Licitación ID: 1051425-55-LP21
SUM. MAT PETREO COBQUECURA - COELEMU 5.000 M3
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 46
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Productos o servicios
1
Grava 5000 Metro Cúbico
Cod: 11111611
La Dirección de Vialidad Region de Ñuble, requiere efectuar un Contrato de Suministro de Material Pétreo puesto en plataforma para ser utilizado en recebo de calzadas, bacheo, como estabilizador en los caminos de las comunas de Cobquecura y Coelemu, cami  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUM. MAT PETREO COBQUECURA - COELEMU 5.000 M3
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Suministro de 5.000 M3 de material pétreo puesto sobre plataforma, para el recebo de caminos de las Comuna de Cobquecura y Coelemu Provincia de Itata, Región de Ñuble. La Dirección de Vialidad Region de Ñuble, requiere efectuar un Contrato de Suministro de Material Pétreo puesto en plataforma para ser utilizado en recebo de calzadas, bacheo, como estabilizador en los caminos de las comunas de Cobquecura y Coelemu, caminos de la Red Vial a cargo de Vialidad, Región de Ñuble.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - Dirección Regional Ñuble
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
LAZARETO N° 7
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-09-2021 16:00:00
Fecha de Publicación: 03-09-2021 17:06:33
Fecha inicio de preguntas: 03-09-2021 18:15:00
Fecha final de preguntas: 10-09-2021 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-09-2021 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-09-2021 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-09-2021 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-10-2021 17:13:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En este apartado, deberán ingresar todos los antecedentes solicitados como “Requisitos para participar de la Licitación”, Punto 1.4.
Documentos Técnicos
1.- • Los proveedores que participen en la presente licitación deberán cumplir con lo siguiente: 1) Para el caso de la Extracción de áridos de Cauce Natural, deberán ingresar los siguientes documentos: - Decreto Municipal (Vigente) que autoriza extracción de pozos aprobados por la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas (DOH); - Informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas (DOH); - Patente Municipal de la empresa que realiza la explotación del o los Pozos. 2) Para el caso de la Extracción de áridos de Pozos Lastreros o Canteras Particulares, deberán ingresar: • Patente Industrial del Productor de los áridos. • Patente Comercial del revendedor, si corresponde al caso. En ambos casos, para el oferente que no sea productor de los áridos, deberá presentar su patente comercial y la patente industrial del productor de áridos. • Deberán completar Formulario Nº 6: “Condiciones de Extracción de material pétreo". • Deberá presentar documentos según el caso que corresponda para dar cumplimiento a la LEY Nº 19.300 SOBRE BASES GENERALES DE MEDIO AMBIENTE Y DS Nº40/2013 SOBRE EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL, ver especificaciones técnicas. En el caso que no corresponda la aplicación de la ley 19.300 por volúmenes menores, se deberá presentar un plan de manejo de extracción de áridos como se indica en el punto 1.10.5.5.3., para dar cumplimiento a la LEY Nº 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente y DS Nº40/2013 sobre el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
 
