Licitación ID: 1028-68-LE20
Repuestos para Motoniveladora Komatsu
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF, Dirección de Vialidad - V Región - Dirección Regional
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 27
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Filtros de combustible 3 Unidad
Cod: 40161513
Filtro de aceite motor, numero de parte de fabricante 6736-51-5142  

2
Filtros de combustible 3 Unidad
Cod: 40161513
Filtros de combustible, numero de parte fabricante 600-319-3750  

3
Filtros de aire 3 Unidad
Cod: 40161505
Filtros de aire, numero de parte fabricante 600-185-5100  

4
Filtros de combustible 1 Unidad
Cod: 40161513
Filtro transmisión, numero de parte fabricante 714-07-28713  

5
Filtros de combustible 3 Unidad
Cod: 40161513
Filtro cabina, numero de parte fabricante 23B-07-74170  

6
Filtros de combustible 3 Unidad
Cod: 40161513
Prefiltro combustible, numero de parte fabricante 600-319-3610  

7
Filtros de combustible 1 Unidad
Cod: 40161513
Filtro hidraulico, numero de parte fabricante 07063-51100  

8
Correas de montaje 1 Unidad
Cod: 31162310
Correa numero de parte fabricante 6741-61-1621  

9
Correas de montaje 1 Unidad
Cod: 31162310
Correa numero de parte fabricante 04120-21751  

10
Guías de desplazamiento lineal 6 Unidad
Cod: 23153030
Guía numero de parte fabricante 23B-70-51550  

11
Guías de desplazamiento lineal 6 Unidad
Cod: 23153030
Guía numero de parte fabricante 23B-70-51560  

12
Guías de desplazamiento lineal 4 Unidad
Cod: 23153030
Guía numero de parte fabricante 23B-70-31332  

13
Guías de desplazamiento lineal 1 Unidad
Cod: 23153030
Guía numero de parte fabricante 23B-735-3320  

14
Cuchillas o dientes u otros filos cortantes 2 Unidad
Cod: 22101703
Cuchillas numero de parte fabricante 234-70-12193  

15
Cuchillas o dientes u otros filos cortantes 2 Unidad
Cod: 22101703
Cantonera numero de parte fabricante 232-70-52190  

16
Pernos de anclaje 64 Unidad
Cod: 31161601
Pernos numero de parte fabricante 232-70-12450  

17
Tuercas de anclaje 72 Unidad
Cod: 31161701
Tuercas numero de parte fabricante 232-70-12480  

18
Pernos de anclaje 8 Unidad
Cod: 31161601
Pernos numero de parte fabricante 232-70-12460  

19
Golillas de fijación 36 Unidad
Cod: 31161803
Golilla numero de parte fabricante 01643-31745  

20
Brocas de barrena de diente de acero de rodillo 9 Unidad
Cod: 20121606
Diente Escarificador numero de parte fabricante 232-71-51320  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Repuestos para Motoniveladora Komatsu
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Repuestos originales para motoniveladora Komatsu, modelo GD-675-5, numero de motor 26574486 y serie 55157, de Isla Rapa Nui.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - V Región - Dirección Regional
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Freire 102, Esquina Blanco
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-10-2020 10:00:00
Fecha de Publicación: 22-09-2020 9:23:25
Fecha inicio de preguntas: 22-09-2020 12:00:00
Fecha final de preguntas: 29-09-2020 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-09-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-10-2020 10:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-10-2020 10:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-10-2020 11:50:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Los Participantes, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades estipuladas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, deberán presentar una Declaración Jurada Simple conforme al modelo en Anexo Nº 1 propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación, firmado por el representante legal. De ser omitida se podrá solicitar por foro inverso, en caso de no dar cumplimiento a pesar de estas dos instancias, la oferta quedará inadmisible. El Formato no podrá ser modificado.
Documentos Técnicos
1.- Documentos Técnicos Los Participantes deberán presentar sus ofertas técnicas de acuerdo al modelo en Anexo Nº3, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación, firmado por el representante legal. La omisión de este documento o la falta de información de lo solicitado en este anexo será causal de no ser evaluada la oferta. El Formato no podrá ser modificado.
 
