Licitación ID: 1049242-14-LE23
SERVICIO DE PRODUCCIÓN INTEGRAL ACTIVIDADES: DIA DE LA MÚSICA FESTIVAL CANTO A LA CHILLANEJA Y FABRICA CREATIVA
Responsable de esta licitación: Secretaria Regional Ministerial de las Artes y el , SEREMÍA DE LAS CULT , ARTES Y PAT REGIÓN DE ÑUBLE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
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Productos o servicios
1
Conciertos 2 Unidad
Cod: 90131504
SERVICIO DE PRODUCCIÓN INTEGRAL PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES: DÍA DE LA MÚSICA, FESTIVAL CANTO A LA CHILLANEJA  

2
Organizaciones de eventos culturales 1 Unidad
Cod: 93141701
SERVICIO DE PRODUCCIÓN INTEGRAL PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES: FABRICA CREATIVA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN INTEGRAL ACTIVIDADES: DIA DE LA MÚSICA FESTIVAL CANTO A LA CHILLANEJA Y FABRICA CREATIVA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN INTEGRAL PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES: FESTIVAL CANTO A LA CHILLANEJA, DÍA DE LA MÚSICA Y FABRICA CREATIVA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Secretaria Regional Ministerial de las Artes y el
Unidad de compra:
SEREMÍA DE LAS CULT , ARTES Y PAT REGIÓN DE ÑUBLE
R.U.T.:
62.000.430-8
Dirección:
CARRERA 556
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-10-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 05-10-2023 17:49:00
Fecha inicio de preguntas: 05-10-2023 18:01:00
Fecha final de preguntas: 09-10-2023 15:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-10-2023 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-10-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-10-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 20-10-2023 16:57:29
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 30-10-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 4 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Identificación del proponente, que deberá contener su razón social, Rol Único Tributario y domicilio; y el nombre de su representante legal, dirección de correo electrónico, número de fax y teléfono, según Anexo N°1.
2.- Copia simple del Formulario de Inicio de actividades o algún documento emitido por Servicio de Impuestos Internos que dé cuenta del inicio de actividades en el giro correspondiente.
3.- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo, con una vigencia de validez a la fecha del acto de apertura de las ofertas.
4.- Copia simple de Certificado de vigencia de la sociedad, correspondiente al año 2023. (SOLO PERSONAS JURÍDICAS)
5.- SOLO UTP: Documento público o privado que da cuenta del acuerdo, que contenga las menciones indicadas en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886.
6.- SOLO UTP: Declaración Jurada Simple, según Anexo N°4a para integrante de la UTP persona natural; y 4b para integrante de la UTP persona jurídica
7.- SOLO UTP: Declaración Jurada Simple, según Anexo N°5.
8.- Carta de designación del profesional que sea la contraparte técnica del proveedor para la ejecución del servicio. Documento en formato libre en donde se debe individualizar claramente al profesional designado por el oferente para tal efecto, debidamente firmado por el oferente y el representante legal de la empresa (si corresponde).
Documentos Técnicos
1.- Oferta Técnica: deberá adjuntarse como Anexo claramente identificado a la presentación de su oferta y en formato libre, el que tendrá que contener todo lo técnicamente requerido detallado en las presentes Bases.
 
2.- Experiencia del Oferente: según Anexo N°2, adjunto, válidos para persona jurídica, natural y/o UTP, debidamente identificados.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica, según Anexo N°3.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de la persona natural
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: b) Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal
- I18n entry not found: a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario
- I18n entry not found: c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles co
- I18n entry not found: c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles co
- I18n entry not found: a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario
- I18n entry not found: a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediere.
- I18n entry not found: b) Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal.
- I18n entry not found: c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles co
- I18n entry not found: c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles co
- I18n entry not found: b) Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal.
- I18n entry not found: - Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario.
- I18n entry not found: - Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal.
