Licitación ID: 1051173-5-LE23
SERVICIO DE INTERNET DE RESPALDO
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Ministerio Secretaria General de la Presidencia
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Productos o servicios
1
Servicios relacionados con Internet 1 Unidad
Cod: 83121703
Servicio de internet de respaldo para las dependencias de esta Secretaría de Estado, para mantener la continuidad operativa en herramientas indispensables para el Ministerio, tales como, correo electrónico, directorios corporativos en sharepoint, etc  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE INTERNET DE RESPALDO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere la contratación del servicio de internet de respaldo para las dependencias de esta Secretaría de Estado, para mantener la continuidad operativa en herramientas indispensables para el Ministerio, tales como, correo electrónico, directorios corporativos en sharepoint, agendas, planificación de tareas, gestión de proyectos, etc, ante una eventual indisponibilidad del servicio actual proporcionado por el Ministerio del Interior. Lo anterior de conformidad con lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Ministerio Secretaria General de la Presidencia
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Moneda N°1160
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-03-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 24-02-2023 16:27:18
Fecha inicio de preguntas: 24-02-2023 16:30:00
Fecha final de preguntas: 06-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-03-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-03-2023 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-03-2023 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-04-2023 16:25:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1-A Identificación Oferente Persona Natural
2.- Anexo N°1-B Identificación Oferente Persona Jurídica
3.- Anexo N°1-C Identificación Oferente UTP
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2 Experiencia Técnica
 
2.- Anexo N°3 Plazos de Habilitación del Servicio
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°4 Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación de las ofertas económicas: 50 puntos. La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: Puntaje Precio = (precio mínimo / precio proponente) *100 50%
2 Experiencia: 25 puntos. Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo Nº 2 “Experiencia Técnica”, acerca de los años de experiencia que posea en el respectivo tipo de servicio que se licita. Ante la no entrega de la información solicitada, según lo indicado en la tabla de asignación de puntaje, se recibirá 0 puntos. Cada experiencia correctamente validada tendrá un puntaje de 2,5 puntos con un tope máximo de 25 puntos en este ítem. 25%
3 Plazos de habilitación del servicio: 20 puntos. Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo Nº 3 “Plazo de habilitación del servicio”, el cual no podrá ser mayor a 90 días corridos. Ante la no entrega de la información solicitada, el oferente respectivo recibirá 0 puntos. Puntaje Plazos Habilitación = (plazo mínimo / plazo proponente) *100 20%
4 Evaluación del cumplimiento de requisitos formales Cumplimiento de requisitos formales Puntaje máximo Oferta técnica y económica 3 Cumple con la claridad y completitud la oferta técnica y económica hecha conforme a las Bases (Anexos, etc.) y que no requiere de aclaración posterior a su presentación. 3 Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación, conforme señala el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas. 0 Documentos legales y administrativos 2 Presentación, dentro del plazo establecido, de la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las Bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2 Entrega de certificaciones o antecedentes formales omitidos en la presentación de la oferta, a solicitud del Ministerio, dentro de un plazo máximo de 2 días hábiles, a partir del requerimiento respectivo. Lo anterior en relación con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Fiscal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Alfredo Lathrop Sánchez
e-mail de responsable de pago: alathrop@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Jorge Romero Vargas
e-mail de responsable de contrato: jromero@minsegpres.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26945917-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En virtud de la naturaleza de la contratación, el Ejecutor no podrá subcontratar el servicio objeto de la presente licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información, y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes situaciones: a Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo de 2 días hábiles. d En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado. e En caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación. f Si el adjudicatario al momento de la emisión de la Orden de Compra es inhábil para contratar con el Estado.
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere la contratación del servicio de internet de respaldo para las dependencias de esta Secretaría de Estado, para mantener la continuidad operativa en herramientas indispensables para el Ministerio, tales como, correo electrónico, directorios corporativos en sharepoint, agendas, planificación de tareas, gestión de proyectos, etc, ante una eventual indisponibilidad del servicio actual proporcionado por el Ministerio del Interior. Lo anterior de conformidad con lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas.
2. DEL OFERENTE.
2.1. Requisitos del oferente: Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar la respectiva contratación, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores de la plataforma de Mercado Público www.mercadopublico.cl. 2.2. No podrán participar: a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º, inciso 1°, parte final de la Ley Nº 19.886. b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”. c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8º de la Ley Nº 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a funcionario Público Nacional o Extranjero. d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia. 2.3. Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar: Quedarán excluidos de la presente licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado, lo que se verificará mediante el anexo “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” que el oferente debe completar al momento de realizar su oferta a través de la plataforma de Mercado Público.
4. CONSULTAS Y ACLARACIONES
4.1. Recepción de consultas y aclaraciones: a) Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación. b) Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación. c) Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma. 4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones: Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación. Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta Nº 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
5. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
5.1. Perfil del oferente:
El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjero(a), o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas.
