Licitación ID: 1051177-7-LR23
OUTSOURCING PROFESIONALES TI
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Gobierno Digital
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea 1: tecnología principal: Java; tecnología secundaria: Python; y tecnología opcional: PHP.  

2
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea 2: tecnología principal: GoLang; tecnología secundaria: Java; y tecnología opcional: PHP.  

3
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea 3: tecnología principal: Python; tecnología secundaria: GoLang; y tecnología opcional: PHP.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
OUTSOURCING PROFESIONALES TI
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante “MINSEGPRES” de acuerdo con las disposiciones de la ley N° 19.886, llama a Licitación Pública, para la contratación del “Servicio de Outsourcing Profesionales TI para la División de Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Gobierno Digital
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Teatinos N°92 Piso 9
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-10-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 04-09-2023 17:25:03
Fecha inicio de preguntas: 07-09-2023 8:00:00
Fecha final de preguntas: 25-09-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-10-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-10-2023 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-10-2023 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 28-12-2023 9:56:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1. FORMATO DE IDENTIFICACIÓN UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
2.- ANEXO N° 6 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE INHABILIDADES Y PROHIBICIONES PARA OFERTAR Y CONTRATAR
3.- ANEXO N°9 CONTRATO TIPO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 3 A - PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 1)
 
2.- ANEXO N° 3 B - PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 2)
 
3.- ANEXO N° 3 C - PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 3)
 
4.- ANEXO N° 4 A – EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 1)
 
5.- ANEXO N°4 B – EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 2)
 
6.- ANEXO N° 4 C - EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 3)
 
7.- ANEXO N° 5 A – PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 1)
 
8.- ANEXO N° 5 B – PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 2)
 
9.- ANEXO N° 5 C – PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 3)
 
10.- ANEXO N° 7 A - CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 1)
 
11.- ANEXO N° 7 B - CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 2)
 
12.- ANEXO N° 7 C - CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 3)
 
13.- ANEXO N° 8 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PROGAMA DE INTEGRIDAD
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 2 A - OFERTA ECONÓMICA (Línea 1)
2.- ANEXO N° 2 B - OFERTA ECONÓMICA (Línea 2)
3.- ANEXO N° 2 C - OFERTA ECONÓMICA (Línea 3)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a. Evaluación de las ofertas económicas: 40 puntos La evaluación de las ofertas económicas se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula: POE: (40) x (OEB/OEE) Dónde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación. OEB: Oferta económica más baja. OEE: Oferta económica en evaluación. 40%
2 b. Evaluación de las ofertas técnicas (puntaje mí Según letra b del numeral 10.1.2 Criterios de Evaluación de la Resolución Afecta N°1 de fecha 10-08-2023 58%
3 c. Evaluación del cumplimiento de requisitos forma El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos antes del cierre de presentación de oferta obtendrá 2 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas (en proceso de aclaración de ofertas) en virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 puntos en este criterio. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Fiscal
Monto Total Estimado: 2760000000
Justificación del monto estimado De acuerdo a Resolución Afecta 1 de 2023
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 852 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Alfredo Lathrop Sánchez
e-mail de responsable de pago: alathrop@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefe de la División de Gobierno Digital
e-mail de responsable de contrato: administraciondgd@digital.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26945994-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
DÉCIMO: CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. Tampoco se permite la subcontratación, en atención a la naturaleza de los servicios licitados.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 02-02-2024
Monto: 6000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando su nombre (servicio de Outsourcing Profesionales TI para la División de Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia) y/o indicando el ID de la licitación. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. En caso de que el oferente sea una UTP, la garantía de seriedad de la oferta podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la Unión, o por un tercero que no forme parte necesariamente de la unión temporal de proveedores.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta a los oferentes no adjudicados dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación de la licitación o de la inadmisibilidad de las ofertas o de declarada desierta. Para el caso del oferente adjudicado y aquel seleccionado en segundo lugar, según los criterios de evaluación descritos en las presentes bases de licitación, su garantía le será devuelta a partir del décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba el contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 29-07-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, individualizando su nombre (servicio de Outsourcing Profesionales TI para la División de Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia) y/o indicando el ID de la licitación. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. En caso de que el adjudicatario sea una UTP, la garantía podrá ser otorgada por cualquiera de los integrantes que forman parte de la unión, o por un tercero que no forme parte necesariamente de la unión temporal de proveedores.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación del cobro de la primera, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula sobre término anticipado del contrato. Mientras se encuentre vigente la contratación, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La devolución de esta garantía se efectuará una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario a satisfacción de MINSEGPRES. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del adjudicatario.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción de este, el Ministerio, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Los oferentes ubicados en los lugares, segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de diez 10 días hábiles, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
1. Introducción
A la División de Gobierno Digital, perteneciente al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, le corresponde coordinar y asesorar intersectorialmente a los órganos de la Administración del Estado en el uso estratégico de las tecnologías digitales, apoyando su uso, datos e información pública para mejorar la gestión y la entrega de servicios cercanos y de calidad a las personas. En ese contexto, establece las políticas y normativas transversales asociadas a la Transformación Digital; desarrolla y opera plataformas transversales habilitantes para las instituciones públicas, y coordina y orienta a las instituciones en la implementación de las políticas asociadas a la Transformación Digital. Conforme a ello, resulta necesario contar con un Servicio de Outsourcing Profesionales TI para la División de Gobierno Digital, que posean conocimientos específicos en tecnologías Java, Phyton, GoLang y PHP, acorde a los desarrollos de la DGD y a los requerimientos establecidos en las líneas de servicio que se licitarán.
2. Antecedentes administrativos
Según Resolución Afecta N°1 de 2023
3. Antecedentes básicos del organismo licitante
Según Resolución Afecta N°1 de 2023
4. Etapas y plazos
Según Resolución Afecta N°1 de 2023
5. Instancia de preguntas, respuestas y modificaciones a las bases
5.1. Preguntas y Respuestas
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula Etapas y plazos de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. MINSEGPRES pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula Etapas y Plazos. Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación. Con todo, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la ley N° 19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de MINSEGPRES, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, MINSEGPRES podrá abstenerse de responder aquel comentario y se reserva la facultad de ocultarlo de la vista pública.
5.2. Modificaciones a las bases
MINSEGPRES podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. En este caso y, de ser necesario, el proveedor deberá ampliar la garantía de seriedad de la oferta, a fin de que cumpla con la vigencia solicitada en las presentes bases de licitación. En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por MINSEGPRES, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.
6. Requisitos mínimos para participar de la licitación
1. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886.
2. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que Fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
3. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
4. No ser funcionario directivo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
5. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar, al momento de contratar, el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, en los términos previstos en el inciso final, del artículo 6°, de la ley N° 21.516, de Presupuestos de ingresos y gastos del sector público para el año 2023. A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, cada integrante deberá suscribir para dichos efectos el Anexo N° 6 “Declaración jurada simple de inhabilidades y prohibiciones para ofertar y contratar. Sin perjuicio de lo anterior, MINSEGPRES podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