- I18n entry not found: - Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles con
- I18n entry not found: Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles conta
- I18n entry not found: Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario.
- I18n entry not found: Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal.
- I18n entry not found: a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario.
- I18n entry not found: b) Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal
- I18n entry not found: b) Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal
- I18n entry not found: c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles co
- I18n entry not found: a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario
- I18n entry not found: a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario
- I18n entry not found: b) Fotocopia del Rol Único Tributario (RUT) vigente del adjudicatario y de la Cédula de identidad de su representante legal
- I18n entry not found: c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles co
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Desarrollo local SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS, NUMERAL 16, 16.2.- 10%
2 Oferta Técnica SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS, NUMERAL 16, 16.4.1.- 35%
3 Cumplimiento de requisitos formales SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS, NUMERAL 16, 16.1.- 5%
4 Experiencia de los Oferentes SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS, NUMERAL 16, 16.4.2 30%
5 Oferta económica SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS, NUMERAL 16, 16.3.- 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FOMENTO 24.03.520 - 24.03.087
Monto Total Estimado: 41000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA CONTRATAR
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución Inmediata
Tiempo del Contrato 1 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CRISTIAN URRUTIA OSORIO
e-mail de responsable de pago: cristian.urrutia@cultura.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: JOSE CANUMAN CANUMAN
e-mail de responsable de contrato: jose.canuman@cultura.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2219671-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El Adjudicatario NO podrá Subcontratar con terceros la realización de las actividades, atendiendo a lo indicado en el Art. 76 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, punto número 1.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DEL PRECIO DEL CONTRATO Y SU PAGO. (I)
Para la contratación pertinente a este proceso de Licitación, se dispone de un monto máximo de $ 35.250.000.- (treinta y cinco millones doscientos cincuenta millones de pesos), IVA incluido.
El pago correspondiente se realizará en dos (02) cuotas, previa recepción conforme de los servicios/productos solicitados la que será emitida por la Contraparte Técnica del Departamento requirente de la Seremía, quien certificará la correcta, oportuna y completa ejecución del servicio entregado.
El pago de las cuotas estará sujeto a lo siguiente:
i. Primera cuota (50% adjudicado): Entrega de Informe, en formato papel (para la Sección de Pagos de la Seremi) y digital (para el Departamento/Programa requirente), después de realizada la segunda actividad, dentro de los 5 días hábiles siguientes. 
El informe de ejecución total deberá contener:
Carta Gantt si existiere.
Detalle de reuniones sostenidas por coordinaciones previas a la realización de las actividades.
Detalle de la pre producción que incluye gestiones realizadas para alojamientos, traslados, alimentación, etc.
Registros audiovisuales que se tengan de la primera actividad.
Otros que la contraparte técnica considere necesarios para certificar el cumplimiento de las actividades previas a la actividad central.
ii. Segunda cuota (50% adjudicado): Entrega de Informe, en formato papel (para la Sección de Pagos de la Seremi) y digital (para el Departamento/Programa requirente), a 5 días hábiles desde entregado el bien/servicio según los plazos establecidos. 
El informe de ejecución total deberá contener:
Detalle del servicio prestado que contenga a lo menos el detalle de los servicios prestados: traslados y movilización, alojamientos (cantidad, copia de reservas), alimentación, equipamiento técnico y humano, otros detalles que se consideren relevantes respecto al servicio contratado y prestado.
Registros audiovisuales y fotográficos (si corresponde).
Otros que la contraparte técnica considere necesarios para certificar la ejecución del servicio contratado.
Cualquier retraso o modificación en los plazos de entrega del informe asociado a la entrega del bien/servicio contratado, según lo establecido en las presentes bases, debe ser informada a la Contraparte Técnica de la Seremi señalando los motivos y solicitando extensión del plazo de entrega correspondiere. De lo contrario se aplicarán las multas establecidas en el numeral 25, en la forma que se indica en éste.


