudicada la licitación pública (artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886). En
ambos casos, el acuerdo deberá contener:
- Identificación de los integrantes.
- Las condiciones de dicha Unión Temporal de Proveedores para efectos de la
presentación de propuesta y la adjudicación.
- La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las
comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el
otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. Se
deberá indicar las obligaciones que se le encomienden al apoderado, como por ejemplo,
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presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a
terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar
informes renovar o modificar garantías.
- Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias
que se señalan en las presentes Bases, de los contenidos de su propuesta y de las
normas legales pertinentes.
- Se debe tener presente que todos y cada uno de los integrantes de una UTP, serán
individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y
del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la
UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para
alguno de los integrantes de la UTP.
- Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regulen la
facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en
contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo
anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la
UTP, a su arbitrio.
- Deberá constar la inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión
Temporal de Proveedores en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y
Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato.
- Determinación de su duración, que no podrá ser inferior al tiempo que durará la
ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- En la constitución de la UTP, se debe establecer la modalidad de pago, es decir,
individualizar al integrante que emitirá la factura o documento tributario de cobro y
recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación la D.G.A. entenderá que
el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad
de modificar su nominación.
- Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo
indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP.
Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deberán informarlo
de inmediato a la D.G.A. y acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el que deberá
materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su condición. No obstante,
lo anterior, el nuevo miembro que designe la UTP, deberá acreditar ante el Inspector Fiscal
(Encargada de la Licitación), la misma o mejor experiencia del integrante saliente y, en caso de
no cumplir con ello, se evaluará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave, de
acuerdo con lo establecido en el numeral XXVIII, punto 2, de las Bases Administrativas.
Quienes conformen una UTP, deberán tener presente que si esta se disuelve durante la
evaluación de la licitación pública, esta no podrá ser adjudicada, declarándose inadmisible su
oferta.
Asimismo, se deberá incluir la Descripción e Individualización de los proponentes, conforme a
formato que se adjunta como Anexo Nº 3-B, debidamente firmada por el representante de la
Unión Temporal de Proveedores y la declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e
inhabilidades por condenas que se encuentra en el Portal (Ficha de la Licitación), la que será
válida para los oferentes que compongan la UTP, en caso de falsedad en la declaración afectará
a todos los miembros que integren la UTP.
Se hace presente, que los postulantes que entreguen algunos de los documentos señalados
anteriormente –numerales i) al iv)– con la información contenida en ellos, deberán ser veraces
en sus declaraciones juradas simples realizadas y entregadas, siendo de exclusiva
responsabilidad de los postulantes.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad, se declarará la postulación como
contraria a las bases de licitación e inadmisible.
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Si se comprobara falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún
después de la adjudicación, esta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable
por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la D.G.A. el derecho
poner término al contrato y/o hacer efectivas las garantías (si fuera el caso). Se hace presente,
que indistintamente la D.G.A. podrá efectuar la respectiva denuncia en caso que amerite que
los antecedentes y los hechos que de ellos deriven, sean constitutivos de delitos.
Los documentos que forman parte de la propuesta administrativa deberán ser ingresados
electrónicamente en el portal electrónico www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos
señalados en el numeral denominado “Etapas y Plazos” (Ficha de la Licitación).
Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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