Documentos Económicos
1.- Los Participantes deberán presentar sus ofertas económicas de acuerdo al modelo en Anexo Nº 2, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación, firmado por el representante legal. En caso de que el valor neto presentado en el Portal Mercado Público difiera del valor neto estipulado en el Anexo Nº 2 del oferente, dicha oferta será declarada inadmisible. La omisión de este documento será causal de no evaluar la oferta. El Formato no podrá ser modificado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de entrega Se considera con mayor relevancia el menor plazo de entrega ofertado para el producto o servicio. Cuando las bases establezcan un plazo de entrega y el proveedor en su oferta no lo señale se asumirá que esta de acuerdo con el plazo indicado en dichas bases. La respuesta “entrega inmediata” no será considerada como tiempo y su evaluación será 0. 30%
2 Garantía de los Productos Se considerará con mayor relevancia el mayor tiempo de garantía ofertado por el producto o servicio. Si el oferente omite este criterio, en su evaluación se le asignará un valor E3 = 0 10%
3 Precio Se considera con mayor relevancia el menor valor ofertado por los proponentes. De acuerdo a la siguiente fórmula: Precio: E1= Precio más bajo ofertado / Oferta de proveedor evaluado x 100 x ponderación 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 3102004
Monto Total Estimado: 6500000
Justificación del monto estimado El valor referencial esta con IVA incluido, los montos que superen dicho valor podrán ser excluidos del proceso de evaluación, por no resultar convenientes a los intereses fiscales.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carmen Arriagada Martinez
e-mail de responsable de pago: carmen.arriagada@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Pablo Vera Vargas
e-mail de responsable de contrato: pablo.vargas@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2542078-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación. El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos derivados de la ejecución del contrato.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1 Resolución de Empates

En caso de igualdad de puntaje entre dos o más proponentes, se adjudicará a uno de los oferentes de acuerdo a   los siguientes criterios en el orden de precedencia siguiente (si la igualdad persiste según el primer criterio, se aplica el segundo, y si continúa la igualdad con el segundo, se aplica el tercero,

1.         Se adjudicará al oferente que ofrezca el menor precio

2.         Se adjudicará al oferente que ofrezca el menor plazo

        3.         Finalmente si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en   www.mercadopublico.cl

9.2. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema,  mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.

La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.

9.3. Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.

Esta situación será causal de rebajar puntaje de evaluación total en 5 puntos. En caso de no dar cumplimiento en ninguna de las dos instancias la oferta será declarada inadmisible.

9.4. Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.5. Objetivos del Producto

La Dirección de Vialidad solicita ofertas por la adquisición de repuestos originales para motoniveladora Komatsu de Isla Rapa Nui, conforme a los requerimientos de las presentes bases y especificaciones técnicas descritas en las presentes Bases de Licitación.

9.6. Participantes

Podrán participar en esta Licitación las personas naturales y/o jurídicas del rubro que hayan accedido a los documentos de ésta, a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, portal Internet www.mercadopublico.cl siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales y exigencias de las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.

9.7. Aclaraciones

Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Público, de acuerdo a las condiciones y fechas establecidas en el punto 3 de las presentes Bases de Licitación.

La Dirección de Vialidad, si lo estima pertinente, y cumpliendo con el mismo plazo establecido para este, podrá emitir una o más Circulares Aclaratorias. La Circular que por este concepto se emita será igual para todos los Oferente adjudicados y ésta, cumplido el plazo antes señalado, estará disponible en los archivos adjuntos de la respectiva Ficha de Licitación en el Portal Mercado Público.

Estas aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán su cumplimiento a los Oferente adjudicados.

En caso de que dichas aclaraciones modifiquen las presentes bases de licitación, estas modificaciones serán aprobadas mediante Resolución fundada de acuerdo al Art. 19 del Reglamento de la Ley de Compras.

9.8. Forma de Cotización

Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en la cláusula Nº 4, previamente descrita. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.

Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2007 o anterior, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases de Licitación.

El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes.

9.9. Plazo de Validez de la Oferta

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la  Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.

Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de  la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.

