Licitación ID: 1021609-5-LQ20
CS MEDICAMENTOS INYECTABLES U.P.C. - Readjudicada en Id 1021609-5-R120
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO, SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 56
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Productos o servicios
1
Agua destilada para irrigación 1 Matraz
Cod: 51102702
AGUA BIDESTILADA MATRAZ SEMIRIGIDO 500 ML  

2
Clorhidrato de amiodarona 1 Ampolla
Cod: 51121511
AMIODARONA 150 MG/3 ML SOLUCION INYECTABLE VIA DE ADMINISTRACIÓN INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

3
Atropina 1 Ampolla
Cod: 51151616
ATROPINA 1 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE VIA DE ADMINISTRACIÓN INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

4
Betametasona 1 Ampolla
Cod: 51181701
BETAMETASONA FOSFATO DISODICO 4 MG/1ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR E INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

5
Gluconato de calcio 1 Ampolla
Cod: 51182403
CALCIO GLUCONATO 10% SOLUCION INYECTABLE INTRAVENOSA, AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA, ENVASE 10 ML  

6
Maleato de clorfeniramina 1 Ampolla
Cod: 51161630
CLORFENAMINA 10 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

7
Dexametasona 1 Ampolla
Cod: 51181704
DEXAMETASONA FOSFATO SODICO 4 MG/ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR E INTRAARTICULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

8
Clorhidrato de dexmedetomidina 1 Ampolla
Cod: 51141812
DEXMEDETOMIDINA 100 MCG/ML SOLUCION INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 2ML  

9
Clorhidrato de dexmedetomidina 1 Ampolla
Cod: 51141812
DEXMEDETOMIDINA 400 MCG/100 ML SOLUCIÓN INYECTABLE INTRAVENOSA FRASCO AMPOLLA  

10
Clorhidrato de dobutamina 1 Ampolla
Cod: 51151732
DOBUTAMINA CLORHIDRATO 250 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA.   

11
Clorhidrato de dopamina 1 Ampolla
Cod: 51151737
DOPAMINA 200 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

12
Efedrina 1 Ampolla
Cod: 51151741
EFEDRINA SULFATO 6% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR, INTRAVENOSA, SUBCUTANEA FRASCO AMPOLLA O AMPOLLA 1 ML  

13
Enoxaparina sódica 1 Unidad
Cod: 51131607
ENOXAPARINA SODICA 40 MG/0,4 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION SUBCUTANEA JERINGA PRELLENADA  

14
Enoxaparina sódica 1 Unidad
Cod: 51131607
ENOXAPARINA SODICA 60 MG/0,6 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION SUBCUTANEA JERINGA PRELLENADA  

15
Epinefrina 1 Ampolla
Cod: 51151703
EPINEFRINA 1 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA- INTRAMUSCULAR-SUBCUTANEA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

16
Etomidato 1 Ampolla
Cod: 51142933
ETOMIDATO 20 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

17
Fenitoina 1 Ampolla
Cod: 51141507
FENITOINA 250 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA, FRASCO AMPOLLA O JERINGA PRELLENADA  

18
Fentanilo 1 Ampolla
Cod: 51142219
FENTANILO 0,5 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR-INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

19
Fentanilo 1 Ampolla
Cod: 51142219
FENTANILO 0,1 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR-INTRAVENOSA AMPOLLA, FRASCO AMPOLLA O JERINGA PRELLENADA  

20
Suplementos vitamínicos 1 Ampolla
Cod: 51191905
FITOQUINONA (FITOMENADIONA) 10 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

21
Flumazenil 1 Ampolla
Cod: 51211606
FLUMAZENIL 0,5 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

22
Suplemento de potasio 1 Ampolla
Cod: 51191805
FOSFATO MONOPOTASICO 15% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 10 ML  

23
Furosemida 1 Ampolla
Cod: 51191510
FUROSEMIDA 20 MG/1-2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA-INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

24
Dextrosa 1 Ampolla
Cod: 51191601
GLUCOSA 30% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 20 ML  

25
Heparina sódica 1 Frasco Ampolla
Cod: 51131603
HEPARINA SODICA 25.000 U.I./5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - SUBCUTANEA FRASCO AMPOLLA O JERINGA PRELLENADA  

26
Clorhidrato de ketamina 1 Frasco Ampolla
Cod: 51142934
KETAMINA 500MG/10ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA E INTRAMUSCULAR FRASCO AMPOLLA  

27
Digitoxina 1 Ampolla
Cod: 51121903
LANATOSIDO C 0,4 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

28
Lidocaína 1 Ampolla
Cod: 51142904
LIDOCAINA 2% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INFUSION O BOLUS INTRAVENOSO AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 5 ML  

29
Sulfato de magnesio 1 Ampolla
Cod: 51171606
MAGNESIO SULFATO 25% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA 5 ML  

30
Metoclopramida 1 Ampolla
Cod: 51171806
METOCLOPRAMIDA 10 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA  

31
Metronidazol 1 Frasco Ampolla
Cod: 51101603
METRONIDAZOL 500 MG/100 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA FRASCO AMPOLLA O BOLSA 100 ML  

32
Clorhidrato de midazolam 1 Ampolla
Cod: 51141921
MIDAZOLAM 50 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

33
Lactato de milrinona 1 Ampolla
Cod: 51121902
MILRINONA 1MG/1ML SOLUCION INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 10 ML  

34
Cloruro de mivacurio 1 Ampolla
Cod: 51152002
MIVACURIO 10MG/5ML SOLUCIÓN INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

35
Sulfato de morfina 1 Unidad
Cod: 51142206
MORFINA CLORHIDRATO 10MG/1ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA  

36
Antídotos 1 Unidad
Cod: 51211616
NALOXONA 0,4MG/1ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION SUBCUTANEA - INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA  

37
Bromuro de neostigmina 1 Ampolla
Cod: 51151513
NEOSTIGMINA 0,5 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSO - INTRAMUSCULAR AMPOLLA  

38
Nitroglicerina 1 Ampolla
Cod: 51121603
NITROGLICERINA 50 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

39
Bitartrato de norepinefrina 1 Ampolla
Cod: 51151727
NOREPINEFRINA 4MG/4ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

40
Soluciones de nutrición o de nutrición parenteral total (NPT) 1 Unidad
Cod: 51191603
NUTRICION PARENTERAL TOTAL CENTRAL BOLSA 1477 ML EMULSIÓN PARA PERFUSIÓN  

41
Ondansetrón 1 Ampolla
Cod: 51171816
ONDANSETRON CLORHIDRATO 4 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

42
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno 1 Unidad
Cod: 51161812
PARACETAMOL 10 MG/ML SOLUCION PARA INFUSION INTRAVENOSA ENVASE DE VIDRIO/PLASTICO O BOLSA 100 ML  

43
Solución de cloruro sódico para irrigación 1 Ampolla
Cod: 51102714
POTASIO CLORURO 10% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA DE VIDRIO O PLASTICO CON SISTEMA ABRE FACIL 10 ML  

44
Clorhidrato de propanolol 1 Ampolla
Cod: 51151812
PROPANOLOL 1 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA  

45
Propofol 1 Frasco Ampolla
Cod: 51142941
PROPOFOL 10 MG/ML (1%) EMULSIÓN INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA FA 50 ML  

