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9. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
9.1.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
9.1.2 Adquirir “SAL PARA DESHIELO”, las cuales deben ser entregados en maxi sacos de 1.000 kilos cada uno.
9.1.3 Debe tener un porcentaje de humedad máximo de 1,0 %.
9.1.4 Debe tener un porcentaje mínimo al 98 % de cloruro de sodio.
9.1.5 Granulometría Sal graneada entre 4 a 10 mm
9.1.6 Adquirir “SAL PARA ESTABILIZACION DE SUELO”, las cuales deben ser entregados en maxi sacos de 1.000 kilos cada uno.
9.1.7 Debe tener un porcentaje de humedad máximo de 1,0 %
9.1.8 Debe tener un porcentaje mínimo al 98 % de cloruro de sodio.
9.1.9 Debe tener un porcentaje máximo de 1,3 de Sulfato (c/Na2SO4)
9.1.10 Granulometría
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Tamiz US (#)
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Especificaciones (%)
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3/8”
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0 – 5 Retenido
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4
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0 – 5 Retenido
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8
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0 – 20 Retenido
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16
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5 – 60 Retenido
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30
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25 – 85 Retenido
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-30
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10 – 45 Retenido
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9.1.11 CERTIFICACIÓN DEL PRODUCTO
Adjuntar en la oferta certificado de calidad del producto otorgado por una INSTITUCIÓN CALIFICADA EXTERNA DE LA EMPRESA, en el cual se debe indicar su porcentaje de humedad y otras sustancias que componen el producto.
9.1.12 CARACTERÍSTICAS DE LOS ENVASES MAXI Y SACOS
En la oferta se deben señalar las características de los envases maxi sacos los cuales deberán cumplir con las siguientes características:
- Impermeables y con enagua interior.
- Con filtro UV.
- Con carga superior y descarga inferior, deben entregarse cada maxi saco en pallet.
Los Maxi sacos ya vacíos, la empresa que se adjudique el convenio, deberá retirar todos los maxi sacos del recinto fiscal y llevarlo algún tipo de botadero autorizado para recibir dichos maxi sacos vacíos, esto lo indicará el Inspector Fiscal.-
9.2 ADJUDICACIÓN
Se proceda a la adjudicación de la Licitación, teniendo como precedente la evaluación efectuada para efectos de adjudicación al universo de ofertas. Corresponderá la adjudicación a la mejor oferta evaluada y que cumpla con lo requerido en bases, y así sucesivamente de ser necesario y convenir a los intereses del demandante.
9.3 READJUDICACIÓN
El demandante se faculta, para en caso de existir una causal fundada, se proceda a la readjuducación de la Licitación, teniendo como precedente la evaluación efectuada para efectos de adjudicación al universo de ofertas. Corresponderá la readjudicación a la segunda mejor oferta evaluada, y así sucesivamente de ser necesario y convenir a los intereses del demandante.
9.4. DERECHO A PEDIR ACLARACIONES
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, la Dirección de Vialidad, podrá solicitar por escrito a éstos, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
9.5. DERECHO A DESESTIMAR OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La Dirección de Vialidad.
9.6. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
v La omisión del ANEXO A en la oferta del proveedor, quedara rechazada por ser parte de la evaluación.
v Si el Oferente no adjunto los Anexos B, C y Certificado de Calidad, para que sean ingresados, se le solicitará mediante el “foro”, restándole 5 puntos al puntaje final de su evaluación, si el oferente no adjuntó el Anexo solicitado cumplido el plazo, la oferta será rechazada
9.7.RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si se produce un empate en la evaluación de acuerdo al polinomio establecido en las Bases, se optará por definir la adjudicación de acuerdo a las siguientes prioridades:
ü Menor precio.
ü Menor plazo de entrega.
ü De continuar En caso de persistir el empate, la Comisión de Evaluación definirá por el oferente que primero ingreso su oferta.
9.8.PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
9.8.1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
9.8.2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
9.8.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
9.8.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
9.8.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
9.8.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
9.8.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.8.8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.9.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO POR AUMENTO DE MONTO
La Dirección de Vialidad, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 129 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, podrá aumentar el monto del contrato originalmente pactado, hasta en un 30%, Tal aumento no podrá significar una alteración en los precios adjudicados. En el caso de aumentarse el monto del contrato, la empresa adjudicada deberá aceptar tal modificación mediante carta de respuesta a solicitud del Servicio.
9.10. FORMA DE PAGO
Se efectuara una vez recibido conforme la factura, se podrá realizar el pago de forma parcializada a medida que lleguen y se reciban conforme las cantidades. El pago se efectuara en 30 días.
