Licitación ID: 1056854-26-LE22
Arriendo y Soporte de Equipos PCIR2023
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA, Dirección de Tecnología
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Impresoras de láser 1 Unidad
Cod: 43212105
Servicio: Valor Total Neto Servicio N°1 (A): Servicio de instalación, Soporte y Retiro de Equipamiento (Impresoras láser, impresoras térmicas, multifuncionales, switch, UPS y lectores de código de barras)  

2
Impresoras de láser 1 Unidad
Cod: 43212105
Servicio: Valor Total Neto Servicio N°2 (B): Servicio de instalación, Soporte y Retiro de Equipamiento (Impresoras láser, impresoras térmicas, multifuncionales, switch, UPS y lectores de código de barras)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Arriendo y Soporte de Equipos PCIR2023
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Providencia requiere contratar el servicio de “Arriendo y Soporte de Equipos con Reemplazo para Permisos de Circulación 2023”, el equipamiento está constituido por Switch, Lector de Códigos de Barra, UPS, Impresoras Láser, Multifuncional e Impresora Térmica. Equipamiento necesario para la habilitación de los Módulos de Atención de Público para el proceso masivo PCIR2023.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
Unidad de compra:
Dirección de Tecnología
R.U.T.:
69.070.300-9
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-12-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 07-12-2022 17:18:03
Fecha inicio de preguntas: 07-12-2022 17:35:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2022 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-12-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-12-2022 16:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-12-2022 16:10:00
Fecha de Adjudicación: 08-02-2023 10:05:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario N°1
2.- Anexo N°1
3.- Decreto de Publicación, Bases Administrativas, Bases Técnicas y Formularios
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°2
 
2.- Formulario N°3
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4
2.- Formulario N°5
3.- Formulario N°6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica FORMULARIO N°4 CARTA OFERTA, ITEM III VALOR TOTAL DEL CONTRATO. Oferta Menor Valor Total del Contrato x 100 / Oferta(x) 80%
2 Oferta Técnica Referirse a Artículo N°8 Evaluación de las Ofertas, punto B, de las bases administrativas. 15%
3 Experiencia del Oferente Formulario N°2 Acredita debidamente 5 experiencias = 100*4% Acredita debidamente 5 experiencias = 80*4% Acredita debidamente 5 experiencias = 60*4% Acredita debidamente 5 experiencias = 40*4% Acredita debidamente 5 experiencias = 20*4% No Acredita debidamente experiencias = 0 4%
4 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES -Ofertas que están planteadas en forma clara, precisa y completas = 100*1% -Ofertas que no cuenten con la condición señalada precedentemente = 0 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Monto Total Estimado: 23530000
Justificación del monto estimado En base a consulta al mercado y cotizaciones realizadas.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Luis Quezada
e-mail de responsable de pago: lquezada@providencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Williams Silva
e-mail de responsable de contrato: wsilva@providencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26543518-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Providencia
Fecha de vencimiento: 28-02-2023
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Garantía de seriedad de la oferta
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública “ARRIENDO Y SOPORTE DE EQUIPOS CON REEMPLAZO PARA PERMISOS DE CIRCULACIÓN AÑO 2023”.
