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I. BASES ADMINISTRATIVAS _ 1. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN. El |
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El objeto de la presente licitación es la adquisición de 3 equipos agrícolas para la Universidad de Aysen, consistentes en un Motocultivador, un Rotovator/Rotocultor) con rueda y una desbrozadora/Trituradora, de acuerdo con los requisitos que se detallan en el Título II de la presente Resolución.
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2. MARCO NORMATIVO. |
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Esta licitación Pública se regirá por lo dispuesto en la Ley N°19.886 de 2003, de Bases sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, su Reglamento, y por las normas legales, reglamentarias vigentes y aplicables al momento de su publicación, por lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, documentos anexos de la propuesta, y las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas formuladas a través del sistema de información, la Resolución que adjudica la licitación, y la propuesta presentada por el oferente adjudicado.
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3. INTERPRETACIÓN |
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Todos los documentos mencionados en el apartado anterior formarán un todo integrado y se complementarán recíprocamente, en forma tal que se considera parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. La Universidad se reserva la facultad de interpretar tales instrumentos en caso de contradicción, considerando el principio de preeminencia, estricta sujeción de las bases, e igualdad de los oferentes.
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4. NATURALEZA Y MONTO DE LA PROPUESTA |
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La presente licitación es de carácter público, cuya convocatoria se realizará a través del sistema de información, por la Universidad de Aysén, domiciliada en Calle Lord Cochrane 335, Coyhaique.
Las ofertas deben estar expresadas en moneda nacional, contemplar los 3 equipos requeridos y ajustarse al presupuesto límite de $10.900.400.- IVA incluido. Las ofertas que no se ajusten a lo señalado, serán declaradas inadmisibles.
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5. PARTICIPANTES. |
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Podrán contratar con la Universidad todas las personas naturales y/o jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (UTP), que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en la Ley N°19.886 de 2003 y sus modificaciones, lo dispuesto en el artículo 154 de su Reglamento; y en el Artículo 8 N°2 y 10 de la Ley Nº20.393 de 2009, artículo 33 de la Ley 21.595 y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
En el caso particular de las UTP, deben ajustarse a lo dispuesto en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N°19.886, y al momento de presentar su oferta, acompañar el instrumento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, ya sea un instrumento público o privado. En dicho instrumento se deberá establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad, y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones establecidas en las presentes bases.
Las propuestas deberán tener una validez de 90 días corridos a contar de la fecha del cierre de la etapa de presentación de ofertas.
Cada proveedor podrá presentar una única propuesta. En caso contrario, solo se aceptará aquella que primero se hubiere presentado.
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6. CALENDARIO DE LA LICITACIÓN. |
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(ver cuadro en bases adjuntas)
Todos los plazos establecidos en estas bases son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se señale que serán plazos de días hábiles. No obstante, cuando un plazo venza en sábado, domingo o festivo, se entenderá que aquel plazo vence a las 16:00 horas del día hábil siguiente.
Si en el último día del plazo de publicación de la licitación no se hubieren recibido ofertas, hasta 30 minutos antes del cierre del proceso, según el horario fijado en la ficha electrónica, la Universidad podrá extender el plazo de publicación y recepción de ofertas hasta en 2 días corridos adicionales, con la finalidad de disminuir las probabilidades de que este proceso sea declarado desierto. La modificación del calendario será informada mediante comunicación en el portal de compras públicas y será sancionada en el acto administrativo correspondiente.
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7. MODIFICACIÓN DE LAS BASES. |
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La Universidad, mediante el acto administrativo respectivo, podrá modificar las bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación, hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas, informando de ello a través del sistema de información. En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá en un plazo prudente, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
En todos los casos será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación por medio del portal de compras públicas con el ID correspondiente a la licitación y atender toda modificación realizada por la Universidad.
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8. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES. |
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Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en el sistema de información con el ID correspondiente a la presente licitación, dentro de la fecha y horarios que en el calendario se establezcan. Las respuestas y aclaraciones serán entregadas por la Universidad, en la oportunidad establecida en el calendario.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones, si existieren, se entenderán incorporadas a las presentes bases administrativas o técnicas según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de su aprobación.
Este mecanismo solo tiene por objeto esclarecer aspectos de las bases, de modo de otorgar mayor certeza jurídica a los oferentes para la preparación de sus ofertas. Conforme con lo anterior, no procede que a través de ellas se modifiquen las exigencias y/o condiciones establecidas en las respectivas bases. En caso de que se requiera realizar modificaciones a las bases o sus anexos, se estará a lo dispuesto en el numeral 7.