Unión Temporal de Proveedores:
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en estas bases, las causales de inhabilidad para ofertar establecidas en la legislación vigente afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, debiendo en consecuencia: Suscribir cada uno de ellos la declaración jurada de requisitos para ofertar, según se indica a continuación:
● El proveedor que presente la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, deberá firmar en línea la declaración disponible en el portal www.mercadopublico.cl.
● Los demás integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar al momento de incorporar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el Anexo N° 6 Declaración jurada simple de inhabilidades y prohibiciones para ofertar y contratar (suscrita por cada integrante de la UTP). En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá decidir si continuará el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
7. Instrucciones para la presentación de ofertas
Los oferentes deberán presentar su oferta de manera electrónica a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del reglamento de la ley N° 19.886. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos, por otro.
 7.1. Anexos Administrativos:
A. Tratándose de Personas Jurídicas
1. “Declaración jurada de requisitos para ofertar” que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar.
B. Tratándose de Personas Naturales
1. “Declaración jurada de requisitos para ofertar” que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar.
C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores
1. “Declaración jurada de requisitos para ofertar” del proveedor que presenta la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta de que no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar.
 2. Documento público o privado que señale, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y la duración o vigencia de la UTP, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras públicas.
3. Los demás integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar al momento de incorporar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente:
 a) Anexo N° 1 Formato de identificación Unión Temporal de Proveedores, suscrito por el apoderado de la UTP; y
 b) Anexo N° 6 Declaración jurada simple de inhabilidades y prohibiciones para ofertar y contratar, suscrito por cada integrante de la UTP (requisito de admisibilidad). Una persona natural o jurídica no podrá participar simultáneamente en esta licitación por sí y como integrante de una UTP. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
7.2. Anexos Técnicos:
Todos los proveedores que participen de esta licitación deberán adjuntar obligatoriamente a su oferta los siguientes anexos, de lo contrario, su oferta será declarada inadmisible:
1. ANEXO N° 3 A PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 1)
 2. ANEXO N° 3 B PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 2)
 3. ANEXO N° 3 C PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 3)
 4. ANEXO N° 4 A EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 1)
 5. ANEXO N° 4 B EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 2)
 6. ANEXO N° 4 C EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 3)
7. ANEXO N° 5 A PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 1)
8. ANEXO N° 5 B PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 2)
9. ANEXO N° 5 C PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 3)
 10. ANEXO N° 7 A CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 1)
 11. ANEXO N° 7 B CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 2)
 12. ANEXO N° 7 C CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 3)
 7.3. Anexos Económicos:
MINSEGPRES informa que el monto máximo disponible total para esta licitación es de $2.760.000.000.- (dos mil setecientos sesenta millones de pesos), IVA incluido, si correspondiere, el cual se divide en las siguientes líneas de servicios:
- Línea 1: tecnología principal: Java; tecnología secundaria: Python; y tecnología opcional: PHP, con un monto máximo disponible total para esta licitación de $920.000.000.- (novecientos veinte millones de pesos), IVA incluido, si correspondiere. Toda oferta por un monto superior al indicado para esta línea será declarada inadmisible.
- Línea 2: tecnología principal: GoLang; tecnología secundaria: Java; y tecnología opcional: PHP, con un monto máximo disponible total para esta licitación de $920.000.000.- (novecientos veinte millones de pesos), IVA incluido, si correspondiere. Toda oferta por un monto superior al indicado para esta línea será declarada inadmisible.
- Línea 3: tecnología principal: Python; tecnología secundaria: GoLang y tecnología opcional: PHP, con un monto máximo disponible total para esta licitación de $920.000.000.- (novecientos veinte millones de pesos), IVA incluido, si correspondiere. Toda oferta por un monto superior al indicado para cada línea será declarada inadmisible.
La oferta económica deberá presentarse en el formato anexo correspondiente, según la línea que oferte, a través del Portal Mercado Público, de lo contrario, su oferta será declarada inadmisible: ANEXO N° 2 A OFERTA ECONÓMICA (Línea 1) ANEXO N° 2 B OFERTA ECONÓMICA (Línea 2) ANEXO N° 2 C OFERTA ECONÓMICA (Línea 3)
Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor neto de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni impuestos y debe corresponder al costo del servicio requerido. Por su parte, en el precio total propuesto por el oferente en el anexo respectivo deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes al servicio licitado. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos.
La Oferta Económica del proponente debe ajustarse al formato indicado en el anexo Oferta Económica, de acuerdo a la línea que licite.
 • INCONGRUENCIAS EN LA OFERTA ECONÓMICA En caso de contradicción entre el valor neto de la oferta económica indicada en el Portal y el valor neto establecido en el anexo de oferta económica, se entiende que prima el valor del anexo. En caso de existir un error aritmético que produzca incongruencia entre los valores neto y bruto presentados en el anexo, se considerará como base el valor neto y para efectos de evaluación, se calculará el valor bruto en base a él. Para todos los casos mencionados anteriormente, se evaluará con puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento requisitos formales”.
7.4. Observaciones.
 Los anexos singularizados en los numerales precedentes deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural, por los representantes legales de los oferentes o por quien tenga poder para dichos efectos. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Para lo anterior, siempre se deberá verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certifica la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).
Las ofertas presentadas por UTP deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la ley N°19.886 y a las recomendaciones de la Directiva N°22 de la DCCP disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-dedocumentación/normativa/directivas-de-compra/.
8. Antecedentes legales para poder ser contratado
Según Resolución Afecta N°1 de 2023

