Licitación ID: 1051178-1-LE23
Servicio Cloud Computing
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Consejo de Auditoria Interna General de Gobierno
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Productos o servicios
1
Centro de servicios de datos 1 Unidad
Cod: 81112003
Servicio Cloud Computing  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio Cloud Computing
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia requiere contratar los Servicios de Cloud Computing para el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Consejo de Auditoria Interna General de Gobierno
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Teatinos N°92 Piso 9
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-01-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 03-01-2023 15:18:08
Fecha inicio de preguntas: 03-01-2023 16:00:00
Fecha final de preguntas: 06-01-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-01-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-01-2023 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-01-2023 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-01-2023 17:23:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas REX. N°1136-2022
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas REX. N°1136-2022
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas REX. N°1136-2022
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Técnico De acuerdo a Bases Técnicas y Administrativas REX. 1136-2022. 15%
2 Criterio Administrativo De acuerdo a Bases Técnicas y Administrativas REX. 1136-2022. 10%
3 Criterio Económico De acuerdo a Bases Técnicas y Administrativas REX. 1136-2022. 75%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Fiscal
Monto Total Estimado: 21600000
Justificación del monto estimado De acuerdo a Bases Técnicas y Administrativas REX. 1136-2022.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudia Sepúlveda
e-mail de responsable de pago: csepulveda@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carlos Herrera Cazanga
e-mail de responsable de contrato: cherrerac@consejodeauditoria.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-22198499-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 14-03-2023
Monto: 1080000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta del servicio denominado “Para garantizar la seriedad de la oferta del servicio Cloud Computing para el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno”.
Forma y oportunidad de restitución: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la Oficina de Partes del Ministerio. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección del Ministerio recién aludida. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira la garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 16-05-2025
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: Servicio de Cloud Computing para el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario.”
Forma y oportunidad de restitución: El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación. Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo al Acta de Evaluación informada en el portal www.mercadopublico.cl y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando se produzcan alguna de las siguientes situaciones: a Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en el cronograma de licitación por causas atribuibles al adjudicatario. d Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases. e En caso que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado. f En caso que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación. g Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado. h Otra causal que se considere en las presentes bases de licitación.
2. Del Oferente

2.1. Requisitos del oferente:

Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.

 

Para llevar a cabo la contratación, el oferente que resulte adjudicado, deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante el Certificado de Habilidad que otorga el Registro de Proveedores de la plataforma de Mercado Público (www.mercadopublico.cl).


2.2. No podrán participar:

a)             Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886.

b)             Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley N° 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

c)              Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral 2, del artículo 8°, de la Ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero.

d)             Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del D.F.L. N° 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia

2.3. Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar.

Quedarán excluidos de la presente licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado, lo que se verificará mediante la “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” que el oferente debe completar al momento de realizar su oferta a través de la plataforma de Mercado Público.

3. Cronograma de la Licitación

Actividad

Plazo desde la Publicación de las Bases

Publicación del llamado

0 día.

Plazo para realizar consultas sobre la licitación

Hasta las 17:00 del 3º día.

Plazo para publicar respuestas a las consultas

Hasta las 17:00 del 6º día.

En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 100, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días hábiles administrativos;

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación.

Fecha de Cierre para presentar Ofertas

Hasta las 17:00 del día 10º día.

Fecha de Apertura de ofertas

Desde las 17:01 del 10º día.

Fecha de Adjudicación

Hasta el 15º día.

Plazo para Firma de Contrato

Hasta el 20º día.


Los plazos señalados precedentemente, serán de días corridos; sin perjuicio de ello, el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. En caso de que cualquiera de los otros plazos venza en un día inhábil, entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.

4. Consultas y aclaraciones

4.1. Recepción de consultas y aclaraciones:

a.      Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.

b.     Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación.

c.   Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma.

4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones:

Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.


Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes.


A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

5. Presentación de las Ofertas

5.1. Perfil del oferente:

El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas.


5.2. Cumplimiento de las condiciones administrativas:

El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.


Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases.


Los proponentes podrán presentar más de una oferta, en cuyo caso cada una será evaluada separadamente. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas así en el Portal Mercado Público.


Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:


    Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.

    Las modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.

    Consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.

    La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.

    La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.

    El contrato respectivo, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba.

    La o las Órdenes de Compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.

Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus Anexos.

5.3. Recepción de las propuestas:

Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación, a través del Portal Mercado Público.


Sólo se recibirán las ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62, del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, junto al lugar de presentación de las propuestas. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.


5.4. Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta:

El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del Portal www.mercadopublico.cl el Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (Persona Natural), 1-B (Persona Jurídica) o 1- C (Unión Temporal de Proveedores) de estas bases, según corresponda.

En el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente el Anexo N°2 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible.

Dicho anexo debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.


5.5. Ingreso de la oferta técnica al portal Mercado Público:

El Oferente deberá ingresar su oferta técnica al portal www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del servicio ofrecido de conformidad a los requerimientos que se establecen en el Anexo N° 3, debiendo cumplir además con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas.


Adicionalmente, para los servicios SaaS, PaaS, BaaS y FaaS, el proveedor deberá adjuntar una propuesta funcional de la solución. Dichas soluciones deberán cumplir con todos los requisitos técnicos mínimos señalados en la tabla del Anexo N° 5.

En el caso de ofrecer un proveedor Cloud distinto, la oferta deberá incluir la migración e instalación de toda la infraestructura actual (en AWS) en el nuevo proveedor Cloud.

Para ello los oferentes deberán adjuntar un plan de trabajo y migración con una Carta Gantt, que incluya el detalle de las Horas Hombre y tareas para ejecutar la migración y cuya ejecución no podrá superar los dos meses de duración, contados desde el inicio de la vigencia del contrato. De no adjuntar este plan de migración y su Carta Gantt, la oferta técnica será declarada inadmisible.


5.6. Ingreso de la oferta económica en el Portal Mercado Público:

El Ministerio informa que el monto máximo disponible para esta licitación es de $21.600.000.- (veintiún millones seiscientos mil pesos) impuestos incluidos. Toda oferta por un monto superior al indicado será declarada inadmisible.


La oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo N° 4 de estas Bases. La Oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.


El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del portal www.mercadopublico.cl, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.


5.7.- Garantía de Seriedad de la oferta:

El oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, a $1.080.000.- (un millón ochenta mil pesos). La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en calle Moneda N° 1.160, entre piso, comuna de Santiago, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique.


Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se deberá(n) presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo para ofertar.


Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando el respectivo proceso de compra.


Estos documentos no deberán contener cláusulas de arbitraje, ni requerir trámite alguno para su cobro; y en caso de que, la emisión de este documento demande gasto, éste será de cargo exclusivo del oferente.


En caso de que, el proponente no entregue garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que no cumple con dicha caución, declarándose su oferta como inadmisible.

a.  Características de la garantía: deberá señalar expresamente el nombre del beneficiario, Rol Único Tributario del beneficiario, monto, fecha de vencimiento y glosa. En aquellos casos que, la garantía no permita la inclusión de esta información, deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del proponente.

Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Rol Único Tributario beneficiario: 60.100.003-2

Monto: $1.080.000.- (un millón ochenta mil pesos).

Fecha de vencimiento: La garantía deberá tener una vigencia mínima desde la presentación de la oferta hasta al menos 60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas.

Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta del servicio denominado “Para garantizar la seriedad de la oferta del servicio Cloud Computing para el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno”.

Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.

b.  Forma y oportunidad de restitución: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la Oficina de Partes del Ministerio.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección del Ministerio recién aludida.

El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira la garantía.


El Ministerio podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cualquiera de los siguientes casos:

1.  Si el oferente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante la vigencia de ésta.

2.  Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.

3.  Si el proponente no diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación a no tener contacto con el Ministerio para efectos de la presente licitación, salvo aquellas instancias establecidas en las presentes bases de licitación.

4.  Si el adjudicatario no cumple con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases Administrativas, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio.

5.  Si el adjudicatario no entrega toda la documentación necesaria y requerida en las presentes Bases Administrativas, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio.

6.  Si el adjudicatario no suscribe el contrato, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio, por un hecho imputable a él.

7.  Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad, donde el proponente incida en la validez de la oferta.

8.  Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado.


5.8. Vigencia de la oferta:

La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el Portal Mercado Público.


6. Apertura y evaluación de las ofertas

6.1. Apertura de las ofertas:

La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio.


Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndose copia de las mismas e informando sobre las propuestas que hayan acompañado, en tiempo y forma, y la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes Bases Administrativas.


6.2. Aclaración y complementación de antecedentes:

Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del Portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contado desde la solicitud realizada por el Ministerio.


Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.


6.3. Contactos:

El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones u otro expresamente previsto en estas bases.


6.4. Comisión Evaluadora:  

La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por las siguientes personas:


  • Carlos Herrera Cazanga, colaborador del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno.
  • Mariel Pineda Soto, colaboradora del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno.
  • Natalia Rojas Vicuña, funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna.  
  • Jorge Romero Vargas, funcionario de la División de Administración General.
  • Solange Godoy Carrera, funcionaria de la División de Administración General.


En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen mediante correo electrónico a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio.


El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios (as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición.


Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo.


Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación.


La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación el cual deberá contener la siguiente información:

a)       Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello.

b)      Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.

c)       Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.


6.5. Puntajes:

La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando todos los criterios de evaluación.

ETAPA

CRITERIOS

PONDERACIÓN

ETAPA TÉCNICA

TÉCNICO:

CERTIFICADOS

15

ADMINISTRATIVO:

COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR

Este criterio se aplica al final de la evaluación, y se resta puntaje a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

10

ETAPA ECONÓMICA

ECONÓMICO:

PRECIO

75

Al finalizar la evaluación, se sumarán los puntajes ponderados, y se adjudicará de conformidad a lo señalado en la cláusula 9.8 de estas bases de licitación.

6.5.1. CERTIFICACIONES

Este criterio tiene un puntaje máximo de 15 puntos, para verificar lo anterior, el oferente declarará afirmativamente o no en el Anexo N°2, acompañando una copia escaneada de la respectiva certificación vigente, cuando corresponda.

Certificaciones requeridas

Puntaje

El proveedor Cloud (AWS o equivalente) tiene vigente la certificación ISO 27001 o ISO 27002. Debe entregar documentación o certificado del proveedor Cloud.

3

El proveedor Cloud (AWS o equivalente) tiene vigente la certificación Tier III del Uptime Institute o equivalente. Debe entregar documentación o certificado del proveedor Cloud.

3

El proveedor Cloud (AWS o equivalente) mantiene vigente informes SOC 1, 2 y 3 realizados por auditores independientes. Debe entregar documentación o certificados del proveedor Cloud.

3

El oferente cuenta con al menos un profesional dentro de su planta con contrato vigente a la fecha de la entrega de la oferta con la siguiente acreditación: AWS Certified Solutions Architect – Professional (o equivalente para otro proveedor Cloud). Debe entregar certificado emitido por el proveedor Cloud.

3

El oferente cuenta con al menos un profesional dentro de su planta con un contrato vigente a la fecha de la entrega de la oferta con la siguiente acreditación: AWS Certified DevOps Engineer – Professional (o equivalente para otro proveedor Cloud). Debe entregar certificado emitido por el proveedor Cloud.

3

La declaración afirmativa (SÍ), demostrada, recibirá el total del puntaje para la respectiva certificación.


La declaración negativa (NO) o la omisión de la respuesta recibe 0 puntos para la respectiva certificación.

Los puntajes obtenidos se sumarán para determinar el puntaje de este criterio de evaluación.

6.5.2         COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR

Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, durante los últimos 2 años antes del momento del cierre de presentación de ofertas. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Sólo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado.

El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de sanciones recibidas por parte de la entidad licitante:

Sanción

Perdida de puntaje por sanción

Término anticipado de contrato

- 20

Cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato

-10

A modo de ejemplo:

Un proveedor ha recibido 2 sanciones de cobro de garantía por parte de la Entidad licitante, el puntaje que recibe en este criterio es:

(2 x -10 puntos) = -20 puntos

Este puntaje se restará del puntaje total ponderado de la propuesta.

Se deja expresa constancia que para UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos los integrantes señalados.

6.5.3         CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos en el punto número 5 “Presentación de las Ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de 10 puntos asignados al criterio.

Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el numeral 6.2., resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 5 puntos.

Por último, si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en el numeral 6.2., obtendrá 0 puntos en este criterio.

