Licitación ID: 1051173-22-LP23
SERVICIO DE ENLACES DE DATOS PARA MINSEGPRES
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Ministerio Secretaria General de la Presidencia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Unidades de servicio de datos o canales de red 1 Unidad
Cod: 43222611
Servicio de enlaces de datos para la conectividad de las dependencias de esta Secretaría de Estado  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ENLACES DE DATOS PARA MINSEGPRES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio de enlaces de datos para la conectividad de las dependencias de esta Secretaría de Estado, de conformidad a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Ministerio Secretaria General de la Presidencia
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Moneda N°1160
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-01-2024 15:15:00
Fecha de Publicación: 28-12-2023 13:12:17
Fecha inicio de preguntas: 28-12-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 02-01-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-01-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-01-2024 15:16:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-01-2024 15:16:00
Fecha de Adjudicación: 06-02-2024 18:14:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº 1-A FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA NATURAL
2.- ANEXO Nº 1-B FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA JURÍDICA
3.- ANEXO Nº 1-C FORMATO DE IDENTIFICACIÓN UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
4.- ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
5.- ANEXO Nº 7 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR Y CONTRATAR
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 4. – EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
 
2.- ANEXO N°5 PLAZOS DE HABILITACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ENLACES DE DATOS
 
3.- ANEXO N°6 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PROGAMA DE INTEGRIDAD
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº 3 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación de las ofertas económicas: 40 puntos. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total, es decir: valor total de los enlaces por 36 meses más el costo total de instalación, impuestos incluidos. La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: POE: (40) X (OEB/OEE). Dónde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación 40%
2 Experiencia del oferente: 25 puntos. Según Resolución N°1215/2023 25%
3 Plazos de Habilitación de los Servicios de Enlaces Según Resolución N°1215/2023 20%
4 Programa de Integridad: 10 puntos. Según Resolución N°1215/2023 10%
5 Evaluación del cumplimiento de requisitos formales Según Resolución N°1215/2023 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Fiscal
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Según Resolución N12152023
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Alfredo Lathrop Sánchez
e-mail de responsable de pago: alathrop@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Área de Gestión de Contratos
e-mail de responsable de contrato: compras@minsegpres.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26945994-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 28-04-2024
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta para el Servicio de Enlaces de Datos para MINSEGPRES o indicar el ID del proceso licitatorio.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de readjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y firmado el contrato respectivo. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula de identidad vigente de la persona que retira la garantía. Sin embargo, este plazo se extenderá hasta la celebración del respectivo contrato, si se hace efectiva la readjudicación a aquella oferta u ofertas que le sigan en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 21-06-2027
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía de Fiel Cumplimiento del Servicio de Enlaces de Datos para MINSEGPRES y/o el ID del proceso licitatorio.
Forma y oportunidad de restitución: El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través de su Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, la que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la contraparte técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación. Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del certificado de retiro y recepción respectivo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes situaciones: a Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato o no acepta de la orden de compra, según corresponda, dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo indicado en el cronograma, en caso de que corresponda, o no acepta la orden de compra en el plazo de 2 días hábiles. d Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases. e Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado. f En caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación. En todos estos casos, el Ministerio hará, además, efectiva la garantía de seriedad de la oferta presentada por el oferente adjudicado en primera instancia.
BASES ADMINISTRATIVAS

II.       BASES ADMINISTRATIVAS

  1. OBJETO DE LA LICITACIÓN

El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio de enlaces de datos para la conectividad de las dependencias de esta Secretaría de Estado, de conformidad a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas.

  1. DEL OFERENTE

2.1.     Requisitos del oferente:

Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, en adelante e indistintamente “UTP”, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una o más oferta/s en la oportunidad y forma establecida en las mismas.

Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar la respectiva contratación, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores de la plataforma www.mercadopublico.cl.

2.2.     No podrán participar:

a)              Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la ley N° 19.886.

b)             Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4º de la ley N° 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”.

c)              Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral 2) del artículo 8° de la ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero.

d)             Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.

2.3.     Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar:

Quedarán excluidos de la presente licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado, lo que se verificará mediante el anexo “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” que el oferente debe completar al momento de realizar su oferta a través del Portal Mercado Público.

Por su parte, en el caso de las UTP, cada integrante deberá suscribir la “Declaración Jurada Simple para Ofertar”, contenida en el Anexo N°2. En caso de que alguno de aquellos no suscriba la referida declaración, su oferta será declarada inadmisible.

En caso de configurarse alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas, el oferente sea este, persona natural, persona jurídica, o integrante de la UTP, deberá presentar la “Declaración Jurada Simple para Ofertar y Contratar” contenidas en el Anexo N°7, en formato papel, en la forma y oportunidad establecida en el numeral 5.3.

2.4.       Pacto de integridad:

Se entenderá que todo oferente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases, como sus especificaciones técnicas, anexos, modificaciones, sus eventuales aclaraciones, respuestas a las consultas, como también las disposiciones de la ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por el solo hecho de presentar ofertas en los procesos de compras que se lleven a efecto de conformidad a estas normas.

Todo oferente, por el solo hecho de participar en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en este, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente los oferentes aceptan el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)              El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad con el artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

b)             El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

c)              El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d)             El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

e)             El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia, en el presente proceso licitatorio.

f)               El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

g)              El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

h)             El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i)               El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Toda referencia al “oferente” efectuada en este numeral se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el caso que corresponda.

  1. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN

Para los efectos de la presente licitación, se establece el siguiente cronograma:

Actividad

Plazos desde la publicación de las bases

3.1

Publicación del llamado

0 día.

3.2

Plazo para formular consultas y aclaraciones

hasta las 17:00 horas del 5° día.

3.3

Publicación de las respuestas a las consultas y aclaraciones

Hasta las 17:00 horas del 10° día.

En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 100, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días.

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación. A su vez, se aumentará en el mismo plazo las fechas que prosiguen a esta.