8.1.  
Observaciones

El adjudicatario no deberá acompañar aquellos documentos especificados en el cuadro anterior si ellos u otros similares se encuentran disponibles y actualizados en el Registro de Proveedores en Mercado Público.

En caso de que la persona natural o jurídica o UTP, adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses, en conformidad a los alcances señalados en el ANEXO N° 6 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE INHABILIDADES Y PROHIBICIONES PARA OFERTAR Y CONTRATAR.

Se exigirá que el adjudicatario proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

En el caso de que el proveedor adjudicado sea una UTP, deberá indicar el integrante a quién deba realizarse el pago por los servicios.

En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante, el “Registro”, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios UTP, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación.

Tratándose de personas jurídicas extranjeras, además deberán estar constituidas legalmente en Chile a la fecha de firma del contrato.

Si el adjudicatario no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación, MINSEGPRES podrá dejar sin efecto la adjudicación y procederá a su readjudicación, si fuere procedente.

9. Naturaleza y monto de las garantías
9.1. Garantía de seriedad de la oferta Según Resolución Afecta N°1 de 2023 9.2. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato Según Resolución Afecta N°1 de 2023
10. Evaluación y adjudicación de las ofertas
a. Comisión Evaluadora
La apertura y evaluación de las ofertas se realizará en una etapa. La referida etapa será evaluada por una Comisión Evaluadora, la que estará conformada por un número impar de funcionarios de MINSEGPRES, designados por acto administrativo, debidamente tramitado y publicado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, conforme lo dispone el inciso final del artículo 37 del Decreto Supremo N° 250 en relación con el inciso cuarto de la misma disposición, previo a la apertura de las ofertas. Se deja establecido que, excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas contratadas a honorarios u otras personas ajenas a MINSEGPRES y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. Además, los miembros de dicha comisión se registrarán en el sistema de la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
1. Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del Reglamento de la ley N° 19.886.
2. Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
3. Aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley de Compras Públicas, proponiendo a la jefatura superior de MINSEGPRES la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

b. Consideraciones Generales
1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula sobre “Instrucciones para presentación de ofertas”, de las presentes bases de licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl., en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la ley de Compras Públicas.
2. MINSEGPRES declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad del Ministerio de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la ley N°19.886.
3. Los documentos solicitados por MINSEGPRES deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas. Sin perjuicio de ello, el Ministerio podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
4. Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo ésta como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula “Instrucciones para la presentación de ofertas” y que serán evaluadas bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. En caso de que el participante ingrese más de una oferta se considerará la que ingresó en primera instancia, descartando las ofertas restantes.
5. Se entenderá como “un participante” a aquella persona natural, jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP) que presente una oferta en los términos señalados en el numeral anterior. En el caso de las UTP, se deja establecido que, si los mismos integrantes de una UTP se asocian dos o más veces mediante la misma figura para presentar ofertas distintas, aun cuando designen a distintos apoderados, se entenderá que se trata de un solo participante, de conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N°19.886, y en ese caso, se considerará solamente la primera oferta que se haya ingresado al sistema.
6. Los oferentes sólo podrán ofertar las líneas en licitación solicitadas por MINSEGPRES, por lo anterior, los oferentes no podrán incorporar en su oferta nuevas líneas, entendiéndose por líneas nuevas aquellas que no se encuentran descritas en las presentes bases de licitación.
7. El oferente debe ingresar y enviar la totalidad de su oferta (requisitos administrativos, técnicos y económicos) antes del plazo de cierre de recepción de ofertas.
8. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases de licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas bases.

