Licitación ID: 1021609-20-LE19
CONVENIO SUMINISTRO FORMULAS ENTERALES 2020
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO, SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 60
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bombas de infusión de alimentación enteral 1560 Unidad
Cod: 42231501
Bajada para bomba de infusión enteral compatible con bomba de infusión y Entrega de bomba infusión para nutricional enteral sin costo.  

2
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 900 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida, para optimizar glicemia en pacientes diabéticos, libre de lactosa y gluten en envase de 500 ml  

3
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 540 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida, hipercalórico, híperproteica para optimizar la glicemia en pacientes diabéticos, libre de lactosa y gluten en envase de 500 ml.  

4
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 420 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida, Isotónica, Isocalórica, Normoproteico, sin lactosa y sin gluten en envase de 1.000 ml.  

5
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 480 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida, Isotónica, sin gluten, sin lactosa completa y balanceada sin fibra en envase de 500 ml.  

6
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 288 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida, Hipercalórico, Híperproteica especial para pacientes con estrés metabólico en envases de 1.000 ml.  

7
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 300 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida, Hipercalórico, Híperproteica especial para pacientes con desnutrición severa y/o restricción hídrica en envase de 500 ml.  

8
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 720 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida oral, Hipercalórico para pacientes con altos requerimientos nutricionales, sin gluten y variedad de sabores en envases de 200 ml o 220 ml.  

9
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 600 Unidad
Cod: 42231504
Fórmula Nutricional Líquida oral, especial para pacientes diabéticos y pre diabéticos, para mejorar el control de glicemia. Variedad de sabores en envases de 200 ml.  

10
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 120 Unidad
Cod: 42231504
Espesante Alimenticio en polvo, modifica la textura del producto, utilizado en pacientes con disfagia, contribuye a reducir el riesgo de bronco aspiración, sabor neutro, en envase tarro de 225 grs.  

11
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 120 Unidad
Cod: 42231504
Módulo Proteico en polvo 100% suero hidrolizado, para requerimientos proteicos aumentados, utilizado en caso de desnutrición, en pacientes geriátricos y con sarcopenia. Envase tarro de 300 grs, sabor neutro.  

12
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 180 Unidad
Cod: 42231504
Formula Nutricional liquida peptídica, Hipercalórica, Hiperproteica Especial para paciente ventilado y obeso critico (500 ML). Sistema Listo para Usar  

13
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 360 Unidad
Cod: 42231504
Formula nutricional en polvo administración vía oral, para mejorar los aportes nutricionales en pacientes con mal apetito, desnutrición, hipermetabolismo. (Presentación 500-850 gr).  

14
Contenedores o bolsas de nutrición enteral 120 Unidad
Cod: 42231504
Formula nutricional en polvo administración vía oral, diseñada para optimizar la glicemia en paciente diabético e hiperglicemias (Presentación 500-850 gr).  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO SUMINISTRO FORMULAS ENTERALES 2020
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición de Formulas Enterales para Central de Alimentación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO
Unidad de compra:
SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO
R.U.T.:
61.602.140-0
Dirección:
Av. Renato Correa Labra Nº 210
Comuna:
Rengo
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-01-2020 18:00:00
Fecha de Publicación: 10-01-2020 11:23:27
Fecha inicio de preguntas: 13-01-2020 10:00:00
Fecha final de preguntas: 17-01-2020 11:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-01-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-01-2020 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-01-2020 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 05-03-2020 18:08:52
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Fecha Entrega Garantía por Seriedad de la Oferta 22-01-2020 16:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Identificación del Oferente Persona Natural - Anexo Nº 2-A
2.- Identificación del Oferente Persona Jurídica - Anexo Nº 2-B
3.- Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural - Anexo Nº 3-A
4.- Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica - Anexo Nº 3-B
Documentos Técnicos
1.- Condiciones de Canje - Anexo Nº 6
 
