9. disposiciones generales
9.1 OBJETIVOS
Las presentes Bases Generales tienen como finalidad regular el proceso de licitación y adjudicación necesario para contratar el Servicio de Aseo en dependencias del Campamento Fiscal El Belloto, dependiente de la Oficina Provincial de Marga Marga, de la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso.
9.2 NORMATIVA
Sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director Regional de Vialidad, al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República, cada uno en sus respectivos ámbitos de competencia, la presente licitación se regirá por la ley Nº 19.886, su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda y por los siguientes documentos:
a) Las Bases Administrativas y sus documentos anexos;
b) Las Especificaciones Técnicas y sus documentos anexos;
c) Procedimiento para Evaluación de Ofertas y Calificación de Proveedores para Convenios de Aseo y Mantención de Oficinas;
d) Las aclaraciones a las bases efectuadas por propia iniciativa del Servicio; y
e) Las respuestas del Servicio a las consultas efectuadas por los interesados.
Si hubiera discrepancia entre las Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas, prevalecerá lo dispuesto en las Bases Administrativas.
9.3 REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Todos los oferentes deberán estar habilitados para contratar con la Administración del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
Se excluirá a los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, desde la entrada en vigencia de la ley N° 20.238 (19.01.08) hasta la fecha de recepción de las ofertas.
Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los requisitos que se establezcan en la publicación de la licitación en el portal de compras públicas, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según se encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, Chile Proveedores, www.chileproveedores.cl, en adelante, el Registro.
La referida inscripción no será obligatoria para participar en el proceso. Sin embargo, de resultar adjudicado un proveedor no inscrito, deberá hacerlo dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la notificación de la adjudicación como requisito indispensable para la suscripción del contrato.
9.4 PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
Proveedores no inscritos en ChileProveedores:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal:
No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y encontrarse vigentes a la fecha de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
9.5 COORDINACIÓN
Para los efectos de este proceso, efectuará la coordinación en materias administrativas, la Srta. Cristina Villarroel Araya, jefa del Área de Adquisiciones de la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso y, en materias técnicas, el Sr. César García Castro, jefe de Conservación de la Dirección de Vialidad, Provincia de Marga Marga o los funcionarios que los subroguen, suplan o reemplacen en el cargo, todo de conformidad con las normas que rigen a la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso.
9.6 CONSULTAS Y ACLARACIONES
El Servicio podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación, y en tal condición deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Estas aclaraciones se publicarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas.
Los proponentes podrán canalizar sus dudas o consultas a través del portal Mercado Público, las que serán recibidas hasta la fecha y hora señalada en dicho portal, rechazándose el uso de cualquier otro medio.
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso procederá a responder a través del mismo medio la totalidad de preguntas, en los plazos establecidos en el Portal, considerándose dicha serie como parte integrante del proceso de licitación.
9.7 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Cada oferente deberá adjuntar los siguientes certificados:
Anexo N° 1 Declaración Simple
Anexo N° 2 Oferta Económica
Anexo N° 3 Oferta Técnica
Anexo N° 4 Declaración Jurada Simple (saldos insolutos)
Deberá cumplir, además con lo señalado en las bases técnicas.
En caso de modificación o alteración del contenido de las tablas, la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso se reserva el derecho de desestimar la oferta realizada por el proponente.
Las ofertas deberán ceñirse estrictamente a lo indicado en las presentes bases y especificaciones técnicas de la licitación, los valores indicados en la oferta serán fijos, en pesos chilenos y no estarán afectos a reajuste alguno mientras esté vigente el Convenio.
Las ofertas deben ser ingresadas obligatoriamente a través del Portal Mercado Público; en caso contrario, dichas ofertas serán declaradas inadmisibles y no podrán ser adjudicadas.
9.8 APERTURA DE LA LICITACIÓN
La fecha de apertura electrónica de la licitación será señalada en el Portal Mercado Público.
Debido a la condición electrónica de la apertura en el Portal Mercado Público, cada oferente deberá ingresar en el sitio, en conjunto con sus ofertas, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases, en las especificaciones técnicas y anexos, en formato de archivo o documento escaneado. Se rechazará cualquier documento con clave, no pudiendo la empresa proponente que así presente su oferta, continuar participando en las siguientes etapas del proceso de licitación.
