Licitación ID: 1051177-5-LP22
Construcción y Desarrollo para la Plataforma CIPA
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Gobierno Digital
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Productos o servicios
1
Desarrolladores de software 1 Unidad
Cod: 80111711
Servicio Construcción y Desarrollo para la Plataforma denominada “Catálogo de Identificación de Procedimientos Administrativos (CIPA)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Construcción y Desarrollo para la Plataforma CIPA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio” o “MINSEGPRES” requiere contratar el servicio de Construcción y Desarrollo para la Plataforma denominada “Catálogo de Identificación de Procedimientos Administrativos CIPA”, de conformidad a lo señalado en las presentes Bases Administrativas y a las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas respectivas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Gobierno Digital
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Teatinos N°92 Piso 9
Comuna:
Alhué
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-11-2022 17:00:00
Fecha de Publicación: 12-10-2022 17:33:15
Fecha inicio de preguntas: 12-10-2022 18:01:00
Fecha final de preguntas: 17-10-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-10-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-11-2022 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-11-2022 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-11-2022 17:11:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870/2022
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870/2022
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870/2022
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio total de la Adquisición Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870/2022 15%
2 Evaluación Técnica de las Ofertas Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870/2022 70%
3 Cumplimiento requisitos formales Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870/2022 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Fiscal
Monto Total Estimado: 120000000
Justificación del monto estimado Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°870-2022
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 35 Semanas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudia Sepúlveda
e-mail de responsable de pago: csepulveda@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Tania Arismendi
e-mail de responsable de contrato: tarismendi@digital.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26945855-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 01-01-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta para el desarrollo de la plataforma “Catálogo de Identificación de Procedimientos Administrativos (CIPA)"
Forma y oportunidad de restitución: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la Oficina de Partes del Ministerio. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección del Ministerio recién aludida. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira la garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 25-12-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del servicio de Construcción y Desarrollo para la Plataforma denominada Catálogo de Identificación de Procedimientos Administrativos (CIPA)”
Forma y oportunidad de restitución: El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación. Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo al Acta de Evaluación informada en el portal www.mercadopublico.cl y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando se produzcan alguna de las siguientes situaciones: a Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en el cronograma de licitación por causas atribuibles al adjudicatario. d Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases. e En caso que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado. f En caso que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación. g Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado. h Otra causal que se considere en las presentes bases de licitación.
Resolución de Empates

En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:

a.  Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación técnica.

b.  Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la propuesta técnica y metodológica, contenido en los criterios de evaluación de la oferta técnica (3.1, 3.2 y 3.3).

c.  Si aplicados los criterios anteriores, y aún se mantiene la paridad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta económica.

d.  En caso que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.

Requisitos del Oferente
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.

Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar el respectivo contrato, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores de la plataforma de Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
No podrán participar
a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886.

b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley N° 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral 2 del artículo 8° de la Ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a funcionario Público Nacional o Extranjero.

d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.
Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar
Quedarán excluidos de la licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado. Por ello, junto con la presentación de la oferta, los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada Simple, en la que conste que el oferente respectivo no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades mencionadas en el punto 2.2, precedente, de estas Bases Administrativas.

La Declaración Jurada deberá presentarse en el formato dispuesto en el Anexo 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda. La no presentación de la declaración jurada según el formato señalado será causal de inadmisibilidad de la oferta, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.2 de las presentes Bases Administrativas.
Recepción de consultas y aclaraciones:
a. Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.

b. Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación.

c. Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma.
Respuestas a las consultas y aclaraciones:
Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.

Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes.

A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Perfil del oferente:
El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas.
Cumplimiento de las condiciones administrativas:
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.

Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases. Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:
● Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
● Las modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
● Consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.
● La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
● La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
● El contrato respectivo, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba.
● La o las Órdenes de Compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. Se deja constancia que, en caso de existir discrepancias en las presentes Bases, primará aquello dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas, por sobre sus Anexos.
Recepción de las propuestas:
Las propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación, a través del Portal Mercado Público.

