Resolución de Empates |
De producirse un empate en el resultado final de la evaluación, se privilegiará, en primer término, la oferta
que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación Precio de mantenerse dicha igualdad, se
continuará comparando los puntajes de los restantes criterios de evaluación, según la importancia
asignada en su ponderación. En caso que aún con aplicación de esta regla se mantenga el empate, se
adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en
conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de
1 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema
www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica marco.fuentealba@gendarmeria.c
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad
de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del
Sistema de Información.
Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo
para presentar ofertar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el período de evaluación.
Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles,
contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de
información www.mercadopublico.cl.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las
presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por
carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días
hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo
fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida
por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad
licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor,
para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos
del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la
entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada
resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta
certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo
mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que
justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no
superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado
|
|
|
Término Anticipado |
La contratación podrá modificarse o terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante
resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que
contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución
del contrato, con un máximo de seis meses.
6. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación.
Sin perjuicio de las demás causales establecidas en este artículo, cuando se trate de las causales
contenidas en los numerales 1 y 6, la posibilidad de modificar el contrato deberá encontrarse prevista en
las bases de la licitación. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción
a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato
más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el Servicio podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la
Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos que el proveedor sea suspendido o
eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de
conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley
|
|
|
Confidencialidad |
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación
contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes
relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información,
reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de
acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la
totalidad o parte de la información referida.
|
|
|
Estándares de probidad |
Si el oferente, el adjudicatario o el proveedor, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no
observaren el más alto estándar ético exigible durante la ejecución de la presente contratación, o
propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a)Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de Gendarmería de Chile, que pudiere
implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo oferente, adjudicatario o proveedor
y el Servicio.
b)Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario de
Gendarmería durante la ejecución de la presente contratación.
c)Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución de la contratación en detrimento de
Gendarmería.
De producirse alguna de las circunstancias referidas, facultará a Gendarmería de Chile para, declarar
inadmisible la oferta, readjudicar a la segunda o siguiente oferta más conveniente, terminar
anticipadamente la contratación, según corresponda, lo que se ejecutará en forma administrativa,
mediante resolución fundada
|
|
|
Domicilio y jurisdicción |
Toda dificultad que se produzca entre el Servicio y el proponente acerca de la validez, nulidad,
interpretación, aplicación, cumplimiento o resolución de la contratación que se suscriba o con cualquiera
otra materia que con él se relacione, será resuelta por la Justicia Ordinaria, para cuyos efectos las partes
del contrato fijan y constituyen domicilio en la ciudad de Chillán, sin perjuicio de las atribuciones propias de
la Contraloría General de la República contenidas en la Ley Nº 10.336 y del Tribunal de Contratación
Pública creado por la Ley N° 19.886.
|
|
|
FACTURACION |
El pago se efectuará al contado, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de la
respectiva factura, luego que el Departamento o Sección requirente hubiese certificado y comprobado, a
plena satisfacción la entrega de los productos, y el cumplimiento de todos los requerimientos establecidos
en las presentes Bases Administrativas, y en las Bases Técnicas. Estos son los datos de facturación:
Señor (es): Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Ñuble
RUT: 62.000.570-3
Giro: Servicio Público
Dirección: Calle Avenida Libertad Nº219
Comuna: Chillán
Fono : 44-2988100
El proveedor deberá dentro de las 72 horas de emitida una factura, enviar archivo XML a la casilla de
intercambio dipresrecepcion@custodium.com, en caso contrario, el sistema reclamará la factura
(rechazará). Respecto del pago de los compromisos, la Institución ha adoptado la siguiente modalidad de
pago: 1) transferencia electrónica.
DIRECCIÓN DE ENTREGA DE PRODUCTOS O DESPACHO: CALLE ISABEL RIQUELME Nº 230
CHILLAN
Solicitar aceptar OC y facturara después de la Recepción Conforme de Bs y Ss.
Solicitar enviar archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com
|
|
|
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS |
Los oferentes deberán enviar sus ofertas a través de www.mercadopublico.cl, por medio del formulario
electrónico disponible en dicha plataforma
|
|
|
Emisión de la orden de compra |
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión
de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor
|
|
|
Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que
será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
|
|
|
Readjudicación |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del
plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
|
|
|
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a
los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes
bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a
través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los
oferentes.
|
|
|
Inscripción en Registro de Proveedores |
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas
de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación
de la resolución de adjudicación. Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada
proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en Registro de Proveedores
|
|
|
Modificación a las bases |
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una
consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar
ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de
bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con
aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las
propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal
|
|
|