Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
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Fecha de vencimiento:
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09-08-2021
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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La seriedad de la propuesta será garantizada por cada oferente mediante una garantía de seriedad de la oferta la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, ubicada en Av. Dr. Renato Correa Labra N° 210, segundo piso, comuna de Rengo, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N° 1 “Calendario de licitación”. La falta de entrega, o entrega disconforme, o fuera del plazo señalado será causal de exclusión inmediata de la propuesta, conforme a lo establecido en el artículo 15° de las presentes bases de licitación.
La garantía deberá ser tomada a la orden del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, RUT: 61.602.140-0, por un monto de $ 500.000 (quinientos mil pesos), con fecha de vencimiento a los 60 (sesenta) días, contados desde la fecha de apertura de la licitación.
La garantía por seriedad de la oferta, podrá ser cualquier instrumento de garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva y emitida por un banco de la plaza y consignar la siguiente frase “En Garantía a la Seriedad de la Oferta para el Convenio de Suministro de Fórmulas de Nutrición Enteral ID 1021609-3-LQ21”, en el caso del vale vista esta glosa deberá estar escrita en el reverso del documento. Una vez dada a entera conformidad el instrumento en garantía, esta última quedará en custodia de la Oficina de Finanzas a través de la Tesorería del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo.
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Glosa:
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En Garantía a la Seriedad de la Oferta para el Convenio de Suministro de Fórmulas de Nutrición Enteral ID 1021609-3-LQ21
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía por seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos:
1. Si el proponente retira su oferta durante el periodo de validez establecido en el artículo 18° de las presentes bases.
2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el N° 2 precedente, no cumple con lo establecido en el artículo 26° de las presentes bases o, si cumpliendo, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo establecido en el artículo 28°.
No concurriendo las circunstancias anteriores, el Hospital procederá a la devolución de la garantía por seriedad de la propuesta debidamente endosada al proponente, dentro de los cinco días siguientes a la firma del contrato respectivo con el adjudicatario.
La devolución de la garantía de la seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, mediante solicitud escrita dirigida al Hospital ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
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Fecha de vencimiento:
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07-06-2023
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el artículo 6º de estas Bases, una boleta bancaria de garantía, un certificado de fianza, un vale vista o cualquier instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por un monto equivalente al 10% del valor total estimado del contrato con impuesto incluido, en moneda nacional, a nombre del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins, RUT: 61.602.140-0, con una vigencia no inferior a noventa días hábiles, contados desde la fecha estimada de finalización del contrato.
La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco de la plaza o por una Institución de Garantía Recíproca, según corresponda, y consignar la siguiente frase: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO FORMULAS DE NUTRICION ENTERAL”, indicándose el Nº ID de la presente licitación.
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Glosa:
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PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO FORMULAS DE NUTRICION ENTERAL
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.
Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior, para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el Hospital queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle al Hospital.
La gestión de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, estará a cargo del Departamento de Abastecimiento del Hospital quien será responsable, especialmente, de lo siguiente: (i) adoptar los resguardos necesarios para la entrega y custodia oportuna de las garantías en las dependencias de la oficina de Finanzas del HOSPITAL; (ii) corroborar que el tipo de garantía entregada, su monto, vigencia y glosa, corresponda a lo exigido en estas bases, y representar esta situación a la Comisión Evaluadora y/o a la Subdirección Administrativa del Hospital, según sea el caso, cuando exista una discrepancia en ese sentido; y (iii) velar por el reemplazo y/o devolución definitiva de las garantías a los proponentes y/o proveedores, según sea el caso.
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