Licitación ID: 1051177-4-LE22
Suscripción de Licencias 2022-2023
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Gobierno Digital
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de gestión de licencias 5 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Figma Professional  

2
Software de gestión de licencias 1 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Prezi Premium  

3
Software de gestión de licencias 6 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Miró Business  

4
Software de gestión de licencias 1 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Optimal Workshop Pro  

5
Software de gestión de licencias 1 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Mouseflow Business  

6
Software de gestión de licencias 3 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Condens Individual  

7
Software de gestión de licencias 4 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Mentimet Pro  

8
Software de gestión de licencias 38 Unidad
Cod: 43231512
Licencia Freshdesk Pro  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Suscripción de Licencias 2022-2023
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio denominado “Suscripción de licencias para el diseño, investigación, presentación y atención institucional 2022-2023”, de conformidad a lo señalado en las presentes Bases Administrativas y a las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas respectivas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Dólar Americano
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Gobierno Digital
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Teatinos N°92 Piso 9
Comuna:
Alhué
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-10-2022 17:00:00
Fecha de Publicación: 21-09-2022 17:46:23
Fecha inicio de preguntas: 21-09-2022 18:00:00
Fecha final de preguntas: 26-09-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-09-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-10-2022 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-10-2022 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-10-2022 17:37:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022 55%
2 Oferta Técnica Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022 40%
3 Cumplimiento de requisitos formales Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Fiscal
Monto Total Estimado: 44552,91
Justificación del monto estimado Según Bases Administrativas y Técnicas Resolución Exenta 814-2022
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudia Sepúlveda
e-mail de responsable de pago: csepulveda@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Andrea Fuentes Reveco
e-mail de responsable de contrato: afuentes@digital.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-22198407-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente


A)Se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio de evaluación
características técnicas requeridas.
B) En caso de que el empate persista, se adjudicará a aquel que pondere el mayor puntaje en el criterio precio.
C) De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio plazo de entrega.
D) Por último, en caso de que el empate subsista, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl, hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público.

Objeto de la Licitación
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio denominado “Suscripción de licencias para el diseño, investigación, presentación y atención institucional 2022-2023”, de conformidad a lo señalado en las presentes Bases Administrativas y a las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas respectivas. Se hace presente que la suscripción de las referidas licencias constituye un servicio de simple y objetiva especificación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, atendido que la adquisición dice relación con herramientas tecnológicas de Software como servicio, lo cual constituye un modelo de suscripción de licencia con distribución a través de Internet, siendo éste un servicio específico entregado directamente para su uso a través de la activación de credenciales (cuentas de usuario), y atendiendo también a que cada licencia cuenta con características objetivas estandarizadas; por lo que la adjudicación podrá formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado.
Requisitos del Oferente
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. Para celebrar el respectivo contrato, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante el Certificado de Habilidad que otorga el Registro de Proveedores de la plataforma de Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
No podrán participar
a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886. b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley N° 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”. c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral 2, del artículo 8°, de la Ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero. d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del D.F.L. N° 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.
Declaración Jurada de no estar afectos a inhabilidades para contratar
Quedarán excluidos de la licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado. Por ello, junto con la presentación del documento de seriedad de la oferta, los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada Simple, en la que conste que el oferente respectivo no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades mencionadas en el punto 2.2 de estas bases. La Declaración Jurada deberá presentarse en el formato dispuesto en el Anexo 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda. La no presentación de la declaración jurada según el formato señalado será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Recepción de Consultas y Aclaraciones
Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma. Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.
Respuestas a las consultas y aclaraciones
Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación. Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Perfil del Oferente
El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas.
Cumplimiento de las Condiciones Administrativas
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases. Los proponentes podrán presentar más de una oferta, en cuyo caso cada una será evaluada separadamente. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas así en el Portal Mercado Público. Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:
● Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
● Las modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
● Consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.
● La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
● La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
● La o las Órdenes de Compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
Recepción de las Propuestas
Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación, a través del Portal Mercado Público. Sólo se recibirán las ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62, del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, junto al lugar de presentación de las propuestas. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Antecedentes del Oferente y Documentación que acompaña la oferta
El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del portal www.mercadopublico.cl la siguiente documentación:
a) Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (persona natural), 1-B (persona jurídica) o 1- C (unión temporal de proveedores) de estas bases, según corresponda.
b) Declaración jurada contenida en el Anexo Nº 2-A (persona natural), 2-B (persona jurídica) o 2-C (unión temporal de proveedores), según corresponda, debidamente suscrita. Tratándose de la unión temporal de proveedores, se deberá adjuntar, además, el documento público o privado según corresponda de acuerdo a lo señalado artículo 67 bis, del Reglamento de Compras Públicas, que formalizó dicha unión, en que se haya pactado solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que emanen de la licitación y se haya designado un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del servicio a contratar, incluyendo el plazo de ampliación del contrato establecido en las presentes Bases Administrativas.
c) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del oferente o de su(s) representante(s) legal(es), según corresponda.
d) Documento en el que consta el poder del (o los) representante(s) legal(es), para el caso de las personas jurídicas, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
e) Fotocopia simple del RUT de la sociedad, según corresponda.