9.9 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, la Comisión tendrá en cuenta los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación (Cumplimiento de los Requisitos Formales).
9.10 VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán tener una vigencia no menor de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta.
9.11 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN
Los criterios de evaluación y porcentajes de evaluación serán los siguientes:
i.- PRECIO 60%
ii.- CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA 35%
iii.- CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 5%
9.11.1- TABLAS Y MÉTODO DE EVALUACIÓN
i.- Precio 60%
Se evaluará de acuerdo con la fórmula del Precio Mínimo Ofertado (PMO) según la siguiente fórmula:
Puntaje = Precio más bajo ofertado x 100 x ponderación
Oferta proveedor evaluado
ii.- Condiciones laborales de los trabajadores de la empresa 35%
Este factor que se evaluará conforme los siguientes aspectos:
a) Remuneraciones 15%
Se otorgará 15% al oferente cuya remuneración mensual a sus trabajadores sea igual o superior en un 20% del ingreso mínimo legal vigente, monto que no considera horas extras, gratificaciones u otros beneficios. Para obtener dicho porcentaje se procederá según tabla indicada a continuación:
Porcentaje sobre el Sueldo Mínimo
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Puntaje
|
20% o más
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15
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15% a 19,99%
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10
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10% a 14.99%
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5
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5% a 9.99%
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2
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Inferior al 5% o no informa
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0
|
b) Beneficios 10%
Solo se considerarán aquellos que se paguen a todo evento a los trabajadores de la empresa y que no estén sujetos al cumplimiento de determinados requisitos para percibirlos, por ejemplo: Bonos de Locomoción, Colación, Aguinaldos de Fiestas Patrias, Navidad, etc.
Por lo tanto, se otorgará 10% al oferente que presente el mayor valor de la suma de los beneficios entregados, rebajando 2 puntos al siguiente y así sucesivamente, los que queden bajo de los cinco más altos tendrán puntuación 0.
c) Tipo de contrato 5%
- Indefinido = 5%
- Plazo Fijo = 1%
- No informa = 0%
No se aceptarán contratos a Honorarios, en particular de los trabajadores destinados a cumplir funciones en el Recinto Fiscal.
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora serán verificados tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó.
Nota: Para certificar estos parámetros, el oferente deberá adjuntar copia del modelo de contrato de trabajo.
d) Convenios colectivos vigentes 5%
Para la evaluación de este Sub-Factor, el oferente deberá proporcionar dicha información en el Anexo Nº3 y deberá acompañar a su oferta copia simple de tales convenios.
La vigencia de los convenios vendrá determinada según el documento suscrito.
Solo serán considerados aquellos convenios colectivos vigentes que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del Código del trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los cinco días siguientes a su suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación disponible para tales efectos, donde conste su registro en dicha entidad.
El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente cuadro:
iii.- Cumplimiento de requisitos formales 5%
FACTOR A EVALUAR
|
CRITERIO/DEFINICIÓN
|
PUNTAJE
|
Cumplimiento de los Requisitos Formales
|
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta.
|
5
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Cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro inverso.
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0
|
|
|
|
|
|
NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
NOTA 2: Plazo de validez de la oferta no podrá ser inferior a 60 días corridos desde la apertura de la licitación.
NOTA 3: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 4: En caso de que el oferente entregue el Anexo Nº 3 (Oferta Técnica) incompleto, no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 5: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica), no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
10 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proponentes deberán ingresar anexos 1, 2, 3 y 4, (que se encuentran adjuntos de esta Licitación) para poder postular a la presente licitación.
Será requisito indispensable para que las ofertas puedan ser consideradas, que cumplan con las exigencias contenidas en las especificaciones técnicas.
Con posterioridad, la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso podrá solicitar por escrito, las aclaraciones e informaciones que considere necesarias para una correcta evaluación, siempre que no transgredan o modifiquen las bases de licitación ni la condición de igualdad entre los proponentes.