Sólo se recibirán ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, junto al lugar de presentación de las propuestas. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta:
El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del portal www.mercadopublico.cl la siguiente documentación:

a) Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (persona natural), 1-B (persona jurídica) o 1- C (unión temporal de proveedores) de estas bases, según corresponda.
b) Declaración jurada contenida en el Anexo Nº 2-A (persona natural), 2-B (persona jurídica) o 2-C (unión temporal de proveedores), según corresponda, debidamente suscrita. Tratándose de la unión temporal de proveedores, se deberá adjuntar, además, el documento público o privado según corresponda de acuerdo a lo señalado artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, que formalizó dicha unión, en que se haya pactado solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que emanen de la licitación y se haya designado un representante o apoderado común con poderes suficientes.La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del servicio a contratar, incluyendo el plazo de ampliación del contrato establecido en las presentes Bases Administrativas.
c) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del oferente o de su(s) representante(s) legal(es), según corresponda.
d) Documento en el que consta el poder del (o los) representante(s) legal(es), para el caso de las personas jurídicas, el cual no podrá tener una vigencia superior a días, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
e) Fotocopia simple del RUT de la sociedad, según corresponda. La oferta que no acompañe la declaración señalada en la letra b) precedente será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.2 de estas Bases Administrativas.
Ingreso de la oferta técnica al portal Mercado Público:
El Oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Anexos Técnicos” del portal www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del servicio ofrecido de conformidad a los requerimientos que se establecen en el Anexo N° 6, debiendo cumplir además con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas.

La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, o que la modifique en todo o parte, será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. La oferta técnica deberá cubrir los siguientes aspectos que serán parte de la evaluación técnica:
a) Anexo N° 4: Experiencia del equipo de trabajo. Se deberá acompañar como medio de verificación los siguientes documentos: contrato debidamente suscrito por ambas partes; título profesional, otorgado por una universidad del Estado o reconocida por éste o contar con título profesional obtenido en el extranjero y reconocido en Chile; certificaciones (si correspondiese); otros títulos o certificados (si correspondiese) y currículum vitae -en formato libre- que deberá informar a lo menos 3 referencias. Además, se requiere copia simple de los títulos profesionales, grados académicos y certificaciones de cada uno de los profesionales que permitan acreditar lo informado en el Anexo. El Ministerio se reserva el derecho a exigir copias autorizadas de los mismos cuando lo estime pertinente. Finalmente, el oferente podrá acompañar la demás documentación adicional que estime pertinente para acreditar la experiencia de las personas que integran el grupo de trabajo. La oferta que no proporcione la referida información, será declarada inadmisible.

b) Anexo N° 5: Experiencia del oferente. La oferta que no presente la referida información será declarada inadmisible. En todo caso la experiencia deberá fundarse acompañando el medio de verificación respectivo, que puede ser la Orden de Compra aceptada o en recepción conforme por el proveedor tratándose de experiencias prestadas ante organismos de la Administración; certificado de experiencia extendido por el mandante de los servicios y/o contrato suscrito entre las partes donde conste la descripción del servicio de similar naturaleza.

c) Anexo N°6: Propuesta Técnica del proveedor que debe contener como mínimo lo siguiente: Antecedentes del proyecto, Plan de Trabajo, Metodología a utilizar, actividades adicionales y Garantía del Software.
Ingreso de la oferta económica en el Portal Mercado Público:
El Ministerio informa que el monto máximo disponible para esta licitación es de $120.000.000.- (ciento veinte millones de pesos), impuestos incluidos si correspondiere. Toda oferta por un monto superior al indicado será declarada inadmisible.

El precio que señalen los oferentes en la oferta económica, a través del Portal Mercado Público, corresponderá al valor total neto (sin IVA). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el proveedor indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, incluido el I.V.A. si correspondiere.

 Adicionalmente, la oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo N° 3 de estas Bases. La Oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.

Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos, hasta el total cumplimiento del contrato.

El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del portal www.mercadopublico.cl, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.
Garantía de Seriedad de la oferta:
El oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, a $1.000.000.- (un millón de pesos). La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en Moneda N° 1.160, entre piso, comuna de Santiago, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique.

Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo para ofertar.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando el respectivo proceso de compra.

Estos documentos no deberán contener cláusulas de arbitraje, ni requerir trámite alguno para su cobro; y en caso de que, la emisión de este documento demande gasto, éste será de cargo exclusivo del oferente.

