Licitación ID: 1036-4-LE26
CONVENIO DE SUMINISTRO “HABILITACIÓN Y SERVICIO DE INTERNET SATELITAL DE ALTA VELOCIDAD PARA BASES DE BRIGADA
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 46
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Productos o servicios
1
Servicios relacionados con Internet 1 Unidad
Cod: 83121703
Habilitación e instalación del servicio satelital: suministro de kit satelital (antena, router y cableado), montaje en infraestructura existente y puesta en marcha del servicio.  

2
Servicios relacionados con Internet 1 Mes
Cod: 83121703
Servicio mensual de conectividad satelital para Bases Permanentes, con especificación de tipo de antena, velocidades mínimas garantizadas de subida y bajada, latencia comprometida y plan de datos asociado.  

3
Servicios relacionados con Internet 1 Mes
Cod: 83121703
Servicio mensual de conectividad satelital para Bases Temporales, con especificación de tipo de antena, velocidades mínimas garantizadas de subida y bajada, latencia comprometida y plan de datos asociado.  

4
Servicios relacionados con Internet 1 Mes
Cod: 83121703
Servicio adicional de ampliación de plan de datos, aplicable en caso de consumo del plan base asignado, manteniendo las condiciones técnicas y económicas de la oferta adjudicada.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTRO “HABILITACIÓN Y SERVICIO DE INTERNET SATELITAL DE ALTA VELOCIDAD PARA BASES DE BRIGADA
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Corporación Nacional Forestal (CONAF), Dirección Regional del Biobío, convoca a los interesados a participar en una Licitación Pública Nacional para la contratación del servicio de conexión a internet satelital, que contemple la habilitación, arriendo de equipamiento y provisión de planes de datos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sus modificaciones introducidas por la Ley N° 21.634, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, las directivas e instrucciones obligatorias de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y demás normativa aplicable.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
VIII Región - Oficina Regional del Bio-Bio
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 03-03-2026 16:20:00
Fecha inicio de preguntas: 03-03-2026 17:00:00
Fecha final de preguntas: 06-03-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-03-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-03-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-03-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-04-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativo
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnico
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 NIVEL DE SERVICIO (SLA) Se evaluará la calidad del Acuerdo de Nivel de Servicio comprometido en el Anexo N°4, considerando los siguientes subcriterios 10%
2 OFERTA ECONÓMICA La evaluación económica se realizará sobre el Total Neto General correspondiente a las Líneas 1, 2 y 3, según lo declarado en el Anexo N°9 – Oferta Económica. La Línea 4 (Bolsa Adicional de Datos) no será considerada para efectos de asignación de puntaje económico, por tratarse de una prestación eventual y activable únicamente a requerimiento de CONAF. El valor ofertado para la Línea 4 deberá mantenerse fijo durante toda la vigencia del contrato y formará parte integrante de las condiciones económicas adjudicadas 30%
3 DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Este criterio busca privilegiar el desarrollo económico local, evaluando la ubicación de la casa matriz del oferente, conforme a la información declarada y acreditada en el anexo correspondiente 20%
4 PLAZO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA Se evaluará el plazo comprometido para la instalación y puesta en marcha del servicio, contado en días corridos desde la emisión de la Orden de Compra o desde la notificación de adjudicación, según corresponda 15%
5 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Se evaluará el comportamiento contractual del oferente en Mercado Público, considerando la calificación obtenida en contrataciones anteriores en los Últimos 24 meses. Se calificará de acuerdo a la “Nota comportamiento base” que la empresa tenga en portal www.mercadopublico.cl en la sección “Registro de sanciones aplicadas al proveedor" 10%
6 DESARROLLO SUSTENTABLE Este criterio busca promover prácticas sustentables en la prestación del servicio de conectividad. Se asignará puntaje a los oferentes que acrediten la incorporación de medidas de sustentabilidad ambiental asociadas al servicio ofertado, tales como, a modo ejemplar: Uso de equipamiento energéticamente eficiente. Compromisos de gestión responsable de residuos electrónicos (RAEE). Programas de reutilización, reciclaje o disposición final certificada del equipamiento. Certificaciones ambientales o políticas corporativas de sostenibilidad aplicables al servicio 5%
7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Los oferentes deben informar si cuentan con Programas de Integridad implementados que sean efectivamente conocidos por su personal y/o trabajadores. Los oferentes deberán informar con el Anexo Nº5 de estas Bases si cuentan con un programa de Integridad y/o Compliance debidamente implementado y conocido por su personal y/o trabajadores debiendo para tales efectos, y a fin de acreditar lo anterior, acompañar la siguiente documentación 5%
8 CUMPLIMIENTO DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANC Este criterio busca valorar el compromiso del oferente con la integridad, la ética y la probidad en sus relaciones comerciales, especialmente con el sector público. Se evaluará la existencia y la difusión de mecanismos formales para promover la integridad dentro de su organización o a nivel individual, considerando su calidad jurídica 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 69000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jefe Sección de Finanzas
e-mail de responsable de pago: luis.manriquez@conaf.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se permitirá la subcontratación parcial para actividades accesorias, tales como transporte, logística o soporte técnico en terreno, manteniéndose en todo caso el proveedor adjudicado como único responsable frente a CONAF por el cumplimiento íntegro de la
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: CORPORACION NACIONAL FORESTAL, RUT N° 61.313.000-4
Fecha de vencimiento: 12-05-2026
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública ‘Habilitación y Servicio de Internet Satelital para Bases de Brigada – Región del Biobío”.
Forma y oportunidad de restitución: El documento se encontrara disponible para los oferentes no adjudicados, vencidos y en trámites de suscripción del contrato, y deberá ser coordinada con la sección de finanzas, en el fono 41- 2624038. Para el caso del oferente adjudicado, el mencionado documento será devuelto una vez que éste entregue el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato indicado en el numeral siguiente y, además, se presente a la firma del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, RUT N° 61.313.000-4
Fecha de vencimiento: 06-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: "Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ‘Habilitación y Servicio de Internet Satelital para Bases de Brigada – Región del Biobío"
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al proveedor adjudicado una vez transcurridos 90 días hábiles administrativos desde la fecha de término del contrato, coordinación previa con la Sección Finanzas de CONAF
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA
La Corporación Nacional Forestal (CONAF), Dirección Regional del Biobío, convoca a los interesados a participar en una Licitación Pública para la contratación del servicio de internet satelital, que contemple la habilitación, arriendo de equipamiento y provisión de planes de datos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sus modificaciones introducidas por la Ley N° 21.634, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, las directivas e instrucciones obligatorias de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y demás normativa aplicable. NOMBRE DE LA LICITACIÓN: "HABILITACIÓN Y SERVICIO DE INTERNET SATELITAL PARA BASES DE BRIGADA, REGIÓN DEL BIOBÍO". El presente proceso tiene por objeto la contratación de un servicio de conectividad digital satelital que permita dotar de acceso continuo, estable y seguro a las distintas Bases de Brigada de CONAF en la Región del Biobío que carecen de factibilidad técnica a través de cable, asegurando la adecuada coordinación operativa, comunicación y gestión de recursos en el marco de las labores de prevención y combate de incendios forestales, mediante el uso de tecnología satelital de alta velocidad y baja latencia. Los oferentes podrán acceder a las Bases de Licitación y sus anexos, efectuar consultas y presentar sus ofertas exclusivamente a través de la plataforma electrónica del Sistema de Compras Públicas, disponible en el sitio web www.mercadopublico.cl, conforme a los plazos y condiciones establecidos en las presentes bases.
