1.
OBJETO DE LA LICITACIÓN
El Ministerio Secretaría General de la
Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio de “Suscripción de Licencias de
Software” para ejercer de forma más eficiente las labores
propias de las distintas divisiones y áreas de esta Secretaría de Estado, de acuerdo con el siguiente detalle:
N°
de Línea
|
Licencia
|
Cantidad
|
Fecha
de Activación
|
Plazo
de Vigencia de las Licencias
|
1
|
Licencias
Project Plan 5 o equivalente.
|
4
|
Dentro
de los 5 días corridos desde la aceptación de la orden de compra.
|
12
meses
|
2
|
Licencias
Adobe Acrobat Pro DC o equivalente.
|
67
|
26-11-2023
|
12
meses
|
3
|
Licencias
Adobe Creative Cloud o equivalente.
|
12
|
26-11-2023
|
12
meses
|
4
|
Licencia
Mailchimp Essentials 5000 contactos o equivalente.
|
1
|
27-12-2023
|
12
meses
|
5
|
Licenciamiento
Fortigate 200E o equivalente.
|
2
|
05-12-2023
|
12
meses
|
6
|
Licencia
Intercept x Advanced with EDR o equivalente.
|
520
|
13-01-2024
|
12
meses
|
7
|
Licencia
Intercept x Advanced for server with EDR o equivalente.
|
50
|
29-11-2023
|
12
meses
|
2.
DEL OFERENTE
2.1. Requisitos
del oferente:
Podrán
participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de
manera individual o como uniones temporales de proveedores, en adelante e
indistintamente “UTP”, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos
señalados en estas bases, presenten una o más oferta en la oportunidad y forma
establecida en las mismas.
Sin
perjuicio de lo anterior, para celebrar la respectiva contratación, el oferente
que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con
organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el
Registro de Proveedores de la plataforma www.mercadopublico.cl.
Tratándose
de una UTP, cada proveedor integrante deberá encontrarse habilitado para
contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su
inscripción en el Registro de Proveedores.
2.2. No
podrán participar:
a)
Las personas naturales, jurídicas o
uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido
condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º, inciso 1°, parte final de la ley
Nº 19.886.
b)
Aquellas personas que se encuentren en
las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4º de la ley Nº 19.886,
que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las
empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá
suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de
servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con
personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)
del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales
de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que
aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o
anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades
anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores,
representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”.
c)
Aquellas personas jurídicas que se
encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral 2) del artículo 8º de la ley
Nº 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos
de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario
Público Nacional o Extranjero.
d)
Aquellas personas que hayan sido
condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del
Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2004, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973, sobre Defensa de la
Libre Competencia.
2.3. Declaración jurada de no estar afecto a
inhabilidades para contratar:
Quedarán excluidos de la presente licitación
quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la
Administración del Estado, lo que se verificará mediante el anexo “Declaración
Jurada de Requisitos para Ofertar” que el oferente debe completar al momento de
realizar su oferta a través del Portal Mercado Público.
Por su parte, en el caso de las UTP, cada
integrante deberá suscribir la “Declaración Jurada Simple para Ofertar”,
contenida en el Anexo N°2. En caso de que alguno de aquellos no suscriba
la referida declaración, su oferta será declarada inadmisible.
2.4. Pacto de integridad
Se entenderá que todo oferente conoce y acepta
irrevocablemente el contenido de estas bases, como sus especificaciones
técnicas, anexos, modificaciones, sus eventuales aclaraciones, respuestas a las
consultas, como también las disposiciones de la ley N°19.886 y su Reglamento,
contenido en el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por
el solo hecho de presentar ofertas en los procesos de compras que se lleven a
efecto de conformidad a estas normas.
Todo oferente, por el solo hecho de participar
en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
este, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de
licitación y demás documentos integrantes. Especialmente los oferentes aceptan
el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
a)
El oferente se compromete a respetar
los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19,
números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad con el artículo 485 del
Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos
en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y
subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b)
El oferente se obliga a no ofrecer, ni
conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con
la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o
en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
c)
El oferente se obliga a no intentar,
ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera
fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de
sus tipos o formas.
d)
El oferente se obliga a revisar y
verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos
del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias
para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
e)
El oferente se obliga a ajustar su
actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia, en
el presente proceso licitatorio.
f)
El oferente manifiesta, garantiza y
acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
g)
El oferente se obliga y acepta asumir,
las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como
en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h)
El oferente reconoce y declara que la
oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
i)
El oferente se obliga a tomar todas
las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto
de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
Toda referencia al “oferente” efectuada en
este numeral se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.
El incumplimiento por parte del oferente,
adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos
asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas bases,
acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado
del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, en el caso que corresponda.
3.
CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
La presente licitación recae sobre
servicios de simple y objetiva especificación, es decir, que no
se requiere un esfuerzo mayor en la preparación de las ofertas. En
consecuencia, siendo el monto de la presente adquisición superior a 100 UTM e
inferior a 1.000 UTM el llamado se rebaja a 5 días corridos
de publicación. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en el inciso séptimo
del artículo 25 del Reglamento de
la Ley de Compras Públicas:
|
Actividad
|
Plazos
|
3.1
|
Publicación original del llamado
|
19 de octubre de 2023, a las 15:12 horas, según Portal www.mercadopublico.cl.
|
3.2
|
Fecha inicio de preguntas
|
19 de octubre de 2023, a las 17:00 horas, según Portal www.mercadopublico.cl.
|
3.3
|
Fecha final de preguntas
|
23 de octubre de 2023, a las 17:00 horas, según Portal www.mercadopublico.cl.
|
3.4
|
Fecha de publicación de respuestas
|
24 de octubre de 2023, a las 17:00 horas, según Portal www.mercadopublico.cl.
|
3.5
|
Publicación modificación de las bases de licitación
|
23 de octubre de 2023.
|
3.6
|
Nuevo plazo para formular consultas y aclaraciones
|
Hasta las 17:00 horas del 3° día, contado desde la publicación de la modificación de las bases de licitación.
|
3.7
|
Nuevo plazo de publicación de las respuestas a las consultas y aclaraciones
|
Hasta las 17:00 horas del 7° día, contado desde la publicación de la modificación de las bases de licitación.