 

6.5.4.       ECONÓMICO

El oferente deberá completar el Anexo N° 3 según las instrucciones que allí se indican. El oferente que obtenga mayor puntaje será aquel oferente que para el presupuesto total de $21.600.000.- ponga a disposición la mayor cantidad de créditos (presupuesto) a ser utilizados en servicios IaaS, PaaS, CaaS, BaaS y FaaS.

La evaluación de las ofertas económicas se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:


POE: (75) x (CCE/CCO)

Dónde:

POE:      Puntaje de la oferta económica en evaluación.

CCO:      Cantidad mayor de créditos ofertada a ser utilizados en servicios IaaS, PaaS, CaaS, BaaS y FaaS.

CCE:       Cantidad de créditos a ser utilizados en servicios IaaS, PaaS, CaaS, BaaS y FaaS de la oferta en evaluación.

6.6     Mecanismo de Resolución de empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje total, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), con los criterios que resulten aplicables:

  1. ECONÓMICO
  2. CERTIFICACIONES
  3. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
  4. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl

6.7. Coordinación de procesos de compra:

La División de Administración General del Ministerio servirá de instancia de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.


7. Adjudicación

7.1. Selección de la oferta más conveniente:

El Ministerio adjudicará la presente licitación a un solo proponente. Será seleccionada aquella propuesta que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo a lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.


El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.


En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, el Ministerio informará en el portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En caso de que se señale un nuevo plazo para la adjudicación, el plazo para la entrega de la documentación para contratar y suscribir el contrato se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación.


En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público.


7.2. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación:

El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases, ya sea en uno o más actos específicos.


Además, se declararán inadmisibles las ofertas que incurran en alguna (s) de las siguientes hipótesis:

  1. El Ministerio declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
  2. La oferta será declarada inadmisible en caso de no adjuntar la presentación funcional de la solución para los servicios SaaS, PaaS, BaaS y FaaS en los términos requeridos en el numeral 5.5. de las bases administrativas.
  3. Los servicios detallados en el Anexo N° 5 serán considerados como requisitos técnicos mínimos obligatorios, de modo que, la oferta que no reúna alguno de ellos será declarada inadmisible.
  4. En el caso de licitar un Cloud distinto a AWS, deberá presentar el consumo equivalente por estos mismos servicios. En el caso que el costo equivalente sea superior en un 20% al consumo proyectado referencial, la oferta técnica será declarada inadmisible.
  5. En el caso que el proveedor de Cloud no posea un equivalente para uno de los servicios ya individualizados, entonces ese Cloud no se considerará como equivalente a AWS y su oferta técnica será invalida y será declarada inadmisible.
  6. En el caso de ofrecer un proveedor Cloud distinto, la oferta deberá incluir la migración e instalación de toda la infraestructura actual (en AWS) en el nuevo proveedor Cloud. Para ello deberá adjuntar un plan de trabajo y migración con una Carta Gantt, que incluya el detalle de las Horas Hombre y tareas para ejecutar la migración y cuya ejecución no podrá superar los dos meses de duración, contados desde el inicio de la vigencia del contrato. De no adjuntar este plan de migración y su Carta Gantt, la oferta técnica será declarada inadmisible.


Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.

7.3.- Readjudicación:

El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo al Acta de Evaluación informada en el portal www.mercadopublico.cl y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando se produzcan alguna de las siguientes situaciones:


a)  Si el adjudicatario se desiste de su oferta.

b) Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación.

c)  Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en el cronograma de licitación por causas atribuibles al adjudicatario.

d) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases.

e) En caso que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado.

f)   En caso que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación.

g)  Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado.

h) Otra causal que se considere en las presentes bases de licitación.

8. Condiciones previas para la Suscripción del Contrato

8.1.- Inscripción en el registro de proveedores:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción que de cuenta que se encuentra en estado hábil.


Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para contratar), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado.


Para el caso de que, el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de los integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público.


8.2.- Documentación: repetido allí arriba

A fin de elaborar y suscribir el contrato correspondiente, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma.

a)         Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente.

b)        Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales.

Adicionalmente, el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma:

 

a)            Persona jurídica nacional (incluidas empresas individuales de responsabilidad limitada):

a.1.        Sociedades:                        

-        Copia de escritura pública de constitución y de la última modificación, si la hubiere; las publicaciones de los extractos correspondientes en el Diario Oficial e inscripciones en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades creado por la Ley N° 20.659, cuando corresponda.

-        Copia de la escritura pública o documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos.

-        Certificado de vigencia de la sociedad, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.

-        Certificado de vigencia de la personería del representante legal, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.

-        Cédula identidad del representante legal.

-        RUT de la sociedad.

a.2. Fundaciones o corporaciones:

-        Copia de estatutos, reducidos a escritura pública, o inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, cuando corresponda.

-        Copia del Decreto que otorga personalidad jurídica, cuando corresponda.

-        Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda.

-        Copia del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial o certificación del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, según corresponda.

-        Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.

-        Documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos.

-        Cédula de identidad del representante legal.

-        RUT de la sociedad, fundación o corporación.

b)           Persona jurídica extranjera:

-        Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

-        Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera,  documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes Bases.

-        Deberá designar un domicilio en Chile.

-        Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.

-        RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile.


c)   Unión Temporal de Proveedores

-       Copia de la escritura donde conste la Unión Temporal.

d) Persona natural:

-        Iniciación de actividades o presentación de las tres últimas declaraciones de I.V.A., al Servicio de Impuestos Internos.

-        Fotocopia cédula nacional de identidad.


Si el adjudicado no entregara la documentación dentro del plazo indicado, se le formularan reparos a algún documento entregado, o no acompañara comprobante o certificado de su inscripción en Chile Proveedores, el Ministerio otorgará por escrito un plazo adicional de tres (3) días hábiles para completar la documentación, subsanar las observaciones y/o efectuar su inscripción en Chile Proveedores y acompañar comprobante o certificado de la misma o los documentos señalados precedentemente. Si transcurrido este plazo, el adjudicado no hace entrega de los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado, y/o no se inscribe en el Registro de Proveedores o no acompaña comprobante o certificado de dicha inscripción, se dejará sin efecto la adjudicación, y se seleccionará a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación.

9. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato

Una vez notificado el adjudicado, deberá presentar, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal antes señalada, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con una vigencia, que debe extenderse desde la fecha de su entrega hasta 90 días corridos posteriores al término del contrato.


La caución deberá cumplir los siguientes requisitos:

a)    Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

b)    Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación.

c)    Irrevocable.

d)    Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia e incluir la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: Servicio de Cloud Computing para el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario.”

