Licitación ID: 1028-97-LE20
Rodillo Manual Doble Tambor
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF, Dirección de Vialidad - V Región - Dirección Regional
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 27
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Apisonadoras 6 Unidad
Cod: 22101505
Rodillo manual doble tambor, según ficha técnica adjunta  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Rodillo Manual Doble Tambor
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición de rodillo manual doble tambor, según ficha técnica adjunta, para ser utilizado en trabajos de la red vial provincial, región de Valparaíso.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - V Región - Dirección Regional
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Freire 102, Esquina Blanco
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-11-2020 10:00:00
Fecha de Publicación: 06-11-2020 11:22:00
Fecha inicio de preguntas: 06-11-2020 12:20:00
Fecha final de preguntas: 10-11-2020 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-11-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-11-2020 10:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-11-2020 10:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-11-2020 11:22:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Los Participantes, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades estipuladas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, deberán presentar una Declaración Jurada Simple conforme al modelo en Anexo Nº 1 propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación, firmado por el representante legal. De ser omitida se podrá solicitar por foro inverso, en caso de no dar cumplimiento a pesar de estas dos instancias, la oferta quedará inadmisible. El formato no podrá ser modificado.
Documentos Técnicos
1.- Documentos Técnicos Los Participantes deberán presentar sus ofertas técnicas de acuerdo al modelo en Anexo Nº3, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación, firmado por el representante legal. La omisión de este documento o la falta de información de lo solicitado en este anexo será causal de no ser evaluada la oferta. El formato no podrá ser modificado.
 
Documentos Económicos
1.- Los Participantes deberán presentar sus ofertas económicas de acuerdo al modelo en Anexo Nº 2, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación, firmado por el representante legal. En caso de que el valor neto presentado en el Portal Mercado Público difiera del valor neto estipulado en el Anexo Nº 2 del oferente, dicha oferta será declarada inadmisible. La omisión de este documento será causal de no evaluar la oferta. El formato no podrá ser modificado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se considera con mayor relevancia el menor valor ofertado por los proponentes. De acuerdo a la siguiente fórmula: Precio: E1= Precio más bajo ofertado / Oferta de proveedor evaluado x 100 x ponderación 90%
2 Comportamiento contractual anterior del proveedor Este criterio corresponde a la consideración del número de reclamos que el proveedor tenga por parte de las instituciones en las cuales ha realizado servicios o ventas de productos y que aparezcan en Mercado Público al momento de su evaluación. - Sin reclamos: 10 % - De 1 a 2 reclamos: 7 % - De 3 a 4 reclamos: 5 % - De 5 a 6 reclamos: 3 % - De 7 a 8 reclamos: 2 % - Igual o mayor a 9 reclamos: 0 % 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 3102004
Monto Total Estimado: 50000000
Justificación del monto estimado El valor referencial esta con IVA incluido, los montos que superen dicho valor podrán ser excluidos del proceso de evaluación, por no resultar convenientes a los intereses fiscales.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carmen Arriagada Martinez
e-mail de responsable de pago: carmen.arriagada@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Walter Meyer Suarez
e-mail de responsable de contrato: walter.meyer@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2542087-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación. El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos derivados de la ejecución del contrato.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP-DIRECCION DE VIALIDAD REGION DE VALPARAISO
Fecha de vencimiento: 10-03-2021
Monto: 7 %
Descripción: La garantía es el 7% del valor de la adjudicación más IVA, ésta deberá ser entregada hasta el séptimo día hábil a contar de la emisión de la Orden de Compra en Mercado Público.El vencimiento de la garantía será de 90 días corridos, a contar de la fecha de emisión de ésta. Debe ser entregada en la Secretaría del Área de Adquisiciones ubicada en Freire 102; 1º piso Valparaíso, éste es requisito indispensable para el pago de la factura.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento, según ID 1028-97-LE20
Forma y oportunidad de restitución: Su restitución será al vencimiento de la garantía, en la Secretaría del Área de Adquisiciones ubicada en Freire 102 1º piso Valparaíso, contra la presentación de RUT o fotocopia de la empresa mediante documento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1 Resolución de Empates

En caso de igualdad de puntaje entre dos o más proponentes, se adjudicará a uno de los oferentes de acuerdo a   los siguientes criterios en el orden de precedencia siguiente (si la igualdad persiste según el primer criterio, se aplica el segundo, y si continúa la igualdad con el segundo, se aplica el tercero,

1.         Se adjudicará al oferente que ofrezca el menor precio

2.         Se adjudicará al oferente que ofrezca el menor plazo

        3.         Finalmente si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en   www.mercadopublico.cl

9.2. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema,  mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.