3.4

Cierre de recepción de propuestas, y recepción de la garantía de seriedad de la oferta, en el caso que corresponda

Hasta las 15:15 horas del 31° día

3.5

Apertura de las propuestas

A las 15:16 horas del 31° día

3.6

Fecha estimada de adjudicación

Al 40° día

3.7

Fecha de entrega de garantía de fiel cumplimiento, en caso de que corresponda, y documentos para la formalización de la contratación  

Al 45° día.

3.8

Fecha estimada de firma del contrato, según corresponda, o de la emisión de la orden de compra

Al 55° día.

Los plazos señalados precedentemente serán de días corridos; sin perjuicio de ello, el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. En caso de que cualquiera de los plazos venza en un día inhábil, entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente. Por su parte, a fin de respetar la necesaria concatenación de cada uno de los hitos y momentos referidos en el recuadro precedente, se deja constancia que para el caso de verificarse una prórroga y con ello un tope en los plazos, podrá prorrogarse en un día hábil el momento o hito siguiente, en caso de estimarse necesario.

  1. CONSULTAS Y ACLARACIONES

4.1.        Recepción de consultas y aclaraciones:

a)              Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación. 

b)             Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación. 

c)              Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma. 

4.2.        Respuestas a las consultas y aclaraciones:

Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.

Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes bases administrativas y/o técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes.

A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta Nº 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

  1. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

5.1.        Perfil del oferente:

El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjero(a), o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las bases técnicas.

5.2.        Cumplimiento de las condiciones administrativas:

El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.

Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases.

Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:

                Las bases administrativas, técnicas y anexos.

                Las modificaciones a las bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.

                Las consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.

                La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.

                La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.

                El contrato respectivo, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba, según corresponda.

                La o las órdenes de compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.

Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus anexos.  

5.3.        Recepción de las propuestas:

Las propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación (numeral 3 de estas bases) a través del Portal Mercado Público.

Los proponentes podrán presentar más de una oferta, en cuyo caso cada una será evaluada separadamente. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas así en el Portal Mercado Público.

Sólo se recibirán ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.

En caso de configurarse alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas, el proceso licitatorio deberá ser llevado a cabo según se detalla a continuación:

  • Toda la documentación deberá ser entregada en la oficina de partes del Ministerio, ubicada en calle Moneda N° 1160, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, en las fechas indicadas en el cronograma para estos efectos, a partir de las 09:00 y hasta las 16:00 horas.
  • La documentación deberá ser entregada en sobre cerrado e indicar el nombre de la licitación, nombre y R.U.T. del oferente.
  • Por su parte, las preguntas que sean formuladas en su oportunidad según el cronograma deberán ser remitidas a la casilla de correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl, indicando nombre de la licitación, nombre y R.U.T. del oferente.
  • Toda comunicación, y publicación correspondiente al proceso licitatorio, incluidas las respuestas y aclaraciones y modificaciones, se efectuarán en el portal de transparencia activa del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
  • La orden de compra será emitida de forma manual, y se publicará oportunamente en el Portal de Transparencia Activa del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, debiendo el adjudicatario aceptarla mediante correo electrónico, a la casilla de correo compras@minsegpres.gob.cl en el plazo indicado en el cronograma.

5.4.        Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta:

El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del Portal www.mercadopublico.cl el formato completo de identificación del oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (Persona Natural), 1-B (Persona Jurídica) o 1- C (Unión Temporal de Proveedores) de estas bases, según corresponda.

En el caso de las UTP, cada integrante deberá suscribir la “Declaración Jurada Simple para Ofertar”, contenida en el Anexo N°2. En caso de que alguno de aquellos no suscriba la referida declaración, su oferta será declarada inadmisible.

En caso de configurarse alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas, el oferente, sea este, persona natural, persona jurídica, o integrante de la UTP, deberá presentar la “Declaración Jurada Simple para Ofertar y Contratar” contenida en el anexo Nº 7, en formato papel, en la forma y oportunidad establecida en el numeral 5.3.

5.5.        Ingreso de la oferta técnica al Portal Mercado Público:

El oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Anexos Técnicos” del Portal www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del servicio ofrecido, debiendo cumplir con todas las especificaciones señaladas en las bases técnicas, y acompañando los siguientes anexos:

a)             Anexo N°4: Experiencia del Oferente.

b)             Anexo N°5: Plazos de Habilitación de los Servicios de Enlaces de Datos.

c)              Anexo N°6: Declaración Jurada Simple Programa de Integridad. Los oferentes deberán indicar si posee estrategia implementada por la empresa oferente para promover y asegurar que todas sus operaciones y actividades se realicen de acuerdo con las leyes, regulaciones y normas éticas aplicables. Este programa tiene que prevenir y detectar conductas ilegales, corruptas o antiéticas, y promover una cultura de ética y responsabilidad dentro de la organización.

La oferta que no acompañe la información requerida mediante los anexos N° 4 y N° 5 serán declaradas inadmisibles, quedando excluidas del proceso de licitación.

La no presentación del Anexo N° 6 o de los medios de verificación respectivos, se evaluará con puntaje cero.

5.6.        Ingreso de la oferta económica en el Portal Mercado Público:

El Ministerio informa que el monto máximo disponible para esta licitación es de U.F. 2.325.- (dos mil trecientas veinticinco unidades de fomento), impuestos incluidos.

La oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo Nº3 de estas bases a través del Portal Mercado Público, cuyo valor deberá estar expresado en unidades de fomento.

La oferta que no acompañe el Anexo N° 3 o que señale un precio superior al máximo disponible será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.

Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento de la contratación, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos, hasta el total cumplimiento de la contratación.

El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del Portal Mercado Público se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.

5.7.        Vigencia de la oferta:

Las ofertas deberán tener una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el Portal Mercado Público.

En caso de que algún oferente desistiera de la oferta presentada, durante el período de vigencia antes señalado, el Ministerio hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en caso de que corresponda.

