Licitación ID: 1029940-12-LQ22
SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL PATRIMONIO CULTURAL
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Unidad
Cod: 92101501
SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE PARA EL EDIFICIO PALACIO PEREIRA Y ESTACIONAMIENTO EXTERNO MANUEL RODRÍGUEZ, DE LA SUBSECRETARÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que, este organismo público requiere la contratación de servicio de seguridad y vigilancia con la finalidad de proteger y prevenir la comisión de hechos delictivos tales como robos, hurtos y actos vandálicos. 1. GENERALIDADES La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, requiere contratar los servicios de seguridad y vigilancia permanente para el edificio Palacio Pereira y para el estacionamiento externo de calle Manuel Rodríguez, para resguardar las dependencias, instalaciones y bienes muebles del edificio señalado, como también velar por la seguridad de las personas en dicho lugar y quienes concurran a las instalaciones, mediante la disposición de personal idóneo y capacitado para efectuar labores de vigilancia, con protocolos de operación para ejecutar el servicio de manera correcta. El Palacio Pereira es un edificio público plurifuncional que mantiene un flujo constante de funcionariado y público general. El personal de seguridad debe facilitar accesos, desplazamientos y usos de sus recintos para la diversidad de funciones. Para el caso del público general, el personal de seguridad debe resguardar la integridad del edificio y las exhibiciones objetos patrimoniales sin afectar la experiencia del recorrido. Una actitud de amabilidad hacia las personas en todo momento es fundamental para su labor, así como mostrarse a disposición para entregar información general del edificio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SUBSECRETARÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL
R.U.T.:
62.000.370-0
Dirección:
HUERFANOS 1515
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-08-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-07-2022 13:14:00
Fecha inicio de preguntas: 20-07-2022 11:00:00
Fecha final de preguntas: 22-07-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-07-2022 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-08-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-08-2022 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-08-2022 14:44:29
Fecha de entrega en soporte fisico 04-08-2022
Fecha estimada de firma de contrato 24-08-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 4 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- I. BASES ADMINISTRATIVAS 1. OBJETO DE LA LICITACIÓN La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, en adelante “la Subsecretaría”, requiere contratar el servicio de seguridad y vigilancia permanente para el edificio Palacio Pereira y estacionamiento externo de calle Manuel Rodríguez, para cuyo efecto invita a personas naturales, jurídicas y uniones temporales de proveedores del rubro, a formular ofertas conforme a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la presente licitación. 2. DEL OFERENTE 2.1.- Requisitos del Oferente: Podrán participar en la presente licitación pública, personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar el respectivo contrato, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores del Estado una vez adjudicada la licitación. 2.1.- No podrán participar: a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886. b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley de Compras, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de suministro de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”. c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8° de la Ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero. d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del DFL N°1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia. 3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN ACTIVIDAD PLAZOS DESDE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES Publicación del llamado en www.mercadopublico.cl 0 día Recepción de consultas y solicitud de aclaración 5° día Respuestas y/o aclaraciones 8° día Recepción de propuestas 20° día Apertura electrónica de propuestas 21° día Fecha estimada de evaluación de las propuestas 25° día Fecha estimada de Adjudicación 35° día Fecha máxima entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato 38° día Fecha estimada de firma del contrato 40° día En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, hasta las quince horas. En caso que cualquiera de los otros plazos venza en un día inhábil, entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente. 4. CONSULTAS Y ACLARACIONES 4.1. Recepción de consultas y aclaraciones: Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del sitio www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma. 4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones: Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal, recibidas en la fecha y horario indicado las que formarán parte integrante de las bases de la licitación. Dentro del mismo plazo, se efectuarán aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y/o sus Anexos, sin que medie consulta, siempre que la Subsecretaría lo considere adecuado. Tanto las respuestas como las aclaraciones serán públicas y vinculantes para los oferentes. 5. DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADOPUBLICO. El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su cronograma de actividades, documentos que, con sus modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. La publicación del llamado constituirá el día cero (o) del cronograma, a partir del cual se contarán los plazos para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso concursal. Los días sábado, domingo y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de la apertura de antecedentes y ofertas. En caso que este día recayese en sábado, domingo o festivo, la apertura se efectuará el día hábil inmediatamente siguiente, a la hora establecida. 6. DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES 6.1. Aceptación de los términos de las bases: La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, sin necesidad de declaración expresa. La presente licitación se efectuará, desarrollará y contratará de acuerdo a las normas contenidas en las Bases Administrativas y Técnicas. En caso de discordancia entre éstas, se aplicará el siguiente orden de prelación: a) Bases Administrativas, b) Bases Técnicas, c) Respuesta a las Consultas y Aclaraciones, d) Oferta del Adjudicado, e) Resolución de adjudicación, y f) Contrato. 6.2. Interpretación de las bases: La Subsecretaría se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República. 7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS (RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS) Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación (punto N° 3 de estas bases) a través de la plataforma Mercado Público. Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo antes señalado, por lo que una vez expirado no se admitirá propuesta alguna, salvo lo dispuesto en el artículo 62 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respecto a postulaciones en soporte papel. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. 7.1. Validez de las propuestas Las propuestas deben tener una validez no inferior a sesenta (60) días hábiles, contados desde el término del plazo para la presentación de las mismas no pudiendo el Proponente, por sí, alterar cualquiera de sus términos. 8. VALOR TOTAL MÁXIMO DE LA LICITACIÓN Para esta licitación se dispone de un presupuesto máximo de $290.000.000. - (dos cientos noventa millones de pesos) IVA incluido. Las ofertas que excedan dicho presupuesto, serán declaradas inadmisibles por no ser del interés de la institución. Los gastos que surjan del presente proceso licitatorio corresponden a la imputación presupuestaria del presupuesto disponible para la Subsecretaría para el año 2022 y 2023 según disponibilidad presupuestaria. 9. PRECIO DEL CONTRATO El precio o valor deberá ser ofertado por el proponente en su respectiva Oferta Económica, la que se debe presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, expresándola en la forma establecida en el ANEXO 4 en pesos, impuesto incluido si correspondiere. Todos los costos, gastos, impuestos y demás eventuales cargos asociados a la contratación deben estar incluidos en la respectiva Oferta Económica. Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no existirá derecho a reembolso alguno por parte de la Subsecretaría. 10. FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA ECONÓMICA La oferta económica se presentará a través del portal www.mercadopublico.cl, expresada en pesos, en conformidad al ANEXO 4, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado. La oferta económica a ser indicada en la línea de oferta del portal www.mercadopublico.cl, debe realizarse por la suma total de los servicios solicitados en valor neto (sin impuestos). Asimismo, el oferente debe adjuntar en www.mercadopublico.cl un archivo con su oferta económica (en formato PDF) con el detalle de precio para los servicios incluidos en esta licitación. La oferta económica en el ANEXO 4, debe incluir todos los gastos, impuestos y demás eventualidades que se deriven de los servicios licitados. No existirá posibilidad de que algún costo adicional al valor ofertado sea cobrado a la Subsecretaría. Por tanto, los gastos en que incurran los oferentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo sin que exista derecho a reembolso alguno. 11. FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA TÉCNICA Debe presentarse una Oferta Técnica que contenga el servicio que se solicita conforme a las especificaciones contenidas en las Bases Técnicas y sus anexos a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl. 12. ANTECEDENTES LEGALES Para participar en este proceso de Licitación, cada oferente deberá entregar una serie de documentos legales, los cuales se detallan a continuación: 12.1. Persona Jurídica: a) Identificación del oferente, que deberá contener su razón social, Rol Único Tributario y domicilio; el nombre de su representante legal, dirección de correo electrónico y número de teléfono (Fijo y Móvil), según Anexo 1. b) Copia simple de Certificado de vigencia de la sociedad, correspondiente al año 2021. c) Declaración Jurada Simple, según Anexo 2 Y 3. 12.2.- Persona Natural: a) Identificación del oferente, la que deberá contener: su Nombre Completo, N° de Cédula de Identidad, Domicilio, Dirección de correo electrónico, Números telefónicos de contacto (Fijo y Móvil), según Anexo 1. b) Copia simple del Formulario de Inicio de actividades o algún documento emitido por Servicio de Impuestos Internos que dé cuenta del inicio de actividades en el giro correspondiente. c) Declaración Jurada Simple, según Anexo 2 Y 3. 12.3.- Unión Temporal de Proveedores (UTP): a) Documento público o privado que da cuenta del acuerdo, que contenga las menciones indicadas en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886. b) Cada integrante de la UTP deberá presentar los antecedentes indicados en los numerales 2 y 3 para persona jurídica y persona natural, según corresponda. c) Declaración Jurada Simple, según Anexo 1, 2 Y 3. En el caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá acompañar copia simple de escritura pública de constitución de la sociedad y las eventuales modificaciones en su caso y copia de escritura pública que acredite la personería de su representante legal. Tratándose de UTP, deberá acompañar, además, escritura pública en el que conste el acuerdo de constitución. Los documentos señalados en el párrafo precedente deberán ser entregados en el plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, en caso de no ser presentados en el plazo señalado, se podrá adjudicar la Licitación al oferente que siga de acuerdo al orden de evaluación de las ofertas o bien, declarar desierta la licitación según corresponda. 13. APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de la apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, liberándose automáticamente las ofertas en el plazo establecido en el Cronograma de Actividades de las presentes Bases. Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. 