Documentos Económicos
1.- Deberán en este apartado, subir su oferta económica en pesos chilenos, valores netos y deberá incluir los costos de flete.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Económico Puntaje económico = menor precio (neto) de las ofertas * 0,90 * 100 Precio en estudio (neto) 90%
2 Sustentable Para asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del trabajo. Este certificado debe ser obtenido dentro de los 30 días corridos anteriores a la fecha de cierre de la licitación. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 31.02.004
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución Inmediata
Tiempo del Contrato 1 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PATRICIO HERRERA
e-mail de responsable de pago: patricio.herrera.s@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Luis Riquelme
e-mail de responsable de contrato: juan.riquelme.a@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2422335-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe subcontratación Por resguardo del interés fiscal
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MOP, Dirección de Vialidad.
Fecha de vencimiento: 19-11-2021
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Esta Garantía deberá ser ingresada según lo descrito en el punto 1.9.1 o 1.9.2 de las presentes bases de licitación con una carta identificando la Licitación a más tardar la fecha y hora de cierre de la presente licitación, descrita en el punto 1.3 de las presentes bases.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta denominada el Suministro de 5.000 M3 de material pétreo puesto sobre plataforma, para el recebo de caminos de las Comuna de Cobquecura y Coelemu Provincia de Itata, Región de Ñuble.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuara dentro del plazo de 20 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación al portal. Los oferentes no adjudicados deberán coordinar el retiro de la garantía con la unidad de adquisiciones de la Dirección de Vialidad, Región de Ñuble. Este plazo podrá extenderse en el caso de que sea necesario Readjudicar según el punto 1.2 de las presentes bases. Podrá hacerse efectiva esta garantía: 1. Si el oferente retira su oferta durante el periodo de vigencia de la misma. 2. Si el adjudicatario dentro del plazo estipulado no entrega garantía de fiel cumplimiento o no firma el contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP, Dirección de Vialidad.
Fecha de vencimiento: 31-01-2021
Monto: 5 %
Descripción: Esta Garantía deberá ser ingresada según lo descrito en el punto 1.9.1 o 1.9.2 de las presentes bases de licitación con una carta identificando la Licitación hasta el 3º día hábil contado desde la notificación de la adjudicación del Portal www.mercadopublico.cl. En caso de no presentación de esta Garantía, se readjudicará, si así conviniera al interés fiscal.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado el Suministro de 5.000 M3 de material pétreo puesto sobre plataforma, para el recebo de caminos de las Comuna de Cobquecura y Coelemu Provincia de Itata, Región de Ñuble. y en cumplimiento de las leyes Laborales.
Forma y oportunidad de restitución: Terminado que sea el Contrato y pagada la factura se procederá a la devolución, si no hubiere causal para su cobro. La devolución, se gestionará en Unidad de Abastecimiento Provincial, Vialidad Ñuble.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad

PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

1.10.2. NORMATIVA:

Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto  Nº 250/04, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones.

1.10.3. PARTICIPANTES:

Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl en calidad de proveedores del rubro respectivo.

1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES:

La Dirección de Vialidad Región de Ñuble, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.

1.10.5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

1.10.5.1. OBJETIVO: el  Suministro de 5.000 M3 de material pétreo puesto sobre plataforma, para el recebo de caminos de las Comuna de Cobquecura y Coelemu  Provincia de Itata, Región de Ñuble.

Código Camino

Comuna

Nombre Camino

Unidad

Total Meta

76D20110

COBQUECURA

Cruce N-80-M (Buchupureo) - Quile - Montaña de Copihues - Cruce M-870-N (Copiulemu)

M3

1000

76D20188

COELEMU

Cruce N-170 (Huarilihue) - Leonera - Cruce N-190 (Checura)

M3

1000

76D20502

COBQUECURA

Cruce N-80-M (Los Maquis) - Las Antenas - El Baúl - El Castillo

M3

1000

76S20100

COBQUECURA

Cruce N-80-M (Buchupureo) - Monte Blanco - Talcamávida

M3

1000

76S20406

COBQUECURA

Cruce N-450 (Taucú) - La Reforma - Los Cardenales

M3

1000

TOTAL

5.000

1.10.5.2. UBICACIÓN DEL MATERIAL  

CROQUIS Suministro de 5.000 M3 de material pétreo puesto sobre plataforma, para el recebo de caminos de las Comuna de Cobquecura y Coelemu  Provincia de Itata, Región de Ñuble. para dar cumplimiento al programa de conservación por administración directa año 2021.

 1.10.5.3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL MATERIAL: La Base Granular deberá cumplir en lo que corresponda con lo establecido en especificaciones descritas en sección 5.302 del MC-V5, para bases de graduación cerrada y poder de soporte CBR≥80%. Además deberá ajustarse a los requisitos de calidad y graduación, según lo establecido en especificaciones descritas en las secciones 8.101.1 del MC-V8. En lo que respecta al porcentaje de chancado, éste deberá ser a lo menos 50%, para el caso de determinación de las sales solubles, basta con informar el % con el método 8.202.14, en todo caso se considerará válido el informar cualquiera de los 2 métodos. (8.202.14 ó 8.202.18). La Base Granular a ofertar deberá cumplir la Banda TM-50b y con los parámetros indicados a continuacion:

GRANULOMETRÍA TAMIZ mm

TAMIZ

% QUE PASA

50

2”

100

40

1 ½”

70 - 100

25

1”

55 - 85

20

¾”

45 - 75

10

3/8”

35 - 65

5

Nº 4

25 - 55

2

Nº 10

15 - 45

0.5

Nº 40

5 - 25

0.08

Nº 200

0 - 10

INDICE DE PLASTICIDAD

: Máx. 2 %

PARTÍCULAS CHANCADAS

: Mín. 50 %

DESGASTE LOS ÁNGELES

: Máx. 35 %

CBR

: Min. 80 %

1.10.5.4. CERTIFICACIÓN DE LABORATORIO La Dirección de Vialidad, deberá tener libre acceso para la toma de muestras del material, tanto en el pozo de origen como en el acopio de entrega de la compra o en plataforma. El oferente que se adjudique la licitación, durante la entrega del producto, deberá presentar un certificado emitido por un laboratorio competente (certificado por el INN) que indique que el material fue muestreado por personal del laboratorio que certifica que el suministro a entregar cumple con lo especificado. El certificado no debe tener una antigüedad mayor a 1 mes y no se aceptarán firmas en digital. Los ensayos realizados por la Dirección de Vialidad prevalecerán sobre los presentados por el proveedor. El Inspector Fiscal si lo estima conveniente, podrá solicitar al Laboratorio de Vialidad, la certificación de la calidad del material correspondiente. De lo contrario, validará la certificación presentada por la Empresa adjudicada.

1.10.5.5. OTRAS CONSIDERACIONES:

1.10.5.5.1. TRASLADO DE MATERIAL:

  • El traslado del material deberá realizarse con fiel cumplimiento al DS 75 del Ministerio de Transporte, por lo tanto, los materiales deberán transportarse en camiones encarpados, de modo que evite la caída del material en el camino.
  • La empresa adjudicada deberá presentar al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena, Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material pétreo.
  • La cubicación del material pétreo, se efectuará mediante camión rasado en el lugar de recepción del material. La diferencia del volumen detectado, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se adquiere.
  • El inspector fiscal deberá presentar en el acta de recepción conforme, adjuntando una planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material,
  • No se aceptarán guías de despacho con enmendaduras.
  • Todo traslado, deberá cumplir obligatoriamente con la normativa vigente de pesaje establecida en Decreto MOP N° 158 de 1980, de este modo, no incurrir en multas, las que están contenidas en el DFL N° 206 de 1960, Ley N° 18.305 de 1984, Ley N° 19.171 de 1992 y DFL N° 580 de 1997.

1.10.5.5.2. Otras consideraciones, referente a la Unidad de medida y pago.

La unidad de medida y pago será el metro cúbico (m3) de base granular de graduación cerrada. El control de los volúmenes se realizará con las guías de emisión del proveedor, las cuales no se aceptarán con enmendaduras, y por el informe del encargado de suministro. La cubicación del material pétreo, se efectuará mediante camión rasado en el lugar de recepción del material. La diferencia del volumen detectada, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se adquiere.

El transporte del material adquirido hacia la faena se realizará en camiones tolva protegidos con carpas, cumpliendo con la normativa vigente. Se procederá al estricto rechazo de aquellos camiones sin compuerta o que se ajusten en forma deficiente y que permitan el escurrimiento del material.