46
Propofol 1 Ampolla
Cod: 51142941
PROPOFOL 10 MG/ML (1%) EMULSION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 20 ML  

47
Citrato de bismuto de ranitidina 1 Ampolla
Cod: 51171917
RANITIDINA 50 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA E INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

48
Bromuro de rocuronio 1 Frasco Ampolla
Cod: 51152003
ROCURONIO BROMURO 50 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA FRASCO AMPOLLA  

49
Electrolitos de cloruro de sodio 1 Ampolla
Cod: 51191602
SODIO CLORURO 10% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA ENVASE VIDRIO O PLASTICO CON SISTEMA ABRE FACIL AMPOLLA 20 ML  

50
Suxametonio 1 Ampolla
Cod: 51151911
SUXAMETONIO O SUCCINILCOLINA 100 MG SOLUCION O POLVO LIOFILIZADO AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

51
Clorhidrato de tramadol 1 Ampolla
Cod: 51142235
TRAMADOL 100 MG/2 ML SOLUCIÓN INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA  

52
Verapamilo 1 Ampolla
Cod: 51121707
VERAPAMILO 5 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CS MEDICAMENTOS INYECTABLES U.P.C. - Readjudicada en Id 1021609-5-R120
Estado:
Readjudicada
Descripción:
Corresponde a este Hospital velar por los objetivos de mejor atención a la población beneficiaria a su cargo; debiendo brindarles atención de salud programada y de urgencia con los recursos físicos y humanos de que disponga, por lo que se hace necesario contar con un Convenio de Suministro de medicamentos inyectables para la Unidad de Pacientes Críticos en atención de los pacientes del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO
Unidad de compra:
SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE RENGO
R.U.T.:
61.602.140-0
Dirección:
Av. Dr. Renato Correa Labra 210 Rengo
Comuna:
Rengo
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-04-2020 15:01:00
Fecha de Publicación: 23-03-2020 19:11:00
Fecha inicio de preguntas: 24-03-2020 11:30:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2020 11:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-03-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2020 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2020 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 05-05-2020 10:23:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Identificación del Oferente Persona Natural Anexo 2-A
2.- Identificación del Oferente Persona Jurídica Anexo 2-B
3.- Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural Anexo 3-A
4.- Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica Anexo 3-B
5.- Check List Documentos Mínimos Requeridos Anexo 7
Documentos Técnicos
1.- Descripción de Bienes y/o Servicios Anexo 5
 
2.- Condiciones de Canje del Hospital Anexo 6
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica Anexo 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Programa Farmacovigilencia, Alertas de Retiro ISP, Certificados de Buenas Prácticas (GMP). 20%
2 Cumplimiento de los requisitos Omisión de documentos técnicos y administrativos. 5%
3 Plazo de Entrega Evaluación de plazos de entrega entre 24 y 72 horas hábiles. 6%
4 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
5 Política de Canje Políticas de canje por deterioro y/o vencimiento 4%
6 Vigencia del Medicamento Evaluación de Medicamentos entre 12 y 18 meses. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Hospital Rengo
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Ramon Guajardo Inostroza
e-mail de responsable de pago: ramon.guajardo@saludohiggins.cl
Nombre de responsable de contrato: Sebastian Ortiz Farias
e-mail de responsable de contrato: sebastian.ortiz@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2337329-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
Fecha de vencimiento: 03-06-2020
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: La seriedad de la propuesta será garantizada por cada oferente mediante una garantía de seriedad de la oferta la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, ubicada en Av. Dr. Renato Correa Labra N° 210, segundo piso, comuna de Rengo, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N° 1 “Calendario de licitación”. La falta de entrega, o entrega disconforme, o fuera del plazo señalado será causal de exclusión inmediata de la propuesta, conforme a lo establecido en el artículo N° 15 de las presentes bases de licitación. La garantía deberá ser tomada a la orden del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, RUT: 61.602.140-0, por un monto de $ 300.000 (trescientos mil pesos), con fecha de vencimiento a los 60 (sesenta) días, contados desde la fecha de apertura de la licitación. La garantía por seriedad de la oferta, podrá ser cualquier instrumento de garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva y emitida por un banco de la plaza y consignar la siguiente frase “En Garantía a la Seriedad de la Oferta para el Convenio de Suministro de Medicamentos Inyectables U.P.C. ID 1021609-5-LQ20”, en el caso del vale vista esta glosa deberá estar escrita en el reverso del documento. Una vez dada a entera conformidad el instrumento en garantía, esta última quedará en custodia de la Oficina de Finanzas a través de la Tesorería del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo.
Glosa: “En Garantía a la Seriedad de la Oferta para el Convenio de Suministro de Medicamentos Inyectables U.P.C. ID 1021609-5-LQ20
Forma y oportunidad de restitución: La garantía por seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos: 1. Si el proponente retira su oferta durante el periodo de validez establecido en el artículo N° 18 de las presentes bases. 2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el N° 2 precedente, no cumple con lo establecido en el artículo N° 26 de las presentes bases o, si cumpliendo, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo establecido en el artículo N° 28. No concurriendo las circunstancias anteriores, el Hospital procederá a la devolución de la garantía por seriedad de la propuesta debidamente endosada al proponente, dentro de los cinco días siguientes a la firma del contrato respectivo con el adjudicatario. La devolución de la garantía de la seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, mediante solicitud escrita dirigida al Hospital ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo
Fecha de vencimiento: 31-07-2021
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el artículo 6º de estas Bases, una boleta bancaria de garantía, un certificado de fianza, un vale vista o cualquier instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por un monto equivalente al 10% del valor total estimado del contrato con impuesto incluido, en moneda nacional, a nombre del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins, RUT: 61.602.140-0, con una vigencia no inferior a noventa días hábiles, contados desde la fecha estimada de finalización del contrato. La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco de la plaza o por una Institución de Garantía Recíproca, según corresponda, y consignar la siguiente frase: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS INYECTABLES U.P.C.”, indicándose el Nº ID de la presente licitación.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS INYECTABLES U.P.C.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior, para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles. En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el Hospital queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle al Hospital.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.


Artículo 1°: Antecedentes. -

La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones superiores a 2.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM.

 

Al efecto, el monto máximo de la adquisición es la suma de $ 240.000.000 (Doscientos cuarenta millones de pesos) impuesto incluido.

 

Artículo 2°: Bases. -

Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

 

I.- Bases Administrativas.

II.- Condiciones Económicas.

III.- Bases Técnicas.

IV.- Anexos:

Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.

Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.

Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.

Anexo Nº3-A: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural”.

Anexo Nº3-B: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica”.

Anexo Nº4: “Formato de “Oferta Económica”.

Anexo Nº5: “Detalle de Bienes y/o Servicios a Adquirir”.

Anexo Nº6: “Condiciones de Canje del Hospital”.

Anexo Nº7: “Check List Documentos Mínimos Requeridos”.

 

Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, contrato, y orden de compra a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

a)       Las presentes Bases Administrativas, Técnicas, las Condiciones Económicas, y los respectivos Anexos.

b)      El Contrato.

c)       La o las órdenes de compra.

d)      La Propuesta, con todos sus documentos anexos.