14. RESPONSABILIDAD DE LOS OFERENTES EN LA PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES Y OFERTAS Será de responsabilidad de los oferentes constatar que el envío de sus Ofertas Técnicas y Económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los documentos anexos requeridos en las Bases. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el oferente para su resguardo. La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, estos oferentes dispondrán de un plazo fatal de 48 horas, contado desde el requerimiento, el que se informará a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl, los antecedentes solicitados, deberán acompañarse en la forma señalada en el numeral 12 de las presentes bases, según sea el caso. Tratándose de UTP, el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo deberá ser presentado al momento de ofertar, la omisión de este documento no podrá ser subsanada por la vía expuesta en el párrafo precedente. La Subsecretaría podrá comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por el oferente. De constatarse la falsedad de cualquiera de éstos, el oferente quedará fuera del proceso de licitación. En el evento que el oferente no presentare las certificaciones o antecedentes en el plazo otorgado, se considerará que no ha cumplido con los requerimientos exigidos en estas Bases. 15. MODIFICACIONES A LAS BASES La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación. 16. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La evaluación será realizada por una comisión integrada por: • Un (a) representante de Extensión; • Un (a) representante de la Administración del Edificio; • Un (a) representante del Departamento de Gestión de Proyectos; Los integrantes de la Comisión deberán suscribir una declaración jurada simple sobre ausencia de conflicto de intereses y compromiso de confidencialidad. Adicionalmente, una representante de la Unidad de Administración y Finanzas de la Subsecretaría actuará como secretaria de actas. La Comisión Evaluadora en forma previa al acto de evaluación de las ofertas obtenidas del portal www.mercadopublico.cl, analizará que los oferentes hayan dado cabal cumplimiento a lo solicitado en las presentes Bases. En caso de incumplimiento podrá declararse la inadmisibilidad de dichas ofertas, sin proceder a su evaluación. La Comisión Evaluadora, en el ejercicio de su cometido, podrá adoptar los acuerdos necesarios y pertinentes para el desarrollo de su labor, resguardando siempre la objetividad y los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases. El acta de la comisión evaluadora contendrá las materias señaladas en el artículo 40 bis del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 17. CONSULTAS ACLARATORIAS A LOS OFERENTES Durante el proceso de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora de estimarlo necesario podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, en conjunto o por separado, para aclarar puntos o aspectos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl. El ejercicio de esta facultad en ningún caso podrá significar alteración o modificación de aspectos sustanciales de la oferta presentada originalmente. 18. POSIBILIDAD DE SUBSANAR ERRORES U OMISIONES FORMALES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Durante el proceso de evaluación la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten, a juicio de la Subsecretaría, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. 19. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIONES Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1. Oferta Económica 44% 2. Propuesta Técnica 52% 3. Cumplimiento requisitos formales 4% 19.1. OFERTA ECONÓMICA: 44% (ANEXO 4): La oferta económica se presentará a través del portal www.mercadopublico.cl, expresada en pesos, en conformidad al ANEXO 4, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado. La oferta económica debe ser indicada en la línea de oferta del portal www.mercadopublico.cl, debe realizarse por la suma total de los servicios solicitados en valor neto (sin impuestos). Asimismo, el oferente debe adjuntar en www.mercadopublico.cl un archivo con su oferta económica (en formato PDF) con el detalle de precio para los servicios incluidos en esta licitación. La oferta económica debe incluir todos los gastos, impuestos y demás eventualidades que se deriven de los servicios licitados. No existirá posibilidad de que algún costo adicional al valor ofertado sea cobrado a la Subsecretaría. Por tanto, los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo sin que exista derecho a reembolso alguno. Definiciones: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: (ANEXO 4) POE: (44%) X OEB/OEE) 19.2. OFERTA TÉCNICA: 52%: 19.2.1. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (ANEXO 5) (20%) Este ítem evaluará la experiencia demostrable del oferente en materia específicamente de la presente licitación (servicio de seguridad y vigilancia en contratos superiores a $ 40.000.000.-), la que deberá ser detallada en anexo N° 5, y ser acreditados mediante órdenes de compra, facturas, contratos y/o cartas de recomendación. Solo serán considerados los antecedentes detallados en el anexo N° 5 con sus acreditaciones correspondientes detallando monto y servicio específico. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (20%) PONDERACION Acredita experiencia de más 18 contratos similares dentro de los últimos 5 años 20% Acredita experiencia entre 10 y 17 contratos similares dentro de los últimos 5 años 17% Acredita experiencia entre 7 y 9 contratos similares dentro de los últimos 5 años 14% Acredita experiencia entre 4 y 6 contratos similares dentro de los últimos 5 años 10% Acredita experiencia entre 1 y 3 contratos similares dentro de los últimos 5 años 5% No acredita experiencia 0% 19.2.2.- CONDICIONES DE REMUNERACION (ANEXO 6) (21%) Se evaluará con el mejor puntaje al oferente que presente las mejores condiciones laborales para los trabajadores (guardias de seguridad y supervisor) que prestaran los servicios de seguridad y vigilancia permanente en las dependencias del Palacio Pereira y el estacionamiento externo, según lo requerido en las bases técnicas, para ellos deberán acompañar una tabla (ANEXO 6) que indique claramente la remuneración liquida para los guardias y el supervisor. EL SUELDO LIQUIDO MENSUAL POR TRABAJADOR DEBERÁ SER IGUAL O SUPERIOR A LOS $600.000. Para efectos de la evaluación se tomará en cuenta el valor total mensual para el cálculo. El cual será verificado al momento de realizar el pago de los servicios mensuales del oferente. *En caso de no presentar el anexo 6 antes individualizado, la oferta será declarada inadmisible por no ser del interés de la institución. *El sueldo líquido mensual por trabajador debe ser igual o superior a los $600.000, por jornada de trabajo de 4x4x12. FACTOR PONDERACIÓN Promedio sueldo líquido ofertado (20 Guardias) 20% Supervisor 1% PRTO= (ROE X %)/OMR, Donde: PRTO= Puntaje de la remuneración imponible e incentivos de trabajadores presentada en la oferta OMR= Oferta con mayor remuneración ROE= Remuneración de la oferta en evaluación. La fórmula se aplicará al total del monto destinado a la remuneración líquida a percibir por el personal, (se deben detallar acorde al anexo 6), se excluyen de la presente fórmula los gastos operacionales del proveedor. El oferente deberá acompañar certificado de planillas pagadas en sistema Previred (o presencialmente, según corresponda) todos los meses. Se deberá también acompañar finiquito debidamente autorizado para aquellos trabajadores que no continúen prestando sus servicios al adjudicatario, se deberá adjuntar las liquidaciones de sueldos firmadas por los trabajadores. Asimismo, deberá acompañar los certificados vigentes de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo actualizado (F30 F30-1) todos los meses. Se deja constancia que la remuneración debe ser reajustada anualmente, a lo menos, de acuerdo a la variación experimentada por el IPC del período anterior. 19.2.3.- EXPERIENCIA DEL PERSONAL QUE EJECUTARÁ EL SERVICIO (ANEXO 7) (11%) Este ítem evaluará la experiencia del personal que participe en el proyecto. Para poder ser evaluados, todos los oferentes deben presentar antecedentes de cada uno de las personas involucradas en el proyecto, completando el anexo N° 7, aportando todos los datos en este solicitado del modo más completo posible. En caso de que no se acompañe el personal solicitado (mínimo 20 guardias y 1 supervisor), no cumpla el perfil solicitado en el punto 2 de las Bases Técnicas, o no se adjunte según formato Anexo N° 7, la oferta será declarada inadmisible. La presente tabla se aplicará por separado a cada guardia de seguridad que se solicitan en la presente licitación, promediándose el puntaje entre ellos: EXPERIENCIA DE PERSONAL 11% PONDERACIÓN Experiencia demostrable de más de 5 años como guardia de seguridad en los últimos 10 años. 11% Experiencia demostrable de entre 4 y 5 años como guardia de seguridad en los últimos 10 años. 8% Experiencia demostrable de entre 3 y 4 años como guardia de seguridad en los últimos 10 años. 5% Experiencia demostrable de entre 1 y 2 años como guardia de seguridad en los últimos 10 años. 3% Sin experiencia demostrable en los últimos 10 años como guardia de seguridad. 0% Se debe adjuntar el Curriculum vitae –en formato anexo 7- de cada uno de los guardias de seguridad presentados para el proyecto, indicando claramente los años en que ha ejercido la función de guardia de seguridad, vigilante o asimilable y adjuntando en cada caso los documentos que acrediten su experiencia. La experiencia mínima de cada guardia de seguridad debe ser de 1 año. La experiencia que indique cada guardia en el formato anexo 7 debe ser acreditada mediante: - Contratos de trabajo, donde especifique la función de guardia de seguridad, vigilante o asimilable; - Contrato a honorarios de prestación de servicios, donde especifique la función de guardia de seguridad, vigilante o asimilable; - Cartas de recomendación individual indicando el periodo de las funciones; y - Cualquier otro documento que acredite fehacientemente funciones realizadas en calidad de guardia de seguridad, vigilante o asimilable. Se deja constancia que la remuneración debe ser reajustada anualmente, a lo menos, de acuerdo a la variación experimentada por el IPC del período anterior. 19.3.- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DENTRO DE PLAZO (4%). Oferta técnica y económica (2%) PONDERACIÓN Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 2% Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0% Documentos legales (2%) PONDERACIÓN Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2% Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos administrativos requeridos en las bases, de acuerdo al numeral 19), a solicitud de la Subsecretaría, en el plazo establecido en el numeral 15. 0% Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de cada uno de los puntajes de los criterios evaluados, incluyendo dos de sus decimales y sin aproximación. A partir del puntaje final, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los seleccionados de acuerdo a la evaluación de las ofertas. En caso de empate en las evaluaciones entre dos o más oferentes, el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera instancia la Propuesta técnica en su conjunto, en segunda instancia la Oferta económica, y en caso de persistir el empate, será el mayor puntaje en Condiciones de Remuneración (anexo 6). La nota mínima de adjudicación será el porcentaje del 39% en el criterio “Propuesta Técnica” (de un total de 52%). En el caso que la oferta obtenga un porcentaje inferior en dicho criterio, no será adjudicada por poner en evidente riesgo la correcta ejecución del servicio. La Comisión Evaluadora dejará establecido en un acta cuál es la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación, la cual deberá firmarse por los asistentes. En virtud de esta evaluación, propondrá adjudicar los servicios licitados mediante el acto administrativo correspondiente. Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas las propuestas sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. De igual forma, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación según la conveniencia o inconveniencia de las ofertas que se presenten. 20. