Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “GARANTIA DE LOS PRODUCTOS”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "ENTREGA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PRECIO”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Cualquier persona podrá hacer sus consultas con respecto a la adjudicación de las formas que a continuación se describen:
1. PRESENCIAL: en cualquier oficina OIRS de los establecimientos de salud, SEREMIS de salud o departamento de atención al usuario del MINSAL.
2. NO PRESENCIAL: a través de sistema OIRS: http://oirs.minsal.cl, el sitio del Ministerio de Salud www.minsal.cl o llamando al fono salud responde: 600 360 7777.
Los servicios públicos tienen un plazo máximo de 20 días hábiles para responder al usuario (a) sobre su reclamo o solicitud realizada. esta respuesta puede contener información sobre el avance en el proceso de gestión o bien sobre la respuesta definitiva.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Se aceptará que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Los antecedentes omitidos serán aceptados cuando se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo fatal para salvar estas omisiones es de 1 día corrido desde la apertura electrónica de la licitación.
La información sobre la solicitud y el envío de estos antecedentes quedará reflejada para todos los proveedores en el Foro de la licitación.
En caso de salvar estos errores u omisiones, el oferente, obtendrá 0% de la ponderación del criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos".
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Solicitud de aclaraciones y antecedentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Portal.
Asimismo, el Hospital tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
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Documentos integrantes |
La relación entre el contratista y el Hospital se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato suscrito entre las partes.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Sobre el plazo de entrega |
Los productos adjudicados deberán ser entregados por medio de una Guía de Despacho en la fecha jurada por el contratista. En caso de que este plazo no sea efectivo, se aplicarán las multas correspondientes que sean derivadas por este incumplimiento. Una vez transcurridos 8 días desde la entrega, el contratista deberá emitir la factura correspondiente, previa información por parte del Hospital sobre la recepción conforme de los productos.
El contratista deberá responsabilizarse por los costes que signifiquen entregar la mercadería en las dependencias del Hospital, en las cantidades pactadas según la orden de compra. Nunca de forma parcializada.
Además, deberá tomar las medidas y precauciones necesarias para que la entrega se realice en la unidad operativa de Bodega Central, la cual se encuentra en dependencias del Hospital, en José Antonio Salinas 2500, Putaendo. En horario de lunes a viernes de entre 08:00 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 16:00 hrs.
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Sobre el pago |
El pago al contratista deberán efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme del DTE de cobo y de los productos/servicios individualizados en la orden de compra. Siempre y cuando no existiese ninguna observación del DTE o de la mercadería entregada.
ES IMPRESCINDIBLE PARA PROCEDER AL PAGO QUE:
1. Los productos/servicios sean recibidos sin observaciones por el personal del Hospital.
2. La Orden de Compra sea Aceptada en el Portal previamente al proceso de facturación.
3. Se indique el N° de Orden de Compra en el campo 801 de la factura.
4. Se envíe a dipresrecepcion@custodium.com el archivo *.xml de la factura, a más tardar 72 horas desde su creación.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, El Hospital notificará inmediatamente de ello al contratista, por carta certificada y/o por correo electrónico informado en el [Anexo Administrativo] anexado a la oferta en el Portal por el Contratista, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el contratista tendrá un plazo de 5 días corridos para efectuar sus descargos por escrito y/o al correo electrónico: oficinapartes.hpp@redsalud.gov.cl, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada dictaminada por el Hospital.
Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Hospital tendrá un plazo de 5 días corridos, contados desde la recepción de los descargos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo contratista deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada por parte del Hospital, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo contratista mediante carta certificada y/o correo electrónico.
El contratista dispondrá de un plazo de 5 días corridos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
Mientras esta situación se mantenga sin resolver, el/los pago/s serán interrumpidos hasta aclarecer los hechos impugnados.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Término anticipado |
El Hospital está facultado para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el contratista, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Si el contratista se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa adjudicada del contratista.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Hospital un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el contratista, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del Hospital, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre las partes.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos en materias del contrato u afines, con el fin de influenciar decisiones del Hospital.
5) En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 6 días corridos.
6) En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 10 % del valor total contratado.
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
9) Cambiar los precios de los productos adjudicados sin justificación.