La caución podrá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos o en otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto de equivalente al 10% del valor contratado.


En el caso que el adjudicatario decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las cláusulas particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al contratista por incumplimiento de las obligaciones del contrato.


Dicha garantía caucionará, además, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario en caso de que, a la fecha de pago, ellas se encuentren adeudadas por el proveedor.


En caso de que el contrato se amplíe la garantía deberá igualmente ampliarse o renovarse, con una vigencia mínima desde la fecha de su emisión o presentación hasta 90 días corridos posteriores al término de la prórroga del plazo si correspondiere. Asimismo, en caso de ampliación o disminución de contrato afecte al monto máximo a contratar, el contratista deberá adecuar el monto de la garantía al valor del contrato.


En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro del plazo de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.


Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.

En caso de que el contratista no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el número 3 de las bases administrativas, el Ministerio podrá  dejar sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente, que según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, si su oferta resulta conveniente para los intereses del Ministerio, y así sucesivamente; o bien, declarará desierta la licitación, según corresponda.


9.1.- Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación.


Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.


10. Del Contrato

10.1.- Aprobación del contrato:

El contrato que el Ministerio suscriba con el adjudicado deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado.


10.2.- Vigencia del contrato:

El contrato que las partes suscriban entrará en vigencia a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, y se extenderá durante 24 meses, o hasta el consumo total del presupuesto disponible, lo que ocurra primero.

10.3.- Subcontratación:

Sólo se permite la subcontratación de la componente de infraestructura para los servicios FaaS, BaaS y SaaS, siendo el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases. Para servicios PaaS, está estrictamente prohibido subcontratar infraestructura cuando esta es el objeto principal de la contratación.


En todos los casos está prohibido subcontratar la infraestructura para los servicios CaaS e IaaS.

En todos los casos es el adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.


10.4.- Modificación del contrato:

El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales:

a)            Por mutuo acuerdo de las partes.

b)           Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.


Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante su ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo.


Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio del contrato, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido si correspondiese, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.


Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del portal www.mercadopublico.cl.


10.5.- Sanciones por incumplimiento:  

El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra por incumplimientos en la prestación de los servicios, de conformidad con las presentes bases.

Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil administrativo de atraso y se calcularán con un 1% del valor neto mensual del contrato, contados desde la fecha de puesta en marcha del servicio, con un tope de 10 días hábiles administrativos.

Asimismo, se aplicarán multas por incumplimiento de los niveles de servicio, considerando factores como tiempo de indisponibilidad, tiempo de respuesta o de solución, número de incidentes o por cada evento, según lo dispuesto en el Anexo N°6 de las presentes bases.

Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total del contrato. En caso de que se supere el 20%, se configurará una causal de término anticipado del contrato.

Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.

Cuando las multas se fijen en una unidad financiera distinta, el monto en moneda nacional será determinado al momento de dictar la resolución que aplica la multa.

Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Ministerio de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

10.6.         Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Al adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, siempre que los incumplimientos sean imputables al proveedor, en los siguientes casos:

-          No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases y/o el respectivo contrato.

-          Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el Contrato.

-          Cualquier otro incumplimiento acreditable e imputable al proveedor respecto de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, que no esté expresamente sancionado con multa o con término anticipado del contrato.


10.7.         Término anticipado:

El Ministerio estará facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5) Si se disuelve la sociedad.

6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.

c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

7) En caso de que el incumplimiento por atraso en la puesta en marcha supere los 10 días hábiles administrativos.

8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20% del valor total contratado.

9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

10) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a.            Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b.            De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c.            Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d.            Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

  1. Disolución de la UTP.

11) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la cláusula 9 de las bases administrativas.

12) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula 10.3 sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”

13) Por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, de conformidad con el numeral 3 de las bases técnicas y el Anexo N°6.

14) Por alguna de las causales previstas en el artículo 13 de la ley N°19.886 y en el artículo 77 de su Reglamento.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior no será aplicable a la causal del numeral 3), precedente.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 10.8 siguiente.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.

10.8.         Procedimiento de aplicación de sanciones:

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, el Ministerio deberá notificar de ello al Contratista acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.

La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Contratista señale en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva.

Una vez notificado, el Contratista tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaria, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.


Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Ejecutor en los mismos casos.

Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.


En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.

En caso de que ello no sea posible, el Ministerio procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.


La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.


10.9.          Del pago:

El Ministerio procederá a efectuar el pago en 24 cuotas o hasta que se consuma el presupuesto disponible, lo que ocurra primero, contra consumo de cualquiera de los siguientes servicios (considerados individual o conjuntamente): IaaS, PaaS, SaaS, CaaS, BaaS y FaaS.


Para iniciar el procedimiento de pago, el Contratista emitirá el respectivo documento tributario en adelante o indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la Orden de Compra respectiva dentro del campo N°801 (dispuesto para ingresar el número de la orden de compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónicos. Luego, la empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado.


Posteriormente la empresa deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguna de las tres circunstancias anteriores.


En caso de que se rechace el DTE, la empresa deberá contactarse con la Contraparte Técnica designada por el Ministerio, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación.


El Ministerio podrá efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura, a la cual deberá adjuntarse el correspondiente certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.


Los pagos se realizarán contra la entrega y emisión del certificado de prestación conforme de los servicios elaborado por la Contraparte Técnica del Ministerio. La Contraparte Técnica en todo caso no podrá dar su conformidad sino tras la revisión de los respectivos informes entregados por el Contratista y que se asocian a los hitos de pago. Adicionalmente será condición indispensable que el Contratista haya aceptado la Orden de Compra que se emita por el Ministerio.


Es importante señalar que, el Certificado de Conformidad, deberá ser remitido con toda la documentación de respaldo al Área de Bienes y Servicios de la División de Administración General, quienes a su vez revisarán la documentación y en conformidad autorizarán el contacto con el proveedor para la emisión de la factura al proveedor; iniciándose el proceso de pago señalado en los párrafos precedentes.


Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo el Contratista registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el Contratista deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

10.10.     Gastos e Impuestos

Todos los gastos e impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.


10.11.      Confidencialidad de la información o política de privacidad:

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Ministerio el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Ministerio entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

Las obligaciones de confidencialidad señaladas pueden encontrar excepciones en su sentido y alcance cuando aplique el principio de transparencia de la función pública dispuesto en la ley N°20.285 de Acceso a la Información Pública.