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL ADJUDICATARIO. Dentro del plazo indicado en el numeral 3 de las bases administrativas, la Subsecretaría adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente se estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación, puntaje y ponderación establecidos en las presentes Bases. El oferente cuya oferta haya sido seleccionada de este modo, será entonces, denominado adjudicatario. La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada de la Subsecretaría que será notificada a los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl de conformidad con lo dispuesto para el efecto en la ley N º 19.886 y su reglamento. En el evento que la adjudicación no se realizare en el plazo descrito en el párrafo precedente, la Subsecretaría, mediante un acto administrativo, indicará en el Sistema de Información las razones que justifiquen dicho incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. La Subsecretaría se reserva el derecho de poder re adjudicar, el presente proceso licitatorio, al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente, en el caso que el oferente adjudicado no aceptare la orden de compra, o no hace entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a las cláusulas indicadas en las presentes Bases. 21. EVENTUAL RECHAZO DE LAS OFERTAS O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Legales del oferente. Se declararán inadmisibles las ofertas que: a) Incumplan la entrega de los antecedentes solicitados por la Comisión de Evaluación en el plazo establecido, cuando éstos sean imprescindibles para evaluar las ofertas; b) No entreguen oferta técnica, oferta económica o los antecedentes legales obligatorios y esenciales establecidos en el punto 12 de las bases administrativas, salvo que cumplan con los plazos establecidos en el punto 14 de las bases administrativas; c) Sean presentadas por Oferentes excluidos de la posibilidad de contratar con los órganos públicos de conformidad al artículo 4° de la Ley Nº19.886; d) Las ofertas que excedan el monto de $290.000.000 IVA incluido; Asimismo, la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna. 22. DEL CONTRATO El contrato escrito será elaborado por la Subsecretaría de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a las bases. En el contrato deberá quedar establecido que el Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, el que podrá ser personal en funciones o contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, honorario u otra modalidad, y que la Subsecretaría no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley Nº 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. El contrato que la Subsecretaría suscriba con el adjudicatario deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia. 23. VIGENCIA DEL CONTRATO El contrato que se suscriba con el adjudicatario tendrá una vigencia de 12 meses a contar de la fecha de inicio de actividades (la cual será siempre posterior a la emisión de la orden de compra en el sistema www.mercadopublico.cl). Por razones de buen servicio y continuidad del mismo, la ejecución del servicio, puede comenzar a contar desde la adjudicación, sin perjuicio que el pago a que da origen se efectúe con posterioridad a la total tramitación de la resolución administrativa que lo aprueba. La total ejecución de los servicios y su término serán certificados por la jefatura de la Unidad Requirente. 24. RENOVACIÓN DEL CONTRATO Dada la importancia de dar continuidad permanentemente al servicio de seguridad y vigilancia permanente para el edificio Palacio Pereira y estacionamiento externo de calle Manuel Rodríguez, mediante resolución fundada se podrá renovar por un período de 12 meses, siendo facultativa para la Subsecretaría la autorización de la renovación y la determinación del plazo, según el análisis de gestión del contrato, evaluación del proveedor, valores de mercado y disponibilidad presupuestaria. De renovarse el contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento. En este caso, el precio se reajustará de acuerdo al porcentaje de variación experimentado por el IPC del periodo de vigencia del contrato anterior, en base a la información dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadísticas, a la fecha de la resolución que aprueba la renovación del contrato. 25. POSIBILIDAD DE AUMENTO DE LOS SERVICIOS En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, la Subsecretaría podrá aumentar los servicios contratados hasta en un 30% del monto del contrato, debiendo aumentarse el monto y la vigencia de las garantías. 26. DESISTIMIENTO DE LAS PROPUESTAS Si la Póliza de garantía y demás documentos necesarios e indispensables para la elaboración del contrato no fueran entregadas en los plazos establecidos en el “Cronograma de Actividades”, por causas imputables al Adjudicatario, la Subsecretaría se reserva el derecho de proceder a re adjudicar o a efectuar un nuevo llamado a Licitación, mediante resolución fundada. 27. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO Para los efectos establecidos en estas bases, el “requirente” y posterior “Administrador del Contrato” será la Administración del Edificio Palacio Pereira. La Subsecretaría, con el objeto de coordinar y supervisar el correcto cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, tendrá las siguientes facultades: 27.1. A través de la Unidad de Administración y Finanzas: a) Mantener actualizado el archivo con la totalidad de los antecedentes originales del contrato. b) Elaborar el expediente de pago e iniciar el proceso de pago centralizado. c) Fiscalizar, previo al pago, el cumplimiento de la normativa laboral mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales del adjudicatario, otorgado por la Dirección del Trabajo. Tratándose de UTP, cada uno de sus integrantes debe acompañar dicho certificado, si correspondiere; 27.2. A través de la Unidad Técnica: a) Solicitar facturación de acuerdo a los términos establecidos en las bases de licitación y en el contrato; b) Se debe adjuntar la siguiente documentación (mes recepcionado o servicio adicional efectuado): • Certificado de pago de leyes sociales del personal que realizó los servicios, en el mes correspondiente. • Contratos de Trabajo Individual al inicio del servicio. • Liquidaciones de sueldo correspondientes al mes, debidamente firmado por los trabajadores. • Hoja de asistencia de personal completa. • Certificado de cumplimientos de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (DT), del mes al cual corresponde el pago por el servicio devengado. • Otros antecedentes vinculados a la normativa laboral vigente, ejemplo: comprobante de tramitación de licencias médicas, entre otros. • Adicionalmente en casos de existir rotación o movimiento en el personal, deberá presentar: • Contrato de trabajo ante nuevos ingresos. • Anexos de contrato del periodo. • Nómina de todos los trabajadores desvinculados en el período a certificar y notificación, con indicación de la causal invocada y duración de la relación laboral. • Finiquitos de trabajo de los trabajadores desvinculados, ratificados ante un Ministro de Fe, y originado en el mismo período. De no adjuntar la documentación antes descrita completa, no procederá a la recepción conforme del servicio. De no recibir toda la documentación después de 30 días, se registrará anotación de incumplimiento. c) Emitir el informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios por parte del adjudicatario. Este documento versará sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el adjudicatario y será condición para la aprobación del pago por parte de la Unidad de Administración y Finanzas; d) Aprobar los pagos, previo informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios; e) Evaluación del proveedor al finalizar el contrato; f) En caso de proceder multas, calcular su monto e informar a la Unidad de Administración y Finanzas y Unidad Jurídica, mediante un informe detallado de la(s) causa(s); g) En caso de incumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, informar y acompañar los antecedentes a la Unidad de Administración y Finanzas mediante un informe fundado de incumplimiento de productos y/o servicios; h) Mantener actualizado el archivo con la totalidad de las copias de los antecedentes del contrato. 27.3 A través de su Unidad Jurídica: a) En su caso, determinar la aplicación de las multas que correspondan, con el mérito del informe de incumplimiento y los antecedentes aportados por el Administrador del Contrato, así como los respectivos descargos formulados por el adjudicatario. Por su parte, el adjudicatario designará un coordinador que se relacionará con el/la funcionario/a designado/a por la Unidad Técnica para coordinar la ejecución del contrato, así como los efectos a que haya lugar con ocasión de su incumplimiento. El Requirente será responsable de la supervisión directa del cumplimiento del contrato. 28. SUBCONTRATACIÓN El adjudicatario no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial o total del contrato. 29. DEL PAGO El pago del servicio se efectuará en 12 pagos mensuales en cuotas iguales de acuerdo con el monto indicado por el adjudicatario en su oferta económica, cada mes por el valor del servicio utilizado, previa recepción conforme del servicio emitido por la Jefatura de la Unidad requirente y, presentación de la correspondiente documentación tributaria por parte del adjudicatario, ingresada a la Subsecretaría. Se deja constancia que en el caso que la empresa incurra en faltas de dotación se realizará descuento por el valor diario de cada servicio no prestado estipulado en el anexo 9 de las presentes bases. Se deja expresa constancia que la factura será solicitada al adjudicatario una vez recibido conforme los servicios, lo que deberán acreditarse mediante el respectivo informe por la encargada de la Administración del Edificio. La Unidad Técnica, solicitará por correo electrónico al proveedor el envío de la factura correspondiente el servicio requerido. El proveedor deberá enviar previo a la factura, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1) y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30), ambos emitidos por la Dirección del Trabajo. Igualmente, debe presentar de forma mensual las liquidaciones de remuneraciones firmadas de todo el personal, previo al envío de la factura. Si los servicios son recepcionados conformes, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la recepción de la factura, extendida a nombre de Subsecretaría del Patrimonio Cultural, RUT N°62.000.370-0, domiciliada en Huérfanos 1515, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Si el documento tributario emitido se encuentra cedido a factoring, deberán informarlo a través del medio dispuesto por el servicio de impuestos internos y adicionalmente, mediante correo electrónico dirigido a la unidad técnica con copia la unidad de administración y finanzas. Con todo, dentro del plazo máximo de 8 (ocho) días, contados desde la recepción de la factura, la Subsecretaría podrá reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de la documentación. Dicho reclamo será puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente, conforme lo autoriza el artículo 3 Nº 2 de la ley Nº 19.983, que regula transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. La Dirección de Presupuestos ha impulsado la iniciativa relacionada con la recepción centralizada de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), por tanto, el archivo XML de su factura, debe ser enviado al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com. Dicho requisito también es obligatorio para el pago de su factura. La Subsecretaría procederá al devengo, manual o automático, y éste será enviado a pago centralizado de la Tesorería General de la República, en donde el proveedor deberá ingresar con su clave única para revisar y hacer seguimiento de su pago efectivo. En todo caso, no procederá pago alguno mientras no se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo. 30. MULTAS Las multas y sanciones descritas en este punto, se refieren a situaciones de incumplimiento en el desempeño del servicio solicitado, equivalentes a: • 5 UTM por cada notificación que se le haga al adjudicatario por no prestar un buen servicio de trabajo, de acuerdo a lo establecido en las bases técnicas, con un tope de 12 notificaciones durante la ejecución del contrato. • 3 UTM cuando algún individuo del personal del servicio no acate las normas internas de higiene y seguridad del edificio, con un tope de 12 multas durante la ejecución del contrato. • 3 UTM diarias cuando no se cumpla con la dotación ofertada en su contrato , con un tope de 4 multas en el mes y de 48 multas durante la ejecución del contrato. La Unidad técnica, elaborará el informe de las multas, el cual deberá contener las observaciones, hechos que motiven y fechas asociadas y serán notificadas mediante comunicación escrita. La multa se aplicará, por acto administrativo fundado de la Subsecretaría, previo informe, que indicará además el monto a pagar por concepto de multa. La resolución sancionadora será notificada mediante comunicación escrita al contratante y publicación en el Portal. Dichas multas no se aplicarán si la falta se produce por caso fortuito o de fuerza mayor, previa comunicación por escrito de la Empresa y calificación conforme por parte de la Subsecretaria, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados. La Empresa podrá reclamar de su aplicación a la Subsecretaría dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación, esta deberá resolverse dentro de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el adjudicatario en forma total o parcial o bien, la rechazará confirmando la multa respectiva. No habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, la Subsecretaría aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la Empresa deberá efectuar el pago correspondiente a la multa. Si no lo hiciere, la Subsecretaría podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley 19.886. No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Subsecretaría en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir. La Empresa, deberá comunicar por escrito a la Unidad Técnica, la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento, considerado como causa ajena a la voluntad de las partes o caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá de 5 días hábiles, a contar del día de producido dicho evento. Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, permitirá a la Subsecretaría descontar del pago de la cuota correspondiente al mes de la prestación del servicio el valor correspondiente a la falta de la dotación sin justificación alguna, independientemente de la multa cursada por la falta de dotación. 30.1. Procedimiento de aplicación de las multas: En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente: a) La Unidad de Administración y Finanzas, mediante Oficio, comunicará al adjudicatario que ha incurrido en un incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran. Dicho Coordinador conocerá y analizará los descargos del adjudicatario, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Oficio remitido por el Coordinador. Si este último, estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Subsecretario del Patrimonio Cultural, solicitando que se aplique la multa que corresponda indicando la causal específica del incumplimiento y el monto de la multa. b) La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, analizará los antecedentes y, de ser procedente, aplicará la multa mediante una resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al adjudicatario, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación a la administradora del contrato de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural. c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, al adjudicatario le asistirá el derecho de interponer alguno de los siguientes recursos: (i) el recurso de reposición ante quien suscriba la resolución; (ii) recurso de reposición con jerárquico en subsidio, para que conozca el superior jerárquico de quien suscribe la resolución en caso que el recurso de reposición sea rechazado; y (iii) recurso jerárquico ante el superior jerárquico de quien suscriba la resolución. El plazo de presentación de los referidos recursos es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley. Se hace presente que la notificación por correo electrónico, se entenderá practicada el día y hora de su válido envío por parte de la Subsecretaría. d) Si se rechazaran los recursos señalados, se procederá al cobro de la multa en conformidad a lo dispuesto en la letra e. e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes. f) La multa respectiva se pagará mediante Transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, Cuenta Corriente Banco Estado N°23909000688 con copia al correo electrónico pagospatrimonio@cultura.gob.cl indicando que se trata de una multa, esto dentro de los 10 días hábiles siguientes, a contar del día siguiente de la notificación de la multa. g) Se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Subsecretaría sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado. h) La Subsecretaría del Patrimonio Cultural aplicara el descuento en la cuota correspondiente al mes de la prestación del servicio, de la dotación que faltara en el transcurso del mes sin justificación alguna presentada a la unidad técnica, independiente de la multa cursada. 31. CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del adjudicatario durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar a la Subsecretaría a entablar las acciones judiciales que correspondan contra del adjudicatario, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. 32. TÉRMINO DEL CONTRATO Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento. En lo que concierne a la causal de la letra b) del artículo 13, y del numeral 2 del artículo 77, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos: a) Cuando el adjudicatario demore más de 20 días corridos en poner en marcha el servicio, con respecto a lo comprometido en la oferta y/o establecido en las bases de licitación. b) Cuando el adjudicatario no cumpla con los plazos establecidos por exclusiva responsabilidad. Asimismo, la Subsecretaría podrá poner término anticipadamente al contrato en los siguientes casos: a) Disolución de la sociedad o consorcio adjudicatario y no tuviese continuador legal. b) Fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la Subsecretaría. c) Estado notorio de insolvencia del Contratista o por adquirir la calidad de "empresa deudora" en los términos de la Ley 20.720, de "Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas". d) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del adjudicatario hacia sus trabajadores. e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de manera que se asegure el cumplimiento del contrato. f) Acumular multas por un monto equivalente al 20% del valor del contrato. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, la Subsecretaría por resolución fundada podrá poner término anticipado al contrato, procediendo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En cualquiera de los casos señalados previamente, la Subsecretaría podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 33. GARANTÍAS 33.1. Garantía de Seriedad de la Oferta La parte oferente deberá entregar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo oferente en una institución comercial con oficinas en Santiago, con las siguientes características: Tipo de documento: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. Beneficiario: Subsecretaría del Patrimonio Cultural, RUT N° 62.000.370-0 Pagadera: A la vista e irrevocable Vigencia mínima: 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de cierre recepción de las ofertas Expresada en: Pesos Chilenos Monto: 500.000.-. (quinientos mil pesos). Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta “PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES REFERENTES A PRESTAR EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE PARA EL EDIFICIO PALACIO PEREIRA Y ESTACIONAMIENTO EXTERNO MANUEL RODRIÍGUEZ”. Forma y Oportunidad de su restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato y firmado el contrato respectivo. En conformidad con el inciso segundo del artículo 31 del D.S. N° 250, Reglamento de la Ley N° 19.886, la garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue físicamente, se deberá entregar en Oficina de partes de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, ubicada en Huérfanos 1515, comuna de Santiago, en un sobre cerrado, caratulado de la siguiente forma: “GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA” LICITACIÓN “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE PARA EL EDIFICIO PALACIO PEREIRA Y ESTACIONAMIENTO EXTERNO MANUEL RODRÍGUEZ” Subsecretaría del Patrimonio Cultural ___________________________________ Huerfanos 1515, Santiago IDENTIFICACIÓN OFERENTE: RUT OFERENTE: DIRECCIÓN OFERENTE: TELÉFONO OFERENTE: E-MAIL OFERENTE: En el caso que la garantía sea electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. 33.2.- GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y previsionales del Adjudicatario, según lo dispone el artículo 11 de la Ley N° 19.886, este deberá entregar, al momento de la firma del Contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Certificado de Depósito o Seguro de Garantía. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en Santiago, a la vista, irrevocable y a la orden de “Subsecretaría del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa: “Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES REFERENTES A PRESTAR EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE PARA EL EDIFICIO PALACIO PEREIRA Y ESTACIONAMIENTO EXTERNO MANUEL RODRIGUEZ”, de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos o U.F. y ser equivalente al diez por ciento (10%) del precio total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos a partir de la fecha de inicio de actividades. En conformidad con el inciso tercero del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.866, la garantía de fiel cumplimiento podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que el adjudicatario no entregue la garantía de acuerdo a los plazos establecidos en el numeral 3 de las Bases Administrativas, la Subsecretaría podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar al segundo oferente mejor evaluado. Así también, la Subsecretaría podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de la respectiva garantía si el adjudicatario demora en la firma del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el numeral 4 de las Bases Administrativas. En caso de cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el monto de la misma será considerado como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan. 33.2.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA La Subsecretaría devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato y previa evaluación del proveedor por parte de la Unidad Técnica. La Unidad de Administración y Finanzas deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. 34. ANTECEDENTES QUE CONFORMAN LA PROPUESTA Y EL CONTRATO RESULTANTE. Bases Administrativas Bases Técnicas Las consultas y solicitudes de aclaraciones y sus respuestas Oferta Técnica y Económica, en todo lo que no contravenga las bases de licitación Adjudicación Documentos Legales señalados en estas Bases Contrato y su aprobación administrativa. Normativa legal y reglamentaria sobre Compras Públicas.
Documentos Técnicos