Se deja constancia que sólo se recibirán consultas formuladas a través de los medios señalados, y queda descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y la Universidad.
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9. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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Los participantes deberán contemplar en su propuesta todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación, de acuerdo con los Anexos cuya presentación se exige en esta licitación. Así cada oferta deberá estar conformada por: (ver cuadro en bases adjuntas)
Cada oferente deberá presentar su propuesta a través del sistema de información, dentro de los plazos que en tal sitio electrónico se establezcan para ello, conforme al calendario aprobado en las presentes bases, y ajustándose a los Anexos en él publicados. No se aceptarán propuestas que sean presentadas de otro modo, salvo en los casos de indisponibilidad del sistema previstos en el artículo 115 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
En la presentación de las propuestas, los oferentes deberán respetar los anexos proporcionados por la Universidad cuyo texto se encuentra aprobado junto a estas bases administrativas.
La omisión en la presentación de cualquiera de los anexos, así como de la propuesta técnica, dará lugar a la declaración de inadmisibilidad de la propuesta de acuerdo con el artículo 9 de la Ley N°19.886.
9.1. ANEXOS ADMINISTRATIVOS
9.1.1. Identificación del Oferente y Declaración jurada
El oferente participante deberá adjuntar en su propuesta, en la carpeta digital “Anexos administrativos” el Anexo administrativo N°1, que corresponde a su individualización. Además, deberá suscribir la declaración jurada de "Requisitos para ofertar" que se le solicita en forma automática, al momento de ofertar, a través del sistema de información con el ID de la presente licitación, que da cuenta de su habilidad para contratar con el Estado.
En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el oferente que presenta la oferta a través del portal deberá cumplir con lo señalado en el párrafo anterior, en tanto, el resto de los integrantes de la UTP, con la finalidad de acreditar que no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades para contratar con el Estado, deberán acompañar conjuntamente con la oferta las declaraciones juradas correspondiente a los Anexos N°1 y N°2, suscritas por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso de persona jurídica o persona natural. Los integrantes de la UTP determinarán, al momento de la presentación de su oferta, que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, conforme al Artículo 181 del Reglamento de Compras Públicas.
9.1.2. Documentos Anexos Adicionales:
Tratándose de personas jurídicas, deberán adjuntar a su propuesta alguno de los siguientes documentos:
1.- Copia del documento en que conste el otorgamiento de poder para representar al oferente, el cual no deberá tener una antigüedad superior a dos años, contados desde la fecha del cierre para la recepción de ofertas.
2.-Copia del Certificado de vigencia del poder, el cual no deberá tener una antigüedad superior a seis meses contados desde la fecha del cierre para la recepción de ofertas.
La documentación señalada deberá ser ingresada en el plazo para la recepción de ofertas, salvo que se encuentre disponible, a la fecha de la apertura electrónica, como documento acreditado en el Registro Electrónico Oficial y cumpla con las exigencias detalladas respecto a fecha de su emisión.
9.2. ANEXOS TÉCNICOS
El proveedor deberá adjuntar en la carpeta digital “Anexos técnicos”, el Anexo N°3, “Plazo de entrega”. El plazo debe ser ofertado en días corridos y no podrá ser superior a 30 días corridos. Aquellas ofertas que no se ajusten a lo señalado serán declaradas inadmisibles.
Adicionalmente, deberá adjuntar su propuesta técnica con el detalle de los productos ofertados de forma que permita verificar el cumplimiento de los requisitos detallados en el Título II de la presente Resolución. La oferta que no cumpla con una de las exigencias o no indique alguna de ellas, será declarada inadmisible.
A la propuesta se deberá también adjuntar el Anexo N°4, que corresponde a una declaración jurada sobre si cuenta con programas de integridad o compliance conocidos por sus trabajadoras y trabajadores, y adjuntar respaldo en caso de que corresponda. La documentación acompañada deberá acreditar la comunicación del programa de integridad a sus trabajadores (as).
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
9.3. ANEXO ECONÓMICO
El oferente deberá adjuntar el Anexo Nº5 “Oferta económica”, el que deberá ajustarse a los señalado en el numeral 4 de las presentes bases. Las ofertas que no den cumplimiento a lo indicado serán declaradas inadmisibles.
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10. APERTURA DE LAS PROPUESTAS. |
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La apertura de las propuestas presentadas se realizará a través del sistema de información en la fecha y hora que en este se establezca, y en el acto se verificará que los oferentes hayan cumplido con los siguientes requisitos mínimos:
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Adjuntar a su propuesta los documentos de “Identificación del oferente” y “Declaración jurada requisitos para ofertar” (Anexo N°2, cuando corresponda).