5.2. Cumplimiento de las condiciones administrativas:
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases. Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:
● Las bases administrativas, técnicas y anexos.
● Las modificaciones a las bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
● Las consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.
● La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
● La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
● El contrato respectivo, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba.
● La orden de compra emitida a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus Anexos.
 5.3. Recepción de las Propuestas:
Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación (numeral 3 de estas bases) a través del Portal Mercado Público. Sólo se recibirán ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
5.4. Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta:
El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del Portal www.mercadopublico.cl el Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (Persona Natural), 1-B (Persona Jurídica) o 1- C (Unión Temporal de Proveedores) de estas bases, según corresponda.
 5.5. Ingreso de la oferta técnica al portal Mercado Público:
El Oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Anexos Técnicos” de www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del servicio ofrecido, debiendo cumplir con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas.
La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. La oferta técnica deberá acompañar los siguientes anexos:
a) Anexo Nº 2 “Experiencia Técnica”. Solo se considerarán servicios de similar naturaleza los relativos a servicios de enlace de datos e internet que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:
 i. Que la información en cada línea del anexo esté íntegramente completada.
ii. Relativa a servicios de enlace de datos e internet que se hayan prestado a partir del año 2010 en adelante.
iii. Que dicha experiencia se refiera a servicio de enlace de datos e internet prestado en instituciones públicas o privadas cuyo valor por servicio mensual sea superior a $1.000.000.- (un millón de pesos), impuestos incluidos.
iv. Que se acredite por medio de contrato, certificado emitido por el mandante de los servicios y/o orden de compra, en el cual indique claramente el servicio prestado y su duración. Cada experiencia correctamente validada tendrá un puntaje de 2,5 puntos con un tope máximo de 25 puntos en este ítem. Sólo se considerarán un máximo de 10 experiencias por Oferente. En caso de superar dicho límite, sólo se considerarán las primeras 10 experiencias. La oferta que no cumpla con los requisitos antes indicados, se le aplicará “0” puntos en el criterio de evaluación o no se considerará la información de la línea respectiva del formato contenido en el anexo, según sea el caso. En caso de que se omita presentar los antecedentes de respaldo a los que se refiere el numeral iv., anterior, al momento de efectuar la oferta, se podrá ejercer por el Ministerio lo señalado en el numeral 6.2., “Aclaración y complementación de antecedentes”. b) Anexo Nº 3 “Plazos de Habilitación del Servicio”. El oferente deberá indicar el plazo propuesto de habilitación de los servicios en días corridos, el cual no podrá ser mayor a 90 días.
 5.6. Ingreso de la oferta económica en el portal Mercado Público:
El Ministerio informa que el monto máximo disponible para la contratación del servicio en comento es de $17.000.000.- (diecisiete millones de pesos), impuestos incluidos. Toda oferta por un monto superior al indicado será declarada inadmisible. La oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo Nº 4 de estas Bases a través del Portal Mercado Público. La Oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento de la contratación, sea éste directo, indirecto o a causa de él. El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del portal www.mercadopublico.cl, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.
5.7. Vigencia de la oferta:
Las ofertas deberán tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal Mercado Público.
6. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
6.1. Apertura de las ofertas:
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, de la cual se especifica en el numeral 6.4 de las presentes Bases. Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de estas, de la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes bases administrativas y los demás antecedentes formales que se hubieran presentado junto con la oferta.
6.2. Aclaración y complementación de antecedentes:
Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada por el Ministerio. Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En tal caso, el proveedor recibirá menos puntaje de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.8 de las bases administrativas. La no entrega de los documentos señalados anteriormente en el plazo establecido, implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible.
6.3. Contactos:
El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones en el sistema de información u otro expresamente previsto en estas bases.
6.4. Comisión Evaluadora:
Las ofertas recibidas en la presente licitación serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por las siguientes personas:
- Solange Godoy Carrera, de la División de Administración General.
- Juan Parra Escobar, de la División de Administración General.
- Violeta Vásquez Hernández, de la Unidad de Fiscalía Interna.