2.- Descripción de los Bienes - Anexo Nº 5
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica - Anexo Nº 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior Ver Metodología Art. 22 c) 20%
2 Cumplimiento de los requisitos Ver Metodología Art 22 d) 5%
3 Plazo de Entrega Ver Metodología Art. 22 b) 25%
4 Precio Ver Metodología Art. 22 a) 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Disponibilidad Presupuestaria del Hospital Rengo
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Según valorización Realizada
Tiempo del Contrato 11 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Ramón Guajardo Inostroza
e-mail de responsable de pago: ramon.guajardo@saludohiggins.cl
Nombre de responsable de contrato: Aisa Reyes Donoso
e-mail de responsable de contrato: aisareyesd@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2337329-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
Fecha de vencimiento: 01-03-2021
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo Nº 31 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, ante la complejidad que reviste el presente Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales, se solicitará una garantía para mantener la seriedad de la propuesta. La garantía por Seriedad de la Oferta deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Hospital, ubicada en Av. Dr. Renato Correa Labra Nº 210, segundo piso, comuna de Rengo, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo Nº 1 “Calendario de la licitación”. La falta de entrega, o entrega disconforme, o fuera del plazo señalado será causal de exclusión inmediata de la propuesta, conforme a lo establecido en el artículo Nº 15 de las presentes bases de licitación. La Garantía deberá ser tomada a la orden del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, RUT: 61.602.140-0, por un monto de $ 300.000 (trescientos mil pesos), con fecha de vencimiento a los sesenta días contados desde la fecha de apertura de la licitación indicado en el Anexo Nº 1 “Calendario de la licitación”. La garantía por la seriedad de la oferta podrá ser cualquier instrumento en garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, debe ser emitida por un banco de la plaza y consignar la siguiente frase: “En garantía de la seriedad de la oferta para el Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales ID 1021609-1-LE19”, en el caso del vale vista, esta glosa deberá estar escrita en el reverso del documento. Una vez dada a entera conformidad el instrumento en garantía, esta última quedará en custodia de la Oficina de Finanzas del Hospital a través de su Tesorería.
Glosa: En garantía de la seriedad de la oferta para el Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales ID 1021609-20-LE19
Forma y oportunidad de restitución: Posterior a la apertura electrónica en los casos de que la propuesta sea rechazada. Posterior a la adjudicación en los casos de que la oferta no sea seleccionada para la suscripción del contrato. Posterior a la suscripción del Contrato en los casos de que la oferta sea la seleccionada para la adjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
Fecha de vencimiento: 01-03-2021
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el artículo 6º de estas Bases, una boleta bancaria de garantía, un certificado de fianza, un vale vista o cualquier instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por un monto equivalente al 10% del valor total adjudicado con impuesto incluido (el monto corresponderá a lo indicado en el Anexo Nº 4 bajo la descripción “Monto Total Proyectado”), en moneda nacional, a nombre del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins, RUT: 61.602.140-0, con una vigencia no inferior a sesenta días hábiles, contados desde la fecha estimada de finalización del contrato. La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco de la plaza o por una Institución de Garantía Recíproca, según corresponda, y consignar la siguiente frase: “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales”, indicándose el Nº ID de la presente licitación.
Glosa: para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales ID 1021609-20-LE19
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior, para lo cual la Contraparte Técnica del HRVS emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.

1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.

Artículo  1°: Antecedentes.-

La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones inferiores a 1.000 UTM.

 

Al efecto, el monto máximo de la adquisición es la suma de $ 30.000.000 (Treinta millones de pesos) impuesto incluido, monto informado en la licitación, referida a la presente resolución.

 

Artículo  2°: Bases.-

Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

 

I.- Bases Administrativas.

II.- Condiciones Económicas.

III.- Bases Técnicas.

IV.- Anexos:

Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.

Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.

Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.

Anexo Nº3-A: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural”.

Anexo Nº3-B: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica”.

Anexo Nº4: “Formato de “Oferta Económica”.

Anexo Nº5: “Detalle de Bienes y/o Servicios a Adquirir”.

Anexo Nº6: “Condiciones de Canje”.

 

Artículo  3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos.-

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, contrato, y orden de compra a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

a)      Las presentes Bases Administrativas, Técnicas, las Condiciones Económicas, y los respectivos Anexos.

b)      El Contrato.

c)       La o las órdenes de compra.

d)      La Propuesta, con todos sus documentos anexos.

 

Artículo  4°: Definiciones.-

Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y de la correspondiente orden de compra, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:

 

El Hospital o el HRVS: Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Director: El Director del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

El Servicio: Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales se seleccionará y aceptará la más conveniente.

 

Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).

 

Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.chileproveedores.cl).

 

Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Económicas y  Anexos, que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el HRVS, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.

 

Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.

 

Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato (orden de compra) a que dé lugar.

 

Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.

 

Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.

 

Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:

 

a)        Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.

b)       La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.

c)        La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.

 

Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos:

 

  1. Las garantías requeridas.
  2. Las presentes Bases.
  3. Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.

 

Contraparte Técnica: Departamento o Unidad del HRVS encargado de coordinar el proceso de licitación y de actuar como Referente Técnico interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.

 

Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la celebración del contrato y de la emisión de la o las correspondientes órdenes de compra.

 

Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud de la aceptación de la orden de compra respectiva, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el HRVS.

 

Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el HRVS en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.

 

DCCP o Dirección de Compras: Dirección de Compras y Contratación Pública.

 

Artículo 5°   : Plazos de la licitación.-

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.

 

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato y/o la orden de compra serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles.  No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente.

 

Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 30 y 62 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 

 

Artículo 6°   : Notificaciones.-

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el HRVS publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

 

Artículo  7°: Aspectos Económicos de la Propuesta.-

La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes.  El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II  de las presentes Bases.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.

2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.

Artículo  8°: Llamado a licitación y entrega de Bases.-

El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información.  Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Artículo 9°: Requisitos de los participantes.-

Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.

Si el oferente corresponde a una “Unión Temporal de Proveedores", debe adjuntar la escritura pública, que dé cuenta del acuerdo para participar bajo esta modalidad y que formaliza tal unión temporal, el cual se deberá referir a lo menos, a la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el HRVS y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de Decreto 250 de ley 19.886, ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

El HRVS exigirá a los oferentes adjudicados la inscripción en el Registro de Proveedores para formalizar la contratación, en este caso cada proveedor deberá inscribirse y habilitarse.

Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años.

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

El HRVS no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.

Artículo  10°: Consultas, aclaraciones y modificaciones.-

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El HRVS, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el HRVS podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el HRVS podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.