En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 100, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por cinco (5) días.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl., en el ID de la licitación. A su vez, se aumentará en el mismo plazo las fechas que prosiguen a esta.
|
3.8
|
Nuevo plazo de cierre de recepción de propuestas
|
Hasta las 17:00 horas del 10° día, contado desde la fecha de publicación de la modificación del llamado a licitación pública.
|
3.9
|
Nuevo plazo de apertura de las propuestas.
|
Hasta las 17:01 horas del 10° día, contado desde la fecha de publicación de la modificación del llamado a licitación pública.
|
4.0
|
Nueva fecha estimada de adjudicación
|
Al 16° día, contado desde la fecha de publicación de la modificación del llamado a licitación pública.
|
4.1
|
Nueva fecha de entrega de garantía de fiel cumplimiento, en caso de que corresponda, y documentos para la formalización de la contratación
|
Al 18° día contados desde la fecha de publicación de la modificación del llamado a licitación pública.
|
4.2
|
Fecha estimada de firma del contrato, según corresponda, o de la emisión de la orden de compra
|
Al 23° día, contado desde la fecha de la publicación de la modificación del llamado a licitación pública.
|
Los
plazos señalados precedentemente serán de días corridos; sin perjuicio de ello,
el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni
en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
En caso de que cualquiera de los plazos venza en un día inhábil,
entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará
al día hábil siguiente. Por su parte, a fin de respetar la
necesaria concatenación de cada uno de los hitos y momentos referidos en el recuadro
precedente, se deja constancia que para el caso de verificarse una prórroga y
con ello un tope en los plazos, podrá prorrogarse en un día hábil el momento o
hito siguiente, en caso de estimarse necesario.
4.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
4.1.
Recepción de consultas y aclaraciones:
a)
Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de
que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el
Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del
Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas
a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de
licitación.
b)
Todas las notificaciones por efectuarse
en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de
transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el
Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del
Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la
notificación.
c)
Las consultas y aclaraciones sólo serán
recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a
través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y
horario indicado en el cronograma.
4.2.
Respuestas a las consultas y
aclaraciones:
Se
responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado
Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas
de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.
Dentro
del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes bases
administrativas y/o técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio
lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán
vinculantes para los oferentes.
A su
vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el
presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y
Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la
Resolución Exenta Nº 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación
Pública.
5.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
5.1.
Perfil
del oferente:
El
oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjero(a), o
unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar
con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las bases técnicas.
5.2.
Cumplimiento de las condiciones
administrativas:
El
oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las
presentes bases administrativas, técnicas y anexos, y presentar además los
documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.
Se
deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta
licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases
administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación,
con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su
conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la
documentación requerida en las presentes bases.
Los documentos
que forman parte de este proceso licitatorio son:
●
Las bases administrativas, técnicas y anexos.
●
Las modificaciones a las bases de licitación,
debidamente aprobadas por acto administrativo.
●
Las consultas, aclaraciones y
respuestas, en caso de que existan.
●
La oferta y los documentos anexos,
presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes
bases.
●
La resolución de
adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
●
El contrato respectivo, su
documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba, según
corresponda.
●
La o las órdenes de compra emitidas a
través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la
Administración del Estado.
Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las
presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases
administrativas y técnicas por sobre sus anexos.
5.3.
Recepción de las propuestas:
Las propuestas
se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación
(numeral 3 de estas bases) a través del Portal Mercado
Público.
Los proponentes podrán presentar más de una oferta, en
cuyo caso cada una será evaluada separadamente. Las ofertas alternativas
deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas así en el Portal Mercado
Público.
Sólo
se recibirán ofertas a través del Sistema de Información de Compras y
Contratación Pública. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio
distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de
recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las
circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras
Públicas, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras
y Contratación Pública. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las
ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
En
caso de configurarse alguna de las circunstancias establecidas en el artículo
62 del Reglamento de Compras Públicas, el proceso licitatorio deberá ser
llevado a cabo según se detalla a continuación:
- Toda la
documentación deberá ser entregada en la oficina de partes del Ministerio,
ubicada en calle Moneda N°1160, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, en
las fechas indicadas en el cronograma para estos efectos, a partir de las
09:00 y hasta las 16:00 horas.
- La
documentación deberá ser entregada en sobre cerrado e indicar el nombre de
la licitación, nombre y R.U.T. del oferente.
- Por su
parte, las preguntas que sean formuladas en su oportunidad según el
cronograma, deberán ser remitidas a la casilla de correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl, indicando nombre de la licitación, nombre y R.U.T. del
oferente.
- Toda
comunicación, y publicación correspondiente al proceso licitatorio,
incluidas las respuestas y aclaraciones y modificaciones, se efectuarán en
el portal de transparencia activa del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia.
- La orden de
compra será emitida de forma manual, y se publicará oportunamente en el
Portal de Transparencia Activa del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, debiendo el adjudicatario aceptarla mediante correo
electrónico, a la casilla de correo compras@minsegpres.gob.cl en el plazo indicado en el cronograma.
5.4.
Antecedentes del oferente y documentación que
acompaña la oferta:
El
oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del Portal www.mercadopublico.cl el formato completo de identificación del oferente,
contenido en el Anexo Nº 1-A (Persona
Natural), 1-B (Persona Jurídica)
o 1- C (Unión Temporal de Proveedores)
de estas bases, según corresponda.