1.- III. BASES TÉCNICAS 1. GENERALIDADES La Subsecretaría del Patrimonio Cultural, requiere contratar los servicios de seguridad y vigilancia permanente para el edificio Palacio Pereira y para el estacionamiento externo de calle Manuel Rodríguez, para resguardar las dependencias, instalaciones y bienes muebles del edificio señalado, como también velar por la seguridad de las personas en dicho lugar y quienes concurran a las instalaciones, mediante la disposición de personal idóneo y capacitado para efectuar labores de vigilancia, con protocolos de operación para ejecutar el servicio de manera correcta. El Palacio Pereira es un edificio público plurifuncional que mantiene un flujo constante de funcionariado y público general. El personal de seguridad debe facilitar accesos, desplazamientos y usos de sus recintos para la diversidad de funciones. Para el caso del público general, el personal de seguridad debe resguardar la integridad del edificio y las exhibiciones (objetos patrimoniales) sin afectar la experiencia del recorrido. Una actitud de amabilidad hacia las personas en todo momento es fundamental para su labor, así como mostrarse a disposición para entregar información general del edificio. 2. DESCRIPCIÓN DE LAS DEPENDENCIAS. Se requiere servicio de seguridad y vigilancia, para las instalaciones, ubicadas en: a) Palacio Pereira, con acceso por calle Huérfanos 1515 y calle San Martín 342, comuna de Santiago, el cual está destinado principalmente para el desarrollo de labores administrativas y áreas de extensión, como un espacio abierto a la ciudadanía, por lo que cuenta con oficinas, salas de reuniones, corredores y patios; y para las áreas de extensión dispone de salas de exhibiciones, un auditorio, el Centro de Documentación (Cedoc) del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), un patio, una cafetería y una librería, con una superficie total de 6.429 metros cuadrados. Para el resguardo de dichas instalaciones, sus bienes y de su personal, se requiere contratar dicho servicio, con las características que se detallan en las presentes Bases Técnicas. El servicio que se solicita prestar debe ser acorde a lo estipulado en el decreto N° 867 de 2017, que “Dicta Reglamento sobre nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de seguridad privada”, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. PALACIO PEREIRA: HUÉRFANOS/SAN MARTÍN Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Util (m2) Superficie Construida (m2) -2 Archivo 50 598,86 Depósitos +Oficinas 105 Sala Seguridad 19 Bodega 36,05 SSHH Funcionarios 3,77 Kitchenette 1,27 Salas Técnicas 87,76 Circulaciones (incluye shafts) 231,68 Total Nivel 534,53 Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Util (m2) Superficie Construida (m2) -1 Auditorio 116,32 774,19 CEDOC 146,07 Oficinas 93,74 SSHH Personal Aseo+SSHH Guardias 55,56 SSHH Públicos 17,37 SSHH Funcionarios 1,51 Kitchenette 0,88 Circulaciones (incluye shafts) 143,27 Total Nivel 574,72 Patio 62,31 Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Util (m2) Superficie Construida (m2) 1 Área de Exposición 210,57 1.704,79 Cafetería - Área de Atención 119,23 Cafetería - Área de Preparación 19,9 Oficina de Partes 72,58 CEDOC 138,12 Oficinas 203,55 SSHH Públicos 7,93 SSHH Funcionarios 10,25 Kitchenette 2,15 Recintos Acceso Palacio 71,27 Bodega Librería 12,26 Crucero 248,67 Circulaciones (incluye shafts) 348,74 Total Nivel 1.465,22 Patio 318,07 Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Útil (m2) Superficie Construida (m2) Entrepiso CEDOC 27,15 422,67 Oficinas 195,56 SSHH Funcionarios 10,19 Kitchenette 2,19 Circulaciones (incluye shafts) 149,35 Total Nivel 384,44 Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Útil (m2) Superficie Construida (m2) 2 Oficinas 800,97 1.594,19 SSHH Funcionarios 18,57 Kitchenette 4,05 Circulaciones (incluye shafts) 359,46 Total Nivel 1.183,05 Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Útil (m2) Superficie Construida (m2) 3 Oficinas 397,18 721,54 SSHH Funcionarios 18,54 Kitchenette 4,13 Circulaciones (incluye shafts) 217,72 Total Nivel 637,57 Palacio Pereira Nivel Recintos Superficie Útil (m2) Superficie Construida (m2) 4 Casino - Área de Atención 65,95 613,6 Casino - Área de Preparación 43,24 Oficinas 283,61 SSHH Funcionarios 8,35 Kitchenette 1,98 Circulaciones (incluye shafts) 197,42 Total Nivel 600,55 Terraza 444,65 Recinto Superficie Útil (m2) Superficie Construida (m2) Superficie Total Palacio Pereira 5.380,08 6.429,84 Servicios Higiénicos Palacio Pereira Tipo Cantidad Superficie Útil (m2) SSHH Públicos 6 25,3 SSHH Personal Aseo +Guardias 9 55,56 SSHH Funcionarios 27 71,18 Total 42 152,04 Kitchenette Palacio Pereira Tipo Cantidad Superficie Útil (m2) Kichenette 13 16,65 Total 13 16,65 Áreas Públicas Palacio Pereira Tipo N° Recintos Superficie Útil (m2) Auditorio 1 116,32 CEDOC 1 165,27 Áreas de Exposición 4 210,57 Crucero 1 248,67 Terraza 1 444,65 Patio 1 380,38 Oficinas de Partes 2 72,58 Total 11 1.638,44 b) Estacionamiento Externo, ubicado en calle Manuel Rodríguez #311, este terreno cedido en comodato por el Poder Judicial a la Subsecretaria del Patrimonio Cultural, cuenta con un terreno de aproximadamente de 4.226 metros cuadrados con espacio para el estacionamiento de autos y bicicletas para los funcionarios del edificio y 2 conteiner (un conteiner de bodega y un conteiner para el turno de guardia). 3. OBJETIVOS Objetivo General Otorgar protección y seguridad tanto al patrimonio institucional, así como también a la integridad física de las personas que concurran y laboren en las dependencias del Palacio Pereira, pertenecientes del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y a visitantes. Este servicio debe ejecutarse con personal especializado y debidamente certificado (OS-10). Objetivos Específicos • Contar con adecuado sistema de protección, seguridad y operatividad, con personal idóneo y especializado en materias de seguridad, capaces de disuadir, prevenir y resolver cualquier situación o acto anómalo que ocurra dentro de las dependencias del Palacio Pereira, en las áreas determinadas a vigilar. • Contar con un equipo de vigilancia que permita controlar el acceso de funcionarios y de peatones que transiten en las dependencias señaladas. • Contar con un equipo de vigilancia capacitado para controlar y cautelar el desplazamiento de personas ajenas al Servicio y que interactúen con la institución y sus funcionarios. • Contar con un equipo de vigilancia capacitado para el resguardo de las colecciones artísticas y patrimoniales que se presenten en las salas de exhibiciones y/u otro recinto dentro del MH Palacio Pereira. Manteniendo un registro diario del estado de las obras, e informando oportunamente cualquier modificación o daño que sufra alguna obra en exhibición durante el turno. • Contar con personal de vigilancia preparado y capacitado para resolver, colaborar e interactuar con personal del Servicio y las visitas en situaciones de emergencia tales como combate de incendios, sismos, o manejo de situaciones críticas al mismo tiempo en que desarrollan las labores de vigilancia para los cuales fueron contratados. Para estos efectos, se entiende por guardia de seguridad aquellos que, sin tener la calidad de vigilantes privados, brinden personalmente seguridad o protección a bienes o personas, en general. (Artículo 12 del Decreto N° 93, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional). 4. CARACTERÍSTICAS El servicio a contratar consiste en la prestación de servicios de seguridad para las dependencias que se ubican en el edificio de Palacio Pereira. Cabe señalar que el Palacio Pereira atiende público y recibe visitantes en sus dos salas de exposiciones permanentes y en sus dos salas de exposiciones temporales, Galería interior (crucero), Centro de Documentación del Consejo de Monumentos Nacionales, Cafetería y Librería además de atender eventos artísticos y/o culturales en el Auditorio, Librería y en el patio interior. Por otra parte, existen espacios destinados a funciones administrativas y técnicas (oficinas). Todas dependencias que requieren de los servicios de seguridad, como también los pasillos, escaleras, accesos y perímetros del edificio. Los horarios en los cuales el Palacio Pereira permanece abierto al público son los siguientes: • lunes a viernes de 9:00 a 19:00 hrs. • sábados de 10:00 a 15:00 hrs. Es prudente señalar, que estos horarios pueden sufrir modificaciones, sin el previo consentimiento de la empresa prestadora del servicio y este debe adecuar el servicio sin que esto interrumpa las actividades del Edificio. Por otro lado, la empresa deberá estar dispuesta a realizar las modificaciones respecto de los servicios contratados, en cuanto estas se deban realizar en consideración a eventos, celebraciones y conmemoraciones que digan relación con las funciones propias del Palacio Pereira y de la Subsecretaría. A modo de ejemplo, el servicio podría recibir modificaciones para los siguientes eventos: Día del Patrimonio, Día del Libro, Inauguraciones de Exposiciones, entre otros. Estas alteraciones no deberán representar costos adicionales para la Subsecretaría ni se deberán modificar los servicios contratados de manera permanente, solo serán relativas a la programación de fechas y horarios. 5. DEL SERVICIO REQUERIDO Definición del Servicio Requerido a) Consiste en la entrega ininterrumpida, por parte del oferente adjudicado, a la Subsecretaría, dentro del recinto objeto de la contratación, del servicio de portería, vigilancia y seguridad para el resguardo del inmueble, de bienes y personas, con los requerimientos de dotación de personal y ejecución de labores bajo el cumplimiento de todas las normas legales vigentes específicamente referidas a seguridad y accidentes de trabajo, así como también las leyes laborales y sociales. b) Los horarios de apertura de los espacios de extensión del Palacio Pereira a público general serán los lunes a viernes, entre las 09:00 y 19:00 horas; y los sábados entre las 10:00 y 15:00 horas Sin perjuicio de lo anterior este servicio, deberá reforzarse en eventos especiales, como exposiciones culturales, ciclos de charlas, seminarios, proyección de cine, lanzamientos de libros, conciertos, actividades de mediación, visitas, entre otros dentro del Palacio. Para este efecto, La Subsecretaría podrá solicitar al adjudicatario, mediante correo electrónico, aumentar la cantidad de guardias o vigilantes, petición que deberá realizarse con al menos 5 días de anticipación. c) Llevar a efecto, un adecuado control de los accesos e impedir o dificultar al máximo todo tipo de acción delictual que pueda afectar la integridad de los funcionarios, las instalaciones, de los bienes o aquellos que se encuentren bajo custodia de la Subsecretaría. d) Comunicar de inmediato sobre cualquier novedad o anomalía detectada a la central radial del centro de control y al administrador del edificio. e) Detectar computadores e iluminación encendida fuera del horario laboral de la institución. Los guardias deberán informar al administrador del Edificio, por intermedio de los equipos de comunicaciones. f) El personal que desempeña los trabajos en la Subsecretaría, deberá contar con contrato de trabajo y estar asegurado en una mutual autorizada ante accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales). La empresa deberá certificar dicha afiliación y protección social a sus trabajadores de forma mensual. g) El personal de la empresa deberá permanecer identificado, con su credencial a la vista, siempre que permanezca al interior del edificio, además debe practicar rutinariamente las medidas de higiene personal. El supervisor deberá estar verificando que, en todo momento, el personal muestre una impecable presentación personal. h) La empresa se obliga a mantener personal suficiente para un adecuado desempeño del servicio, para así no producir interrupción, ni retrasar la prestación de los mismos. i) La dotación del personal, deberá ser la necesaria para la cobertura del servicio, considerando la normativa del Código del Trabajo. j) La empresa se obliga a proporcionar a sus guardias los recursos necesarios para comunicarse, 1 radio a cada guardia en turno y 1 celular para el supervisor, que mantendrá comunicación directa con el personal, empresa y especialmente con la administración del edificio, como así mismo de los uniformes a utilizar, y que este no irrogue gasto alguno a dicho personal. k) La empresa prestará estos servicios con personal propio y bajo su dependencia, que para estos efectos se denominará guardias de seguridad, quienes cumplirán sus funciones con el uniforme que la ley indica y con su credencial de guardia permanente a la vista. l) La empresa deberá dar cabal cumplimiento a las normas establecidas por el Código del Trabajo. m) La empresa será responsable por los daños y pérdidas que pudieses ocasionar el personal que sea dispuesto para prestar los servicios contratados, sean estos, a las instalaciones, el mobiliario, el equipamiento y/o la infraestructura. n) La empresa y el personal provisto deberá mantener estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso, sea esta relativa a la documentación, la infraestructura, las instalaciones, los sistemas, etc. El no cumplimiento de esta obligación, hará surgir las responsabilidades civiles y penales correspondientes. o) Está estrictamente prohibido a la empresa y el personal provisto, reproducir por cualquier medio, información a la que tengan acceso. Funciones específicas: a) Control de acceso de personas que ingresan a las dependencias del edificio. Lo anterior, será sin perjuicio de las funciones específicas de los funcionarios. b) Recibir amablemente a todas las visitas que reciba la institución y orientar acerca de la ubicación de los espacios y oficinas, cuando corresponda. c) Apertura de acceso a oficinas, encender y apagar las luces de oficinas y exhibiciones, según corresponda. d) Control de ingreso al personal del Ministerio de Las Culturas, Las Artes y el Patrimonio. e) Control acceso puertas principales f) Control de puertas de emergencia