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Adjuntar los Anexos N°3 “Plazo de entrega”, N°4 “Declaración Programa de integridad y Compliance” y Propuesta técnica que detalle los equipos ofertados.
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Adjuntar el anexo N°5, correspondiente a la propuesta económica, la cual no podrá superar el presupuesto limite.
Previo a la evaluación de las ofertas, se realizará un análisis de las ofertas presentadas, rechazando aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en estas bases para participar de la Licitación.
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11. POSIBILIDAD DE SOLICITAR ACLARACIONES O SUBSANAR ERRORES U OMISIONES FORMALES. |
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Si durante la evaluación de las ofertas, se detecta la existencia de un error formal en la presentación de la propuesta, o la omisión en la presentación de algún antecedentes solicitado, la Universidad podrá solicitar al proveedor que adjunte el documento faltante, a través del Sistema de información, otorgándole un plazo de 48 horas, siempre que ello no le confiera a tal oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En este último caso, se aplicará en su evaluación lo dispuesto en el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
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12. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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De conformidad con el artículo 54 del Reglamento de Compras Públicas, se efectuará la evaluación de las ofertas que cumplan los requisitos admisibilidad y recomendará a la autoridad la adjudicación de la oferta más conveniente a los intereses de la institución y que haya cumplido los requisitos establecidos en estas bases de licitación.
La evaluación será realizada por don Rodrigo Ojedada, Jefe de Carrera de Agronomía o quien reemplace o subrogue en dicha labor y se plasmará en un acta de evaluación de las ofertas, en la cual se consignará lo siguiente:
1.- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2.- Las ofertas que deben declararse inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiendo especificarse los requisitos incumplidos.
3.- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando se juzgue que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Universidad.
4.- La asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5.- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad.
Asimismo, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por el puntaje total que obtenga cada uno de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación.
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13. PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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Las propuestas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación y sus porcentajes: (ver cuadro en bases adjuntas)
1) OFERTA ECONÓMICA.Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula: (MP/POE) x P _ Donde,
MP: menor precio
POE: precio oferta a evaluar
P: puntaje máximo asignado al criterio
2) PLAZO DE ENTREGA.Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula: (MP/POE) x P
Donde, MP: menor plazo
POE: plazo ofertado a evaluar
P: puntaje máximo asignado al criterio
El plazo ofertado (días corridos) se computará desde la aceptación de la orden de compra.
3) PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO O COMPLIANCE
Para efectos de la evaluación, se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará conforme con lo siguiente: (ver cuadro en bases adjuntas)
4) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (ver caudro en bases adjuntas)
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14. RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de que exista un empate entre dos o más propuestas, la Universidad escogerá aquella que haya obtenido más puntos según el siguiente orden:
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La primera variable para considerar es “oferta económica”.
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La segunda variable para considerar es “Plazo de entrega”
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La tercera variable para considerar es “programa de cumplimiento o compliance”
Si luego de aplicar los anteriores criterios persistiere el empate (en el ponderado general como particular), la autoridad competente escogerá aquella propuesta que se haya presentado primero en el sistema de información, según conste en la ficha electrónica.
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15. ADJUDICACIÓN. |
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La adjudicación se efectuará mediante resolución y se ceñirá a los puntajes obtenidos por los oferentes de acuerdo con la aplicación de los criterios de evaluación. La institución no se encuentra obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor.
Por otra parte, se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no reúnan la totalidad de los requisitos establecidos en estas bases, o se diera el supuesto regulado en el artículo 60 del Reglamento de la Ley N°19.886. El proceso licitatorio será declarado desierto en caso de recibir ofertas o bien la totalidad de estas fuere declarada inadmisible, o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la institución.
La institución informará en el sistema de información los resultados del presente proceso licitatorio y los mecanismos para formular consultas sobre este.
Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 inciso segundo del Reglamento de la Ley N°19.886, si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello.
Para efectos de verificar lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 41 del Reglamento referido, respecto a saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social se estará a lo consignado en el sistema de información; ello sin perjuicio de que el proveedor pueda entregar certificaciones adicionales y/o la institución solicitarlas en el plazo de 3 días hábiles de notificada la resolución que dispone la adjudicación.
Conforme a lo estipulado en el artículo 58 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que siga en puntaje en un plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la licitación, en los siguientes casos:
a)
En caso de que el adjudicatario no acepte la orden de compra dentro del plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su emisión por la Universidad.
b)
Si se verifica que el oferente adjudicado se encuentra en una situación de conflicto de interés con la Universidad de Aysén, de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley N°19.886 de 2003, y la N°20.393 de 2009.