En el caso de las UTP, cada integrante deberá
suscribir la “Declaración Jurada Simple para Ofertar”, contenida en el Anexo
N°2. En caso de que alguno de aquellos no suscriba la referida declaración,
su oferta será declarada inadmisible.
5.5.
Ingreso de la oferta técnica y económica al Portal
Mercado Público:
El oferente deberá ingresar:
1. Anexo
N° 3 “Oferta Técnica” en
la sección “Anexos Técnicos” de www.mercadopublico.cl,
indicando con detalle la licencia ofertada y si esta requiere migración o no. (requisito
de admisibilidad).
Migración: en caso de ofertar una licencia equivalente, en relación al requerimiento
consignado en el punto 1. Objetivo
del Servicio/Producto de las bases
técnicas, el oferente deberá adjuntar a su oferta un plan de migración de
datos, en formato libre, cuya ejecución se inicia a partir de la aceptación de la orden de compra y no
podrá llevarse a cabo con posterioridad a la fecha de activación de las
licencias, de conformidad a lo indicado en el recuadro señalado en el punto 1. “Objeto de la Licitación”, de
las bases administrativas, a fin de garantizar la continuidad operacional.
La oferta que no cumpla con lo exigido en las
presentes bases, o que la modifique en todo o parte, será declarada
inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
2. Certificado
original vigente. Los oferentes deberán acreditar a través de la presentación
de Certificado original vigente, ser representante o distribuidor oficial en
Chile de la respectiva licencia. (requisito de admisibilidad).
La oferta que no cumpla con lo exigido en las
bases técnicas, o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible,
quedando excluida del proceso de licitación.
3. Anexo N° 5. Declaración Jurada: Programa de Integridad. Los oferentes
deberán indicar si posee estrategia implementada por la empresa oferente para
promover y asegurar que todas sus operaciones y actividades se realicen de
acuerdo con las leyes, regulaciones y normas éticas aplicables. Este programa
tiene que prevenir y detectar conductas ilegales, corruptas o antiéticas, y
promover una cultura de ética y responsabilidad dentro de la organización.
La no
presentación del Anexo N° 5 o de los
medios de verificación respectivos, se evaluará con puntaje cero.
·
Ingreso de la oferta económica en el Portal
Mercado Público:
El
Ministerio informa que el monto máximo disponible para la contratación del
servicio de “Suscripción de Licencias de Software” es de $49.700.000. - (cuarenta y dos
millones trescientos mil de pesos), impuestos incluidos, si correspondiere, los
cuales serán distribuidos por líneas simples de la siguiente forma:
- Línea N°1: 4
Licencias Project Plan 5 o equivalente con un
presupuesto máximo de $2.800.000 (dos millones ochocientos mil pesos) impuestos
incluidos, si correspondiere. Toda oferta por un monto mayor al indicado
será declarada inadmisible.
- Línea N°2: 60
Licencias Adobe Acrobat Pro-DC o equivalente, número de plan VIP
661A51F3BA297E8F851A, Abono VIP Select, Nivel de Abono 2,
con un presupuesto máximo de $13.400.000 (trece millones cuatrocientos mil pesos), impuestos
incluidos, si correspondiere. Toda oferta por un monto mayor al indicado
será declarada inadmisible.
- Línea N°3: 6
Licencias Adobe Creative Cloud o equivalente, número de
plan VIP F096F2208A21E5213B0A, con un presupuesto máximo de $12.000.000 (doce millones de pesos), impuestos incluidos, si correspondiere. Toda
oferta por un monto mayor al indicado será declarada inadmisible.
- Línea N°4: 1 Licencia Mailchimp Essentials 5000 contactos o equivalente
con un presupuesto máximo de $1.500.000 (un millón quinientos mil de pesos),
impuestos incluidos, si correspondiere. Toda oferta por un monto mayor al
indicado será declarada inadmisible.
- Línea N°5:
2 Licenciamiento Cortafuego FortiGate 200E o
equivalente serial: FG200E4Q17907856 con un presupuesto máximo
de $6.000.000 (seis millones de pesos), impuestos incluidos, si
correspondiere. Toda oferta por un monto mayor al indicado será declarada
inadmisible.
- Línea N°6: 520
Licencias INTERCEPT X ADVANCED WITH EDR o equivalente,
con un presupuesto máximo de $11.000.000 (once millones de pesos),
impuestos incluidos, si correspondiere. Toda oferta por un monto mayor al
indicado será declarada inadmisible.
- Línea N°7: 50
Licencias INTERCEPT X ADVANCED FOR SERVER WITH EDR o equivalente
con un presupuesto máximo de $3.000.000 (tres millones de pesos),
impuestos incluidos, si correspondiere. Toda oferta por un monto mayor al
indicado será declarada inadmisible.
La oferta económica deberá presentarse
en el formato correspondiente al Anexo
Nº4, indicando la línea a la cual presenta la oferta, de estas bases a través del Portal Mercado Público, cuyo valor
deberá estar expresado en pesos chilenos. Para la evaluación de la oferta se
considerará el valor total, impuestos
incluidos, si correspondiere. La oferta que no presente íntegramente la
referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del
proceso de licitación.
Los
oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos
los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos,
y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento de la
contratación, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios
ofertados serán invariables y fijos, hasta el total cumplimiento de la
contratación.
El
proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través
del Portal Mercado Público se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el
despliegue automático del “Comprobante
de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su
resguardo.
5.6.
Vigencia de la oferta:
Las
ofertas deberán tener una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de
ofertas indicada en el Portal Mercado Público.
En caso de que algún oferente desistiera de la oferta presentada,
durante el período de vigencia antes señalado, el Ministerio hará efectiva la
garantía de seriedad de la oferta, en caso de que corresponda.
