Licitación ID: 1019-98-LE22
CONSTRUCCIÓN DE REGISTROS DE COMUNEROS Y COMUNERAS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Estudios hidrológicos 1 Global
Cod: 81151804
CONSTRUCCIÓN DE REGISTROS DE COMUNEROS Y COMUNERAS PARA LAS COMUNIDADES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHALINGA, CHOAPA ALTO, CHOAPA BAJO, CANELA Y CHOAPA MEDIO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN DE REGISTROS DE COMUNEROS Y COMUNERAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONSTRUCCIÓN DE REGISTROS DE COMUNEROS Y COMUNERAS PARA LAS COMUNIDADES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHALINGA, CHOAPA ALTO, CHOAPA BAJO, CANELA Y CHOAPA MEDIO a. Objetivos Generales. • Establecer las bases para la conformación de Comunidades de Aguas Subterráneas en los Sectores Hidrogeológicos de Aprovechamiento Común Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio, a través de la construcción de los registros de comuneros y comuneras para cada uno de estos. • Contar con información actualizada de todas y todos los y las titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas cuyos puntos de captación se encuentren en los Sectores Hidrogeológicos Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio. • Promover la participación efectiva de los usuarios de la futura CAS, apoyando a la DGA en las actividades de fortalecimiento y capacitación que ésta desarrollara.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Morandé 59, piso 8
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-08-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 28-07-2022 16:21:41
Fecha inicio de preguntas: 28-07-2022 17:01:00
Fecha final de preguntas: 01-08-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-08-2022 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-08-2022 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-08-2022 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-08-2022 17:05:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Propuesta Administrativa: 1.- Oferentes Inscritos en ChileProveedores En el caso que el Oferente esté inscrito en el Registro ChileProveedores, deberá declarar si alguno o todos los documentos que se solicitan a los oferentes no inscritos en el numeral siguiente, los ha ingresado en el sitio web www.chileproveedores.cl. Su declaración será clara respecto de los documentos que se encuentren acreditados en la página web, bajo su responsabilidad si no indica los antecedentes que se encuentren acreditados. Si existe algún documento solicitado que no se encuentre ingresado a ChileProveedores, deberá incluirlo dentro de su propuesta administrativa. En todo caso deberá adjuntar los Anexos N°s 1 y 2. 2.- Oferentes No Inscritos en ChileProveedores En el caso que el Oferente no esté inscrito en el Registro ChileProveedores, deberá anexar en formato digital, como “Anexo Administrativo”, en el portal de compras y contratación pública, los siguientes documentos, los que se entenderán formar parte de la propuesta administrativa: i) Personas Naturales a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1, debidamente firmada por el proponente. b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A, debidamente firmada por el proponente. c) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en su caso, u otro documento equivalente, en caso de tratarse de persona no residente en nuestro país. d) Fotocopia de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. e) La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la Licitación. ii) Personas Jurídicas distintas a Universidades a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-B, debidamente firmada por el representante legal del proponente. c) Fotocopia del rol único tributario de la empresa, u otro documento equivalente, que dé cuenta de su identificación impositiva. d) Fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes legales, u otro documento equivalente, que acredite la identidad del o los representantes legales. e) La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la Licitación. iii) Universidades a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad. c) Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta. d) Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar los documentos enunciados en las letras a) a la c), ambas inclusive, del punto ii). e) La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la Licitación. iv) Unión Temporal de Proveedores (UTP) En caso de tratarse de una UTP, los antecedentes a presentar, serán los siguientes: a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, por escritura pública en forma obligatoria en caso de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la cual deberá presentarse al momento de contratar, sin perjuicio que en el caso de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM deberá observarse la obligatoriedad de adjuntar documento público o privado, en original. En todo caso, se recomienda que los proveedores de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, suscriban igualmente un documento privado para constitución de la UTP, a fin de ser presentado conjuntamente con la oferta, con el compromiso de formalizar lo anterior a través de escritura pública, una vez adjudicada la Licitación Pública. En ambos casos, el acuerdo deberá contener: - Identificación de los integrantes. - Las condiciones de dicha Unión Temporal de Proveedores para efectos de la presentación de propuesta y la adjudicación. - La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. Se deberá indicar las obligaciones que se le encomienden al apoderado como por ejemplo: presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías. - Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes Bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes. - Se debe tener presente que todos y cada uno de los integrantes de una UTP, serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivados de la licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP. - Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio. - Deberá constar la inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión Temporal de Proveedores en ChileProveedores, al momento de la suscripción del contrato. - Determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - Se debe establecer en la constitución de la UTP de la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura o documento tributario de cobro y recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación la D.G.A. entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad de modificar su nominación. - Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP. Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deberán informarlo de inmediato a la D.G.A., y acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su condición. Quienes conformen una UTP deberán tener presente que, si esta se disuelve durante la evaluación de la licitación, esta no podrá ser adjudicada. Asimismo, se deberá incluir la Descripción e Individualización de los proponentes, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 3-B, debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. Se hace presente, que los postulantes que entreguen algunos de los documentos señalados anteriormente –numerales i) al iv)– con la información contenida en ellos, deberán ser veraces en sus declaraciones juradas simples realizadas y entregadas, siendo de exclusiva responsabilidad de los postulantes. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad, se declarará la postulación como contraria a las Bases Administrativas y Técnicas, e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, esta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la D.G.A. el derecho poner término al contrato y/o hacer efectivas las garantías. Se hace presente, que indistintamente la D.G.A. podrá efectuar la respectiva denuncia en caso que amerite que los antecedentes y los hechos que de ellos deriven, sean constitutivos de delitos.
Documentos Técnicos
1.- Requisitos Propuesta Técnica: Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas. Los proponentes que formen una Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar una propuesta técnica común.
 