  1.  GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Con la finalidad de proteger al Ministerio contra riesgos de desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las bases; el retiro de la oferta una vez adjudicada; falta de seriedad en los términos ofertados; falta de firma del contrato; y falta de los documentos necesarios para contratar, los oferentes deberán presentar una garantía de seriedad de la oferta.

La caución deberá cumplir los siguientes requisitos:

a)              Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

b)             Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación.

c)              Irrevocable.

d)             Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia debiendo incluir una glosa que individualice el nombre del servicio y/o el ID del proceso licitatorio.

Dicha garantía podrá ser tomada directamente por el oferente o por un tercero a nombre del proponente, y deberá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos u otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el Artículo 31º del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto equivalente a $1.000.000.- (un millón de pesos), extendido en favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, con una vigencia no inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

En el caso que el oferente decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las condiciones particulares, que se faculta al Ministerio para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al proponente por incumplimiento de las bases de licitación.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Si la garantía de seriedad de la oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.

La(s) garantía(s) podrá(n) ser entregada(s) de la siguiente forma:

a)         Si fuera(n) en soporte de papel, deberá(n) ser entregada(s) en la Oficina de Partes del Ministerio ubicada en calle Moneda N° 1160, entrepiso, comuna de Santiago, dentro del plazo para presentación de ofertas, y en el siguiente horario de atención:

-            Lunes a jueves: 09:00 a 17:00 horas.

-            Viernes: 09:00 a 16:00 horas.

b)        Si la(s) garantía(s) fuera(n) entregadas en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el Portal Mercado Público, dentro del plazo para ofertar.

Si no se presentara el documento de seriedad de la oferta de la forma señalada, si su presentación fuera extemporánea o estuviere mal extendida y no se pudiera salvar los errores que presente, de conformidad a lo establecido en el numeral 7.2., de las presentes bases de licitación, la oferta respectiva será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. Esta situación será comunicada a la Comisión Evaluadora, previamente al proceso de evaluación.

Devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación.  Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de readjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato.

Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y firmado el contrato respectivo.

El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula de identidad vigente de la persona que retira la garantía.

Sin embargo, este plazo se extenderá hasta la celebración del respectivo contrato, si se hace efectiva la readjudicación a aquella oferta u ofertas que le sigan en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el contrato.

  1. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

7.1.        Apertura de las ofertas:

La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio.

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, referida en el numeral 7.4. de las presentes bases.

Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de estas, de la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes bases administrativas y los demás antecedentes formales que se hubieran presentado junto con la oferta.

7.2.        Aclaración y complementación de antecedentes:

Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del Portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada por el Ministerio.

Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En tal caso, el proveedor recibirá menos puntaje de acuerdo con lo señalado en el numeral 7.8 de las bases administrativas.

La no entrega de los documentos señalados anteriormente en el plazo establecido, implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible.

7.3.        Contactos:

El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública u otro expresamente previsto en estas bases.

7.4.        Comisión Evaluadora:

Las ofertas recibidas en la presente licitación serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por un número impar de funcionarios/as o colaboradores/as, nombrando a un titular y su suplente, en caso de impedimento del primero para integrar dicha comisión, según se señala en el siguiente recuadro:

NOMBRE

DIVISIÓN/UNIDAD

CALIDAD

Henry Strange Sobarzo

Funcionario de la División de Administración General

Titular

Juan Parra Escobar

Funcionario de la División de Administración General

Suplente

Vania Muñoz Ramírez

Funcionaria de la División de Administración General

Titular

Javiera Zúñiga Gárate

Funcionaria de la División de Administración General

Suplente

Violeta Vásquez Hernández

Funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna

Titular

Carolina Pino Sepúlveda

Funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna

Suplente

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de impedimento de los/las funcionarios/as o colaboradores/as que se indican en el cuadro anterior, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen, mediante correo electrónico dirigido a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio, debiendo elaborarse el acto administrativo respectivo, conforme señala el artículo 37 del Reglamento de la ley de compras.

El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición.

Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación.

Los miembros de dicha comisión serán registrados en el sistema de la ley Nº20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: 2325

a)              Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. 

b)             Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la comisión evaluadora. 

c)              Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación el cual deberá contener la siguiente información:

a)              Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello, declarándose inadmisibilidad y no procediéndose a la evaluación de dicha oferta.

b)             Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.

c)              Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.

7.5.        Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas:

La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación y subcriterios:

CRITERIO

SUBCRITERIO

PUNTAJE

SUBCRITERIO

PUNTAJE TOTAL

CRITERIO

ECONÓMICO (CE)

Oferta económica

40

40

TÉCNICO (CT)

Experiencia del oferente

25

55

Habilitación de los servicios

20

Programa de integridad

10

ADMINISTRATIVO (CA)

Cumplimiento requisitos formales

5

5

PUNTAJE MÁXIMO

100

El cálculo del puntaje de evaluación final para cada oferente se obtendrá de:

PUNTAJE TOTAL EVALUACIÓN = CE + CT + CA

Siendo la oferta adjudicada la que tenga el mayor puntaje asignado por la Comisión Evaluadora, como consecuencia de la aplicación de los referidos criterios.

7.6.        Evaluación de las ofertas económicas: 40 puntos.

Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total, es decir: valor total de los enlaces por 36 meses más el costo total de instalación, impuestos incluidos.

La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula:

                 POE: (40) X (OEB/OEE).

Dónde:

POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación

OEB: Oferta económica más baja

OEE: Oferta económica en evaluación

7.7.        Evaluación de las ofertas técnicas: 55 puntos.

Para la evaluación de este criterio, se considerarán los siguientes subcriterios:

a)         Experiencia del oferente: 25 puntos.

En cuanto a este criterio, se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo N°4, acerca de la experiencia que posea en la prestación de servicios similares al objeto de la presente licitación.