3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.

3.-  Presentación y Contenido de las Propuestas.

Artículo  11°: Presentación de las Propuestas.-

Cada proponente podrá presentar solo una por bien, servicio o ítem licitado.

La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación” y deberán ajustarse a lo explícitamente indicado en las bases de licitación, respecto a la presentación de las ofertas, utilizando solo los formularios del sistema de información y anexos adjuntos si los hubiera.

En el caso de los proponentes no inscritos en el Registro de Proveedores o que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través del Sistema de Información.

Artículo  12°:   Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes.-

El HRVS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sin dar privilegios respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

El HRVS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y no brinden una situación de privilegio ante los demás oferentes.  Los documentos que se podrán presentar ante una omisión de antecedentes en el presente llamado a licitación son:

Documentos Administrativos:

  • Declaración de Responsabilidad (Anexo 3-A o Anexo 3-B)
  • Identificación del Proponente (Anexo 2-A o Anexo 2-B)
  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
  • Fotocopia simple del RUT del proponente.
  • Fotocopia Simple de la Escritura Pública que dé cuenta de la constitución de la sociedad.
  • Fotocopia Simple de la Escritura Pública, que dé cuenta del acuerdo para participar bajo la unión temporal de proveedores y que formaliza tal unión temporal.










Documentos Técnicos:

  • Res. Sanitaria Vigente de funcionamiento como laboratorio productor, o como distribuidor.
  • Registro ISP de los bienes solicitados.
  • Políticas de Canje (Anexo Nº 6).





Artículo  13°: Contenido de la Propuesta.-

El contenido de la Propuesta será el siguiente: 

a) Antecedentes del oferente y otros documentos.

a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:

1. 
Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.

2.. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.

3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.

a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:

1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.

2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.

3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).

4. Fotocopia simple del RUT del proponente.

5. Fotocopia simple de la Escritura Pública o acto administrativo vigente, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representantes (s) legal (es) del proponente.  Se deberá marcar con destacador el texto en que conste la designación del (o los) represéntate (es) legal. (es).

6. Fotocopia Simple de la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar bajo la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” si corresponde.

7. En caso de que el oferente fuere un Consorcio de Empresas se debe acompañar un instrumento, con fecha anterior a la apertura de las ofertas, en el cual conste una declaración de actuación conjunta y de responsabilidad indivisible y solidaria, suscrita por los representantes legales de las sociedades que conformarán el Consorcio. Además, se deben ingresar los antecedentes que acrediten las personerías invocadas y la habilidad para contratar con los organismos del Estado de todas las entidades que sean parte del Consorcio.

b) Oferta Técnica.

La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el Apartado III de las presentes Bases.

La oferta técnica deberá contener además lo siguiente: (criterio de admisibilidad técnica)

  • Las propuestas deberán corresponder a la descripción del Anexo Nº 5.
  • Cumplir con las condiciones de canje del Anexo Nº 6.
  • Vencimiento mínimo de 12 meses de los bienes solicitados.
  • Autorización Sanitaria Vigente para el funcionamiento del laboratorio productor y/o distribuidor (Resolución del Instituto de Salud Pública ISP).
  • Registro ISP de los bienes solicitados.
  • No contar con observaciones de falla del producto en el HRVS.












c)    Oferta Económica.

La oferta económica se deberá presentar de acuerdo a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°4 de estas Bases.  Debe indicar, y llenar por completo el anexo Nº 4 sin alterar el formato.

No presentar alguno de estos documentos facultará al HRVS para declarar inadmisible la propuesta.

4.- Garantía de Seriedad de la Oferta.

4.- Garantía de Seriedad de la Oferta.

Artículo  14°:    Garantía de Seriedad de la Oferta.-

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo Nº 31 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, ante la complejidad que reviste el presente Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales, se solicitará una garantía para mantener la seriedad de la propuesta.  La garantía por Seriedad de la Oferta deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Hospital, ubicada en Av. Dr. Renato Correa Labra Nº 210, segundo piso, comuna de Rengo, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo Nº 1 “Calendario de la licitación”.  La falta de entrega, o entrega disconforme, o fuera del plazo señalado será causal de exclusión inmediata de la propuesta, conforme a lo establecido en el artículo Nº 15 de las presentes bases de licitación.

La Garantía deberá ser tomada a la orden del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, RUT: 61.602.140-0, por un monto de $ 300.000 (trescientos mil pesos), con fecha de vencimiento a los sesenta días contados desde la fecha de apertura de la licitación indicado en el Anexo Nº 1 “Calendario de la licitación”.

La garantía por la seriedad de la oferta podrá ser cualquier instrumento en garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, debe ser emitida por un banco de la plaza y consignar la siguiente frase: “En garantía de la seriedad de la oferta para el Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales ID 1021609-1-LE19”, en el caso del vale vista, esta glosa deberá estar escrita en el reverso del documento.  Una vez dada a entera conformidad el instrumento en garantía, esta última quedará en custodia de la Oficina de Finanzas del Hospital a través de su Tesorería.

La garantía por seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos:

  1. Si el proponente retira su oferta durante el periodo de validez establecido en el artículo Nº 17 de las presentes bases.
  2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
  3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº 2 precedente, no cumple con lo establecido en el artículo Nº 26 de las presentes bases, o, si cumpliendo, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo establecido en el artículo Nº 28.
5.- Admisibilidad de las Propuestas.