1.10.5.5.3. PROVISIÓN Y RECEPCIÓN DEL MATERIAL La recepción de la base granular chancada se realizará en la plataforma de los caminos:

Código Camino

Comuna

Nombre Camino

Unidad

Total Meta

76D20110

COBQUECURA

Cruce N-80-M (Buchupureo) - Quile - Montaña de Copihues - Cruce M-870-N (Copiulemu)

M3

1000

76D20188

COELEMU

Cruce N-170 (Huarilihue) - Leonera - Cruce N-190 (Checura)

M3

1000

76D20502

COBQUECURA

Cruce N-80-M (Los Maquis) - Las Antenas - El Baúl - El Castillo

M3

1000

76S20100

COBQUECURA

Cruce N-80-M (Buchupureo) - Monte Blanco - Talcamávida

M3

1000

76S20406

COBQUECURA

Cruce N-450 (Taucú) - La Reforma - Los Cardenales

M3

1000

TOTAL

5.000

En forma excepcional, previa solicitud por escrito del Inspector Fiscal del Suministro, parte del material podrá ser entregada acopiada en un costado del camino. Para coordinar el despacho, el Inspector Fiscal comunicará por escrito al encargado del oferente, u otra persona que el proveedor designe, el horario y la cantidad necesaria si es mayor a la mínima solicitada, Para la coordinación, gestión y solución de imprevistos en la faena, el proveedor deberá estar en contacto permanente con el Inspector Fiscal.

El proveedor deberá considerar que el suministro del material se irá utilizando a medida que avanza la ejecución de obras de terreno, por tanto el suministro se solicitará por parcialidades, las cuales pueden ser mayores o menores a la cantidad mínima a suministrar diariamente.

La solicitud del suministro la efectuará el encargado del suministro. El contratista tendrá un plazo de 1 día hábil para cumplir con el suministro parcial requerido puesto en obra.

La cantidad estimada a suministrar diariamente deberá ser mayor a los 500 m3 de material, ó bien lo solicitado por el IF a través de correo electrónico. Por cada día de incumplimiento se aplicará una multa de 10 UF, salvo el último día de entrega del saldo total, el cual podrá tener una cantidad menor de 500 m3. Siendo el valor de la UF el que corresponda al día del incumplimiento en la entrega del suministro parcial.

1.10.5.5.4. PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO: La Dirección de Vialidad, ha estimado que el suministro deberá ser entregado en un plazo máximo de 1 meses,  El plazo de inicio del suministro será al día hábil siguiente de la aceptación de  la orden de compra a través del portal. Ahora bien, en el caso que por razones climáticas o causas debidamente justificadas, el inicio de entrega del suministro se deba retrasar, el Inspector Fiscal gestionara la tramitación de la Resolución de Suspensión o Paralización por los días que se requieran.

1.10.5.5.5. Para dar cumplimiento a la LEY Nº 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente y DS Nº40/2013 sobre el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, deberá presentar los siguientes documentos, AL MOMENTO DE OFERTAR de acuerdo a los siguientes casos:

 CASO    DOCUMENTACION A ENTREGAR

Caso 1: Proveedores que tratándose de extracciones de áridos en  pozos  lastreros    o  canteras,  extraigan  una  cantidad  de áridos  igual  o  superior  a  10.000m3  mensuales,  o  bien  una cantidad  de  100.000m3  totales  removidos  en  la  vida  Útil  del proyecto o actividad, o bien abarca una superficie total, igual o  superior  a  5  hectáreas  y,  Proveedores  que  tratándose  de extracciones de áridos en cauces, el volumen total a remover durante  la  vida  Útil  del  proyecto  o  actividad  sea  igual  o superior a 50.000m3.         

Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada y vigente.

Caso   2:   De   extraer   volúmenes   menores   y   en   superficies menores   de   lo   que   indica   la   legislación   vigente   deberá presentar  un  Pronunciamiento  sobre  la  pertinencia  de  ingreso al SEIA.   Pronunciamiento sobre la pertinencia de ingreso al SEIA.

Caso 3: De no ser aplicable el caso 1 y el caso 2, el proveedor de áridos que postule a la licitación deberá ingresar un plan de manejo de extracción con los documentos y restricciones que se indican a continuación *.         

Plan de Manejo de Extracción.

Para el Caso 3, es decir, cuando el proveedor deba presentar un Plan de Manejo de Extracción, se deberá considerar lo siguiente, en relación a la ubicación del empréstito, contenido de Plan de Manejo y autorizaciones:

I.              Ubicación del Empréstito, no se podrá ubicar en los siguientes lugares:

•              Al interior de áreas protegidas

•              A menos de 500 metros de puentes (aguas arriba o aguas abajo)

•              En suelos agrícolas tipo I, II, III.

