Licitación ID: 1056854-5-LE22
CONSULTORIA ARQUITECTURA DE RED Y TOPOLOGIA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de arquitectura del sistema y análisis de requisitos 90 Día
Cod: 43232407
Consultoría Arquitectura de Red y Topología  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORIA ARQUITECTURA DE RED Y TOPOLOGIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo es elaborar un diseño de red para la interconexión de cámaras de televigilancia en la comuna de Providencia. Cabe destacar, que la Municipalidad de Providencia en conjunto con Seguridad Providencia se encuentran habilitando y restaurando aproximadamente 160 puntos de televigilancia para implementar cámaras de seguridad.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Tecnología
R.U.T.:
69.070.300-9
Dirección:
Pedro de Valdivia 963 - Región Metropolitana
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-02-2022 15:20:00
Fecha de Publicación: 19-01-2022 13:28:25
Fecha inicio de preguntas: 19-01-2022 19:15:00
Fecha final de preguntas: 01-02-2022 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-02-2022 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-02-2022 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-02-2022 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 11-03-2022 12:13:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Garantías de Seriedad de la Oferta Formulario N°1 Identificación del Oferente
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°2 Experiencia del Oferente Formulario N°3 Propuesta Técnica
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Carta de Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia Oferente Formulario N°2 Experiencia del Oferente 15%
2 Cumplimiento de Requisitos Formales Ofertas que están planteadas en forma clara, precisa y completa, de manera que la Comisión Evaluadora no requiera buscar antecedentes adicionales o solicitar aclaraciones o complementar los antecedentes vía foro inverso en www.mercadopublico.cl 100*1% Ofertas que no cuentes con la condición señalada precedentemente. 0 puntos 1%
3 Oferta Económica A. 95% Consultoría Arquitectura de Red y Topología B. 5% Servicios Variables mediante listado de precios unitarios. 84%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Monto Total Estimado: 960
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Williams Silva
e-mail de responsable de pago: wsilva@providencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Williams Silva
e-mail de responsable de contrato: wsilva@providencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-226543519-18
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
Fecha de vencimiento: 31-03-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán garantizar la seriedad de la oferta mediante cualquier instrumento financiero, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, a nombre de la Municipalidad de Providencia, RUT.N°69.070.300-9
Glosa: En garantía de la seriedad de la oferta para la licitación “CONSULTORIA ARQUITECTURA DE RED Y TOPOLOGIA”.
Forma y oportunidad de restitución: Los documentos de Garantía de Seriedad de la Oferta serán devueltos (sin intereses ni reajustes) en la Tesorería Municipal de Providencia (ubicada en Pedro de Valdivia Nº963), de acuerdo a lo siguiente: a) Se devolverá a todos los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o si es que el Municipio "Revoca o Invalida" la licitación, según corresponda, a partir del quinto día hábil de la publicación del correspondiente Decreto Ex DTGD. en la plataforma www.mercadopublico.cl. b) Se devolverá a todos los participantes que hayan pasado a la etapa de evaluación, si es que el Municipio "declara desierta" la licitación por no convenir a sus intereses, a partir del quinto día hábil de la publicación del correspondiente Decreto Ex DTGD en la plataforma www.mercadopublico.cl. c) A quienes habiendo pasado a la etapa de evaluación y su oferta no resultará favorecida (no se propusiera su adjudicación), se les devolverá al quinto día hábil después de publicado el Decreto Ex DTGD. que Adjudica la licitación. Ello a excepción del oferente que obtuviera el 2º lugar en la evaluación (segundo mejor puntaje o calificación) a quién se le devolverá la Garantía respectiva una vez publicado el contrato en la plataforma www.mercadopublico.cl
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
Fecha de vencimiento: 09-01-2023
Monto: 10 %
Descripción: Una vez notificada la adjudicación a través del Portal Mercado Público, y en un plazo máximo de 5 días hábiles, el adjudicatario deberá presentar en la Dirección de Tecnología y Gestión Digital, una garantía o caución de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y sus obligaciones, que deberá ser tomada por el oferente, a la vista e irrevocable que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, emitida a nombre de la Municipalidad de Providencia En caso de entregar una Póliza de Garantía, ésta deberá contener la siguiente información: "póliza de garantía de cumplimiento de contrato en general y de ejecución inmediata" o "póliza de garantía para organismos públicos, de carácter irrevocable y de ejecución inmediata", para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el mismo monto y vigencia señalados precedentemente. Asimismo, el adjudicatario deberá adjuntar a la póliza una comunicación escrita en que señale