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la garantía: Serán devueltos (sin intereses ni reajustes) en la Tesorería Municipal de Providencia (ubicada en Pedro de Valdivia N°963), de acuerdo con lo siguiente: a) Se devolverá a todos los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles en el Acto de Apertura de Ofertas, a partir del quinto día hábil después de la Apertura Electrónica de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl. b) Se devolverá a todos los participantes si es que el Municipio “Revoca o Invalida” la licitación, según corresponda, a partir del quinto día hábil de la publicación del correspondiente decreto en la plataforma www.mercadopublico.cl. c) Se devolverá a todos los participantes que hayan pasado a la etapa de evaluación si es que el Municipio “declara desierta” la licitación por no convenir a sus intereses, a partir del quinto día hábil de la publicación del correspondiente decreto en la plataforma www.mercadopublico.cl. A quienes habiendo pasado a la etapa de evaluación y su oferta no resultará favorecida (no se propusiera su adjudicación), se les devolverá al quinto día hábil, después de publicado el Decreto que Adjudica la licitación. Ello a excepción del oferente que obtuviera el 2° lugar en la evaluación (segundo mejor puntaje o calificación) a quién se le devolverá la Garantía respectiva una vez aceptada la Orden de Compra por el proveedor que resultara adjudicado en primera instancia.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Providencia
Fecha de vencimiento: 31-08-2023
Monto: 10 %
Descripción: Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato
Glosa: En garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato “ARRIENDO Y SOPORTE DE EQUIPOS CON REEMPLAZO PARA PERMISOS DE CIRCULACIÓN AÑO 2023”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de entregar una Póliza de Garantía, ésta deberá contener la siguiente información: "póliza de garantía de cumplimiento de contrato en general y de ejecución inmediata" o "póliza de garantía para organismos públicos, de carácter irrevocable y de ejecución inmediata", para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el mismo monto y vigencia señalados precedentemente. Asimismo, el adjudicatario deberá adjuntar a la póliza una comunicación escrita en que señale el domicilio al que deberá notificarle la Municipalidad en caso de hacerla efectiva. Se deja expresamente establecido que no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los tribunales ordinarios de justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre el Municipio, la Compañía Aseguradora y el contratista. La Municipalidad, ante cualquier incumplimiento del contrato, como obligaciones laborales y previsionales, por ejemplo, podrá hacer efectiva esta garantía, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. La restitución de este documento se realizará una vez que se haya efectuado la Recepción Definitiva del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Adjudicación/Readjudicación
La Municipalidad realizará la adjudicación de la licitación, a la oferta que obtenga el mayor puntaje y siempre que ello convenga al interés municipal. De lo anterior, será notificado el adjudicatario, mediante la publicación a través del Portal Mercado Público del Decreto Ex. DTGD de adjudicación. En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a dirimir adjudicando de acuerdo al orden de prelación de los criterios de evaluación (según el mayor puntaje entregado al criterio mejor ponderado, de persistir el empate, según el mayor puntaje otorgado al segundo criterio mejor ponderado, y así sucesivamente). El plazo máximo para adjudicar será el indicado en el cronograma de licitación publicado en el Portal. En caso de no poder cumplir dicho plazo, se informará a través del portal, solicitando en caso de ser necesario, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Se les recuerda a los oferentes que deberán mantener vigente el valor de su oferta por el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta señalado en el artículo Nº6 letra A.1. La Municipalidad se reserva el derecho a readjudicar en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario no “acepta” o “rechaza” la Orden de Compra dentro de las 48 horas hábiles siguientes a su emisión. b) Si el adjudicatario se encuentre inhábil para contratar con la Administración del Estado en conformidad al art. 4º de la Ley 19.886 y art. 92 de su Reglamento, al momento de la aceptación de la Orden de compra. c) Si el adjudicatario no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo señalado en el artículo N°11 de las presentes bases. d) Si el adjudicatario no designa un supervisor a cargo del servicio, según lo establecido en el artículo N°17 de la presentes Bases. En cualquier de estos casos, se le hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y procederá, en caso de ser conveniente a los intereses municipales, la readjudicación conforme a lo contemplado en el informe de evaluación respectivo.