9.10. Precios Monedas

Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.

En caso de que el oferente presente su propuesta en UF, UTM o en una moneda diferente al peso chileno, la Dirección de Vialidad entenderá que el valor ofertado corresponde al valor convertido a moneda nacional, de acuerdo al valor publicado por el Banco Central, en la fecha de cierre de la licitación.

9.11. Inspector Fiscal

Actuará como contraparte técnica de la presente adquisición, el Sub-Depto. de Conservación por Administración Directa, dependencia encargada de velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de recepción conforme de los elementos adquiridos y evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra.

El Inspector Fiscal cesará en sus funciones una vez emitido el informe final de recepción conforme del producto adquirido.

9.12. Evaluación de Antecedentes

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por al menos un  funcionario de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.

Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:

1.- Precio 60%: Se considera con mayor relevancia el menor valor ofertado por los proponentes.                                                                                                                          

1.-  Precio: E1= Precio más bajo ofertado / Oferta de proveedor evaluado x 100 x ponderación                             



2.- 
Plazo de Entrega 30%: Se considera con mayor relevancia el menor plazo de entrega ofertado para el producto o servicio. Cuando las bases establezcan un plazo de entrega y el proveedor en su oferta no lo señale se asumirá que esta de acuerdo con el plazo indicado en dichas bases. La respuesta “entrega inmediata” no será considerada como tiempo y su evaluación será 0. 

   

Plazo de entrega en días: E2=   Plazo más bajo ofertado    x 100 x ponderación                                                       Plazo de proveedor evaluado                                                    

                                                                                           


3.- Garantía de los Productos 10%: Se considerará con mayor relevancia el mayor tiempo de garantía ofertado por el producto o servicio. Si el oferente omite este criterio, en su evaluación se le asignará un valor E3 = 0

3.-  Duración de la garantía en meses: 

E3= Duración garantía proveedor evaluado x 100 x ponderación                   

        Mayor duración garantía ofertada  





































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































  Plazo más bajo ofertado  x 100 x ponderación

  Plazo de proveedor evaluado                

  

Plazo de entrega en días: E2































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































  Plazo más bajo ofertado  x 100 x ponderación

  Plazo de proveedor evaluado                

  

- De 1 a 2 días                 : 10%

- De 3 a 4 días                 :   5%

- 5 días                             :   1%

- Mayor a 5 días               : No será evaluado

4.- 

- De 1 a 2 días                 : 10%

- De 3 a 4 días                 :   5%

- 5 días                             :   1%

- Mayor a 5 días               : No será evaluado

4.- 

- De 1 a 2 días                 : 10%

- De 3 a 4 días                 :   5%

- 5 días                             :   1%

- Mayor a 5 días               : No será evaluado

4.- 

9.13. Contacto en Etapa de Evaluación de Ofertas

Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los Oferente adjudicados, la Dirección de Vialidad podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes. 

Las respuestas las deberá entregar el oferente a través del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 1 día hábil posterior al ingreso de la consulta en el Portal por parte de la Dirección de Vialidad.

9.14. Derecho a Desestimar las Ofertas

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los Oferente adjudicados no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La Dirección de Vialidad.

9.15. Derecho a Variación de Cantidades

La variación de cantidades no aplica para esta licitación.






9.16. Adjudicación de la Licitación

El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del servicio, mediante Informe que indique las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.

La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los Oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.

La fecha de adjudicación establecida en la presente base, es la fecha máxima para adjudicar, pudiendo ser desde la fecha de cierre hasta la fecha publicada en Etapas y Plazos.

9.17. Notificación y Aceptación de Orden de Compra

La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 6 del Reglamento de la Ley 19886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación.

9.18. Readjudicación de la Licitación

La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor no acepte orden de compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.

9.19. Cesión del Contrato

La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.

9.20. Gestión del Contrato

Habilidad de proveedores

La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el registro ChileProveedores, debiendo encontrarse en calidad de Hábil. 

Si durante el periodo del Contrato el Oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal de término anticipado del Contrato.