el domicilio al que deberá notificarle la Municipalidad en caso de hacerla efectiva. Se deja expresamente establecido que no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los tribunales ordinarios de justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre el Municipio, la Compañía Aseguradora y el contratista. La Municipalidad, ante cualquier incumplimiento del contrato, como obligaciones laborales y previsionales, por ejemplo, podrá hacer efectiva esta garantía, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Glosa: En garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato “CONSULTORIA ARQUITECTURA DE RED Y TOPOLOGIA”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de este documento se realizará una vez que se haya efectuado la Recepción Definitiva del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Municipalidad se reserva el derecho a readjudicar en los siguientes casos: a Si el adjudicatario no “acepta” o “rechaza” la Orden de Compra dentro de las 48 horas hábiles siguientes a su emisión. b Si el adjudicatario se encuentre inhábil para contratar con la Administración del Estado en conformidad al artículo 4º de la Ley 19.886 y art. 92 de su Reglamento, al momento de la aceptación de la Orden de compra. c Si el adjudicatario no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo señalado en el artículo N°11 de las presentes bases. En cualquier de estos casos, se le hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y procederá, en caso de ser conveniente a los intereses municipales, la readjudicación conforme a lo contemplado en el informe de evaluación respectivo
Resolución de Empates
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a dirimir adjudicando de acuerdo al orden de prelación de los criterios de evaluación (según el mayor puntaje entregado al criterio mejor ponderado, de persistir el empate, según el mayor puntaje otorgado al segundo criterio mejor ponderado, y así sucesivamente). Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Todas las consultas o dudas en relación con los antecedentes de la licitación deberán hacerse por escrito a través del Portal, (www.mercadopublico.cl), en la fecha y hora indicada en el cronograma de licitación, publicado en éste. Las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiese, se harán por escrito en el mismo medio y pasarán a formar parte integrante de las Bases Administrativas y/o Técnicas, según corresponda.

La Municipalidad además de dar respuesta a las preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases para precisar su alcance, así como también para complementar, cambiar o interpretar algún elemento de su contenido que a su juicio no haya quedado suficientemente claro y/o dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se pondrán a disposición de los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta 48 horas antes de la apertura de la propuesta, aplazando la fecha de cierre en caso de que fuese necesario.

Será responsabilidad y obligación del oferente revisar el portal www.mercadopublico.cl durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. En este sentido, el sólo hecho de la presentación de la oferta significará el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes bases y de los antecedentes que la acompañan.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ARTÍCULO N°12 DE LA INSPECCIÓN MUNICIPAL DEL CONTRATO
La Inspección Municipal del Contrato estará a cargo del Departamento de Operaciones de la Dirección de Tecnología y Gestión Digital. El o los funcionarios que se designen a cargo del servicio serán nombrados mediante Decreto EX. DTGD. El IMC llevará un Libro de Servicio, donde anotará toda información relevante respecto de la ejecución del contrato, a modo de ejemplo, considerará la anotación de: - Fecha de inicio del contrato. - Identificación del supervisor del contrato designado por el contratista y sus datos de contacto. - Entre otras. De cada comunicación que se realice por cualquiera de estos medios digitales, el IMC dejará constancia en el correspondiente Libro de Control del Contrato a más tardar el día hábil siguiente, pudiendo adjuntar copia impresa de dichos antecedentes si lo estima necesario. Cada vez que el IMC realice una anotación en este Libro, la escaneará y enviará a través de correo electrónico al Contratista a la dirección que este último informara a la época de la firma del contrato. Por tanto, para este contrato será considerado como “medio de comunicación oficial” la que se realice a través del Libro de Servicio y mediante correo electrónico. Por consiguiente, será exigencia que el supervisor del contrato por parte del Contratista cuente permanentemente con correo electrónico habilitado y equipo de telefonía móvil con acceso a internet. Toda comunicación realizada por el IMC deberá ser contestada por el contratista dentro de las 24 horas siguientes, acusando recibo, respondiendo, aclarando y/o justificando los hechos, según corresponda. La IMC tendrá además las atribuciones y obligaciones establecidas en el Decreto Alcaldicio N°1096, de fecha 02/08/2019, que aprueba el “Instructivo para el control de contratos de obras, de concesión, de servicios, de proyectos o consultorías
AUMENTOS O DISMINUCIONES DE CONTRATO