 

Artículo 4°: Definiciones. -

Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y de la correspondiente orden de compra, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:

 

El Hospital: Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Director: El Director del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

El Servicio: Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales se seleccionará y aceptará la más conveniente.

 

Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).

 

Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.chileproveedores.cl).

 

Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Condiciones Económicas y Anexos, que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.

 

Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.

 

Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato (orden de compra) a que dé lugar.

 

Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.

 

Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.

 

Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:

 

a)        Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.

b)        La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.

c)        La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.

 

Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos:

  1. Las garantías requeridas.
  2. Las presentes Bases.
  3. Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.

 

Contraparte Técnica: Departamento o Unidad del Hospital encargado de coordinar el proceso de licitación y de actuar como Referente Técnico interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.

 

Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la celebración del contrato y de la emisión de la o las correspondientes órdenes de compra.

 

Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud de la aceptación de la orden de compra respectiva, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el Hospital.

 

Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el Hospital en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.

 

DCCP o Dirección de Compras: Dirección de Compras y Contratación Pública.

 

Artículo 5°: Plazos de la licitación. -

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.

 

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato y/o la orden de compra serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles.  No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente.

 

Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 30° y 62° del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 

 

Artículo 6°: Notificaciones. -

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

 

Artículo 7°: Aspectos Económicos de la Propuesta. -

La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes.  El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.

2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.


Artículo 8°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -

El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de InformaciónAsimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

 

Artículo 9°: Requisitos de los participantes. -

Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.

 

Si el oferente corresponde a una “Unión Temporal de Proveedores", debe adjuntar la escritura pública, que dé cuenta del acuerdo para participar bajo esta modalidad y que formaliza tal unión temporal, el cual se deberá referir a lo menos, a la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Hospital y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

 

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

 

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si desiste de su participación en el respectivo proceso.

 

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12° de Decreto 250 de ley 19.886, ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

 

El Hospital exigirá a los oferentes adjudicados la inscripción en el Registro de Proveedores para formalizar la contratación, en este caso cada proveedor deberá inscribirse y habilitarse.

 

Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años.

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

 

El Hospital no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.

 

Artículo 10°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.

 

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

 

El Hospital, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.

 

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

 

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.

 

Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.

3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.


Artículo 11°: Presentación de las Propuestas. -

Cada proponente podrá presentar solo una propuesta por bien, servicio o ítem licitado.

La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación” y deberán ajustarse a lo explícitamente indicado en las bases de licitación, respecto a la presentación de las ofertas, utilizando solo los formularios del sistema de información y anexos adjuntos si los hubiera.

En el caso de los proponentes no inscritos en el Registro de Proveedores o que no cuenten con servicio de digitalización de documentación en dicho registro, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través del Sistema de Información.

Artículo 12°:   Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes. -

El Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sin dar privilegios respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

El Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta y por una única sola vez, y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y no brinden una situación de privilegio ante los demás oferentes.  Los documentos que se podrán presentar ante una omisión de antecedentes en el presente llamado a licitación son:

Documentos Administrativos:


* Declaración de Responsabilidad (Anexo 3-A o Anexo 3-B)

* Identificación del Proponente (Anexo 2-A o Anexo 2-B)

* Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).

* Fotocopia simple del RUT del proponente.

* Fotocopia Simple de la Escritura Pública que dé cuenta de la constitución de la sociedad.

* Fotocopia Simple de la Escritura Pública, que dé cuenta del acuerdo para participar bajo la unión temporal de proveedores y que formaliza tal unión temporal.


Documentos Técnicos:


* Resolución sanitaria de funcionamiento vigente.

* Resolución del Registro Vigente del Medicamento otorgada por el ISP.

* Carta de representación del proveedor productor de cada uno de los medicamentos ofertados.

* Condiciones de Canje del Hospital Anexo N° 6

* Check List Documentos Mínimos Requeridos Anexo N° 7


Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -

El contenido de la Propuesta será el siguiente: 

a) Antecedentes del oferente y otros documentos.

a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:

1. 
Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.

2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.

3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.

a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:

1. 
Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.

2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.

3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).

4. Fotocopia simple del RUT del proponente.

5. Fotocopia simple de la Escritura Pública o acto administrativo vigente, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representantes (s) legal (es) del proponente.  Se deberá marcar con destacador el texto en que conste la designación del (o los) representante (es) legal. (es).

6. Fotocopia Simple del documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar bajo la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” si corresponde.

7. En caso de que el oferente fuere un Consorcio de Empresas se debe acompañar un instrumento, con fecha anterior a la apertura de las ofertas, en el cual conste una declaración de actuación conjunta y de responsabilidad indivisible y solidaria, suscrita por los representantes legales de las sociedades que conformarán el Consorcio. Además, se deben ingresar los antecedentes que acrediten las personerías invocadas y la habilidad para contratar con los organismos del Estado de todas las entidades que sean parte del Consorcio.

b) Oferta Técnica.

La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el Apartado III de las presentes Bases.

La oferta técnica deberá cumplir y contener lo siguiente: (criterio de admisibilidad técnica):


* Descripción de los Medicamentos: Corresponderá a la descripción de los medicamentos informados en el Anexo N° 5 de las presentes bases (gramaje, formato del producto, entre otros).  Respecto a lo anterior, los medicamentos ofertados deberán cumplir con todo lo solicitado en dicho anexo.

* Autorización del Instituto de Salud Pública:

a) Autorización Sanitaria Vigente, sobre el funcionamiento de planta productora y/o distribuidora.

b) El Oferente debe presentar Resolución del Registro Vigente de los productos ofertados.  En los casos de que el oferente no sea el productor de los medicamentos, de igual forma deberá adjuntar este documento, y adicionalmente, deberá presentar carta de representación del proveedor productor de cada uno de los medicamentos ofertados.

* Vigencia de los medicamentos:

a) E
l Oferente deberá ofertar solo aquellos medicamentos que cumplan con un mínimo de 18 meses de vencimiento.

b) Excepcionalmente se aceptarán las propuestas de aquellos medicamentos que tengan un vencimiento de hasta 12 meses, siempre y cuando esté considerado el tiempo de vencimiento del medicamento en las condiciones de canje y/o por la rotación del mismo en el hospital de rengo, situación que definirá el QF Jefe de la Unidad de Farmacia.

* Condiciones de Canje del Hospital:  El oferente podrá informar sus propias condiciones de canje de los medicamentos ofertados.  No obstante lo anterior, deberá al menos cumplir con las condiciones de canje solicitadas por el Hospital en el Anexo N° 6 “Condiciones de Canje del Hospital”.

* Check List Documentos Mínimos Requeridos Anexo 7: 
El oferente deberá completar el Anexo N°7 “Check List Documentos Mínimos Requeridos” para lograr una rápida y eficaz identificación de los documentos mínimos requeridos para hacer admisible su propuesta.

* Fallas a la calidad: Aquellos medicamentos que hayan presentado Notificaciones por Falla de Calidad, y que éstas fueran notificadas por médicos, enfermeras o QF Jefe de la Unidad de Farmacia del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo al I.S.P. en los años 2017, 2018, 2019 e inclusive a la fecha de cierre de la presente licitación, quedarán inmediatamente desestimadas para el proceso de evaluación de propuestas.


c)        Oferta Económica.

