Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y en lo no previsto en éstas, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases, las aclaraciones que emita CONAF, en respuesta a las consultas que fueren requeridas por los participantes a través del Foro del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas sólo se recibirán por medio de ésta plataforma de compras, y la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en las Bases.
MODIFICACIÓN DE BASES.
La CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. También podrá ampliarse la fecha de cierre, en el caso de no presentarse ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases
Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación. El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación. Las ofertas deberán hacerse en un valor fijo mensual neto en pesos chilenos.
POSTULACIÓN
Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación. El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación. Las ofertas deberán hacerse en un valor fijo mensual neto en pesos chilenos.
CONSULTAS Y ACLARACIONES ANTES DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN
Las consultas referentes a las Bases de esta licitación pública, deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del Portal de Compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad, en los plazos estipulados en las presentes bases.
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE SU ADJUDICACIÓN
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
OBSERVACIONES O RECLAMOS
El o los proponentes que deseen efectuar alguna observación, respecto de la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora de las ofertas recibidas en la presente licitación pública estará integrada por los siguientes funcionarios de la Corporación:
- Sr. Germán Pando Jara, Jefe Departamento Fiscalización y Evaluación Ambiental Región de Los lagos o quien designe.
- Sr. José Álvarez Pino, Jefe Departamento Áreas Silvestres Protegidas Región de Los Lagos o quien designe.
- Sra. María Eliana Zornow Alviz, Jefe del Departamento de Finanzas y Administración o quien designe.
-Sr. Francisco Urrutia Gaona, Jefe de Unidad Jurídica Regional o quien designe, en calidad de Ministro de Fe y asesor jurídico de la Comisión durante en proceso.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
Ante la eventual igualdad de puntaje final ponderado, entre dos o más proveedores, se procederá al desempate dando prioridad a los Criterios de Evaluación en el siguiente orden consecutivo:
1. Precio
2. Plazo de entrega
3. Tiempo de reemplazo
De persistir la igualdad y no es aplicable ningún criterio anterior, se adjudicará al proveedor que haya ofertado en primera instancia, de acuerdo a fecha y hora registrada en el sitio web
ADJUDICACIÓN, DESERCIÓN O INADMISIBILIDAD
La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases. Podrá además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
FECHA DE LA ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del E-mail claudio.alvarez@conaf.cl, y serán respondidas por el mismo medio.
CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN
En el caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases; se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, o no de cumplimiento a los requisitos técnicos de la oferta, CONAF podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
ANTECEDENTES LEGALES PARA REALIZAR EL CONTRATO
Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la aceptación de la orden de compra, son los siguientes: Encontrarse inscrito en el registro oficial de Proveedores del Estado, denominado Chileproveedores. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 06 de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva. Esta Corporación examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes del proveedor, que se encuentren publicados digitalmente en el Sistema
FORMALIZACION Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato se formalizará dentro del plazo de 10 días a contar de la notificación de la adjudicación.
CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación y sus anexos.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, se permite la subcontratación parcial, sólo en relación a aspectos logísticos relacionados a los servicios, esto es, bodegaje, traslado y entrega, así como modificaciones, adecuaciones y accesorios.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
MULTAS
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán de la siguiente manera:
A. Multas por atraso, por cada día hábil que transcurra, desde la fecha de notificación para la entrega y reemplazo, de cada vehículo en arriendo:
0,005 % del valor diario neto del arriendo del respectivo vehículo con un tope de 10 días hábiles.
B. Multas referidas a la operación relacionada al servicio en arriendo de vehículos:
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Item*
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Frecuencia
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Monto de la multa
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Multa por no contar con el Permiso de circulación al día
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1 vez al año
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1,5 veces el valor del Permiso circulación
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Multa por no contar con el SOAP al día
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1 vez al año
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0,3 UTM
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Multa por no contar con la Revisión técnica (Promedio) al día
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1 vez al año
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0,5 UTM
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El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado de Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, Conaf dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, Conaf tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total neto del contrato. Igualmente, no se le podrán cursar más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. Se configurará la causal de término anticipado del contrato, cuando se supere el límite del 10% (en multas) del valor total neto del contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
i. No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases y/o el respectivo contrato.
ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los bienes y servicios (en caso de que hayan sido requeridos) adjudicados establecidos en el Contrato.
iii. Incumplimiento por atraso en la entrega de los bienes o prestación de los servicios, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones superior a 10 días hábiles e inferior a 20 días hábiles del total adjudicado.
iv. Cualquier otro incumplimiento acreditable e imputable al proveedor respecto de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, que no esté expresamente sancionado con multa o con término anticipado del contrato.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Cualquier incumplimiento del Contrato facultará a CONAF para ponerle término unilateral y anticipadamente, bastando para ello un aviso mediante carta certificada enviada al domicilio que el Contratista hubiese indicado en el Contrato. En este caso, la renta de arrendamiento se pagará por la Corporación contra la presentación de la factura respectiva y cumplimiento de los demás requisitos exigidos en estas Bases, la que será proporcional al número de días transcurridos hasta la fecha del término anticipado.
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor atribuido a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del órgano comprador.
7) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles administrativos.
8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total neto contratado.
9) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
10) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
11) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la en las bases de licitación.
12) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula 10.7 sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
RESCILIACIÓN O TÉRMINO DE MUTUO ACUERDO
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán contra factura, dentro de los 30 días siguientes del mes en el que se prestó el servicio. La factura deberá ser extendida de la siguiente forma, a nombre de:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: OTROS SERVICIOS DE APOYO A LA SILVICULTURA N.C.P.
Domicilio: Ochagavía 458
Comuna: Puerto Montt
Región: De Los Lagos
DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El oferente adjudicado estará obligado a entregar el producto y/o servicio solicitado de acuerdo a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas, anexos, contrato de adquisición de bienes o de prestación de servicios y otros documentos que así lo establezcan.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las partes procurarán solucionar sus conflictos buscando puntos de común acuerdo. En caso que esto no prospere, se someterán a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt.
CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna circunstancia, la información verbal o escrita que, con motivo de la ejecución de lo licitado, reciba o tome conocimiento, relativa a actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, incluso después de la terminación del mismo. En consecuencia, será responsabilidad del Proveedor el instruir a sus empleados que tengan acceso a dicha información, que deberán mantener la confidencialidad correspondiente.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación bases de que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.