9.11. FORMA DE EVALUACIÓN
Precio (70%): Puntaje Precio = (Precio mínimo ofertado x 100/ Precio oferta)
X 0.70. Plazo de Entrega del producto tras emisión de cada Orden de compra
Plazo (30% ): Puntaje Plazo= (Puntaje obtenido * 0.30)
Plazo Mayor o igual a 26 días corridos = La oferta NO será aceptada
9.12. COTIZAR
Se debe cotizar en precio $ 1 pesos en el portal mercado público, dado que es para establecer convenio y en el anexo A indicar valor por kg.
9.13. LA FACTURA DEBE SER EXTENDIDA CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES
Razón Social : MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Domicilio : Señoret # 146
Comuna : Puerto Natales
RUT : 61.202.000-0
Giro : FISCAL
Código Unidad de Pago: 1552
El proveedor deberá completar formulario de autorización de depósito y enviarla a la Dirección de Contabilidad Finanzas del MOP en caso que no estar ingresado a sus registros una vez si es adjudicado.-
9.14. NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 9 del Reglamento de la Ley 19886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación. Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público.
9.15. RECEPCIÓN DEL MATERIAL:
El producto será recepcionado conforme por el Jefe de Conservación Provincial o Subrogante de la Dirección de Vialidad de Ultima Esperanza para autorizar su respectivo pago. Debe Incluir en el precio el valor del flete y la descarga en el piso de nuestras bodegas ubicadas en Ruta 9Km. 245, Puerto Natales, Provincia de Ultima Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena.-
9.16. MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad Región de Magallanes y Antártica Chilena, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los proveedores. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los proveedores puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante resolución fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.
9.17. FACTORING
.La Dirección de Vialidad, aceptará la tramitación de factura sometida a Factoring por el Proveedor Adjudicado, siempre y cuando, no existan obligaciones o multas pendientes. Para ello, el Proveedor Adjudicado, deberá comunicar oportunamente al Responsable del Contrato, y dar aviso a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP., para dar continuidad al trámite.
9.18. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO DEL CONTRATO
El Contrato solo podrá modificarse por las causales dispuestas en el artículo 129 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá ser terminado anticipadamente, además, por las siguientes causales:
9.18.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
9.18.2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
9.18.3. No dar cumplimiento en la entrega del producto de la forma requerida en las presentes bases.
9.18.4. Llevar un atraso superior a 10 días corridos en la entrega del producto, sin causa justificada.
9.18.5. Por la aplicación de 3 multas o más en un periodo de 3 meses.
9.18.6. Efectuar la cesión del contrato.
9.18.7. La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las Obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista Alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad perjuicio en el cumplimiento de sus Funciones
9.18.8. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se mejoren las cauciones Entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
9.18.9. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9.18.10. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
9.18.11. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de licitación o en el contrato.
9.19.-EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos (profesionales o técnicos calificados) y/o agentes públicos, todos de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Esta Comisión, podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
- Las ofertas que no cumplan con la presentación de los ANEXOS requeridos por tratarse de documentos esenciales.
- La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9° de la Ley 19.886.
- Cuando no se presenten ofertas o Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los Intereses del Servicio.
- Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación Correspondiente.
- Los antecedentes que se encuentren vencidos, los que no cumplan con las características solicitadas en bases o y que a juicio de la comisión evaluadora no sean legibles, no se consideraran en la evaluación.
9.20. VIGENCIA DEL CONTRATO
El periodo de vigencia del contrato será 12 meses, plazo que rige desde la fecha total de la tramitación de la resolución que aprueba el contrato
9.21. MULTAS Y SANCIONES
Sanciones por atraso
El incumplimiento de las prestaciones de servicio se multará con un 1% del valor total de la Contratación del Servicio, impuestos incluidos, por cada día de atraso sobre el tiempo del plazo de entrega ofertado por el contratista.
En caso de que dicha multa supere el 15% del valor total, con IVA incluido del contrato, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave en los términos dispuestos en el artículo 130 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. La multa que corresponda será pagada mediante Vale Vista a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS en un plazo de 7 días corridos, contados a partir de la notificación de la multa.
9.22. FORMALIZACION DE CONTRATO
En relación a que la presente Licitación, se estima que alcance un monto aproximado a 5.000 UTM, y considerando lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, se establece que el contrato de la presente licitación, de corresponder, se formalizará mediante la suscripción del respectivo contrato entre el Demandante y el Proveedor.
El oferente deberá cotizar precios por todo lo que se solicita, es decir precio por Kilo en maxi sacos, un solo precio tanto para la sal de deshielo y la sal para estabilizar suelos. NO SE ACEPTARÁN OFERTAS INCOMPLETAS.
La fecha de cierre de la Licitación podrá ser modificada, si no hubiera una cantidad suficiente de ofertas u otra Causal.