II.             Contenido de Plan de Manejo:

•              Tipo de empréstito; Fluvial, cantera, pozo

•              Superficie de explotación

•              Volumen disponible y efectivo de extraer

•              Plano de Ubicación conteniendo el Polígono del sector de extracción en coordenadas UTM y escala 1:500 o 1:1000.

•              Perfiles Longitudinales y transversales antes y proyectado después de la explotación, en escala 1:500 o 1:1000.

III.            Autorizaciones:

•              Autorización Notarial del propietario del predio, en el caso que se trate de una persona jurídica, la autorización debe ser presentada por el representante de la Sociedad.

•              Certificado de Dominio Vigente

•              Se debe adjuntar copia de su personería para representar a la Sociedad.

•              Permiso sectorial cuando corresponda:

CONAF: Cuando en el área de explotación  exista bosque  nativo o  plantaciones forestales  como  se indica en La Ley N° 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y Decreto Ley Nº 701, de 1974.

Autorización Municipalidad de acuerdo a la Ordenanza Correspondiente

Decreto Alcaldicio y Factibilidad Técnica de la DOH, cuando se trate de empréstito de cauce, lacustre o marítimo.

1.10.5.5.6. CAMBIO DE POZO, PLANTA O ACOPIO: En el caso, que durante la ejecución del suministro y que por motivos plenamente justificados y verificados por esta Dirección y que la empresa adjudicada por fuerza mayor deba hacer uso de otro pozo, planta o acopio, deberá solicitar autorización y VºBº previo a la Dirección de Vialidad. En este aspecto, el nuevo pozo, planta o acopio, deberá cumplir con todas las exigencias estipuladas en el punto 1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, de las presente bases, por ende la empresa adjudicada tendrá un plazo de 2 (dos) días hábiles para presentar la documentación, para que el Subdepartamento del Medio Ambiente y Territorio de la Dirección, de VºBº a los antecedentes correspondientes al nuevo pozo autorizado, el que no excederá de dos días hábiles. No obstante esta situación no podrá alterar el plazo de entrega solicitado inicialmente por la Dirección de Vialidad, para ello, esta Dirección, emitirá una Resolución indicando la suspensión o paralización del suministro, donde se establecerá el periodo necesario para la presentación de la documentación por parte de la empresa y la revisión por parte de Medioambiente de la DV, además del plazo restante de ejecución del contrato, al otorgado inicialmente por esta Dirección.

1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS: La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, .doc. y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.

1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:

1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.

1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.

1.10.8 RESOLUCIÓN DE EMPATES: Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico". En caso de persistir el empate, se establece como mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Sustentable.” Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl

1.10.9. DERECHO A VARIAR LAS CANTIDADES: La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a aumentar o disminuir las cantidades solicitadas hasta en un 30% en las mismas condiciones ofertadas, pudiendo modificarse el plazo de duración del contrato de manera proporcional a la variación.

1.10.10. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA: Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad de los ítems y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región de Ñuble. Además, la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:

1.10.10.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Región de Ñuble.

 1.10.10.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.

1.10.10.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA: La Orden de Compra será emitida una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato firmado por el Proveedor y entregada la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.

1.10.11.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.

1.10.12.- PLAZO DE ENTREGA SUMINISTRO Este plazo, comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que no la acepte expresamente transcurridas 24 horas de la publicación de Orden de Compra, la Dirección de Vialidad dará por aceptada dicha Orden conforme a la Ley y el presente contrato. Para todos los efectos, se considera como primer día de plazo del contrato, el día siguiente a la aceptación de la orden de compra.

1.10.13.- GESTIÓN DEL CONTRATO

a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.

b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación.

c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.

Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:

Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable, 4 es bueno y 5 es muy Bueno.

d) VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta  incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente  garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.

e) SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN: El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas. Son casos justificados las condiciones

climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este

suministro, lo que sera asi calificado por el Director Regional de Vialidad de Ñuble, en resolución fundada.