La oferta que no acompañe la declaración señalada en la letra b) precedente será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 7.2 de estas Bases Administrativas. Respecto de los documentos señalados en las letras a), c), d) y e) anteriores, son documentos necesarios para contratar, en caso de no acompañarse junto con la presentación de la oferta, la Propuesta será evaluada con menor puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7.8 de las presentes Bases Administrativas.
Ingreso de la Oferta Técnica al portal de Mercado Público
El Oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Oferta Económica y Características de Licencias Ofertadas” del portal www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del servicio ofrecido de conformidad a los requerimientos que se establecen en el Anexo N° 3, debiendo cumplir además con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas.
Documentos requeridos
a. Anexo N° 3 “Oferta Económica y Características de Licencias Ofertadas”, en conformidad a lo dispuesto en dicho Anexo.
b. Anexo N° 4 “Fecha entrega licencias”, se refiere al plazo en el que el proveedor se compromete a entregar las Licencias el cuál no podrá ser superior a 10 días hábiles, contados desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra. Toda oferta que señale menos licencias de las requeridas, o supere el plazo de entrega, serán declaradas inadmisibles, quedando excluidas del proceso de licitación.
Ingreso de la Oferta Económica en el Portal de Mercado Público

El Ministerio informa que el monto máximo disponible para esta licitación es de USD 44.552,91 (cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta y dos coma noventa y un dólares), impuestos incluidos. Toda oferta por un monto superior al indicado será declarada inadmisible.

 

El precio que señalen los oferentes en la oferta económica, a través del Portal Mercado Público, corresponderá al valor total, impuestos incluidos. Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos.

 

Adicionalmente, la oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo N° 3 de estas Bases. La Oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.

 

El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del portal www.mercadopublico.cl, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.

Vigencia de la Oferta
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el Portal Mercado Público.
Apertura de las Ofertas
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio. Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de las mismas e informándole sobre las propuestas que hayan acompañado, en tiempo y forma, y la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes Bases Administrativas.
Aclaración y Complementación de Antecedentes
Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del Portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contado desde la solicitud realizada por el Ministerio. Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Contacto
El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones u otro expresamente previsto en estas bases.
Comisión Evaluadora
La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por las siguientes personas: - Andrea Fuentes Reveco, colaboradora de la División de Gobierno Digital. - Jorge Romero Vargas, funcionario de la División de Administración General. - Carolina Pino Sepúlveda, funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna. En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen mediante correo electrónico a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio. El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios (as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo. Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación. La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación el cual deberá contener la siguiente información: a) Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello. b) Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido. c) Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
Selección de la Oferta más conveniente
El Ministerio Adjudicará la presente licitación por línea de producto y se realizará al oferente que obtenga el puntaje final más alto por línea de producto, según los criterios de evaluación descritos en el presente documento, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.

Si se postula a 1 o más línea de producto se debe considerar:
● Los oferentes deberán considerar la cantidad total de usuarios por línea de producto, caso contrario, la oferta será declarada como inadmisible.
● Un oferente podrá participar en una o más líneas de producto.

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada.
En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, el Ministerio informará en el portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl, hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público.
Inhabilidad de las Ofertas y Declaración de Desierta de la Licitación
El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases, ya sea en uno o más actos específicos. Además, se declararán inadmisibles las ofertas que incurran en alguna (s) de las siguientes hipótesis:
 a. La oferta que no acompañe la declaración jurada contenida en el Anexo N° 2-A, 2-B y 2-C, según corresponda.
b. La oferta que no cumpla con la totalidad de las características exigidas respecto de la(s) licencia(s) ofertada(s).
 c. La no presentación de la oferta económica (Anexo N° 3) o la propuesta por un monto distinto al indicado por el Ministerio, de acuerdo con lo señalado en el numeral 5.6, de estas Bases Administrativas.
d. Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio.
 e. La oferta económica que supere el presupuesto máximo disponible para cada línea de producto (Anexo N°3).

 Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
Readjudicación
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de veinte 20 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el portal www.mercadopublico.cl y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando se produzcan alguna de las siguientes situaciones:
 a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
b) Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para el perfeccionamiento de la contratación por medio de Orden de Compra dentro del plazo respectivo.
c) Si la Orden de Compra no es aceptada en los plazos respectivos.
d) En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación correspondiente.
e) Si el adjudicatario al momento de perfeccionarse la contratación es inhábil para contratar con el Estado.
Inscripción en el Registro de Proveedores
Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción. Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para contratar), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado.
Documentación
Para los efectos del perfeccionamiento de la contratación por vía de la emisión y aceptación de la respectiva Orden de Compra, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Portal Chile Proveedores y que dicha circunstancia le conste y haya sido verificada por el Ministerio, mediante su envío digital o en la Oficina de Partes del Ministerio ubicada en Moneda N° 1160, entrepiso, comuna de Santiago:

 a) Declaración Jurada Simple, en que conste que el oferente:
i. No ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886.
ii. Que ningún dependiente suyo se encuentra en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4°, de la Ley N° 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”
iii. Que no se encuentra cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8°, de la Ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a funcionario Público Nacional o Extranjero.
iv. Que no ha sido condenado en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.

 b) Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente.
 c) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales.

 Adicionalmente, el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la documentación que a continuación se indica:

 a) Persona jurídica nacional (incluidas empresas individuales de responsabilidad limitada):
a.1. Sociedades: - Escritura pública de constitución y de la última modificación, si la hubiere; las publicaciones de los extractos correspondientes en el Diario Oficial e inscripciones en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades creado por la Ley N° 20.659, cuando corresponda. - Escritura pública o documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos. - Certificado de vigencia de la sociedad, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente. - Certificado de vigencia de la personería del representante legal, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente. - Cédula identidad del representante legal. - RUT de la sociedad.

 a.2. Fundaciones o corporaciones: - Estatutos, reducidos a escritura pública, o inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, cuando corresponda. - Decreto que otorga personalidad jurídica, cuando corresponda. - Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda. - Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial o certificación del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, según corresponda. - Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. - Documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos. - Cédula identidad del representante legal. - RUT de la sociedad, fundación o corporación.


 b) Persona jurídica extranjera: - Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. - Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes Bases. - Deberá designar un domicilio en Chile. - Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. - RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile.

 c) Persona natural: - Iniciación de actividades o presentación de las tres últimas declaraciones de I.V.A. al Servicio de Impuestos Internos. - Fotocopia cédula nacional de identidad.