g) Controlar y filtrar accesos a oficinas h) Vigilancia permanente de observación visual, realizando rondas preventivas a diferentes horas, dejando las respectivas constancias en el Libro de Novedades diarias e informando a la Administración del Edificio, tanto en el Edificio Palacio Pereira como en el estacionamiento Manuel Rodríguez 311. i) Observancia y detección de personas que demuestren una conducta que altere el normal desenvolvimiento de las labores propias que se realicen en los edificios. j) Prevención y registro en el control de acceso al Edificio Palacio Pereira y estacionamiento de calle Manuel Rodríguez #311 de la sustracción de especies de las Instalaciones, como así también observancia permanente de los sistemas eléctricos y otros. k) Registrar en el libro de novedades durante la semana, fines de semanas y los horarios inhábiles, el movimiento de funcionarios o personas ajenas a la institución. l) Control de salida de los bienes fiscales inventaríales y otros, tales como máquinas y equipos de oficina, electrodomésticos, muebles, etc., los que solo podrán ser retirados del recinto, con la correspondiente Guía de Despacho o un documento firmado por la jefatura directa, debiendo notificar a la Administración del Edificio. m) Resguardar la integridad física de funcionarios. n) Resguardar la integridad de las exhibiciones y los objetos y piezas patrimoniales y/o artísticas que en ellas se presenten o) Colaborar con servicios de supervisión en actividades o eventos especiales desarrollados por la Institución. p) Registrar visitas en el libro de registro de ingreso y salida diaria. q) Atender público, prestando información sobre aspectos generales de la institución y la programación. r) Fiscalizar ingreso y salida de productos varios. s) Controlar retiro de basura. t) Ronda al interior de las dependencias. u) Control de egreso personal y servicios. v) Llevar libro de novedades w) Cierre de puertas de acceso a oficinas. x) Revisión de oficinas, baños y en general de todas las dependencias para el cierre de estas. y) El personal de seguridad estará a cargo de colaborar también con el encendido y apagado de las exhibiciones cuando corresponda, siguiendo los protocolos previamente entregados. 6. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Perfil del personal El perfil mínimo del personal requerido para la ejecución de los trabajos, es el siguiente: • Escolaridad, enseñanza media, debidamente documentada. • Experiencia mínima de 1 año en trabajos similares (demostrable). • Conocimientos y experiencia en el ámbito de la prevención de riesgos. • Antecedentes personales intachables. • Adecuada presentación personal (acorde lo que establece la ley). • Actitud de amabilidad hacia el público y dispuesto a colaborar dentro de sus funciones. 7. PRESENTACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PERSONAL • El Contratista deberá proporcionar a todo su personal, uniformes (dos por temporada) y calzado acorde con la actividad que desempeña, otorgándole además todos aquellos elementos de seguridad y de trabajo que requiera para el buen cumplimiento de su labor, (incluido el personal de reemplazo). El Contratista deberá indicar en su Propuesta detalladamente la forma, frecuencia y cantidad de equipamiento que entregará a su personal. • La empresa prestará estos servicios con personal propio y bajo su dependencia, que para estos efectos se denominará guardias de seguridad.con el vestuario que indique la ley. Las exigencias para la adquisición del vestuario de este personal, serán de acuerdo a lo que imponga la ley y se deberá entregar semestralmente 2 mudas de vestuario y un par de zapatos de vestir, de color negro y de material cuero. La empresa, debe establecer la no devolución del uniforme al término del contrato con el trabajador, salvo las que contemplen imagen corporativa de la empresa. Este uniforme no debe ser con costo del trabajador. • Elementos de protección personal, acorde a las actividades a desarrollar. • Debido a la actual contingencia sanitaria, será necesario proveerles a todo su personal alcohol gel y mascarillas suficientes para el desempeño de sus funciones, considerando las jornadas de trabajo. • Casilleros personales para todo su personal. • La empresa se compromete a utilizar todos los implementos y equipos de seguridad necesarios para el uso de los trabajadores y la empresa supervisará el uso adecuado y permanente de dichos equipos e implementos. Será de carácter obligatorio el cumplir a cabalidad con las normas de seguridad. 8. DE LAS EXIGENCIAS QUE DEBE CUMPLIR EL PERSONAL DEL SERVICIO • Usar uniforme completo y correcto manteniéndolo limpio, cambiándolo cuando sea necesario. • Mantener limpieza corporal efectiva. • Mantener la limpieza en la sala de control. • No fumar en los lugares de trabajo. • Hablar en voz baja, evitando discusiones con sus compañeros de trabajo. • Está prohibido el ingreso y consumo de bebidas alcohólicas al Edificio y estacionamiento a que se refiere el presente Contrato. • El personal del Contratista deberá acatar las normas internas de seguridad del recinto. • Está estrictamente prohibido al personal de contratista ingresar radios o cualquier otro medio de reproducción audio-visual y su utilización en horarios de trabajo. • No hacer uso de teléfonos, fotocopiadoras, computadores o cualquier otro equipamiento que se encuentre en cada recinto del Edificio Palacio Pereira. • Las reuniones durante la jornada de trabajo. Como así también ocupar los recintos para realizar reuniones con su personal, fuera de la jornada de trabajo, deberán ser autorizadas previamente por la unidad técnica a cargo. • Queda estrictamente prohibido realizar actividades comerciales de cualquier naturaleza dentro del recinto. • La empresa y el personal provisto deberá mantener estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso; sea esta relativa a las colecciones, la infraestructura, las instalaciones, los sistemas, la seguridad, entre otros. 9. SALUD DEL PERSONAL Esta debe ser acorde a lo indicado en la normativa vigente. • El personal deberá tener salud compatible con el cargo que desempeñe. Para lo cual, el oferente deberá tomar los resguardos correspondientes de acuerdo su organismo administrador. • Asimismo, las entidades que tengan bajo su servicio o dependencia a guardias de seguridad, nocheros, porteros, rondines o cualquier otra persona natural que ejerza funciones de seguridad privada, deberán, a su costo, realizar todas las gestiones necesarias para que su personal, de manera anual, se someta a exámenes médicos físicos y psicológicos, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en el numeral 2 de este artículo. El control del cumplimiento de esta disposición lo efectuará Carabineros de Chile, a través de la Autoridad Fiscalizadora en materia de Seguridad Privada correspondiente 10. PRECAUCIONES DEL PERSONAL PARA EJECUTAR TAREAS. • Está estrictamente prohibido al personal del Contratista intervenir en la manipulación y/o funcionamiento del cualquier equipo de las oficinas, como computadores, teléfonos, máquinas, impresoras, aire acondicionado y de aquellos otros equipos que se encuentren en ellas. • Informar a la Administración del Edificio, de todo artefacto, equipo, muebles u otros, que se encuentren dañados y que haya sido detectado durante la ejecución de su trabajo (turno) y además dejando registro en el libro de novedades del evento ocurrido. • Será causal de desvinculación, ser sorprendido apropiándose de objetos u pertenencias ajenas que se encuentren en los diferentes lugares de intervención. • Así también la empresa deberá proteger las instalaciones, infraestructura, equipamientos y otros que se ubiquen en los sectores de trabajo, de manera tal de evitar los riesgos de daños o perjuicios del patrimonio fiscal. 11. EQUIPAMIENTO DE TRABAJO: La Empresa deberá contar con el equipamiento necesario para llevar a cabo todas las labores de seguridad, quedando la Subsecretaría liberada de proporcionar cualquier tipo de materiales, útiles o equipamiento no mencionado en el Contrato.: • Equipos portátiles (Radios) para cada uno de los guardias y Supervisor. • Un celular con minutos y disponible las 24 horas los 365 días del año a cargo del Supervisor de la Empresa. • Linterna Led, tipo bastón, tanto en el Edificio Palacio Pereira como en el estacionamiento Manuel Rodríguez. • Libro de novedades tanto en el Edificio Palacio Pereira como en el estacionamiento Manuel Rodríguez • Libro de asistencia o reloj control de la Empresa. • Credencial de Identificación, con fotografía actualizada, la que deberá portar permanentemente • Uniforme con traje oscuro y con su credencial de guardia permanente a la vista. • Bloqueador solar. • Artículos de escritorio • Otras que se requiera para el correcto desempeño de sus funciones 12. FUNCIONES DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA: El Contratista deberá ejecutar las actividades encomendadas de acuerdo a las instrucciones que el Supervisor de la Administración del Edificio le imparta al Contratista. A mayor abundamiento se definen las funciones del personal del Contratista: • Coordinador General: La empresa deberá considerar un Coordinador General a cargo y costo del proveedor adjudicado (no exclusivo para el Edificio Palacio Pereira y estacionamiento Manuel Rodríguez), quien será la contraparte entre la Administración del Edificio de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural y el personal dispuesto por el contratista. Su función principal será velar por el cumplimiento eficaz y oportuno del servicio, solicitando información diaria, además de mantener comunicación con la administración del edificio, para una mejor gestión. Además, tendrá a cargo la Administración del Contrato, para establecer la relación a nivel operativo entre el Contratista y el mandante. • Supervisor: La empresa deberá considerar un Supervisor Calificado a cargo y costo del proveedor adjudicado (exclusivo para el Edificio Palacio Pereira y estacionamiento externo Manuel Rodríguez), quien será la contraparte en terreno entre la Administración del Edificio y la Empresa adjudicada y estará dentro de sus funciones específicas velar por el cumplimiento eficaz y oportuno del servicio, solicitando información diaria, además de mantener comunicación con la administración del edificio, para una mejor gestión. Este será el responsable de mantener el Libro de Novedades y el libro de registro de ingreso y salida del Edificio al día, además de organizar, coordinar, direccionar y liderar los guardias a su cargo, además de controlar la asistencia, velar por la presentación e higiene, controlar en forma rígida sobre aquello que se encuentra bajo su supervisión, verificar las condiciones generales en los puntos de trabajo. Por último, instruir y motivar a los guardias bajo su mando para desempeñar la actividad de seguridad, deberá proveer de información al Coordinador general y apoyará a los requerimientos de la Administración del Edificio en función a las actividades de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural. • Guardias: Personal del Contratista designado para efectuar diariamente las labores, quienes deberán recibir única y exclusivamente instrucciones de parte del supervisor y Coordinador del Contratista. El personal de seguridad deberá cumplir con un adecuado control de los accesos de las personas que ingresan a las dependencias del Edificio Palacio Pereira y estacionamiento externo Manuel Rodríguez, según corresponda, por lo cual deberán tener una permanente observación visual, realizando rondas permanentes hacia el interior de las dependencias, dejando las constancias en el Libro de Novedades. El personal de seguridad asignado a la sala de control para el manejo de las cámaras deberá cumplir con un adecuado control de las cámaras en la vigilancia de los recintos del Edificio y el exterior del perímetro del Edificio. 13. DE LAS PERSONAS QUE PRESTEN EL SERVICIO DE GUARDIAS El recurso humano dispuesto por la empresa, debe cumplir con lo establecido en el decreto 867 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Esto es: Artículo quinto. Requisitos: Sin perjuicio de los requisitos que se señalen para el cumplimiento específico de sus funciones y de lo dispuesto en el artículo 11 del decreto N° 1.773, de 1994, del Ministerio del Interior, que aprueba el reglamento del decreto ley N° 3.607, de 1981, todas las personas naturales que presten servicios - www.leychile.cl - documento generado el 12-Feb-2020 personales en materia de seguridad privada, deberán cumplir siempre con lo siguiente: 1. Ser mayor de edad. 2. Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar, especialmente en lo relativo al control de impulsos. Mediante certificado emitido por el facultativo correspondiente, se acreditará que los servicios de seguridad prestados por la persona no pondrán en riesgo su integridad física o la de terceros, aun potencialmente. 3. Haber cursado la educación media o su equivalente 4. No encontrarse actualmente acusado o haber sido condenado por crimen o simple delito. 5. No haber sido sancionado por actos de violencia intrafamiliar de acuerdo con la ley N° 20.066. 6. No encontrarse formalizado por alguna de las conductas punibles establecidas en el decreto supremo N° 400, del Ministerio de Defensa, de 1977, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 17.798, sobre control de armas; en la ley N° 20.000, que sustituye la ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; en la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad; en la ley N° 19.913, que crea la unidad de análisis financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos; en el decreto supremo N° 890, de 1975, del entonces Ministerio del Interior, que fija texto actualizado y refundido de la ley 12.927, sobre seguridad del Estado; en la ley N° 20.066, que establece ley de violencia intrafamiliar; u otras asociadas al crimen organizado que se encuentren tipificadas en otros cuerpos legales. 7. No haber dejado de pertenecer a las Fuerzas Armadas, a las de Orden y Seguridad o a Gendarmería de Chile, según sea el caso, donde hayan prestado servicios, por sanciones o medidas disciplinarias. 8. No haber sido sancionado conforme a la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional, y su reglamento. 9. Aprobar los exámenes de los cursos de capacitación que correspondan, según lo exigido por la Autoridad Fiscalizadora en materias de Seguridad Privada correspondiente. 10. Manejar el idioma castellano. Decreto 123, 11. En caso de ser extranjero, contar con permanencia INTERIOR definitiva, de conformidad a lo dispuesto en el decreto ley Art. ÚNICO N° 3 N° 1.094, de 1975, y su reglamento. D.O. 05.04.2019 Las personas naturales que presten servicios personales de seguridad privada deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 4 y 5 del inciso precedente mediante el correspondiente certificado de antecedentes expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, y los requisitos establecidos en los numerales 6 y 8 a través de declaración jurada simple, la que deberá actualizarse anualmente. Los demás requisitos deberán ser acreditados por las personas naturales que realicen funciones de seguridad privada, cada vez que sea requerido por el empleador, mediante los documentos idóneos para tales efectos. Las entidades que tengan bajo su servicio o dependencia a guardias de seguridad, nocheros, porteros, rondines o cualquier otra persona natural que ejerza funciones de seguridad privada, estarán habilitadas para actuar por cuenta y representación de estos dependientes, con el objeto exclusivo de obtener de las instituciones correspondientes, los antecedentes necesarios para acreditar los requisitos que indica este artículo. Esta facultad podrá ser ejercida ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, y en general frente a todas aquellas entidades que posean estos antecedentes, con el objeto de velar por la debida y oportuna calificación de estos trabajadores, a quienes, en todo caso, se les deberá informar siempre por escrito de esta circunstancia. Asimismo, las entidades que tengan bajo su servicio o dependencia a guardias de seguridad, nocheros, porteros, rondines o cualquier otra persona natural que ejerza funciones de seguridad privada, deberán, a su costo, realizar todas las gestiones necesarias para que su personal, de manera anual, se someta a exámenes médicos físicos y psicológicos, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos indicados en el numeral 2 de este artículo. El control del cumplimiento de esta disposición lo efectuará Carabineros de Chile, a través de la Autoridad Fiscalizadora en materia de Seguridad Privada correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, las entidades que tengan bajo su servicio o dependencia a guardias de seguridad, nocheros, porteros, rondines o cualquier otra persona natural que ejerza funciones de seguridad privada, deberán presentar nóminas semestrales ante la Autoridad Fiscalizadora en materia de Seguridad Privada correspondiente, de las personas que laboran bajo su dependencia prestando servicios de seguridad privada, así como los antecedentes que fueren necesarios, con el objeto de que este verifique que los funcionarios cumplen con los requisitos establecidos en la ley. En este sentido, la empresa deberá: • entregar a la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, en carpeta, los antecedentes de los trabajadores que prestaran servicios en la Institución. • deberá contar con autorización para la prestación de servicios de vigilancia y cumplir con los requisitos dispuestos en el Decreto Ley N° 3.607 de 1981 del Ministerio del Interior y en el Decreto N° 93, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional y sus posteriores modificaciones. Para estos efectos, deberá presentar certificado de autorización vigente emitido por autoridad fiscalizadora competente. La Subsecretaría podrá, en cualquier momento, solicitar cambios en la dotación del personal suministrado por la empresa contratada, esto implica la factibilidad de cambiar de turno a guardias y/o solicitar retiro de guardias desde las instalaciones de la Subsecretaría. No deberá haber rotación del personal sin previa notificación y acuerdo entre las partes. Los requerimientos planteados en este apartado son de carácter obligatorio para la admisibilidad de la oferta y su cumplimiento serán verificados previa evaluación. a) Los proveedores al momento de realizar su oferta deben asegurar que cuentan con el personal capacitado para ejecutar labores. b) El nivel de remuneraciones de cada trabajador contratado debe tener como mínimo el salario indicado en el ítem 19.2.2.- CONDICIONES DE REMUNERACIÓN. c) La empresa debe estar afiliada a alguna entidad de seguridad con cobertura para todos sus trabajadores, se deberá presentar certificado de Institución correspondiente. d) Todos los guardias de seguridad, que se desempeñen en las instalaciones debe contar con curso OS10 aprobado a la fecha de inicio de sus actividades. e) El oferente debe indicar tipo de contrato del personal con que prestará servicios. (fijo o plazo). f) Contar con la respectiva Directiva de Funcionamiento otorgada por Carabineros de Chile. El proveedor contará con 1 mes máximo para ingresar y gestionar la documentación respectiva en Carabineros de Chile, a contar de la fecha de inicio de los servicios. 14. DOTACIÓN Y TURNOS Se necesita como mínimo para este servicio 20 guardias de seguridad para turnos de 14.1 para las jornadas de 4x4x12 horas de lunes a domingo serán las siguientes: 1° Turno: desde las 07:00 horas hasta las 19:00 horas (1 hora de colación incluida): 1 guardia en el estacionamiento externo 1 guardia en acceso principal 1 guardia en la recepción del Edificio 1 guardia para control de cámaras 3 guardias rotativo en la instalación (según necesidades de la Subsecretaría) 2° Turno: desde las 19:00 horas hasta las 07:00 horas (1 hora de colación incluida): 1 guardia en el acceso principal 1 guardias para control de cámaras 1 guardia en el estacionamiento externo Adicionalmente: Un supervisor (exclusivo) para el edificio para garantizar el correcto desempeño de los guardias bajo su cargo de lunes a viernes de 8:00 a 18:00, con hora de colación incluida y en jornada laboral de 45 horas. Un coordinador del contrato (no necesariamente exclusivo), quién tendrá a cargo el envío de toda la documentación mensual para el pago de los servicios de acuerdo a la Ley de Subcontratación y la normativa de compras públicas. En la determinación de las jornadas de trabajo que deba cumplir el personal del adjudicatario, éste deberá dar estricto cumplimiento a la normativa laboral, previsional y de higiene y seguridad prevista en la legislación vigente y emanadas de la autoridad competente. 16. PLAZO Los servicios de seguridad y vigilancia para el edificio Palacio Pereira y estacionamiento externo Manuel Rodríguez comenzarán según lo indicado en el punto 20 de las bases administrativas 17. REQUISITOS MÍNIMOS RESPECTO DEL PERSONAL • El personal que desempeñe los trabajos en el Palacio Pereira deberá contar con contrato de trabajo y la empresa afiliada a un organismo administrador de acuerdo a la (Ley 16.744). La empresa deberá certificar dicha afiliación. • Asistir cada 3 meses a una capacitación de máximo tres (3) horas en torno a los conceptos del inmueble y las exhibiciones (esta será en horario de trabajo y de cargo a la Subsecretaría). • Documentos a entregar a la unidad técnica (en carpeta): a) Certificado de afiliación a organismo administrador, b) Contratos de trabajo. c) Certificados de antecedentes. d) Certificados del seguro contratado para cada miembro del personal. e) Certificado seguro covid. f) Entrega de equipo. g) Entrega de uniformes. h) Capacitación trabajadora nuevo (obligación de informar). • Libro de asistencia o reloj control, provisión y mantenimiento por parte de la empresa. • Libro de novedades. • En el caso que el personal de la empresa deba hacer uso de colación por la jornada de trabajo que desempeñe, podrá utilizar las instalaciones del Comedor ubicado en el 4° piso. Queda estrictamente prohibido el consumo de alimentos en otras dependencias. • Respecto de servicios higiénicos, el Palacio Pereira podrá facilitar el acceso a los baños • La empresa y su personal deberán acatar las instrucciones emitidas por la unidad técnica del servicio destinado a tales efectos, La Administradora del Edificio, la unidad técnica a cargo y las autoridades que se determinen. • La empresa deberá presentar copia de los contratos de trabajo del personal que realice los trabajos de seguridad y el F-35 (Autorización para implementar o renovar un sistema excepcional de jornada de trabajo y descansos), si correspondiera y cada día 15 del mes siguiente proporcionar: copia de los pagos por concepto de remuneraciones, copia de pagos efectuados a las AFP, Isapres o Fonasa y a un Organismo Administrador, de manera tal de validar el cumplimiento de la legislación laboral. Se exigirá copia del certificado F30-1 de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales y las liquidaciones de sueldo de los trabajadores (firmadas). Será obligación exclusiva de la empresa, liberar desde ya a la Subsecretaría del Patrimonio de cualquier responsabilidad respecto del personal provisto; al respecto, dar cabal cumplimiento a la normativa laboral vigente en relación al personal contratado por la empresa. Dicho personal no tendrá vínculo alguno laboral ni jurídico con la institución, ni subordinación ni dependencia, por lo tanto, queda liberada de los deberes contractuales, pecuniarios, previsionales, tributarios y de cualquier naturaleza con dicho personal, el que dependerá únicamente de la empresa para todos los efectos legales y administrativos. • La Subsecretaría no tendrá relación directa, ni indirecta con el personal dispuesto para los trabajos materia de esta licitación. Toda relación entre la Subsecretaría y la empresa será realizada a través del Coordinador y las autoridades nominadas de la Subsecretaría y el Supervisor nominado por la empresa. Las comunicaciones serán escritas a través de cartas, minutas, actas y correo electrónico. • La Empresa será responsable por los daños y pérdidas que pudiesen ocasionar el personal que sea dispuesto para prestar los servicios contratados; sean estos relativos a las colecciones, las instalaciones, el mobiliario, el equipamiento y/o la infraestructura. • La Empresa deberá estar dispuesto a reemplazar al personal que no desempeñe correctamente las tareas y actividades contratadas, que presente inasistencias y atrasos reiterados, que se ausente sin justificación y que presente deficiencias en el trato con los funcionarios de la Subsecretaría o con el equipo de trabajo. Así también se considerará que el personal que muestre una actitud de desidia y falta de interés debe ser reemplazado. El plazo máximo de reemplazo es de 48 horas. La empresa no deberá realizar