La oferta económica se deberá presentar de acuerdo a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°4.  Debe llenar por completo el anexo Nº 4 sin alterar el formato predispuesto.

Todos los documentos presentados deberán estar en formato PDF, Word, Excel y/o Comprimidos en formato .RAR o .ZIP.  Ningún otro formato será considerado válido para la admisibilidad y evaluación de propuestas.

No presentar alguno de estos documentos facultará al Hospital para declarar inadmisible la propuesta.


4.- Garantía de Seriedad de la Oferta.


Artículo 14°:    Garantía de Seriedad de la Oferta. -

La seriedad de la propuesta será garantizada por cada oferente mediante una garantía de seriedad de la oferta la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, ubicada en Av. Dr. Renato Correa Labra N° 210, segundo piso, comuna de Rengo, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N° 1 “Calendario de licitación”.  La falta de entrega, o entrega disconforme, o fuera del plazo señalado será causal de exclusión inmediata de la propuesta, conforme a lo establecido en el artículo N° 15 de las presentes bases de licitación.

La garantía deberá ser tomada a la orden del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, RUT: 61.602.140-0, por un monto de $ 300.000 (trescientos mil pesos), con fecha de vencimiento a los 60 (sesenta) días, contados desde la fecha de apertura de la licitación.

La garantía por seriedad de la oferta, podrá ser cualquier instrumento de garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva y emitida por un banco de la plaza y consignar la siguiente frase “En Garantía a la Seriedad de la Oferta para el Convenio de Suministro de Medicamentos Inyectables U.P.C. ID 1021609-5-LQ20”, en el caso del vale vista esta glosa deberá estar escrita en el reverso del documento.  Una vez dada a entera conformidad el instrumento en garantía, esta última quedará en custodia de la Oficina de Finanzas a través de la Tesorería del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo.

La garantía por seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos:

  1. Si el proponente retira su oferta durante el periodo de validez establecido en el artículo N° 18 de las presentes bases.
  2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
  3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el N° 2 precedente, no cumple con lo establecido en el artículo N° 26 de las presentes bases o, si cumpliendo, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo establecido en el artículo N° 28.

No concurriendo las circunstancias anteriores, el Hospital procederá a la devolución de la garantía por seriedad de la propuesta debidamente endosada al proponente, dentro de los cinco días siguientes a la firma del contrato respectivo con el adjudicatario.

La devolución de la garantía de la seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, mediante solicitud escrita dirigida al Hospital ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

5.- Admisibilidad de las Propuestas.


Artículo 15°:   
Admisibilidad de las Propuestas. -

Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 9º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 11º, 12°, 13º y 14º, todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

 

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

 

·         Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 9º de las presentes Bases.

 

·         Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 11º de las presentes Bases.

 

·         Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en el artículo 13º letra a), b) y c) de las presentes Bases.


·         Que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta según lo establecido en el artículo 14° de las presentes bases.


Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme a lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.  Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16º siguiente.

6.- Apertura Electrónica.


Artículo 16°: Apertura Electrónica. -

La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, donde se aplicarán los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en el artículo 13º de las presentes bases de licitación.

7.- Validez de las Propuestas.


Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -

Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.

 

Artículo 18°: Prórroga de las propuestas. -

Una vez cumplido el plazo de los sesenta días de validez de las propuestas, y el acto de adjudicación no haya sido realizado, los oferentes deberán prorrogar sus propuestas por 10 días hábiles más en consecuencia de lo dispuesto en el artículo Nº 41 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.  Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.

8.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.


Artículo 19°: Comisión Evaluadora. -

El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación, la cual es designada por el Director del Hospital a través del presente acto.  La comisión evaluadora quedará integrada de acuerdo a lo que indica el presente documento fundado, y éste último es publicado en el Sistema de Información, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:

  1. Realizar el proceso de Apertura electrónica y verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en al artículo 15º y 16º de las presentes Bases.
  2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
  3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que cumplen con los requerimientos exigidos, y cuáles son las más convenientes a los intereses del Hospital, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.

Artículo 20°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas. -

Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en el artículo 15º y 16º de las presentes Bases.

Artículo 21°: Evaluación de las Ofertas. -

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.

Durante el proceso de evaluación la Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.  Del mismo modo, la Comisión de Evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes.

Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación.

Artículo 22°: Notas y criterios de evaluación. -

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Criterios de Evaluación

Ponderación

Descripción

Precio

60%

Ver metodología Art. 22 a)

Plazo de Entrega

6%

Ver metodología Art. 22 b)

Políticas de Canje

4%

Ver metodología Art. 22 c)

Evaluación Técnica

20%

Ver metodología Art. 22 d)

Vigencia de los Medicamentos

5%

Ver metodología Art. 22 e)

Cumplimiento Requisitos Formales

5%

Ver metodología Art. 22 f)

Metodología de Evaluación.

a)                         PRECIO.

Oferta menor precio / Oferta actual * 60% = Ponderación Criterio Precio

b)                         PLAZO DE ENTREGA.

El oferente debe informar el tiempo de despacho desde el envío de la orden de compra a través del Sistema de Información.  Para aquello deberá considerar todos los tiempos que incurra en la entrega de los bienes, como el horario de recepción de bodega del Hospital (de 08:00 a 16:30 horas), y los tiempos de traslado del transporte propio y/o empresa transportista, hasta la efectiva recepción en el Hospital.  El no cumplimiento de lo ofertado ameritará las sanciones y multas establecidas en las presentes bases de licitación:

Plazo Entrega

Puntaje

Igual o inferior a 24 horas hábiles

100 Puntos

Superior a 24 e inferior a 48 horas hábiles

70 Puntos

Superior a 48 e inferior a 72 horas hábiles

40 Puntos

Superior a 72 horas hábiles

15 Puntos

No informa plazo de entrega

0 Puntos

Puntaje Obtenido * 6% = Ponderación Criterio Plazo de Entrega

c)                          POLÍTICAS DE CANJE.

Criterio de Evaluación

Puntaje

Política de canje por deterioro o vencimiento del producto por hasta 90 días posteriores al deterioro o vencimiento.

100

Política de canje por deterioro o vencimiento del producto por hasta 60 días posteriores al deterioro o vencimiento.

50

Política de canje por deterioro o vencimiento del producto por hasta 30 días posteriores al deterioro o vencimiento.

20

Puntaje obtenido * 4% = Ponderación Criterio Políticas de Canje

d)                         EVALUACIÓN TÉCNICA.

Subcriterio Evaluación

Puntaje Si Cumple

Puntaje No Cumple

Programa Farmacovigilancia.  El oferente debe informar mediante documento los procedimientos de Farmacovigilancia y nombre del profesional encargado de dar respuesta a las consultas técnicas acerca de algún problema relacionado con sospecha de reacción adversa a medicamentos.

35

0

Alertas de Retiro y/o reclamos por falla en la calidad constatadas por ISP, en los años 2017, 2018, 2019 e inclusive a la fecha de cierre del presente proceso de licitación pública (cumple si no tiene alertas y/o reclamos constatados en página web ISPCh)

35

0

Certificados Buenas Prácticas Manufactura (GMP) de la planta de fabricación del producto terminado, emitido por autoridad sanitaria del país de origen y/u otras agencias reguladoras internacionales.