 5.- Admisibilidad de las Propuestas.

Artículo  15°:    Admisibilidad de las Propuestas.-

Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 9º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 11º, 12°, 13º y 14º, todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

·         Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 9º de las presentes Bases.

·         Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 11º de las presentes Bases.

·         Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en el artículo 13º letra b) de las presentes Bases.

·         Que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta según lo establecido en el artículo Nº 14 de las presentes bases.

Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme a lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16º siguiente.

6.- Apertura Electrónica.

6.-  Apertura Electrónica.

Artículo  16°: Apertura Electrónica.-

La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, donde se aplicarán los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en el artículo 13º de las presentes bases de licitación.

7.- Validez de las Propuestas.

7.- Validez de las Propuestas.

Artículo  17°: Validez de las Propuestas.-

Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.

Artículo  18°: Prórroga de las propuestas.-

Una vez cumplido el plazo de los sesenta días de validez de las propuestas, y el acto de adjudicación no haya sido realizado, los oferentes deberán prorrogar sus propuestas por 10 días hábiles más en consecuencia de lo dispuesto en el artículo Nº 41 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.  Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.

8.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.

8.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.

Artículo  19°: Comisión Evaluadora.-

El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación designada por el Director del HRVS bajo Resolución Exenta N° 40 de fecha 08 de Enero de 2019 que aprueba el acto administrativo.  La comisión evaluadora quedará integrada por los siguientes miembros que a continuación se mencionan:

a)      Sub Director Médico HRVS                                                       
 Dr. Paúl Pacurucu Yunga

b)     Sub Director Administrativo HRVS                                        
D. David Guajardo Lufi

c)      Encargada Depto. Abastecimiento HRVS                            
D. Aisa Reyes Donoso

d)      Encargado Convenio Suministro y Serv. HRVS  
 D. Sebastián Ortiz Farias

e)     Encargada Central de Alimentación HRVS                          
D. Marión Durán Tapia.

La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública.  Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:


1. Realizar el proceso de Apertura electrónica y verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en al artículo 15º y 16º de las presentes Bases.

2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.

3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses del HRVS, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.


Artículo  20°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas.-

Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en el artículo 15º y 16º de las presentes Bases.

Artículo  21°: Evaluación de las Ofertas.-

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.

Durante el proceso de evaluación la Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Comisión de Evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación.

Artículo  22°: Notas y criterios de evaluación.-

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Criterios de Evaluación

Ponderación

Descripción

Oferta Económica

50%

De acuerdo a artículo N° 22 letra a) de las presentes bases.

Plazo de Entrega

25%

De acuerdo a artículo Nº 22 letra b) de las presentes bases.

Comportamiento Contractual

20%

De acuerdo a artículo N° 22 letra c) de las presentes bases.

Cumplimiento de Requisitos Formales

5%

De acuerdo a artículo N° 22 letra d) de las presentes bases.

Metodología de Evaluación.

a)                  Oferta Económica:

Oferta menor precio / Oferta actual * 50 = Ponderación Oferta Económica

b)                 Plazo de Entrega (Complementar con Anexo N° 4).

El oferente debe informar el tiempo de despacho desde el envío de la orden de compra a través del sistema de información.  Para aquello deberá considerar todos los tiempos que incurra en recepcionar la orden de compra, emitir la factura correspondiente y los tiempos de traslado del transporte propio y/o empresa transportista, hasta la efectiva recepción en Bodega del Hospital RVS.

Plazo Entrega

Puntaje

Igual o inferior a 24 horas hábiles

100 Puntos

Superior a 24 e inferior a 48 horas hábiles

70 Puntos

Superior a 48 e inferior a 72 horas hábiles

40 Puntos

Superior a 72 horas hábiles

15 Puntos

No Informa Plazo de Entrega

0 Puntos

Oferta menor tiempo / Oferta actual * 25 = Ponderación Plazo de Entrega

c)                  Comportamiento Contractual.

Este criterio evaluará el comportamiento contractual del oferente con los diferentes organismos del estado.  Se tomará como referencia la información ingresada en el Sistema de Información Mercado Público, en la ficha del Proveedor en la sección reclamos y en la sección Comportamiento Contractual dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de cierre de ofertas informado en el Anexo Nº 1 “Calendario de Licitación”.  Solo no serán considerados aquellos reclamos o incumplimiento contractual repetidos por la misma entidad pública.

Tipo de Reclamo

Puntaje Restante

Reclamo por no entrega de los bienes en los plazos ofertados.

10 puntos por cada evento, con un tope de 3 reclamos.

Reclamo por entrega parcial de productos.

10 puntos por cada evento, con un tope de 2 reclamos.

Tipo de Incumplimiento Contractual

Puntaje Restante

Registra multas.

10 puntos por cada evento, con un tope de 3 multas.

Cualquier tipo de incumplimiento y que repercutió en el término anticipado de contrato.

20 puntos.

(100 – Total Puntaje “Tipo de Reclamo” - Total Puntaje “Tipo de Incumplimiento Contractual”) * 20 = Ponderación Comportamiento Contractual

d)                 Cumplimiento de Requisitos Formales.

