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7.1. CARACTERÍSTICAS DEL OFERENTE |
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Podrán presentarse a esta licitación personas naturales/jurídicas/chilenas o extranjeras/ Uniones Temporales de proveedores, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Quedan excluidos quienes en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, ni personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley 20.393.
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7.2. TRATÁNDOSE DE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) |
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En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esa forma. En dicho documento se deberá establecer, a lo menos: identificación de cada uno de los integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se genere con la entidad, determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que dure el plazo de oferta que adjudiquen y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes, como por ejemplo: presentar los antecedentes y ofertar, subsanar poderes subsanar solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como contraparte del contrato y representar a los integrantes, cobrar y/o percibir notificaciones, suscribir la orden de compra contrato y/o modificaciones.
Sin perjuicio de lo anterior este acuerdo puede incorporar otras cláusula adicional, que los integrantes determine como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a la disposiciones a de la Ley de Compras y su Reglamento, así como las respectivas Bases Únicas y /o contratos.
Por tratarse de una Licitación superior a 1000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin ser necesario constituir una sociedad.
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7.3. PRESENTACION DE LAS OFERTAS. |
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El Proveedor deberá presentar y adjuntar sus ofertas sólo a través del Portal www.mercadopublico.cl en valor neto (Anexo económico), especificando el valor del servicio. Esta oferta, deberá tener una validez mínima de 60 días corridos. Los montos ofertados serán de exclusiva responsabilidad de los propietarios
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7.4. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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7.5. ANTECEDENTES A INCORPORAR EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTAS |
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Los anexos técnicos, administrativos y económicos deberán ser presentados electrónicamente en el Sistema de información www.mercadopublico.cl. La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases Únicas de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Los oferentes participantes de esta licitación, deberán obligatoriamente presentar en sus ofertas todos los antecedentes solicitados, los que serán considerados dentro del criterio de evaluación “cumplimiento de Requisitos Formales” (Art. 40 del Reglamento). La Corporación se reserva el derecho a rechazar aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos y condiciones establecidas en estas bases únicas.
El o los oferentes adjudicados que no se encuentren inscritos en el registro de proveedores del estado deberán inscribirse en el registro antes indicado, antes de formalizado el contrato de servicios.
Tratándose de personas jurídicas, los Proveedores interesados en participar en esta licitación deberán, junto con la oferta, acompañar los antecedentes que se detallan a continuación:
1. Fotocopia de la Escritura Pública de constitución de la Sociedad y todas las modificaciones posteriores hasta esta fecha, incluyendo inscripción del Extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y su publicación en el Diario Oficial, si correspondiera.
2. Certificado de vigencia de la sociedad otorgado por el Conservador de Comercio, de no más de 60 días de expedición.
3. RUT de la Empresa.
4. Cédula de Identidad del representante legal o propietario.
5. Escritura Pública en que conste el poder o representación de la persona que comparece por la Sociedad postulante.
Los oferentes que se encuentren registrados y debidamente habilitados en el Registro de Proveedores, quedan eximidos de la presentación de los documentos solicitados en los números 1 y 3.
CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados.
7.5.1. Anexos administrativos
• Anexo N°1, Declaración Jurada Simple, donde el oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales, por infracción de derechos fundamentales laborales, ni estar afecto a las inhabilidades establecidas en el Art. 4° del Ley 19.886 de Compras Públicas.
• Anexo N°2, “Antecedentes Actualizados del Oferente”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Entidad Licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
• Anexo N°3: “Declaración jurada persona jurídica, relaciones de parentesco y ley n° 20.393”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 3, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer los alcances, regulaciones y sanciones contenidas en la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, por los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho.
7.5.2. Anexo Económico
• Anexo N°4 “Económico” El proveedor deberá detallar el Valor Peso Chileno Neto su oferta. De existir una discrepancia entre la oferta en el portal y este anexo se considerara para todos los efectos de esta licitación la oferta presentada en el Anexo n°4. Excluyente.
