1. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Si existiera igualdad de puntaje, se utilizará para realizar el desempate la aplicación de los siguientes criterios:
• En primer lugar, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Precio de oferta”.
• En segundo lugar, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Año de la maquinaria (excavadora o skidder)”.
• En tercer lugar, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Año del camión de transporte de la maquinaria (excavadora o skidder)”.
• En cuarto lugar, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Mejores condiciones de empleo y remuneraciones”.
• En quinto lugar, se privilegiará al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “Años de experiencia de operadores”.
• En sexto lugar se privilegiara al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio “Cumplimiento de los requisitos administrativos”.
En caso de que subsista el empate, se adjudicará al proveedor que haya ofertado primero.
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2. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN: |
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico barbara.rocha@conaf.cl y serán respondidas por el mismo medio. Sólo se responderán las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
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3. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES: |
CONAF podrá realizar consultas y/o solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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4. MULTAS PROCEDIMIENTO |
Con el objeto de asegurar el plazo de entrega, CONAF estará facultado a cobrar multas al proveedor adjudicado. Ésta ascenderá a 2.5 UF por cada día en que el oferente no preste el servicio por el cual fue contratado.
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5. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS |
Este procedimiento regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores, respecto de las obligaciones, establecidas en las Bases de Licitación, Términos de Referencias y correspondiente contrato cuando proceda, por la adquisición de los bienes. Esto implica, que el presente procedimiento debe estar en concordancia con los pasos establecidos en los documentos antes indicados.
El incumplimiento de los plazos en la entrega parcial o total por causas imputables al adjudicatario, salvo fuerza mayor o caso fortuito, serán comunicadas formalmente, pudiendo ser objeto de una multa por cada día hábil de atraso, en la entrega total del servicio.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente, a la fecha de entrega comprometida en la oferta del proveedor. No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso.
Debiendo el proveedor comunicar por escrito, tan pronto prevea un retraso, el nuevo plazo de entrega, alegando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los productos, o en su defecto, no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
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6. PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones,
actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de las mismas. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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7. APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará en el día y la hora indicada en la respectiva Adquisición del portal de compras del Estado. Este proceso se realizará mediante un “check list” de los antecedentes proporcionados por cada oferente y exigidos en estas bases de licitación:
• Los anexos (Administrativo, Técnico y Económico) mencionados en el numeral V de estas bases.
Esto será efectuado por un funcionario del Departamento de Finanzas y Administración CONAF Región Metropolitana.
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8. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES |
En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis. El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones. Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22: Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
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9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS |
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación pública serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes funcionarios:
• Jefe Departamento de Finanzas y Administración, y/o subrogante;
• Jefe Departamento de Protección Contra Incendios Forestales R.M y/o subrogante;
• Jefe Sección Control Incendios Forestales, Departamento de Protección Cintra Incendios Forestales R.M y/o subrogante;
• Encargado de Logística Departamento Protección Contra Incendios Forestales R.M y/o subrogante;
• Abogado Regional, y/o subrogante; quien actuará como ministro de fe y asesor jurídico.
• Un representante de la Dirección Regional Metropolitana.
La secuencia de evaluación considerará, primero, verificar y validar el chequeo de los antecedentes realizado en la apertura electrónica de las ofertas, para luego aplicar los Criterios de Evaluación, señalados en el punto VI de las presentes Bases.
Finalizado el acto de Evaluación y propuesta de adjudicación, los integrantes de esta Comisión suscribirán el Acta correspondiente.
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10. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases y, podrá declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl , señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl . Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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11. ANTECEDENTES QUE RIGEN LA LICITACIÓN Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
Esta Licitación Pública y la prestación de los servicios que de ésta se desprendan, se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
Las Bases Administrativas y Técnicas, y las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta Licitación Pública, si las hubiere.
El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados u orden de compra, según corresponda.
Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
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12. MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras. En caso que las Bases sean modificadas antes del cierre de recepción de ofertas, se otorgará un plazo prudencial para que los Proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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13. CONSULTAS Y ACLARACIONES |
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO.
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14. OBSERVACIONES A LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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15. CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO Inverso del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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16. SERVICIOS ADICIONALES |
En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstas no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta.
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17. RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR |
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
El proveedor o adjudicatario deberá proveer un conductor de reemplazo en caso que el titular no pueda ejercer el servicio, el que deberá cumplir con las mismas exigencias que el conductor titular, todo sin perjuicio del cumplimiento de la legislación laboral vigente.
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18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
La Corporación exigirá al adjudicatario que acredite mediante certificado Laboral previsional emitido por la Inspección del Trabajo o en su reemplazo las cotizaciones previsionales, liquidaciones de sueldo y libro de remuneraciones si corresponde, que no tenga reclamos pendientes por remuneraciones de sus trabajadores y/o imposiciones de leyes previsionales.