La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.

9.3. Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.

Esta situación será causal de rebajar puntaje de evaluación total en 5 puntos. En caso de no dar cumplimiento en ninguna de las dos instancias la oferta será declarada inadmisible.

9.4. Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.5. Objetivos del Producto

La Dirección de Vialidad solicita ofertas por la adquisición de rodillo manual doble tambor, según ficha técnica adjunta, conforme a los requerimientos de las presentes bases y especificaciones técnicas descritas en las presentes Bases de Licitación.

9.6. Participantes

Podrán participar en esta Licitación las personas naturales y/o jurídicas del rubro que hayan accedido a los documentos de ésta, a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, portal Internet www.mercadopublico.cl siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales y exigencias de las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.

9.7. Aclaraciones

Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Público, de acuerdo a las condiciones y fechas establecidas en el punto 3 de las presentes Bases de Licitación.

La Dirección de Vialidad, si lo estima pertinente, y cumpliendo con el mismo plazo establecido para este, podrá emitir una o más Circulares Aclaratorias. La Circular que por este concepto se emita será igual para todos los Oferente adjudicados y ésta, cumplido el plazo antes señalado, estará disponible en los archivos adjuntos de la respectiva Ficha de Licitación en el Portal Mercado Público.

Estas aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán su cumplimiento a los Oferente adjudicados.

En caso de que dichas aclaraciones modifiquen las presentes bases de licitación, estas modificaciones serán aprobadas mediante Resolución fundada de acuerdo al Art. 19 del Reglamento de la Ley de Compras.

9.8. Forma de Cotización

Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en la cláusula Nº 4, previamente descrita. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.

Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2007 o anterior, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases de Licitación.

El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes.

9.9. Plazo de Validez de la Oferta

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la  Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.

Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de  la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.

9.10. Precios Monedas

Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.

En caso de que el oferente presente su propuesta en UF, UTM o en una moneda diferente al peso chileno, la Dirección de Vialidad entenderá que el valor ofertado corresponde al valor convertido a moneda nacional, de acuerdo al valor publicado por el Banco Central, en la fecha de cierre de la licitación.

9.11. Inspector Fiscal

Actuará como contraparte técnica de la presente adquisición, el Sub-Depto. de Conservación por Administración Directa, dependencia encargada de velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de recepción conforme de los elementos adquiridos y evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra.

El Inspector Fiscal cesará en sus funciones una vez emitido el informe final de recepción conforme del producto adquirido.

9.12. Evaluación de Antecedentes

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por al menos un  funcionario de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.

Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:

1.- Precio 90%: Se considera con mayor relevancia el menor valor ofertado por los proponentes.                                                                                                                          

1.-  Precio: E1= Precio más bajo ofertado / Oferta de proveedor evaluado x 100 x ponderación                             



2.- 
Comportamiento contractual anterior del proveedor 10%: Este criterio corresponde a la consideración del número de reclamos que el proveedor tenga por parte de las instituciones en las cuales ha realizado servicios o ventas de productos y que aparezcan en Mercado Público al momento de su evaluación.

-       Sin reclamos: 10 %

-       De 1 a 2 reclamos: 7 %

-       De 3 a 4 reclamos: 5 %

-       De 5 a 6 reclamos: 3 %

-       De 7 a 8 reclamos: 2 %

-       Igual o mayor a 9 reclamos: 0 %


Se considerara el comportamiento contractual del proveedor con una antigüedad de 24 meses.

En caso que la empresa no se encuentre inscrita o esté pendiente en Chile Proveedores su evaluación en este criterio será 0%.

































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































  Plazo más bajo ofertado  x 100 x ponderación

  Plazo de proveedor evaluado                

  

Plazo de entrega en días: E2































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































  Plazo más bajo ofertado  x 100 x ponderación

  Plazo de proveedor evaluado                

  

- De 1 a 2 días                 : 10%

- De 3 a 4 días                 :   5%

- 5 días                             :   1%

- Mayor a 5 días               : No será evaluado

4.- 

- De 1 a 2 días                 : 10%

- De 3 a 4 días                 :   5%

- 5 días                             :   1%

- Mayor a 5 días               : No será evaluado

4.- 

- De 1 a 2 días                 : 10%

- De 3 a 4 días                 :   5%

- 5 días                             :   1%

- Mayor a 5 días               : No será evaluado

4.- 

9.13. Contacto en Etapa de Evaluación de Ofertas

Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los Oferente adjudicados, la Dirección de Vialidad podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes. 

Las respuestas las deberá entregar el oferente a través del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 1 día hábil posterior al ingreso de la consulta en el Portal por parte de la Dirección de Vialidad.