10.12.     Propiedad de la Información

El Ministerio será titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado, siempre y cuando se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación para el respectivo contrato.

El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita del Ministerio. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos. 

Traspaso de cuentas dentro de un mismo proveedor de servicios Cloud

El Ministerio conserva el control y la propiedad de sus datos y pueden realizar el traslado de los mismos fuera de la nube en cualquier momento.

 

El Proveedor de servicios Cloud (CSP) debe contar con servicios y herramientas de la nube que podrán ser utilizados por el Ministerio para ayudar a mover los datos dentro o fuera de la nube.

 

El Ministerio tendrá la potestad de trasladar sus cuentas a un nuevo proveedor, para lo cual los CSP dispondrán de un instrumento que permita transferir la propiedad de las cuentas del proveedor actual al nuevo proveedor (o directamente al Ministerio si existe un acuerdo entre la nube y el Ministerio).

 

En virtud de lo anterior el Proveedor tiene la obligación de realizar el traslado de las cuentas del Ministerio cuando esta así lo requiera.

10.13.      Seguridad de la información:

El contrato que se celebre en el marco de esta licitación, entregará al proveedor adjudicado acceso a información del Ministerio y/o sus sistemas, en consecuencia, es obligación del adjudicatario resguardar debidamente esta información y cumplir las demás consideraciones que se establecen en esta cláusula.


El adjudicatario reconoce que es el único responsable por la confidencialidad y seguridad de la Información del Ministerio que posee, custodia o controla, por lo cual el adjudicatario será el responsable de tomar las medidas apropiadas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, asegurando la confidencialidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la Información del Ministerio que posee.


Asimismo, el adjudicatario deberá implementar y mantener un programa de seguridad que cumpla con los requisitos de seguridad y privacidad y que incorpore las mejores prácticas de la industria. El programa de seguridad del adjudicatario deberá incluir las medidas apropiadas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, asegurará la confidencialidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la Información de la entidad licitante y sus sistemas e incluirá por lo menos las siguientes medidas de seguridad:

1.            Controles adecuados para la autentificación de usuarios, incluyendo métodos seguros para asignar, seleccionar y almacenar el acceso de credenciales, limitar el acceso sólo a los usuarios activos y bloquear el acceso después de un número intentos de accesos fallidos acorde a las buenas prácticas de seguridad definidos de la industria detallados en los requisitos de seguridad y privacidad.

2.            Controles de acceso seguro, incluyendo aquellos que limiten el acceso a la Información del Ministerio a usuarios que tengan una razón fidedigna y demostrable de negocios para acceder a dicha información, respaldados mediante políticas, protocolos y controles apropiados que faciliten la autorización, establecimiento, modificación y eliminación de los accesos.

3.            Ajustes apropiados y oportunos, los cuales se deben basar en: el riesgo periódico de valoraciones; evaluaciones exhaustivas y frecuentes (tales como las valoraciones efectuadas a terceros) del Programa de Seguridad del Proveedor; monitoreo y pruebas frecuentes de la efectividad de medidas de seguridad; y revisión de dichas medidas de seguridad con una frecuencia mínima de un año, o cada vez que se presente un cambio sustancial en el ambiente técnico del Proveedor o en las prácticas del negocio que pudieran comprometer  la confidencialidad, disponibilidad, integridad o seguridad de los sistemas informáticos del Proveedor.

4.            Programas de sensibilización y capacitación continua y apropiada de los trabajadores y demás personal que actué en nombre y representación del adjudicatario para asegurar que se apeguen a las políticas, procedimientos y protocolos del Programa de Seguridad.

5.            Monitoreo de los sistemas diseñados para garantizar la integridad de la información y prevenir la pérdida o acceso no autorizado a, o la adquisición, utilización y divulgación de la Información de la entidad licitante. 

6.            Medidas técnicas de seguridad, incluyendo la protección de firewalls y antivirus, administración de parches de seguridad, registro de accesos a, utilización o divulgación de la Información de la entidad licitante, detección de intrusiones y cifrado de los datos estáticos y en tránsito.

7.            Medidas de seguridad en unidades físicas, incluyendo controles de accesos diseñados para restringir acceso a la Información de entidad licitante para los individuos que se describen en el numeral segundo de la presente cláusula.

8.            Segmentación lógica de la Información de entidad licitante de los datos que pertenezcan a otros clientes.


El Proveedor deberá ejercer la supervisión necesaria y apropiada sobre sus empleados y sobre cualquier otro personal que actúe en su representación para mantener la confidencialidad, integridad, disponibilidad y seguridad de la Información del Ministerio.

Por otro lado, el Proveedor deberá cumplir con todos los Requisitos de Seguridad de la Información y Privacidad aplicables.


El Proveedor deberá mantener un nivel de certificaciones o evaluaciones de seguridad que sea consistente con las mejores prácticas, y que se lleve a cabo mediante terceros que a juicio del Ministerio estén calificados. A solicitud del Ministerio, dichos certificaciones deberán ser entregadas. 


10.14.      Portabilidad y transferencia de datos

La Información del Ministerio que se clasifique como reservada o confidencial no deberá almacenarse o transportarse en laptops ni en cualquier otro tipo de dispositivo móvil, ni en medios de almacenamiento extraíbles, incluyendo: USB, memorias portátiles, DVDs o CDs, a menos que dichos dispositivos se cifren utilizando una metodología de cifrado que se apruebe por escrito por el Área de Seguridad de la Información de la entidad licitante, o el área equivalente según su organización interna.

Todas las transferencias de datos electrónicos de la Información de la entidad licitante que se clasifiquen como reservada o confidencial se deberán realizar a través de FTP seguro u otro protocolo o metodología de cifrado que se apruebe por escrito por el área de Seguridad de la Información de entidad licitante.

Cualquier transferencia o eliminación física de la Información de la entidad licitante que se encuentre en las unidades de la entidad licitante o del adjudicatario y que se clasifique como reservada o confidencial deberá llevarse a cabo únicamente de acuerdo con los controles que se desarrollen o aprueben por escrito por el Área de Seguridad de la Información de la entidad licitante, o el área equivalente según su organización interna.