c. Subsanación de errores u omisiones formales
 Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, MINSEGPRES podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. (artículo 40, inciso 1° del Reglamento de la ley N° 19.886). Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte del Ministerio, la que se informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

d. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
MINSEGPRES tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación (artículo 40, inciso 2° del Reglamento de la ley N° 19.886). Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte de MINSEGPRES, la que se informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. e. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación El Ministerio declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Además, declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones de MINSEGPRES se efectuarán siempre mediante resolución fundada. La siguiente documentación, sin ser taxativa, debe ser presentada por los oferentes al ingresar su oferta, de lo contrario será declarada inadmisible:
1. Garantía de seriedad de la oferta.
2. ANEXO N° 2 A - OFERTA ECONÓMICA (Línea 1).
3. ANEXO N° 2 B - OFERTA ECONÓMICA (Línea 2).
4. ANEXO N° 2 C - OFERTA ECONÓMICA (Línea 3).
5. ANEXO N° 3 A - PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 1).
6. ANEXO N° 3 B - PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 2).
7. ANEXO N° 3 C - PRESENTACIÓN EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE (Línea 3).
8. ANEXO N° 4 A -EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 1).
9. ANEXO N° 4 B - EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 2).
10. ANEXO N° 4 C - EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Línea 3).
11. ANEXO N° 5 A - PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (Línea 1).
12. ANEXO N° 5 B - PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (LÍNEA 2).
13. ANEXO N° 5 C - PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA) (LÍNEA 3).
14. ANEXO N° 6 - DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE INHABILIDADES Y PROHIBICIONES PARA OFERTAR Y CONTRATAR (UTP).
15. ANEXO N° 7 A - CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 1).
16. ANEXO N° 7 B - CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 2).
17. ANEXO N° 7 C - CERTIFICADO DE IMPLEMENTACIÓN EXITOSA Y/O EN EJECUCIÓN (Línea 3).

f. Pacto de integridad
Se entenderá que todo oferente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases, como sus especificaciones técnicas, anexos, modificaciones, sus eventuales aclaraciones, respuestas a las consultas, como también las disposiciones de la ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por el solo hecho de presentar ofertas en los procesos de compras que se lleven a efecto de conformidad a estas normas. Todo oferente, por el solo hecho de participar en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en este, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente los oferentes aceptan el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad con el artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia, en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Toda referencia al “oferente” efectuada en este numeral se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista. El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en su caso.

g. Líneas a licitar El Ministerio licitará las siguientes líneas:
- Línea 1: tecnología principal: Java; tecnología secundaria: Python; y tecnología opcional: PHP. Se orienta principalmente al servicio de profesionales TI con conocimiento predominante en Java. Se articula en torno a Java dada la independencia de la plataforma y se puede utilizar para crear aplicaciones que se ejecutan en cualquier dispositivo con un navegador web. Además, es una buena opción para desarrollo de aplicaciones móviles y desarrollo de sistemas empresariales, gracias a su escalabilidad y seguridad.
 ● Tecnología principal: Java.
● Secundario: Python. En este caso complementario al objetivo principal en los aspectos de despliegue de aplicaciones en WEB y en interconexión, además de algunas tareas automatizables que requieran poco uso de recursos.
● Opcional: PHP.
- Línea 2: tecnología principal: GoLang; tecnología secundaria: Java; y tecnología opcional: PHP. Se orienta principalmente al servicio de profesionales TI con conocimiento predominante en GoLang. Al ser un lenguaje compilado, lo hace más rápido que los lenguajes interpretados, como Python. La versatilidad de este lenguaje lo hace ideal para programación de sistemas e interoperabilidad, además que su eficiencia es ideal para sistemas dedicados en la nube (cloud) al ser de alto rendimiento y de gran escalabilidad permitiendo la construcción de software y sistemas complejos.
 ● Tecnología principal: GoLang.
● Secundario: Java. El complemento para GoLang en el caso de despliegues Web y escalabilidad para sistemas empresariales.
● Opcional: PHP.
- Línea 3: tecnología principal: Python; tecnología secundaria: GoLang; y tecnología opcional: PHP. Se orienta principalmente al servicio de profesionales TI con conocimiento predominante en Python. Gira en torno al marco dado por el lenguaje Python. Tiene aplicaciones en las cuales muestra excelencia por sobre otros como manejo de volúmenes de datos para ciencia de datos y aprendizaje automático. Además, su fácil despliegue y uso reducido de recursos permite la creación rápida de prototipos y, por último, muestra fortaleza importante es la automatización, ya que tiene una importante cantidad de bibliotecas y herramientas para ese propósito.
 ● Tecnología principal: Python.
 ● Secundario: GoLang, como complemento a Python para manejo de grandes volúmenes de datos, ciencia de datos y otras aplicaciones orientadas a la eficiencia en la gestión de recursos.
● Opcional: PHP.

10.1. Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas
La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando todos los criterios de evaluación, con las ponderaciones que se determinen en las presentes bases, los cuales se aplicaran de la misma forma por cada línea que oferte.

10.1.1. Equipo de trabajo
Para la obtención de resultados esperados del servicio licitado, resulta necesario que el adjudicatario cuente con un equipo de profesionales calificados que permita satisfacer los servicios y que cuenten con el conocimiento técnico requerido. Para esto, el equipo propuesto, debe contar con experiencia y certificaciones mínimas que permitan el correcto cumplimiento de desarrollo de los requerimientos técnicos. El equipo de trabajo se encuentra detallado en las bases técnicas. La cantidad de perfiles solicitados, según las líneas licitadas, el tipo de perfil, la experiencia y los medios de verificación requeridos y definidos en las citadas bases técnicas constituyen requisitos de admisibilidad de la oferta. Por lo tanto, el oferente debe dar estricto cumplimiento a lo pedido. Su inobservancia, generará la inadmisibilidad de la oferta.