En caso de que el adjudicatario sea una UTP, la unión deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste de su oferta o decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros.
En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, será adjudicada la oferta del siguiente oferente mejor evaluado. Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo con los intereses del Servicio, se podrá declarar desierta y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso.
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16. DEL CONTRATO |
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16.1. Formalización de la contratación
Atendido a que los bienes que se precisan adquirir se encuentran suficientemente detallados en las bases técnicas, pudiendo catalogarse de simple y objetiva especificación y que el presupuesto disponible es inferior a 1000 UTM, la contratación se formalizará mediante la aceptación por parte del oferente adjudicado de la orden de compra emitida por la institución.
La orden de compra deberá ser aceptada dentro del plazo de 2 días hábiles, contados desde su emisión por la Universidad. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo señalado, se entenderá que se desiste de la propuesta, caso en el cual la Universidad podrá disponer una nueva adjudicación conforme con lo señalado en el numeral anterior.
16.2. Vigencia del contrato y administración
El contrato a que de origen la presente licitación comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra, y se mantendrá vigente hasta el total cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato. Durante dicho periodo el Jefe de Carrera de Agronomía o quien lo reemplace o subrogue en dicha labor deberá velar por la correcta ejecución de este.
16.3. Forma de pago
La Universidad emitirá una orden de compra al adjudicatario por el valor total de los equipos con IVA incluido. El pago se efectuará dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la recepción de la factura por la Universidad. Lo anterior, previo registro en el Sistema de Información de recepción conforme por parte del Jefe de Carrera de Agronomía o quien lo reemplace o subrogue en dicha labor.
En el caso de la UTP, será el representante de ésta, indicado en el documento de constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago correspondiente.
16.4. Notificaciones
Al participar en el proceso licitatorio el adjudicatario autoriza a la Universidad para notificar a su correo electrónico indicado en el anexo N°1, todas las decisiones o resoluciones que adopte en relación con la presente contratación, incluyendo, pero sin limitarse a ello, a avisos de termino anticipado, y/o aplicación de multas. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886.
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17. MULTAS. |
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La Universidad aplicará multas al proveedor por infracciones a las condiciones de las presentes bases y la oferta adjudicada, en el evento de incurrir en retraso en la entrega de los equipos de acuerdo con el plazo ofertado, en cuyo caso se aplicará 1 UTM por cada día de atraso.
Las multas en su conjunto tendrán un tope del 5% del valor total del contrato, y si sobrepasaren ese porcentaje, encontrándose ejecutoriada la resolución que aplica la sanción, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo con las normas pertinentes
El valor de la UTM será la del mes en que se notifique por medio de correo electrónico del incumplimiento que origina la multa al adjudicatario, de acuerdo con el procedimiento que se detalla a continuación. Una vez constatada una falta que amerite la aplicación de una multa, el administrador del contrato, o quien este designe comunicará tal situación al adjudicatario por medio de correo electrónico, para que éste efectúe los descargos respectivos dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde recibida la comunicación. El proveedor deberá presentar sus descargos por escrito junto con los antecedentes que sustenten sus alegaciones mediante correo electrónico dirigido a la misma casilla que Una vez transcurrido el plazo para la presentación de los descargos, se hubieren o no presentados, la Universidad decidirá en definitiva si procede o no la aplicación de la multa, dictando la resolución correspondiente. La resolución que aplica las multas se notificará mediante correo electrónico, indicando la causa y el monto de esta, y podrá impugnarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº19.880. Las multas se harán efectivas con cargo al pago que se encuentre pendiente, y si este monto no fuere suficiente para cubrir el total de la multa, se podrá perseguir judicialmente su cobro de acuerdo con las normas pertinentes.
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18. DE LA MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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El contrato podrá modificarse por las causales consignadas en el artículo 13 de la Ley Nº19.886 y en el artículo 129 del Reglamento de dicha Ley.
Por otro lado, el contrato podrá terminarse por las causales establecidas en el artículo 13 bis de la ley N°19.886, y en el artículo 130 de su Reglamento.
Para estos efectos, se entenderá por incumplimiento grave los siguientes casos:
a.
El proveedor no hace la entrega de los equipos en el plazo establecido y presenta un retraso superior a 10 días. Lo anterior, sin perjuicio de las multas que corresponda.
b.
El contratista sufre la aplicación de multas cuyo monto total de tales sanciones alcanza el 5% del valor total del contrato.