rotación o cambio del personal sin notificar por escrito a la Administración del Edificio, quien podrá aprobar o rechazar tal notificación por mail. • Las licencias médicas y feriados legales deberán ser notificadas a la Subsecretaría del Patrimonio y deberá presentarse el plan de reemplazo y de recuperación horaria al Supervisor para la respectiva autorización. Copia de las licencias y de los feriados legales deberá hacerse llegar para la revisión de los archivos que requiera la Inspección del Trabajo. • La empresa y el personal provisto deberá mantener estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso; sea esta relativa a las colecciones, la infraestructura, las instalaciones, los sistemas, etc. • Así también estará estrictamente prohibido, a la empresa y al personal provisto, reproducir por cualesquiera sean los medios, información a la que tengan acceso. El no cumplimiento de esta disposición será causal de presentación ante la justicia. • Describir sistema de coordinación con organismos de apoyo ante emergencias y en horarios en el que el sistema de vigilancia y seguridad no cuente con la contraparte de la unidad requirente o a quien se delegue tal calidad, en la instalación respectiva. • Indicar el protocolo de emergencia ante una eventualidad requerida. • Generar Directiva de Funcionamiento para la prestación del servicio y asegurar su aprobación por los organismos encargados, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto N° 93, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional. • Descripción de las normas de la empresa referente a sus sistemas de feriado, reemplazos y permisos. • El sistema de telecomunicaciones a disposición del contrato, deberá contemplar codificador de equipos portátiles (radios) que permita una identificación inmediata de estos en la central radial de la empresa. Para tal efecto se requiere que la codificación sea enviada al principio de cada comunicación, es decir, al momento de presionar el botón transmisor y no al término de la comunicación. Todos los equipos deben ser nuevos, se tomará en consideración las alternativas de equipos técnicos de comunicación, que propone la Empresa. • La empresa deberá entregar un listado mensual de la dotación de su personal. Todo cambio e ingreso de personal debe ser notificado a través de una carta de aviso o por mail. Así mismo, se debe disponer de un Libro de Novedades para el registro de actividades, hitos y observaciones. El personal deberá poseer una credencial de identificación entregada por el OS10, la cual debe ser presentada en la oferta. ANEXO Nº 1 FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Y ACEPTACIÓN DE BASES LICITACIÓN Nª........................................ DECLARO LO SIGUIENTE: 1. Conocer y aceptar las condiciones establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas. 2. Haber estudiado los antecedentes de la Licitación de las Bases Administrativas y Técnicas verificado la concordancia entre sí y conocer las normas legales vigentes al respecto. 3. Haber considerado en la oferta económica, todos los gastos necesarios de acuerdo con las Bases Administrativas y Técnica y todos los datos incluidos en la oferta. Nombre de la Empresa: Razón Social: Rut de la empresa: Dirección Empresa: Nombre Representante Legal: Rut Representante Legal: Teléfono: e-mail: Nombre representante legal Firma representante legal Fecha:   ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA DE NO ENCONTRARSE AFECTO A ALGUNA PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR CON EL ESTADO NOMBRE LICITACIÓN: SERVICIO: NOMBRE COMPLETO PROPONENTE: (Razón Social de la Oferente) DECLARO LO SIGUIENTE: Que el oferente no tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios directivos de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, ni personas unidas a ellos por lo vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Que el oferente no es una sociedad de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni una sociedad abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. Que el oferente no sea de aquellas personas naturales o jurídicas que, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. Que el oferente no se encuentra afecto a la prohibición del artículo 10 de la Ley N° 20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho. Todo lo anterior, conforme al Título III de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de las Bases de la Administración del Estado. Nombre representante legal Firma representante legal Fecha:   ANEXO N° 3 DECLARACIÓN JURADA Y COMPROMISO En..............................a.........de.........de 2022, don/ña.......................…………………………………….. vengo en declarar que la entidad que represento se encuentra al día en sus obligaciones laborales y previsionales. Que la parte oferente se compromete a otorgar todas las facilidades para que la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, ejerza el derecho de información contemplado en la ley N° 20.123. Que tiene pleno conocimiento que el incumplimiento de la ley N° 20.123 permite a la Subsecretaría ejercer el derecho de retención y le puede ocasionar eventualmente, el término del contrato respectivo. Nombre representante legal Firma representante legal Fecha:  
 
Documentos Económicos
1.- 8. VALOR TOTAL MÁXIMO DE LA LICITACIÓN Para esta licitación se dispone de un presupuesto máximo de $290.000.000. - (dos cientos noventa millones de pesos) IVA incluido. Las ofertas que excedan dicho presupuesto, serán declaradas inadmisibles por no ser del interés de la institución. Los gastos que surjan del presente proceso licitatorio corresponden a la imputación presupuestaria del presupuesto disponible para la Subsecretaría para el año 2022 y 2023 según disponibilidad presupuestaria. 9. PRECIO DEL CONTRATO El precio o valor deberá ser ofertado por el proponente en su respectiva Oferta Económica, la que se debe presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, expresándola en la forma establecida en el ANEXO 4 en pesos, impuesto incluido si correspondiere. Todos los costos, gastos, impuestos y demás eventuales cargos asociados a la contratación deben estar incluidos en la respectiva Oferta Económica. Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no existirá derecho a reembolso alguno por parte de la Subsecretaría. 10. FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA ECONÓMICA La oferta económica se presentará a través del portal www.mercadopublico.cl, expresada en pesos, en conformidad al ANEXO 4, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado. La oferta económica a ser indicada en la línea de oferta del portal www.mercadopublico.cl, debe realizarse por la suma total de los servicios solicitados en valor neto (sin impuestos). Asimismo, el oferente debe adjuntar en www.mercadopublico.cl un archivo con su oferta económica (en formato PDF) con el detalle de precio para los servicios incluidos en esta licitación. La oferta económica en el ANEXO 4, debe incluir todos los gastos, impuestos y demás eventualidades que se deriven de los servicios licitados. No existirá posibilidad de que algún costo adicional al valor ofertado sea cobrado a la Subsecretaría. Por tanto, los gastos en que incurran los oferentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo sin que exista derecho a reembolso alguno.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Definiciones: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: (ANEXO 4) POE: (44%) X OEB/OEE) 44%
2 Cumplimiento de los requisitos Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación.Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 4%
3 Experiencia de los Oferentes Este ítem evaluará la experiencia demostrable del oferente en materia específicamente de la presente licitación (servicio de seguridad y vigilancia en contratos superiores a $ 40.000.000.-), la que deberá ser detallada en anexo N° 5, y ser acreditados mediante órdenes de compra, facturas, contratos y/o cartas de recomendación. Solo serán considerados los antecedentes detallados en el anexo N° 5 con sus acreditaciones correspondientes detallando monto y servicio específico. 20%
4 Condiciones de empleo y remuneración PRTO= (ROE X %)/OMR, Donde: PRTO= Puntaje de la remuneración imponible e incentivos de trabajadores presentada en la oferta OMR= Oferta con mayor remuneración ROE= Remuneración de la oferta en evaluación.El sueldo líquido mensual por trabajador debe ser igual o superior a los $600.000, por jornada de trabajo de 4x4x12. 21%
5 EXPERIENCIA DEL PERSONAL QUE EJECUTARÁ EL SERVICIO Este ítem evaluará la experiencia del personal que participe en el proyecto. Para poder ser evaluados, todos los oferentes deben presentar antecedentes de cada uno de las personas involucradas en el proyecto, completando el anexo N° 7, aportando todos los datos en este solicitado del modo más completo posible. En caso de que no se acompañe el personal solicitado (mínimo 20 guardias y 1 supervisor), no cumpla el perfil solicitado en el punto 2 de las Bases Técnicas, o no se adjunte según formato Anexo N° 7, la oferta será declarada inadmisible. 11%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2208002
Monto Total Estimado: 290000000
Justificación del monto estimado En base al contrato anterior
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Dada la importancia de dar continuidad permanentemente al servicio de seguridad y vigilancia permanente para el edificio Palacio Pereira y estacionamiento externo de calle Manuel Rodríguez.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Priscilla Acevedo Ortega
e-mail de responsable de pago: priscilla.acevedo@cultura.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Verónica Morales Soto
e-mail de responsable de contrato: veronica.morales@cultura.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-29979473-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Subsecretaria del Patrimonio Cultural
Fecha de vencimiento: 15-09-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta “PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES REFERENTES A PRESTAR EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE PARA EL EDIFICIO PALACIO PEREIRA Y ESTACIONAMIENTO EXTERNO MANUEL RODRIÍGUEZ”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato y firmado el contrato respectivo. En conformidad con el inciso segundo del artículo 31 del D.S. N° 250, Reglamento de la Ley N° 19.886, la garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue físicamente, se deberá entregar en Oficina de partes de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, ubicada en Huérfanos 1515, comuna de Santiago, en un sobre cerrado, caratulado de la siguiente forma:
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaria del Patrimonio Cultural
Fecha de vencimiento: 30-11-2023
Monto: 10 %
Descripción: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Certificado de Depósito o Seguro de Garantía. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en Santiago, a la vista, irrevocable y a la orden de “Subsecretaría del Patrimonio Cultural”
Glosa: “Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES REFERENTES A PRESTAR EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMANENTE PARA EL EDIFICIO PALACIO PEREIRA Y ESTACIONAMIENTO EXTERNO MANUEL RODRIGUEZ”
Forma y oportunidad de restitución: La Subsecretaría devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato y previa evaluación del proveedor por parte de la Unidad Técnica. La Unidad de Administración y Finanzas deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate en las evaluaciones entre dos o más oferentes, el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera instancia la Propuesta técnica en su conjunto, en segunda instancia la Oferta económica, y en caso de persistir el empate, será el mayor puntaje en Condiciones de Remuneración (anexo 6).

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El proveedor deberá enviar previo a la factura, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1) y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30), ambos emitidos por la Dirección del Trabajo.

Igualmente, debe presentar de forma mensual las liquidaciones de remuneraciones firmadas de todo el personal, previo al envío de la factura.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante el proceso de evaluación la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten, a juicio de la Subsecretaría, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.