DEL PRECIO DEL CONTRATO Y SU PAGO. (II)
Para poder emitir la recepción conforme del servicio, la Contraparte Técnica de la Seremi, deberá revisar en un periodo no superior a tres (03) días hábiles el informe entregado por parte del adjudicatario/a, el que debe contener todos los medios de verificación que den cuenta de lo indicado en dicho informe, a contar de la fecha de su entrega física debidamente firmada. En caso de que existan observaciones y correcciones reconocidas al trabajo realizado y/o sus adjuntos, estas deberán subsanarse en un plazo no mayor a dos (02) días hábiles desde solicitada la corrección.
Si los servicios son recibidos conforme por el requirente, en calidad y pertinencia local, deberá remitirse el correspondiente formulario de Recepción Conforme y medios de verificación correspondientes, al Departamento de Administración y Finanzas, a la Encargada de Compras o la persona designada en su defecto, para adjuntar a la Orden de Compra correspondiente en la opción “Recepción Conforme”.
El documento tributario correspondiente deberá emitirse una vez sea ingresada la recepción conforme en Portal. Cualquier documento tributario que se emita antes de la confirmación por parte del requirente, será reclamado en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE) por el Departamento de Administración, Sección de Pagos.
Posteriormente, se procederá al pago respectivo dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción del documento tributario correspondiente, conforme a lo establecido en la Ley 21.131 de 2019.
El documento tributario correspondiente deberá asociarse a la Orden de compra respectiva sin errores tipográficos, de lo contrario será rechaza automáticamente por el Sistema tributario SGDTE, y deberá emitirse de acuerdo con lo siguiente:
Producto: “SERVICIO DE PRODUCCIÓN INTEGRAL PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES: FESTIVAL CANTO A LA CHILLANEJA, DÍA DE LA MÚSICA Y FABRICA CREATIVA”.
Extendida a:
Nombre: Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la región de Ñuble.
RUT: 62.000.430-8.
Giro: Administración Pública.
Dirección: Carrera 556, comuna de Chillán.
Teléfono: (56 42) 2219671.
Correo electrónico Encargado de pagos: Cristian.urrutia@cultura.gob.cl   
Casilla para envío de factura en formato XML: dipresrecepcion@custodium.com 
Para proceder al pago, el proveedor deberá presentar en tiempo y forma los informes y documentación indicada precedentemente.
Las modificaciones o ajustes en los plazos de entrega no deberán significar en ningún caso una modificación del servicio requerido y de los informes asociados establecidos en las presentes Bases.
IMPORTANTE: LA SEREMI DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN DE ÑUBLE SOLO PAGARÁ LOS SERVICIOS EFECTIVAMENTE EJECUTADOS, UNA VEZ SEA VISADO EL INFORME FINAL.
a) Se condicionará el pago de los servicios a:
1) La presentación del Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley de subcontratación) donde conste que el adjudicatario no tiene deudas laborales ni previsionales, para lo cual se cotejará por parte del Organismo público que coincida la nómina entregada al momento del contrato con la que se entregue junto al Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley de subcontratación).
2) La entrega de los informes solicitados.
3) La emisión por parte del departamento requirente, de los respectivos certificados de conformidad, de acuerdo con lo requerido en las bases Técnicas.
4) La emisión del documento tributario respectivo debidamente asociado a la Orden de Compra emitida. 


b) Información relevante para considerar:
1) Los servicios detallados anteriormente deberán coordinarse entre la SEREMI de la Región Ñuble y la o el oferente adjudicado.


2) La SEREMI, se reserva el derecho de modificar fechas, horarios, lugares y cantidades, teniendo presente que dichas modificaciones pueden influir en el monto de la contratación, sin exceder la oferta adjudicada y en coordinación con el adjudicatario.


MULTAS.
