La Unidad ejecutora podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, hasta el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de término de consultas y respuestas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información, en el período señalado en “Etapas y Plazos del Portal Mercado Público”, haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas y Técnicas o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
El Mandante deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases o Ficha Técnica o documentos que integran la propuesta. No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente.
En todo caso las modificaciones que pudieran realizarse por efectos de aclaraciones que se realicen en este periodo deberán ser mediante la correspondiente Resolución Exenta.
En el caso de que la unidad técnica detecte errores u omisiones en los requerimientos necesarios para el correcto y óptimo funcionamiento del convenio, efectuará la revocación de la licitación a través del acto administrativo correspondiente, realizando la publicación respectiva en el portal www.mercadopublico.cl. Dicho trámite deberá ser realizado antes del cierre de propuestas.