OBJETO DE LA LICITACIÓN
El objeto de la presente licitación es la suscripción de un Convenio de Suministro, de ejecución sucesiva, para la contratación del servicio de habilitación, instalación y provisión de conectividad a internet vía satélite de alta velocidad y baja latencia, destinado a las Bases de Brigada de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), Región del Biobío. El servicio deberá considerar, en forma integral e indivisible, el suministro de equipamiento satelital (antena, router y accesorios), en modalidad de arriendo o comodato; la instalación en terreno, la puesta en marcha del servicio y la provisión de planes de datos mensuales, asegurando la continuidad operativa de las comunicaciones institucionales en zonas con nula o baja factibilidad técnica terrestre. El equipamiento será de propiedad del proveedor adjudicado, quien será responsable de su mantención, reposición y correcto funcionamiento durante toda la vigencia del convenio, sin costo adicional para CONAF: 2.1. CLASIFICACIÓN DE BASES DE BRIGADAS. La Corporación Nacional Forestal de la región del Biobío cuenta actualmente con 16 Bases de Brigadas, distribuidas en las 3 provincias que conforman la región del Biobío. Para efectos técnicos, operativos y contractuales, las Bases de Brigada se clasifican en dos categorías: a. Bases Permanentes (operación durante todo el año): Corresponden a aquellas Bases de Brigada cuya operación se mantiene activa durante todo el año calendario, las cuales son: Duqueco, Primavera, La Granja, Miguel Bustos y Escuadrón. b. Bases temporales (operación estacional entre los meses de octubre a mayo) Corresponden a aquellas Bases de Brigada cuya operación se activa únicamente durante el período definido institucionalmente para la temporada de mayor riesgo de incendios forestales, comprendido referencialmente entre los meses de septiembre a mayo de cada año, o en el período que CONAF determine mediante acto administrativo o instrucción operativa. Las Bases de Temporada son aquellas individualizadas en el numeral 2.2 que no se encuentran comprendidas en la categoría de Bases Permanentes, esto es el literal a) precedente. Cada categoría contará con líneas de servicio diferenciadas, considerando las características técnicas, capacidades de transmisión de datos y condiciones de operación acordes a su nivel de uso y criticidad operativa. Para el cierre de estas bases, CONAF informará al proveedor con 30 días de antelación la fecha de término de operación, con el fin de que este proceda al retiro de los equipos en la fecha estipulada. Por su parte, el servicio será pagado exclusivamente por los meses en que fue efectivamente prestado, considerando su naturaleza de operación temporal. 2.2. BASES DE BRIGADA CONSIDERADAS. El requerimiento abarca las siguientes dieciséis (16) Bases de Brigada de CONAF en la Región del Biobío, según el siguiente detalle: N° Base Comuna Coordenadas Geográficas 1 Miguel Bustos Tomé 36° 40' 19,36'' S / 72° 57' 56,94'' O 2 Paredones Florida 36° 45' 33,54'' S / 72° 36' 13,41'' O 3 Escuadrón Coronel 36° 55' 05,03'' S / 73° 09' 05,18'' O 4 Fundo Chequén Florida 36° 47' 46'' S / 72° 44' 06'' O 5 Poduco Santa Juana 37° 18' 20,79'' S / 72° 56' 32,59'' O 6 Cangrejillos Florida 36° 52' 43,20'' S / 72° 48' 12,90'' O 7 Talcamavida Hualqui 37° 09' 41'' S / 72° 55' 02'' O 8 Primavera Yumbel 37° 07' 54,58'' S / 72° 32´ 43,37'' O 9 Duqueco Los Ángeles 37° 32' 30,34'' S / 72° 18' 27,99'' O 10 Las Corrientes Nacimiento 37° 21' 24,00'' S / 72° 50' 11,00'' O 11 Las Playas Laja 37° 15' 16,87'' S / 72° 39' 54,63'' O 12 La Granja Cañete 37° 46' 42,32´´ S / 73° 22' 56,72'' O 13 Trancalco Lebu 37° 38' 53,04'' S / 73° 36' 36,01'' O 14 Santa Rosa Cañete 37° 50' 44,00'' S / 73° 23' 27,00'' O 15 Curaquilla Cañete 37° 14' 49,00'' S / 73° 20' 27,00'' O 16 Santa Rosa II Cañete 37° 50' 24'' S / 73° 23' 28'' O No obstante lo anterior, las ubicaciones señaladas se establecen sin perjuicio de que CONAF pueda determinar el cambio de ubicación de cualquiera de estas bases durante la vigencia del contrato, por razones de estrategia operativa, cambios en el riesgo de incendios o fuerza mayor. En tales casos, el proveedor deberá asegurar la continuidad del servicio en la nueva ubicación bajo las mismas condiciones técnicas y económicas adjudicadas. 2.3. TÉCNOLOGIA EXIGIDA. Atendida la naturaleza crítica de las operaciones de CONAF en materia de prevención y combate de incendios forestales, el servicio deberá operar mediante tecnología satelital de órbita baja (LEO – Low Earth Orbit) o tecnología equivalente o técnicamente superior, debidamente acreditable. No se aceptarán soluciones basadas exclusivamente en tecnologías de alta latencia que no aseguren continuidad operacional para comunicaciones críticas, tales como transmisión de datos en tiempo real, telefonía IP y sistemas de despacho. 2.4. LÍNEAS DE SERVICIO. Las líneas de servicio objeto de la presente contratación serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y se detallan a continuación con carácter referencial para efectos de estructuración de la oferta económica. El servicio licitado tendrá carácter integral e indivisible, por lo que los oferentes deberán presentar oferta por la totalidad de las líneas definidas en estas Bases, no admitiéndose ofertas parciales ni por líneas separadas. Línea Descripción Unidad 1 Habilitación e instalación del servicio satelital: suministro de kit satelital (antena, router y cableado), montaje en infraestructura existente y puesta en marcha del servicio. Unidad 2 Servicio mensual de conectividad satelital para Bases Permanentes, con especificación de tipo de antena, velocidades mínimas garantizadas de subida y bajada, latencia comprometida y plan de datos asociado. Mes 3 Servicio mensual de conectividad satelital para Bases Temporales, con especificación de tipo de antena, velocidades mínimas garantizadas de subida y bajada, latencia comprometida y plan de datos asociado. Mes 4 Servicio adicional de ampliación de plan de datos, aplicable en caso de consumo del plan base asignado, manteniendo las condiciones técnicas y económicas de la oferta adjudicada. Mes 2.5. COSTOS Y RESPONSABILIDADES. Todos los costos asociados a la instalación del servicio, incluyendo viáticos del personal técnico, transporte de equipamiento, materiales de montaje (mástiles, anclajes, cableado), soporte técnico en terreno y cualquier otro gasto necesario para la correcta habilitación del servicio, serán de exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado. En caso de interrupciones del servicio o fallas del equipamiento, el proveedor deberá gestionar y asumir íntegramente los gastos de traslado, reparación o reposición de los dispositivos, garantizando el restablecimiento del servicio dentro de los plazos establecidos en el Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA), sin costo adicional para CONAF. Asimismo, al término de la contratación o en caso de término anticipado, el proveedor deberá efectuar la desinstalación y retiro del equipamiento suministrado en modalidad de arriendo o comodato, incluyendo antenas, routers, cableado y soportes, asumiendo todos los costos asociados a dicha desinstalación, traslado y restitución, sin generar cargos para CONAF. La desinstalación deberá realizarse en coordinación con la Contraparte Técnica y dentro del plazo que ésta determine.
CRONOGRAMA
Etapa Plazo (Días corridos*) 1. Fecha inicio de preguntas : A partir de la fecha de publicación. 2. Fecha final de preguntas : 3 días corridos, a partir de la fecha publicación. de 3. Fecha de respuestas publicación de : 6 días corridos, a partir de la fecha publicación. de 4. Fecha de cierre de recepción de la oferta : 10 días corridos, a partir de la fecha publicación. de 5. Fecha de acto de apertura técnica y económica : 10 días corridos, a partir de la fecha publicación. de 6. Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas : 20 días corridos, a partir de la fecha apertura. de 7. Fecha de Adjudicación : 25 días corridos, a partir de la fecha Cierre de Ofertas. de Días corridos se refieren a todos los días de la semana, incluyendo sábados, domingos y festivos. Días hábiles se refieren a los días de lunes a viernes, excluyendo los festivos. 4.1. CONSULTAS Y ACLARACIONES. Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la presente licitación deberán realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante la modalidad de Foro de Consultas asociada a este proceso, hasta la fecha indicada en el cronograma. Las respuestas y aclaraciones serán publicadas por el mismo medio, dentro del plazo señalado en el Calendario de la Licitación, y se entenderán parte integrante de las presentes Bases Administrativas, siendo de responsabilidad de los oferentes su conocimiento íntegro, no pudiendo alegar desconocimiento para ningún efecto. Sin perjuicio de lo anterior, y hasta el plazo máximo para responder las consultas, CONAF podrá emitir aclaraciones de oficio a las Bases, las que se entenderán válidamente notificadas a los oferentes desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. 4.2. COMPLEMENTACIÓN DE BASES. CONAF podrá complementar, aclarar o modificar las presentes Bases de Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a consultas formuladas por los oferentes, durante el desarrollo del proceso licitatorio, mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras Públicas, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024. En caso de efectuarse modificaciones de carácter sustantivo que puedan incidir en la preparación de las ofertas, CONAF deberá otorgar un plazo adicional razonable para que los oferentes puedan adecuarlas, resguardando los principios de igualdad, libre concurrencia y transparencia. Dicha ampliación de plazo será formalizada y publicada oportunamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Las aclaraciones, complementaciones o modificaciones debidamente publicadas formarán parte integrante de las presentes Bases y serán obligatorias para todos los oferentes desde su publicación en el Sistema de Información. En ningún caso las modificaciones podrán alterar la naturaleza esencial del objeto de la licitación ni vulnerar el principio de estricta sujeción a las bases.