La distorsión o falsificación de cualquiera de los antecedentes requeridos por las bases será causal de rechazo inmediato de la propuesta presentada. En caso que la empresa oferente omita la presentación de antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, se permitirá presentar aquellos antecedentes o certificaciones que se hubieran producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, para lo cual se concederá un plazo fatal de 1 día hábil, desde que se le requiera a través del Portal, sin perjuicio de su consideración entre los criterios de evaluación contenidos en las bases técnicas.
La evaluación será efectuada por el Jefe Provincial de la Dirección de Vialidad Quillota, Sr. Luis Mella Madrid o quienes lo representen en el ejercicio de tales funciones. Dicho funcionario ejecutará su función de conformidad al Procedimiento de “Evaluación de ofertas y calificación de proveedores para convenio de servicio de aseo en Campamento Fiscal El Belloto”, instrumento que forma parte integrante de los antecedentes que se adjuntan.
9.12 DESESTIMACIÓN DE LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o algunas de ellas, si existiere incumplimiento de bases o de las especificaciones técnicas.
Los oferentes renuncian al ejercicio de acciones de carácter civil en contra del Servicio o del Fisco de Chile, por el ejercicio de la atribución contemplada en el inciso anterior por parte de la Administración.
9.13 ADJUDICACIÓN
La decisión de adjudicación se comunicará a todos los proponentes a través de la publicación del Acta de Adjudicación en el Portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a 15 días corridos, a contar de la fecha de apertura de la licitación.
La fecha de adjudicación establecida en la presente base es la fecha máxima para adjudicar, pudiendo ser desde la fecha de cierre hasta la fecha publicada en Etapas y Plazos.
9.14 NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo con el Art. 6 del Reglamento de la Ley 19886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación.
9.15 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por dicha plataforma.
Las consultas referidas a la adjudicación se podrán realizar por correo electrónico. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.
9.16 READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado no cumpla con el plazo de inicio del contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
9.17 PREPARACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El Servicio hará llegar al adjudicatario por correo electrónico, el borrador del contrato.
El adjudicatario deberá entregar el contrato firmado y timbrado en soporte papel, dentro del plazo de 7 días hábiles desde que se le haga llegar éste, junto con la garantía de fiel cumplimiento.
En forma previa a la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su inscripción en el Registro Oficial de Proveedores del Estado.
En caso de que el adjudicatario no cumpliera con las obligaciones anteriores, y/o no suscribiese el contrato dentro del plazo indicado, el Servicio declarará sin efecto la adjudicación y procederá a celebrar el contrato con el oferente que le siga en calificación, utilizando el mismo procedimiento.
9.18 VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de vigencia del contrato por la prestación de los servicios licitados será de 24 meses, a contar de la total tramitación de la Resolución que apruebe el Contrato.
En consecuencia, el plazo de vigencia del contrato se dividirá en 3 períodos, atendida la disponibilidad presupuestaria de los años 2022, 2023 y 2024. Así, el primer período se extenderá desde la fecha de total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato y hasta el 31 de diciembre de 2022; el segundo, corresponderá al período que va entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2023 y el tercero, el que falte para completar el plazo total de veinticuatro meses y que, excediendo el período presupuestario de los años 2023 y 2024, quedará por tanto supeditado a la disponibilidad que se considere para tales efectos en el Presupuesto del Servicio para esos años.
Sin perjuicio de lo señalado, la duración del contrato podría terminar antes del plazo fijado, en caso de agotarse los recursos presupuestarios dispuestos para la atención de los servicios contratados. Además de lo señalado anteriormente, EL SERVICIO se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, previa notificación por escrito y con 30 días de anticipación.
9.19 PRÓRROGA DEL CONTRATO
En caso de que el nuevo proceso de compras no esté perfeccionado al término del presente contrato y debido a la imperiosa necesidad de contar con el servicio de aseo, se podrá prorrogar con el común acuerdo de las partes, hasta que esté en condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga, en ningún caso podrá ser superior a cuatro meses y las condiciones de dicha ampliación serán en general las del contrato prorrogado.
9.20 PRECIOS Y MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en pesos chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega de los servicios en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
9.21 LIMITACIONES DE GASTO
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 263/2017, el presupuesto por dos años de duración del Convenio será de $ 36.000.000.- (treinta y seis millones de pesos), IVA incluido.