Adjudicación/Readjudicación
La Municipalidad realizará la adjudicación de la licitación, a la oferta que obtenga el mayor puntaje y siempre que ello convenga al interés municipal. De lo anterior, será notificado el adjudicatario, mediante la publicación a través del Portal Mercado Público del Decreto Ex. DTGD de adjudicación. En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a dirimir adjudicando de acuerdo al orden de prelación de los criterios de evaluación (según el mayor puntaje entregado al criterio mejor ponderado, de persistir el empate, según el mayor puntaje otorgado al segundo criterio mejor ponderado, y así sucesivamente). El plazo máximo para adjudicar será el indicado en el cronograma de licitación publicado en el Portal. En caso de no poder cumplir dicho plazo, se informará a través del portal, solicitando en caso de ser necesario, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Se les recuerda a los oferentes que deberán mantener vigente el valor de su oferta por el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta señalado en el artículo Nº6 letra A.1. La Municipalidad se reserva el derecho a readjudicar en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario no “acepta” o “rechaza” la Orden de Compra dentro de las 48 horas hábiles siguientes a su emisión. b) Si el adjudicatario se encuentre inhábil para contratar con la Administración del Estado en conformidad al art. 4º de la Ley 19.886 y art. 92 de su Reglamento, al momento de la aceptación de la Orden de compra. c) Si el adjudicatario no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo señalado en el artículo N°11 de las presentes bases. d) Si el adjudicatario no designa un supervisor a cargo del servicio, según lo establecido en el artículo N°17 de la presentes Bases. En cualquier de estos casos, se le hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y procederá, en caso de ser conveniente a los intereses municipales, la readjudicación conforme a lo contemplado en el informe de evaluación respectivo.
Del Contrato
La presente contratación se formalizará a través de la emisión de una orden de compra y su posterior aceptación por parte del proveedor adjudicado, lo que, conforme a lo consagrado en el artículo 63° del Reglamento de Ejecución de la Ley N° 19.886 hará las veces de contrato. En este sentido, una vez publicado el decreto de adjudicación de la propuesta a través del Portal Mercado Público, en un máximo de 5 días hábiles el adjudicatario deberá entregar en la Dirección de Tecnología y Gestión Digital la siguiente documentación: - La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato de acuerdo con lo indicado en el artículo N°11 de las presentes bases. - Currículo del supervisor a cargo del servicio, según lo establecido en el artículo N°17 de la presentes Bases. Recibidos los antecedentes, éstos serán revisados y analizados por el IMC, quien señalará su aceptación o rechazo de acuerdo con lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas. En caso de que los documentos presentados den cumplimiento a lo contemplado en las bases, se procederá a emitir la correspondiente Orden de Compra, la que debe ser aceptada por el proveedor en un plazo máximo de 48 horas hábiles –posterior a ello- se entiende formalizada la relación contractual. El valor del contrato será indicado en el Decreto EX. DTGD de adjudicación y corresponderá a los valores indicados por el adjudicatario en el Formulario N°4 “CARTA OFERTA”, ITEM III VALOR TOTAL DEL CONTRATO en pesos chilenos e incluirá todos los gastos e impuestos que irrogue el cumplimiento total de éste.
Del Pago y su Facturación
El pago de los servicios contratados se realizará de la siguiente forma: 1. ESTADOS DE PAGOS: Se efectuarán tres estados de pagos correspondientes al Valor Total del Contrato, señalado en el ítem III del Formulario N°4, cuyos pagos serán realizado, de acuerdo a lo siguiente: - Primer Estado de Pago: A partir de la instalación de todo el equipamiento ofertado para los 11 módulos de atención más la entrega del equipamiento para los 2 módulos móviles, correspondiente a un 30% del Valor Total del Contrato, ítem III, con impuestos incluidos, siendo éstas actividades aprobadas y recepcionadas por el IMC, a través de un Acta de Recepción Conforme con los V°B° del IMC y del Director de Tecnología y Gestión Digital. - Segundo Estado de Pago: A partir del término del Servicio N°1, correspondiente a un 30% restante del Valor Total del Contrato, ítem III, con impuestos incluidos, siendo éstas actividades aprobadas y recepcionadas por el IMC, a través de un Acta de Recepción Conforme con los V°B° del IMC y del Director de Tecnología y Gestión Digital. Se debe incluir el Acta de Termino del Servicio N°1. - Tercer Estado de Pago: A partir del término del Servicio N°2, correspondiente al 40% restante del Valor Total del Contrato, ítem III, con impuestos incluidos, siendo éstas actividades aprobadas y recepcionadas por el IMC, a través de un Acta de Recepción Conforme con los V°B° del IMC y del Director de Tecnología y Gestión Digital. Se debe incluir el Acta de Termino del Servicio N°2. 