Documentos Económicos
1.- Requisitos de la Oferta Económica: a) El oferente, al digitar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario por cada uno de los productos ofertados, el que deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación, según se indica en el numeral XVI de estas Bases. b) Cada oferente deberá crear un anexo económico, indicando el monto total de la oferta, incluyendo impuestos (si los hubiere) y además, un desglose de los precios unitarios de los servicios que se prestarán. c) En caso de inconsistencia entre el valor ofertado en el anexo económico y lo ingresado al Sistema de Información, prevalecerá lo indicado en el anexo económico. Si la oferta presentada es mayor al presupuesto de la Licitación Pública indicado en el numeral XVI de las presentes Bases Administrativas, la oferta será rechazada y declarada inadmisible, cumpliendo con lo establecido en el numeral VI de estas mismas Bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL EQUIPO PROPUESTO Jefa o jefe de Proyecto (50%) Abogado Especialista en Gestión del Agua (40%) Asistente Legal (10%) 35%
2 ENFOQUE METODOLÓGICO Objetivos y conceptualización de la propuesta (20%) Metodología (60%) Productos esperados (20%) 40%
3 OFERTA ECONÓMICA Se le asignará el máximo puntaje a la oferta de menor precio ofertado, y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (precio mín./plazo oferta)*100. 20%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas, será evaluada de la siguiente forma: • La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales y el formato utilizado corresponde al indicado en las Bases de Licitación = 100 puntos • La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas Bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2211001
Monto Total Estimado: 15000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE El contrato será a suma alzada, no reajustable, y dispone de un presupuesto máximo de 15.000.000.- quince millones de pesos, impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 76 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: FELIPE CASTILLO
e-mail de responsable de pago: felipe.castillo@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Gustavo Abrigo Cornejo
e-mail de responsable de contrato: gustavo.abrigo@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-24493756-3756
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Durante la ejecución del trabajo, el Contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas lo que deberá ser aprobado previamente por la Inspección Fiscal
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - DGA. RUT: 61.202.000-0.
Fecha de vencimiento: 31-10-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Pagadera A la vista. Monto $500.000.- (quinientos mil pesos).
Glosa: "Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública denominada CONSTRUCCIÓN DE REGISTROS DE COMUNEROS Y COMUNERAS PARA LAS COMUNIDADES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHALINGA, CHOAPA ALTO, CHOAPA BAJO, CANELA Y CHOAPA MEDIO”.
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de los oferentes no adjudicados, la devolución de la garantía debe solicitarse por escrito a través de Oficina de Partes de la D.G.A., previa conformidad del Inspector Fiscal. En cuanto al adjudicatario, le será devuelta después de presentar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y previa solicitud de su devolución, por escrito al Inspector Fiscal con la respectiva autorización del mismo
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 30-06-2023
Monto: 10 %
Descripción: Pagadera A la Vista e irrevocable. Monto Equivalente a un 10% del monto total adjudicado.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado CONSTRUCCIÓN DE REGISTROS DE COMUNEROS Y COMUNERAS PARA LAS COMUNIDADES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHALINGA, CHOAPA ALTO, CHOAPA BAJO, CANELA Y CHOAPA MEDIO”.
Forma y oportunidad de restitución: El contratista deberá solicitar la devolución de la garantía por escrito, en la Oficina de Partes de la D.G.A., con una anterioridad no superior a sesenta (60) días hábiles a su fecha de vencimiento, debiendo el Inspector Fiscal y el Jefe del Departamento de Organizaciones de Usuarios de la D.G.A., dejar constancia de conformidad en un acta, señalando la conformidad del servicio, si se cursaron multas y estas fueron tramitadas y cobradas en tiempo y forma, estableciendo finalmente, la devolución de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el adjudicatario se desistiera de su oferta o el oferente adjudicado no acreditara su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o si el oferente adjudicado no presentara la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato si fuera el caso yo no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases Administrativas si fuera el caso o bien, no aceptara la orden de compra en el Portal, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, tal como se señala en el numeral XI “Garantía de Seriedad de la Oferta” de las presentes Bases Administrativas, se hará efectiva dicha garantía si fuera el caso.
Resolución de Empates