La suspensión será ordenada por el Director Regional de Vialidad  Ñuble, mediante resolución fundada.  Al efecto el Inspector Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecedentes que sirvan de fundamento, a la Unidad de Compra correspondiente, quien derivará al Director Regional la respectiva solicitud.

f) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos.  Para ello, iniciado el contrato,  la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega  de los elementos de protección personal.  Esta información será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.

g) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:

g.1)Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

g.2)Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

g.3)Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g.4)Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g.5)Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social  con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados  en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

g.6)Las demás que se establezcan  en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.

g.7) En el caso de la disolución de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de evaluación.

g.8) La constatación  de que los integrantes  de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objetivo de vulnerar la libre competencia y que remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica, en su caso.

1.10.12. INSPECCIÓN FISCAL:

La Dirección de Vialidad Región de Ñuble designará un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de licitación.

El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito.

El Inspector Fiscal emitirá un informe de conformidad para adjuntarlo a la factura correspondiente y enviar a pago.

1.10.13. FACTURACIÓN, RECEPCIÓN Y FORMA DE PAGO

1.10.13.1. FACTURACIÓN: ésta se efectuará en la medida que se hayan ejecutado las órdenes de compra enviadas y que se hayan recibido a plena conformidad por la Inspección Fiscal de este contrato.

Cabe destacar que el proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, de acuerdo a lo siguiente:

1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la entrega del producto.

2) Que se haya efectuado la entrega física del material pétreo, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con la presentación  al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena,  Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a  no recibir el material pétreo.

3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar.

4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.

5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación. 

6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 2375 REG_XVI_DIRECCION_DE_VIALIDAD_ÑUBLE,

7)La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.

1.10.13.2. RECEPCIÓN:

El inspector fiscal, recibirá conforme el material, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:

  1. Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material pétreo o Guías de despacho.

  1. Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de      Chileproveedores.  Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Regional.  En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.

 

  1. Adjuntar Guía de Despacho del material del lugar de origen, emitida por la empresa productora o comercializadora, la que debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a  no recibir el material pétreo.

 

La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura,  para disponer su pago.

1.10.13.3. PAGO: El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la presentación de la factura.

1.10.14. FACTORING:

El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la  Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley.

1.10.15. SANCIONES:

1.10.16.1. POR ATRASO EN LA ENTREGA DE MATERIAL: Frente a faltas de este tipo, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega   y/o   recepción   conforme   del   material   pétreo,   incluyendo   el   plazo   de   reposición,   en   la eventualidad  que  el  material  sea  rechazado  y  el  proveedor  decida  por  Única  vez,  poner  un  nuevo material o corregirlo.

La multa que corresponda, será deducida administrativamente de la Factura respectiva.

1.10.15.2 POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Si el incumplimiento de los plazos de entrega superara los 03 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo de entrega, sin que exista una fuerza mayor, calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se pondrá término al contrato y se hará cobro de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.

1.10.15.3 POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO: En caso de incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa, de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:

Tabla Multa 2”

TABLA DE MEDICIÓN

Requisitos

Granulometría

Otros Parámetros

Medida

- igual o menor a 4 Incumplimientos

 

Multa según Tabla

- igual o menor a 3 incumplimientos con 100 %

 

Multa según Tabla

 

- igual o menor a 2 Incumplimientos

Multa según Tabla

- igual o mayor a 5 incumplimientos

 

 Se rechaza

 

- Mayor a igual a 3 incumplimientos

 Se rechaza

  1. El Inspector Fiscal, deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad, la certificación de calidad del material correspondiente, muestreo que será ejecutado en planta o en la plataforma del camino, según corresponda.  Si el Laboratorio de Vialidad así lo estima, podrá omitir su muestreo, validando el certificado del Autocontrol. La certificación del Laboratorio de Vialidad, prevalecerá sobre los certificados de autocontrol.
  2. En caso de incumplimiento en los parámetros de las especificaciones técnicas del material, se multará a la empresa de acuerdo a la Tabla de Multas anterior.  En tal caso, el Inspector Fiscal, notificará al adjudicatario incumplidor, para que exprese lo que estime conveniente a su defensa, en el plazo de tres días hábiles, a partir de la recepción de la notificación citada.  La notificación se hará por oficio, enviado por correo electrónico o por carta certificada.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en la que pondere estos antecedentes, y conforme a dicho mérito, aplicará o no la multa o modificará la multa propuesta por el Inspector Fiscal.