30

0

Puntaje obtenido * 20% = Ponderación Criterio Calidad Técnica

e)                         VIGENCIA DE LOS MEDICAMENTOS.

Para efectos de calcular correctamente la vigencia del medicamento el proveedor oferente deberá informar la fecha de vencimiento del medicamento en el formato “Día/Mes/Año”.  Para calcular el puntaje del presente criterio se tomará en cuenta la siguiente tabla:

Vigencia del medicamento ofertado

Puntaje

Vencimiento del producto = o > 24 meses

100 Puntos

Vencimiento = o > 18 e < 24 meses.

70 Puntos

Vencimiento = o > 12 e < 18 meses con carta de canje.

50 Puntos

FECHA INFORMADA EN ANEXO Nº 4 – (MENOS) FECHA CIERRE OFERTAS.

En los casos en que el proveedor indique el vencimiento en otro formato (ejemplo: superior a 12 meses), se tomará en cuenta la fecha de cierre del presente proceso de licitación, más los 12, 18 o 24 meses informados por el oferente respectivamente.

Puntaje obtenido *5% = Ponderación Criterio Vigencia Medicamento

f)                           CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES.

El oferente podrá presentar en segunda instancia a través de una Aclaración de Ofertas, la omisión involuntaria de los siguientes documentos formales, y siempre que el Hospital lo estime conveniente:

Persona Natural:

* Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases

* Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.

* Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.

Persona Jurídica:

* Formato completo de identificación del oferente contenido en el Anexo Nº 2-B.

* Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº 3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.

* Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).

* Fotocopia simple del RUT del proponente.

* Fotocopia simple de la Escritura Pública de la sociedad.

* Fotocopia Simple del público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar bajo la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” si corresponde.

* En caso de que el oferente fuere un Consorcio de Empresas se debe acompañar un instrumento, con fecha anterior a la apertura de las ofertas, en el cual conste una declaración de actuación conjunta y de responsabilidad indivisible y solidaria, suscrita por los representantes legales de las sociedades que conformarán el Consorcio. Además, se deben ingresar los antecedentes que acrediten las personerías invocadas y la habilidad para contratar con los organismos del Estado de todas las entidades que sean parte del Consorcio.

Antecedentes Técnicos:

* Resolución sanitaria de funcionamiento vigente. 

* Resolución del Registro Vigente del Medicamento otorgada por el ISP.

* Carta de representación del proveedor productor de cada uno de los medicamentos ofertados.

* Condiciones de Canje del Hospital Anexo N° 6

* Check List Documentos Mínimos Requeridos Anexo N° 7

Tipo de Aclaración

Puntaje Restante

Documentos administrativos

20 puntos por cada documento

Documentos técnicos

30 puntos por cada documento

Puntaje Máximo aplicable 100 Puntos.

100 - Total Puntaje Restante * 5% = Ponderación Criterio Cumplimiento Requisitos Formales

En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá de acuerdo al siguiente orden de prelación:

Primera Instancia: criterio “Precio”.

Segunda Instancia: criterio “Evaluación Técnica”.

Tercera Instancia: criterio “Plazo de Entrega”.

Cuarta Instancia: criterio “Vigencia de los Medicamentos”.

Quinta Instancia: criterio “Cumplimiento Requisitos Formales”.

Sexta Instancia: criterio “Políticas de Canje”.

Artículo 23°: Informe de Evaluación. -

La Comisión de Evaluación deberá elaborar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:


* Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas.

* En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de aquello.

* Análisis particular de las propuestas.

* Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.

* Análisis final de evaluación y de observaciones.

* Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes.


El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos los intervinientes en este proceso y entregado al Director a más tardar al décimo día hábil siguiente al día de la apertura de las propuestas presentadas.

La decisión de adjudicación del Director será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la Unidad de Convenios de Suministro y Servicios para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación.

9.- Adjudicación de la Licitación.


Artículo 24°: Adjudicación. -

La presente licitación tendrá el carácter de “Adjudicación Múltiple”, y podrá ser adjudicada a uno o más oferentes por cada ítem, línea licitada o Medicamento.  Sin perjuicio de lo anterior, la cantidad máxima de oferentes adjudicados por ítem, línea licitada o Medicamento será de 2 proveedores.

 

De las propuestas seleccionadas, el Hospital decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22° de las presentes Bases.

 

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Hospital.

 

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

 

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.  En efecto, si el Hospital no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6° del reglamento de la ley Nº 19.886.

 

Además, en el mismo acto, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Nº 18 de las presentes bases de licitación.

 

Artículo 25°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación. -

El Hospital declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.  Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

 

En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

 

El Hospital se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la ley Nº 19.886.

 

Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.

 

De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases. 

10.- Del Contrato


Artículo 26°: Contrato. -

Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos:

1)      Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 27º de estas Bases.

2)      Encontrarse inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores.  El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el artículo 28º de las presentes Bases para cumplir con este requisito.

3)      Presentar Declaración jurada ante notario respecto al estado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales o Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo.  En ambos casos el documento no podrá tener 30 días desde su emisión hasta la presentación del mismo.

Artículo 27°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. -

Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el artículo 6º de estas Bases, una boleta bancaria de garantía, un certificado de fianza, un vale vista o cualquier instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por un monto equivalente al 10% del valor total estimado del contrato con impuesto incluido, en moneda nacional, a nombre del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins, RUT: 61.602.140-0, con una vigencia no inferior a noventa días hábiles, contados desde la fecha estimada de finalización del contrato.

La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco de la plaza o por una Institución de Garantía Recíproca, según corresponda, y consignar la siguiente frase: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS INYECTABLES U.P.C.”, indicándose el Nº ID de la presente licitación.

La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior, para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.

En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el Hospital queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle al Hospital.

La gestión de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, estará a cargo del Departamento de Abastecimiento del Hospital quien será responsable, especialmente, de lo siguiente: (i) adoptar los resguardos necesarios para la entrega y custodia oportuna de las garantías en las dependencias de la oficina de Finanzas del HOSPITAL; (ii) corroborar que el tipo de garantía entregada, su monto, vigencia y glosa, corresponda a lo exigido en estas bases, y representar esta situación a la Comisión Evaluadora y/o a la Subdirección Administrativa del Hospital, según sea el caso, cuando exista una discrepancia en ese sentido; y (iii) velar por el reemplazo y/o devolución definitiva de las garantías a los proponentes y/o proveedores, según sea el caso.

Artículo 28°: Contenido del contrato y suscripción. -

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del Hospital, y será suscrito por el Director y la persona natural adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la entidad adjudicataria, según corresponda.

Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:

a)       Individualización de las partes contratantes;

b)      Características de los bienes y/o servicios contratados;

c)       Precio;

d)      Plazo de duración;

e)      Garantías;

f)        Causales de término anticipado;

g)       Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Rengo para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios, de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 31º de las presentes Bases;

h)      Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;

i)        Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del Proveedor;

j)        Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el Proveedor, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34º de las presentes Bases.

k)       Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento para que el Hospital pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;

l)        Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio;

m)    Los medios para acreditar si el Proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;

n)      Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que toda información respecto del Hospital y la función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar, reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información referida.

o)      Declaración que entre el Hospital y el personal dependiente, contratado o subcontratado del Proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35° de las presentes bases.. 

