LLAMADO A LICITACIÓN |
La Corporación Nacional Forestal, en adelante CONAF o la Corporación indistintamente, Oficina Regional Concepción, de acuerdo a las disposiciones contempladas en la Ley 19.886, de Compras Públicas, su Reglamento y sus posteriores modificaciones, llama a los proveedores a presentar sus ofertas en la presente Licitación de acuerdo a las estipulaciones y condiciones que se establecen en estas bases y la ley de Compras Públicas.
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ACTIVIDADES |
Los productos serán solicitados según requerimiento del departamento requirente de la Corporación Nacional Forestal, generándose la orden de compra con la cantidad requerida previa al despacho.
El Departamento de Finanzas y Administración, generara las órdenes de compra al proveedor adjudicado, el cual tendrá el periodo según oferte en la presente licitación para entregar el insumo desde enviada la orden en portal de Mercado Publico.
Es fundamental que el proveedor de estricto cumplimiento al plazo de entrega ofertado.
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REQUISITOS DE LOS OFERENTES |
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de proveedores, en cuyo caso deberá dar cumplimiento a lo indicado en la Directiva N° 22 para contrataciones sobre 1.000 UTM y considerar que ambos integrantes de UTP (Unión Temporal de Proveedores) deberán presentar los documentos requeridos para ofertar. Con lo anterior todos los oferentes deben acreditar idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Pública.
Quedan excluidos quienes en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, ni personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley 20.393.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la CONAF podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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ANTECEDENTES A INCORPORAR EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA U OFERTA |
a) Los proveedores deberán presentar sus ofertas solo a través del portal www.mercadopublico.cl
b) La apertura de las ofertas se realizara en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema de compras públicas.
c) Los oferentes participantes de esta licitación, deberán obligatoriamente presentar en sus ofertas todos los antecedentes solicitados, los que serán considerados dentro del criterio de evaluación “cumplimiento de Requisitos Formales” (Art. 40 del Reglamento).
d) La sola presentación de la oferta, importara la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en la presente Bases Únicas de Licitación, en cuanto le sean aplicables.
e) La Corporación se reserva aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos y condiciones establecidas en estas bases únicas.
f) El o los oferentes adjudicados que no se encuentren inscritos en el registro de proveedores del estado deberán inscribirse en el registro antes indicado.
Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas electrónicamente en el Sistema de información www.mercadopublico.cl. La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases Únicas de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.
9.1. Anexos Administrativos
El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes:
9.1.1. Anexo N° 1: “Declaración Jurada Simple”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas. De no adjuntar el Anexo N°1 en su oferta, la Entidad Licitante declarará su oferta inadmisible.
9.1.2. Anexo N° 2: “Antecedentes Actualizados del Oferente”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
9.1.3. Anexo N° 6: “DECLARACION JURADA PERSONA JURÍDICA, RELACIONES DE PARENTESCO Y LEY N° 20.393”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 6, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas. De no adjuntar el Anexo N° 7 en su oferta, la Entidad Licitante declarará su oferta inadmisible.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
De no adjuntar el Anexo N°2 en su oferta, el oferente deberá presentar dicho documento previo a la firma del contrato y/o emisión de la Orden de Compra.
9.2. Anexos Técnicos
El oferente deberá completar los Anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes:
9.2.1. Anexo N°3: “Plazo de Entrega”: El oferente deberá completar el Anexo, donde deberá indicar el plazo de entrega de la totalidad de los productos, expresado en días corridos a partir de la emisión de la Orden de Compra. De no adjuntar el Anexo N°3 en su oferta, la Entidad Licitante declarará su oferta inadmisible.
• Los oferentes que no ingresen la información requerida para aplicar este criterio de evaluación serán eliminados del proceso de evaluación
9.2.2. Anexo N°4: “Garantía Técnica”: El oferente deberá completar el Anexo, donde deberá indicar la garantía otorgados por la marca, expresada en meses, contada desde la entrega del producto. De no adjuntar el Anexo N°4 en su oferta, la Entidad Licitante declarará su oferta inadmisible.
• Debe adjuntar un documento y/o certificado que acredite que cuenta con servicios técnicos autorizados.
9.2.3. Anexo N° 5: “Ficha técnica”: Los oferentes deberán ingresar un archivo con una completa descripción de los productos ofertados con su respectiva especificación técnica, de lo contrario, su oferta será declarada inadmisible.
Además, debe de indicar nombre del archivo a que corresponde cada línea ofertada, en el caso de que sea catálogo, se deberá de indicar el N° en donde se encuentra el producto.
Asimismo, CONAF se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información indicada en la mencionada carta.
La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta podría ser declarada inadmisible por la comisión de evaluación.
CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados. En el caso de no presentar alguno de los antecedentes requeridos, que sean falsos o éstos no se pudieran validar, el oferente podrá quedar fuera del proceso de licitación.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
a) Contraparte Técnica
La contraparte técnica corresponderá al Departamento de Protección Contra Incendios forestales, a través del Jefe Departamento Áreas Silvestres Protegidas, Región del Biobío, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
• Administrar el contrato
• Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los bienes adquiridos mientras se encuentre vigente el contrato, representado por la orden u órdenes de compra.
• Aprobar la recepción conforme de los bienes y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
• Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda.
• Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Departamento de Finanzas y Administración, representado por la Jefe del Departamento Finanzas y Administración o quién lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
• Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
• Solicitar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
• Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
• Revisar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
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SERVICIOS Y/O PRODUCTOS ADICIONALES |
En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los productos, estas no podrán superar el 30% monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta, lo que será formalizado mediante una nueva Orden de Compra (Párrafo 5, Art. 77, N° 6).