En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen, mediante correo electrónico dirigido a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio. El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo. Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación. La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación el cual deberá contener la siguiente información:
 a. Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello, declarándose inadmisibilidad y no procediéndose a la evaluación de dicha oferta.
b. Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.
c. Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
6.5. Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas:
La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación y subcriterios:
6.6. Evaluación de las ofertas económicas: 50 puntos.
La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: Puntaje Precio = (precio mínimo / precio proponente) *100
 6.7. Evaluación de las ofertas técnicas: Total 45 puntos.
a) Experiencia (25 puntos). Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo Nº 2 “Experiencia Técnica”, acerca de los años de experiencia que posea en el respectivo tipo de servicio que se licita. Ante la no entrega de la información solicitada, según lo indicado en la tabla de asignación de puntaje, se recibirá 0 puntos. Cada experiencia correctamente validada tendrá un puntaje de 2,5 puntos con un tope máximo de 25 puntos en este ítem.
b) Plazos de habilitación del servicio (20 puntos). Para la evaluación de este criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente de acuerdo con el Anexo Nº 3 “Plazo de habilitación del servicio”, el cual no podrá ser mayor a 90 días corridos. Ante la no entrega de la información solicitada, el oferente respectivo recibirá 0 puntos. Puntaje Plazos Habilitación = (plazo mínimo / plazo proponente) *100
6.8. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales y administrativos: 5 puntos.
Para la evaluación de este criterio, se considerará el momento de la presentación de los antecedentes, si se debió solicitar aclaración y/o complementación de antecedentes según lo dispuesto en el numeral 6.2 de estas bases.
6.9. Criterios de desempate:
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente: 1. Criterio de evaluación “Oferta económica”. 2. Criterio de evaluación “Plazo de habilitación del servicio”. En caso de que, no obstante, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl. 6.10. Coordinación de procesos de compra: La División de Administración General, a través del Área de Compras y Contrataciones, servirá de instancia de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.
7. ADJUDICACIÓN
7.1. Selección de la oferta más conveniente: El Ministerio adjudicará la presente licitación al proponente que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación. El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo originalmente establecido, el Ministerio informará en el Portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En este caso el plazo de entrega de la documentación para contratar se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación. En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público. El Ministerio dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. 7.2. Readjudicación: El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información, y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes situaciones: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo de 2 días hábiles. d) En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado. e) En caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación. f) Si el adjudicatario al momento de la emisión de la Orden de Compra es inhábil para contratar con el Estado. 7.3. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta la licitación: El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos: a) Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos. b) La oferta que no cumpla con lo exigido en las bases técnicas, o que la modifique en todo o parte. c) La no presentación de la oferta económica contenida en el Anexo Nº 4, que la modifique en todo o parte, o que señale un precio superior al máximo estipulado en estas bases. Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio. Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
8. CONDICIONES PREVIAS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
8.1. Requisitos para la suscripción del contrato: Inscripción en el registro de proveedores:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos o la emisión de la Orden de Compra. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción que dé cuenta que se encuentra en estado hábil. Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para la firma del contrato), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado. Para el caso de que, el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de los integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
 8.2. Documentación:
A fin de elaborar y suscribir el contrato correspondiente, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Portal Chile Proveedores y que dicha circunstancia le conste y haya sido verificada por el Ministerio, mediante su envío digital o en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en Moneda Nº1160, entrepiso, comuna de Santiago, según sea el caso, dentro del plazo indicado en el cronograma. Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente. Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales. Adicionalmente, el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma:
a) Si el adjudicatario es Persona Natural:
- Debe encontrarse inscrito en estado ‘hábil’ en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6º del artículo 4º, de la Ley 19.886. - Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
b) Si el adjudicatario es Persona Jurídica:
- Debe encontrarse inscrito en estado ‘hábil’ en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6º del artículo 4º, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley Nº 19.913, en el artículo 8º de la ley Nº 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley Nº 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
c) Persona jurídica extranjera:
- Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser apostillados o en su defecto legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes Bases.
- Deberá designar un domicilio en Chile.
- Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
- RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile.
d) Unión Temporal de Proveedores
- Copia de la escritura privada o pública donde conste la Unión Temporal.
- Declaración jurada simple de cada uno de los proveedores que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos contados desde su emisión. - Declaración jurada simple de cada una de las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8º y 10 de la Ley Nº 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos contados desde su emisión.
- Declaración jurada simple en la que se indique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en caso de no registrarlos, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos contados desde su emisión. - Los demás antecedentes requeridos en los puntos persona natural y persona jurídica para cada uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
8.3. Vigencia del contrato:
El contrato tendrá una vigencia de 12 meses, y comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
 8.4. Del pago:
El pago al Ejecutor por el servicio contratado deberá efectuarse mensualmente. Para proceder con dicho pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme del servicio adquirido por aquella. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. Si los servicios son recepcionados conformes, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de Compras Públicas. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo N° 801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, el proveedor deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado. Posteriormente, el proveedor deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguno de las tres circunstancias anteriores. En caso de que se rechace un DTE, el proveedor deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación. Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia de la misma el proveedor registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el proveedor deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato.
 8.5. Subcontratación:
En virtud de la naturaleza de la contratación, el Ejecutor no podrá subcontratar el servicio objeto de la presente licitación.