En caso de que, el proponente no entregue garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que no cumple con dicha caución, declarándose su oferta como inadmisible.

a. Características de la garantía: deberá señalar expresamente el nombre del beneficiario, Rol Único Tributario del beneficiario, monto, fecha de vencimiento y glosa. En aquellos casos que, la garantía no permita la inclusión de esta información, deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del proponente.
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Rol Único Tributario beneficiario: 60.100.003-2
Monto: $1.000.000.- (un millón de pesos).
Fecha de vencimiento: La garantía deberá tener una vigencia mínima desde la presentación de la oferta hasta al menos 60 días corridos desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Si se lleva a cabo una readjudicación este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta para el desarrollo de la plataforma “Catálogo de Identificación de Procedimientos Administrativos (CIPA)”.

Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.

b. Forma y oportunidad de restitución: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la Oficina de Partes del Ministerio.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección del Ministerio recién aludida.

El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira la garantía.

El Ministerio podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cualquiera de los siguientes casos:
1. Si el oferente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante la vigencia de ésta.
2. Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.
3. Si el proponente no diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación a no tener contacto con el Ministerio para efectos de la presente licitación, salvo aquellas instancias establecidas en las presentes bases de licitación.
4. Si el adjudicatario no cumple con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases Administrativas, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio.
5. Si el adjudicatario no entrega toda la documentación necesaria y requerida en las presentes Bases Administrativas, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio.
6. Si el adjudicatario no suscribe el contrato, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio, por un hecho imputable a él.
7. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad, donde el proponente incida en la validez de la oferta.
8. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado.
Vigencia de la ofertA
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el Portal Mercado Público
Apertura de las Ofertas
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio.

Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión Evaluadora, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de las mismas e informándole sobre las propuestas que hayan acompañado, en tiempo y forma, y la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes Bases Administrativas.
Aclaración y complementación de antecedentes
Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del Portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada por el Ministerio.

Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Contacto
El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones u otro expresamente previsto en estas bases.
Comisión Evaluadora
La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por las siguientes personas: - Natalia Rojas Vicuña, funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna.
- Tania Arismendi, funcionaria de la División de Gobierno Digital.
- Antonio Mora, colaborador de la División de Gobierno Digital.
- Macarena Calderón, colaboradora de la División de Gobierno Digital.
- Jorge Romero Vargas, funcionario de la División de Administración General.

En caso de impedimento de alguno(s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen mediante correo electrónico a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio”.

El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo.

Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación.

La Comisión Evaluadora deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación el cual deberá contener la siguiente información:

a) Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello.

b) Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido. c) Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
Coordinación de procesos de compra:
La División de Administración General del Ministerio servirá de instancia de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.
Selección de la oferta más conveniente:
El Ministerio adjudicará la presente licitación a un solo proponente. Será seleccionada aquella propuesta que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo a lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.

En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, el Ministerio informará en el portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación.