2. SERVICIOS EVENTUALES MEDIANTE LISTADO DE PRECIOS UNITARIOS: Los servicios del Listado de Precios Unitarios que sean requeridos serán pagados conforme a las cantidades y montos efectivamente aprobados, según lo señalado en artículo precedente, incluyendo el cumplimiento de las restricciones ahí descritas. • Cada vez que se requieran algún servicio considerado como SERVICIO EVENTUAL, la IMC procederá a emitir una Orden de Trabajo (documento interno municipal a partir del cual posteriormente se generan las órdenes de compra en el portal www.mercadopublico.cl), que será remitida al contratista a través del correo electrónico informado por él, en ella se indicará el servicio requerido y su plazo máximo de cumplimiento. • A contar de la fecha que se remita la Orden de trabajo al contratista, se comenzarán a computar los plazos de ejecución de los servicios. • Un vez finalizado el plazo del contrato, la Unidad Técnica gestionará que se emita una Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl donde se compilen todas las Órdenes de Trabajo ejecutadas durante el desarrollo del contrato. • El proveedor deberá aceptarla dentro de las 24 horas siguientes a su emisión. • Sólo una vez aceptada dicha Orden de Compra, previa aprobación de los servicios por parte de la IMC, el proveedor podrá solicitar su pago. • El estado de pago corresponderá al 100% de la Orden de Compra Emitida, y deberá ser presentada por el contratista dentro de los 10 primeros días hábiles siguientes a la aceptación de la Orden de compra por parte del proveedor. Cada pago se facturará y pagará, previa recepción conforme de la IMC y visación del Director Tecnología y Gestión Digital. a) Su facturación se deberá realizar habiéndose recepcionado conforme por parte de la IMC a través del Libro de Control de Contrato. b) Su pago se efectuará a más tardar dentro de los 30 días siguientes de haber sido recibido conforme la factura. c) Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción conforme, la IMC entregará al contratista el resumen de las multas ejecutoriadas en que este haya incurrido y deba pagar en Tesorería Municipal, para cursar el pago. Para proceder con el pago se deberá adjunta la siguiente documentación: a) FACTURA O BOLETA CORRESPONDIENTE, debidamente certificada conforme por la IMC y visada por el Director de Tecnología y Gestión Digital. En caso de factura electrónica deberá enviar dicho documento al correo de la IMC. b) CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES: Conforme a lo dispuesto por la Ley N°20.123, de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o entidades o instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales y el hecho de no existir reclamos o denuncias respecto de sus trabajadores y/o de los trabajadores de los subcontratistas que se ocupan en el servicio de que se trate, durante el período que comprende el estado de pago (Formulario F30-1). c) DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA: en la que indique el número de trabajadores propios y de los subcontratos que intervinieron en la ejecución del servicio por el período que comprende al pago presentado. d) COMPROBANTE DE PAGO DE MULTAS, ejecutoriadas si las hubiese. e) RECEPCIÓN CONFORME por parte del IMC. f) Toda aquella documentación que se haya solicitado por Libro de Control de Contrato, durante el período que comprende el Estado de Pago. No se dará curso al pago en tanto no se cumpla con la entrega de toda la documentación antes indicada a entera conformidad del IMC.
Mecanismos de Subcontratación
El Contratista podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato, en los términos establecidos en el artículo N°76 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En dicho caso, el contratista se entenderá como único mandante de los trabajadores subcontratados, y responderá por los trabajos que ellos ejecuten. Los trabajadores subcontratados no podrán estar sujetos a causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el artículo 92 del Reglamento de la Ley N°19.886. En todo caso, dicha subcontratación deberá contar con el acuerdo de la IMC y el Director de Infraestructura y ser registrada en el respectivo Libro de Control de Contrato y aprobada mediante Decreto EX. DTGD.