Si el adjudicado no entregara la documentación dentro del plazo indicado, se le formularan reparos a algún documento entregado, o no acompañara comprobante o certificado de su inscripción en Chile Proveedores, el Ministerio otorgará por escrito un plazo adicional de tres (3) días hábiles para completar la documentación, subsanar las observaciones y/o efectuar su inscripción en Chile Proveedores y acompañar comprobante o certificado de la misma o los documentos señalados precedentemente. Si transcurrido este plazo, el adjudicado no hace entrega de los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado, y/o no se inscribe en el Registro de Proveedores o no acompaña comprobante o certificado de dicha inscripción, se dejará sin efecto la adjudicación, y se seleccionará a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación.
Aprobación de la Contratación
La relación contractual se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra en atención a que el presupuesto disponible para la presente licitación es inferior a 1000 UTM, y que el servicio que se requiere contratar es de aquellos de simple y objetiva especificación. Para ello el Ministerio emitirá una Orden de Compra al contratista a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el contratista dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas de enviada ésta a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. Si por cualquier causa que no sea imputable al Ministerio, el adjudicatario no acepta la orden de compra se entenderá el desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. La contratación se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica: a. Bases administrativas, bases técnicas, anexos y las modificaciones de éstas, debidamente aprobadas por acto administrativo. b. Aclaraciones a las presentes bases de licitación entregadas por esta cartera de Estado, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proveedores, y las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. c. Oferta del proveedor y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por el Ministerio.
Vigencia de la Contratación
La contratación en su caso tendrá una vigencia de 12 meses, contados desde que se perfeccione la Orden de Compra con la emisión y aceptación por parte del proveedor o contratista. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 9.7 de las presentes Bases Administrativas.
Subcontratación
Durante la ejecución de la contratación, el Contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Ministerio. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe. Con todo, de proceder la subcontratación, el responsable final del cumplimiento de las obligaciones emanadas dela presente contratación será siempre el Contratista. En caso de declararse procedente la subcontratación por parte del Ministerio, el Contratista estará obligado a informar el precio que tendrá dicha subcontratación, el cual no podrá superar de un 30% del valor de la contratación. Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Ministerio así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subejecutores con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por otros medios idóneos establecidos en la normativa. El incumplimiento del Contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Ministerio para poner término anticipado a la contratación en conformidad con lo dispuesto al efecto en las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
Modificación del Contrato
La contratación podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales: a) Por mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto de la contratación o de salvar imprevistos ocurridos durante su ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio del contrato, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto de la contratación, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del portal www.mercadopublico.cl.
Cesión de la Contratación
El Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Sanciones por incumplimiento y procedimiento para la aplicación de dichas sanciones
De acuerdo a Bases Técnicas y Administrativas.
Procedimiento para la Aplicación de Sanciones por Incumplimientos
Para aplicar una multa, el Ministerio deberá notificar de ello al Contratista acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Contratista señale en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva. Una vez notificado, el Contratista tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaria, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Contratista en los mismos casos. Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo. En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases.
Término Anticipado
El Ministerio pondrá término a la contratación por resolución fundada, sin indemnización alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias: a) Por acuerdo de las partes. b) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Contratista en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Ejecutor cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Si se disolviere la sociedad del Contratista tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las obligaciones contraídas por el Contratista. Se considerarán entre otros incumplimientos graves los siguientes: i. Superar el tope máximo dispuesto en el numeral 9.6 de las Bases Administrativas. ii. El incumplimiento del deber de confidencialidad señalado en el numeral 9.9. iii. Falta de autorización previa del Ministerio para proceder a la subcontratación de los servicios, de conformidad al numeral 9.3 f) Incumplimiento de las obligaciones de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de los trabajadores del Contratista. En caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para, solicitar el cumplimiento forzado o resolución de la contratación, en ambos casos con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
Del pago
El Ministerio se obligará a pagar el precio fijado en la respectiva Orden de Pago contra la entrega de documento emitido por el proveedor y remitido a las contrapartes técnicas que certifiquen la activación de los productos y/o cuentas por cada una de las licencias de suscripción adquiridas (cuentas activas y disponibles), especificando versiones y periodo de suscripción, que en ningún caso podrá ser distinto a lo adquirido y con una vigencia de 12 meses o precisando que se trata de una suscripción anual. En razón a la validación de la entrega de lo indicado anteriormente, si la documentación recibida estuviera correcta, se validará este acto mediante la entrega del Certificado de Conformidad al Área de Administración y Finanzas de la DGD, quienes a su vez solicitarán la emisión de la factura al proveedor para proceder a solicitar el pago correspondiente a la División de Administración General del Ministerio. Para iniciar el procedimiento de pago, el Contratista emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo N° 801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, la Empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado. Posteriormente la empresa deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguna de las tres circunstancias anteriores. En caso de que se rechace un DTE, el Contratista deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación. El Ministerio procederá a efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura, a la cual deberá adjuntarse el correspondiente certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo el Contratista registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el Contratista deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato.
Confidencialidad de la Información y Política de Privacidad
El Contratista declara conocer y aceptar la Política de Seguridad de la Información del Ministerio y se obligará en forma irrevocable a que toda información que éste le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El Contratista sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella. Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Contratista deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.
Confidencialidad de la Información y Política de Privacidad
El Contratista declara conocer y aceptar la Política de Seguridad de la Información del Ministerio y se obligará en forma irrevocable a que toda información que éste le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El Contratista sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella. Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Contratista deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.
Seguridad de la Información
El Contratista deberá adoptar todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que sean precisas para efectos de evitar que la información sea accedida por terceros no autorizados, o esta se extravíe o dañe. Asimismo, para efectos de claridad, se deja expresa constancia que el Contratista deberá adoptar las medidas de respaldo de la información que impidan que ésta se pierda como consecuencia de alguna contingencia que afecte sus sistemas informáticos. En el tratamiento de los datos, el Contratista deberá exigir a sus dependientes el más alto estándar de confidencialidad respecto de los mismos, siendo de su cuenta y riesgo la responsabilidad que se genere como consecuencia de su divulgación por parte de las personas que trabajen con ellos. Por otra parte, en el desarrollo de los servicios, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley N° 19.628, sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
Propiedad Intelectual de las Licencias
Toda la información, datos, documentos y bases de datos que el Contratista reciba desde el Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud de la contratación, serán de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por el Contratista para efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el Contratista cuente con la autorización escrita del Ministerio. Todas las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del contrato, serán de propiedad del Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
Propiedad Intelectual de las Licencias
Toda la información, datos, documentos y bases de datos que el Contratista reciba desde el Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud de la contratación, serán de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por el Contratista para efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el Contratista cuente con la autorización escrita del Ministerio. Todas las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del contrato, serán de propiedad del Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
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Toda la información, datos, documentos y bases de datos que el Contratista reciba desde el Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud de la contratación, serán de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por el Contratista para efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el Contratista cuente con la autorización escrita del Ministerio. Todas las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del contrato, serán de propiedad del Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
Contraparte Técnica y Administrador de Contrato
Ejercerá la labor de contraparte técnica y administrador del contrato Andrea Fuentes Reveco, o el (la) funcionario (a) de su dependencia designado (a). Serán funciones de la Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados. b) Recibir conforme la recepción del servicio (informes/entregables). c) Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la Contraparte Técnica. d) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda. e) Requerir modificación de la contratación, previo informe de la Contraparte Técnica. f) Requerir el término anticipado de la contratación si corresponde. g) Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
Modificación de las Bases de Licitación
El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.