Cualquier acuerdo de servicio con terceros que presten servicios de Hosting o Cloud que el proveedor use o en el futuro utilice para proveer servicios a la entidad licitante, será un servicio de tercero que está sujeto a los lineamientos de la cláusula de seguridad de la información y la presente cláusula. Cualquier acuerdo de servicio con empresas que subcontraten, de Hosting o Cloud, que sea confiada su ejecución a un proveedor previo a la ejecución del acuerdo, está sujeto a la presente clausula. Cualquier acuerdo de servicio con empresas que subcontraten de Hosting o Cloud que el proveedor proponga incluir en la siguiente ejecución del contrato está sujeto a la presente cláusula.

El adjudicatario podrá transferir, divulgar, o proporcionar acceso de otro tipo a la Información del Ministerio únicamente a las siguientes partes:

  1. Cualquier empresa subcontratista o agente que el proveedor haya contactado previo a la firma del Contrato, siempre que:  (i) El subcontratista o agente mantenga un programa de seguridad informática substancialmente equivalente al Programa de Seguridad de la Información que se le requiere al Proveedor en la presente cláusula; (ii) El Proveedor haya celebrado un contrato con el subcontratista o agente, en términos similares a los previstos en la presente cláusula; y (iii) El subcontratista o agente tenga una necesidad de negocios genuina y demostrable para conocer la Información de la a la entidad licitante a la cual se le otorgará acceso.
  2. Cualquier subcontratista o agente que contacte el proveedor con posterioridad a la fecha de firma del contrato siempre que: (i) Se le permita a la entidad licitante a su discreción llevar a cabo una revisión de seguridad de la información para evaluar el acuerdo del proveedor con el subcontratista o agente, así como una revisión de los controles de seguridad que éstos han implementado; (ii) El subcontratista o agente mantenga un programa de seguridad de la información substancialmente equivalente al programa de seguridad que se le requiere al adjudicatario; (iii) El Proveedor haya celebrado un contrato con el subcontratista agente en términos similares a los previstos en las respectivas cláusulas de estas bases y que preserve los derechos originales de la entidad licitante, para tanto la entidad licitante como el proveedor de acuerdo a la estipulado en la presente clausula (iv) El subcontratista o agente tenga una necesidad de conocimiento genuina y demostrable para toda la Información del Ministerio a la cual se le proporcionará acceso; y (v) el Ministerio proporcione una autorización previa por escrito al Proveedor que permita compartir información, su transferencia, divulgación o acceso.

Cualquier otra parte que no constituya un agente, requerirá únicamente una notificación previa por escrito y con una autorización previa y por escrito del Ministerio. 

Las transferencias que se lleguen a efectuar a las partes anteriormente descritas, no podrán ser bajo finalidades distintas a las que se otorgaron al adjudicatario.

Los incumplimientos del Proveedor en cualquiera de los aspectos indicados en la presente cláusula constituirán una vulneración a este contrato.

En caso de que el Proveedor reciba un requerimiento de alguna autoridad, o tribunal que solicite cualquier tipo de Información del Ministerio, el adjudicatario deberá dar aviso de forma inmediata a la entidad licitante para que tenga opción de ejercer su derecho de defensa. El adjudicatario deberá cooperar razonablemente con la entidad licitante en dicha defensa.

El adjudicatario deberá dar aviso de forma inmediata al Ministerio en caso que reciba: 

  1. Solicitudes de individuos relacionadas con la Información de la entidad licitante, incluyéndose aquellas para acceder o rectificar datos personales; o 

  1. Quejas de cualquier tipo provenientes de individuos, relacionadas con las materias de privacidad, confidencialidad o seguridad de la Información del Ministerio. El adjudicatario no deberá responder ninguna de estas solicitudes o quejas sin contar con una aprobación previa y por escrito de la entidad licitante.

A menos que el Ministerio proporcione una autorización previa y por escrito, el adjudicatario no deberá usar, acceder, divulgar, reconfigurar, reidentificar o agregar Información del Ministerio, ni permitir ninguna acción relacionada con lo anterior, a no ser que esta sea necesaria para la prestación de los servicios de conformidad con el contrato, para el cumplimiento de las obligaciones del mismo o el de las leyes aplicables.

10.15.      Evaluación y revisión de seguridad de la información

El área de Seguridad de la Información del Ministerio, o el área equivalente según su organización interna, deberá llevar a cabo una Revisión de Seguridad cuando el Ministerio lo considere razonablemente necesario:

Conforme a ello, y a solicitud del Ministerio, el Proveedor deberá proporcionar las copias de sus políticas de seguridad y privacidad, así como toda la documentación necesaria en términos de seguridad y privacidad cuando el Ministerio lo determine, así como los procedimientos aplicables a la Información de la entidad licitante. Asimismo, el adjudicatario, a solicitud del Ministerio, también podrá emitir respuestas por escrito a las preguntas relacionadas con las prácticas de seguridad de la información y privacidad que le sean aplicables a la Información del Ministerio. El proveedor deberá emitir respuestas escritas dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud del Ministerio.

El Proveedor deberá proporcionar al Área de Seguridad de la Información del Ministerio, o el área equivalente según su organización interna, la oportunidad de llevar a cabo una evaluación de seguridad y privacidad del Programa, de los sistemas y los procedimientos del mismo. El personal de la entidad licitante, o los terceros que el Ministerio contrate, deberá llevar a cabo dicha valoración in-situ[1], o bien, se deberá realizar mediante encuestas y entrevistas a discreción del Ministerio:

  1. Dicha evaluación se llevará a cabo de forma anual o cuando el Ministerio determine que sea necesario durante el transcurso del año.
  2. En caso de que exista algún Incidente de Datos, se realizará de forma inmediata y la frecuencia posterior de revisión será mayor a la establecida en el punto anterior.

Cuando vaya a realizarse una evaluación in-situ, el Ministerio deberá dar aviso al Proveedor con al menos de 15 días hábiles previos a dicha evaluación, con excepción que exista un Incidente de Datos, o en el caso que el Ministerio tuviera alguna base razonable para pensar que el Proveedor pudiese no cumplir con los puntos de la presente cláusula, en cuyo caso dicho aviso no será mayor a 48 horas. 

El proveedor deberá notificar oportunamente por escrito a la entidad licitante de cualquier hallazgo, evaluación o revisión de seguridad que puedan impactar adversamente la información de la entidad licitante o los sistemas del Ministerio, realizadas por el proveedor o por un tercero; incluyendo, auditorías, evaluaciones de vulnerabilidad, revisión de códigos y análisis de penetración. El proveedor mantendrá informado oportunamente a la entidad licitante de sus esfuerzos de remediación.