9.22 Inspector Fiscal
Actuará como contraparte técnica de la presente adquisición, el Sr. César García Castro, funcionario que deberá velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de recepción conforme de los elementos adquiridos y evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra.
El Inspector Fiscal cesará en sus funciones una vez emitido el informe final de recepción conforme del servicio contratado.
9.23 FORMA DE PAGO
En cuanto a la recepción conforme del servicio prestado, se establece que la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, tendrá un plazo máximo de 8 días corridos contados desde la fecha de la emisión de factura en SII y posterior ingreso a Sistema Recepción Documentos Tributarios MOP. En caso de no concretarse la recepción conforme, se procederá a la no aceptación de la factura en el sistema.
En caso de error en la facturación la empresa deberá anular la factura con una Nota de Crédito y volver a enviar una factura nueva.
La factura debe ser extendida con los siguientes antecedentes:
CODIGO 623 REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_MARGA_MARGA.
Razón Social: Ministerio De Obras Públicas – Dirección De Vialidad Región De Valparaíso
Domicilio: Melgarejo 669 piso 11, Valparaíso o Morandé 71 o 59, Santiago
Comuna: Valparaíso o Santiago
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Las empresas deberán avisar con antelación si utilizarán factoring en el pago de sus facturas.
Bajo ningún concepto se efectuarán pagos anticipados.
Para la presentación de la factura de los servicios ejecutados mensualmente, se debe presentar Certificado F30-1, con el personal informado de trabajo directo durante el mes y presente en el contrato, así como el personal de apoyo, en caso de proceder.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su factura, que el formulario descrito en el Anexo Nº 5 denominado “Autorización Pago a través de Bancos” se encuentre registrado en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, el MOP dispone de dos alternativas, cuyo objeto es actualizar la información de datos de pago del beneficiario:
ALTERNATIVA I: Completar y firmar el formulario disponible en la página web institucional (www.dcyf.cl) denominado “Autorización Pagos a través de Bancos”, el que debe ser presentado ante Notario, acreditando la representación legal de la empresa.
ALTERNATIVA II: Entregar los siguientes documentos:
1. Formulario DCyF de “Autorización Pagos a través de Bancos” disponible en la página web institucional www.dcyf.cl, sin tramitar ante Notario, en original.
2. Al respecto se hace presente que, si el formulario es firmado electrónicamente, debe utilizarse Firma Electrónica Avanzada según lo estipulado en la Ley Nº 19.799.
3. Tratándose de Personas Jurídicas, copia simple de la Escritura Pública de constitución de la sociedad, indicando la página donde constan los poderes del firmante de la escritura.
4. Certificado de Vigencia de la Sociedad, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha del formulario señalado precedentemente.
5. Certificado de Vigencia de Personería, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha del formulario señalado precedentemente.
6. Copia simple del RUT de la empresa.
7. Los documentos N° 3 y 4, se pueden obtener en formato digital a través de la página web del Conservador de Bienes Raíces (CBRS), Trámites en Línea del Registro de Comercio.
Nota: El adjudicatario debe tener presente que, una vez registrada la cuenta bancaria en el sistema MOP, podrá emitir la factura.
Formulario en página web:
https://dcyf.mop.gob.cl/productosyservicios/Documents/formulario_deposito_cta_cte.pdf
9.27 MULTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN
La contraparte técnica deberá informar, por escrito, el incumplimiento al oferente, para las medidas pertinentes, si existiesen multas relacionadas con la calidad o plazo de entrega del producto y/o servicio adjudicado, de acuerdo con lo indicado en el Anexo Nº 3.
El incumplimiento o infracción, por parte del adjudicatario (contratista) de cualquiera de las obligaciones establecidas tanto en las Bases de Licitación como en el contrato que se suscriba, será causal de las multas que se indican a continuación:
MULTA
|
TIPO DE INFRACCIÓN
|
CRITERIO DE APLICACIÓN
|
TOPE
|
(Porcentaje sobre monto facturado)
|
2%
|
Incumplimiento a alguno de los puntos indicados en las Bases Técnicas.
|
Cada vez que ocurra
|
3 veces
|
0,50%
|
Por el retraso en la presentación de la factura.
|
Por cada día de atraso
|
7 días corridos
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1%
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La no entrega de los servicios contratados.
|
Cada vez que ocurra
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10 días corridos
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No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
En caso de que dicha multa supere el tope considerado para cada criterio, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave, y se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, sin derecho a indemnización.
