Bases
Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se publicarán en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras.
Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación excluirá de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
Modificación de bases.
La CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases
Fecha de la Adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
Adjudicación, Deserción o Inadmisibilidad
La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases.
Podrá además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
Cláusula de Readjudicación
En el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato; no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases; se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, CONAF podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Postulación
Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación.
El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación.
Las ofertas deberán hacerse en un valor fijo neto en pesos chilenos, especificando el valor unitario del producto o servicio. Incluyendo los costos del transporte.
Antecedentes legales para realizar el contrato
Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la aceptación de la orden de compra y/o confección del contrato, son los siguientes:
Encontrarse inscrito en el registro oficial de Proveedores del Estado, denominado Chileproveedores. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 06 de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva.
Esta Corporación examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes del proveedor, que se encuentren publicados digitalmente en el Sistema Chileproveedores
Resolución de Empates
Cabe señalar, que si existirá igualdad de puntaje, se aplicará para realizar el desempate, lo siguiente:
1. A quien obtenga el mejor puntaje en el criterio 1 (Precio).
2. De continuar igualdad, se deberá considerar a quien en su oferta obtenga el mejor puntaje en el criterio 2 (Plazo entrega).
Por último, si no es aplicable ningún criterio anterior, se adjudicara a quien haya ingresado primero su oferta en el portal.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del e-mail claudio.alvarez@conaf.cl y serán respondidas por el mismo medio.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social El oferente adjudicado, deberán entregar la declaración jurada disponible en el portal, completo y firmado; reservándose la Corporación, el derecho de solicitar las planillas de pago de cotizaciones si así lo estimare necesario.
Si la información antes solicitada se encuentra en el registro electrónico de Chileproveedores, no será necesario adjuntarlo.
Consultas y aclaraciones antes del cierre de la licitación Las consultas referentes a las Bases de esta licitación pública, deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del Portal de Compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad, en los plazos estipulados en las presentes bases.
Consultas posteriores al cierre de la licitación y antes de su adjudicación
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Observaciones o Reclamos
El o los proponentes que deseen efectuar alguna observación, respecto de la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Comisión de Evaluación de las Ofertas
Por tratarse de una licitación menor a 1.000 UTM no se requiere la conformación de una Comisión Evaluadora, sin embargo las ofertas recibidas en la presente licitación pública serán ponderadas por los siguientes funcionarios de la Corporación:
Jefe de la Sección Administración Oficina Regional o quien designe.
Jefe Departamento Áreas Silvestres Protegidas o quien designe.
Forma de Pago A 30 días contra entrega del documento tributario correspondiente. Contados desde la fecha de la recepción conforme de los bienes adquiridos por CONAF, Oficina Regional Puerto Montt.
La factura deberá ser extendida de la siguiente forma:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: Incremento, Conservación, Aprovechamiento de Recursos Naturales.
Domicilio: Ochagavía N°458.
Comuna: Puerto Montt.
Región: De Los Lagos.
Responsabilidades de las Partes
Las responsabilidades de las partes emanadas de las bases de licitación, se adquieren de momento que se adjudica la orden de compra y esta es aceptada por el o los proveedor (es) adjudicado (s).
De las Obligaciones del Proveedor
El oferente adjudicado estará obligado a entregar el producto solicitado de acuerdo a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas, anexos, contrato de adquisición de bienes (orden de Compra) o de prestación de servicios y otros documentos que así lo establezcan.
Resolución de Conflictos
Las partes procurarán de solucionar sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar o no llegar a acuerdo en los términos señalados, se someterán a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt.
Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 1 % del valor neto de los bienes objeto de la entrega, con un tope de 5 días hábiles.
Las multas no podrán sobrepasar el 5% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Procedimiento de multas
Cabe además señalar que, la aplicación de multas en ningún caso significará modificación al plazo total del contrato.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado del Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (2) dos días hábiles para efectuar sus descargos al Encargado del contrato, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (3) tres días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Las multas que aplique CONAF al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos pendientes.
Incumplimiento del Proveedor
Si el proveedor no cumple con los plazos estipulados en las presentes bases se podrá proceder al término del contrato. No procederá el término de contrato si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Propiedad de la información.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados, No serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada y reportes entregados bajo este contrato.
Confidencialidad.
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
Estándares de probidad.
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios dela Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575,Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Pacto de integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetarlos derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.