8.6. Cesión del contrato:
El Ejecutor no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en la presente contratación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado a la misma, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
8.7. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto de la contratación o de salvar imprevistos ocurridos durante se ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio de la contratación, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto de la contratación, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del Portal.
8.8. Sanciones por incumplimiento y procedimiento para la aplicación de dichas sanciones:
Las multas y sanciones descritas en este punto se refieren a situaciones de incumplimiento en la entrega del servicio: Para el cálculo de dichos niveles de servicio, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del adjudicatario o que estén bajo su control. Si no es responsable del evento o el incumplimiento no le es imputable por razones de fuerza mayor o caso fortuito, deberá acreditar dicha circunstancia. Una vez acreditado esto último, el Ministerio no aplicará la multa asociada al evento específico de que se trate. Mensualmente el Ministerio revisará el cumplimiento de los SLA, aplicándose las multas que correspondan a cada evento dentro del mes respectivo. Esta revisión se hará sobre la entrega de un informe, emitido de manera mensual, el cual permita la visualización de todos los eventos generados y los reportes mensuales de dichos eventos. Todos los reportes e informes mensuales, así como los estados de pago asociados deberán estar disponibles en forma permanente para el Ministerio. La suspensión de servicios para realizar mantenciones preventivas deberá ser solicitada y autorizada por el Ministerio. Esta suspensión autorizada no podrá ocurrir antes de los 5 días hábiles contados desde tal autorización. El tiempo autorizado para ella será descontado del mes respectivo para efectos del cálculo de SLA. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio podrá autorizar la suspensión en un plazo menor al señalado anteriormente, en casos debidamente calificados. El Ministerio podrá, en forma excepcional, eximir al adjudicatario del cumplimiento de todos o algunos de los SLA por un periodo determinado y sólo por motivos de migración, puesta en marcha o cuando fundadamente se estime pertinente para la continuidad de la operación de los servicios. La activación o desactivación de los SLA deberá ser notificada por escrito al adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, todo aquél que impida o interrumpa, con perjuicio para el Ministerio, la continuidad operativa de las funciones de éste. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total del contrato. Igualmente, el proveedor no podrá recibir más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. En ambos casos, se configurará una causal de término anticipado del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que el Ministerio deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. Por lo tanto, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Ministerio de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Procedimiento para la aplicación de sanciones por incumplimiento. Para aplicar una multa, el Ministerio primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor señale en la contratación o en su defecto aquél señalado en Mercado Público, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución fundada, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Ejecutor en los mismos casos. Se entenderá que el Ejecutor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo. En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el proveedor podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases.
8.9. Término anticipado:
El Ministerio pondrá término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al Ejecutor, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Resciliación o acuerdo de las partes.
b) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Ejecutor en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Ejecutor cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad del Ejecutor tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las obligaciones contraídas por el Ejecutor. Se considerarán, entre otros, incumplimientos graves los siguientes:
i. El incumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8.5. y 8.6., del presente instrumento.
ii. Superar el tope máximo dispuesto en el numeral 8.8, anterior.
 iii. El incumplimiento del deber de confidencialidad señalado en el numeral 8.10., siguiente.
f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. En caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato, con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
8.10. Confidencialidad de la información o política de privacidad:
Al contrato suscrito se acompañará la Política de Seguridad de la Información del Ministerio, a fin de que el Contratista pueda conocer su contenido y obligarse al mismo desde ese momento. En dicho sentido, el proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que el Ministerio le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El Ejecutor sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella. Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Ejecutor deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Ejecutor se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.
 8.11. Contraparte técnica y administrador del contrato:
Contraparte Técnica: Ejercerá la labor de contraparte técnica de la contratación el Encargado del Área de Tecnologías de la Información del Ministerio, correo electrónico jromero@minsegpres.gob.cl, o quien le subrogue o reemplace. Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes:
a. Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento de la contratación, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados.
 b. Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos.
 c. Requerir el término anticipado de la contratación si corresponde.
 d. Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
 e. Requerir modificación de la contratación si corresponde.
 f. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
 Administrador del Contrato:
 Ejercerá la labor de administrador de la contratación el Analista/Ejecutivo de la sección de compras del Área de Bienes y Servicios del Ministerio, o la persona que la jefatura designe en su reemplazo, quien tendrá las siguientes funciones:
 a. Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica.
 b. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la contratación.
 c. Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo.
 d. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
 8.12. Ejecutivo del Contratista:
El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el Ministerio, y en el ejercicio de esta función, le corresponderá: a. Informar oportunamente al Ministerio de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
b. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. La designación del ejecutivo y todo cambio posterior deberá ser informado por el contratista al responsable de administrar el contrato por parte del Ministerio, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
9. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.
BASES TÉCNICAS
Según Rex N°197, de fecha 24 de febrero de 2023 que aprueba BAT