De las Multas
La Municipalidad se reserva el derecho de aplicar sanciones al contratista en el caso de que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases de licitación o que le impone la Ley. La aplicación de una multa se le notificará al contratista, mediante la correspondiente anotación en el Libro de Control de contrato, indicándole la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al Director de Tecnología y Gestión Digital, dejando además constancia de su apelación en el Libro de Control de Contrato. Vencido el plazo sin presentar descargos, se dictará la resolución fundada aplicando la multa, a través de a través de memorando del Director de Tecnología y Gestión Digital, y se notificará al Contratista mediante la anotación en el Libro de Control de Contrato. Si el contratista hubiere presentado descargos en tiempo y forma, el Director de Tecnología y Gestión Digital, tendrá un plazo de hasta diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución fundada. Encontrándose ejecutoriadas las multas, el contratista estará obligado al pago de éstas, en Tesorería Municipal, y su comprobante deberá ser presentado junto a la factura o boleta del Estado de Pago respectivo. Con todo, cuando el monto de las multas iguale o supere el 10% del valor total del contrato, la Municipalidad se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, haciendo efectiva la garantía correspondiente y sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes. 1 Incumplimiento en las indicaciones establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas 1 UTM por infracción y por día hasta que se resuelva. 2 Incumplimiento de instrucciones directas y/o de los procedimientos y/o dictados por la IMC. 2 UTM por evento y/o día de atraso en su cumplimiento. 3 Incumplimiento de la normativa vigente (Ley, reglamentos, ordenanzas etc.). Por Ej.: Incumplimiento del Reglamento Nº 110 para Empresas Contratistas y Subcontratistas Prestadores de Servicios de la Municipalidad de Providencia; Incumplimiento de la Ley Nº 20.123, trabajo en Régimen de Subcontratación y su reglamento. 1 UTM por incumplimiento 4 Retraso en la entrega e instalación de equipamiento (Servicio 1 y Servicio 2) para la etapa de implementación de los módulos, con un máximo de dos días 5 UTM por día extra de demora en el plazo estipulado en las Bases y por cada módulo afectado con un máximo de dos días, en caso contrario el Municipio se reserva el derecho de poner término anticipado del contrato. 5 En caso de solicitud de cambio de personal por parte de la IMC, y ésta se realice posterior a 24 horas de realizada la solicitud. 3 UTM por cada día de no reemplazo con un máximo de tres días 6 Deficiencia en los trabajos o servicios ejecutados o materiales empleados. 1 UTM por evento 7 Por modificar los componentes de las Configuraciones solicitadas por Bases Técnicas. 1 UTM por evento 8 No cumplimiento del tiempo de respuesta comprometido con la IMC, para ejecución de las actividades solicitadas por este, incluyendo actividades asociadas al servicio de soporte. Sólo se podrá excluir del cobro de esta falta por causa mayor justificada, por la IMC para lo cual deberá acreditar en documento que debe entregar al IMC, debiendo quedar dicha constancia por Libro de Control de Contrato y correo electrónico. 0,5 UTM por atraso, por cada punto sin cumplimiento. Cuando el requerimiento se refiera a soporte técnico, esta multa se duplicará y aplicará cada 30 minutos.
Termino Anticipado
Serán causales de término anticipado del contrato aquellas contempladas en el artículo 77 del Reglamento ejecución de la Ley N° 19.886, además de las siguientes: a) Fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la Municipalidad. b) Si acumulara un atraso de 3 días hábiles en la suscripción del Acta de inicio de servicio, contados desde la primera citación que hubiere realizado el IMC. c) Cuando el monto acumulado de las multas cursadas y ejecutoriadas iguale o supere el 10% del valor total del contrato sin perjuicio de las acciones legales que fueran procedentes. d) Cuando exista un retraso superior a 3 días en la entrega de equipamiento en la etapa de capacitaciones. e) Cuando se produzca un retraso superior a 2 días en la entrega e instalación de equipamiento para la etapa de implementación de los módulos, para la venta masiva. f) Cuando se produzca un incumplimiento a los requisitos técnicos mínimos exigidos de cada una de las configuraciones y equipamiento requerido en Bases Técnicas durante la vigencia del contrato. El término anticipado del contrato se realizará de forma administrativa, haciéndose efectiva la garantía correspondiente en aquellos casos que sea imputable al contratista.