REQUISITOS TÉCNICOS
5.1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO. El proveedor adjudicado deberá proporcionar un servicio integral de conectividad a internet vía satélite, que contemple la habilitación, instalación, puesta en marcha, operación y mantención del servicio en las Bases de Brigada de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), Región del Biobío, durante toda la vigencia del Convenio de Suministro. El servicio deberá asegurar continuidad operativa, estabilidad y disponibilidad, considerando la ubicación geográfica aislada de las bases, donde no existe factibilidad técnica de conectividad terrestre. 5.2. TÉCNOLOGIA SATELITAL. a. El servicio deberá operar mediante tecnología satelital de órbita baja (LEO – Low Earth Orbit), o bien mediante tecnología satelital equivalente o técnicamente superior, debidamente acreditada por el proveedor, que permita cumplir todos los parámetros mínimos exigidos en las presentes Bases, en particular aquellos relativos a latencia, velocidad, disponibilidad y continuidad operacional. Para efectos de esta licitación, se entenderá por tecnología equivalente aquella que, aun no siendo LEO, acredite técnicamente el cumplimiento simultáneo de los siguientes requisitos mínimos: Latencia máxima compatible con aplicaciones en tiempo real. Velocidades mínimas garantizadas de subida y bajada. Disponibilidad mensual comprometida conforme a SLA. Estabilidad operacional para comunicaciones críticas. La equivalencia técnica deberá ser respaldada mediante fichas técnicas, documentación del fabricante, certificaciones u otros antecedentes verificables. b. No se aceptarán soluciones basadas exclusivamente en tecnologías satelitales de alta latencia que no permitan cumplir los parámetros técnicos mínimos exigidos en estas Bases ni aseguren la continuidad operacional necesarias para comunicaciones críticas institucionales. 5.3. PRESTACIONES MÍNIMAS DEL SERVICIO. El servicio de conectividad deberá cumplir, como mínimo, con las siguientes condiciones técnicas, las cuales tendrán carácter obligatorio y exigible durante toda la vigencia del contrato: a. Plan de datos ilimitado, entendiéndose como tal aquel que no implique suspensión del servicio ni reducción permanente de velocidad por consumo, sin perjuicio de la aplicación de políticas de uso razonable debidamente informadas y acreditadas en la oferta técnica. b. Velocidades mínimas garantizadas, las cuales deberán ser claramente indicadas en la oferta técnica y no podrán ser inferiores a los siguientes rangos referenciales: Bases Permanentes: Velocidad mínima de descarga: ≥ 50 Mbps Velocidad mínima de carga: ≥ 10 Mbps Bases de Temporada: Velocidad mínima de descarga: ≥ 30 Mbps Velocidad mínima de carga: ≥ 5 Mbps. Todas las brigadas deberan considerar velocidad mínima de carga, ya que el personal que queda en la base es mínima, indistintamente que sean bases Permanentes o Temporales lo que sí se debe considerar es que las temporales pueden cambiar de ubicación y eso debe evaluarse económicamente, esto es que se valorice el cambio de domicilio. Las velocidades indicadas deberán corresponder a valores mínimos garantizados y no solo a velocidades máximas teóricas del servicio. c. Latencia compatible con el uso de aplicaciones de comunicación en tiempo real, tales como telefonía IP, plataformas de coordinación operativa y transmisión de datos, debiendo el proveedor indicar en su oferta técnica: Latencia típica esperada (ms). Latencia máxima comprometida (ms). d. Disponibilidad mínima mensual del servicio, conforme al Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA) ofertado, la cual no podrá ser inferior al porcentaje mínimo exigido en las Bases Técnicas. e. Capacidad para soportar tráfico simultáneo de datos, acorde a las necesidades operativas de cada Base de Brigada, debiendo el proveedor indicar el número referencial de usuarios simultáneos soportados sin degradación significativa del servicio. 5.4. EQUIPAMIENTO INCLUIDO. El proveedor deberá suministrar, en modalidad de arriendo o comodato, todo el equipamiento necesario para la correcta operación del servicio, incluyendo a lo menos: a) Antena satelital. b) Router o equipo de red asociado. c) Cableado, soportes, anclajes y accesorios necesarios para la instalación. El equipamiento será de propiedad del proveedor adjudicado, quien será responsable de su mantención, reposición y correcto funcionamiento durante toda la vigencia del convenio, sin costo adicional para CONAF. 5.5. INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA. a. El proveedor deberá realizar la instalación en terreno del equipamiento en cada Base de Brigada, considerando las condiciones particulares del lugar y las exigencias técnicas mínimas establecidas en las presentes Bases. b. La instalación deberá incluir la configuración, pruebas de conectividad, verificación de velocidades, latencia y puesta en marcha del servicio, dejándolo plenamente operativo y validado por la Contraparte Técnica de CONAF. c. Todos los costos asociados a traslado, viáticos, materiales de montaje, anclajes, cableado, mano de obra y cualquier otro gasto necesario para la correcta instalación y habilitación del servicio serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. d. Asimismo, al término de la contratación, sea por cumplimiento del plazo, no renovación o término anticipado, el proveedor deberá proceder a la desinstalación y retiro íntegro del equipamiento suministrado en modalidad de arriendo o comodato, asumiendo todos los costos asociados a traslado, desmontaje y logística, sin que ello genere pago adicional para CONAF. e. La desinstalación deberá ejecutarse dentro del plazo que establezca la Contraparte Técnica, dejando las instalaciones en condiciones operativas seguras y sin afectar la infraestructura existente. 5.6. SOPORTE TÉCNICO Y MANTENCIÓN. a. El proveedor deberá otorgar soporte técnico durante toda la vigencia del convenio, incluyendo atención de fallas, incidencias y consultas técnicas. b. En caso de fallas del servicio o del equipamiento, el proveedor deberá gestionar su reparación o reposición dentro de los plazos comprometidos en el SLA. c. Los costos de soporte, traslado y reposición serán asumidos íntegramente por el proveedor adjudicado. 5.7. ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA) El proveedor deberá presentar un Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA) que establezca, a lo menos: a. Disponibilidad mensual comprometida del servicio. b. Tiempos máximos de respuesta ante incidencias. c. Tiempos máximos de reposición o restablecimiento del servicio. d. Procedimiento de notificación y escalamiento de fallas. El SLA formará parte integrante del contrato y será exigible durante toda la vigencia del Convenio de Suministro. 5.8. RECEPCIÓN CONFORME DEL SERVICIO. a. La recepción conforme se efectuará una vez que el servicio se encuentre instalado, operativo y validado técnicamente por la contraparte técnica de CONAF. b. La recepción conforme podrá considerar pruebas de conectividad, estabilidad y funcionamiento general del servicio. c. En caso de no cumplimiento de los requisitos técnicos, CONAF podrá rechazar la recepción hasta que el proveedor subsane las observaciones, sin costo adicional. 5.9. INDIVISIBILIDAD DEL SERVICIO. El servicio objeto de la presente licitación es de carácter integral e indivisible, por cuanto la habilitación e instalación del servicio y la prestación del servicio mensual de conectividad satelital constituyen un único requerimiento técnico y operativo. En consecuencia, los oferentes deberán ofertar obligatoriamente la totalidad de las líneas de servicio definidas en estas Bases, no aceptándose ofertas parciales ni por líneas separadas. Los oferentes deberán ofertar obligatoriamente la totalidad de las líneas económicas definidas en el Anexo N°10. El incumplimiento de esta exigencia será causal de inadmisibilidad de la oferta. 5.10. PLAN DE DATOS BASE Y BOLSAS ADICIONALES El servicio de conectividad satelital para cada Base de Brigada deberá contemplar un plan de datos base con una capacidad mínima garantizada de 1 Terabyte (1 TB) mensual por Base, manteniendo las velocidades, latencia y niveles de disponibilidad comprometidos en el SLA. La oferta que contemple una capacidad base inferior a 1 TB mensual por Base será declarada inadmisible. En caso de que el consumo mensual supere la capacidad base contratada, CONAF podrá requerir la activación de bolsas adicionales de datos, las cuales deberán mantener las mismas condiciones técnicas comprometidas en el contrato. El proveedor deberá indicar expresamente: Si el plan contempla política de uso justo o priorización/depriorización. La capacidad en GB o TB de cada bolsa adicional. El valor unitario de cada bolsa adicional. La activación de bolsas adicionales se realizará exclusivamente a requerimiento formal de la Contraparte Técnica de CONAF.
REQUISITOS DE LOS OFERENTES
6.1. CARACTERÍSTICAS DEL OFERENTE. Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así como Uniones Temporales de Proveedores (UTP), que cumplan con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, sus modificaciones introducidas por la Ley N° 21.634, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, y las directivas e instrucciones vigentes de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Los oferentes deberán encontrarse inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la adjudicación y mantener dicha condición durante toda la vigencia del contrato. En el caso de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), todos sus integrantes deberán cumplir individualmente los requisitos establecidos en las presentes Bases y responderán solidariamente por el cumplimiento íntegro del contrato, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento. No podrán participar ni ser adjudicados en el presente proceso quienes se encuentren afectos a alguna de las siguientes inhabilidades legales: a) Quienes, en los dos (2) años anteriores a la presentación de la oferta o a la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a derechos fundamentales de los trabajadores o delitos concursales, conforme a la Ley N° 20.720. b) Los funcionarios directivos de CONAF, así como las personas con vínculo de parentesco definido en el artículo 54, letra b), de la Ley N° 18.575, y las sociedades en que estos participen bajo cualquiera de las formas establecidas en dicha normativa. c) Las personas jurídicas condenadas conforme a la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, respecto de los delitos señalados en su artículo 8°. d) Los proveedores que mantengan inhabilidades vigentes en el Registro de Proveedores de ChileCompra. e) Quienes se encuentren afectos a cualquiera de las prohibiciones o inhabilidades establecidas en la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Las inhabilidades deberán mantenerse ausentes durante toda la vigencia del contrato, constituyendo causal de término anticipado su configuración sobreviniente. 6.2. REQUISITOS GENERALES DE LOS OFERENTES. La presente licitación se regirá por las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos, publicados en el portal www.mercadopublico.cl. En todo lo no previsto en estas Bases, se aplicará lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su Reglamento y las aclaraciones o modificaciones que CONAF publique a través del Foro de Consultas del portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas y todos sus antecedentes obligatorios deberán presentarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación. La sola presentación de una oferta implicará que el oferente: a) Ha estudiado íntegramente los antecedentes del proceso licitatorio. b) Ha verificado la concordancia entre las Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos, aclaraciones y demás documentos del proceso. c) Declara conocer y aceptar íntegramente las condiciones técnicas, administrativas y contractuales establecidas para la prestación del servicio requerido. d) Declara no encontrarse afecto a inhabilidades para contratar con el Estado. e) Se obliga a mantener las condiciones declaradas durante toda la vigencia del proceso y, en caso de adjudicación, durante la ejecución contractual. La falsedad en cualquiera de las declaraciones efectuadas constituirá causal de inadmisibilidad o término anticipado del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades legales que correspondan. 6.3. INHABILIDAD POR CONFLICTO DE INTERES. En virtud de lo dispuesto en el artículo 35 quáter de la Ley N° 21.634, no podrán ser adjudicados aquellos oferentes que mantengan vínculos contractuales o se encuentren contratados a honorarios por la entidad licitante. Esta prohibición se extiende a: Cónyuges, convivientes civiles y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Empresas en las que dichas personas tengan participación directa o indirecta, o sean beneficiarios finales, conforme a la definición establecida en la Ley N° 20.393. Funcionarios que ejerzan cargos directivos, hasta el nivel de jefe de departamento, así como aquellos que participen en el proceso de contratación, durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de haber cesado en ellas.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