9.14. Derecho a Desestimar las Ofertas

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los Oferente adjudicados no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La Dirección de Vialidad.

9.15. Derecho a Variación de Cantidades

La variación de cantidades no aplica para esta licitación.





9.16. Adjudicación de la Licitación

El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del servicio, mediante Informe que indique las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.

La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los Oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.

La fecha de adjudicación establecida en la presente base, es la fecha máxima para adjudicar, pudiendo ser desde la fecha de cierre hasta la fecha publicada en Etapas y Plazos.

9.17. Notificación y Aceptación de Orden de Compra

La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 6 del Reglamento de la Ley 19886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación.

9.18. Readjudicación de la Licitación

La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor no acepte orden de compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.

9.19. Cesión del Contrato

La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.

9.20. Gestión del Contrato

Habilidad de proveedores

La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el registro ChileProveedores, debiendo encontrarse en calidad de Hábil. 

Si durante el periodo del Contrato el Oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal de término anticipado del Contrato.

9.21. Vigencia del Contrato

El periodo de vigencia del contrato será el que corresponda al plazo de entrega ofertado y adjudicado, más el período de garantía exigido, contados desde 2 días hábiles posteriores a la fecha de la notificación de la adjudicación/la Resolución que aprueba el contrato.

9.22. Plazo de Entrega del Producto

Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3, el plazo de entrega del producto ofertado. Estos plazos deben ser expresados en días hábiles, contados desde la fecha de notificaciones de la adjudicación.

En caso de que la contraparte técnica / Inspector Fiscal verifique fallas en el funcionamiento del producto dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega del producto y requiera su cambio, el proveedor tendrá 3 días hábiles para su reposición.

9.23. Forma de Pago

El pago al proveedor se realizará dentro de los 30 días posteriores al ingreso de la factura, previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica en la factura.

En cuanto a la recepción conforme, se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme del servicio, contados desde la fecha de recepción de la factura. En caso de no concretarse la recepción conforme, se procederá a la no aceptación de la factura en el sistema.

En caso de error en la facturación la empresa deberá proceder a anular la factura con una Nota de Crédito y volver a enviar una factura nueva.

La factura debe ser extendida con los siguientes antecedentes:

CODIGO 621   REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_ADMINISTRACIÓN_DIRECTA.

Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OO.PP. DCY F

Rut:                      61.202.000 - 0

Domicilio:            Morandé 71

Comuna:              Santiago

Giro:                     Gobierno Central

Descripción:          ID 1028-97-LE20

Cuando sean facturas de convenios debe venir especificado el convenio

En caso de que el proveedor requiera el depósito de su pago, deberá completar y entregar los formularios que al efecto tenga la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP y entregar la copia cedible de la factura junto a la original y a la copia de control tributario.

Las empresas deberán avisar con antelación si utilizarán el factoring en el pago de sus facturas.

9.24. Multas y Sanciones

El Inspector Fiscal, deberá informar por escrito, al Área Adquisiciones, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con la calidad del producto recibido o atraso en el plazo de entrega.

Sanciones por atraso.

El incumplimiento de las prestaciones de servicio, se multará con un 1% del valor neto de la oferta aceptada,  por cada día hábil de atraso en la entrega del producto;

En caso de que dicha multa supere el 15% del valor neto del contrato, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave.

Por incumplimiento del contrato.

Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 15 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección que lo justifique, se podrá poner término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento si existiese.

En caso de que no existiese boleta de garantía, se procederá a readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado.

9.25. Modificación y Termino del Contrato

De acuerdo al Artículo Nº 77 del D.S. de Hacienda Nº 250 de 2004 y sus modificaciones.

9.26. Solución de Controversias

Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados a la Contraparte Técnica, quién lo enviará, si fuere necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.

La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio - de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.

Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.

9.27. Elementos de Protección

El proveedor deberá tomar las medidas exigidas por el Ministerio de Transporte, e implementar a su personal con los elementos de protección que exigen las disposiciones vigentes. Se deja establecido que ante cualquier daño o accidente que pudiera ocurrir a trabajadores o terceros durante el traslado o descarga, será de exclusiva responsabilidad de la empresa proveedora.