10.1.2. Criterios de evaluación
Según Resolución Afecta N°1 de 2023 10.2. Mecanismo de resolución de empates Una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje total, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), con los criterios que resulten aplicables:
1. Criterio de evaluación “Oferta Técnica”.
2. Criterio de evaluación “Oferta Económica”.
3. Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio técnico Propuesta SLA Niveles de Servicio.
4. Si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio perspectiva de género.
5. Finalmente, si la situación de empate subsiste, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
10.3. Adjudicación por líneas
 El Ministerio adjudicará la presente licitación al proponente que obtenga el mayor puntaje total por cada línea licitada, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación, mediante resolución fundada de la autoridad competente, la que será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo originalmente establecido, el Ministerio informará en el Portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En este caso el plazo de entrega de la documentación para contratar se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de MINSEGPRES que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Ministerio podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
10.4. Resolución de consultas respecto de la adjudicación Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl., a través del siguiente correo electrónico compras@minsegpres.cl. El Ministerio dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
10.5. Facultad de readjudicar
 Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción de este, el Ministerio, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Los oferentes ubicados en los lugares, segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
• Causales para readjudicar: El Ministerio podrá dejar sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo y readjudicará, sin ser taxativo, por las siguientes causales:
a) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro de Proveedores en el plazo señalado en las presentes bases de licitación.
b) Si el adjudicatario no entrega en tiempo y forma los documentos señalados para la elaboración del contrato.
c) Si el adjudicatario no entrega en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo con lo señalado en las presentes bases de licitación.
d) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
e) Si el adjudicatario se niega a firmar o a entregar los antecedentes para elaborar el contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases de licitación.
f) Si el adjudicatario se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, en los términos establecidos en el artículo 4° de la ley N°19.886, o en virtud de la ley N°20.393, o del artículo 26, letra d), del Decreto Ley N°211, de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. g) Si al adjudicatario se le detecta información adulterada o inconsistente en los anexos o en el contenido de su oferta. h) Las demás causales que establezcan las presentes bases de licitación.
11. Condiciones contractuales y otras cláusulas
11.1. Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre MINSEGPRES y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
● Las bases de licitación y sus anexos.
● Las modificaciones a las bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
● Las consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.
● La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases de licitación.
● La adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
 ● El o los contratos respectivos, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo o los aprueba.
● La o las órdenes de compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
● Acta de Reunión Kick-off.
Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus anexos. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases.
11.2. Vigencia de la oferta
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados no serán de propiedad de MINSEGPRES. Sólo serán de propiedad del Ministerio la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo el contrato.
11.3. Suscripción del Contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro del plazo estipulado en la cláusula Etapa y plazos, de las presentes bases de licitación. Para suscribir el contrato el adjudicatario deberá acompañar la documentación señalada en la cláusula Antecedentes legales para poder ser contratado. Si por cualquier causa que no sea imputable a MINSEGPRES el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, no asistiéndole al adjudicatario alguna justificación razonable, se entenderá que existen un desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje o los que le sigan sucesivamente en conformidad a la cláusula sobre readjudicación de estas bases. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello. Para suscribir el contrato el adjudicatario debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
11.4. Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo, debidamente tramitado y tomado de razón por la Contraloría General de la República. La modificación formará parte integrante del contrato primitivo. Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del mismo, y que inciden en su normal desarrollo.
a. Aumento o disminución
Si la modificación constituye un aumento del monto del contrato, la misma, no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente. Para efectos de la determinación del aumento, se considerarán los precios contemplados en la oferta del adjudicatario, quien al efecto deberá conservar el mismo precio y las mismas condiciones ofertadas inicialmente. Para el aumento de monto del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar o complementar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, para que sola o en su conjunto, respectivamente, se encuentre acorde al porcentaje exigido en las presentes bases de licitación. En el evento de existir una disminución del servicio contratado, el adjudicatario podrá solicitar el reemplazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento presentada, por otra que se encuentre acorde al % del nuevo monto del contrato, debiendo conservar su vigencia hasta, a lo menos, sesenta (60) días hábiles después de terminado el Contrato.
b. Extensión del plazo de ejecución.
Excepcionalmente, por razones de fuerza mayor, caso fortuito o por hechos imputables a terceros ajenos al contrato, las que serán calificadas de tales por la jefatura superior del Ministerio, las partes podrán prorrogar el plazo de ejecución del contrato. Asimismo, MINSEGPRES podrá prorrogar fundadamente el plazo de ejecución del contrato a fin de mejorar el logro de los objetivos del mismo. En todo caso, las modificaciones de contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante Resolución debidamente tramitada y tomada de razón por la Contraloría General de la República.
11.5. Suspensión
El Ministerio podrá suspender transitoriamente la ejecución del servicio contratado, en cualquier momento, por caso fortuito o fuerza mayor dando aviso por escrito al adjudicatario. En dicho caso MINSEGPRES pagará al adjudicatario el monto que corresponda a las tareas efectivamente realizadas al momento de la suspensión del contrato. Para proceder a la suspensión de la contratación, será necesario que MINSEGPRES curse el respectivo acto administrativo, el cual deberá estar debidamente fundado y notificado al adjudicatario.
11.6. Caso fortuito o fuerza mayor
El adjudicatario no será responsable por el caso fortuito o fuerza mayor, en los términos previstos en el artículo 45 del Código Civil. El adjudicatario deberá alegar oportunamente y acreditar fundadamente tal circunstancia y corresponderá a MINSEGPRES calificar su procedencia, previo informe de la contraparte técnica ministerial.
11.7. Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario
Desde el inicio de la vigencia del contrato, el adjudicatario asumirá, a lo menos, las siguientes obligaciones:
1. Cumplir con la prestación íntegra del servicio requerido, de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases de licitación, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
2. No podrá realizar por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
3. Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
4. Asistir a la reunión inicial kick-off y a todas aquellas que sean programadas.
5. Pagar las multas en el plazo fijado en las presentes bases de licitación.
6. Mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
7. Dar cumplimiento total y oportuno al pacto de integridad, a las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, desde la presentación de la oferta hasta el término del contrato. El cumplimiento de la normativa laboral de contratación, lo es respecto de trabajadores chilenos y extranjeros, según corresponda.
8. Responder de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias de MINSEGPRES, que sean imputables al adjudicatario.
9. Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro, desgaste producido por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
10. Cumplir con las instrucciones escritas relacionadas con la prestación del servicio requerido, impartidas por la contraparte técnica ministerial o la persona en la cual éste haya delegado la atribución de impartirlas.
11. El adjudicatario deberá guardar estricto control y reserva sobre la información, documentos y sistemas de MINSEGPRES a que tenga acceso durante y con posterioridad a la ejecución del contrato para asegurar que su personal respete la privacidad y, en su caso, el secreto sobre los mismos. Cualquier documento, ya sea en papel o electrónico, de propiedad de MINSEGPRES, deberá ser devuelto por el adjudicatario al término del presente contrato o en su defecto ser destruido.
12. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a MINSEGPRES en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual, salvo que sean imputables al órgano comprador.
13. Cualquier otra señalada en las presentes bases de licitación.