En caso de verificarse alguna de las causales antes anotadas, se iniciará un procedimiento de termino anticipado de contrato, el que deberá ajustarse a lo establecido para la aplicación de multas, indicado en el numeral anterior.
Adicionalmente, se pondrá termino anticipado al contrato en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N°20.393.
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II. BASES TÉCNICAS 1. OBJETO |
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En el marco de la implementación del huerto experimental y centro demostrativo de la carrera de Agronomía, la Universidad de Aysén precisa adquirir los equipos que se indican a continuación:
a)
MOTOCULTIVADOR Powersafe BCS-740, o equivalente, con las siguientes especificaciones:
Motor: HONDA GX390
● Alimentación: Gasolina
● Arranque: Manual o Eléctrico
● Potencia kW/ CV: 8,7 / 11,7
● Cambio: De engranajes y tornillo sin fin en baño de aceite
● Marchas AD + AT: (3+3)
● Inversor rápido: Si
● Embrague: PowerSafe® hidráulico con mando manual
● Freno: De trabajo independientes sobre las dos ruedas y de estacionamiento
● Diferencial: Con bloqueo
● Toma de fuerza: Independiente del cambio. De 990 rev/min (con motor de 3600 rev/min) con acoplamiento en baño de aceite.
● Puesta de conducción: Montado sobre silent-blocks con manceras regulables en altura, lateralmente y reversibles
● Ruedas: 5.0-10 ; 5.0-12 ; 6.5/80-12 ; 6.5/80-15 ; Jaula Ø49 cm
● Dispositivos de seguridad: Conforme a la normativa EN 709/A4
● Aperos BC aplicables: Fresa, PDR, surcador, arado, Groundblaster, Ridge2, barra de corte, cortacésped, trituradora, BladeRunner, RollerBlade, quitanieves de cuchilla y turbina, barredora.
● Transmisión: Mecánica y embrague hidráulico (3 + 3).
● Anchura de fresado máx: 80 cm
● Peso: 177 Kg
b)
ROTOVATOR - ROTOCULTOR (FRESA) - 30" 80 CM. C/RUEDA, con las siguientes especificaciones: ●Potencia mínima requerida: 9,1 CV (80 cm)
●Transmisión: Con engranajes en baño de aceite.
● Profundidad de trabajo: Ajustable.
● Anchura de fresado: Ajustable variando el número de cuchillas y la anchura del capó.
●Protección: Cuenta con protección contra accidentes para la seguridad del operador.
●Ancho de trabajo: 80 cm
● Opcional: rueda de apoyo fresa, surcador de fresado posterior, Precisión Depth Roller.
c)
DESBROZADORA/TRITURADORA ROLLERBLADE, con las siguientes especificaciones:
● Trituradora de hierba monorotor con cuchillas intercambiables en forma de “Y”.
● Potencia mínima necesaria*: 8,1 CV (75 cm).
● Freno: Freno de cuchilla automático según EN 12733 y rueda libre antiarrastre.
● Transmisión: Transmisión principal con engranajes en baño de aceite y transmisión lateral con correas.
● Protección: Apertura frontal protegida por chapas móviles de acero. Rulo de protección de hierba trasero de serie.
● Altura de corte: Regulable de forma continua mediante manivela.
● Anchura de corte: 75 cm
● Opcional: Kit de martillos.
Las ofertas que no se ajusten a las especificaciones señaladas o no indiquen alguna de ellas (salvo las opcionales) serán declaradas inadmisibles. En tal sentido, al verificarse en la revisión técnica de las ofertas, el incumplimiento de alguno de los requerimientos detallados, el/la evaluador podrá abstenerse de continuar con la revisión de la propuesta.
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2. ALCANCES DE LA CONTRATACIÓN |
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a)
La entrega de los equipos deberá realizarse en el Campus Lillo, ubicado en Eusebio Lillo N°667, Coyhaique en horario de 9:00 a 18:00 horas. En caso de que el plazo ofertado venza en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado al día hábil siguiente.
b)
Los incumplimientos a las bases o a la propuesta adjudicada serán susceptible de la aplicación de las multas establecidas en el numeral 17 de las bases administrativas.
c)
La garantía de los productos se sujetará, en lo que corresponda, a lo dispuesto en el DFL N°3, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
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III ANEXOS |
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ANEXO N°1, IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (ver adjunto)
ANEXO N° 2, DECLARACIÓN JURADA REQUISITOS PARA OFERTAR
ANEXO N°3, “PLAZO DE ENTREGA”
ANEXO N°4, “DECLARACIÓN PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE”
ANEXO N°5, OFERTA ECONÓMICA
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