En caso de empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:

1° Criterio 2 (Enfoque metodológico);

2° Criterio 1 (Experiencia equipo propuesto);

3° Criterio 3 (Oferta económica);

4° Criterio 4 (Cumplimiento requisitos formales).

Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente el Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas y Técnicas y demás documentos integrantes. Especialmente el oferente, acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Técnicas, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)     El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso Licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven.

b)     El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia. Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

c)     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive.

f)      El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)     El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.

h)     El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes de la oferta administrativa, técnica y/o económica, facultará a la D.G.A. a excluir de la Licitación Pública al Oferente, declarándose, por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases Administrativas. Es responsabilidad de los proponentes ingresar la oferta de la manera establecida en las Bases, entendiendo que la Comisión Evaluadora no está obligada a solicitar subsanar o aclarar la falta o la omisión de algún antecedente o documento que integre la propuesta.

No obstante lo anterior, la D.G.A. podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar, a través del Sistema de Información, a cualquier Oferente, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases, lo que será evaluado y resuelto por la D.G.A. Se deja presente que, las solicitudes de aclaración o subsanación son una prerrogativa que en ningún caso es obligatoria para los evaluadores, y solo podrá subsanarse o aclararse por los proponentes lo solicitado, esto en atención a los principios que deben resguardar quienes evalúan, de estricta sujeción a las Bases Administrativas y Técnicas, y de igualdad entre los oferentes. En este caso, se aplicarán las reglas de evaluación, conforme a lo dispuesto en el numeral XIII de la Apertura y Evaluación de las Ofertas. Dicha solicitud se informará al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Tratándose de oferentes inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, ChileProveedores, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.chileproveedores.cl.

Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los oferentes, con motivo del estudio y presentación de sus ofertas, serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de estos por ningún concepto.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

a)   Normas Generales de Contratación, Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales:

El personal que contrate el Contratista, con motivo de la ejecución o durante la vigencia de esta contratación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la D.G.A., sino exclusivamente con el Contratista.

Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la D.G.A. así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. La D.G.A. exigirá que el Contratista proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

El incumplimiento del Contratista de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la D.G.A. para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.

BASES TÉCNICAS

  1. CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA.

  1. Propuesta Metodológica

Las presentes bases detallan los requerimientos técnicos mínimos que deben ser abordados durante la ejecución de las actividades asociadas a los servicios personales que se busca contratar, en éstas se detallan las etapas de trabajo, las actividades principales, y los informes asociados.

Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que existe una metodología propuesta en forma inicial, cada oferente en su oferta deberá evaluar si ésta es la más acertada de acuerdo a su experiencia, y en función de dicha evaluación podrá proponer los ajustes que estime convenientes a la misma.

Se deberá indicar la forma en que abordará el trabajo, señalando el procedimiento que utilizará en su ejecución. Deberá referirse explícitamente a la información que generará durante el contrato y la forma y tiempo en que hará su presentación.

  1. Programa de Trabajo.

 

Corresponde a la programación en el tiempo de las actividades asociadas a su metodología propuesta. Cada oferente deberá realizar un programa de trabajo, indicando etapas y plazos, incluyendo una Carta Gantt que indique fechas de informes de avance, plazos de revisión y correcciones, así como cronología de los estados de pagos con el consecuente compromiso de productos para cada caso. Además, deberá indicarse el tiempo de participación de cada uno de los profesionales, o técnicos, desglosados por etapas.

  1. Identificación del Proponente. Ver Anexos 2.

 

  1. Currículum del Proponente. Ver Anexo 7.

 

Para poder evaluar que el proponente posee la experiencia suficiente para asegurar el cumplimiento de los servicios generales que se licitan, deberá adjuntar currículum actualizado que dé cuenta de los trabajos realizados durante los últimos cinco años, en temas similares y/o relacionados con los de la presente licitación, con detalle suficiente de montos y contenidos, que permitan identificar la magnitud y complejidad de los trabajos desarrollados.

Los oferentes deberán contar con un equipo de trabajo calificado, compuesto como mínimo por los siguientes profesionales, cuyas características se detallan a continuación:

EQUIPO DE TRABAJO MINIMO

JEFA O JEFE DE PROYECTO

Deberá ser indistintamente, Abogada (o) con experiencia en Gestión del agua, relacionados con materias de derechos de aguas, temas legales relacionados a Organizaciones de Usuarios y aspectos Institucionales o Ing. en Recursos Naturales, Ing. Civil Agrícola, Ing. Agrónomo o a fin, con deseable experiencia comprobada en Recursos Hídricos, Gestión Territorial y trabajos realizados con Comunidades de Aguas.

ABOGADO ESPECIALISTA EN GESTIÓN DEL AGUA

Deberá ser un Abogado con experiencia en Gestión de Recursos Hídricos, relacionados con materias de derechos de aguas, temas legales relacionados a Organizaciones de Usuarios, aspectos de la institucionalidad hídrica y derecho registral.

ASISTENTE LEGAL

Podrá ser una o un técnico legal, con experiencia en Conservadores de Bienes Raíces y derechos de aprovechamiento de aguas.

Todas y todos deben tener experiencia demostrable en materias relacionadas con gestión de recursos hídricos, y deberán contar con apoyo de personal de terreno si fuese necesario.

 

  1. Organización Permanente del Proponente.

 

Se deberá describir la estructura orgánica del proponente en términos del personal profesional que trabaja en forma permanente en la organización, señalando además las instalaciones y equipamiento que dispone.

  1. Organización del Proponente para Desarrollar el Trabajo.

El oferente deberá plantear en forma clara cómo se estructurará el equipo de trabajo. Asimismo, se deberá identificar qué personas cumplirán las funciones comprometidas, distinguiendo entre profesionales, personal técnico y administrativo, de existir.

El proponente deberá adjuntar un detalle de las horas comprometidas en el presente contrato y en otros que esté desarrollando o que se encuentren en estado de presentación a esta fecha, a fin de evaluar si el tiempo de dedicación comprometido es consistente con lo propuesto.