6.
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
6.1.
Apertura de las ofertas:
La apertura de los antecedentes de las
ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en
un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la
División de Administración General del Ministerio.
Las ofertas que se presenten serán
estudiadas y evaluadas por líneas simples, por una Comisión Evaluadora,
referida en el numeral 6.4. de las presentes bases.
Una vez concluidas las aperturas
respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico
a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado
la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de estas, de la
Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes bases administrativas
y los demás antecedentes formales que se hubieran presentado junto con la
oferta.
6.2.
Aclaración y complementación de antecedentes:
Previo a la evaluación de las ofertas
y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los
proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones
sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o
aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás
competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los proponentes, a través del Portal Mercado Público. El
plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores
o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la
solicitud realizada por el Ministerio.
Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar
la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación. En tal caso, el proveedor recibirá menos puntaje de acuerdo con lo
señalado en el numeral 7.8 de las bases administrativas.
La no entrega de
los documentos señalados anteriormente en el plazo establecido, implicará que
la oferta presentada será declarada inadmisible.
6.3.
Contactos:
El Ministerio no podrá tener contacto
con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones en el Sistema
de Información de Compras y Contratación Pública u otro expresamente previsto en estas bases.
6.4.
Comisión Evaluadora:
Las
ofertas recibidas en la presente licitación serán evaluadas por una Comisión
Evaluadora, la que estará compuesta por un número impar de funcionarios/as o
colaboradores/as, nombrando a un titular y su suplente, en caso de impedimento
del primero para integrar dicha comisión, según se señala en el siguiente
recuadro:
NOMBRE
|
DIVISIÓN/UNIDAD
|
CALIDAD
|
Patricio Mendez Aliaga
|
Funcionario de la Unidad
de Tecnologías de la Información
|
Titular
|
Marco Ulloa Urra
|
Funcionario de la Unidad
de Tecnologías de la Información
|
Suplente
|
Lorenzo Vargas Salgado
|
Funcionario de la División
de Administración General
|
Titular
|
Gonzalo Salvo Carrasco
|
Funcionario de la División
de Administración General
|
Suplente
|
Carolina Pino Sepúlveda
|
Funcionaria de la Unidad
de Fiscalía Interna
|
Titular
|
Violeta Vásquez Hernández
|
Funcionaria de la Unidad
de Fiscalía Interna
|
Suplente
|
Sin
perjuicio de lo anterior, en caso de impedimento de los/las funcionarios/as o
colaboradores/as que se indican en el cuadro anterior, integrarán la Comisión
las personas que las jefaturas correspondientes designen, mediante correo
electrónico dirigido a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este
Ministerio, debiendo elaborarse el acto administrativo respectivo, conforme
señala el artículo 37 del Reglamento de la ley de compras.
El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar
comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los
funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no
cuenta con esta condición.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la
documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los
puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con
dos decimales, sin aproximación.
Los miembros de
dicha comisión serán registrados en el sistema de la ley Nº20.730, que regula
el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las
autoridades y funcionarios.
Los miembros de la Comisión
Evaluadora no podrán:
a)
Tener contactos con los
oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los
artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
b)
Aceptar solicitudes de reunión,
de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con
esta licitación, mientras integren la comisión evaluadora.
c)
Aceptar ningún donativo de parte
de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan
servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o
corporaciones.
La Comisión de Evaluación deberá
elaborar y suscribir un Informe de
Evaluación el cual deberá contener la siguiente información:
a)
Verificación de admisibilidad de
los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada
proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con
toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna
causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello, declarándose
inadmisibilidad y no procediéndose a la evaluación de dicha oferta.
b)
Cuadro de evaluación de todas las
propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán
consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.
c)
Proposición fundada de adjudicación
de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir,
la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados
en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare
desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no
resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
6.5.
Criterios de
evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas:
La evaluación de las ofertas se
realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación y
subcriterios:
CRITERIO
|
SUBCRITERIO
|
PUNTAJE
|
Económico
|
Oferta Económica
|
75
|
Técnico
|
Declaración Jurada: Programa de Integridad
|
20
|
Comportamiento contractual anterior
|
Este criterio se aplica al final de la evaluación, y se resta puntaje a
aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual.
|
Administrativo
|
Cumplimiento de requisitos formales y administrativos
|
5
|
PUNTAJE MÁXIMO
|
100
|
El cálculo del puntaje de evaluación final para cada
oferente se obtendrá de:
PUNTAJE TOTAL EVALUACIÓN = CE + CT + CA
Siendo la oferta adjudicada la que tenga el mayor
puntaje asignado por la Comisión Evaluadora, como consecuencia de la aplicación
de los referidos criterios.
6.6.
Evaluación de las
ofertas económicas: 75 puntos.
La
evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula:
POE: (75) X (OEB/OEE).
Dónde:
POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación
OEB: Oferta económica más baja
OEE: Oferta económica
en evaluación
6.7.
Evaluación de las
ofertas técnicas: 20 puntos.
Para la evaluación de este criterio, se considerarán los siguientes
subcriterios:
a) Criterio de Integridad: 20 puntos.
En cuanto a este criterio, se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de
acuerdo con el Anexo N°5 Declaración Jurada Simple Programa de Integridad, acerca
de si posee una estrategia implementada por la empresa oferente para promover y
asegurar que todas sus operaciones y actividades se realicen de acuerdo con las
leyes, regulaciones y normas éticas aplicables. Este programa tiene que
prevenir y detectar conductas ilegales, corruptas o antiéticas, y promover una
cultura de ética y responsabilidad dentro de la organización.
La no presentación del Anexo N°5,
o de los medios de verificación respectivos se evaluará con puntaje cero.