Para proceder con la evaluación de este criterio, las experiencias ingresadas por cada proveedor deberán cumplir con los siguientes requisitos copulativos: 

i        Sólo se considerarán un máximo de 10 (diez) experiencias por oferente, sean en el sector público o privado, dentro de los últimos 10 años, contados regresivamente desde la publicación de la oferta. En caso de superar dicho límite, las experiencias que excedan el máximo no se contabilizarán en el cálculo del puntaje, y sólo serán consideradas para su revisión las primeras 10 experiencias que se completen en el Anexo N°4 de las presentes bases de licitación.

ii.      Que la información contenida en el Anexo N°4 se encuentre debidamente respaldada a través de los siguientes medios de verificación: copia simple del contrato suscrito por ambas partes; o la resolución que aprueba el contrato; u la orden de compra en estado de recepción conforme, en que se indique claramente el servicio prestado por el proveedor; o la factura emitida por el proveedor donde conste la naturaleza del servicio.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

PUNTAJE

 9 a 10 experiencias acreditadas en servicio de enlace de datos.

25

 6 a 8 experiencias acreditadas en servicio de enlace de datos.

15

 1 a 5 experiencias acreditadas en servicio de enlace de datos.

 5

 Sin experiencia demostrable

inadmisible

Tratándose de ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cabe recordar que son éstas las que determinarán la forma en que se presentará la experiencia, en cuanto a si será la de uno, la de algunos o la de todos los integrantes de la respectiva UTP.

b)        Plazos de Habilitación de los Servicios de Enlaces de datos: 20 puntos.

Este criterio de evaluación considera el plazo de habilitación de los servicios de Enlaces de datos para la conectividad de las dependencias del Ministerio, el cual deberá ser indicado en días corridos en el Anexo N°5 Plazos de Habilitación de los Servicios de Enlaces de datos, y se ponderará de acuerdo con la siguiente tabla:

PLAZOS DE HABILITACIÓN DE LOS SERVICIOS

PUNTAJE

Hasta 25 días corridos

20

Hasta 35 días corridos

15

Hasta 45 días corridos

5

La oferta que indique un plazo mayor a los establecidos anteriormente será declarada inadmisible del proceso licitatorio.

c)         Programa de Integridad: 10 puntos.

Se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo N°6 Declaración Jurada Simple Programa de Integridad, acerca de si posee una estrategia implementada por su empresa para promover y asegurar que todas sus operaciones y actividades se realicen de acuerdo con las leyes, regulaciones y normas éticas aplicables. Este programa tiene que prevenir y detectar conductas ilegales, corruptas o antiéticas, y promover una cultura de ética y responsabilidad dentro de la organización.

PROGRAMA DE INTEGRIDAD

PUNTAJE

El oferente presenta o indica su programa de integridad y señala su  estrategia de difusión hacia su personal.

10

El oferente no presenta o no indica su programa de integridad y/o señala su estrategia de difusión hacia su personal.

0

7.8.        Evaluación del cumplimiento de requisitos formales y administrativos: 5 puntos.

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos antes del cierre de presentación de oferta obtendrá x puntos.

En caso de que se verifique la situación descrita en el numeral 7.2. de las presentes bases administrativas, y el oferente haga entrega de los documentos o aclaraciones requeridas en el plazo dispuesto en dicho numeral, obtendrá 0 puntos en este criterio.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará conforme a lo siguiente:

Criterio

Puntaje

Cumple con requisitos formales y administrativos

5

No cumple con requisitos formales y administrativos

0

7.9.        Criterios de desempate:

En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:

a)              Criterio técnico de evaluación “Plazo de habilitación de los servicios”.

b)             Criterio económico de evaluación “Oferta Económica”.

c)              Criterio técnico de evaluación “Programa de Integridad”.

En caso de que, no obstante, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el Portal www.mercadopublico.cl.

7.10.    Coordinación de procesos de compra:

La División de Administración General, a través de su Área de Compras, servirá de instancia de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.

  1. ADJUDICACIÓN

8.1.        Selección de la oferta más conveniente:

El Ministerio adjudicará la presente licitación al proponente que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.

En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo originalmente establecido, el Ministerio informará en el Portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En este caso el plazo de entrega de la documentación para contratar se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación.

En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público.

8.2.        Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación:

El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos:

a)              Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases administrativas y técnicas, ya sea en uno o más actos específicos o que la modifique en todo o parte.

b)             La oferta que no venga acompañada el Anexo N° 1-C “Formato de Identificación UTP”, en el caso de las UTP.

c)              En el caso de que alguno de los integrantes de las UTP no acompañe el Anexo N° 2 “Declaración Jurada Simple para Ofertar”.

d)             La oferta que no acompañe el Anexo Nº 3Oferta económica” o que la modifique en todo o parte, o que señale un precio superior al máximo estipulado en estas bases.

e)             La oferta que no acompañe el Anexo N° 4 “Experiencia del Oferente”.

f)               La oferta que no acompañe el Anexo N° 5 “Plazo de Habilitación de los Servicios de Enlaces de Datos”.

Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio.

Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.

8.3.        Readjudicación:

El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes situaciones:

a)              Si el adjudicatario se desiste de su oferta.

b)             Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato o no acepta de la orden de compra, según corresponda, dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación.

c)              Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo indicado en el cronograma, en caso de que corresponda, o no acepta la orden de compra en el plazo de 2 días hábiles.

d)             Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases.

e)             Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado.

f)               En caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación.

En todos estos casos, el Ministerio hará, además, efectiva la garantía de seriedad de la oferta presentada por el oferente adjudicado en primera instancia.

  1. CONDICIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

9.1.        Inscripción en el Registro de Proveedores:  

Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos o la emisión de la orden de compra. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o inscribir en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción que dé cuenta que se encuentra en estado hábil. 

Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para la firma del contrato o emisión de la orden de compra, según corresponda), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado. 

Para el caso de que, el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de los integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público. 