  1. Currículum del Personal que Trabajará en la prestación de Servicios generales.

El proponente deberá adjuntar currículum abreviado y actualizado de cada uno de las personas identificadas en la organización para el desarrollo del trabajo. En dicho documento debe ceñirse exclusivamente a las actividades que dicha persona realizaría en el presente contrato, a fin de evaluar si posee experiencia relevante en las materias objeto de este programa.

  1. Carta Compromiso de Personal Comprometido.

Las personas que integrarán el equipo de trabajo, deberán garantizar su participación mediante Carta de Compromiso, suscrita por cada una de éstas en forma individual.

  1. Consultas y Aclaraciones si Corresponde.

En el evento que se realicen consultas y/o aclaraciones en el marco del proceso de licitación, se deben incluir como anexos en su propuesta técnica, con el fin de respaldar que determinadas adecuaciones o propuestas se amparan en las aclaraciones dadas con anterioridad a la publicación de las bases en el Sistema de Información: www. mercadopúblico.cl.

  1. INTRODUCCIÓN.

Las comunidades de aguas subterráneas (CAS) son organizaciones de usuarios formadas por dos o más personas que aprovechan aguas de un mismo acuífero o sector hidrogeológico de aprovechamiento común. La figura de la CAS ha tomado preponderancia desde los últimos 20 años, con adecuaciones normativas que fortalecen y reconocen expresamente su formación, obligaciones propias y la interrelación que existe entre las aguas superficiales y subterráneas, propiciando la visión de un sistema hídrico complejo y entregando un sustento legal para avanzar hacia la inserción de la gestión integrada de recursos hídricos.

En cuanto a la conformación de las CAS, es el mismo Código de Aguas el que establece la responsabilidad, para las y los usuarios (as) titulares de derechos de aprovechamiento de aguas (DAA) presentes en sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común (SHAC) declarados como áreas de restricción (101) y zonas de prohibición (99) de iniciar su trámite de organización legal como comunidad de aguas subterráneas (CAS) en un plazo de 1 año. Esto en base al artículo 12 transitorio del Código de Aguas que menciona:

“En todas las áreas de restricción o zonas de prohibición declaradas antes de la publicación de la presente ley, deberán iniciarse los trámites para conformar las Comunidades de Aguas Subterráneas dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de esta ley”.

Además, la ley en su artículo 63 establece que en las nuevas zonas de prohibición que se declaren posterior a la entrada en vigencia de la última reforma al Código de Aguas (06/04/2022) las y los titulares de DAA deberán completar su proceso de organización en un plazo de 1 año. Esto deriva del siguiente texto:

”La declaración de una zona de prohibición dará origen a una comunidad de aguas formada por todos los usuarios de aguas subterráneas comprendidos en ella, quienes deberán organizarla de conformidad con lo indicado en el inciso primero del artículo 196, dentro del plazo de un año”

Lo anterior toma relevancia si se considera que a la fecha solo se cuenta con 15 CAS registradas en la Dirección General de Aguas de las 200 que debiesen existir y que estas se encuentran concentradas en solo dos regiones del país, a saber, Atacama (2) y Valparaíso (12). Es decir, solo en 15 SHACs y principalmente en dos zonas del país sería posible desarrollar una gestión del agua subterránea en conjunto con una organización con personalidad jurídica que cuente con deberes, atribuciones y representatividad formalmente establecida en el marco de nuestra legislación. Cabe señalar que las organizaciones de usuarios en general obtienen su personalidad jurídica al registrarse en el Catastro Público que lleva la DGA.

Esta obligación impuesta a titulares de derechos de aprovechamiento, requiere también de la participación y promoción por parte del mismo Estado a la formación de las CAS, atendido lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 188 del Código de Aguas que establece:

“La Dirección General de Aguas podrá participar y comprometer recursos en la organización de una comunidad de aguas desde la iniciación de la gestión judicial hasta su inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas”.