El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el artículo 6º de las presentes Bases.

Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 26º, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación.  En tal evento el Hospital procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 26º precedente dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

Artículo  29°: Precio del contrato y pagos.-

El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntos de la licitación, más los impuestos que correspondan.

El precio del contrato podrá acogerse a reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38° de las presentes bases.

Artículo  30°: Vigencia del Contrato.-

El contrato comenzará a regir a contar de la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases.

La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 37° de las presentes Bases.

Artículo 31°: Domicilio.-

Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Rengo.

Artículo  32°: Informes.-

Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al Hospital sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica lo requiera.

Artículo  33°: Encargado Técnico.-

El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato.  Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.

Será responsabilidad del Encargado Técnico retroalimentar al Hospital con los antecedentes necesarios para dar curso a la documentación respectiva para la emisión de órdenes de compra, informes, y todo lo atingente para la correcta gestión de contrato.  El plazo máximo que tendrá el encargado técnico para dar respuesta a las solicitudes del Hospital y las aclaraciones respecto al desarrollo del contrato no podrá exceder las 72 horas hábiles.

La Contraparte Técnica del Hospital proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto de la orden de compra, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.

Artículo  34°: Cesión del contrato.-

El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.  La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado a las prestaciones requeridas, en forma inmediata de conformidad a lo establecido en el artículo N° 37 de las presentes bases.  Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia –que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Artículo  35°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones.-

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las prestaciones referidas en el contrato y/o la orden de compra correspondiente no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el Hospital, sino que exclusivamente con el Proveedor.

Durante la ejecución de las prestaciones objeto de esta licitación, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al Hospital de Rengo.  Corresponderá a la Contraparte Técnica del Hospital calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Hospital de Rengo así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de la licitación y orden de compra deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones a que se ha obligado el Proveedor, con un máximo de seis meses.  El Hospital exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

11.- Multas y Sanciones.


Artículo  36°: Multas por incumplimientos de las obligaciones del Proveedor.-

El Hospital podrá, previo informe de la Unidad Técnica aplicar multas al oferente adjudicado en el caso que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación y Contrato.  La o las multas serán a favor del Hospital, las que serán calificadas en cada ocasión por la Unidad Técnica Supervisora y Administrador de Contrato según corresponda en los siguientes casos:

Faltas menos graves.

Se aplicará una multa de 5 UTM por evento y de acuerdo a lo siguiente:


* Atraso en la entrega de los bienes.  Se aplicará la multa por cada dos días hábiles de atraso.

* Entrega de medicamentos que no correspondan a lo ofertado.  Se aplicará la multa por evento.

* Entrega de medicamentos con vigencia inferior a lo ofertado.  Quedarán excluidos aquellos medicamentos que previamente la QF jefe de la Unidad de Farmacia del Hospital haya validado su vigencia.


Faltas graves.

Se aplicará una multa de 10 UTM por evento y de acuerdo a lo siguiente:


* Reclamos Fundados por parte de médicos, enfermeras o QF Jefe de la Unidad de Farmacia del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo en cuanto a las fallas de calidad del medicamento, y que estos fueran notificados al ISP.

* Acumular tres faltas menos graves en un periodo de 2 meses consecutivos.  No se acumulará la falta menos grave con la falta grave para el cálculo de la multa, solo se aplicará la falta grave.

* El oferente adjudicado no entrega la información oportunamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33º de las presentes bases en cuanto a respuesta a correos, llamados telefónicos, etc.


Faltas Gravísimas.

Se aplicará una multa de 15 UTM por evento y de acuerdo a lo siguiente:


* Que el oferente no respete las condiciones de canje de acuerdo a lo informado en su propuesta, las presentes bases y las respectivas cláusulas suscritas en el contrato.

* Acumular dos o más faltas graves en un periodo de 3 meses consecutivos.  Se aplicará la falta grave más la falta gravísima.


 

El monto máximo mensual para la aplicación de multas será de $ 800.000 impuesto incluido.

 

Las multas serán aplicables por incumplimientos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago respectivo si no hubiere estados pendientes de pago.

 

Para aplicar una multa El Hospital primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica en conjunto con el administrador de contrato donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.

 

La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor señaló en su propuesta, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil después de depositada la carta en la oficina de correos.

 

Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Hospital, quién resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Hospital.  De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución del Hospital la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº 19.880.

 

Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.

 

Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.

 

La aplicación de las multas será sin perjuicio de la facultad del Hospital de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en el mismo y en las presentes bases y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

12.- Termino anticipado del contrato.


Artículo  37°: Termino anticipado del contrato.-

Mediante resolución fundada, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a)       Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

b)      Incumplimiento reiterado y de carácter grave o gravísimo en las obligaciones contraídas por el Oferente adjudicado.

c)       Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d)      Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.

e)      Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.

Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:


* Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.

* Si le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

* Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.

* Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.

* Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.

* En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.

* Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.

* Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan el 3% del monto total impuesto incluido del contrato.


Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el Hospital podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior, sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del Proveedor.

13. Aspectos Económicos.


Artículo  38°: Monto de la oferta económica.-

La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por cada uno de los medicamentos licitados.  Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados, y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.

Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°4 de estas Bases.  En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado la oferta quedará desestimada.

 

Los precios asociados al anexo N° 4 podrán reajustarse luego de transcurrido el año calendario de la entrada en vigencia del presente Convenio de Suministro.  Sin perjuicio de lo anterior, dicho reajuste no podrá exceder el IPC del periodo en curso (semestre y año).

 

La distribución del presupuesto para los medicamentos será de acuerdo a lo siguiente:

 

Medicamento

Presupuesto Disponible Impuesto Incluido

% Primer Proveedor Adjudicado

% Segundo Proveedor Adjudicado

AGUA BIDESTILADA MATRAZ SEMIRIGIDO 500 ML

$9.600.000,00

75,00%

25,00%

AMIODARONA 150 MG/3 ML SOLUCION INYECTABLE VIA DE ADMINISTRACIÓN INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

ATROPINA 1 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE VIA DE ADMINISTRACIÓN INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$960.000,00

100,00%

0%

BETAMETASONA FOSFATO DISODICO 4 MG/1ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR E INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.680.000,00

100,00%

0%

CALCIO GLUCONATO 10% SOLUCION INYECTABLE INTRAVENOSA, AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA, ENVASE 10 ML

$1.680.000,00

100,00%

0%

CLORFENAMINA 10 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$720.000,00

100,00%

0%

DEXAMETASONA FOSFATO SODICO 4 MG/ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR E INTRAARTICULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$720.000,00

100,00%

0%

DEXMEDETOMIDINA 100 MCG/ML SOLUCION INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 2ML

$20.400.000,00

70,00%

30,00%

DEXMEDETOMIDINA 400 MCG/100 ML SOLUCIÓN INYECTABLE INTRAVENOSA FRASCO AMPOLLA

$8.400.000,00

75,00%

25,00%

DOBUTAMINA CLORHIDRATO 250 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA. 

