Resolución de Empates |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a dirimir adjudicando de acuerdo al orden de prelación de los criterios de evaluación (según el mayor puntaje entregado al criterio mejor ponderado, de persistir el empate, según el mayor puntaje otorgado al segundo criterio mejor ponderado, y así sucesivamente). Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica carol.velasquez@providencia.cl.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
Adjudicación |
La Municipalidad realizará la adjudicación de la licitación, a la oferta que obtenga el mayor puntaje y siempre que ello convenga al interés municipal. De lo anterior, será notificado el adjudicatario, mediante la publicación a través del Portal Mercado Público del Decreto Ex. DTGD de adjudicación.
|
|
|
Del Contrato |
La presente contratación se formalizará a través de la emisión de la Orden de Compra y su posterior aceptación por parte del proveedor adjudicado, lo que, conforme a lo consagrado en el artículo 63° del Reglamento de Ejecución de la Ley N° 19.886 hará las veces de contrato.
En caso de que los documentos presentados den cumplimiento a lo contemplado en las bases, se procederá a emitir la correspondiente Orden de Compra, la que debe ser aceptada por el proveedor en un plazo máximo de 48 horas hábiles posterior a ello se entiende formalizada la relación contractual.
El valor del contrato será indicado en el Decreto EX. DTGD de adjudicación y corresponderá a los valores indicados por el adjudicatario en el Formulario N°3 “CARTA OFERTA ECONÓMICA”, en su TOTAL LICENCIAMIENTO, en dólares americanos e incluirá todos los gastos e impuestos que irrogue el cumplimiento total de éste.
|
|
|
De la Inspección Municipal del Contrato |
La Inspección Municipal del Contrato estará a cargo del Departamento de Operaciones de la Dirección de Tecnología y Gestión Digital, funcionario responsable Sr. Williams Silva Villegas.
El IMC llevará un Acta de Servicio, donde anotará toda información relevante respecto de la ejecución del contrato, a modo de ejemplo, considerará la anotación de:
- Fecha de inicio del contrato.
- Identificación del supervisor del contrato designado por el contratista y sus datos de contacto.
- Entre otras.
De cada comunicación que se realice por cualquiera de estos medios digitales, el IMC dejará constancia en el correspondiente Acta de servicio a más tardar el día hábil siguiente, pudiendo adjuntar copia impresa de dichos antecedentes si lo estima necesario.
Por tanto, para este contrato será considerado como “medio de comunicación oficial” la que se realice a través del correo electrónico. Por consiguiente, será exigencia que el supervisor del contrato por parte del Contratista cuente permanentemente con correo electrónico habilitado y equipo de telefonía móvil con acceso a internet.
Toda comunicación realizada por el IMC deberá ser contestada por el contratista dentro de las 24 horas siguientes, acusando recibo, respondiendo, aclarando y/o justificando los hechos, según corresponda.
La IMC tendrá además las atribuciones y obligaciones establecidas en el Decreto Alcaldicio N°1096, de fecha 02/08/2019, que aprueba el “Instructivo para el control de contratos de obras, de concesión, de servicios, de proyectos o consultorías”.
|
|
|
De los Plazos |
El plazo de implementación será, el que el proveedor adjudicado proponga en el Formulario N°3 “Carta Oferta Económica”, no debiendo exceder la fecha 18/04/2024 para la activación y disponibilización de las licencias.
|
|
|
Del pago y su facturación |
El pago de los servicios contratados se realizará de acuerdo a los montos ofertados en el Formulario N°3, y como se indica a continuación:
Transcurrido el plazo propuesto por el oferente para la habilitación de las licencias contempladas en la presente licitación y luego de que el IMC acredite el correcto funcionamiento de todas ellas, mediante un acta de recepción conforme firmada entre las partes, se procederá con el pago correspondiente al 100% de este servicio, el cual contempla una vigencia de 12 meses.
Cada pago se facturará y pagará, previa recepción conforme de la IMC y visación del Director Tecnología y Gestión Digital.
a) Su facturación se deberá realizar una vez habiéndose recepcionado conforme por parte de la IMC en el Portal de mercado público.
b) Su pago se efectuará a más tardar dentro de los 30 días siguientes de haber sido recibido conforme la factura.
c) Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción conforme, la IMC entregará al contratista el resumen de las multas ejecutoriadas en que este haya incurrido y deba pagar en Tesorería Municipal, para cursar el pago.
d) La facturación deberá efectuarse en pesos chilenos, debiendo realizar la conversión respectiva utilizando el valor del USD correspondiente a la fecha en que hubieren sido recepcionados el o los servicios por medio de un Acta de Recepción Conforme firmada entre las partes y el Director de Tecnología y Gestión Digital.
Para proceder con el pago se deberá adjunta la siguiente documentación:
a) FACTURA O BOLETA CORRESPONDIENTE, debidamente certificada conforme por la IMC y visada por el Director de Tecnología y Gestión Digital. En caso de factura electrónica deberá enviar dicho documento al correo de la IMC.
b) COMPROBANTE DE PAGO DE MULTAS, ejecutoriadas si las hubiese.
c) RECEPCIÓN CONFORME por parte del IMC.