El oferente podrá presentar en segunda instancia a través de una Aclaración de Ofertas, la omisión involuntaria de los siguientes documentos formales, y siempre que el Hospital RVS lo estime pertinente.

Persona Natural:

  • Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
  • Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.
  • Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.








Persona Jurídica:
  • Formato completo de identificación del oferente contenido en el Anexo Nº 2-B.
  • Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº 3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.
  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
  • Fotocopia simple del RUT del proponente.
  • Fotocopia simple de la Escritura Pública de la sociedad.
  • Fotocopia Simple del documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar bajo la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”.
  • En caso de que el oferente fuere un Consorcio de Empresas se debe acompañar un instrumento, con fecha anterior a la apertura de las ofertas, en el cual conste una declaración de actuación conjunta y de responsabilidad indivisible y solidaria, suscrita por los representantes legales de las sociedades que conformarán el Consorcio. Además, se deben ingresar los antecedentes que acrediten las personerías invocadas y la habilidad para contratar con los organismos del Estado de todas las entidades que sean parte del Consorcio.

























Antecedentes Técnicos:
  • Res. Sanitaria Vigente de funcionamiento como laboratorio productor, o como distribuidor.
  • Registro ISP de los bienes solicitados.
  • Políticas de Canje (Anexo Nº 6).





Se realiza aclaración de ofertas: 0 puntos.

No se realiza aclaración de ofertas: 100 puntos.

Puntaje Obtenido * 5% = Ponderación Cumplimiento Requisitos Formales

En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá de acuerdo al siguiente orden de prelación:

Primera Instancia: criterio de “Oferta Económica”.

Segunda Instancia: criterio de “Plazo de Entrega”.

Tercera Instancia: criterio de “Comportamiento Contractual”.

Cuarta Instancia: criterio de “Cumplimiento de Requisitos Formales”.

Artículo  23°: Informe de Evaluación.-

La Comisión de Evaluación deberá elaborar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  • Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas.
  • En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de aquello.
  • Análisis particular de las propuestas.
  • Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
  • Análisis final de evaluación y de observaciones.
  • Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes.













El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos los intervinientes en este proceso y entregado al Director a más tardar al décimo día hábil siguiente al día de la apertura de las propuestas presentadas.

La decisión de adjudicación del Director será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la Unidad de Convenios de Suministro y Servicios para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación.

9.- Adjudicación de la Licitación.

9.- Adjudicación de la Licitación.

Artículo  24°: Adjudicación.-

La presente licitación tendrá el carácter de “Adjudicación Simple”, y podrá ser adjudicada a solo un oferente por cada línea licitada.

De las propuestas seleccionadas, el HRVS decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22° de las presentes Bases.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del HRVS.

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al HRVS dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el HRVS no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.

Además, en el mismo acto, el HRVS podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Nº 18 de las presentes bases de licitación.

Artículo 25°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación.-

El HRVS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.  Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El HRVS se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.

Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.

De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

10.- Del Contrato

10.- Del Contrato

Artículo  26°: Contrato.-

Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos:

1)      Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 27º de estas Bases.

2)      Encontrarse inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el artículo 28º de las presentes Bases para cumplir con este requisito.

3)      Presentar Declaración jurada ante notario respecto al estado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales o Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo.  En ambos casos el documento no podrá tener 30 días desde su emisión hasta la presentación del mismo.

Artículo  27°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.-

Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el artículo 6º de estas Bases, una boleta bancaria de garantía, un certificado de fianza, un vale vista o cualquier instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por un monto equivalente al 10% del valor total adjudicado con impuesto incluido (el monto corresponderá a lo indicado en el Anexo Nº 4 bajo la descripción “Monto Total Proyectado”), en moneda nacional, a nombre del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins, RUT: 61.602.140-0, con una vigencia no inferior a sesenta días hábiles, contados desde la fecha estimada de finalización del contrato.

La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco de la plaza o por una Institución de Garantía Recíproca, según corresponda,  y consignar la siguiente frase: “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales”, indicándose el Nº ID de la presente licitación.

La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior,  para lo cual la Contraparte Técnica del HRVS emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.

En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el HRVS queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle al HRVS.

La gestión de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, estará a cargo del Departamento Abastecimiento del HRVS quien será responsable, especialmente, de lo siguiente: (i) adoptar los resguardos necesarios para la entrega y custodia oportuna de las garantías en las dependencias de la oficina de Finanzas del HRVS; (ii) corroborar que el tipo de garantía entregada, su monto, vigencia y glosa, corresponda a lo exigido en estas bases, y representar esta situación a la Comisión Evaluadora y/o a la Subdirección Administrativa del HRVS, según sea el caso, cuando exista una discrepancia en ese sentido; y (iii) velar por el reemplazo y/o devolución definitiva de las garantías a los proponentes y/o proveedores, según sea el caso.

Artículo 28°: Contenido del contrato y suscripción.-

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del HRVS, y será suscrito por el Director y la persona natural adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la entidad adjudicataria, según corresponda.

Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:

a)      Individualización de las partes contratantes;

b)      Características de los bienes y/o servicios contratados;

c)       Precio;

d)      Plazo de duración;

e)      Garantías;

f)       Causales de término anticipado;

g)      Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Rengo para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios, de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 31º de las presentes Bases;

h)      Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;

i)        Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del Proveedor;

j)        Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el Proveedor, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34º de las presentes Bases.

k)      Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento para que el HRVS pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;

l)        Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio;

m)    Los medios para acreditar si el Proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;

n)      Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que toda información respecto del HRVS y la función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar, reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información referida.


o)   Declaración que entre el HRVS y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes bases.


    El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el artículo 6º de las presentes Bases.

    Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 26º, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación.  En tal evento el HRVS procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 26º precedente dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

    Artículo  29°: Precio del contrato y pagos.-

    El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntos de la licitación, más los impuestos que correspondan.

    El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.

    Artículo  30°: Vigencia del Contrato.-

    El contrato comenzará a regir a contar de la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

    El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases.

    La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 37° de las presentes Bases.

    Artículo 31°: Domicilio.-

    Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Rengo.

    Artículo  32°: Informes.-

    Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al HRVS sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica  lo requiera.

    Artículo  33°: Encargado Técnico.-

    El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante el HRVS para todos los efectos del contrato.  Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.

    La Contraparte Técnica del HRVS proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto de la orden de compra, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.

    Artículo  34°: Cesión del contrato.-

    El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al HRVS para poner término anticipado a las prestaciones requeridas, en forma inmediata de conformidad a lo establecido en el artículo N° 37 de las presentes bases.  Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia –que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

    Artículo  35°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones.-

    El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las prestaciones referidas en el contrato y/o la orden de compra correspondiente no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el HRVS, sino que exclusivamente con el Proveedor.

    Durante la ejecución de las prestaciones objeto de esta licitación, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al HRVS de Rengo. Corresponderá a la Contraparte Técnica del HRVS calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el HRVS.

    Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el HRVS de Rengo así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de la licitación y orden de compra deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones a que se ha obligado el Proveedor, con un máximo de seis meses.  El HRVS exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

    11.- Multas y Sanciones.

    11.- Multas y Sanciones.

    Artículo  36°: Multas por incumplimientos de las obligaciones del Proveedor.-

    El HRVS podrá, previo informe de la Unidad Técnica aplicar multas al contratista en el caso que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación y Contrato. La multa o las multas serán a favor del HRVS, las que serán calificadas en cada ocasión por la Unidad Técnica Supervisora y Administrador de Contrato según corresponda en los siguientes casos:

    MULTA

    MONTO

    1

    Atraso en la entrega de los bienes de acuerdo a lo ofertado.

    3% de la orden de compra por cada día de atraso.

    2

    Calidad inferior al producto ofertado (vencimiento, calidad, etc.)

    20% de la orden de compra.

    3

    Atraso por cada día hábil en la reposición de los productos defectuosos.  Corresponderá al tiempo de entrega el considerado para la reposición.

    5% de la orden de compra por cada día de atraso.

    4

    Error en la entrega de los productos (producto erróneo y/o cantidad inferior o superior a lo solicitado).

    10% de la orden de compra.

    El monto máximo para la aplicación de multas será de un 30% del valor total de la orden de compra.

    Las multas serán aplicables por incumplimientos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago respectivo si no hubiere estados pendientes de pago.

    Para aplicar una multa El HRVS primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica en conjunto con el administrador de contrato donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.

    La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor señaló en su propuesta, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil después de depositada la carta en la oficina de correos.

    Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el HRVS, quién resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del HRVS. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución del HRVS la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº 19.880.

    Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.

    Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.

    La aplicación de las multas será sin perjuicio de la facultad del HRVS de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en el mismo y en las presentes bases y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

    12.- Termino anticipado del contrato.

    12.- Termino anticipado del contrato.

    Artículo  37°: Termino anticipado del contrato.-

    Mediante resolución fundada, el HRVS podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

    a)      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

    b)      Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.

    c)       Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

    d)      Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.

    e)      Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.

    Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:


    1. Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.

    2. Si le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

    3. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.

    4. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.

    5. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.

    6. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al HRVS, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.

    7. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.

    8. Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales las siguientes situaciones: incumplimiento  que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 30% del precio del contrato.


    Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el HRVS podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior, sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al HRVS en contra del Proveedor.

    12. Aspectos Económicos.

    12. Aspectos Económicos.

    Artículo  38°: Monto de la oferta económica.-

    La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor unitario neto por el bien y/o servicio licitado.  Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados, y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. 

    Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°4 de estas Bases.  En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se aplicará una aclaración de ofertas en un plazo máximo de respuesta de 48 horas, para establecer el precio correcto de la oferta.  Una vez cumplido el plazo, y si no existiera respuesta por parte del oferente, la oferta quedará rechazada.

    Artículo  39°: Condiciones de pago.-

    El pago de los bienes se efectuará en uno, o más pagos en el plazo de 30 días corridos, dependiendo de la necesidad de contar con el suministro.  En dicho caso, se efectuará el pago por las órdenes de compra enviadas al proveedor, en la o las facturas emitidas por el proveedor.

    Todo pago se cursará con la recepción conforme de la factura o boleta por parte de la Contraparte Técnica del presente Servicio de Desratización, desinsectación y sanitización.

