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Resolución de Empates |
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En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 4;
2° Criterio 1;
3° Criterio 3;
4° Criterio 2;
5° Criterio 5;
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
La oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación
| paul.dourojeanni@mop.gov.cl |
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
A través de correo electrónico dirigido a paul.dourojeanni@mop.gov.cl
| paul.dourojeanni@mop.gov.cl |
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Copia de la planilla de cotizaciones enteradas ante los organismos previsionales correspondientes, si fuese procedente.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes de la oferta administrativa, técnica y/o económica, facultará a la D.G.A. a excluir de la licitación al oferente, declarándose, por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases Administrativas.
No obstante lo anterior, la D.G.A. podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar, a través del Sistema de Información, a cualquier oferente, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases, lo que será evaluado y resuelto por la D.G.A. Se deja presente que las solicitudes de aclaración o subsanación son una prerrogativa que en ningún caso es obligatoria para los evaluadores, y sólo podrá subsanarse o aclararse por los proponentes lo solicitado, esto en atención a los principios que deben resguardar quienes evalúan. En este caso, se aplicarán las reglas de evaluación, conforme a lo dispuesto en el numeral XII de la Apertura y Evaluación de las Ofertas. Dicha solicitud se informará al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
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Será sancionado con una multa, el incumplimiento en la entrega:
(i) De los entregables de la etapa en los plazos ofertados para la revisión de la inspección fiscal, la que tendrá 10 y 7 días hábiles para efectuar la revisión de los instrumentos adquiridos de acuerdo a lo establecido en el numeral XXIV y XXV; o
(ii) De los entregables de la etapa que cuente con las modificaciones solicitadas por la inspección fiscal y a conformidad de ésta, dentro del plazo de 7 y 5 días hábiles de la etapa, contados desde la notificación de la solicitud realizada por la inspección fiscal, conforme lo dispuesto en el numeral XXIV y XXV de las Bases Administrativas.
La multa será de 0,5% del valor neto de la etapa, por cada día corrido de atraso. Estas multas serán exigibles de inmediato y descontadas de la próxima factura que presente el Contratista o de cualquier suma que se le adeude o adeudase, con motivo del presente contrato, o le serán cobradas judicialmente.
Si el valor total acumulado de las multas excede del 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá ponerle término anticipado. En todo caso, si el incumplimiento es grave, antes de acumular un 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá poner término anticipado al mismo.
Verificada la infracción, la D.G.A. notificará por escrito al adjudicatario, comunicando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su monto, o, en su caso para poner término anticipado al contrato.
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A. mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual, para tal efecto la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de 5 días hábiles.
En contra de ésta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880.
No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por la D.G.A. mediante resolución fundada.
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Confidencialidad de la Información |
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Quienes ejecuten una prestación de servicios en favor de la DGA en calidad de contratista o proveedores deberán tener presente lo siguiente:
● El contratista y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del contrato como posterioridad a su finalización, esto incluye habiéndose liquidado el contrato.
● El contratista, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx.
● Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el contratista pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información haya sido definida expresamente como confidencial.
● El Ministerio de Obras Públicas a través de la Dirección General de Aguas (DGA), se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
● En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad que se establece en estas Bases, tanto por el contratista como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación de servicio que se contrata, el MOP – DGA dará término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
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Objetivos Específicos del Plan de Cuenca |
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Como objetivos específicos se identifican los siguientes:
Objetivo 1. Conocer el estado actual de la cuenca Estero Casablanca en cuanto a oferta hídrica, demanda hídrica, balance de agua (tanto en cuanto a derechos de aprovechamiento de aguas, como a demandas de agua) y sus respectivas herramientas de cálculo y estimación(modelos), control de extracciones, calidad bio-físico-química de fuentes de aguas superficiales y subterráneas, Gobernanza y gestión del agua a nivel de la (s) cuenca (s) y red hidrométrica superficial, subterránea, de calidad, de glaciología y nieves.
Objetivo 2: Construir y/o actualizar los modelos de simulación hidrológicos de la(s) cuenca(s), y su integración a nivel superficial-subterráneo, de no estarlos, según ANEXO N°11 - “EXISTENCIA DE MODELACIÓN HIDROLÓGICA DGA – ESTERO CASABLANCA”.
Objetivo 3: Determinar acciones para restaurar condiciones de abastecimiento y calidad de las fuentes de agua potable rural y urbana, por tipo de usuario, tanto para fuentes superficiales como subterráneas.
Objetivo 4: Diagnosticar el estado de la calidad de aguas de las fuentes superficiales y subterráneas. Definir acciones para proteger funciones ecosistémicas criticas relacionadas con los cuerpos de agua superficiales y acuíferos en el tiempo.
Objetivo 5: Diagnosticar el estado de la infraestructura hidráulica presente (estado de funcionamiento, antigüedad y confiabilidad de los sistemas) y proponer acciones tendientes a mejorar el monitoreo de las aguas de la(s) cuenca(s) (superficial, subterráneo, de montaña y glaciares).
Objetivo 6: Identificar las brechas entre oferta y demanda de agua en distintos escenarios de cambio climático, sequía e inundaciones, estableciendo un portafolio de acciones (estrategias de gestión) para reducirlas, estableciendo un caso base y distintos escenarios para la evaluación.
Objetivo 7: Entregar estrategias para mejorar la toma de decisiones, mediante la utilización de modelos operativos de gestión, los cuales deberán tener escenarios de planificación a corto, mediano y largo plazo, y ser adaptativos en el tiempo.
Objetivo 8: Entregar estrategias para promover la conformación de las organizaciones de usuarios y fortalecer las existentes, promover y revitalizar la alianza público– privada, contemplando aspectos de gobernanza, plataformas de servicios de información y mercado de derechos de agua, para así incrementar cualitativamente la inversión requerida en infraestructura e investigación.
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Aclaratoria |
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Favor no considerar anexos cuya extensión diga río Tolten y Bueno
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