Procederá a la aplicación de Multa en los siguientes casos: 1º. Incumplimiento de plazos de entrega del servicio acordados con la Seremi. 2º. Mala calidad del servicio. 3º. Entrega del servicio, en condiciones distintas a las contratadas o parciales. Las circunstancias mencionadas serán señaladas en un informe presentado por parte del Departamento requirente debidamente firmado por la Jefatura correspondiente. Podrá dar lugar a la aplicación de multas, equivalentes al 2% del valor total del contrato, por cada día de atraso o retardos en la entrega, o por cada evento de infracción contractual, según sea el caso. La aplicación de multas tendrá un tope máximo del 30% del monto total del contrato. Dichas multas no se aplicarán si el atraso se produce por caso fortuito o fuerza mayor debidamente informado mediante carta del representante legal al Jefe del Departamento de Fomento de las culturas y las Artes regional, en cuyo caso la SEREMI, podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato respectivo, si fuere necesario, mediante el correspondiente acto administrativo, por un término equivalente a la duración del impedimento, previa comunicación por escrito del adjudicatario y la calificación conforme por parte de la Secretaría Regional Ministerial de las Cultura, las Artes y el Patrimonio región de Ñuble, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o la fuerza mayor alegados y que tales hechos se encuentran comprobados.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTA.
Las multas se aplicarán por la SEREMI, la que será sancionada mediante una resolución exenta y fundada. Detectado un incumplimiento que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad (Unidad técnica requirente), procederá la contraparte administrativa, a notificar al adjudicatario, por carta certificada mediante Oficio ORD., indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la SEREMI, a través de la contraparte administrativa, dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada, dicho pronunciamiento, será confeccionado por el Asesor Jurídico regional. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda. Las multas se cursarán a través de una resolución, la cual, en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Los descargos deberán presentarse en la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas las Artes y el Patrimonio región de Ñuble, ubicada en calle Carrera Nº556, en la comuna de Chillán, en horarios de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08:30 a 15:30 horas, excepto festivos. El importe de las multas se pagará directamente a la SEREMI o podrá hacerse efectivo descontando su monto del respectivo pago. Los proveedores que sean multados por la SEREMI Región de Ñuble, de acuerdo con lo establecido en este párrafo, serán incorporados en el Registro de Proveedores Multados por la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio región de Ñuble, el que estará a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas, Sección de Compras y Licitaciones.
PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
Para los efectos establecidos en estas bases, la Contraparte Técnica será el Coordinador del Programa requirente o la persona encargada del programa Fomento lector regional o quien designe la Seremi para esta función, cuyas facultades son: a) Emitir el informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios entregados por parte del proveedor. Este documento versará sobre el cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones contractuales asumidas por el proveedor y será condición para la aprobación del pago por parte del Departamento de Administración y Finanzas regional. b) En caso de incumplimiento total o parcial del contrato por parte del proveedor, informará y acompañará antecedentes al Departamento de Administración y Finanzas regional, mediante un informe fundado de incumplimiento de productos/servicios. c) Mantendrá actualizado el archivo con la totalidad de las copias de los antecedentes del contrato. d) Informar a la Unidad Jurídica, la modificación del contrato y sus antecedentes. e) Exigir con la debida puntualidad la entrega de los documentos obligatorios para contratar al proveedor adjudicado. f) Supervisar, controlar la entrega en tiempo y forma del Servicio y en general actuar como contraparte técnica del servicio requerido. g) Informar a la contraparte administrativa, el o los incumplimientos de obligaciones de parte del proveedor, mediante informe fundado. h) En general cualquier acción que implique velar por el cumplimiento del servicio, supervisando directa del cumplimiento del contrato. Asimismo, la SEREMI, con el objeto de coordinar y supervisar el correcto cumplimiento del contrato por parte del proveedor, tendrá las siguientes facultades, a través de su Departamento de Administración y Finanzas regional: a) Mantendrá actualizado el archivo con la totalidad de los antecedentes originales del contrato. b) Aprobará los pagos, previo informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios por parte de la Jefatura del Departamento Requirente. c) Actuar en calidad de contraparte administrativa del servicio requerido. d) Confeccionar los actos administrativos que deriven de la presente licitación. A través de su Abogada o Asesora Jurídica regional: a) En caso de que existan descargos a la notificación de la aplicación de multa, determinará su procedencia, con el mérito del informe de incumplimiento y los antecedentes aportados por el requirente, así como los respectivos descargos formulados por el proveedor, debiendo confeccionar el acto que se pronuncie por los descargos. b) Confeccionar el acto administrativo, que procedan respecto a las impugnaciones que deduzca el proveedor, con ocasión de la dictación de resolución que aplica multa. El proveedor, designará un coordinador que se relacionará con la Contraparte técnica designada por la Seremi para coordinar la ejecución del contrato, así como los efectos a que haya lugar con ocasión de su incumplimiento. La Contraparte técnica designada por la Seremi será responsable de la supervisión directa del cumplimiento del contrato.
CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y RESPONSABILIDAD.
La SEREMI, pondrá término anticipado al contrato por un acto administrativo fundado, en el evento que acaeciera alguna de las siguientes circunstancias: • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. • Si se disolviere la sociedad adjudicatario por cualquier causa. • Si el adjudicatario se declarare en quiebra o si cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. • Si el adjudicatario registra saldo insoluto de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o trabajadores contratados en los últimos dos años. • Si ocurre un caso fortuito o fuerza mayor que haga inviable la entrega del producto y/o servicio en los términos contratados, se pondrá término anticipado al contrato por parte de la Seremi y previo informe del Departamento de Ciudadanía Cultural regional respecto del avance del servicio adjudicado, se procederá al pago proporcional de los servicios efectivamente realizados y; a contrario sensu, no se realizará pago alguno, en el evento que los servicios no se alancen a prestar.
CAUSAL DE TÉRMINO DEL CONTRATO Y RESPONSABILIDAD: INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Sin perjuicio de lo anterior, se pondrá término al contrato, por el incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, siempre y cuando ello no se deba a un caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderán como causales de incumplimiento grave las siguientes: • Si el proveedor no destina el personal indicado en su propuesta. • Si el proveedor no destina recursos para el normal desarrollo del servicio. • Si el proveedor se atrasa en la entrega programada de productos/servicios. • Si el proveedor entrega parcialmente los productos/servicios. • Si la calidad del trabajo no satisface las exigencias mínimas del servicio. Además, se entenderá por incumplimiento grave, la inejecución o ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación de los servicios según las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y siempre que dicho incumplimiento le genere a la SEREMI Región de Ñuble, un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. En caso de verificarse incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y previo al informe emitido por la Unidad Requirente, la SEREMI podrá ponerle término unilateralmente y solicitar eventual y judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, en virtud de las reglas generales del derecho común. En caso de configurarse una hipótesis de incumplimiento grave se podrá poner término al contrato de manera unilateral. Para tales efectos, comunicará mediante Oficio dirigido al representante legal de la empresa adjudicada, al domicilio registrado en el contrato, los hechos que configuran la infracción, confiriéndole un plazo de 05 días hábiles para formular sus descargos. Recibido los descargos o cumplido el plazo para ello, la SEREMI dentro del término de 05 días dictará una resolución fundada donde podrá poner término anticipado al contrato, conforme al mérito de las cuestiones planteadas o, por el contrario, acoger total o parcialmente los argumentos expuestos por el adjudicatario. En caso de dictarse resolución que imponga alguna de las medidas señaladas ante el incumplimiento del adjudicatario, la SEREMI podrá comunicar dicha circunstancia al Sistema de Información, para los efectos indicados en el artículo 96 bis del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas. La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. Además, las partes podrán dar término al contrato de común acuerdo, en cuyo caso, la SEREMI, evaluará si procede cursar pagos que estuvieren pendientes, por productos o servicios parciales previamente aprobados.