    La recepción de la factura o boleta, contiene las autorizaciones y certificaciones internas necesarias para hacer efectivo el pago y será remitida al Proveedor bajo el concepto de Orden de Pago, se podrá enviar vía correo electrónico o podrá ser retirada por éste directamente en el Hospital a través de su Contraparte Técnica del presente Servicio de Desratización, desinsectación y sanitización.

    La Orden de Pago se realizará a más tardar al cuarto día hábil de recibidas las certificaciones de conformidad del bien y/o servicio contratado por parte de la Contraparte Técnica del HRVS.

    El Proveedor enviará la factura con los productos solicitados a la Bodega Central del Hospital, y en duplicado a través de correo electrónico al Encargado de la Unidad de Convenios de Suministro y Servicios al correo electrónico dispuesto al momento de la suscripción del contrato.

    Cumpliéndose las condiciones señaladas en los párrafos precedentes, el HRVS hará efectivo el pago dentro de los 30 días de recibida la factura o boleta.

    13.- Antecedentes.

    13.-  Antecedentes.

    Artículo  40°: Antecedentes de la contratación.-

    • PROPOSITO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO DE FÓRMULAS ENTERALES.



    Se requiere el Suministro de Fórmulas Enterales, en necesidad de los pacientes del Hospital que requieren un suplemento alimenticio.



    • CANTIDAD MENSUAL Y HASTA POR 12 MESES DE FÓRMULAS ENTERALES.


    El Suministro de Fórmulas Enterales corresponderá a las siguientes cantidades estimativas, las cuales variarán de acuerdo a la necesidad del HRVS y de los pacientes internos en el establecimiento:

    Producto

    Cantidad Mensual

    Cantidad x 12 meses

    Bajada para bomba de infusión enteral con entrega de equipos sin costo

    130

    1.560

    Bomba de infusión para nutricional enteral sin costo

    17

    204

    Fórmula Nutricional Líquida, para optimizar glicemia en pacientes diabéticos, libre de lactosa y gluten en envase de 500 ml.

    75

    900

    Fórmula Nutricional Líquida, hipercalórico, híperproteica para optimizar la glicemia en pacientes diabéticos, libre de lactosa y gluten en envase de 500 ml.

    30

    360

    Fórmula Nutricional Líquida, Isotónica, Isocalórica, Normoproteico, sin lactosa y sin gluten en envase de 1.000 ml.

    35

    420

    Fórmula Nutricional Líquida, Isotónica, sin gluten, sin lactosa completa y balanceada sin fibra en envase de 500 ml.

    40

    480

    Fórmula Nutricional Líquida, Hipercalórico, Híperproteica especial para pacientes con estrés metabólico en envases de 1.000 ml.

    24

    288

    Fórmula Nutricional Líquida, Hipercalórico, Híperproteica especial para pacientes con desnutrición severa y/o restricción hídrica en envase de 500 ml.

    15

    180

    Fórmula Nutricional Líquida oral, Hipercalórico para pacientes con altos requerimientos nutricionales, sin gluten y variedad de sabores en envases de 200 ml o de 220 ml.

    40

    480

    Fórmula Nutricional Líquida oral, especial para pacientes diabéticos y pre diabéticos, para mejorar el control de glicemia.  Variedad de sabores en envases de 200 ml o 237 ml.

    40

    480

    Espesante Alimenticio en polvo, modifica la textura del producto, utilizado en pacientes con disfagia, contribuye a reducir el riesgo de bronco aspiración, sabor neutro, en envase tarro de 200 grs o de 300 grs.

    10

    120

    Módulo Proteico Complemento Nutricional en polvo, para requerimientos proteicos aumentados, utilizado en caso de desnutrición, en pacientes geriátricos y con sarcopenia.  Envase tarro de 300 grs.

    10

    120

    • CONDICIONES DEL SUMINISTRO


    El oferente adjudicado, deberá proporcionar al HRVS el suministro de fórmulas enterales en los tiempos ofertados en el Anexo Nº 4, considerando para aquello desde la solicitud de la Contraparte Técnica hasta los tiempos ofertados.

    El oferente adjudicado deberá mantener un stock suficiente de fórmulas enterales, a fin de garantizar la entrega fiel y oportuna de las mismas al HRVS.

    El oferente deberá considerar en su oferta económica todos los gastos por la entrega de las fórmulas enterales, ya que el Hospital de Rengo no pagará montos por concepto de  transporte.

    Las fórmulas enterales ofertadas deben venir en envases rotulados en idioma español y deben contener como mínimo la siguiente información: Descripción del producto (nombre genérico, presentación, etc.), N° de Lote o Serie, Fecha Vencimiento, N° Registro ISP.

    El adjudicatario, se obligará ante el Hospital de Rengo a cumplir con políticas de canje que incluyan, como mínimo, los siguientes términos:


    1. Canje por productos defectuosos o dañados, detectados en la recepción de la Bodega Central del Hospital de Rengo, o posteriormente en su uso.

    2. Productos mal rotulados o adulterados.

    3. Canje por vencimiento del producto.

    4. Productos con fallas en la calidad detectados en el establecimiento o publicado por ISP.

    5. Para llevar a cabo el canje, la Contraparte técnica del Hospital de Rengo o el Referente Técnico, se comunicará con el proveedor para informar el problema detectado, producto, cantidad N° de Guía o Factura, fecha de recepción y solicitará el cambio del producto. El nuevo plazo de entrega corresponderá a lo ofertado por el proveedor en el Anexo Nº 4 “Plazo de Entrega”.