9.2.        Documentación:

A fin de elaborar y suscribir el contrato correspondiente o emitir la orden de compra, según corresponda, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Portal Chile Proveedores y que dicha circunstancia le conste y haya sido verificada por el Ministerio, mediante su envío digital o a la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en Moneda Nº1160, entrepiso, comuna de Santiago, según sea el caso, dentro del plazo indicado en el cronograma:

a)              Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente.

b)             Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales.

En el caso de las UTP, cada uno de sus integrantes deberá presentar los referidos certificados.

Adicionalmente, el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma:

a)         Persona jurídica nacional (incluidas empresas individuales de responsabilidad limitada):

a.1.     Sociedades:

-                 Copia de escritura pública de constitución y de la última modificación, si la hubiere; las publicaciones de los extractos correspondientes en el Diario Oficial e inscripciones en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades creado por la ley N° 20.659, cuando corresponda. 

-                 Copia de escritura pública o documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos.

-                 Certificado de vigencia de la sociedad, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.

-                 Certificado de vigencia de la personería del representante legal, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.

-                 Cédula de identidad del representante legal.

-                 R.U.T. de la sociedad.

-                 Declaración jurada de inhabilidades para contratar.

a.2. Fundaciones o corporaciones:

-                 Copia de estatutos reducidos a escritura pública o inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, cuando corresponda.

-                 Copia del Decreto que otorga personalidad jurídica, cuando corresponda.

-                 Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda.

-                 Copia del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en el caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial o certificación del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, según corresponda.

-                 Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.

-                 Documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos.

-                 Cédula de identidad del representante legal.

-                 R.U.T. de la fundación o corporación.

-                 Declaración jurada de inhabilidades para contratar.

b)        Persona jurídica extranjera:

-                 Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser apostillados o en su defecto legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

-                 Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.

-                 Deberá designar un domicilio en Chile.

-                 Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.

-                 RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile.

-                 Declaración jurada de inhabilidades para contratar.

c)         Unión Temporal de Proveedores (UTP): 

-       Copia de la escritura pública o privada donde conste la UTP, según corresponda, en virtud del artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.

-       Los demás antecedentes requeridos en los literales relativos a Persona natural o Persona jurídica para cada uno de los proponentes que participen de la UTP, según su naturaleza.

d)        Persona natural:

-            Iniciación de actividades o presentación de las tres últimas declaraciones de I.V.A. al Servicio de Impuestos Internos.

-            Fotocopia de cédula de identidad.

Si el adjudicado no entregara la documentación dentro del plazo indicado, se le formularan reparos a algún documento entregado, o no acompañara comprobante o certificado de su inscripción en Registro de Proveedores, el Ministerio otorgará por escrito un plazo adicional de tres (3) días hábiles para completar la documentación, subsanar las observaciones y/o efectuar su inscripción en el Registro de Proveedores y acompañar comprobante o certificado de la misma o los documentos señalados precedentemente. Si transcurrido este plazo, el adjudicado no hace entrega de los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado, y/o no se inscribe en el Registro de Proveedores o no acompaña comprobante o certificado de dicha inscripción, se dejará sin efecto la adjudicación y se seleccionará a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación. En dicho caso, el Ministerio podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, según corresponda.

10.      GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Una vez notificado el adjudicado, deberá presentar, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación detallada en el numeral 9.2. anterior, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con una vigencia, que debe extenderse desde la fecha de su entrega hasta 90 días corridos posteriores al término del contrato, según el cronograma señalado en el numeral 3 de las presentes bases.

La caución deberá cumplir los siguientes requisitos:

a)              Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

b)             Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación.

c)              Irrevocable.

d)             Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia debiendo incluir una glosa que individualice el nombre del servicio y/o el ID del proceso licitatorio.

Dicha garantía podrá ser tomada directamente por el oferente o por un tercero a nombre del proponente, y deberá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos o en otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto equivalente al 10% del valor contratado.

En el caso que el adjudicatario decida presentar una póliza de garantía a la vista, ésta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las cláusulas particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al contratista por incumplimiento de las obligaciones del contrato.

En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente:

  1. Debe excluir cláusula de arbitraje en los términos del artículo 72 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.
    1. Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista.
    2. Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista y subcontratista cuando corresponda.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Dicha garantía caucionará, además, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario en caso de que, a la fecha de pago, ellas se encuentren adeudadas por el proveedor.

En caso de que el plazo de ejecución del contrato se amplíe, la garantía deberá igualmente ampliarse o renovarse, con una vigencia mínima desde la fecha de su emisión o presentación hasta 90 días corridos posteriores al término de la prórroga del plazo si correspondiere. Asimismo, en caso de ampliación o disminución de contrato afecte al monto máximo a contratar, el contratista deberá adecuar el monto de la garantía al valor del contrato.

En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. Si el proveedor no repone dicha garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación del cobro de la primera, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula sobre término anticipado del contrato.

Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.

En caso de que el contratista no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el número 3 de las Bases Administrativas, el Ministerio podrá  dejar sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente, que según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, si su oferta resulta conveniente para los intereses del Ministerio, y así sucesivamente; o bien, declarará desierta la licitación, según corresponda. Asimismo, el Ministerio junto con desechar la oferta adjudicada procederá al cobro de la respectiva garantía de seriedad de la oferta.

En caso de que el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% de la oferta presentada por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Ministerio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, se podrá mediante resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

10.1 Ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitraria alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Además, podrá hacerse efectiva, sin ser taxativo, por el Ministerio:

          Si se pone término al contrato, por cualquiera de las causas indicadas en el punto 11.7 de las presentes bases “Término anticipado”, con excepción de su letra a).

          Para dar pago a las multas en caso de ser necesario.

          En el caso de que, no se hubiere renovado el instrumento de garantía, y el Contratista tuviere la obligación de renovar dichos instrumentos.

          Para hacer pago de cualquier deuda que el Contratista tuviere con el Ministerio.

          En caso de incumplimiento de obligaciones laborales o previsionales.

10.2 Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través de su Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, la que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la contraparte técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación.

Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del certificado de retiro y recepción respectivo.