9.27.1 Procedimiento para la aplicación de multas
En el caso que corresponda la aplicación de multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Contraparte Técnica comunicará mediante oficio o correo electrónico al proveedor contratado, que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del oficio o correo electrónico remitido por la Contraparte Técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director Regional de Vialidad, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento y el monto de la multa.
b) El Director Regional de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Área de Adquisiciones de la Dirección Regional.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director Regional de Vialidad), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, (ante el Director Nacional de Vialidad).
d) Los recursos señalados en la letra “c” anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva será descontada del pago correspondiente.
Sin perjuicio del cobro de la garantía (cuando corresponda), se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Dirección de Vialidad sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado.
9.28 MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
-No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
-Llevar un atraso superior a 10 días corridos en la entrega del servicio, sin causa justificada.
-Por la aplicación de 3 multas o más en un periodo de 3 meses.
-Efectuar la cesión del contrato.
-La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
-Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
-Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
-Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
i) Constituirá una especial causal de término anticipado del contrato en este caso, el término de la destinación del inmueble fiscal ubicado en Avda. Freire Nº318, esquina Manco Capac, El Belloto, Comuna de Quilpué, Provincia Marga Marga, recinto en que se desarrollan las labores y cumplen las obligaciones objeto del mismo. En tal caso, la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso deberá informar dicha situación con al menos tres meses de anticipación a la empresa adjudicada, la que, informada oportunamente de dicha circunstancia, no podrá reclamar incumplimiento de obligaciones por parte de Dirección de Vialidad.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de Vialidad hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la letra c) anterior, sin derecho a indemnización.
9.28.1 Forma y efectos de la declaración de término anticipado, según de quien inste por ella
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato (cuando corresponda).
Si es el MOP - Dirección de Vialidad la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
9.28.1 Procedimiento de término anticipado o de caducidad del contrato
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término del contrato por incumplimiento de las obligaciones impuestas al mismo, la Dirección aplicará el siguiente procedimiento, previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a. La Dirección notificará al adjudicatario los incumplimientos graves del Contrato y antecedentes relevantes e informará de esta situación a la Jefa Provincial de Vialidad Marga Marga.
b. El adjudicatario en el plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección, informe pormenorizado de la situación que produjo el incumplimiento, adjuntando los antecedentes que lo comprueben, conteniendo además las medidas para subsanar las faltas o evitar su ocurrencia en el futuro. El informe deberá abordar las medidas de gestión necesarias y especificar un cronograma de implementación de las acciones propuestas.
c. La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si corresponde, podrá fijar un plazo para subsanar los incumplimientos, que deberán ser verificados e informados a la Jefa Provincial de Vialidad Marga Marga.
d. En caso de incumplimiento del Contrato, la Dirección de Vialidad Regional Región Valparaíso, informará al a la Jefa Provincial de Vialidad Marga Marga, para que se tramite el acto administrativo de término del Contrato y aplicación de sanción. Ello sin perjuicio del derecho que le asiste al Adjudicatario de interponer los recursos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.880.
9.29 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.30 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Los reclamos que se susciten durante la vigencia del contrato serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará, si fuese necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director Regional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional, a la Dirección General de Obras Públicas, al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 19.880.
9.31 SUBCONTRATACIÓN
El Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser regido de acuerdo con las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los servicios. A su turno, el MOP. no será responsable por cualquier accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba.
Sin perjuicio de lo indicado, previa autorización de IF o CT, el contratista podrá Subcontratar servicios especializados. En ningún caso, el servicio de aseo, que es objeto del Contrato.
9.32 TRASPASO DEL CONTRATO
La empresa adjudicada es obligada a ejecutar directamente las obligaciones que emanan del contrato, quedando prohibido absolutamente el traspaso o subcontratación de las mismas, luego de licitado y adjudicados los servicios.
9.33 JURISDICCIÓN Y DOMICILIO
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
9.34 INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
9.35 INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Generales, Bases Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo (cuando corresponda) y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.36 CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) El proveedor y su personal deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.