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DE LAS MODIFICACIONES Y TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
13.1. DE LAS MODIFICACIONES:
CONAF podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
13.2. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
CONAF queda facultada para poner término anticipado unilateral y de forma anticipada al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, bastando para dichos efectos, la sola notificación mediante carta certificada enviada al domicilio del prestador, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en bases y contratos. Se entenderán por incumplimientos gravísimos de estas bases.
c) Cuando CONAF y el Adjudicatario de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
d) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva o es formalizado por iguales delitos.
e) Si el Adjudicatario cayera en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
f) Si el adjudicatario no cumple con lo señalado en las presentes bases.
g) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato civil y en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
CONAF queda facultada para cobrar multas, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Si la Garantía se cobrare para el pago de multas y el contrato subsistiere, el Adjudicatario deberá reemplazar ésta, por otra de igual valor y características de la original en un plazo de 10 días hábiles administrativos.
En caso de resolverse anticipadamente el contrato por voluntad unilateral de la Corporación, o aplicarse multas o cobrarse la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco días hábiles administrativos siguientes a la notificación, la cual se hará mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en la oferta o en el contrato en su caso.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulado descargos, el Director Regional del Biobío procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en el Ley 19.880
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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MULTAS |
El incumplimiento de plazos en la entrega de los productos parciales o totales por causas imputables al Proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicadas formalmente, podrá ser objeto de una multa de UF 3, por cada día corrido de atraso en la fecha comprometida.
No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el problema, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea cada situación, indicando las fechas en las cuales podrá realizar la entrega del producto, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no acogerla y aplicar las multas que correspondan.
14.1. PROHIBICIONES
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. (Párrafo 4, Articulo 74 “Prohibición de cesión”).
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma (ver punto 3, del presente documento), indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
El mecanismo para la solución de consultas será a través de correo electrónico dirigido a: nicolas.rojas@conaf.cl
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COMPLEMENTACIÓN DE LAS BASES |
CONAF podrá complementar las Bases Únicas de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ORDEN DE PRELACIÓN Y DECLARACIÓN |
a) Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
b) Aclaraciones y/o complementaciones a las bases de licitación.
c) Bases de licitación.
d) Respuestas a proveedores.
e) Contrato.
El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases Únicas.
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APERTURA ELECTRONICA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras Públicas del Estado y considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases únicas de la presente licitación.
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora, luego de su estimación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN |
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO o Aclaración de Ofertas del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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APLICACIÓN DEL ART. 40 DEL REG |
Si al oferente le fuere solicitada que se salvaren errores u omisiones formales, siempre y cuando estas rectificaciones no le confieren una situación de privilegio frente a los demás oferentes mediante la presentación de antecedentes a través de la modalidad “foro inverso”, le será descontado del total de su puntaje final un 5%, ello de acuerdo a lo señalado en el artículo 40, inciso segundo del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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RESOLUCION EMPATES |
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiara al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1. Menor Precio.
2. Plazo de Entrega.
3. Plazo de Garantía.
4. Cumplimiento de los requisitos formales.
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO/ENCARGADO DE LA GESTIÓN/RECEPCION DE BIENES |
El administrador del contrato será Jefe Departamento Áreas Silvestres Protegidas, Región del Biobío, o quien lo subrogue o en su ausencia a quien se le designe, quién:
• Supervisará el o los contratos,
• Administrar el contrato,
• Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los bienes adquiridos.
• Aprobar la recepción conforme de los bienes.
• Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
El pago se realizará en la Oficina Regional de CONAF, ubicada en la ciudad de Concepción, calle Barros Arana 514, 3er piso, Edificio Remodelación Catedral, Departamento de Administración y Finanzas.
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PLAZOS |
26.1. Plazo de vigencia de las Ofertas
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 45 (Cuarenta y cinco) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
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ADJUDICACIÓN |
La adjudicación se hará previa propuesta realizada por una Comisión Evaluadora compuesta por los siguientes cargos o quienes los subroguen o en su ausencia a quien se le designe:
a. Jefe Departamento Áreas Silvestres Protegidas, Región del Biobío o quién lo subrogue.
b. Jefe Sección Administración Áreas Silvestres Protegidas, Región del Biobío o quién lo subrogue.
c. Jefa Departamento Finanzas y Administración o quién lo subrogue.
El Abogado Jefe Unidad Jurídica, o quién le subrogue actuará como Ministro de Fe.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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CONTRATO |
Debido a que se trata de compra inferior a 1.000 UTM el contrato será formalizado con la respectiva Orden de Compra aceptada a través del portal www.mercadopublico.cl.
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READJUDICACIÓN |
En el caso en que el oferente adjudicado no acepte la Orden de Compra dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los productos licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior.
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MODALIDAD, FORMA Y PLAZO DE PAGO |
El pago se efectuará a través de Orden de Compra, previa presentación de la factura correspondiente y Recepción Conforme.
El proveedor deberá emitir la respectiva factura por productos, dentro de los cinco primeros días del mes que termina, extendida de la siguiente forma:
Razón Social : Corporación Nacional Forestal
RUT : 61.313.000-4
Giro : Servicios Forestales
Domicilio : Barros Arana N° 514, 3er Piso, Concepción.
El pago será realizado por la Tesorería General de la República o la Corporación Nacional Forestal 30 días (corridos), a través de transferencia electrónica, después de recepcionado conforme la totalidad de los productos.
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
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CONFIDENCIALIDAD |
Toda la información que el Adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los productos contratados, será considerada reservada quedando prohibidos su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
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PROPIEDAD INTELECTUAL |
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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