No se dará curso al pago en tanto no se cumpla con la entrega de toda la documentación antes indicada a entera conformidad del IMC.
|
|
|
Obligaciones y Responsabilidades del Contratista |
En especial, será deber y responsabilidad del Contratista:
a) Mantener informada, en forma escrita y actualizada a la IMC, respecto a todos los subcontratistas que desarrollen alguna actividad en el servicio como parte del contrato encomendado.
b) Disponer de todos los equipos y medidas de seguridad adecuados para el personal propio o subcontratado, y de las personas que la Municipalidad envíe, para evitar accidentes laborales y de cualquier naturaleza.
c) El personal que le corresponda ejecutar labores en terreno deberá estar debidamente identificado con una credencial con foto donde indique Nombre, Rut, Empresa e indicar que es técnico autorizado del proveedor, el cual deberá ser informado a la IMC.
d) Acusar recibo de cualquier comunicación o instrucción que se efectúe desde la Municipalidad debiendo atender ésta en el plazo que le señale la IMC por escrito (correo electrónico).
e) Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los requerimientos de la Municipalidad, relacionados con el Servicio.
f) Informar oportunamente a la Municipalidad de las dificultades o impedimentos detectados que puedan afectar potencialmente al buen cumplimiento del contrato, cuando corresponda.
g) Responder de los daños que pueda causar a terceros durante la vigencia del contrato obligándose a restituir al Municipio cualquier suma de dinero que ésta haya pagado por este concepto.
h) Reemplazar al personal que el IMC le haya señalado.
i) El Oferente debe respetar las condiciones técnicas de los solicitado en las Bases Técnicas.
j) Dar estricto cumplimiento a los plazos asociados al servicio y dar cumplimiento durante todo en período del contrato a todas las condiciones y requerimiento establecidos en las Bases Técnicas.
|
|
|
De la designación del supervisor del servicio |
El Contratista deberá designar un supervisor del área de la materia de la licitación, responsable de la conducción del servicio, con quien deberá entenderse y coordinarse con la IMC en relación de esta. Dicho supervisor deberá ser ubicable en forma permanente, para lo cual deberá contar con teléfono móvil y correo electrónico.
Será requisito indispensable que el encargado del contrato por parte del contratista cumpla cabalmente con las responsabilidades asignadas para la correcta y eficiente ejecución del servicio contratado.
El contratista podrá reemplazar al encargado del contrato, comunicando tal hecho por escrito al IMC con 48 horas de anticipación al inicio de las funciones del nuevo encargado, adjuntando sus datos de contacto (correo electrónico y número de teléfono celular).
|
|
|
De las Multas |
La Municipalidad se reserva el derecho de aplicar sanciones al contratista en el caso de que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases de licitación o que le impone la Ley.
La aplicación de una multa se le notificará al contratista, mediante correo electrónico, indicándole la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al Director de Tecnología y Gestión Digital. Vencido el plazo sin presentar descargos, se dictará la resolución fundada aplicando la multa, a través de a través de memorando del Director de Tecnología y Gestión Digital, y se notificará al Contratista mediante correo electrónico.
Si el contratista hubiere presentado descargos en tiempo y forma, el Director de Tecnología y Gestión Digital, tendrá un plazo de hasta diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución fundada.
Encontrándose ejecutoriadas las multas, el contratista estará obligado al pago de éstas, en Tesorería Municipal, y su comprobante deberá ser presentado junto a la factura o boleta del Estado de Pago respectivo.
Con todo, cuando el monto de las multas iguale o supere el 10% del valor total del contrato, la Municipalidad se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato.
|
|
|
Causales de Multas |
Las multas enunciadas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por razones de fuerza mayor o caso fortuito. Para lo anterior, el contratista deberá entregar un informe fundado a la IMC, quien resolverá según la acreditación de los hechos.
N° DESCRIPCIÓN DE LA FALTA MONTO MULTA
1 Incumplimiento en las indicaciones establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas. 1 UTM por infracción y por día hasta que se resuelva.
2 No dar respuesta y/o recepción a las instrucciones directas o de los procedimientos estampadas e informados por la IMC en el Libro de Control de Contrato (este último de acuerdo a los plazos estipulados) o a través de email, en un plazo que supere 1 hr. 0,5 UTM por evento.
3 Incumplimiento a la normativa legal vigente y a los reglamentos u ordenanzas aplicables a esta contratación. 1 UTM por incumplimiento.
4 Atraso en la entrega del servicio y/o vigencia de las licencias contempladas en esta licitación. 3 UTM por licencia y día de atraso y/o vigencia de las licencias.
5 Incumplimiento en la fecha de inicio de habilitación de las licencias, de acuerdo al plazo ofertado por el contratista. 2 UTM por día de atraso
|
|
|
Termino anticipado |
Serán causales de término anticipado del contrato aquellas contempladas en el artículo 77 del Reglamento ejecución de la Ley N° 19.886, además de las siguientes:
a) Fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la Municipalidad,
b) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes,
c) Estado notorio de insolvencia del contratista o por adquirir la calidad de “empresa deudora” en los términos de la ley 20.720, de “Reorganización y Liquidación” de activos de empresas y personas.
d) Cuando las sumas de las multas igualen o superen el 10% del valor total del contrato.
e) Atraso del 30% o superior de las actividades de la Carta Gantt de la Etapa N°1.
f) Incumplimiento de los términos de confidencialidad y seguridad de la información.
En estos eventos el contrato terminará por vía administrativa, sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación final.
La notificación del Término Anticipado del Contrato, se realizará mediante "Carta de Notificación de Término Anticipado" enviada por la Dirección de Tecnología y Gestión Digital, previo V°B° de la Dirección de Control, el que será notificado al adjudicatario por el Director de Tecnología y Gestión Digital y su publicación respectiva a través del Portal Mercado Público.
|
|
|
Otras Disposiciones |
Para efecto de la presente Licitación, las aclaraciones, respuestas a las preguntas, Bases Técnicas y sus Anexos, primarán en el orden enunciado, sobre las Bases Administrativas y sus anexos, si existiese alguna discordancia.
|
|
|