9.21. Vigencia del Contrato

El periodo de vigencia del contrato será el que corresponda al plazo de entrega ofertado y adjudicado, más el período de garantía exigido, contados desde 2 días hábiles posteriores a la fecha de la notificación de la adjudicación/la Resolución que aprueba el contrato.

9.22. Plazo de Entrega del Producto

Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3, el plazo de entrega del producto ofertado. Estos plazos deben ser expresados en días hábiles, contados desde la fecha de notificaciones de la adjudicación.

En caso de que la contraparte técnica / Inspector Fiscal verifique fallas en el funcionamiento del producto dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega del producto y requiera su cambio, el proveedor tendrá 3 días hábiles para su reposición.

9.23. Forma de Pago

El pago al proveedor se realizará dentro de los 30 días posteriores al ingreso de la factura, previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica en la factura.

En cuanto a la recepción conforme, se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme del servicio, contados desde la fecha de recepción de la factura. En caso de no concretarse la recepción conforme, se procederá a la no aceptación de la factura en el sistema.

En caso de error en la facturación la empresa deberá proceder a anular la factura con una Nota de Crédito y volver a enviar una factura nueva.

La factura debe ser extendida con los siguientes antecedentes:

CODIGO 622 REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_MAQUINARIAS 

Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OO.PP. DCY F

Rut:                      61.202.000 - 0

Domicilio:            Morandé 71

Comuna:              Santiago

Giro:                     Gobierno Central

Descripción:          ID 1028-68-LE20

Cuando sean facturas de convenios debe venir especificado el convenio

En caso de que el proveedor requiera el depósito de su pago, deberá completar y entregar los formularios que al efecto tenga la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP y entregar la copia cedible de la factura junto a la original y a la copia de control tributario.

Las empresas deberán avisar con antelación si utilizarán el factoring en el pago de sus facturas.

9.24. Multas y Sanciones

El Inspector Fiscal, deberá informar por escrito, al Área Adquisiciones, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con la calidad del producto recibido o atraso en el plazo de entrega.

Sanciones por atraso.

El incumplimiento de las prestaciones de servicio, se multará con un 1% del valor neto de la oferta aceptada,  por cada día hábil de atraso en la entrega del producto;

En caso de que dicha multa supere el 15% del valor neto del contrato, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave.

Por incumplimiento del contrato.

Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 15 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección que lo justifique, se podrá poner término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento si existiese.

En caso de que no existiese boleta de garantía, se procederá a readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado.

9.25. Modificación y Termino del Contrato

De acuerdo al Artículo Nº 77 del D.S. de Hacienda Nº 250 de 2004 y sus modificaciones.

9.26. Solución de Controversias

Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados a la Contraparte Técnica, quién lo enviará, si fuere necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.

La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio - de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.

Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.

9.27. Elementos de Protección

El proveedor deberá tomar las medidas exigidas por el Ministerio de Transporte, e implementar a su personal con los elementos de protección que exigen las disposiciones vigentes. Se deja establecido que ante cualquier daño o accidente que pudiera ocurrir a trabajadores o terceros durante el traslado o descarga, será de exclusiva responsabilidad de la empresa proveedora.

9.28 Confidencialidad y Seguridad de la Información

a) El CONTRATISTA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.

b) El CONTRATISTA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx

c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el CONTRATISTA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.

d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.

e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el CONTRATISTA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan

9.29. Condiciones Técnicas

Adquisición de los siguientes repuestos, mediante licitación pública según detalle y condiciones que se indican, para maquinaria de la marca Komatsu, según convenio de colaboración vigente entre las Direcciones de Vialidad y Aeropuertos para proyectos denominados “Plan Rapa Nui”, en la cual se considera la mantención y reparación de equipos facilitados entre ambas partes:

N° Item

Código Femn

N° Parte fabricante

Descripción del articulo

Unidad de compra

Unidad de despacho

Cantidad según unidad de compra

Código del almacén de destino

Requiere inspección (S/N)