  1. DE LA CONTRATACIÓN.

11.1. Aprobación del contrato:

El contrato que el Ministerio suscriba con el adjudicatario deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado.

11.2. Vigencia y renovación del contrato:

El contrato tendrá una vigencia de 36 meses, contados desde la suscripción del contrato, con todo, no procederá pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe dicho contrato.

El contrato podrá ser renovado fundadamente, por las partes, por un plazo que no podrá ser superior al original de este. Lo anterior en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable de la contraparte técnica de contrato del Ministerio.

11.3. Subcontratación:

Durante la ejecución del contrato, el Contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas.

Para proceder con estas subcontrataciones el Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Ministerio. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe. Con todo, de proceder la subcontratación, el responsable final del cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato será siempre el Contratista.

En caso de declararse procedente la subcontratación por parte del Ministerio, el Contratista estará obligado a informar el precio que tendrá dicha subcontratación, el cual no podrá superar de un 30% del valor del contrato.

Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Ministerio así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subejecutores con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por otros medios idóneos establecidos en la normativa.

El incumplimiento del Contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Ministerio para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto al efecto en las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en la ley N° 20.123.

11.4. Modificación del contrato:

El contrato podrá modificarse, previo informe suscrito por la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales:

a)         Por mutuo acuerdo de las partes.

b)        Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante se ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo.

Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio de la contratación, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, I.V.A. incluido, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías.

Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al proveedor por medio del Portal Mercado Público.

11.5. Cesión del contrato:

El Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el presente contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado a la contratación, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen de la respectivo contrato.

11.6.  Sanciones por incumplimiento y procedimiento para la aplicación de dichas sanciones:

El Ministerio podrá aplicar las siguientes multas por actuaciones imputables al contratista y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte integrante de la presente licitación. En consecuencia, ejercerá los derechos que le correspondan para obtener el cumplimiento oportuno y cabal de lo acordado, así como la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causen:

Clasificación de Multa

Monto de Multa

Incumplimiento en el plazo de habilitación de los servicios.

Se aplicará una multa del 5% del valor total del contrato, IVA incluido, por cada día de atraso corrido en la habilitación de los servicios, con un tope de 30 días corridos.

Incumplimiento de los niveles de servicio.

Se aplicará una multa del 3% del valor mensual del contrato, IVA incluido, por cada hora corrida de incumplimiento en los niveles de los servicios.

Las referidas multas, no podrán exceder en su totalidad el 30% del valor total de la contratación, IVA incluido. De ocurrir alguna de estas situaciones, el Ministerio estará facultado para poner término anticipado a la contratación, haciéndose efectiva la garantía del fiel cumplimiento del mismo, en caso de que corresponda.

El monto de las multas será rebajado del pago que el Ministerio deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. Por lo tanto, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará.

Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Ministerio de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

Procedimiento para la aplicación de sanciones por incumplimiento.

Para aplicar una multa, el Ministerio deberá notificar de ello al proveedor adjudicado, acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica, donde se dé cuenta detallada del eventual incumplimiento.

La notificación de lo anterior se efectuará por correo electrónico enviado por el administrador del contrato a la casilla informada por el adjudicatario, indicando el monto de la posible multa a aplicar.

Una vez notificado, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos mediante correo electrónico, ante el administrador del contrato. La decisión del Ministerio en torno a rechazar o acoger, total o parcialmente los descargos del proveedor, y en su caso aplicar la respectiva multa, deberá formalizarse mediante resolución fundada de la Subsecretaria, la que será notificada por correo electrónico a la casilla informada por el adjudicatario, por carta certificada, o por cualquiera de las formas que establece la ley N°19.880, publicándose oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. De igual forma se procederá en caso de no formularse descargos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el proveedor se allanare expresamente a dicha decisión. MINSEGPRES tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para dictar la referida resolución.

Enseguida, el adjudicatario podrá impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la ley N°19.880, en relación con el artículo 79 ter del Reglamento de compras públicas, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. MINSEGPRES tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado y deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada. Dicha resolución deberá ser notificada al adjudicatario, por correo electrónico a la casilla informada por el adjudicatario, por carta certificada, o por cualquiera de las formas que establece la ley N°19.880 y deberá publicarse en el portal de Mercado Público en el ID correspondiente.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.

Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista en los mismos casos.

La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases.

11.7. Término anticipado:

El Ministerio pondrá término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias:

a)         Resciliación o acuerdo de las partes.

b)        Si se dictare resolución de liquidación en contra del Contratista en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Contratista cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato.

c)         Si se disolviere la sociedad del Contratista tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores.

d)        Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

e)             El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratista de las obligaciones contractuales, descritas en las bases de licitación, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Ministerio perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Se considerarán, entre otros, incumplimientos graves los siguientes:

  1. Incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 2.4., sobre el Pacto de Integridad.
  2. Incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 11.3., sobre la Subcontratación.
  3. Incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 11.5., sobre la Cesión del Contrato
  4. Superar los topes máximos dispuestos en el numeral 11.6., anterior, sobre las sanciones por incumplimiento.
  5. Incumplimiento de lo dispuesto en los numerales 11.9., sobre Confidencialidad y Política de Seguridad de la Información y 11.10., sobre Propiedad Intelectual y Licencias.

f)         Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del Contratista, en la medida que esas deudas superen los pagos pendientes a favor del contratante, y el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

En caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, pudiendo, además, solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula sobre procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos.

11.8.   Del pago:

El Ministerio pagará mensualmente los servicios de Enlaces de datos para la conectividad de las dependencias del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en 36 cuotas, en pesos chilenos y previa presentación de la respectiva factura. Lo anterior, deberá ser acreditado por la contraparte técnica ministerial, quien emitirá el correspondiente certificado de conformidad del servicio.

Para gestionar el procedimiento de pago, la contra parte técnica ministerial emitirá y requerirá, según corresponda, la siguiente documentación:

  • Certificado de Recepción Conforme emitido por la contraparte técnica ministerial, previo a la emisión de la factura.
  • Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30).
  • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1).

Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo N° 801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, el proveedor deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado.

Posteriormente, el proveedor deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguno de las tres circunstancias anteriores.

En caso de que se rechace un DTE, el proveedor deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación.

Si los servicios son recepcionados conformes, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la aceptación de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de Compras Públicas. Lo anterior, previa verificación del cumplimiento de la normativa laboral y la aceptación electrónica de la correspondiente Orden de Compra, por parte del Contratista. Tratándose de UTP, corresponde verificar el cumplimiento respecto de todos sus integrantes.

Si al momento de celebrar la contratación o durante la vigencia de esta el proveedor registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el proveedor deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

11.9. Confidencialidad y Política de Seguridad de la Información:

Al contrato suscrito, u orden de compra, se acompañará la Política de Seguridad de la Información del Ministerio, a fin de que el contratista pueda conocer su contenido y obligarse al mismo desde ese momento. En dicho sentido, el proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que el Ministerio le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma.

El contratista sólo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella.

Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el contratista deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma.

En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.

11.10. Propiedad intelectual y licencias:

Toda información, datos, documentos y bases de datos que el contratista reciba desde el Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud del presente contrato, serán de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por la empresa para efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el contratista cuente con la autorización escrita del Ministerio.

Todas las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad del Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.  

11.12. Contraparte técnica y administrador/a del contrato:

Contraparte técnica: 

Ejercerá la labor de contraparte técnica de la contratación la jefatura del Área de Tecnologías de la Información, o quien le subrogue o reemplace. Serán funciones de la contraparte técnica, sin ser taxativo, las siguientes:

a)              Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados.  

b)             Solicitar al contratista los documentos para el pago.

c)              Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos. 

d)             Requerir el término anticipado del contrato si corresponde. 

e)             Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda. 

f)               Requerir modificación del contrato si corresponde. 

g)              Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.  

Administrador/a del contrato: 

Ejercerá la labor de administrador/a del contrato el encargado/a del Área de Gestión de Contratos y Pagos del Ministerio, o quien le subrogue o reemplace. Tendrá las siguientes funciones:   

a)              Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica. 

b)             Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la contratación. 

c)              Gestionar el procedimiento de aplicación de sanciones según corresponda.

d)             Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación. 

10.12.     Ejecutivo/a del contratista:

El contratista deberá designar a un/a ejecutivo/a, quien será su representante permanente ante el Ministerio, y en el ejercicio de esta función, le corresponderá:

a)              Deberá estar disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del Ministerio. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la Unión Temporal de Proveedores, cuando ella sea requerida.

b)             La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.

c)              A este ejecutivo le corresponderá, principalmente:

                    i.          Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución de la contratación.

                   ii.         Coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la presente licitación.

                 iii.          Entregar toda la información pertinente requerida por el Ministerio.

                 iv.         Acudir a las citaciones realizadas por la contraparte técnica o el administrador del contrato del Ministerio.

                   v.          Dar respuesta a las consultas efectuadas por la contraparte técnica o el administrador del contrato/de la contratación del Ministerio.

                 vi.         Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación.

  1. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.


BASES TÉCNICAS

III.     BASES TÉCNICAS 

1.         Objeto de la contratación.

El Ministerio requiere mantener cada una de sus dependencias con conectividad a la red interna y servicios de enlace de datos para el correcto funcionamiento del quehacer institucional, por lo que es necesario contratar el servicio de “Enlaces de datos para la conectividad de las dependencias del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, de conformidad a lo ya señalado en las bases administrativas y lo dispuesto en los requerimientos técnicos que se indican a continuación.

2.         Requerimientos técnicos.

Se requiere contar con un servicio de enlace que proporcione la infraestructura de conectividad de datos entre las dependencias del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, las que se encuentran ubicadas en el Palacio de la Moneda, Moneda 1160, Morandé 115, piso 4 y Nueva York 9, piso 14, todas pertenecientes a la comuna de Santiago. Estas dependencias se conectan a la sala de servidores de este Ministerio que se encuentra ubicada en Teatinos 92, piso 9.

La red provee de los servicios de conectividad de datos, aplicaciones institucionales e internet.

El siguiente diagrama de red muestra la conectividad entre dependencias, mediante fibra óptica.

Cada dependencia enlazada a la sala de servidores del Ministerio en Teatinos 92, piso 9, se debe conectar mediante fibra óptica y en cada extremo del enlace debe existir un Transceiver (Hardware que sirve para transformar fibra óptica en cable de red UTP), que hace la conversión de fibra óptica a UTP (par trenzado no blindado), conector RJ45 (conector usado en la conexión de tarjetas de red Ethernet).

Dirección Sala de servidores

Velocidad solicitada de enlace

Dirección enlace destino

Observación

1

Teatinos 92, piso 9

1 GB FO

Palacio de la Moneda

Enlaces de datos

2

Teatinos 92, piso 9

1 GB FO

Moneda 1160, piso 3

Enlaces de datos

3

Teatinos 92, piso 9

1 GB FO

Morandé 115, piso 4

Enlaces de datos

4

Teatino 92, piso 9

1 GB FO

New York 9, piso 14

Enlaces de datos

5

Teatinos 92, piso 9

1 GB FO

Palacio de la Moneda

Enlace de datos, respaldo, deberá ir por rutas físicas distintas a enlace N°1

6

Teatinos 92, piso 9

1 GB FO

Moneda 1160, piso 3

Enlace de datos, respaldo, deberá ir por rutas físicas distintas a enlace N°2

7

Teatino 92, piso 9

1 GB FO

Morandé 115, piso 4

Enlace de datos, respaldo, deberá ir por rutas físicas distintas a enlace N°3

8

Teatino 92, piso 9

1 GB FO

New York 9, piso 14

Enlace de datos, respaldo, deberá ir por rutas físicas distintas a enlace N°4

Cabe recordar que cada enlace solicitado deberá mantener en sus extremos sus respectivos Transceiver los cuales harán la conversión de fibra óptica a UTP, considerando que el Ministerio no cuenta con módulos SPF en los Switch y firewalls.