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
|
PUNTAJE
|
El oferente presenta o indica su programa de integridad y señala
su estrategia de difusión hacia su personal.
|
20
|
El oferente no presenta o no indica su programa de integridad y/o
señala su estrategia de difusión hacia su personal.
|
0
|
b) Comportamiento
contractual anterior.
Para la evaluación de este
criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente,
durante los últimos 2 años antes del momento del cierre de presentación de
ofertas. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Sólo se
considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el período señalado.
El
mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje
indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación
por el número de sanciones recibidas por parte de la entidad licitante:
Sanción
|
Pérdida de puntaje por
sanción
|
Término anticipado de
contrato
|
-10
|
Aplicación de multas
|
-0,5
|
Dicho
descuento será aplicado según la siguiente formula:
Nº de eventos de
sanción x puntaje de descuento por sanción = - X puntos
Este puntaje se restará
del puntaje total ponderado de la propuesta.
Se deja expresa
constancia que para UTP (Uniones temporales de proveedores) este criterio se
aplicará para todos los integrantes señalados.
6.8.
Evaluación del cumplimiento de requisitos formales y administrativos: 5
puntos.
El
oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de
presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos antes
del cierre de presentación de oferta obtendrá 5 puntos.
En
caso de que se verifique la situación descrita en el numeral 6.2. de las
presentes bases administrativas, y el oferente haga entrega de los documentos o
aclaraciones requeridas en el plazo dispuesto en dicho numeral, obtendrá 0
puntos en este criterio.
De
acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se
realizará conforme a lo siguiente:
Criterio
|
Puntaje
|
Cumple con requisitos formales y administrativos
|
5
|
No cumple con requisitos formales y administrativos
|
0
|
6.9.
Criterios de desempate:
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente
evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará
a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y
excluyente:
a)
Criterio de evaluación Oferta Económica.
b)
Criterio de evaluación oferta técnica (Programa de
Integridad)
En el caso que, no obstante, la
situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada
primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de
Compras y Contratación Pública en el Portal www.mercadopublico.cl.
6.10. Coordinación de procesos de compra:
La División de Administración General,
a través de su Unidad de Compras y Contratación Pública, servirá de instancia
de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las
regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de
licitación.
7.
ADJUDICACIÓN
7.1.
Selección de la oferta más conveniente:
El Ministerio adjudicará la presente
licitación por líneas simples al proponente o los proponentes que
obtenga(n) el mayor puntaje total, de acuerdo con lo informado por la Comisión
Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.
El oferente que haya obtenido el mayor
puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su
adjudicación por líneas simples mediante resolución fundada de la
autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán
especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario
obtener la calificación de oferta más conveniente.
En caso de que la adjudicación no se
realice dentro del plazo originalmente establecido, el Ministerio informará en
el Portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo
plazo para la adjudicación. En este caso el plazo de entrega de la documentación
para contratar se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado
el plazo original de la adjudicación.
En caso de que los participantes de
esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas
deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal
Mercado Público.
7.2.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración
de desierta la licitación:
El Ministerio se reserva el derecho de
declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos:
a)
Cuando
éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases administrativas y
técnicas, ya sea en uno o más actos específicos o que la modifique en todo o parte.
b)
La
oferta que no acompañe el Certificado
Original Vigente de ser representante o distribuidor oficial en Chile de la
respectiva licencia.
c)
La
oferta que no acompañe el Anexo N° 3 “Oferta Técnica”.
d)
La no
presentación de la oferta económica contenida en el Anexo Nº4, que la
modifique en todo o parte, o que señale un precio superior al máximo estipulado
en estas bases.
Podrá también el Ministerio declarar
inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere
procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando
las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio.
Los proponentes
que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
7.3.
Readjudicación:
El
Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta (60) días
corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo
oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el
Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, y así sucesivamente
con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes
situaciones:
a)
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
b)
Si el adjudicatario no presenta toda la
documentación requerida para la suscripción del contrato o emisión y aceptación
de la orden de compra, según corresponda, dentro del plazo señalado en el
cronograma de licitación.
c)
Si el adjudicatario no suscribe el contrato
en el plazo indicado en el cronograma, en caso de que corresponda, o no acepta
la orden de compra en el plazo de 2 días hábiles.
d)
En
caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación.
e)
Si el adjudicatario al momento de la formalización
de la contratación es inhábil para contratar con el Estado.
8.
CONDICIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
8.1.
Inscripción en el Registro de Proveedores:
Conforme a lo
dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades
podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores
para poder suscribir los contratos definitivos o la emisión de la orden de
compra. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o
inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del
citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación
que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción que
dé cuenta que se encuentra en estado hábil.
Si el adjudicado
no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo
plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para
la firma del contrato o emisión de la orden de compra, según corresponda), para
efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o
certificado.
Para el caso de
que, el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de los
integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor
hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
8.2.
Documentación:
A fin de elaborar y
suscribir el contrato correspondiente o emitir la orden de compra, según
corresponda, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a
continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren
digitalizados en el Portal Chile Proveedores y que dicha
circunstancia le conste y haya sido verificada por el Ministerio, mediante su
envío digital o a la Oficina de
Partes del Ministerio, ubicada en Moneda Nº1160, entrepiso, comuna de Santiago,
según sea el caso, dentro del plazo indicado en el cronograma:
a)
Certificado emitido por la
Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de
cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago
vigente.
b)
Certificado
emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de
reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas
remuneratorias o previsionales.
En el caso de las
UTP, cada uno de sus integrantes deberá presentar los referidos certificados.
Adicionalmente,
el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la
documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el
Cronograma:
a) Persona jurídica nacional (incluidas
empresas individuales de responsabilidad limitada):
a.1. Sociedades:
-
Copia
de escritura pública de constitución y de la última modificación, si la
hubiere; las publicaciones de los extractos correspondientes en el Diario
Oficial e inscripciones en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes
Raíces o en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades creado por la ley
N° 20.659, cuando corresponda.