En caso de que se señale un nuevo plazo para la adjudicación, el plazo para la entrega de la documentación para contratar y suscribir el contrato se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación. En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación:
El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos: a. Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases, ya sea en uno o más actos específicos. b. La no presentación de oferta técnica en los términos establecidos en el punto 5.5 de las Bases Administrativas, en relación a los Anexos pertinentes, o aquella oferta técnica que no supere los 50 puntos en la evaluación. c. La oferta que no acompañe la declaración jurada contenida en el Anexo N° 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda. d. La oferta que modifique o contradiga en todo o en parte los requisitos exigidos en las Bases Técnicas. e. La no presentación de la oferta económica (Anexo N° 3) o la propuesta por un monto superior al máximo indicado por el Ministerio, de acuerdo a lo señalado en el numeral 5.6, de estas Bases Administrativas, en relación al Anexo respectivo. f. Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio. g. La oferta que presente menos de 3 meses de garantía de software, según lo señalado en el anexo N°6. Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
Inscripción en el registro de proveedores:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción que de cuenta que se encuentra en estado hábil. Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para contratar), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado. Para el caso de que, el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de los integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
Documentación
A fin de elaborar y suscribir el contrato correspondiente, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma. a) Declaración Jurada Simple, en que conste que el oferente: i. No ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886. ii. Que ningún dependiente suyo se encuentra en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley N° 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.” iii. Que no se encuentra cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8° de la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero. iv. Que no ha sido condenada con sanción de multa, por infracción al DFL N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia, en más de dos oportunidades, en los últimos dos años. b) Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente. c) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales. Adicionalmente, el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma: a) Persona jurídica nacional (incluidas empresas individuales de responsabilidad limitada): a.1. Sociedades: - Copia de escritura pública de constitución y de la última modificación, si la hubiere; las publicaciones de los extractos correspondientes en el Diario Oficial e inscripciones en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades creado por la Ley N° 20.659, cuando corresponda. - Copia de la escritura pública o documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos. - Certificado de vigencia de la sociedad, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente. - Certificado de vigencia de la personería del representante legal, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente. - Cédula identidad del representante legal. - RUT de la sociedad. a.2. Fundaciones o corporaciones: - Copia de estatutos, reducidos a escritura pública, o inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, cuando corresponda. - Copia del Decreto que otorga personalidad jurídica, cuando corresponda. - Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda. - Copia del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial o certificación del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, según corresponda. - Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. - Documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos. - Cédula de identidad del representante legal. - RUT de la sociedad, fundación o corporación. b) Persona jurídica extranjera: - Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. - Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes Bases. - Deberá designar un domicilio en Chile. - Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. - RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile. c) Unión Temporal de Proveedores - Copia de la escritura pública donde conste la Unión Temporal. d) Persona natural: - Iniciación de actividades o presentación de las tres últimas declaraciones de I.V.A, al Servicio de Impuestos Internos. - Fotocopia cédula nacional de identidad. Si el adjudicado no entregara la documentación dentro del plazo indicado, se le formularan reparos a algún documento entregado, o no acompañara comprobante o certificado de su inscripción en Chile Proveedores, el Ministerio otorgará por escrito un plazo adicional de tres (3) días hábiles para completar la documentación, subsanar las observaciones y/o efectuar su inscripción en Chile Proveedores y acompañar comprobante o certificado de la misma o los documentos señalados precedentemente. Si transcurrido este plazo, el adjudicado no hace entrega de los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado, y/o no se inscribe en el Registro de Proveedores o no acompaña comprobante o certificado de dicha inscripción, se dejará sin efecto la adjudicación, y se seleccionará a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación.
GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Una vez notificado el adjudicado, deberá presentar, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal antes señalada, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con una vigencia, que debe extenderse desde la fecha de su entrega hasta 120 días corridos posteriores al término del contrato. La caución deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. b) Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación. c) Irrevocable. d) Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia e incluir la siguiente glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del servicio de Construcción y Desarrollo para la Plataforma denominada Catálogo de Identificación de Procedimientos Administrativos (CIPA)”. La caución podrá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos o en otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto de equivalente al 10% del valor contratado. En el caso que el adjudicatario decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las cláusulas particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al contratista por incumplimiento de las obligaciones del contrato. Dicha garantía caucionará, además, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario en caso que, a la fecha de pago, ellas se encuentren adeudadas por el proveedor. En caso que el contrato se amplíe la garantía deberá igualmente ampliarse o renovarse, con una vigencia mínima desde la fecha de su emisión o presentación hasta 120 días corridos posteriores al término de la prórroga del plazo si correspondiere. Asimismo, en caso de ampliación o disminución de contrato afecte al monto máximo a contratar, el contratista deberá adecuar el monto de la garantía al valor del contrato. Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. En caso de que el contratista no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el número 3 de las bases administrativas, el Ministerio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente, que según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, si su oferta resulta conveniente para los intereses del Ministerio, y así sucesivamente; o bien, declarará desierta la licitación, según corresponda.
Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación. Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
Aprobación del contrato
El contrato que el Ministerio suscriba con el adjudicado, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado.
Vigencia del contrato
El contrato tendrá una vigencia de 35 semanas, contados desde la total tramitación del Acto Administrativo que aprueba el contrato y posterior a la aceptación de la Orden de Compra.
Acta Kick-Off
Una vez entre en vigencia el contrato, el adjudicatario y la DGD deberán concertar una reunión inicial -kick-off- para dar inicio oficial a la ejecución del proyecto. Esta reunión debe ser efectuada dentro de los 5 días hábiles siguientes a la aceptación de la orden de compra. Lo anterior, deberá quedar consignado en un documento formal (Acta de Kick-Off), aprobado por ambas contrapartes, que permitirá realizar el seguimiento y avance de los hitos de entrega que permitirán visualizar el grado de avance del proyecto.
Subcontratación
Durante la ejecución del contrato, el Contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Ministerio. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe. Con todo, de proceder la subcontratación, el responsable final del cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato será siempre el Contratista. En caso de declararse procedente la subcontratación por parte del Ministerio, el Contratista estará obligado a informar el precio que tendrá dicha subcontratación, el cual no podrá superar de un 30% del valor del contrato. Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Ministerio así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subejecutores con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por otros medios idóneos establecidos en la normativa. El incumplimiento del Contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Ministerio para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto al efecto en las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
Modificación del Contrato
El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales: a) Por mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante su ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio del contrato, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido si correspondiese, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del portal www.mercadopublico.cl.
Cesión de Contrato
El Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el presente contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Sanciones por incumplimiento y procedimiento para la aplicación de dichas sanciones:
Según numeral 10.7 REX. 870-2022
Procedimiento de aplicación de sanciones:
Para aplicar una multa, el Ministerio deberá notificar de ello al Contratista acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Contratista señale en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva. Una vez notificado, el Contratista tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaria, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Ejecutor en los mismos casos. Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo. En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar. En caso que ello no sea posible, el Ministerio procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Término anticipado:
El Ministerio podrá poner término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias: a) Resciliación o acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. c) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las obligaciones contraídas por el Contratista. Se considerarán entre otros incumplimientos graves los siguientes: i. Si el contratista en 3 o más eventos procede al reemplazo de perfiles, sin contar con previa autorización de la contraparte técnica ministerial. ii. Si el contratista manifiesta que no está en condiciones de prestar el servicio, una vez suscrito el contrato. iii. Si el contratista subcontrata total o en mayor porcentaje a lo dispuesto en el punto 10.4.- “Subcontratación” de las presentes Bases Administrativas, o sin contar con la autorización del Administrador del Contrato. iv. Superar cualquiera de los topes máximos dispuestos en el numeral 10.7.- de las Bases Administrativas. v. El incumplimiento del deber de confidencialidad señalado en el numeral 10.10. vi. Si el contratista cede o traspasa total o parcialmente el servicio contratado, no dando cumplimiento a la “Prohibición de cesión”, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 10.6. de las presentes Bases Administrativas. vii. Si el contratista o sus dependientes o sus subcontratados, no cumple con la “Seguridad de la información”, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 10.11. de las presentes Bases Administrativas. viii. Si el contratista infringe lo dispuesto en el punto 10.12. de las presentes Bases Administrativas “Propiedad intelectual”. ix. Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar el respectivo contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. x. Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. xi. Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del Contratista, en la medida que esas deudas superen el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y los pagos pendientes a favor del contratante. e) En caso de muerte del contratista o socio que implique la imposibilidad de la prestación del servicio, en los mismos términos contratados. f) Si se disolviere la sociedad del Contratista tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores. g) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Contratista en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Ejecutor cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato. En caso de verificarse las causales de las letras c), d), f), y g), descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, pudiendo, además, solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
Del pago