3.         Agregar, cambiar o eliminar enlaces.

El Ministerio tendrá la facultad de agregar, cambiar o eliminar enlaces en el contrato, dentro de la Región Metropolitana, según el numeral 11.4., de las bases administrativas.

3.1.     Agregar enlaces:

a)              El Ministerio solicitará al adjudicatario que realice la factibilidad técnica para la habilitación de un nuevo enlace, la cual no deberá superar los 30 días de corridos, contados desde la solicitud de la contraparte técnica ministerial, mediante correo electrónico.

b)             El tiempo de implementación e instalación del enlace solicitado no deberá superar el plazo señalado en la oferta del contratista, contados desde la solicitud de instalación de la contraparte técnica ministerial, mediante correo electrónico.

c)              El valor mensual de un nuevo enlace no podrá superar el valor ofertado por enlace con igual ancho de banda, conforme a lo indicado en el Anexo N° 3 “Oferta económica”.

d)             El adjudicatario deberá entregar una cotización respecto del costo de instalación a la contraparte técnica ministerial.

e)             Una vez instalado un nuevo enlace, la contraparte técnica validará el funcionamiento mediante correo electrónico y otorgará la respectiva conformidad del servicio para que desde esa fecha empiece a regir el cobro del nuevo enlace instalado.

3.2.     Cambio de enlaces:

a)              El Ministerio solicitará al adjudicatario que realice la factibilidad técnica por el cambio de un enlace, la cual no deberá superar los 30 días de corridos, contados desde la solicitud de la contraparte técnica ministerial, mediante correo electrónico.

b)             El tiempo de implementación e instalación del enlace solicitado no deberá superar el plazo señalado en la oferta del adjudicatario, contados desde la solicitud de instalación de la contraparte técnica ministerial, mediante correo electrónico.

c)              En caso de que se mantenga el ancho de banda del enlace, el Ministerio asumirá el costo de instalación. Es importante destacar que el costo mensual del servicio de enlace se mantendrá. Para llevar a cabo este proceso, el adjudicatario deberá proporcionar una cotización a la contraparte técnica del Ministerio.

d)             Una vez instalado el enlace la contraparte técnica validará el funcionamiento y mediante correo electrónico y otorgará la respectiva conformidad del servicio.

3.3.     Quitar enlaces:

El Ministerio tendrá la facultad de dar de baja cualquier enlace por no uso del servicio, descontando el costo del servicio en el contrato.

Cabe señalar que los enlaces que se requiere contratar estarán ubicados en la comuna de Santiago, Región Metropolitana.

4.         Acuerdos de nivel de servicio (SLA).

El adjudicatario deberá cumplir los niveles de servicio (SLA) que se detallan en el siguiente cuadro:

Servicio

Descripción de las acciones esperadas

Instrumento de medición del cumplimiento

Frecuencia del control

Valores máximos o mínimos

comprometidos

Monto de multa por incumplimiento

Servicio de enlace de datos

Tiempos de respuesta para asegurar la continuidad operacional del Ministerio

Uptime y registro de incidencias reportados mensualmente

Mensual

Mínimo:

 98%

3% del valor mensual del contrato, IVA incluido, por cada hora de indisponibilidad del servicio.

Para el cálculo de dichos niveles de servicio, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del adjudicatario o que estén bajo su control. Si no es responsable del evento o el incumplimiento no le es imputable por razones de fuerza mayor o caso fortuito, deberá acreditar dicha circunstancia. Una vez acreditado esto último, el Ministerio no aplicará multa asociada a la caída del servicio.

Todos los reportes e informes de disponibilidad de los servicios deberán estar disponibles para el Ministerio cuando se detecte un incumplimiento o caída en los servicios contratados.

La suspensión de servicios para realizar mantenciones preventivas deberá ser solicitada y autorizada por el Ministerio. Esta suspensión autorizada no podrá ocurrir antes de los 5 días hábiles contados desde tal autorización. El tiempo autorizado para ella será descontado del mes respectivo para efectos del cálculo de SLA. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio podrá autorizar la suspensión en un plazo menor al señalado anteriormente, en casos debidamente calificados.

Los niveles de servicio serán revisados por el Ministerio en forma trimestral, con el objeto de adecuar la metodología y los instrumentos de cálculo según las necesidades de la operación. En dicho caso, se podrán actualizar los SLA, justificadamente y de común acuerdo, fijándose la fecha en que empezarán a aplicarse.

El Ministerio podrá, en forma excepcional, eximir al adjudicatario del cumplimiento de todos o algunos de los SLA por un periodo determinado y sólo por motivos de migración, puesta en marcha o cuando fundadamente se estime pertinente para la continuidad de la operación de los servicios. La activación o desactivación de los SLA deberá ser notificada por escrito al adjudicatario.

Se entenderá por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, todo aquél que impida o interrumpa, con perjuicio para el Ministerio, la continuidad operativa de las funciones de éste.

5.         Informe de servicio.

El adjudicatario deberá entregar un “Informe de Servicio” cuando se presente una caída o interrupción del servicio. El informe deberá describir hechos relevantes ocurridos durante la prestación de los servicios. El informe deberá contener toda la información necesaria para que la contraparte técnica del Ministerio pueda calcular cualquier incidencia de indisponibilidad del servicio de acuerdo con los SLA comprometidos en el punto 4 “Acuerdos de nivel de servicio (SLA). Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad licitante cuando se presente una caída o interrupción del servicio.

Dichos informes deberán contener, a lo menos lo siguiente, según el servicio contratado:

-        Fecha y hora de incidencia

-        Descripción

-        Coordinación

-        Frecuencia

-        Fecha y hora de término de la incidencia

-        Situaciones anómalas (acciones correctivas)

-        Métricas de comportamiento