11.8. Gastos e Impuestos
Todos los gastos e impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.
11.9. Cesión de contrato y Subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, en especial aquellos establecidos en el respectivo contrato que se celebre. No se permite la subcontratación, en atención a la naturaleza de los servicios licitados.
11.10. Efectos derivados de incumplimientos del proveedor
 a. Multas MINSEGPRES podrá aplicar las multas contempladas en las presentes bases de licitación por actuaciones imputables al adjudicatario y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte integrante de la presente licitación. En consecuencia, ejercerá los derechos que le correspondan para obtener el cumplimiento oportuno y cabal de lo acordado, así como la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causen.
b. Causales de multa
 Según Resolución Afecta N°1 de 2023
c. Consideraciones para la aplicación de las multas:
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato, IVA incluido si correspondiese. En caso de que se supere el 30%, se configurará la causal de término anticipado del contrato. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, haciendo pagadera la multa sólo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicatario. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 10 días hábiles desde la notificación del cobro. En caso de no reemplazar la garantía, MINSEGPRES podrá poner término anticipado a la contratación sin derecho a restituir el remanente al proveedor. Cuando las multas se fijen en una unidad financiera distinta, la fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo firme que origina el cobro de la multa. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de MINSEGPRES de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
d. Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Para aplicar una multa, el Ministerio deberá notificar de ello al proveedor adjudicado, acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica, donde se dé cuenta detallada del eventual incumplimiento. La notificación de lo anterior se efectuará por correo electrónico enviado por el administrador del contrato a la casilla informada por el adjudicatario, indicando el monto de la posible multa a aplicar. Una vez notificado, el proveedor adjudicado tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos mediante correo electrónico, ante el administrador del contrato. La decisión del Ministerio en torno a rechazar o acoger, total o parcialmente los descargos del proveedor, y en su caso aplicar la respectiva multa, deberá formalizarse mediante resolución fundada de la Subsecretaria, la que será notificada por correo electrónico a la casilla informada por el adjudicatario, por carta certificada, o por cualquiera de las formas que establece la ley N°19.880, publicándose oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. De igual forma se procederá en caso de no formularse descargos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el proveedor se allanare expresamente a dicha decisión. MINSEGPRES tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para dictar la referida resolución. Enseguida, el adjudicatario podrá impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la ley N°19.880, en relación con el artículo 79 ter del Reglamento de compras públicas, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. MINSEGPRES tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado y deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada. Dicha resolución deberá ser notificada al adjudicatario, por correo electrónico a la casilla informada por el adjudicatario, por carta certificada, o por cualquiera de las formas que establece la ley N°19.880 y deberá publicarse en el portal de Mercado Público en el ID correspondiente. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.
e. Término anticipado contrato
 MINSEGPRES está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales, sin ser taxativas, que se señalan a continuación:
1. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a MINSEGPRES perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
 5. Si se disuelve la sociedad.
 6. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actúen éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propicien prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de MINSEGPRES, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y MINSEGPRES.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público o personal a honorarios durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de MINSEGPRES.
7. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado.
8. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad, propiedad de la información, acceso a sistemas, seguridad de la información, transferencia tecnológica u otra similar establecidas en las presentes bases.
9. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, se deberá remitir los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e. Disolución de la UTP.
10. No renovación oportuna o no mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según lo establecido en las presentes bases de licitación.
11. En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula sobre “Cesión de contrato y subcontratación”.
12. Por alguna de las causales previstas en el artículo 13 de la ley N°19.886 y en el artículo 77 de su Reglamento.
13. Las demás que establezcan las bases de licitación. De concurrir cualquiera de las causales aludidas, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Lo anterior no será aplicable a la causal del numeral 3). “Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional”. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula sobre Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo MINSEGPRES concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encuentren insolutas a la fecha. Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que MINSEGPRES pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. • Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, MINSEGPRES y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
11.11. Entregables
Se establecen los siguientes entregables para la ejecución del servicio: 24 entregables.
Entregables: Informe técnico por periodo: el proveedor deberá entregar un informe por periodo (corresponde a 1 mes de servicio) por cada línea adjudicada, el cual deberá contener, al menos:
● Informe de actividades, que incluya:
○ Portada, con el nombre del servicio (línea adjudicada).
○ Fecha del informe.
○ Periodo del informe (ejemplo: desde el día/mes/año – hasta el día/mes/año).
○ Identificación de cada profesional TI:
■ Nombre del perfil.
■ Nombre del profesional.
■ Detalle de las actividades realizadas en el periodo correspondiente.