$4.800.000,00

100,00%

0%

DOPAMINA 200 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

EFEDRINA SULFATO 6% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR, INTRAVENOSA, SUBCUTANEA FRASCO AMPOLLA O AMPOLLA 1 ML

$480.000,00

100,00%

0%

ENOXAPARINA SODICA 40 MG/0,4 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION SUBCUTANEA JERINGA PRELLENADA

$26.400.000,00

70,00%

30,00%

ENOXAPARINA SODICA 60 MG/0,6 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION SUBCUTANEA JERINGA PRELLENADA

$16.800.000,00

80,00%

20,00%

EPINEFRINA 1 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA- INTRAMUSCULAR-SUBCUTANEA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

ETOMIDATO 20 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

FENITOINA 250 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA, FRASCO AMPOLLA O JERINGA PRELLENADA

$1.440.000,00

100,00%

0%

FENTANILO 0,5 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR-INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$4.080.000,00

100,00%

0%

FENTANILO 0,1 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAMUSCULAR-INTRAVENOSA AMPOLLA, FRASCO AMPOLLA O JERINGA PRELLENADA

$1.440.000,00

100,00%

0%

FITOQUINONA (FITOMENADIONA) 10 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$120.000,00

100,00%

0%

FLUMAZENIL 0,5 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$2.400.000,00

100,00%

0%

FOSFATO MONOPOTASICO 15% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 10 ML

$120.000,00

100,00%

0%

FUROSEMIDA 20 MG/1-2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA-INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$720.000,00

100,00%

0%

GLUCOSA 30% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 20 ML

$960.000,00

100,00%

0%

HEPARINA SODICA 25.000 U.I./5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - SUBCUTANEA FRASCO AMPOLLA O JERINGA PRELLENADA

$2.400.000,00

100,00%

0%

KETAMINA 500MG/10ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA E INTRAMUSCULAR FRASCO AMPOLLA

$1.680.000,00

100,00%

0%

LANATOSIDO C 0,4 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

LIDOCAINA 2% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INFUSION O BOLUS INTRAVENOSO AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 5 ML

$1.680.000,00

100,00%

0%

MAGNESIO SULFATO 25% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA 5 ML

$1.680.000,00

100,00%

0%

METOCLOPRAMIDA 10 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

METRONIDAZOL 500 MG/100 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA FRASCO AMPOLLA O BOLSA 100 ML

$3.600.000,00

100,00%

0%

MIDAZOLAM 50 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$2.400.000,00

100,00%

0%

MILRINONA 1MG/1ML SOLUCION INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 10 ML

$4.800.000,00

100,00%

0%

MIVACURIO 10MG/5ML SOLUCIÓN INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$720.000,00

100,00%

0%

MORFINA CLORHIDRATO 10MG/1ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA

$2.400.000,00

100,00%

0%

NALOXONA 0,4MG/1ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION SUBCUTANEA - INTRAVENOSA - INTRAMUSCULAR AMPOLLA

$4.800.000,00

100,00%

0%

NEOSTIGMINA 0,5 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSO - INTRAMUSCULAR AMPOLLA

$1.200.000,00

100,00%

0%

NITROGLICERINA 50 MG/10 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$720.000,00

100,00%

0%

NOREPINEFRINA 4MG/4ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$7.200.000,00

75,00%

25,00%

NUTRICION PARENTERAL TOTAL CENTRAL BOLSA 1477 ML EMULSIÓN PARA PERFUSIÓN

$12.000.000,00

80,00%

20,00%

ONDANSETRON CLORHIDRATO 4 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$4.800.000,00

100,00%

0%

PARACETAMOL 10 MG/ML SOLUCION PARA INFUSION INTRAVENOSA ENVASE DE VIDRIO/PLASTICO O BOLSA 100 ML

$13.200.000,00

80,00%

20,00%

POTASIO CLORURO 10% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA DE VIDRIO O PLASTICO CON SISTEMA ABRE FACIL 10 ML

$720.000,00

100,00%

0%

PROPANOLOL 1 MG/1 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA

$240.000,00

100,00%

0%

PROPOFOL 10 MG/ML (1%) EMULSIÓN INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA FA 50 ML

$24.000.000,00

80,00%

20,00%

PROPOFOL 10 MG/ML (1%) EMULSION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA 20 ML

$4.800.000,00

100,00%

0%

RANITIDINA 50 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA E INTRAMUSCULAR AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$1.440.000,00

100,00%

0%

ROCURONIO BROMURO 50 MG/5 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA FRASCO AMPOLLA

$30.000.000,00

80,00%

20,00%

SODIO CLORURO 10% SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA ENVASE VIDRIO O PLASTICO CON SISTEMA ABRE FACIL AMPOLLA 20 ML

$1.200.000,00

100,00%

0%

SUXAMETONIO O SUCCINILCOLINA 100 MG SOLUCION O POLVO LIOFILIZADO AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$480.000,00

100,00%

0%

TRAMADOL 100 MG/2 ML SOLUCIÓN INYECTABLE AMPOLLA O FRASCO AMPOLLA

$384.000,00

100,00%

0%

VERAPAMILO 5 MG/2 ML SOLUCION INYECTABLE PARA ADMINISTRACION INTRAVENOSA AMPOLLA

$336.000,00

100,00%

0%

 

Con todo, los presupuestos se ajustarán de acuerdo a la cantidad estimada anual y a la respectiva presentación de los medicamentos por parte de los oferentes.

 

Artículo  39°: Condiciones de pago.-

El pago de los bienes se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos desde la recepción conforme de la factura.

 

Todo pago se cursará con la recepción conforme de la factura por parte de la unidad de Bodega.

 

La recepción de la factura, contiene las autorizaciones y certificaciones internas necesarias para hacer efectivo el pago y será remitida al Proveedor bajo el concepto de Orden de Pago, se podrá enviar vía correo electrónico o podrá ser retirada por éste directamente en el Hospital a través de su Contraparte Técnica.

 

La Orden de Pago se realizará a más tardar al cuarto día hábil de recibidas las certificaciones de conformidad del bien y/o servicio contratado por parte de la Contraparte Técnica del HRVS.

 

El Proveedor enviará la factura vía correo electrónico a la encargada de la Unidad de Bodegas, al Encargado de la Unidad de Convenios de Suministro y Servicios, al Jefe de Abastecimiento y a los correos electrónicos dispuestos al momento de la suscripción del contrato.

 

Cumpliéndose las condiciones señaladas en los párrafos precedentes, el Hospital hará efectivo el pago dentro de los 30 días corridos.

14.- Antecedentes.


Artículo  40°: Antecedentes de la contratación.-

* PROPOSITO DEL CONVENIO DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS INYECTABLES U.P.C.

El propósito del presente convenio de suministro de medicamentos inyectables para el Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, es para mantener un stock adecuado de medicamentos ante la criticidad de salud de los pacientes de la U.P.C.  Adicionalmente, se deja establecido que los medicamentos licitados, corresponden al arsenal farmacológico del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, y que han sido intermediados y no intermediados a través de la Central de Abastecimiento (CENABAST).

* CONDICIONES DEL SUMINISTRO.