7.1. ANTECEDENTES PARA INCORPORAR EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA U OFERTA Todos los oferentes deberán presentar su propuesta exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, adjuntando la totalidad de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos exigidos en las presentes bases. 7.1.1. ANTECEDENTES DEL OFERENTES Y OTROS DOCUMENTOS. Los oferentes deberán acompañar, como anexos administrativos, los siguientes antecedentes, los que podrán ser acreditados mediante la información contenida en la ficha del proveedor del portal Mercado Público, cuando corresponda: Tipo de proponente Antecedentes que debe acompañar Persona Natural Nº1.- Fotocopia simple de la última declaración anual de impuesto a la renta, presentada ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Nº2.- Fotocopia simple de documento de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en un rubro compatible con el objeto de esta licitación. Se hace presente que, tratándose de personas naturales, deberán ser contribuyentes de impuesto de primera categoría. Persona Jurídica Nº1.- Formulario completo de identificación del oferente, contenido en el anexo correspondiente de las presentes bases. Nº2.- Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es). Nº3.- Sociedades constituidas por escritura pública: deberá acompañar copia simple del acto de constitución o de la escritura pública vigente, según corresponda, en la que conste expresamente la designación del (o los) representante(s) legal(es) de la sociedad. Se deberá marcar con destacado el texto en que conste la designación del representante legal. Sociedades constituidas mediante el "Registro Empresa en un día": Deberá acompañar copia simple del Certificado de Estatuto Actual, del Certificado de Vigencia de la Persona Jurídica y del Certificado de Vigencia del Administrador o Representante Legal, obtenidos desde www.registrodeempresasysociedades.cl, donde conste su designación y facultades. Nº4.- Fotocopia simple del RUT de la sociedad. Nº5.- Certificado de vigencia de la sociedad y del poder del representante legal, con antigüedad máxima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de la oferta. Unión Temporal de Proveedores Nº1.- Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la UTP. Nº2.- Instrumento público o privado que formaliza o da cuenta del acuerdo de los oferentes para participar como Unión Temporal de Proveedores en esta licitación. CONAF podrá solicitar antecedentes omitidos mediante el mecanismo de foro inverso, conforme al Reglamento de la Ley N° 19.886. La no presentación dentro del plazo otorgado podrá dar lugar a la inadmisibilidad de la oferta. 7.1.2. ANEXOS ADMINISTRATIVOS. El oferente deberá completar, firmar y adjuntar obligatoriamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, los siguientes Anexos Administrativos, según su calidad jurídica: Anexo N°1: Identificación del Oferente. Anexo N°2: Declaración Jurada de Cumplimiento Normativo y Ley N° 20.393. Anexo N°8-A o Anexo N°8-B: Declaración de Programa de Integridad o Compliance, según corresponda. Anexo N°10: Declaración de Comportamiento Contractual. Los Anexos N°8-A o N°8-B se encuentran directamente asociados al criterio 8.3.7 “Cumplimiento de Programa de Integridad y Compliance”. El Anexo N°10 se encuentra asociado al criterio 8.3.4 “Comportamiento Contractual Anterior”. Todos los anexos administrativos deberán encontrarse debidamente completos y firmados por la persona natural oferente, el representante legal o el apoderado común de la UTP, según corresponda. La no presentación de cualquiera de los anexos administrativos obligatorios, o su presentación incompleta o sin firma, podrá ser subsanada únicamente conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, siempre que se trate de errores u omisiones de carácter formal que no alteren la igualdad entre los oferentes ni la comparabilidad de las ofertas. La subsanación podrá incidir en el puntaje del criterio 8.3.6, según lo establecido en estas Bases. 7.1.3. ANEXOS TÉCNICOS. El oferente deberá adjuntar obligatoriamente los siguientes Anexos Técnicos: Anexo N°3: Oferta Técnica – Especificación del Servicio Satelital. Anexo N°4: Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA). Anexo N°5: Plan de Instalación y Puesta en Marcha. Anexo N°6: Declaración y Respaldo de Desarrollo Económico Local. Anexo N°7: Declaración de Desarrollo Sustentable, Servicio de Conectividad. La no presentación de cualquiera de los Anexos N°3, N°4 o N°5 será causal de inadmisibilidad de la oferta, por tratarse de antecedentes técnicos esenciales. Los Anexos N°6 y N°7 serán exigibles únicamente para efectos de evaluación, asignándose puntaje cero en caso de no presentación, sin afectar la admisibilidad de la oferta. 7.1.4. ANEXOS ECONÓMICOS. El oferente deberá presentar obligatoriamente el Anexo N°9: Oferta Económica, el cual será utilizado para la evaluación del criterio 8.3.1 “Oferta Económica”. La oferta económica deberá considerar, en forma integral e indivisible, la totalidad de las líneas de servicio definidas en las presentes Bases: Línea 1: Habilitación e instalación del servicio satelital. Línea 2: Servicio mensual de conectividad satelital para Bases Permanentes. Línea 3: Servicio mensual de conectividad satelital para Bases de Temporada. Línea 4: Servicio adicional de ampliación de plan de datos. Los valores deberán expresarse en pesos chilenos netos, indicando separadamente el precio unitario y el total por línea, así como el total general neto, IVA y total con impuestos incluidos. La no presentación del Anexo N°9, la omisión de cualquiera de las líneas exigidas o la presentación de ofertas parciales será causal de inadmisibilidad de la oferta. Solo podrán ser subsanados mediante foro inverso errores formales que no alteren el precio ofertado ni la comparabilidad entre ofertas, conforme al artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. 7.2. VALIDEZ DE LA OFERTA Las ofertas deberán mantener una validez mínima de 50 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. CONAF podrá solicitar prórroga de dicha validez, antes de su vencimiento. 7.3. GARANTÍAS 7.3.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA En la presente licitación se requerirá presentar una Garantía de seriedad de la oferta. El monto de la garantía debe cautelar y resguardar: 1) La participación, 2) La seguridad y seriedad de la oferta, 3) Garantizar que celebrará el contrato, y 4) La fidelidad de los valores presentados en la propuesta; estos aspectos que son fundamentales, atendida la importancia de la presente licitación para la Corporación. Esta garantía podrá otorgarse física o electrónicamente y ser entregada conforme con lo siguiente: La garantía de seriedad física deberá ser entregada en la Oficina de Partes de CONAF en esta Región, ubicada Barros Arana N° 514, 3er Piso, Edificio Remodelación Catedral, en el horario de 8:30hrs a 13:00hrs, hasta la fecha de cierre de recepción de la oferta, indicado en el numeral 3 de la presente. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, por ejemplo Certificado de fianza, póliza de seguros digitales, entre otros. La garantía deberá ser adjuntada en su oferta en los anexos administrativos en el Portal www.mercadopublico.cl. Las garantías exigidas en las presentes Bases, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, deberán ser pagaderas a la vista, irrevocables y otorgadas a primer requerimiento de la Corporación Nacional Forestal, permitiendo su cobro inmediato y efectivo, sin restricciones, condiciones ni cláusulas que limiten su ejecución. El proveedor podrá constituir la garantía mediante uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza, siempre que, en conjunto, cubran íntegramente el monto exigido y cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro rápido y efectivo de la garantía, en los términos previstos en la normativa vigente. Tipo de documento: Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de fianza, Vale Vista o Póliza de Seguro, o cualquier otro aceptado por la Ley de Compras Públicas. Beneficiario: CORPORACION NACIONAL FORESTAL, RUT N° 61.313.000-4. Pagadera: A la vista. Monto: $500.000. (quinientos mil de pesos), correspondiente a la garantía de seriedad de la oferta integral presentada, considerando la totalidad de las líneas de servicio definidas en las presentes Bases. En atención al carácter integral e indivisible del servicio licitado, la garantía será exigida por oferta total y no por línea individual. Vigencia: Con fecha de vencimiento a los 60 días corridos contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública ‘Habilitación y Servicio de Internet Satelital para Bases de Brigada – Región del Biobío”. Otros requisitos: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje. Forma y oportunidad de restitución: El documento se encontrara disponible para los oferentes no adjudicados, vencidos y en trámites de suscripción del contrato, y deberá ser coordinada con la sección de finanzas, en el fono 41- 2624038. Para el caso del oferente adjudicado, el mencionado documento será devuelto una vez que éste entregue el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato indicado en el numeral siguiente y, además, se presente a la firma del contrato. CONAF podrá hacer efectiva esta garantía en los casos legalmente procedentes, conforme a la normativa vigente. 7.3.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, consistente en un documento financiero que podrá ser Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista Bancario, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro, u otros instrumentos aceptados por la Ley de Compras Públicas. Este documento deberá cumplir con las siguientes disposiciones: Beneficiario CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, RUT N° 61.313.000-4. Monto 5% del total del valor adjudicado NETO en pesos chilenos o su equivalente en UF. Vigencia: La garantía deberá tener una vigencia mínima que exceda en 90 días corridos al plazo establecido para el término del contrato. Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ‘Habilitación y Servicio de Internet Satelital para Bases de Brigada – Región del Biobío’. Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al proveedor adjudicado una vez transcurridos 90 días hábiles administrativos desde la fecha de término del contrato, coordinación previa con la Sección Finanzas de CONAF. Forma y oportunidad de entrega: La garantía deberá ser entregada dentro del plazo de cinco (5) días corridos contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En caso de ser emitida en formato físico, deberá entregarse en sobre cerrado en la Oficina de Partes de la Corporación Nacional Forestal, ubicada en Barros Arana N° 514, Concepción. En caso de ser emitida electrónicamente, deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación, y remitirse al correo electrónico institucional que CONAF disponga para tales efectos. Cobro de la garantía: CONAF podrá hacer efectiva esta garantía, sin necesidad de requerimiento judicial, en los siguientes casos: Incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales por parte del proveedor. Término anticipado del contrato por causas imputables al proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada y aceptada por CONAF. Incumplimiento de los plazos de instalación, puesta en marcha o prestación del servicio comprometidos. Incumplimiento de las especificaciones técnicas, niveles de servicio (SLA) o estándares de calidad establecidos en las Bases y el contrato. Incumplimiento de obligaciones laborales, previsionales o de seguridad social respecto del personal del proveedor. La garantía deberá ser emitida por una institución bancaria, compañía de seguros o entidad afianzadora legalmente habilitada, no devengará intereses ni reajustes y no podrá contener cláusulas que restrinjan, condicionen o limiten su cobro, tales como cláusulas de arbitraje. El proveedor adjudicado deberá informar el nombre y correo electrónico del ejecutivo de la entidad emisora de la garantía, a fin de permitir a la Unidad Compradora verificar su autenticidad, lo que podrá realizarse antes del primer pago del contrato. En el evento de que el plazo de vigencia de la garantía esté próximo a vencer y no se hubiere cumplido íntegramente el objeto del contrato, el proveedor estará obligado a renovar oportunamente la garantía, de manera de mantenerla vigente hasta el cumplimiento total de sus obligaciones. La no renovación oportuna facultará a CONAF para hacer efectiva la garantía originalmente presentada.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. APERTURA ELECTRÓNICA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las ofertas se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl, verificándose el cumplimiento de los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en las presentes Bases. Solo serán evaluadas aquellas ofertas que contemplen la totalidad de las líneas de servicio requeridas, de conformidad con lo dispuesto en los puntos 5 y 7 de estas Bases. 