10.16.     Entrega segura o eliminación y terminación de accesos

El Proveedor deberá regresar o eliminar la Información del Ministerio que posea, custodie o controle: 

-            En caso de que el Ministerio ya no la requiera para propósitos del servicio, o bien, cuando concluya el Contrato, lo que suceda después;

-            O cuando el Ministerio así lo indique, lo cual podrá suceder en cualquier momento.

No obstante, lo anterior, el Proveedor podrá conservar: 

-            La Información del Ministerio por un periodo de tiempo más amplio, en caso de que sea necesario su conservación para dar cumplimiento a algunas de sus obligaciones contractuales, se realice para cumplir con el programa de administración de registros enteramente implementado y documentado del Proveedor, y se limite a la mínima cantidad y al periodo mínimo de retención de la Información del Ministerio que se requiere para cumplir dichas obligaciones;

-             Los medios de respaldo que contengan la Información del Ministerio por tanto tiempo como lo permita el programa de administración de registros completamente implementado y documentado del Proveedor, cuya retención no podrá ser indefinida y no deberá exceder los estándares de la industria.

Cualquier eliminación de la Información del Ministerio deberá garantizar que dicha información quede permanentemente ilegible e irrecuperable.

En la medida que el Proveedor tenga acceso o contacto con los sistemas de la entidad licitante, deberá garantizar que dicho acceso cesará en la fecha de terminación del Contrato.

Mediante aviso razonable y a solicitud del Ministerio, el Proveedor deberá proporcionarle las certificaciones de un órgano externo que dé fe del cumplimiento del Proveedor de las cláusulas de Seguridad de la información y Entrega segura o eliminación y terminación de accesos.

10.17.     Tratamiento de datos personales por mandato

En caso de que el Ministerio, dentro de su competencia legal y respetando la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de aquél, se deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos.

En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue el Ministerio y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros. Finalmente, si fuera el caso, y salvo que se trate de un caso expresamente autorizado por la ley, para acceder a datos sensibles se requiere contar con el consentimiento del titular de los mismos.

10.18.     Propiedad intelectual del software

Cuando sea aplicable al iniciar sus prestaciones, el adjudicatario deberá informar a la contraparte del órgano comprador respecto del software sobre el cual el adjudicatario tiene derechos de propiedad intelectual, sea como autor o a través de licenciamiento, y que será utilizado durante la ejecución del contrato.

La propiedad intelectual del software o cualquier otro derecho de terceros que se pueda involucrar en la ejecución del contrato, estará regida por los respectivos acuerdos de derechos que tenga el proveedor y/o la entidad licitante.

10.19.     Acceso a sistemas

En caso de que el personal del proveedor adjudicatario requiera acceso a los sistemas del Ministerio para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través de su coordinador del contrato a la contraparte del órgano comprador, el nombre y RUT de las personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha y lugar, y el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá.

Solo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte del órgano contratante, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización.

Si el personal del proveedor que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán individualizarse previamente.


10.20.     Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

El Ministerio podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas, dentro del marco de lo permitido por la regulación nacional o internacional que sea aplicable.

En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.

El Ministerio deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

10.21.     Normas laborales

El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

El Ministerio se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el Ministerio.

10.22.     Continuidad del personal para los servicios adicionales de desarrollo y consultoría

El Ministerio exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato se mantenga asignado personal idóneo, competente y calificado que permita continuidad en la prestación de cada servicio.

De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo durante la vigencia del contrato, el Ministerio podrá solicitar al adjudicatario, con expresión de causa, a través de su contraparte, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio y de acuerdo con lo establecido en este artículo.

Si por algún motivo ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor deberá proponer oportunamente el cambio en la nómina de personal.

Para el cambio de personal deberán considerarse, a lo menos, los siguientes elementos:

a)         La criticidad del proyecto y de la etapa del mismo en la que esté involucrado el personal.

b)        El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos y competencias que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.

Si no se cumple con el punto b) anterior, el Ministerio podrá rechazar el cambio de personal hasta que se cumpla con lo requerido. En caso de rechazo, el adjudicatario podrá proponer a otras personas, hasta que sea aceptado por el comprador, siempre y cuando el tiempo involucrado en esta gestión no perjudique el cumplimiento de plazos del contrato. Asimismo, si el órgano comprador considera que estos cambios afectan la integridad y oportunidad del cumplimiento del contrato, podrá poner término anticipado al contrato.

El adjudicatario debe informar y entregar al Ministerio, junto con el cambio de nómina de personal, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases respecto del equipo de trabajo asignado.

10.23.     Liquidación del contrato

Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, el proveedor adjudicado deberá:

a)       Acordar un calendario de cierre con el Ministerio, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre.

b)      Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado. Este protocolo puede incluir, según el tipo de proyecto, elementos como la entrega de códigos fuente, licencias, datos, documentación, soporte técnico, parametrización de sistemas, transferencia de know how, destrucción de información de propiedad del contratante, entre otros.

c)       Si el Ministerio así lo requiere, el adjudicatario deberá prestar colaboración y participar en forma coordinada con aquélla en labores tendientes a la migración de sistemas u otras similares a un nuevo proveedor.  Lo anterior no comprende los servicios de migración que, en caso de ser requeridos deberán ser asumidos por el nuevo proveedor o acordados por separado con el adjudicatario.


10.24.     Contraparte Técnica y administrador del contrato

Contraparte Técnica:

Ejercerá la labor de contraparte técnica del contrato Carlos Herrera Cazanga, profesional del Consejo de Autoría Interna General de Gobierno (CAIGG) o quien sea designado en su reemplazo por su Jefatura. Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes:

a.  Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados.

b.  Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos.

c.  Requerir el término anticipado del contrato si corresponde.

d.  Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.

e.  Requerir modificación del contrato si corresponde.

  1. Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo.

g.  Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.

Administrador del Contrato:

Ejercerá la labor de administrador la Analista/Ejecutiva del Área de compras y contrataciones de la División de Administración General de este Ministerio Javiera Zuñiga, jzunigag@minsegpres.gob.cl, o quien su jefatura designe en su reemplazo, quien tendrá las siguientes funciones: 

a.  Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica.

b.  Aclarar y orientar respecto del desarrollo del contrato.

c.  Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.

10.25.     Coordinador del Contrato del Contratista

El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Ministerio.