HIPÓTESIS DEL CASO FORTUITO Y SU EVENTUAL PRÓRROGA DEL PLAZO.
Por causa constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor, el adjudicatario podrá solicitar prórroga del plazo de entrega del servicio, antes del vencimiento de este, y dentro del plazo de 10 días de acaecido el hecho que motiva la solicitud, mediante una carta dirigida a la SEREMI. La autoridad competente que haya adjudicado la licitación evaluará el mérito de la solicitud, y podrá aceptarla o rechazarla total o parcialmente mediante resolución fundada, previo informe de la Unidad Requirente. La prórroga de plazo sólo se extenderá por el tiempo que haya durado el impedimento.
DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.
El proveedor adjudicado, será responsable por todo accidente, daño o perjuicio que, durante la vigencia del contrato, y a raíz de su ejecución u omisión, pudiere ocurrir a sus trabajadores, colaboradores, a terceros o a la propiedad privada o pública existente. El proveedor adjudicado se obliga expresamente a responder y pagar todo daño o perjuicio que se produzca o se ocasione en accidentes de tránsito, trabajo u otros relacionados con el servicio a ejecutar, cualquiera sea la causa, razón o motivo del accidente originado por responsabilidad total o parcial del proveedor. Dicha responsabilidad se extenderá incluso a aquellos casos en que encontrándose asegurado el riesgo respectivo, la Compañía de Seguro retardare el pago, o se negare a pagar los daños resultantes de acuerdo con cláusulas de la póliza u otras normas legales o reglamentarias o a disposiciones internas, comprometiéndose el proveedor a asumir la total responsabilidad en el accidente y a soportar el pago de tales daños o perjuicios, liberando al Ministerio por los hechos que se produzcan y de todo cobro que se le formule.
DERECHOS DE PROPIEDAD.
Los productos resultantes de la presente investigación, como asimismo aquellos que deriven del presente contrato, serán de propiedad exclusiva del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en virtud de lo cual el adjudicatario deberá acompañar las autorizaciones que sean necesarias en derechos de autor y conexos en las cuales se señale expresamente que éstos autorizan a que sus obras sean utilizadas en cápsulas audiovisuales para comunicarlas públicamente y ponerlas a disposición en las plataformas digitales y redes sociales del Ministerio. Por otra parte, el adjudicatario deberá celebrar a favor del Ministerio, una cesión de derechos de autor sobre todas las piezas encargadas, la cual deberá ser suscrita cumpliendo las formalidades que establece el artículo 73 de la ley 17.336, esto es, otorgarse mediante instrumento público o instrumento privado autorizado ante notario, e inscribirse en el Registro de Derechos Intelectuales del Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a costo y bajo responsabilidad del adjudicatario, debiendo otorgar al Ministerio, los documentos que verifiquen lo anterior.
DEL USO DEL LOGO E IMAGEN CORPORATIVA.
En toda acción de difusión, promoción, convocatoria, invitación, agradecimiento, patrocinio y/o auspicio, así como en la propia ejecución de las actividades del programa -bajo cualquier soporte utilizado para ello- se deberá incluir en forma destacada los logotipos que identifican institucionalmente a la Secretaría Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y/o a la Subsecretaria de las Culturas y las Artes. Todo esto está debidamente regulado en el “Manual de Uso Logo Ministerio”, dispuesto por esta institución.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate entre dos o más oferentes, como resultado de la evaluación de sus ofertas, el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera instancia “Oferta técnica”; en segunda “Experiencia del Oferente”; en tercera “Oferta Económica”; en cuarta “Comportamiento contractual anterior”; y en quinta “Cumplimiento de requisitos formales para participar del proceso de Licitación”.
BASES TÉCNICAS Y ANEXOS DE LICITACIÓN PÚBLICA.
DESDE PAGINA 30 A 48 DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°361 DEL 05.10.2023, ADJUNTA