8.2. COMISIÓN EVALUADORA. La adjudicación se hará previa propuesta realizada por una Comisión Evaluadora integrada por: Jefe del Departamento de Finanzas y Administración, Katherine Suazo Henríquez, o quien la subrogue. Jefe del Departamento de Protección contra Incendios Forestales, Héctor Soto Ortiz, o quien lo subrogue. Profesional del Departamento de Protección contra Incendios Forestales, Claudio García Vizcarra, o quien lo subrogue. Además: Ministro de Fe: Jefa de la Unidad Jurídica Región del Biobío, Ana Méndez Ortega, o quien la subrogue. Asesor Técnico: Encargado de Telecomunicaciones, Región del Biobío, Jonathan Carmona Avila. La Comisión emitirá un Informe de Evaluación en el que se propondrá al Director Regional la adjudicación, readjudicación o deserción total o parcial. 8.3. CRITERIOS DE EVALUACIÓN La evaluación de las ofertas se efectuará considerando los criterios, ponderaciones y metodologías que se indican a continuación. Solo serán evaluadas aquellas ofertas admisibles y que oferten la totalidad de las líneas de servicio exigidas en las presentes Bases. El puntaje final de cada oferta corresponderá a la suma ponderada de los puntajes obtenidos en cada criterio, alcanzando un máximo de 100 puntos. CRITERIO DESCRIPCION / FORMULA PONDERACIÓN 1.OFERTA ECONÓMICA. La evaluación económica se realizará sobre el Total Neto General correspondiente a las Líneas 1, 2 y 3, según lo declarado en el Anexo N°9 – Oferta Económica. La Línea 4 (Bolsa Adicional de Datos) no será considerada para efectos de asignación de puntaje económico, por tratarse de una prestación eventual y activable únicamente a requerimiento de CONAF. El valor ofertado para la Línea 4 deberá mantenerse fijo durante toda la vigencia del contrato y formará parte integrante de las condiciones económicas adjudicadas. 30% Puntaje= (Precio ofertado/Precio menor ofertado) × 100. Precio menor ofertado: Precio total neto más bajo entre las ofertas válidamente aceptadas. Precio ofertado: Precio total neto de la oferta evaluada. El puntaje obtenido se multiplicará por la ponderación del criterio (30%). La oferta que no incluya cualquiera de las líneas exigidas será declarada inadmisible. 2.DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL. Este criterio busca privilegiar el desarrollo económico local, evaluando la ubicación de la casa matriz del oferente, conforme a la información declarada y acreditada en el anexo correspondiente. 20% a. Región del Biobío: 100 puntos. b. Otras regiones del país con excepción Región Metroplitana: 50 puntos. c. Región Metropolitana: 5 puntos. Puntaje obtenido en criterio x Ponderación = Puntaje final de criterio. 3.PLAZO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA. Se evaluará el plazo comprometido para la instalación y puesta en marcha del servicio, contado en días corridos desde la emisión de la Orden de Compra o desde la notificación de adjudicación, según corresponda. 15% Hasta 10 días corridos: 100 puntos. Entre 11 y 20 días corridos: 50 puntos. Más de 20 días corridos: 0 puntos. Puntaje obtenido en criterio x Ponderación = Puntaje final de criterio. 4.NIVEL DE SERVICIO (SLA) Se evaluará la calidad del Acuerdo de Nivel de Servicio comprometido en el Anexo N°4, considerando los siguientes subcriterios: a. Disponibilidad mensual comprometida ≥ 99,7 % 100 puntos. 10% ≥ 99,5 % y < 99,7 % 70 puntos. ≥ 99,0 % y < 99,5 % 40 puntos. < 99,0 % 0 puntos. b. Latencia máxima comprometida ≤ 60 ms 100 puntos. 60 ms y ≤ 100 ms 50 puntos. 100 ms 0 puntos. c. Tiempo máximo de restablecimiento ante falla crítica. ≤ 6 horas 100 puntos. 6 y ≤ 12 horas 50 puntos. 12 horas 0 puntos. Puntaje obtenido × 10% = Puntaje final del criterio. 5.COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR. Se evaluará el comportamiento contractual del oferente en Mercado Público, considerando la calificación obtenida en contrataciones anteriores en los Últimos 24 meses. Se calificará de acuerdo a la “Nota comportamiento base” que la empresa tenga en portal www.mercadopublico.cl en la sección “Registro de sanciones aplicadas al proveedor”. El puntaje se calificará según lo siguiente: 10% Nota 5: 100 puntos. Nota de 4 a 4,99: 50 puntos. Nota 3,99 o menos: 0 puntos. Puntaje obtenido en criterio x Ponderación = Puntaje final de criterio. 6.DESARROLLO SUSTENTABLE. Este criterio busca promover prácticas sustentables en la prestación del servicio de conectividad. Se asignará puntaje a los oferentes que acrediten la incorporación de medidas de sustentabilidad ambiental asociadas al servicio ofertado, tales como, a modo ejemplar: Uso de equipamiento energéticamente eficiente. Compromisos de gestión responsable de residuos electrónicos (RAEE). Programas de reutilización, reciclaje o disposición final certificada del equipamiento. Certificaciones ambientales o políticas corporativas de sostenibilidad aplicables al servicio. 5% Acredita material reciclado 100 puntos. No acredita 0 puntos. Puntaje obtenido en criterio x Ponderación = Puntaje final de criterio. La acreditación deberá realizarse mediante certificados, políticas corporativas, informes técnicos o documentación oficial. 7.CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Los oferentes deben informar si cuentan con Programas de Integridad implementados que sean efectivamente conocidos por su personal y/o trabajadores. Los oferentes deberán informar con el Anexo Nº5 de estas Bases si cuentan con un programa de Integridad y/o Compliance debidamente implementado y conocido por su personal y/o trabajadores debiendo para tales efectos, y a fin de acreditar lo anterior, acompañar la siguiente documentación: 5% CRITERIO PUNTAJE Presenta toda la documentación solicitada 100 Presenta la documentación solicitada por FORO INVERSO 50 No presenta toda la documentación solicitada 0 Puntaje obtenido en criterio x Ponderación = Puntaje final de criterio. 8.CUMPLIMIENTO DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE Este criterio busca valorar el compromiso del oferente con la integridad, la ética y la probidad en sus relaciones comerciales, especialmente con el sector público. Se evaluará la existencia y la difusión de mecanismos formales para promover la integridad dentro de su organización o a nivel individual, considerando su calidad jurídica. 5% A. Para Personas Jurídicas: Se asignará puntaje según la evidencia presentada por el oferente que demuestre la existencia de un Programa de Integridad formalizado y la implementación de mecanismos para su difusión y conocimiento entre sus trabajadores. Y se asignara puntaje según la siguiente tabla: Oferente informa que se cuenta con programas de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores y entrega respaldos de verificación. 100 Oferente informa que se cuenta con programas de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores y NO entrega respaldos de verificación. 30 Oferente informa que NO cuenta con programas de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores y/o NO entrega respaldos de verificación. 0 Los oferentes deberán informar con el Anexo Nº7-A de estas Bases si cuentan con un programa de Integridad y/o Compliance debidamente implementado y conocido por su personal y/o trabajadores debiendo para tales efectos, y a fin de acreditar lo anterior, acompañar la siguiente documentación: a. Presentar, protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad. Entregar documentos o antecedentes que respalden y permitan verificar que el Programa de Integridad es conocido por su personal y/o trabajadores tales como: un comunicado interno, afiche informativo, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, anexo de contrato de trabajo, constancia de la inducción, capacitación, seminarios, etc. B. Para Personas Naturales: Se asignará puntaje según la presentación de una Declaración Jurada Simple del Anexo N° 7-B donde el oferente manifieste: - Su compromiso con los principios de probidad y ética en la Ley de Compras Públicas y otras normativas aplicables. - Su conocimiento y adhesión a un Código de Conducta personal o profesional (puede adjuntarlo brevemente si lo posee). - Su compromiso de actuar con integridad y transparencia en la presente licitación y la ejecución del contrato. Se asignara puntaje según la siguiente tabla: Adjunta en su oferta declaración jurada completa y firmada 100 Presenta declaración jurada en formato propio sobre el compromiso con la probidad 90 No presenta declaración sobre compromiso con la integridad 0 C. Para Uniones Temporales de Proveedores (UTP): Cada miembro de la UTP será evaluado según su calidad jurídica (persona jurídica o persona natural) utilizando los criterios y tablas de puntaje de las secciones precedentes, según corresponda. Puntaje Final de la UTP: El puntaje final del criterio para la UTP se calculará como el promedio simple de los puntajes obtenidos por cada uno de sus miembros. En caso de que al menos uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) no cuente con un Programa de Integridad, el puntaje total en este criterio será de 0 puntos, independientemente de que los demás integrantes sí dispongan de dicho programa. Puntaje obtenido en criterio x Ponderación = Puntaje final de criterio. Total 100% Cualquier información falsa implicará la eliminación de la oferta. 8.4. OFERTAS INADMISIBLES Se declararán inadmisibles las ofertas que: No cumplan con los requisitos formales establecidos en las Bases Administrativas. No cumplan con las especificaciones técnicas mínimas del servicio. Presenten información falsa o no verificable. No oferten la totalidad de las líneas de servicio exigidas en estas Bases. 8.5. RESOLUCION EMPATES En caso de empate en el puntaje total final entre dos o más ofertas, la adjudicación se resolverá aplicando el siguiente orden de prelación, considerando el mayor puntaje obtenido en cada criterio, en el orden que se indica: 1. Oferta Económica. 2. Nivel de Servicio (SLA). 3. Plazo de Instalación y Puesta en Marcha del Servicio 4. Desarrollo Económico Local. 5. Comportamiento Contractual Anterior. 6. Desarrollo Sustentable. 7. Cumplimiento de Requisitos Formales. 8. Programa de Integridad y Compliance. Si, aplicado el orden de prelación precedente, el empate persistiere, éste se resolverá mediante sorteo público, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente sobre compras públicas, lo que será debidamente informado a través del portal www.mercadopublico.cl. 8.6. ACLARACIONES Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE LA EVALUACIÓN, ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO DS N°661 DE 2024. Durante la etapa comprendida entre el cierre de la licitación y antes de la adjudicación, la Corporación Nacional Forestal podrá solicitar a los oferentes, a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones respecto de sus ofertas, así como la subsanación de errores u omisiones de carácter formal, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. Dichas solicitudes deberán estar exclusivamente orientadas a aclarar aspectos de la oferta o a requerir la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar la oferta, siempre que éstos se hubieren producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o que se refieran a situaciones no mutables entre dicho vencimiento y el período de evaluación. No podrán subsanarse errores relativos al precio ofertado ni rectificaciones que alteren el contenido sustancial de la propuesta, modifiquen sus términos o confieran una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, resguardándose en todo momento el principio de igualdad. Los oferentes dispondrán de un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas corridas, contado desde la notificación del requerimiento efectuado a través del Sistema de Información, para responder o acompañar los antecedentes solicitados. Vencido dicho plazo sin que se haya dado cumplimiento al requerimiento, la Entidad licitante podrá declarar inadmisible la oferta o evaluarla prescindiendo de los antecedentes no acompañados, según corresponda. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales de presentación de la oferta será considerado dentro de los criterios de evaluación, asignándose un menor puntaje a aquellas ofertas que no hubieren acompañado íntegramente los antecedentes requeridos dentro del plazo original de presentación. 8.7. READJUDICACIÓN. En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la documentación requerida, no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar, no acepte la Orden de Compra dentro del plazo señalado, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar conforme a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de la adjudicación. En tal caso, CONAF podrá readjudicar el servicio licitado al oferente que siga en puntaje conforme al orden de evaluación, y así sucesivamente, o bien declarar desierto el proceso si lo estima conveniente, mediante acto fundado.
ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la presente licitación se realizará previa propuesta fundada emitida por la Comisión Evaluadora y recaerá en un solo oferente, atendida la naturaleza integral e indivisible del servicio licitado, conforme a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Cada oferta será evaluada en su integridad, considerándose únicamente aquellas que contemplen la totalidad de las líneas de servicio exigidas en estas Bases. Para ser elegible, el oferente deberá obtener un puntaje final igual o superior a cincuenta y un (51) puntos, conforme a la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora. Conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886, sus modificaciones introducidas por la Ley N° 21.634, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, CONAF podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas admisibles o si éstas no resultaren convenientes a los intereses institucionales, mediante resolución fundada. La adjudicación se formalizará mediante Resolución fundada de la Dirección Regional del Biobío, la cual será publicada en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificados los oferentes una vez transcurridas 24 horas desde dicha publicación. En caso de que la adjudicación no se efectúe dentro del plazo indicado en el cronograma de la licitación, CONAF informará oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl las razones que justifiquen dicha circunstancia, indicando un nuevo plazo estimado para su realización. 9.1. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN. CONAF adjudicará la presente licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje final total, conforme a los criterios, ponderaciones y metodologías establecidos en el numeral 8.3 “Criterios de Evaluación” de las presentes Bases. En caso de empate en el puntaje final, se aplicará lo dispuesto en el numeral 8.5 “Resolución de Empates”. 9.2. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN La adjudicación se formalizará mediante Resolución fundada de la Dirección Regional del Biobío, la cual será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos establecidos en el cronograma de la licitación, formando parte integrante del proceso de contratación.
EJECUCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Atendida la naturaleza del servicio y su monto estimado, la contratación se formalizará mediante la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl, la cual tendrá el carácter de contrato para todos los efectos legales, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024. La Orden de Compra, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus Anexos, las aclaraciones publicadas en el portal y la oferta adjudicada formarán parte integrante del contrato, obligando al proveedor en todos sus términos. El servicio tendrá carácter integral e indivisible, comprendiendo la habilitación, instalación, operación, soporte, mantención, reposición y eventual desinstalación del equipamiento, conforme a lo establecido en las presentes Bases.
FORMALIZACIÓN Y CONDICIONES CONTRACTUALES
11.1. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN. La contratación se formalizará mediante la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra en el portal www.mercadopublico.cl, la cual tendrá carácter de contrato para todos los efectos legales, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024. Formarán parte integrante del contrato: 1. Las presentes Bases Administrativas y Técnicas. 2. Sus Anexos. 3. Las aclaraciones y respuestas publicadas en el portal. 4. La oferta adjudicada. 5. La Orden de Compra aceptada. En caso de discrepancia, se aplicará el orden de prelación establecido en el numeral 17 de las presentes Bases. 11.2.VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN. La contratación tendrá una vigencia de hasta veinticuatro (24) meses, contados desde la aceptación de la Orden de Compra en el portal www.mercadopublico.cl. 11.3. INICIO DE PRESTACIÓN EFECTIVA DEL SERVICIO. Sin perjuicio de la vigencia contractual, la prestación efectiva del servicio se ejecutará conforme a las necesidades operativas de CONAF, distinguiéndose: Bases Permanentes: podrán operar durante toda la vigencia del contrato. Bases de Temporada: operarán únicamente durante el período definido institucionalmente (referencialmente octubre a abril), o el que determine CONAF mediante la respectiva Orden de Compra. La facturación procederá únicamente respecto de los períodos efectivamente ejecutados y recibidos conforme por la Contraparte Técnica. 11.4. NATURALEZA INTEGRAL E INDIVISIBLE DEL SERVICIO. El servicio es de carácter integral e indivisible, comprendiendo: Habilitación e instalación. Operación y conectividad mensual. Soporte técnico. Mantención preventiva y correctiva. Reposición de equipamiento. Eventual ampliación de plan de datos. Desinstalación y retiro del equipamiento al término del contrato. No podrán ejecutarse separadamente las líneas contratadas. 11.5. DESINSTALACIÓN Y RETIRO DEL EQUIPAMIENTO. Al término del contrato, sea por cumplimiento de plazo o término anticipado, el proveedor deberá: Desinstalar y retirar íntegramente el equipamiento suministrado en modalidad de arriendo o comodato. Restituir las instalaciones a condiciones operativas seguras. Asumir todos los costos asociados a traslado, retiro y logística. Esta obligación no generará pago adicional para CONAF. 11.6. OBLIGACIONES ESENCIALES. Se considerarán obligaciones esenciales del contrato: Cumplimiento del SLA. Respeto del plazo de instalación. Continuidad del servicio. Reposición oportuna de equipamiento. Desinstalación al término del contrato. Cumplimiento normativo laboral, previsional y de seguridad. Su incumplimiento podrá dar lugar a: Aplicación de descuentos. Aplicación de multas. Cobro de garantía de fiel cumplimiento. Término anticipado del contrato. Requisitos adicionales: a) Registro Único de Proveedores: Al momento de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Único de Proveedores del Estado administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública. En el caso de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), todos sus integrantes deberán encontrarse debidamente inscritos y habilitados en dicho Registro. Las presentes Bases Administrativas, Técnicas, sus Anexos y la oferta adjudicada forman parte integrante del contrato, obligando al proveedor en todos sus términos. CONAF se reserva el derecho de solicitar documentación adicional o aclaraciones durante la ejecución del contrato, cuando ello sea necesario para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales. La no presentación oportuna de la documentación requerida podrá ser considerada incumplimiento contractual, facultando a CONAF para aplicar las medidas previstas en las Bases, incluyendo el cobro de la garantía correspondiente y la readjudicación, según proceda. b. Recepción y conformidad: La recepción técnica del servicio se regirá íntegramente por lo dispuesto en el numeral 5.8 de las presentes Bases Técnicas. La Contraparte Técnica verificará el cumplimiento de las especificaciones técnicas, niveles de servicio (SLA) y condiciones operativas comprometidas en la oferta adjudicada, emitiendo la recepción conforme una vez constatado su cumplimiento integral. c. Garantía de los productos: El proveedor deberá garantizar: La correcta operación y continuidad del servicio de conectividad satelital durante toda la vigencia del contrato. El buen funcionamiento del equipamiento instalado, el cual deberá ser nuevo o equivalente técnicamente superior, conforme a las especificaciones técnicas ofertadas. Toda falla atribuible al proveedor deberá ser subsanada oportunamente, incluyendo el reemplazo del equipamiento defectuoso, sin generar costos adicionales para CONAF, durante toda la vigencia del contrato. d. Obligaciones del proveedor: El proveedor adjudicado tendrá, a lo menos, las siguientes obligaciones: Cumplir estrictamente con las especificaciones técnicas y niveles de servicio (SLA) ofertados y adjudicados. Mantener la continuidad operativa del servicio durante toda la vigencia del contrato. Proporcionar soporte técnico oportuno, incluyendo atención de incidentes y fallas. Cumplir con toda la normativa laboral, previsional, de seguridad y salud en el trabajo aplicable a su personal. Mantener comunicación permanente y oportuna con la Contraparte Técnica de CONAF para la coordinación de instalaciones, mantenciones, reparaciones y eventuales contingencias. Informar oportunamente cualquier evento que pueda afectar la prestación del servicio.
CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
CONAF designará una Contraparte Técnica, dependiente del Departamento de Protección contra Incendios Forestales (DEPRIF), y una Contraparte Administrativa, dependiente de la Sección Administración del Departamento de Finanzas y Administración (DEFA). Funciones de la Contraparte Técnica: 1. Supervisar la correcta ejecución técnica del servicio. 2. Verificar el cumplimiento de los niveles de servicio (SLA). 3. Informar incumplimientos y proponer aplicación de multas. 4. Otorgar conformidad técnica mensual del servicio. Funciones de la Contraparte Administrativa: 1. Administrar el contrato y las órdenes de compra. 2. Gestionar pagos y modificaciones contractuales. 3. Aplicar multas conforme a informe técnico. 4. Coordinar renovaciones o término del contrato
MODALIDAD, FORMA Y PLAZO DE PAGO
El pago se efectuará una vez recibidos conformes los productos por la Contraparte Técnica y presentada la documentación correspondiente. La factura deberá acompañarse de la Guía de Despacho y señalar el número completo de la Orden de Compra en el campo “Referencias”. La factura se emitirá a nombre de: Razón Social: Corporación Nacional Forestal. RUT: 61.313.000-4. Giro: Productos Forestales. Domicilio: Barros Arana 514, Concepción. El pago se realizará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción conforme y a la recepción de la factura válida. En caso de factorización, el adjudicatario deberá notificar oportunamente a CONAF, siempre que no existan obligaciones o multas pendientes. Excepcionalmente, durante diciembre podrá emitirse factura anticipada, regularizándose eventuales descuentos en el pago del mes siguiente o contra la garantía de fiel cumplimiento. CONAF podrá verificar la validez de la documentación laboral y previsional entregada; su incumplimiento podrá generar retrasos en los pagos
SERVICIOS Y/O PRODUCTOS ADICIONALES
CONAF podrá requerir servicios adicionales asociados al objeto del contrato, siempre que: No superen, en conjunto, el treinta por ciento (30%) del monto total adjudicado. No alteren la naturaleza ni los elementos esenciales del contrato. Mantengan las condiciones técnicas y económicas originalmente ofertadas y adjudicadas. Se encuentren debidamente fundados mediante acto administrativo. Toda contratación adicional se formalizará conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
15.1. DE LAS MODIFICACIONES El contrato podrá ser modificado durante su vigencia, por mutuo acuerdo de las partes, únicamente cuando concurran circunstancias fundadas y debidamente justificadas que hagan necesaria la modificación para el adecuado cumplimiento del interés público comprometido en la contratación. Las modificaciones deberán cumplir copulativamente con las siguientes condiciones: a) No alterar la naturaleza ni los elementos esenciales del contrato, entendiéndose por tales el objeto principal, la estructura económica de la oferta adjudicada, los criterios de evaluación que determinaron la adjudicación y las condiciones que afecten la igualdad entre oferentes. b) No exceder, en conjunto, el treinta por ciento (30%) del monto total adjudicado, calculado sobre el valor neto del contrato. c) Mantener las condiciones técnicas y económicas originalmente ofertadas, salvo ajustes estrictamente necesarios derivados de la modificación. d) Encontrarse debidamente fundadas en razones de interés público, eficiencia operativa o circunstancias sobrevinientes no previstas al momento de la licitación. Toda modificación deberá formalizarse mediante acto administrativo fundado, dictado por la autoridad competente y publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, sus modificaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. En ningún caso la modificación podrá implicar una alteración que hubiere permitido la participación de oferentes distintos o la obtención de un resultado diverso en el proceso de evaluación y adjudicación. 15.2. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: CONAF podrá poner término anticipado al contrato, en forma unilateral y mediante acto administrativo fundado, sin derecho a indemnización para el proveedor, cuando concurra alguna de las siguientes causales: A) Causales de carácter legal o de inhabilidad 1. Configuración de inhabilidades sobrevinientes conforme a la Ley N° 19.886 y su Reglamento. 2. Declaración de quiebra, liquidación concursal, reorganización judicial fallida o manifiesta insolvencia financiera del proveedor. 3. Disolución, cancelación o extinción de la personalidad jurídica del proveedor. 4. Muerte o incapacidad sobreviniente, tratándose de persona natural. 5. Sentencia condenatoria o formalización por delitos que merezcan pena aflictiva. 6. Sentencia firme por delito económico conforme a la Ley N° 21.595. 7. Sentencia Condenatoria de la persona jurídica conforme a la Ley N° 20.393. 8. Inhabilitación vigente en el Registro de Proveedores. 9. Configuración de conflictos de interés conforme al artículo 35 quáter de la Ley N° 21.634. B) Incumplimientos contractuales graves o reiterados 1. Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales, técnicas o administrativas. 2. Incumplimiento de los niveles de servicio (SLA), cuando: Sea reiterado, o se configure como incumplimiento esencial conforme al numeral 11.6. 3. No inicio de la instalación, habilitación o prestación del servicio dentro del plazo comprometido. 4. Incumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en las Bases. 5. Incumplimiento de la obligación de desinstalación y retiro de equipamiento al término del contrato. 6. Incumplimiento de la obligación de confidencialidad. 7. Vulneración del Pacto de Integridad. 8. Entrega de información falsa o adulterada durante la ejecución contractual. 9. Cesión, transferencia o cambio de control societario sin autorización previa. 10. Incumplimiento de obligaciones laborales, previsionales o de seguridad y salud en el trabajo. 11. Incumplimiento de la Ley N° 21.643 (Ley Karin). 12. Incumplimiento del deber de mantener inscripción habilitada en el Registro de Proveedores. 13. Incumplimiento de la obligación de renovación o mantención vigente de la garantía de fiel cumplimiento. 14. Incumplimiento de la obligación de mantener vigente casilla electrónica para notificaciones. 15. Incumplimiento de la obligación de proporcionar documentación requerida durante la ejecución contractual. C) Causales económicas y sancionatorias 1. Cuando el monto acumulado de multas alcance el 30% del monto total adjudicado. 2. Cuando la gravedad de las multas aplicadas evidencie incumplimiento estructural del contrato. 3. Cobro total o parcial de la garantía de fiel cumplimiento por incumplimientos imputables al proveedor. D) Otras causales 1. Acuerdo mutuo entre las partes. 2. Razones de interés público debidamente fundadas que hagan inviable la continuidad del contrato. 3. Cualquier otro incumplimiento calificado como obligación esencial conforme al numeral 11.6. Subsanación previa Respecto de las causales señaladas en la letra B) en los numerales 1, 2, 4, 5, 10 y 15, CONAF podrá otorgar un plazo de hasta tres (3) días hábiles administrativos para subsanar el incumplimiento, cuando ello sea materialmente posible y no afecte la continuidad del servicio crítico. Vencido dicho plazo sin corrección satisfactoria, podrá disponerse el término anticipado. Efectos del término anticipado El término anticipado producirá los siguientes efectos: a) Cobro total o parcial de la garantía de fiel cumplimiento. b) Aplicación de multas pendientes. c) Exigibilidad inmediata de obligaciones incumplidas. d) Obligación de desinstalación y retiro de equipamiento sin costo para CONAF. e) Facultad de readjudicar conforme al orden de evaluación o iniciar nuevo proceso licitatorio. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones civiles, administrativas o penales que procedan.
MULTAS Y/O DESCUENTOS
Las multas y descuentos tienen por objeto asegurar el cumplimiento oportuno y continuo del servicio de conectividad satelital, de conformidad con las presentes Bases, la oferta adjudicada y los niveles de servicio (SLA) comprometidos por el proveedor. 16.1. DESCUENTOS: CONAF podrá aplicar descuentos directos en el pago mensual del servicio en los siguientes casos: Por indisponibilidad del servicio: Descuento proporcional al valor diario del servicio afectado, calculado sobre el valor mensual del servicio correspondiente a la base o punto afectado, por cada día corrido de indisponibilidad no justificada. Por incumplimiento parcial del SLA: Descuento proporcional al tiempo efectivo de degradación del servicio (velocidad, latencia u otros parámetros comprometidos), conforme al informe emitido por la Contraparte Técnica. Los descuentos se aplicarán sin perjuicio de las multas que correspondan, cuando el incumplimiento así lo amerite. 16.2. MULTAS: CONAF podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos: Retraso en la instalación y puesta en marcha del servicio: 1 UF por cada día corrido de atraso, contado desde el vencimiento del plazo comprometido en la oferta adjudicada, por cada base de brigada afectada. Interrupción injustificada del servicio: 1 UF por cada día corrido de interrupción, por cada base afectada, cuando la interrupción no sea atribuible a fuerza mayor debidamente acreditada y aceptada por CONAF. Incumplimiento reiterado de los niveles de servicio (SLA): 10 UF por evento, cuando se verifique el incumplimiento reiterado de los parámetros técnicos comprometidos (disponibilidad, latencia, velocidad u otros), conforme a informe técnico fundado de la Contraparte Técnica. Falta de reposición o reparación de equipamiento dentro del plazo comprometido: 1 UF por cada día corrido de atraso adicional, contado desde el vencimiento del plazo máximo de reposición o reparación informado en la oferta. Incumplimiento de condiciones técnicas al activarse bolsa adicional: Si al activarse una bolsa adicional de datos el proveedor reduce las condiciones técnicas comprometidas (velocidad, latencia o disponibilidad), se aplicará una multa equivalente a 2 UF por Base afectada, sin perjuicio de los descuentos correspondientes. El monto máximo total por concepto de multas no podrá superar el 30% del monto total adjudicado del contrato, sin impuestos. 1. Monto Máximo por cobro de Multas El monto máximo total a cobrar por concepto de multas no podrá exceder el 30% del monto total adjudicado del contrato, sin impuestos. Si el monto acumulado de multas alcanza dicho porcentaje, CONAF quedará facultada para poner término anticipado al contrato, conforme a lo establecido en las presentes Bases. 2. Procedimiento de aplicación de multas. 1. Detección del incumplimiento. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de una multa, la contraparte técnica del respectivo contrato informará, mediante Memorándum dirigido a la contraparte administrativa, las circunstancias que pudieren dar lugar a la aplicación de multas o al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Dicha comunicación deberá acompañar un informe técnico que contenga la descripción precisa de los hechos constitutivos del o los incumplimientos, así como los antecedentes e insumos necesarios que permitan efectuar el cálculo de las multas correspondientes. 2. Cálculo y notificación de la multa. El Departamento de Abastecimiento / Administración procederá a calcular las multas aplicables y, posteriormente, notificará al proveedor mediante carta simple, visada por la contraparte técnica y la respectiva Unidad Jurídica. La notificación se efectuará a través del correo electrónico único que el proveedor haya inscrito en el Sistema de Información, entendiéndose practicada una vez transcurridas 24 horas desde su envío. En dicha carta se deberán identificar expresamente los correos electrónicos a los cuales el proveedor deberá dirigir sus descargos o defensa. 3. Presentación de descargos. A contar de la notificación, el proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime necesarios para fundamentar su defensa. 4. Análisis y resolución de los descargos. Recibidos los descargos, dirigidos al Director Ejecutivo, Director Regional o Gerente de Finanzas y Administración, según corresponda, el Departamento de Abastecimiento / Administración deberá remitirlos a la contraparte técnica y, posteriormente, a la Fiscalía o Unidad Jurídica respectiva, para que proceda a analizarlos y proponer su rechazo o acogimiento total o parcial dentro del plazo de 30 días hábiles. La decisión deberá formalizarse mediante resolución fundada, firmada por el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, la cual deberá pronunciarse sobre la aplicación de la multa y los hechos que la motivan. 5. Recurso de reposición. Notificada la resolución indicada en la etapa anterior, el proveedor contará con un plazo de 5 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del acto administrativo que impone la multa, para interponer recurso de reposición fundado, acompañando todos los antecedentes pertinentes. Dicho recurso deberá presentarse mediante correo electrónico dirigido al Director Ejecutivo o Director Regional, considerando los destinatarios indicados en la notificación respectiva. 6. Resolución del recurso. CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para resolver el recurso, pudiendo acogerlo o rechazarlo total o parcialmente. La decisión deberá formalizarse mediante resolución fundada, firmada por el Director Ejecutivo o Director Regional, en la cual se deberá detallar el contenido y características de la sanción a aplicar, pronunciarse expresamente sobre los descargos presentados, si existieren, y ser notificada al proveedor mediante el correo electrónico inscrito en el Sistema de Información. 7. Ejecución de la sanción. En caso de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, se hará efectiva mediante la emisión de una Factura de Cobro al proveedor por parte de la Unidad de Finanzas correspondiente. Dicha factura deberá ser solicitada por el área administrativa mediante Memorándum, adjuntando toda la documentación que respalde la aplicación de la sanción. Si la sanción implicare el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, éste se hará efectivo administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Asimismo, de conformidad con las bases de licitación o el respectivo requerimiento, CONAF podrá poner término al contrato como consecuencia de la aplicación de estas sanciones, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere ejercer en contra del proveedor por los daños ocasionados. Notificación electrónica: El proveedor deberá mantener vigente una casilla de correo electrónico, entendiéndose practicadas las notificaciones transcurridas 24 horas desde su envío.