En este contexto, en el marco de las actividades que la Dirección General de Aguas realiza y de acuerdo a lo establecido en el artículo 63 del Código de Aguas, este Servicio, mediante la Resolución D.G.A. Nº 18, de fecha 19 de noviembre de 2019 declaró zonas de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas los sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común denominados Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela e Illapel, ubicados en la provincia de Choapa, región de Coquimbo.

Para el caso de Choapa Medio, si bien este SHAC no cuenta con declaración de área de restricción o zona de prohibición, por la importancia que reviste para la gestión del agua en la cuenca, se iniciará la conformación de la correspondiente CAS.

Cabe destacar que, para el caso del SHAC Illapel, se inició una acción judicial de conformación en el año 2012, causa rol V-1198-2012 ante el Juzgado de Letras de Illapel, cuyo comparendo se desarrolló con fecha 7 de octubre de 2013, pero que aún no cuenta con sentencia judicial, lo que permite aprovechar lo ya realizado y retomar el proceso para lograr su constitución judicial, trabajo que realizará la DGA, por tanto es SHAC no es parte del trabajo a realizar por esta consultoría.

Ante lo expuesto y en vista de sus atribuciones, el servicio considera relevante y necesario conformar la CAS de los sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común denominados Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio, para lo cual se necesita, previamente, identificar y diagnosticar los titulares de derechos de aguas y el territorio en cuestión, a fin de contar con la información necesaria que permita la instauración de una entidad participativa y resolutiva como la CAS dentro del territorio.

  1. OBJETIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS GENERALES

  1. Objetivos Generales.

  • Establecer las bases para la conformación de Comunidades de Aguas Subterráneas en los Sectores Hidrogeológicos de Aprovechamiento Común Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio, a través de la construcción de los registros de comuneros y comuneras para cada uno de estos.

  • Contar con información actualizada de todas y todos los y las titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas cuyos puntos de captación se encuentren en los Sectores Hidrogeológicos Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio.

  • Promover la participación efectiva de los usuarios de la futura CAS, apoyando a la DGA en las actividades de fortalecimiento y capacitación que ésta desarrollara.

  1. Objetivos Específicos.

  • Construir el registro de comuneros de las CAS Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio en base a la información del Catastro Público de aguas que lleva la DGA y del levantamiento de información desde los Conservadores de Bienes Raíces correspondientes

  • Disponer de un catastro actualizado de todas y todos los y las titulares de Derechos de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas en los Sectores Hidrogeológicos Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio y de los antecedentes que respalden legalmente sus derechos de aprovechamiento, incorporando información de identificación y contacto de cada una de ellas.

  • Identificar los actores relevantes en el territorio en el cual se desea impulsar la iniciativa de constituir las Comunidades de Aguas Subterráneas Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio.

  • Identificar derechos de aprovechamiento de aguas que no se encuentran en el Catastro Público de Aguas, pero si se encuentran inscritos en el Registro de Aguas de los Conservadores de Bienes Raíces respectivos.
  • Apoyar a la Dirección General de Aguas en las actividades de promoción y capacitación que se desarrollará en el marco de la organización de las CAS Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio.

  • Diseñar material de difusión que permita dar a conocer el proceso de conformación de las CAS y su funcionalidad.

  1. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA.

 

La ubicación del área de trabajo se encuentra definida en la Resolución D.G.A. (Afecta) Nº 18, de fecha 19 de noviembre de 2019.

  1. ACTIVIDADES A REALIZAR

 

Este programa debe considerar como eje director del trabajo a realizar el inventario actualizado de todas y todos los (a) titulares de derechos de aprovechamiento de aguas cuyos puntos de captación se encuentren en los sectores hidrogeológicos señalados, los documentos legales que acrediten dicha titularidad, catastro y cuantificación de usos actuales, de tal manera de contar con una base sólida de información que permita constituir las Comunidades de Aguas Subterráneas. Se debe hacer hincapié en la identificación de usuarios, con datos de contacto incluido, que permita a las futuras comunidades desarrollar su gestión interna.