7.5.3. Anexos Técnicos
• Anexo N°5: “EXPERIENCIA DE LA EMPRESA”: El oferente deberá completar el Anexo, donde deberá adjuntar las facturas, órdenes de compra acrediten la información o Contratos que tengan que ver con el rubro de esta licitación.
De no adjuntar el Anexo N°5 en su oferta, con los respaldos solicitados, la Entidad Licitante evaluará con puntaje 0.
• Anexo N°6, “Portafolio” el oferente deberá hacer entrega de su propuesta técnica el cual deberá incluir los datos técnicos solicitados para la evaluación. (Formato del oferente).
• Anexo N°7, “Programa de trabajo”, el cual debe señalar la distribución de trabajo dentro de 3 meses considerado el plan de medios y la entrega de los productos. (Formato del oferente).
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7.6. CONSIDERACIONES DE LA OFERTA |
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A los puntos señalados anteriormente, además se debe considerar lo siguiente:
• El Plan de Medios debe presentarse en formato Excel o planilla, especificando frecuencia, valores neto por programa y GRP´s/CPM/CPC según corresponda.
• Alcanzar la mayor cantidad de GRP medidos con rating total personas, no total hogares.
• El proveedor seleccionado, será responsable de la distribución, costos e implementación de todos los materiales a los distintos soportes que se establezcan en el plan de medios.
• Una vez terminada la campaña se debe enviar una presentación con la verificación digital de todos los medios en los cuales se exhibió la campaña, el cual debe venir acompañado con el último plan de medios aprobado.
• Entregables:
- Plan de medios con todos sus costos y métricas.
- Cronograma de implementación.
- Informe de evaluación de la campaña.
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7.8. CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma (ver punto 3, del presente documento), indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
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7.9. COMPLEMENTACIÓN DE LAS BASES |
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CONAF podrá complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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7.11. APERTURA ELECTRÓNICA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas de la linea, se realizará directamente en el Portal de Compras Públicas del Estado y considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación, que es la presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso de no presentar este documento la oferta del proveedor será rechazada en el acto de apertura.
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Evaluadora integrada por cuatro funcionarios.
Las ofertas serán evaluadas por la siguiente comisión de profesionales de la Corporación, Región del Biobío:
• Jefe (a) del Departamento Protección Contra Incendios Forestales, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
• Jefe (a) Sección de Prevención de Incendios Forestales Región del Biobío, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
• Jefe (a) del Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
• Jefe (a) de Secretaría Técnica, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
El Abogado Jefe Unidad Jurídica, o quién le subrogue actuará como Ministro de Fe y como asesor el Jefe de administración o quién le subrogue.
CONAF podrá recurrir a profesionales internos o externos para el análisis de ofertas.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora serán individualizados en la Resolución respectiva que apruebe estas Bases y llame a la Licitación.
La Comisión Evaluadora, luego de su evaluación emitirá un Informe en el que propondrán al Director Regional la adjudicación o deserción total o parcial, indicando la admisibilidad o inadmisibilidad de las propuestas analizadas.
En caso de proceder a la adjudicación, se adjudicará la Licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas.
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7.12. RESOLUCIÓN EMPATES |
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En caso de empate entre dos o más oferentes en puntaje en una misma línea, éste será resuelto, basándose en la categoría de priorización, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiara al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
De persistir el empate, se discriminará según los criterios de evaluación, en el siguiente orden:
• Alcance Y Cobertura De La Campaña.
• Estrategia De Medios Digitales.
• Experiencia y Capacidad Técnica.
• Precio.
• Cumplimiento de Requisitos Formales.
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7.13. CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contado desde la fecha y hora de solicitud de aclaración.
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7.14. ORDEN DE PRELACIÓN Y DECLARACIÓN |
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a) Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
b) Aclaraciones y/o complementaciones a las bases de licitación.
c) Bases de licitación.
d) Respuestas a proveedores.
e) Orden de compra.
El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo con las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases Únicas.