En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:

1. Informar oportunamente al Ministerio de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.

10.26.     Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 i.          El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10.27.     Comportamiento ético del Adjudicatario

El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

10.28.     Auditorías

El Ministerio podrá solicitar al adjudicatario que acredite durante la ejecución del contrato el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas en su oferta y exigidas en las bases. Para ello, el adjudicatario podrá acompañar certificaciones aplicables o cualquier otra documentación pertinente y no confidencial que proceda. También podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por el Ministerio a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de dichas obligaciones contractuales y medidas de seguridad comprometidas. Para lo anterior, el Ministerio deberá coordinarse previamente con el adjudicatario respecto de la fecha y protocolos para la ejecución de la auditoría. Estas auditorías no podrán afectar los servicios provistos a otros clientes del proveedor.

La información requerida debe ser puesta a disposición de los auditores, a los efectos de su análisis y evaluación, y debe ser tratado como material confidencial y propiedad del adjudicatario.

Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las presentes bases y la normativa aplicable.



[1]El proveedor deberá dar facilidades para que el Ministerio realice la visita in-situ. Sin embargo, los costos que suponga la visita in-situ serán de cargo del Ministerio.

11. Modificación de las bases de licitación
El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.
Bases Técnicas

1. OBJETO

El Ministerio Secretaría General de la Presidencia requiere contar con el servicio Cloud Computing a fin de asegurar la operación de las distintas plataformas que el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno dispone para el uso, tratamiento y archivo de datos.

2.       SERVICIOS REQUERIDOS


Los servicios requeridos se encuentran detallados en el Anexo N°5. La oferta que no cumpla con los requerimientos técnicos allí establecidos será declarada inadmisible.


A continuación, se indican las características esenciales con que debe contar el servicio Cloud Computing requerido:

1) Autoservicio bajo demanda: El cliente puede contratar sólo los servicios que requiere y cuando los necesite, sin necesidad de mayor interacción con el Prestador de Servicios Cloud.

2) Amplio acceso a la Red: Los servicios quedan disponibles ampliamente acorde a las reglas de acceso que se definan, pudiendo generar recursos compartidos de manera sencilla (multi - tenancy).

3) Recursos Compartidos: Los recursos tecnológicos del Prestador de Servicio son agrupados para servir a múltiples clientes concurrentes, siendo asignados y reasignados de forma dinámica y bajo demanda.

4) Elasticidad: Las capacidades requeridas se pueden asignar y retirar de forma elástica y a menudo automáticamente, respondiendo de forma flexible a la demanda de recursos de los clientes.

5) Servicio medido: Se aprovecha la capacidad de medición en algún punto apropiado del servicio para permitir al cliente consumir sólo lo que necesita


  1. ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)

El adjudicatario se compromete a cumplir los niveles de servicio (SLA) que se detallan en el Anexo N°6, de las presentes bases.


Para el cálculo de dichos niveles de servicio, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del adjudicatario o que estén bajo su control en virtud del contrato. Si no es responsable del evento o el incumplimiento no le es imputable por razones de fuerza mayor o caso fortuito, deberá acreditar dicha circunstancia. Una vez acreditado esto último, el Ministerio no aplicará la multa asociada al evento específico de que se trate.


Mensualmente el Ministerio revisará el cumplimiento de los SLA, aplicándose las multas que correspondan a cada evento dentro del mes respectivo, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.5. de estas bases y el citado Anexo N°6. Esta revisión se hará sobre un sistema que el adjudicatario debe proveer, el cual permita la visualización de todos los eventos generados y los reportes mensuales de dichos eventos. Además, el adjudicatario deberá entregar mensualmente un reporte con la información de este sistema en forma consolidada.


Todos los reportes e informes mensuales, así como los estados de pago asociados deberán estar disponibles en forma permanente para el Ministerio.


La suspensión de servicios para realizar mantenciones preventivas y/o correctivas deberá ser solicitada y autorizada por el Ministerio. Esta suspensión autorizada no podrá ocurrir antes de los 5 días hábiles administrativos contados desde tal autorización. El tiempo autorizado para ella será descontado del mes respectivo para efectos del cálculo de SLA. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio podrá autorizar la suspensión en un plazo menor al señalado anteriormente, en casos debidamente calificados. La afectación de los servicios por falta o retraso en el otorgamiento de la autorización para las mantenciones preventivas y/o correctivas no será imputable el proveedor.


Los SLA podrán contemplar un periodo de prueba antes de la aplicación de estos con el objeto de realizar las respectivas adecuaciones de la infraestructura.


Los niveles de servicio serán revisados por el Ministerio en forma trimestral, con el objeto de adecuar la metodología y los instrumentos de cálculo según las necesidades de la operación. En dicho caso, se podrán actualizar los SLA, justificadamente y de común acuerdo, fijándose la fecha en que empezarán a aplicarse.

El Ministerio podrá, en forma excepcional, eximir al adjudicatario del cumplimiento de todos o algunos de los SLA por un periodo determinado y sólo por motivos de migración, puesta en marcha o cuando fundadamente se estime pertinente para la continuidad de la operación de los servicios. La activación o desactivación de los SLA deberá ser notificada por escrito al adjudicatario.


Se entenderá por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, todo aquél que impida o interrumpa, con perjuicio para el Ministerio, la continuidad operativa de las funciones de éste. Los incidentes graves hacen referencia a una falla funcional de producción global que afecte a más de una función de negocio clave.

  1. INFORME MENSUAL DE SERVICIO

El adjudicatario deberá entregar un “Informe Mensual de Servicio”. Este informe puede ser en formato digital, en línea e, incluso, ser generado automáticamente por los sistemas del proveedor.

El informe deberá describir hechos relevantes ocurridos durante la prestación de los servicios, junto con recomendaciones asociadas, correspondientes al mes finalizado y respecto de los distintos servidores o plataformas administradas.

Cada informe deberá ser entregado por el proveedor al Ministerio a más tardar el quinto día hábil administrativo de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.

Dichos informes deberán contener, a lo menos lo siguiente, según el servicio contratado:

-                      Servicios de infraestructura:

         I.       Descripción

       II.       Frecuencia

     III.       Situaciones anómalas (acciones correctivas)

    IV.       Métricas de comportamiento- Cumplimiento de SLA que se indiquen en el Anexo N°6

-                       Informe preliminar de multas del período.

-                       Productos adicionales efectivamente suministrados.