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Para desarrollar el trabajo encomendado, el ejecutor debe considerar como información de base y punto de partida la siguiente información:

  • El Informe Técnico DARH N° 234, de 23 de octubre de 2019, “Análisis de Disponibilidad de Aguas Subterráneas de los Sectores Acuíferos denominados Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela e Illapel, ubicados en la provincia de Choapa, Región de Coquimbo”, del Departamento de Administración de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas;

  • Copias digitales de inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas pertenecientes a los SHACs en cuestión, informadas por los Conservadores de Bienes Raíces correspondientes entre los años 2018 al 2022.

  • Planilla del Catastro Público de Aguas con derechos de aprovechamiento subterráneos existentes en los SHACs mencionados.

  • Estudios realizados por la Dirección General de Aguas y que se encuentren disponibles en el centro documental del servicio.

*Los estudios en ejecución surtirán de antecedentes durante el desarrollo de la consultoría. La información y debido acceso a ella será coordinada por el Inspector Fiscal de la Licitación.

A continuación se enumeran las principales actividades a realizar:

a.  Identificación de los Titulares.

 

Una de las etapas principales para constituir una Organización de Usuarios es la identificación de los titulares de derechos que serán incorporados a la lista de integrantes, rol de usuarios o registro de comuneros. Según el Artículo 186 del Código de Aguas, si dos o más personas tienen derechos de aprovechamiento podrán constituirse como organización de usuarios. Dicho lo anterior es clave la identificación de todas y todos los (as) usuarios (as) que tengan un derecho de aprovechamiento en los sectores hidrogeológicos Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela y Choapa Medio. Para ello se contará como base los listados de demanda de agua que se encuentra en los informes técnicos que dieron sustento a la declaración de zona de prohibición para nuevas explotaciones. Junto con lo anterior, se debe identificar aquellos derechos que no se encuentran en el Catastro Público de Aguas, pero si se encuentran inscritos en el Registro de Aguas de los Conservadores de Bienes Raíces respectivos, para esto debe indagarse en dicho Registro la inscripción del derecho original, de constatarse la existencia de anotaciones al margen que den cuenta de cesiones, transferencias y/o mutaciones de dominio ya sean totales o parciales, traslados de ejercicio, cambios de puntos de captación y/o renuncias.

Junto con lo anterior deberá identificarse cualquier otra fuente de información que identifique titulares o potenciales titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas.

Las fuentes mínimas a revisar son:

  • El Informe Técnico DARH N° 234, de 23 de octubre de 2019, “Análisis de Disponibilidad de Aguas Subterráneas de los Sectores Acuíferos denominados Chalinga, Choapa Alto, Choapa Bajo, Canela e Illapel, ubicados en la provincia de Choapa, Región de Coquimbo”, del Departamento de Administración de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas;

  • Copias digitales de inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas pertenecientes a los SHACs en cuestión, informadas por los Conservadores de Bienes Raíces correspondientes.

  • Planilla del Catastro Público de Aguas con derechos de aprovechamiento subterráneos existentes en los SHACs mencionados.

  • Anexos que contiene el listado de usuarios que se determinó al momento de declarar las áreas de restricción respectivas.

  • Catastro Público de Aguas a la fecha.

  • Registro de Propiedad de Aguas de los Conservadores de Bienes Raíces respectivos.

Es necesario que cada derecho de aprovechamiento este identificado con el nombre del titular, los antecedentes que permitan la completa individualización de éste, incluyendo número telefónico y correo electrónico, si el titular del derecho dispone de él. Además, cada derecho de aprovechamiento debe estar precisado conforme a su título, indicando las características esenciales si las tiene o aquellas que falten conforme a lo establecido en el Artículo 45 del Decreto Supremo N° 1.220. Asimismo, se debe indicar las coordenadas donde del punto de captación dicho derecho de aprovechamiento y de ser posible el uso asociado a éste.