    • FLUJO DE DOCUMENTACIÓN

    1. El oferente solo aceptará la solicitud de productos por parte del Depto. de Abastecimiento y/o de su Unidad de Convenio de Suministro y Servicios.  Ninguna otra solicitud podrá considerarse valida.
    2. La solicitud de fórmulas enterales se formalizará con la respectiva emisión y posterior envío de la orden de compra.
    3. El oferente deberá entregar las fórmulas enterales en dependencias de la bodega central en el horario establecido, o en el que se establezca por mutuo acuerdo entre las partes, y en los tiempos ofertados por el proveedor (Anexo Nº 4).
    4. La facturación de los productos deberá corresponder a lo indicado en la orden de compra, y se deberá enviar físicamente con los medicamentos para la recepción en la bodega central del hospital, y digitalmente al correo dispuesto en la suscripción del contrato.
    5. Una vez la factura cuente con todas las validaciones internas (máximo 4 días hábiles) se notificará al proveedor de la orden de pago.  El pago efectivo podrá ser dentro de 30 (treinta) días desde la recepción conforme de la factura.
    14.- Objetivos.

    14.- Objetivos.

    Artículo  41°: Objetivos.-

    OBJETIVO GENERAL

    • Contar con un Suministro Anual de Fórmulas Enterales en atención a la salud de los pacientes del HRVS.

    OBJETIVOS ESPECIFICOS

    • Contar con un Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales para el año 2019.

    • Contar con un stock adecuado de fórmulas enterales en el Hospital para la distribución a pacientes beneficiarios de este establecimiento hospitalario.

    • Cubrir la necesidad de alimentación medicantosa a los pacientes del hospital.
    15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.

    15.-  Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.

    Artículo  42°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.-

    El plazo total  para el Convenio de Suministro de Fórmulas Enterales será hasta el 31 de diciembre de 2019. 

    El contrato regirá desde la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

    Para tales efectos, se entenderá notificado luego de transcurridas 24 horas desde que el HRVS publique en el Sistema de Información el documento o resolución objeto de notificación.  En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, el HRVS deberá remitir al oferente adjudicado copia del acto administrativo aprobatorio del contrato mediante carta certificada, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente al depósito de la carta en la oficina de correos.

    16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.

    16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.

    Artículo  43°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros.-

    El detalle de las Fórmulas Enterales es publicado en las presentes bases de licitación en su Anexo Nº 5.

    17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.

    17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.

    Artículo  44°: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.-

    El lugar donde deben entregarse las fórmulas enterales es en la Bodega Central del HRVS.  La dirección del Hospital es en Av. Dr. Renato Correa Labra N° 210 Ciudad de Rengo, acceso Quintalba.

    18.- Contraparte Técnica y Administrador de Contrato

    18.- Contraparte Técnica y Administrador de Contrato

    Artículo  45°: Contraparte Técnica:

    Será la Contraparte Técnica del HRVS de Rengo, el referente técnico Encargada de la Central de Alimentación del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

    Será el Administrador de Contrato del HRVS de Rengo, un funcionario de la Unidad de Convenio de Suministro y Servicios del Depto. de Abastecimiento del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

    Para los fines del correcto desarrollo del contrato, será en efecto función de la contraparte técnica y del administrador de contrato lo siguiente:

    Contraparte Técnica:

    a) Realizar la coordinación con el oferente adjudicado para el suministro de los productos.

    b) Denunciar en los casos que corresponda el incumplimiento contractual del oferente.

    c) Emitir los informes técnicos para la validación del cumplimiento contractual del oferente.



    Administrador de Contrato:

    a) Seguimiento de bienes y/o servicios licitados.

    b) Velar por la correcta ejecución de las obligaciones del proveedor.

    c) Convocar al ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y la calidad de los bienes y/o servicios contratados.

    d) Proporcionar al ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para la correcta ejecución de sus obligaciones suscritas en el contrato.

    e) Evaluar los informes entregados por el ejecutor.  Su aprobación o rechazo será comunicados al ejecutor vía correo electrónico al Encargado Técnico designado por él.

    f) Emitir informes de cumplimiento del ejecutor y del desarrollo del contrato.  Este informe será cada tres meses y contendrá información de ejecución presupuestaria, y de las obligaciones contractuales suscritas entre el ejecutor y el Director.

    g) Informar al Director respecto de cualquier incumplimiento del ejecutor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.

    Las comunicaciones entre el Ejecutor y el DIRECTOR se realizarán preferentemente a través de correo electrónico dirigido a las contrapartes técnicas respectivas y al administrador de contrato.

    19. Condiciones y restricciones.

    19. Condiciones y restricciones.

    Artículo  46°: Presentación de propuestas.-

    La propuesta deberá referirse a la totalidad de los bienes y/o servicios que se licitan.

    Artículo  47°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes adquiridos.-

    Los bienes que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del HRVS.  En razón de lo anterior, es el HRVS quien determina las formas de uso futuro de los mismos.

    El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.