-
Copia
de escritura pública o documento que acredite la personería legal del
representante autorizado para suscribir contratos.
-
Certificado
de vigencia de la sociedad, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90
días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.
-
Certificado
de vigencia de la personería del representante legal, el cual no podrá tener
una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la
entidad correspondiente.
-
Cédula
de identidad del representante legal.
-
R.U.T.
de la sociedad.
-
Declaración
jurada de
inhabilidades para contratar.
a.2. Fundaciones o corporaciones:
-
Copia
de estatutos reducidos a escritura pública o inscritos en el Registro Nacional
de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, cuando corresponda.
-
Copia
del Decreto que otorga personalidad jurídica, cuando corresponda.
-
Publicación
en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando
corresponda.
-
Copia
del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en el caso que existiere y sus
pertinentes publicaciones en el Diario Oficial o certificación del Registro
Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, según corresponda.
-
Certificado
de vigencia con nómina de directorio con no más de 30 días de antigüedad a la
fecha de la solicitud.
-
Documento
que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir
contratos.
-
Cédula
de identidad del representante legal.
-
R.U.T.
de la fundación o corporación.
-
Declaración
jurada de
inhabilidades para contratar.
b) Persona jurídica extranjera:
-
Deberá
acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser apostillados o en su defecto
legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
-
Deberá
acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para
ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los
documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este
mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o
escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste
la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de
identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de
agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante
legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las
presentes bases.
-
Deberá
designar un domicilio en Chile.
-
Si se
trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
-
Declaración
Jurada para contratar.
-
RUT
otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la
sociedad constituida en Chile.
-
Declaración Jurada de inhabilidades para
contratar.
c) Unión
Temporal de Proveedores (UTP):
- Declaración Jurada para contratar.
-
Copia de la escritura pública o privada donde conste la UTP, según corresponda.
- Los demás antecedentes requeridos en los
literales relativos a Persona natural o Persona jurídica para cada uno de los proponentes
que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
d) Persona natural:
-
Iniciación
de actividades o presentación de las tres últimas declaraciones de I.V.A. al
Servicio de Impuestos Internos.
-
Declaración Jurada de inhabilidades para
contratar.
-
Fotocopia
de cédula de identidad.
Si el adjudicado no entregara la documentación
dentro del plazo indicado, se le formularan reparos a algún documento
entregado, o no acompañara comprobante o certificado de su inscripción en
Registro de Proveedores, el Ministerio otorgará por escrito un plazo adicional
de 3 días hábiles para completar la documentación, subsanar las observaciones
y/o efectuar su inscripción en el Registro de Proveedores y acompañar
comprobante o certificado de la misma o los documentos señalados
precedentemente. Si transcurrido este plazo, el adjudicado no hace entrega de
los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren
formulado, y/o no se inscribe en el Registro de Proveedores o no acompaña
comprobante o certificado de dicha inscripción, se dejará sin efecto la
adjudicación y se seleccionará a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se
declarará desierta la licitación. En dicho caso, el Ministerio podrá hacer
efectiva la garantía de seriedad de la oferta, según corresponda.
9. DE LA CONTRATACIÓN.
9.1. Aprobación de la contratación:
En
atención a que el presupuesto disponible para la presente licitación es
inferior a 1000 UTM y que se trata de un servicio de simple y objetiva
especificación, no se requerirá la suscripción de un contrato, debiendo
entenderse formalizada la contratación, mediante la emisión por parte del
Ministerio, y la posterior aceptación por parte del adjudicatario de la orden
de compra, al tenor de lo dispuesto por el artículo 63 del Reglamento de la Ley
de Compras.
Se
hace presente que se entenderán incorporadas a la orden de compra que se emita
y acepte, las normas establecidas en las presentes bases, aun cuando no se
mencionen expresamente en el documento indicado.
La
contratación entre el Ministerio y el proveedor deberá ser aprobada a través
del correspondiente acto administrativo que adjudique la contratación. No
procederá pago alguno mientras el acto administrativo no se encuentre
totalmente tramitado y se haya enviado la respectiva orden de compra. Esta
orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor dentro del plazo de 2 días
hábiles de enviada ésta a través del Sistema de Información de Compras y
Contratación de la Administración del Estado.
9.2. Vigencia de la contratación:
La
presente contratación entrará en vigencia a contar de la aceptación de la respectiva
orden de compra. Por su parte, la vigencia de las licencias será de 12 meses
contados desde su activación, según el siguiente detalle:
N° de Línea
|
Licencia
|
Cantidad
|
Término de Vigencia (servicio actual)
|
Fecha de Activación
|
Plazo de Vigencia de las Licencias
|
1
|
Licencias Project Plan 5 o equivalente.
|
4
|
Nueva
|
Dentro de los 5 días corridos desde la aceptación de la
orden de compra.
|
12 meses
|
2
|
Licencias Adobe Acrobat Pro DC o equivalente.
|
60
|
26-11-2023
|
27-11-2023
|
12 meses
|
3
|
Licencias Adobe Creative Cloud o equivalente.
|
6
|
26-11-2023
|
27-11-2023
|
12 meses
|
4
|
Licencia Mailchimp Essentials 5000 contactos o
equivalente.
|
1
|
27-12-2023
|
28-12-2023
|
12 meses
|
5
|
Licenciamiento Fortigate 200E o equivalente.
|
2
|
05-12-2023
|
06-12-2023
|
12 meses
|
6
|
Licencia Intercept x Advanced with EDR o equivalente.
|
520
|
13-01-2024
|
14-01-2024
|
12 meses
|
7
|
Licencia Intercept x Advanced for server with EDR o
equivalente.
|
50
|
29-11-2023
|
30-11-2023
|
12 meses
|
9.3. Subcontratación:
Atendida la naturaleza de la
contratación no se admitirá la subcontratación.