9.28 Confidencialidad y Seguridad de la Información

a) El CONTRATISTA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.

b) El CONTRATISTA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx

c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el CONTRATISTA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.

d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.

e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el CONTRATISTA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan

9.29. Condiciones Técnicas

Entrega

La empresa que se adjudique la compra deberá coordinar y entregar los rodillos manuales doble tambor de acuerdo al siguiente cuadro:

Lugar de entrega

Ubicación

Contacto

Teléfonos

Código almacén destino

Oficina Provincial

Calle La Concepción N° 1480, comuna y provincia de Quillota

Juan Carlos Toledo

988899187

332332380  332332386

B050402

Campamento El Salto

Calle Limache N° 4111, comuna de Viña del Mar, provincia de Valparaíso

Eduardo Aravena Fuentealba

942224838 322542102

B050102

Oficina Provincial

Calle Dr. Diaz Nº  1000, comuna de La Ligua, provincia de Petorca

Germán Muñoz Roco

974157304

332332393

B050303

Oficina Provincial

Calle La Marina 1770 sector Barranca, comuna y provincia de San Antonio

Cristian Duvingelo Figueroa

962085321

997827732

352352503

B050501

Oficina Provincial

Calle República Argentina N° 313, comuna y provincia de Los Andes

Gonzalo Rifo Ulloa

977119367

998282498

342342436

B050204

Campamento Las Heras

Calle Las Heras 165, comuna y provincia de San Felipe

Christofer Paez Salinas

952758498

342342406

B050602


HORARIO RECEPCIÓN DE MATERIALES:

Lunes a Jueves de 08:30 a 12:00 hrs. y de 14:00 a 17:30 hrs.

Viernes: de 08:00 a 12:00 hrs. y de  14:00 a 16:30 hrs.


El proveedor deberá considerar que el término de las faenas de entrega, se ajuste al horario estipulado.

Sólo se podrá entregar materiales días hábiles, descontando fines de semana, feriados y festivos.

La empresa que se adjudique la compra deberá coordinar la entrega como mínimo con 24 horas de antelación con el funcionario señalado anteriormente.

La adjudicación será por el total de los productos licitados, salvo que no se tenga ofertas por el total de los productos.


Los proveedores deberán adjuntar junto a su oferta con carácter de obligatorio fichas técnicas del producto ofertado;  la falta de dicha ficha técnica será causal de no ser evaluadas su oferta.  Sólo se solicitarán fichas técnicas por el foro si no hay ninguna oferta que cumpla con el producto ofertado dentro de todos los parámetros para ser evaluado. 

Los oferentes deben considerar la puesta en marcha de los rodillos manuales en cada una de las 6 provincias a entregar.

El proveedor debe considerar el transporte y la descarga de los rodillos con medios propios a los 6 puntos de entrega, no se considera apoyo con medios fiscales para descargar los equipos.

Los Rodillo manual doble tambor (tipo hombre caminante) deben cumplir con todo lo indicado en la ficha técnica adjunta.

Plazos

Plazo de entrega de materiales: Será  máximo  7 días hábiles a contar de la fecha de publicación de la adjudicación (Orden de Compra) en el Portal Mercado Publico, en caso de no indicar plazo de entrega se asumirá el plazo indicado en los antecedentes de la presente licitación, si la empresa ofrece un plazo mayor al definido en su oferta, no será evaluado. 

Plazo de entrega factura: No superior a 48 horas, con posterioridad a la recepción conforme de los materiales en los lugares establecidos. 

La factura deberá ser remitidas señalando el código 621

“REG_05_DIRECCION_DE_VIALIDAD_ADMINISTRACION_DIRECTA”; consultas sobre

facturación electrónica en dcyf.mop_dte@mop.gov.cl

Plazo Garantía de Fiel Cumplimiento: 90 días corridos, desde su fecha de emisión 

Formulario de Deposito
"Se adjunta en anexo "Formulario de Depósito" el cual la empresa que se adjudique la licitación y no cuente con la entrega de este formulario en Finanzas, deberá enviar en original por correo o entregado en forma presencial en las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, ubicadas en Melgarejo N° 669 Piso 11° Valparaíso, con la Sra Damariz Díaz en horario de 09:00 a 14:00 horas. Por el momento y dada la situación sanitaria no se exigirá que el documento sea notarial, sin embargo a futuro y cuando la situación país retorne a sus actividades deberán regularizar esta situación."
Ficha Técnica

RODILLO MANUAL DOBLE TAMBOR



Fotografía solo referencial 

Datos Técnicos

Peso operativo                : 580 -700 kg

Ancho de trabajo            : 600- 700 mm

Diámetro del rodillo       : 380-420 mm

Fuerza centrífuga            : 20-22 KN

Frecuencia                         : 50-60 /3600-3800 (Hz/rpm)

Motor                                  : Diesel

Potencia motor                  : 8 -10 Hp

Velocidad de trabajo     : 0 – 75 (m/min)

Mando                                : Hidráulico

Partida                                 : Eléctrica y/o manual