Además, respecto de cada titular de derecho de aprovechamiento de aguas identificado, cuya captación se ubique al interior de la limitación cartográfica del sector hidrogeológico correspondiente, se deberá asociar los documentos legales que acrediten el dominio de éste. Para estos efectos la Dirección General de Aguas pondrá a disposición copias digitales de los títulos de dominio entregados por los Conservadores de Bienes Raíces correspondientes. En caso que el Servicio no cuente con esta información, el proponente deberá elaborar un listado con la información conservatoria que permita solicitarlo en función de las lo dispuesto en el artículo 122, inciso cuarto, del Código de Aguas, así como en el Decreto Supremo MOP Nº 1.220 de 1998 que aprueba el Reglamento del Catastro Público de Aguas

El proponente deberá construir un registro de comuneros y comuneras para cada SHAC identificado, que contenga al menos la información contenida en la planilla disponible en: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/oua.aspx. o el formato indicado en el anexo 8, siguiendo las especificaciones técnicas de los sistemas de información del Servicio, de tal manera que esta sea dispuesta en ellos. En este deberá constar la historia de los derechos que la componen, identificando tipo de traspaso (si fue transferencia parcial o total, o adjudicación, etc) el caudal transferido (Caudal inicial; Transferencia 1 con detalle de caudal, fojas, número y año; Transferencia 2 con detalle de caudal, fojas, número y año; Caudal final.); cambios de punto de captación, y también cuánto fue el caudal trasladado y a qué coordenadas (Coordenadas originales y coordenadas actuales del derecho asociadas a nombre del pozo si es que existe). Por último una columna de observaciones para acotar cualquier información necesaria.

b.  Talleres de Capacitación

Se deberá apoyar a la Dirección General de Aguas con la logística y realización de las actividades de difusión y capacitación que se realicen en el marco de la conformación de las comunidades de aguas subterráneas, al menos 4 talleres (dos por etapa) a lo largo de la duración de la prestación de servicios. Dichos talleres deberán realizarse en un local con capacidad para albergar como mínimo a 50 personas, deberán contar con la participación del consultor.

Para cumplir con lo anterior, el proponente deberá apoyar con la elección y disposición de los lugares, fechas y horarios, así como disponer de movilización para personas que lo requieran, un coffe break y tomar acta de la actividad.

Para estas instancias además, deberá elaborar material de difusión que facilite la comprensión de las materias tratadas, al menos dos documentos tipo tríptico o semejante, en un número suficiente para abastecer al público objetivo, los cuales deberán ser visados previamente por la inspección fiscal.

  1. RESULTADOS ESPERADOS.

a)   ETAPA 1: Informe Nº 1.

 

Se deberán entregar 2 copias en papel y copias digitales.

 

1.  Identificación preliminar de, al menos, el 70% titulares de Derechos de Aprovechamiento para cada SHAC.

2.  Identificación de títulos de dominio que se necesitan solicitar a los CBR correspondientes.

3.  Organización de registro de comuneros (as) en el formato solicitado con el correspondiente correlato con los títulos de dominio disponibles.

4.  Apoyo a la DGA en 2 actividades de difusión/capacitación en el territorio.

5.  Informe de Avance Nº 1.

b)   ETAPA 2: Informe Nº 2.

 

Se deberán entregar 2 copias en papel y copias digitales.

 

1.  Identificación total de titulares de Derechos de Aguas subterráneas ubicados en el sector hidrogeológico. Entrega de Base de Datos que incluya todos los titulares de derechos de aprovechamiento de agua del territorio en estudio. Ello, incluye toda la información que sustente en forma legal su calidad de titular de dicho derecho, y la ficha de cada uno de éstos con la información que en ella se precise, siguiendo las especificaciones técnicas de los sistemas de información del Servicio.

2.  Apoyo a la DGA en 2 actividades de difusión/capacitación en el territorio con énfasis en la participación y socialización de los usuarios en la conformación de la organización.

3.  Entrega Informe Avance Nº 2.

c)   Informe Final.

 

Se deberán entregar 2 copias en papel y 3 copias.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.