Ubicación del material en terreno

1

6736-51-5142

Filtros de aceite motor

Unidad

Unidad

3

N

2

600-319-3750

Filtros de combustible

Unidad

Unidad

3

N

3

600-185-5100

Filtros de aire

Unidad

Unidad

3

N

4

714-07-28713

Filtro transmisión

Unidad

Unidad

1

N

5

23B-07-74170

Filtro cabina

Unidad

Unidad

3

N

6

600-319-3610

Prefiltro combustible

Unidad

Unidad

3

N

7

07063-51100

Filtro hidraulico

Unidad

Unidad

1

N

8

6741-61-1621

Correa

Unidad

Unidad

1

N

9

04120-21751

Correa

Unidad

Unidad

1

N

10

23B-70-51550

Guía

Unidad

Unidad

6

N

11

23B-70-51560

Guía

Unidad

Unidad

6

N

12

23B-70-31332

Guía

Unidad

Unidad

4

N

13

23B-735-3320

Guía

Unidad

Unidad

1

N

14

234-70-12193

Cuchillas

Unidad

Unidad

2

N

15

232-70-52190

Cantonera

Unidad

Unidad

2

N

16

232-70-12450

Pernos

Unidad

Unidad

64

N

17

232-70-12480

Tuercas

Unidad

Unidad

72

N

18

232-70-12460

Pernos

Unidad

Unidad

8

N

19

01643-31745

Golilla

Unidad

Unidad

36

N

20

232-71-51320

Diente Escarificador

Unidad

Unidad

9

N



Datos del Equipo 



Tipo

Marca

Modelo

Patente

N° Motor

N° Serie

Motoniveladora

Komatsu

GD-675-5

BGTB58-7

26574486

55157


Condiciones

Repuestos deben ser originales conforme a N° de parte indicado.  Para lo se adjunta N° de chasis y motor, del equipo por si hubiese un error en los códigos de estos.

La Dirección de Vialidad Provincia de Isla de Rapa Nui retirará el producto desde el oficina del transportista que el oferente contratara. La empresa que se adjudique la compra deberá contactarse con el Jefe del Sub Departamento de Maquinaria Regional, Sr. Pablo Vera V., 322542078, 978092480 en el continente, y con el Jefe Provincial de Isla de Rapa Nui Sr. Felipe Cereijo Ceballos, 322542240 (Oficina), 996740315, o el Jefe de Conservación, Sr.Hans Hey Riroroko, 991345264, informando la fecha  de llegada de estos a Rapa Nui con la debida anticipación, para coordinar la recepción de los productos.

Las ofertas deberán indicar: Precio, Plazo de Entrega, para la evaluación y adjudicación de la licitación. Deberá entregar además la Declaración Simple. Sólo se aceptarán ofertas por el total de los productos requeridos en la presente licitación; es decir, si un  proveedor presenta oferta solo alguno de ellos, no será evaluado.

El valor de la oferta debe incluir además, el flete a Isla de Rapa Nui


Deberá adjuntar listado con precio de cada de uno de los ítems.

Plazo de entrega de materiales: Será  máximo 30 días corridos a contar de la fecha de adjudicación en el Portal Mercado Publico, salvo problemas de fuerza mayor que sea justificable. En caso de no indicar plazo de entrega se asumirá el plazo indicado en los antecedentes de la presente licitación (30 dias). Si la empresa oferta un plazo mayor al definido, sus antecedentes no serán evaluados.

Plazo de entrega factura: No superior a 48 horas, con posterioridad a la recepción conforme de los materiales en los lugares establecidos.

La factura deberá ser remitida señalando el código 622

“REG_05_DIRECCION_DE_VIALIDAD_MAQUINARIAS;

consultas sobre facturación electrónica en
dcyf.mop_dte@mop.gov.cl


Formulario de Deposito

"Se adjunta en anexo "Formulario de Depósito" el cual la empresa  que se adjudique la licitación y no cuente con la entrega de este formulario en Finanzas, deberá enviar en original por correo o entregado en forma presencial en las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, ubicadas en Melgarejo N° 669 Piso 11° Valparaíso, con la Sra Damariz  Díaz en horario de 09:00 a 14:00 horas.

Por el momento y dada la situación sanitaria  no se exigirá que el documento sea notarial, sin embargo a futuro y cuando la situación país retorne a sus actividades deberán regularizar esta situación."