■ Registro de marcaciones del profesional TI del periodo correspondiente, que contenga hora de entrada y salida diaria y la suma total de horas trabajadas en dicho periodo. ○ Hechos relevantes ocurridos durante la prestación del periodo correspondiente. Plazo de entrega del informe: dentro de los 10 días hábiles administrativos siguientes al término del periodo respectivo. La contraparte técnica ministerial deberá revisar que el informe técnico entregado cumpla con todos los requisitos solicitados. En caso contrario, será devuelto al proveedor quien tendrá un plazo de 10 días hábiles administrativos para la subsanación de todas las observaciones realizadas por la contraparte técnica ministerial. El referido plazo podrá ser prorrogado por la Jefatura de la División de Gobierno Digital, a fin de resguardar con ello la calidad del servicio contratado. Dicha prórroga no podrá exceder de la vigencia de la contratación. Los plazos establecidos en los párrafos anteriores serán contados respectivamente desde la notificación de la Contraparte Técnica por correo electrónico al adjudicatario. 11.12. Precio y forma de pago
El precio único y total del servicio será el correspondiente a la oferta económica presentada por el adjudicatario, de acuerdo a lo especificado en los anexos N°2A, 2B y/o 2C Oferta Económica, según corresponda. Los pagos se realizarán de forma mensual, por el servicio efectivamente prestado por cada profesional TI, es decir, por las horas efectivamente realizadas por cada uno. La cantidad de horas se determinará a partir del reporte de registro control de cada profesional TI, previamente validado por la contraparte técnica ministerial. Cabe mencionar que, para efectos de lo anterior, se deberá tener presente lo dispuesto en el acápite “Horario y modalidad de trabajo”, contenido en las bases técnicas de la presente licitación. El Ministerio se obligará a pagar el precio del contrato contra la entrega del informe técnico indicado en el acápite “Entregables” de las bases administrativas, y aprobado por la contraparte técnica ministerial. Si la documentación recibida está correcta, se validará este acto mediante la entrega del Certificado de Conformidad al Área de Administración y Finanzas de la División de Gobierno Digital, quienes, a su vez, solicitarán la emisión de la factura al adjudicatario para proceder a solicitar el pago correspondiente a la División de Administración General del Ministerio. En el caso de que el proveedor no cumpla lo establecido, y emita la factura -sin haber sido indicado por el Área de Administración y Finanzas de la División-, dicha factura será rechazada por la Institución. Para iniciar el procedimiento de pago, el adjudicatario emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo N°801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, la Empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado. Posteriormente, el adjudicatario deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguna de las tres circunstancias anteriores. En caso de que se rechace un DTE, el adjudicatario deberá contactar con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación. MINSEGPRES procederá a efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura, a la cual deberá adjuntarse el correspondiente certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1). Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo, el adjudicatario registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el adjudicatario deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato.
11.13. Vigencia, ejecución y renovación del contrato
El contrato tendrá una vigencia de 28 meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, las prestaciones que deriven de la ejecución del contrato podrán iniciarse una vez firmado por ambas partes, no obstante, el pago de los servicios se efectuará sólo a partir de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato.
La ejecución de los servicios contratados será de 24 meses, contados desde el día hábil siguiente a la fecha consignada en el Acta de Kick-off, a la que se refiere la cláusula siguiente “Reunión inicial Kick-off” de las presentes bases administrativas. De común acuerdo entre el adjudicatario y MINSEGPRES, dada la criticidad del servicio, el contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable de la contraparte técnica del Ministerio. La resolución que aprueba el contrato será notificada y publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.
11.13.1 Reunión inicial (Kick-off)
Una vez que entre en vigencia el contrato, ambas partes, deberán concretar una reunión inicial -Kick-off- para dar inicio oficial a la ejecución del servicio. Esta reunión deberá llevarse a cabo dentro de los 10 días hábiles administrativos siguientes a la aceptación de la orden de compra. En dicha reunión se definirán los acuerdos operativos de trabajo y otros aspectos específicos respecto de la ejecución del servicio contratado, a fin de establecer los pilares fundamentales para su acertado cumplimiento, siempre y cuando no alteren lo indicado, tanto en las bases, como en la oferta y el contrato. Lo anterior, deberá quedar consignado en un documento formal, firmado por ambas partes.
 11.14. Contraparte técnica y administrador/a del contrato ministerial
a. Contraparte técnica.
Ejercerá la labor de contraparte técnica de la contratación quien designe la Jefatura de la División de Gobierno Digital o su coordinador. Lo anterior será informado al adjudicatario en la reunión Kick-off. Sus funciones serán, a lo menos, las siguientes:
 a. Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo y calidad de los servicios encomendados.
b. Revisar y aprobar el informe técnico indicado en el acápite “Entregables” de las bases administrativas.
c. Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
d. Requerir y gestionar cualquier modificación contractual, en caso que corresponda.
 e. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
 f. Las demás que le encomiende las presentes bases de licitación.
 b. Administrador/a del Contrato.
 Ejercerá la labor de administrador/a de la contratación el Analista/Ejecutivo de Compras que sea designado por la Jefatura de la División de Administración General o quien le subrogue o reemplace. Lo anterior será informado al adjudicatario en la reunión Kick-off. Sus funciones serán, a lo menos, las siguientes: a. Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios.
b. Autorizar los pagos correspondientes, una vez realizada la recepción conforme del servicio.
c. Verificar el cumplimiento de la normativa laboral por parte del adjudicatario, mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del proveedor, otorgado por la Dirección del Trabajo.
d. Supervisar el cumplimiento de la correcta ejecución de los plazos del contrato, velando por el estricto cumplimiento del mismo.
 e. Gestionar el procedimiento de multas a que den origen los incumplimientos del adjudicatario.
f. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación. g. Las demás que le encomiende las presentes bases de licitación.
 11.14.1 Ejecutivo/a del contrato del adjudicatario
El adjudicatario deberá nombrar un ejecutivo/a del contrato, cuya identidad deberá ser informada a MINSEGPRES al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada. La información deberá ser corroborada en la reunión de Kick-off. En el desempeño de su cometido, el ejecutivo del contrato deberá, a lo menos: a. Informar oportunamente a MINSEGPRES de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
b. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
d. Estar disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del Ministerio.
e. Entregar toda la información pertinente requerida por el Ministerio.
f. Acudir a las citaciones realizadas por la contraparte técnica o el administrador de la contratación del Ministerio.
g. Dar respuesta a las consultas efectuadas por la contraparte técnica o el administrador de la contratación del Ministerio.
h. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.
Todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al correo electrónico de la contraparte técnica ministerial, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuada la designación o el cambio.
11.15. Comportamiento ético del adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Se deja establecido que la probidad administrativa afecta tanto a los funcionarios públicos como al personal a honorarios.
11.16. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. MINSEGPRES podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas, dentro del marco de lo permitido por la regulación nacional o internacional que sea aplicable. En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. MINSEGPRES deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
11.17. Normas laborales
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El cumplimiento de la normativa laboral de contratación, lo es respecto de los trabajadores chilenos y extranjeros. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, de cumplir con los requisitos para ser contratado en Chile, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. MINSEGPRES se reserva el derecho a exigir al adjudicatario, a simple requerimiento de la contraparte técnica o el administrador del contrato, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la ley de compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte de MINSEGPRES, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significa en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
11.18. Confidencialidad, propiedad de la Información, acceso a sistemas y seguridad de la información.
 a. Confidencialidad
El contratista se obliga en forma irrevocable a que toda información que el Ministerio le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El adjudicatario sólo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella. Al momento de la terminación, por cualquier causa, del contrato, el adjudicatario deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el adjudicatario se viere obligado a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del adjudicatario durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la contraparte técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el Ejecutor. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Las obligaciones de confidencialidad señaladas pueden encontrar excepciones en su sentido y alcance cuando aplique el principio de transparencia de la función pública dispuesto en la ley N°20.285 de Acceso a la Información Pública. b. Propiedad de la Información La División de Gobierno Digital será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación. El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de MINSEGPRES. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a MINSEGPRES o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos. En caso de que la División de Gobierno Digital entregue al adjudicatario licencias de software sólo podrán ser ejecutadas para la operación del servicio contratado y en ninguna circunstancia el proveedor adjudicado podrá utilizarlas para otros propósitos. La División de Gobierno Digital será la titular de todos los datos, procedimientos, mapas, modelos y documentos que se generen en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación. c. Acceso a sistemas En caso de que el personal del proveedor requiera acceso a los sistemas de la División de Gobierno Digital para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través de su ejecutivo del contrato a la contraparte técnica ministerial, el nombre y RUT de las personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha y lugar, y el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá. Sólo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte de la División de Gobierno Digital, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la correspondiente autorización. Si el personal del proveedor que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán individualizarse previamente. d. Seguridad de la información El contrato que se celebre en el marco de esta licitación entregará al proveedor adjudicado acceso a información de la División de Gobierno Digital y/o sus sistemas, en consecuencia, es obligación del adjudicatario resguardar debidamente esta información y cumplir las demás consideraciones que se establecen en esta cláusula. El adjudicatario reconoce que es el único responsable por la confidencialidad y seguridad de la información de la División de Gobierno Digital a la que accede, custodia o controla, por lo cual el adjudicatario será el responsable de tomar las medidas apropiadas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, asegurará la confidencialidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la información de División de Gobierno Digital. 11.19. Sometimiento a legislación nacional El proveedor por el sólo hecho de participar en este proceso se someterá a la legislación chilena y, entre otros, a los siguientes cuerpos legales y reglamentos aplicables al servicio contratado, así como sus eventuales modificaciones:
1. Decreto con Fuerza de Ley N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2. Ley N°19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
3. Ley N°21.516, de presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023.
4. Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
5. Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
6. Ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual.
7. Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública.
8. Ley N°19.223, que Tipifica Figuras Penales relativas a la Informática.
9. Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
10. DFL N°1, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo.
 11. Decreto Supremo N°181/2002, del Ministerio de Economía, que aprueba el reglamento de la ley N°19.799.
12. Decreto Supremo N°93/2006 de MINSEGPRES, que aprueba norma técnica para la adopción de medidas destinadas a minimizar los efectos perjudiciales de los mensajes electrónicos masivos no solicitados recibidos en las casillas electrónicas de los órganos de la administración del Estado y de sus funcionarios.
13. Decreto Supremo N°83/2005 de MINSEGPRES, que aprueba la norma técnica para los órganos de la Administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.
14. Cualquier otra normativa vigente relacionada a la materia.
11.20. Solución de controversias y legislación aplicable.
El contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia. Para estos efectos, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.