9.4. Modificación de la contratación:
La
contratación podrá modificarse, previo informe suscrito por la contraparte
técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes
causales:
a)
Por mutuo acuerdo de las
partes.
b) Por exigirlo el
interés público o la seguridad nacional.
Las
modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor
cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante
se ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal
desarrollo.
Las
modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio de la
contratación, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en
un 30% del monto del mismo, I.V.A. incluido, siempre que exista disponibilidad
presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según
proceda, el monto y la vigencia de las garantías.
Dichas
modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que
corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del
contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de
igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará
al proveedor por medio del Portal Mercado Público.
9.5. Cesión de la contratación:
El
Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total
o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el presente
contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para
poner término anticipado a la contratación, en forma inmediata. Lo anterior es
sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las
normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que
emanen de la respectiva contratación.
9.6. Sanciones por incumplimiento y procedimiento para la aplicación de dichas
sanciones:
El
Ministerio aplicará al proveedor las multas y sanciones descritas en este
numeral, las que se refieren a situaciones de incumplimiento en el desempeño
del servicio.
·
El
Ministerio aplicará una multa de 3% del valor contratado (impuestos
incluidos), por cada día corrido que exceda el tiempo de activación de las licencias según lo
indicado en el recuadro consignado en
el numeral 1 de las Bases Administrativas.
|
Las referidas multas, no podrán
exceder en su totalidad el 30% del valor bruto de la contratación. De ocurrir
alguna de estas situaciones, el Ministerio estará facultado para poner término
anticipado a la contratación, haciéndose efectiva la garantía del fiel
cumplimiento del mismo, en caso de que corresponda.
El monto de las multas será rebajado del
monto a facturar por parte del proveedor y, de no ser suficiente este monto o
en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. Por lo
tanto, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago
en que se rebajará.
Cuando el cálculo del monto de la
respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales,
éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la
del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de
la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del
Ministerio de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de
hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Procedimiento
para la aplicación de sanciones por incumplimiento.
Para aplicar una multa, el Ministerio deberá notificar
de ello al proveedor adjudicado, acompañando a dicha comunicación un informe
suscrito por la contraparte técnica, donde se dé cuenta detallada del eventual
incumplimiento.
La notificación de lo anterior se efectuará por correo
electrónico enviado por el administrador del contrato a la casilla informada
por el adjudicatario, indicando el monto de la posible multa a aplicar.
Una vez notificado, el proveedor adjudicado tendrá un plazo
de diez días hábiles para formular sus descargos mediante correo electrónico,
ante el administrador del contrato. La decisión del Ministerio en torno a
rechazar o acoger, total o parcialmente los descargos del proveedor, y en su caso
aplicar la respectiva multa, deberá formalizarse mediante resolución fundada de
la Subsecretaria, la que será notificada por correo electrónico a la casilla
informada por el adjudicatario, por carta certificada, o por cualquiera de las
formas que establece la ley N°19.880, publicándose oportunamente en el Sistema
de Información de Compras y Contratación Pública. De igual forma se procederá
en caso de no formularse descargos a la decisión de aplicar multas o en caso de
que el proveedor se allanare expresamente a dicha decisión. MINSEGPRES tendrá
un plazo no superior a 30 días hábiles para dictar la referida resolución.
Enseguida, el adjudicatario podrá impugnar dicho acto
administrativo mediante los recursos contemplados en la ley N°19.880, en
relación con el artículo 79 ter del Reglamento de compras públicas, debiendo
acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o
reemplazar la respectiva medida. MINSEGPRES tendrá un plazo no superior a 30
días hábiles administrativos para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar,
reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado y deberá formalizarse a través
de la dictación de una resolución fundada. Dicha resolución deberá ser
notificada al adjudicatario, por correo electrónico a la casilla informada por
el adjudicatario, por carta certificada, o por cualquiera de las formas que
establece la ley N°19.880 y deberá
publicarse en el portal de Mercado Público en el ID correspondiente.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán
practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción, en la
oficina de Correos que corresponda.
9.7. Término
anticipado:
El
Ministerio pondrá término al contrato por resolución fundada, sin indemnización
alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Resciliación
o acuerdo de las partes.
b) Si
se dictare resolución de liquidación en contra del Contratista en un
Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de
Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o
resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de
Reorganización o si el Contratista cayere en estado de notoria insolvencia, a
menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento
del contrato.
c) Si
se disolviere la sociedad del Contratista tratándose de personas jurídicas o la
unión temporal de proveedores.
d) Por
exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por
incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las
obligaciones contraídas por el Contratista. Se considerarán, entre
otros, incumplimientos graves los siguientes:
i.
Superar los topes máximos dispuestos
en el numeral 9.6 Sanciones por incumplimiento y procedimiento de aplicación
para dichas sanciones.
ii.
Incumplimiento
grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, cuando sea imputable
a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución
parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales,
descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de
responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a MINSEGPRES perjuicio
en el cumplimiento de sus funciones.
iii. El
incumplimiento de los numerales 9.9 Confidencialidad y Política de Seguridad de
la Información y 9.10 Propiedad Intelectual y Licencias.
iv. Si incumple
el numeral 9.3 Subcontratación.
v.
Si incumple lo dispuesto en el numeral 9.5
Cesión de la Contratación.
f) Incumplimiento de las obligaciones
laborales y previsionales de los trabajadores del Contratista, en la medida que
esas deudas superen los pagos pendientes a favor del contratante, y el monto de
la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando esta haya sido
solicitada.