      Las multas se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.

  1. En caso de rechazo del material según “Tabla de Medición”, el Inspector Fiscal notificará al adjudicatario incumplidor, para que exprese en un plazo de tres días hábiles, a partir de la recepción de la notificación citada, la decisión como única vez,  de retirar el material suministrado y reemplazarlo poniendo un material que cumpla las bases técnicas o corregir el material suministrado.  La notificación se hará por oficio, enviado por correo electrónico o por carta certificada.

4.- Si la decisión del proveedor es retirar el material y poner un nuevo material que cumpla con las Especificaciones Técnicas, deberá indicar el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 7 días hábiles informando al Inspector Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos.

5.-  En caso que decida corregirlo, propondrá la banda granulométrica, el volumen necesario del corrector y el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 7 días hábiles a la Inspección Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos. 

6.-  Los plazos indicados en el Punto 4 y 5, estarán afectos a la multa por incumplimientos consignadas en los puntos 1.10.15.1 “SANCIONES DE INCUMPLIMIENTO POR DISPONIBILIDAD Y ENTREGA” y 1.10.15.2 “SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO TECNICO”, que señala Frente a faltas de este tipo y considerando que la Dirección ha dispuesto un plazo de 5 días hábiles para entrega posterior a lo solicitado por el Inspector Fiscal, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, incluyendo el plazo de reposición, en la eventualidad que el material sea rechazado y el proveedor decida por única vez, poner un nuevo material o corregirlo.

7.-  Concluida la entrega, ya sea de poner un nuevo material o de corregirlo, el adjudicatario deberá presentar la certificación de autocontrol correspondiente, la que será contrastada con nuevos análisis que al efecto practique el Laboratorio de Vialidad o si éste lo estima conveniente, podrá omitir el muestreo, validando el Certificado de Autocontrol.

8.   En caso que la empresa no comunique su decisión dentro del plazo de 3 días antes señalado o no ejecute las obras de reposición de material, ya sea de retirar el material poniendo un material que cumpla las bases técnicas o corregir el material ya puesto, como única vez,  en el plazo propuesto, se pondrá término al contrato, de acuerdo al punto GESTIÓN DEL CONTRATO, letra g) y se liquidará  pagando el material entregado y que no cumplió las especificaciones a un valor de 50% del precio ofertado, como única retribución a la empresa y se procederá al cobro de la Garantía.

9.-  Cualquier costo que implique mejora, como nuevos traslados de material, retiro desde terreno, recebo o aumento de volumen de material pétreo, será de completo cargo de la empresa proveedora adjudicada.

1.10.16. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:

Procedimiento para aplicación de multas:

La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa,  el Inspector Fiscal  remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de  la multa. En el mismo oficio,  instará al adjudicatario incumplidor,   para que  formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles.

La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o por correo electrónico, En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen,  y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión de  aplicar o no la multa o modificar  la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:

El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una  causal de término anticipado del contrato,  remitirá un oficio al adjudicatario  en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes,   instándolo   para que  formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o por correo electrónico, En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren,  y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión  respecto de la medida de termino de contrato  propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y  se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

1.10.17. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Chileproveedores.  Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de  5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada.

1.10.18. SOLUCION DE CONTROVERSIAS

Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados a la contratarte técnica (inspector fiscal), quien lo enviara, si fuese necesario, a su jefe superior, para su resolución o para que sea sometido a la consideración del Director Regional de Vialidad Ñuble, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, Director General de Obras Publicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, la Contraloría General de la Republica y los Tribunales de Justicia.

La autoridad pertinente deberá resolver la exactitud o veracidad del reclamo presentado, en un plazo máximo de 15 días hábiles.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.