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19. SERÁN DE CARGO EXCLUSIVO DEL CONTRATISTA LOS SIGUIENTES GASTOS: |
Lubricantes, reparaciones, servicios de mantención, repuestos y cualquier otro gasto que provenga de daños, infracciones a la Ley de Tránsito o desperfectos que sufra o cause el vehículo.
El abastecimiento de combustible y aceites, tanto de las maquinarias como su camión de transporte, serán responsabilidad del adjudicatario.
Las mantenciones, reparaciones o cualquier otro daño que sufra o cause el equipo mecanizado y/o camión de arrastre por alguna eventualidad, operaciones en incendios, colisión, hurtos u otro, la reparación o reposición serán de costo del contratista.
Las presentes Bases de Licitación formarán parte integrante del Contrato que se suscriba con el adjudicado, aunque nada se exprese al respecto en dicho Contrato.
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20. SEGUROS |
Conocido los resultados de la selección, el Contratista deberá contratar a su costo, tanto para el Camión de transporte como las maquinarias, los seguros respectivos, cubriendo por lo menos los riesgos indicados a continuación:
• Daños contra terceros (responsabilidad civil) que cubra todo tipo de daño, incluido el moral por un monto mínimo de 500 UF.
• Robos
• Seguro obligatorio contra daños personales, establecidos por la Ley de Tránsito (significa tener la situación al día de este seguro).
• Daños materiales causados por la propia carga.
• Seguro por asiento asignado para transporte de combatientes (2 personas en el camión), por un monto unitario de UF 70, que cubra incapacidad y muerte por accidentes. Este seguro deberá ser tomado a favor de la Corporación y entregado una vez que se le comunique vía telefónica o por correo electrónico, la fecha de ingreso del vehículo seleccionado. La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir todo el período del Servicio del o los vehículos. De lo contrario, se aplicará lo establecido en el punto 6 de las Bases Técnicas.
En caso de accidente será obligación del contratista gestionar los trámites ante la Compañía de Seguros que corresponda. Como también proveer un reemplazo de la misma maquinaria o camión de transporte.
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21. CONTRATO |
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
El contrato será confeccionado por el área jurídica de la Dirección Regional Metropolitana de CONAF, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
• En el caso de una persona natural:
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
• En el caso de una persona jurídica:
- Fotocopia Legalizada del RUT de la Empresa.
- Copia de Certificado de Vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro antecedente que permita acreditar la existencia jurídica del oferente.
- Copia de Certificado de Vigencia del Poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro documento que permita acreditar la vigencia de la representación legal del oferente.
- Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación.
- Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
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22. Del término anticipado del contrato |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
- Mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación.
- Incumplimiento, por parte del oferente, de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato.
- Por atraso injustificado en la entrega de la obra, de más de 10 días corridos, de conformidad a lo establecido en el procedimiento de aplicación de multas.
- Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Declaración de quiebra del oferente.
- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
- Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por registrar el oferente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato
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23. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO |
Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
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24. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la contratación de la prestación de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, si también se hubiere establecido esta exigencia.
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25. CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE CONAF |
La Contraparte Técnica de CONAF la ejercerá el Jefe del Departamento Protección Contra Incendios Forestales R.M, y/o subrogante.
La contraparte administrativa la ejercerá el Jefe Departamento de Finanzas y Administración, y/o subrogante;
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26. FORMA DE PAGO |
El pago se realizará en moneda nacional (pesos chilenos), dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos copulativos:
a) Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl
b) Recepción conforme de la factura mediante el sistema de facturación.
c) Recepción conforme de los servicios realizados, efectuada por la contraparte técnica.
d) Envío de factura según se indica en el siguiente punto.
e) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
f) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
El adjudicado deberá encontrarse hábil en el Registro Electrónico de proveedores del Estado, denominado Chileproveedores.
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27. FACTURACIÓN |
-La factura deberá ser emitida a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII) y enviada a la casilla windte_dte@custodium.com.
-La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en Campo XML 801 (Formato SII)-Referencia.
-La Factura se deberá emitir en moneda nacional (pesos chilenos), y extendida de la siguiente manera:
• Razón Social: Corporación Nacional Forestal
• RUT: 61.313.000-4
• Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
• Domicilio: San Pio X 2475, Providencia.
Las dudas respecto a la emisión de la factura se deben consultar con la Sra. Priscilla Labarca, en la dirección de correo electrónico priscilla.labarca@conaf.cl.
El proveedor deberá informar oportunamente en caso de contratar servicio de factoring.
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28. TRABAJADORES QUE EJECUTEN LOS SERVICIOS: |
Los trabajadores que ejecuten el despacho serán dependientes exclusivos de él o los adjudicatarios, correspondiendo a éstos cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF, no tiene ningún vínculo laboral ni de ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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29. OBSERVACIONES GENERALES: |
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento.
Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases Administrativas y en las Bases Técnicas que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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