En
caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas
anteriormente, el Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía
de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en caso de que haya sido solicitada,
pudiendo, además, solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato,
en ambos casos con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas
generales del derecho común.
9.8. Del pago:
El Ministerio pagará los servicios de suscripción de Licencias de Software, en un hito, dentro del plazo máximo de 30
días corridos, en pesos chilenos, al o los oferentes adjudicados y previa
presentación de la respectiva factura. Lo anterior, deberá ser acreditado por
la contraparte técnica ministerial, quien emitirá el
correspondiente certificado de conformidad del servicio.
Para gestionar el procedimiento de pago se
requerirá la siguiente documentación:
1.
Certificado de Recepción Conforme emitido por la
Contraparte Técnica Ministerial, previo a la emisión de la factura.
2.
Documento o correo electrónico emitido por el proveedor
que dé cuenta de la activación o entrega de la licencia de suscripción. Dicho documento deberá detallar la vigencia de las
licencias, esto es, inicio y término, según lo indicado en las presentes bases
de licitación.
3.
Informe del Proceso de Migración, cuando corresponda.
4.
Certificado de Antecedentes Laborales (F30).
Cabe señalar que, cuando el resultado del
monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número
entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a
5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
Para iniciar el procedimiento de pago, el
proveedor emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e
indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra
respectiva, dentro del Campo N° 801 (dispuesto para ingresar el número de orden
compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios
electrónico. Luego, el proveedor deberá enviar el DTE, en formato XML, al
Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y
sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado.
Posteriormente, el proveedor deberá enviar el
DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que
no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de
compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma
procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas
desde la ocurrencia de alguno de las tres circunstancias anteriores.
En caso de que se rechace un DTE, el
proveedor deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el
objeto de reiniciar el proceso de facturación.
Si los servicios son recepcionados conformes,
se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la aceptación de
la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis
del Reglamento de Compras Públicas. Lo anterior, previa
verificación del cumplimiento de la normativa laboral. Tratándose de UTP,
corresponde verificar el cumplimiento respecto de todos sus integrantes.
Si al momento de celebrar la contratación o
durante la vigencia de esta el proveedor registrara saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de
pago producto de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el proveedor deberá
proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el
total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin
perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o
hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Finalmente,
para proceder al pago es indispensable la aceptación electrónica de la
correspondiente Orden de Compra, por parte del Proveedor y, que sus los datos
bancarios se encuentren actualizados en el portal de Tesorería General de la
República.
9.9. Confidencialidad y Política de Seguridad de la
Información:
Al
contrato suscrito, u orden de compra, se acompañará la Política de Seguridad de
la Información del Ministerio, a fin de que el contratista pueda conocer su
contenido y obligarse al mismo desde ese momento. En dicho sentido, el
proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que el
Ministerio le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá
el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del
cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos,
memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos
computacionales o en cualquiera otra forma.
El contratista
sólo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos
de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de
todo o parte de ella.
Al
momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el contratista
deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la información confidencial y
toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de
trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o
archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la
misma, en ninguna forma.
En el
evento que por orden judicial o de autoridad competente, el contratista se
viere obligado a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá
notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio.
La
divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información
referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o
después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará
lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra
el proveedor.
9.10.
Propiedad intelectual y licencias:
Toda
información, datos, documentos y bases de datos que el contratista reciba desde el
Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de
propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud del presente contrato, serán
de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por la empresa para
efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio
contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el contratista cuente
con la autorización escrita del Ministerio.
Todas
las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de
referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de
expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que
se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad del
Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e
independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
9.11.
Contraparte técnica y administrador/a del contrato:
Contraparte técnica:
Ejercerá la labor de contraparte técnica
de la contratación Jorge Romero Vargas, o quien le subrogue o reemplace.
Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes:
a)
Dirigir,
supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por
el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el
cumplimiento de los plazos estipulados.
b)
Recibir
conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos.
c)
Requerir
el término anticipado del contrato si corresponde.
d)
Requerir
la aplicación de multas en los casos que corresponda.
e)
Requerir
modificación del contrato si corresponde.
f)
Todas
aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del
contrato.
Administrador/a del contrato:
Ejercerá la labor de administrador/a
del contrato/contratación el área de Gestión de Contratos de la Unidad de Compras y
Contratación Pública del Ministerio, o
la persona que le subrogue o reemplace, quien tendrá las siguientes
funciones:
a)
Validar
la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los
productos o informes por la contraparte técnica.
b)
Aclarar
y orientar respecto del desarrollo de la contratación.
c)
Gestionar el procedimiento de aplicación de sanciones según
corresponda.
d)
Todas
aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la
contratación.
9.12 Ejecutivo/a del contratista:
El contratista deberá designar a un/a
ejecutivo/a, quien será su representante permanente ante el Ministerio, y en el
ejercicio de esta función, le corresponderá:
a)
Estar
disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del
Ministerio. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona
natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del
representante o apoderado de la Unión Temporal de Proveedores, cuando ella sea
requerida.
b)
La
designación (del ejecutivo/a del contratista) se deberá comunicar al momento de
la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser
contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico
fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
c)
A este
ejecutivo le corresponderá, principalmente:
i.
Representar
al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución de
la contratación.
ii.
Coordinar
las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la
presente licitación.
iii.
Entregar
toda la información pertinente requerida por el Ministerio.
iv.
Acudir
a las citaciones realizadas por la contraparte técnica o el administrador del contrato
del Ministerio.
v.
Dar
respuesta a las consultas efectuadas por la contraparte técnica o el administrador
del contrato/de la contratación del Ministerio.
vi.
Las demás
que le encomienden las presentes bases de licitación.
10.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El
Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y
técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo
para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva
calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través
del Portal www.mercadopublico.cl, aumentándose
prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los
proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.