El oferente adjudicado, deberá proporcionar al Hospital el suministro de medicamentos inyectables para la U.P.C. en los tiempos ofertados en el Anexo Nº 4, considerando para aquello desde la orden de compra hasta la recepción en dependencias de la bodega central del establecimiento.

 

El oferente adjudicado deberá mantener un stock suficiente de medicamentos, a fin de garantizar la entrega fiel y oportuna de los mismos al Hospital.

 

Las cantidades solicitadas corresponderán a la necesidad anual presente del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo, y podrán variar dependiendo de la contingencia regional y nacional.  Adicionalmente, será antecedente relevante para la solicitud de medicamentos el cumplimiento mensual que tenga la CENABAST con este recinto hospitalario.

 

Todos los medicamentos inyectables deberán venir acompañados con al menos la siguiente información:


* Nombre genérico del Medicamento

* Principio activo, concentración y forma farmacéutica

* Condiciones especiales de almacenamiento (si corresponde)

* Nombre comercial del Medicamento

* Nombre Fabricante


 

Para los medicamentos refrigerados, el oferente deberá cumplir rigurosamente con las exigencias de la Cadena de Frío, para el caso de medicamentos termolábiles, que requieran mantenerse y transportarse en las condiciones que especifica el laboratorio productor. 

 

Para esto deberá utilizar, contenedor adecuado que mantenga la temperatura interna, pack refrigerante o conservador de temperatura y Termómetro de transporte.

 

Inmediatamente, al recepcionar los medicamentos refrigerados en Bodega del Hospital de Rengo, el encargado de Bodega verificará la temperatura actual de los fármacos almacenados en la caja de transporte, si no cumple con las condiciones de Cadena de Frío, será causal de devolución de los productos y se aplicarán las sanciones correspondientes.

* PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y FACTURACIÓN DEL SUMINISTRO

  1. El oferente solo aceptará la solicitud de Medicamentos por parte del Depto. de Abastecimiento y/o de su Unidad de Convenio de Suministro y Servicios.  Ninguna otra solicitud podrá considerarse valida. 
  2. La solicitud de medicamentos se formalizará con la emisión y envío de la respectiva orden de compra.
  3. El oferente deberá entregar los medicamentos en dependencias de la bodega central.  Los medicamentos deberán venir acompañados con la respectiva guía de despacho y/o factura con el detalle de lo efectivamente entregado.
  4. La facturación de los productos deberá corresponder a lo indicado en la orden de compra, y se deberá enviar digitalmente a los correos bodegahrengo@gmail.com,  sebastian.ortiz@redsalud.gov.cl, facturas@hospitalderengo.cl y abastecimientohrengo@gmail.com.
  5. Una vez la factura cuente con todas las validaciones internas (máximo 4 días hábiles) se notificará al proveedor del ingreso a Finanzas.  El pago efectivo será desde la recepción conforme de la factura y hasta los 30 días siguientes a la recepción conforme.
Será responsabilidad del oferente adjudicado aceptar la orden de compra en el Sistema de Información para que el DTE sea oportunamente contabilizado.

15.- Objetivos.


Artículo  41°: Objetivos.-

 

OBJETIVO GENERAL

 

Contar continuamente con un suministro de medicamentos inyectables para la U.P.C. por un periodo de 12 meses.

 

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Contar oportunamente con los medicamentos inyectables.

* No comprometer la salud recuperable de los pacientes internos en la U.P.C.

16.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.


Artículo  42°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.-

El plazo total para la ejecución del Convenio de suministro de medicamentos inyectables será hasta por 12 meses.

 

El contrato regirá desde la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

 

Para tales efectos, se entenderá notificado luego de transcurridas 24 horas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información el documento o resolución objeto de notificación.  En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, el Hospital deberá remitir al oferente adjudicado copia del acto administrativo aprobatorio del contrato mediante carta certificada, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente al depósito de la carta en la oficina de correos.

 

En los casos fundados y cuando se requiera, se aplicará una prórroga de contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10° número 7 letra a) del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y siempre que se reúnan las siguientes causales:


* Se utilice la totalidad de disponibilidad presupuestaria declarada en la suscripción del contrato.

* Se cumpla el plazo destinado para el suministro de medicamentos inyectables U.C.I.

* Que el nuevo convenio de suministro para el periodo siguiente no se encuentre con contrato suscrito, en tal caso la prórroga no podrá exceder los 90 días desde la fecha de término de contrato.

* Que la contratación no supere las 1.000 UTM de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente de compras públicas.


 

En referencia a lo expuesto, el oferente adjudicado no podrá aplicar reajustes a los precios ofertados y referentes al Convenio de Suministro por el periodo de prórroga, a excepción de los ya aplicados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38° de las presentes bases.

17.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.


Artículo  43°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros.-

Los detalles de los bienes requeridos se encuentran en los Anexos Nº 4 y Nº 5 de las presentes bases.

18.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.


Artículo  44°:
Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.-

El lugar donde deben entregarse los medicamentos inyectables U.P.C. es en dependencias de la Bodega Central.  La dirección del Hospital es en Av. Dr. Renato Correa Labra N° 210 Ciudad de Rengo, acceso Quintalba.

19.- Contraparte Técnica y Administrador de Contrato


Artículo  45°:
Contraparte Técnica y Administrador de Contrato:

Será la Contraparte Técnica del Hospital de Rengo, el referente técnico QF Jefe Unidad de Farmacia del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Será el Administrador de Contrato del Hospital de Rengo, un funcionario de la Unidad de Convenio de Suministro y Servicios del Depto. de Abastecimiento del Hospital Ricardo Valenzuela Sáez de Rengo del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Para los fines del correcto desarrollo del contrato, será en efecto función de la contraparte técnica y del administrador de contrato lo siguiente:

 

Contraparte Técnica:

* Denunciar en los casos que corresponda el incumplimiento contractual del oferente.

* Emitir los informes técnicos para la validación del cumplimiento contractual del oferente.

 

Administrador de Contrato:

* Realizar la coordinación con el oferente adjudicado para el suministro de los productos.

* Seguimiento de bienes y/o servicios licitados.

* Velar por la correcta ejecución de las obligaciones del proveedor.

* Convocar al ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y la calidad de los bienes y/o servicios contratados.

* Proporcionar al ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para la correcta ejecución de sus obligaciones suscritas en el contrato.

* Evaluar los informes entregados por el ejecutor.  Su aprobación o rechazo será comunicados al ejecutor vía correo electrónico al Encargado Técnico designado por él.

* Emitir informes de cumplimiento del ejecutor y del desarrollo del contrato.  Este informe será cada tres meses y contendrá información de ejecución presupuestaria, y de las obligaciones contractuales suscritas entre el ejecutor y el Director.

* Informar al Director respecto de cualquier incumplimiento del ejecutor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.

 

Las comunicaciones entre el Ejecutor y el DIRECTOR se realizarán preferentemente a través de correo electrónico dirigido a las contrapartes técnicas respectivas y al administrador de contrato.

20. Condiciones y restricciones.


Artículo  46°: Presentación de propuestas.-

La propuesta deberá referirse a la totalidad de los bienes y/o servicios que se licitan.

Artículo  47°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes adquiridos.-

Los bienes que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del Hospital.  En razón de lo anterior, es el Hospital quien determina las formas de uso futuro de los mismos.

El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.