El Ministerio procederá a efectuar el pago de la siguiente manera: a) Pago equivalente al 20% del precio total de la contratación ofrecido por el proveedor en su propuesta económica, contra la aprobación conforme del Informe Técnico N° 1, por parte de la Contraparte Técnica designada por la División de Gobierno Digital. b) Pago equivalente al 30% del precio total de la contratación ofrecido por el proveedor en su propuesta económica, contra la aprobación conforme del Informe Técnico N° 2, por la Contraparte Técnica designada por la División de Gobierno Digital. c) Pago por el equivalente al 25% del precio total de la contratación ofrecido por el proveedor en su propuesta económica, contra la aprobación conforme del Informe Técnico N° 3, por la Contraparte Técnica designada por la División de Gobierno Digital. d) Pago por el equivalente al 25% del precio total de la contratación ofrecido por el proveedor en su propuesta económica, contra la aprobación conforme del Informe Técnico N° 4, por la Contraparte Técnica designada por la División de Gobierno Digital. Para iniciar el procedimiento de pago, el Contratista emitirá el respectivo documento tributario en adelante o indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la Orden de Compra respectiva dentro del campo N°801 (dispuesto para ingresar el número de la orden de compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónicos. Luego, la empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado. Posteriormente la empresa deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguna de las tres circunstancias anteriores. En caso de que se rechace el DTE, la empresa deberá contactarse con la Contraparte Técnica designada por el Ministerio, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación. El Ministerio podrá efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura, a la cual deberá adjuntarse el correspondiente certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Los pagos se realizarán contra la entrega y emisión del certificado de prestación conforme de los servicios elaborado por las Contraparte Técnica del Ministerio. Las Contraparte Técnica en todo caso no podrá dar su conformidad sino tras la revisión de los respectivos informes entregados por el Contratista y que se asocian a los hitos de pago. Adicionalmente será condición indispensable que el Contratista haya aceptado la Orden de Compra que se emita por el Ministerio. Es importante señalar que, el Certificado de Conformidad, deberá ser remitido con toda la documentación de respaldo al Área de Bienes y Servicios de la División de Administración General, quienes a su vez revisarán la documentación y en conformidad autorizarán el contacto con el proveedor para la emisión de la factura al proveedor; iniciándose el proceso de pago señalado en los párrafos precedentes. Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo el Contratista registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el Contratista deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Confidencialidad de la Información
Al contrato suscrito se acompañará la Política de Seguridad de la Información del Ministerio, a fin de que el Contratista pueda conocer su contenido y obligarse al mismo desde ese momento. En dicho sentido, el proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que el Ministerio le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El Contratista sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella. Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Contratista deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.
Seguridad de la información
El Contratista deberá adoptar todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que sean precisas para efectos de evitar que la información sea accedida por terceros no autorizados, o esta se extravíe o dañe. Asimismo, para efectos de claridad, se deja expresa constancia que el Contratista deberá adoptar las medidas de respaldo de la información que impidan que ésta se pierda como consecuencia de alguna contingencia que afecte sus sistemas informáticos. En el tratamiento de los datos, el Contratista deberá exigir a sus dependientes el más alto estándar de confidencialidad respecto de los mismos, siendo de su cuenta y riesgo la responsabilidad que se genere como consecuencia de su divulgación por parte de las personas que trabajen con ellos. Por otra parte, en el desarrollo de los servicios, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley N° 19.628, sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
Propiedad intelectual y licencias:
Toda la información, datos, documentos y bases de datos que el Contratista reciba desde el Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud del presente contrato, serán de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por la empresa para efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el Contratista cuente con la autorización escrita del Ministerio. Todas las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad del Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
Contraparte Técnica Ministerial y Administrador del Contrato
Contraparte Técnica: Ejercerá la labor de contraparte técnica del contrato Tania Arismendi San Martín, profesional de la División de Gobierno Digital, o quien sea designado por el Jefe de la División de Gobierno Digital, o su Coordinador General. Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes: a. Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados. b. Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos. c. Requerir el término anticipado del contrato si corresponde. d. Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda. e. Requerir modificación del contrato si corresponde. f. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato. Administrador del Contrato: Ejercerá la labor de administrador del contrato Javiera Zuñiga Gárate, Analista/Ejecutiva del Área de compras y contrataciones de la División de Administración General de este Ministerio, correo electrónico jzunigag@minsegpres.gob.cl, o la persona que su jefatura designe en su reemplazo, quien tendrá las siguientes funciones: a. Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica. b. Aclarar y orientar respecto del desarrollo del contrato. c. Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo. d. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.
Ejecutivo del contratista
a. El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el Ministerio. b. Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la Contraparte Técnica del Ministerio. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida. c. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada. d. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente: d.1. Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. d.2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la presente licitación. d.3. Entregar toda la información pertinente requerida por el Ministerio. d.4. Acudir a las citaciones realizadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato del Ministerio. d.5. Dar respuesta a las consultas efectuadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato/de la contratación del Ministerio. d.6. Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación. En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá comunicar dicha situación por correo electrónico, a la Contraparte Técnica del Ministerio, con siete (07) días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio. Asimismo, el Ministerio podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista por motivos fundados, mediante correo electrónico de la Contraparte Técnica. El contratista tendrá el plazo de tres (03) días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectúe descargos o la Contraparte Técnica ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá el plazo de siete (07) días corridos a partir de la comunicación, para hacerlo efectivo.
Modificación de las Bases de Licitación
El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.
Bases Técnicas
De acuerdo a Rex. N°870/2022