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7.15. ADJUDICACIÓN |
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Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaran ofertas, o el puntaje total es inferior a 51 puntos (o porcentajes, según la fórmula que se haya elegido en los ponderadores) éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 51 puntos.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compraswww.mercadopublico.cl.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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7.16. READJUDICACIÓN |
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En los casos en que el oferente adjudicado, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no acepte la Orden de Compra dentro del plazo de 5 Días hábiles, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios/bienes licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje.
Cabe señalar que todas las ofertas que obtengan menos de 51 puntos en la evaluación serán declaradas inadmisibles.
Así mismo CONAF queda facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta aquellos oferentes que desistan de su oferta. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas, según lo detallado en los términos anticipados del contrato.
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7.17. CONTRATO |
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El contrato deberá suscribirse en las Oficinas de la Corporación Nacional Forestal, ubicadas en la ciudad de Concepción, calle Barros Arana 514, 3er piso, Edificio Remodelación Catedral para lo cual el Adjudicatario deberá tomar contacto con la Sección Administración. El contrato tendrá una duración de 3 meses, sin perjuicio que por razones de buen servicio y existiendo la disponibilidad presupuestaria este plazo podrá ser ampliado.
El adjudicatario deberá, dentro de los 5 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de adjudicación, presentar en CONAF, la Garantía de fiel cumplimento de contrato.
El referido contrato se suscribirá dentro de los 6 días hábiles administrativos siguientes a la entrega total de los documentos necesarios para su formalización.
Al momento de firmar el contrato el adjudicatario debe estar en el Registro Único de Proveedores, en el caso de las UTP (Unión Temporal de Proveedores), ambos integrantes deben encontrarse en el registro.
Las presentes Bases Únicas son parte integral del contrato, así como sus Anexos y la propuesta del adjudicatario.
La propuesta debe incluir el cuadro de costos inicial. Si este requiere modificación, deberá ser informado a la contraparte del contrato, siempre y cuando no exista modificación al valor total ofertado.
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7.18. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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CONAF queda facultada para poner término anticipado unilateral y de forma anticipada al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, bastando para dichos efectos, la sola notificación mediante carta certificada enviada al domicilio del prestador de servicios, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en bases y contratos.
c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
d) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva o es formalizado por iguales delitos.
e) Si el adjudicado no diese cumplimiento reiterado al cronograma del programa y/o Programaciones mensuales establecidas.
f) Si el Adjudicatario no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles administrativos después de haber suscrito el contrato.
g) Si el Adjudicatario cayera en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
h) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en la presente bases de licitación y en el respectivo contrato.
Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato civil y en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
CONAF queda facultada para cobrar multas, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan en el punto 7.19
CONAF queda facultada para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, para el pago de las multas aplicadas, pago de obligaciones laborales no canceladas o en caso de resolverse anticipadamente el contrato.
Si la Garantía se cobrare para el pago de multas y el contrato subsistiere, el adjudicatario deberá reemplazar ésta, por otra de igual valor y características de la original en un plazo de 10 días hábiles administrativos.
En caso de terminase anticipadamente el contrato por voluntad unilateral de la Corporación, o aplicarse multas o cobrarse la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco días hábiles administrativos siguientes a la notificación, la cual se hará mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en la oferta o en el contrato en su caso.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulado descargos, el Director Regional del Biobío procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en el Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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7.19. MULTAS |
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CONAF queda facultada para cobrar multas por fallas, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario.
a) Entrega parcial de los servicios que conforman una campaña:
Las multas se aplicarán por cada ítem que sea entregado parcialmente o no entregado en absoluto. La penalización será del 15% por ítem y se calculará sobre el valor neto total de dicho ítem, con un tope del 10% del valor total del servicio.
b) Atraso en la entrega de los servicios:
El seleccionado podrá ser sancionado por CONAF con el pago de multas por atraso en la entrega de los servicios comprometidos en la cotización, respecto a la fecha pactada de entrega, en caso de que la campaña comunicacional se realice. Las multas se aplicarán por cada día de atraso en la entrega del servicio y se calcularán como un 0,5% del valor neto total del contrato, con un tope del 10% del valor total del contrato.
1. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico e insumos que permitan el cálculo de las multas.
2. El Departamento de Abastecimiento calculará las multas aplicadas, y posteriormente, notificará de ello al proveedor, por carta oficial del Director Ejecutivo o el Director Regional, según corresponda, la cual se notificará al proveedor por carta certificada, informándole sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
3. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF.
4. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución fundada del Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, la cual será notificada mediante carta certificada de CONAF.
5. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Ejecutivo/Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a 59 aplica, y posteriormente ser notificada al proveedor por carta certificada.
7. Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Ejecutivo/Director Regional.
8. El Director Ejecutivo/Director Regional, según corresponda, resolverá mediante resolución fundada, la reposición dentro del plazo de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada.
9. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor. Por otro lado, si la garantía de fiel cumplimiento del contrato es cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna
10. Además, para el caso de cobro de multas, se deberá informar a la Unidad de Finanzas respectiva, a fin de que se proceda al descuento de los montos cobrados, de las facturas del proveedor pendientes de pago.
11. Además, de acuerdo a las bases de licitación o términos de referencia, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total del contrato.
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7.20. CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
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a) Contraparte Técnica.
La contraparte técnica corresponderá al Departamento de Protección contra Incendios Forestales, a través del Encargado del programa FNDR, o quien designe. Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
• Administrar el contrato.
• Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios adquiridos mientras se encuentre vigente el contrato, representado por la orden u órdenes de compra.
• Aprobar la recepción conforme de los Servicio y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
• Informar a la contraparte administrativa de cualquier incumplimiento que pueda significar un incumplimiento del contrato y/o multa.
• Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Departamento de Finanzas y Administración, representada por la Jefa (I) de DEFA Regional, o quien designe, en las materias que le competen a cada uno. Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
• Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
• Solicitar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
• Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicio.
• Revisar e Informar las multas o modificación de lo adjudicado en el contrato, asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
• Comunicar a la Sección de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
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7.21. MODALIDAD, FORMA Y PLAZO DE PAGO |
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El pago se efectuará por avance, La empresa posterior a la firma del contrato deberá hacer entrega de un cronograma para el reporte de avance.
Quien visara el pago por avance será el Jefe Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o a quien designe, y el Encargado de Programa.
• La factura deberá ser presentada en conjunto con el formulario F-30.1 en conjunto con el informe del respectivo mes y deberá contener los siguientes datos:
- Razón Social: CORPORACION NACIONAL FORESTAL
- R.U.T. : 61.313.000-4
- Giro : Servicios forestales
- Dirección : Barros Arana 514, 1er Piso Edificio Catedral Concepción
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
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7.22. PROHIBICIONES |
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El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones (Artículo 74“Prohibición de cesión”).
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7.23. INHABILIDAD POR CONFLICTO DE INTERESES |
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Conforme al Artículo 35 quáter de la Ley de Modernización de Compras Públicas N° 21.634, se establece que los oferentes no podrán ser adjudicados si mantienen vínculos contractuales o están contratados a honorarios por el organismo licitante. Este requisito de inhabilidad se extiende a sus cónyuges, convivientes civiles y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como a las sociedades o empresas en las que estas personas tengan participación directa o indirecta, o sean beneficiarios finales. Además, el requisito de inhabilidad se aplicará a las
ofertas presentadas por funcionarios en cargos directivos, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como a aquellos que participen en el proceso de contratación, vigente durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de su cese.
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7.24. CONFIDENCIALIDAD |
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Toda la información que el Adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada quedando prohibidos su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
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7.25. PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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7.26. SERVICIOS Y/O PRODUCTOS ADICIONALES |
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En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicio, estas no podrán superar el 30% monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta, lo que será formalizado mediante una nueva Orden de Compra (Párrafo 5, Art. 77, N° 6).
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