La Municipalidad se reserva el derecho a disponer al Contratista que aumente o disminuya los servicios contratados hasta en un 30% del valor total del contrato. Cualquier disminución o aumento de contrato deberá ser autorizada mediante el correspondiente Decreto, entendiéndose vigente, desde la fecha de anotación de éste en el Libro de Servicio, además todo aumento o disminución se regirá de acuerdo con el detalle de la oferta económica adjudicada, expresada a través de Formulario N°4 “Carta Oferta Económica y Listado de Precios Unitarios”. Tratándose de aumentos del contrato que sumados superen las 100 UTM (acumulativamente), el contratista deberá garantizarla, pudiendo reemplazar la garantía primitiva por otra equivalente al 5% del nuevo monto contratado IVA incluido y con una vigencia del plazo del contrato más 60 días corridos después de la Recepción del Servicio. O bien, podrá complementarla tomando una garantía adicional en las mismas condiciones establecidas en el Artículo Nº11 de las presentes Bases. Tratándose de disminuciones del contrato (independiente del monto), el Proveedor podrá si lo requiere, cambiar la garantía existente, reemplazándola por una actualizada al nuevo monto. En caso de que dichas modificaciones sean inferiores a las 100 UTM, se entenderán cubiertas por la garantía vigente. Las ampliaciones y disminuciones de servicio regirán a contar de la fecha en que la IMC así lo indique en el Libro de Servicio, procediendo con el memorando que cuente con todas las aprobaciones a través del cual se solicite la emisión del decreto respectivo, debiendo posteriormente acompañar este último documento. Éstas se materializarán por medio de la emisión de la Orden de Compra, y la aceptación de ésta por parte del contratista.
DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
En especial, será deber y responsabilidad del Contratista: a) Mantener informada, en forma escrita y actualizada a la IMC, respecto a todos los subcontratistas que desarrollen alguna actividad en el servicio como parte del contrato encomendado. b) Disponer de todos los equipos y medidas de seguridad adecuados para el personal propio o subcontratado, y de las personas que la Municipalidad envíe, para evitar accidentes laborales y de cualquier naturaleza. c) El personal que le corresponda ejecutar labores en terreno deberá estar debidamente identificado con una credencial con foto donde indique Nombre, Rut, Empresa e indicar que es técnico autorizado del proveedor, el cual deberá ser informado a la IMC. d) Acusar recibo de cualquier comunicación o instrucción que se efectúe desde la Municipalidad debiendo atender ésta en el plazo que le señale la IMC por escrito (correo electrónico o Libro de Servicio). e) Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los requerimientos de la Municipalidad, relacionados con el Servicio. f) Informar oportunamente a la Municipalidad de las dificultades o impedimentos detectados que puedan afectar potencialmente al buen cumplimiento del contrato, cuando corresponda. g) Responder de los daños que pueda causar a terceros durante la vigencia del contrato obligándose a restituir al Municipio cualquier suma de dinero que ésta haya pagado por este concepto. h) Reemplazar al personal que el IMC le haya señalado. i) El Oferente debe respetar las condiciones técnicas de los solicitado en las Bases Técnicas. j) Dar estricto cumplimiento a los plazos asociados al servicio y dar cumplimiento durante todo en período del contrato a todas las condiciones y requerimiento establecidos en las Bases Técnicas.
DE LA DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR DEL SERVICIO
El Contratista deberá designar un supervisor del área de la materia de la licitación, responsable de la conducción del servicio, con quien deberá entenderse y coordinarse con la IMC en relación de esta. Dicho supervisor deberá ser ubicable en forma permanente, para lo cual deberá contar con teléfono móvil y correo electrónico, de todo esto quedará constancia en el Libro de Servicio. Será requisito indispensable que el encargado del contrato por parte del contratista cumpla cabalmente con las responsabilidades asignadas para la correcta y eficiente ejecución del servicio contratado. El contratista podrá reemplazar al encargado del contrato, comunicando tal hecho por escrito al IMC con 48 horas de anticipación al inicio de las funciones del nuevo encargado, adjuntando sus datos de contacto (correo electrónico y número de teléfono celular). De ello se dejará constancia en el Libro de Servicio. Asimismo, dicho supervisor deberá entregar a la IMC, previo a la suscripción del Acta de Inicio del Servicio, la siguiente documentación: a) Plan de Trabajo en donde debe explicar o detallar el desglose del proceso en conformidad a lo establecido en las Bases Técnicas, indicando a lo menos la cantidad de recursos humanos a emplear y metodología de trabajo por cada etapa del servicio. b) Listado del Personal que participará en la prestación del servicio, señalando nombre, teléfono de contacto y función que desempeñarán. Cualquier cambio de aquellos (por caso fortuito o fuerza mayor) deberá ser previamente justificado y aprobado por la IMC, demostrando que el trabajador será reemplazado por otro con igual o mayor experiencia, y similar perfil. Dicho personal deberán ser técnicos calificados y que cuenten con la experiencia mínima de 1 año para este tipo de servicios. c) Carta Gantt con los plazos de ejecución y entrega del servicio.
CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
El Contratista deberá mantener en carácter confidencial y para uso exclusivo del respectivo contrato, todos los datos y antecedentes reservados de los cuales tiene conocimiento. Esta obligación se extenderá a su personal, empleados y a cualquier tercero que participe en los trabajos encomendados. Para esto, el contratista se compromete al cumplimiento de todo lo señalado en el Formulario N°7 “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, a través de la entrega de éste debidamente firmado.
DE LA SUBCONTRATACIÓN
El Contratista podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato, en los términos establecidos en el artículo N°76 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En dicho caso, el contratista se entenderá como único mandante de los trabajadores subcontratados, y responderá por los trabajos que ellos ejecuten. Los trabajadores subcontratados no podrán estar sujetos a causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el artículo 92 del Reglamento de la Ley N°19.886. En todo caso, dicha subcontratación deberá contar con el acuerdo de la IMC y el Director de Tecnología y Gestión Digital y ser registrada en el respectivo Libro de Servicio y aprobada mediante Decreto EX. DTGD.
TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
Serán causales de término anticipado del contrato aquellas contempladas en el artículo 77 del Reglamento ejecución de la Ley N° 19.886, además de las siguientes: a) Fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la Municipalidad, b) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes, c) Estado notorio de insolvencia del contratista o por adquirir la calidad de “empresa deudora” en los términos de la ley 20.720, de “Reorganización y Liquidación” de activos de empresas y personas. d) Cuando las sumas de las multas igualen o superen el 10% del valor total del contrato. e) Atraso del 30% o superior de las actividades de la Carta Gantt. f) Incumplimiento de los términos de confidencialidad y seguridad de la información. En estos eventos el contrato terminará por vía administrativa, sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación final. La notificación del Término Anticipado del Contrato, se realizará mediante "Carta de Notificación de Término Anticipado" enviada por la Dirección de Tecnología y Gestión Digital, previo V°B° de la Dirección de Control, el que será notificado al adjudicatario por el Director de Tecnología y Gestión Digital y su publicación respectiva a través del Portal Mercado Público.
RECEPCIÓN PROVISORIA
a) Una vez cumplido el plazo del contrato, el contratista deberá solicitar por escrito en el Libro de Servicio a la IMC, la Recepción Provisoria del mismo. Se levantará un Acta de Recepción Provisoria la que deberá ser firmada por el contratista, la IMC y el Director de Tecnología y Gestión Digital. b) Si en el acto de recepción se encontraren observaciones, se otorgará un plazo adicional desde la fecha en que se anotan las observaciones en el Libro de Servicio. De no cumplirse la solución de las observaciones en el plazo indicado se cursará una multa de acuerdo con lo indicado en el artículo N°20. c) Si el contratista cumple el plazo establecido para solucionar las observaciones, se efectuará la Recepción Provisoria con la fecha correspondiente al término del servicio.
LIQUIDACIÓN DE CONTRATO
De manera previa a la Recepción Definitiva la Municipalidad deberá efectuar la liquidación del contrato. La liquidación deberá establecer claramente los saldos pendientes que resulten a favor o en contra del contratista, incluyendo el pago de las multas si las hubiere, y será suscrita por la Municipalidad.
RECEPCIÓN DEFINITIVA
a) Una vez efectuada la liquidación del contrato y si no hubiera observaciones por parte de la Municipalidad, se procederá a efectuar la Recepción Definitiva del servicio, la cual se realizará 30 días corridos después de la Recepción Provisoria. b) Para la Recepción Definitiva se levantará acta suscrita por el Contratista, la IMC y el Director de Tecnología y Gestión Digital. c) La Recepción Definitiva del servicio y la liquidación del contrato serán aprobadas por Decreto EX. DTGD, el que además dispondrá la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. d) Dicho Decreto será notificado al Contratista por la IMC y si éste no objetara la liquidación del contrato dentro del plazo de 3 días contados desde la notificación del Decreto, se entenderá que otorga a la Municipalidad el más amplio, total y completo finiquito.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.