PROHIBICIONES
El proveedor adjudicado no podrá ceder, transferir, delegar ni traspasar, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones derivados de la contratación, ni la ejecución del mismo, sin autorización previa y expresa de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), otorgada mediante acto administrativo fundado, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024. La prohibición precedente comprende, entre otros supuestos: a) La cesión del contrato o de créditos derivados del mismo. b) La transferencia de la calidad de adjudicatario a un tercero. c) La sustitución del proveedor por otra persona natural o jurídica. d) Cualquier modificación societaria que implique cambio de control del proveedor adjudicado, cuando ello pueda afectar las condiciones que fueron evaluadas para la adjudicación. En caso de solicitarse autorización para una cesión o modificación estructural, CONAF evaluará si dicha circunstancia mantiene inalteradas las condiciones técnicas, económicas y de idoneidad que fundamentaron la adjudicación, pudiendo rechazarla si estima que se afecta el interés público o el principio de igualdad entre oferentes. La subcontratación parcial de prestaciones accesorias sólo será procedente en los términos expresamente permitidos en las presentes Bases, manteniéndose en todo caso el proveedor adjudicado como único y exclusivo responsable frente a CONAF por el íntegro y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones contractuales. Cualquier cesión, transferencia o traspaso realizado sin la autorización previa señalada será considerado incumplimiento grave del contrato y facultará a CONAF para: i) Poner término anticipado al contrato mediante acto administrativo fundado; ii) Hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento; iii) Aplicar las multas que correspondan; y iv) Ejercer las demás acciones legales que procedan para resguardar el interés institucional. Lo anterior es sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas o penales que pudieren derivarse de dicha actuación.
CONFIDENCIALIDAD
El proveedor adjudicado deberá guardar estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedente, documento, dato, registro, especificación técnica, ubicación geográfica, configuración de red, credenciales de acceso, reportes operativos o cualquier otro contenido al que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, cualquiera sea su formato o medio de soporte. Para efectos del presente contrato, se entenderá por información confidencial toda aquella que: a) Sea proporcionada por CONAF con ocasión de la ejecución del servicio. b) Sea generada durante la ejecución del contrato. c) Tenga carácter estratégico, técnico, operativo o institucional. d) Contenga datos personales o información protegida conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. e) Se refiera a infraestructura crítica, bases operativas, planificación o coordinación de combate de incendios forestales. El proveedor se obliga a: i) Utilizar la información confidencial exclusivamente para el cumplimiento del contrato. ii) No divulgarla, reproducirla, transferirla ni permitir su acceso a terceros sin autorización previa y expresa de CONAF, salvo obligación legal debidamente acreditada. iii) Adoptar todas las medidas técnicas, organizativas y de seguridad necesarias para evitar su pérdida, filtración, acceso no autorizado, alteración o uso indebido. iv) Restringir el acceso a dicha información únicamente a su personal estrictamente necesario para la ejecución del contrato, debiendo asegurar que éstos mantengan igual deber de confidencialidad. v) Informar inmediatamente a CONAF cualquier incidente de seguridad o vulneración que afecte o pueda afectar la información institucional. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente durante toda la ejecución del contrato y subsistirá por un período mínimo de dos (2) años contados desde su término, sin perjuicio de aquellas obligaciones que, por su naturaleza, deban extenderse por un plazo superior conforme a la normativa aplicable. El incumplimiento de la presente cláusula será considerado incumplimiento grave del contrato y facultará a CONAF para: a) Aplicar las multas correspondientes. b) Hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. c) Poner término anticipado al contrato mediante acto administrativo fundado. d) Ejercer las acciones legales civiles, administrativas o penales que procedan. Lo anterior es sin perjuicio de la aplicación de la normativa sobre acceso a la información pública, debiendo el proveedor someterse a las decisiones que adopte CONAF conforme a la Ley N° 20.285 sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Los informes técnicos, registros, reportes de monitoreo, documentación asociada al servicio y demás antecedentes generados durante la ejecución del contrato serán de propiedad de CONAF y solo podrán ser utilizados por el proveedor previa autorización escrita de la Institución. Asimismo, el proveedor deberá respetar la imagen corporativa de CONAF, no pudiendo utilizarla con fines distintos a los estrictamente contractuales sin autorización expresa.
ORDEN DE PRELACIÓN
En caso de discrepancia o contradicción entre los documentos que rigen la presente licitación, se establece el siguiente orden de prelación: 1. Ley de Compras Públicas y su Reglamento. 2. Bases de Licitación y sus aclaraciones y/o complementaciones debidamente publicadas. 3. Preguntas del oferente y respuesta de la Corporación, publicadas en el sistema de información. 4. Oferta adjudicada. 5. Resolución de adjudicación. 6. Orden de Compra.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresa e íntegramente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Técnicas, sus Anexos, la oferta adjudicada y la normativa vigente. Este Pacto de Integridad será plenamente exigible durante todas las etapas del proceso, incluyendo la licitación, adjudicación, formalización y ejecución del contrato, así como durante eventuales modificaciones, renovaciones o término anticipado del mismo. En particular, el oferente y, en caso de resultar adjudicado, el proveedor, se obligan a: a. No ofrecer, prometer, conceder ni intentar ofrecer o conceder, directa o indirectamente, sobornos, regalos, dádivas, beneficios indebidos o cualquier otra ventaja a funcionarios públicos de CONAF o a terceros relacionados, que puedan influir o parecer influir en el proceso licitatorio, la adjudicación o la ejecución del contrato. b. No realizar acuerdos, negociaciones, prácticas o conductas que afecten o puedan afectar la libre competencia, incluyendo cualquier forma de colusión, concertación de precios, reparto de mercado u otras prácticas prohibidas por la normativa vigente. c. Revisar, verificar y asegurar la veracidad, integridad, legalidad y vigencia de toda la información y documentación presentada durante el proceso licitatorio y la ejecución del contrato. d. Ajustar su actuación a los principios de legalidad, probidad administrativa, ética, transparencia, buena fe y buenas prácticas comerciales, tanto frente a CONAF como frente a terceros. e. Cumplir íntegramente con las reglas, condiciones y obligaciones establecidas en las Bases de Licitación, sus Anexos, aclaraciones, la oferta adjudicada, la Orden de Compra y el contrato que se suscriba. f. Asumir las consecuencias y sanciones administrativas, contractuales y legales que correspondan en caso de incumplimiento del presente Pacto de Integridad, de las Bases o de la legislación aplicable. g. Reconocer que la oferta presentada es seria, veraz y técnicamente factible, y que puede cumplirse en los plazos, condiciones técnicas y económicas ofertadas y adjudicadas. h. Velar porque sus empleados, dependientes, asesores, agentes, representantes y subcontratistas, cualquiera sea la modalidad de vinculación, conozcan y cumplan las obligaciones del presente Pacto de Integridad, siendo el proveedor plenamente responsable por los actos u omisiones de éstos durante la ejecución del contrato. El incumplimiento del presente Pacto de Integridad será considerado un incumplimiento grave, facultando a CONAF para aplicar las medidas contractuales correspondientes, incluyendo multas, término anticipado del contrato y demás sanciones previstas en las Bases y en la normativa vigente.
INHABILIDADES PARA CONTRATAR
Los oferentes y, en su caso, el proveedor adjudicado, deberán cumplir en todo momento con las inhabilidades y prohibiciones para contratar con la Administración del Estado establecidas en la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, y demás normativa aplicable. Las inhabilidades deberán encontrarse ausentes: a) Al momento de la presentación de la oferta; b) Al momento de la adjudicación; y c) Durante toda la vigencia del contrato. La configuración de una inhabilidad legal al momento de presentar la oferta será causal de inadmisibilidad. La verificación de una inhabilidad al momento de la adjudicación impedirá contratar con el oferente afectado, pudiendo CONAF readjudicar conforme al orden de evaluación. La configuración de una inhabilidad sobreviniente durante la ejecución contractual constituirá causal de término anticipado del contrato, mediante acto administrativo fundado, sin derecho a indemnización para el proveedor. Los oferentes deberán declarar bajo juramento no encontrarse afectos a inhabilidades, sin perjuicio de la facultad de CONAF para verificar dicha circunstancia en el Registro de Proveedores u otras fuentes oficiales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.