10) No hacer valer la garantía exigida de 12 meses para los productos adquiridos durante el tiempo que dure el contrato.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el contratista, debiendo el Hospital concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital y el contratista podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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Modificación de las bases |
El Hospital, podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones, si las hubiere, serán informadas a través del Portal.
Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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Comisión Evaluadora |
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión designada especialmente para tal efecto. Dicha Comisión estará compuesta por tres funcionarios del Hospital designados por acto administrativo.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Igualmente, los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito en estas bases.
La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en el Portal.
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Desestimación de las ofertas |
El Hospital podrá declarar desierto el proceso licitatorio o declarar desierta una o más líneas de productos, si las ofertas recibidas no satisfacen las exigencias solicitadas.
Se adjudicarán solo las ofertas que cumplan con los requisitos solicitados en las presentes bases y siempre que los productos/servicios solicitados se ajusten a las descripciones y especificaciones solicitadas.
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Definiciones |
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en las presentes bases, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:
-Ley de Compras: la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
-Reglamento de Compras: el reglamento de la Ley de Compras, contenido en el decreto supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
-Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
-Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
-Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir.
-Hospital: Hospital Psiquiátrico Dr. Philippe Pinel.
-Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar al Hospital los productos que se requieren en esta licitación.
-Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
-Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del contrato.
-Contratista: adjudicatario que ha suscrito el contrato y ha entregado la boleta de fiel cumplimiento del contrato.
-Portal: el sistema de información de compras y contrataciones de la administración, disponible en www.mercadopublico.cl.
Salvo que expresamente se señale lo contrario, para efectos de aplicar las disposiciones contenidas en las presentes bases y en los documentos de contratación, se entenderá que toda referencia a una ley, reglamento, acto administrativo o cualquier otro acto jurídico concreto se extenderá a aquellos que eventualmente los reemplacen en la forma prevista en el ordenamiento jurídico.
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Contenido de la oferta |
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, dentro del plazo de recepción definido. Podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos establecidos en el formulario electrónico de ingreso de la oferta del Portal y de los anexos solicitados en las Bases de licitación. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados anteriormente será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones formales o de emplear otros mecanismos, en los términos que se establecen en las presentes bases administrativas.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato editable en el Portal.
En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Asimismo, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a su disposición, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
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Suscripción del contrato |
Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo tentativo establecido para tales efectos en las bases de licitación, el que no podrá superar los 5 días corridos de adjudicada la licitación.
Para la firma del contrato, el adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; y el adjudicatario que sea persona jurídica, deberá acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses, y una copia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el registro de comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentran disponibles en el Registro de proveedores en Mercado Público.
En el evento que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o en virtud de la ley Nº 20.393 o del artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211, de 1973, el Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o a declarar desierta la licitación.
El contrato podrá también suscribirse electrónicamente con la respectiva rigurosidad de verificación previa de los antecedentes de los suscriptores. En este caso, deberá utilizarse la firma electrónica simple para la firma de los documentos, no necesariamente, bajo la fé de un notario público.
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Encargado de la supervisión del contrato |
El encargado de la supervisión del contrato por parte del Hospital será la Jefatura de Abastecimiento. Y en caso de ausentismo, será su subrogante.
Deberá realizar, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
b) Fiscalizar que la ejecución del contrato se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos.
c) Realizar inmediatamente cualquier acción en pro de que el contrato se ejecute correctamente.
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Sobre el criterio de evaluación "Plazo de entrega" |
Se considerarán solamente para la evaluación del criterio Plazo de entrega, las ofertas que indiquen plazos de entrega, no de despacho, ni plazos de salida desde bodega. En caso de tratarse de entregas indicadas en horas o horas hábiles, estas se ajustarán a las horas de funcionamiento de la bodega central, indicada en la cláusula sobre el envío y entrega de la mercadería.
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Sobre la adjudicación |
Esta licitación se adjudicará por línea y no por el total de la oferta.
Esta licitación adjudicará la oferta que cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos. Y que haya obtenido la mayor puntuación.
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Obligaciones del contratista |
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas y económicas contenidas en las bases.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
c) Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias laborales, de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del Hospital, que sean imputables al contratista.
f) De igual modo, el contratista será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro o desgastes, producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
h) Dar cumplimiento a las instrucciones de la autoridad sanitaria que resulten aplicables respecto de los servicios que se contratan, y en especial aquellas dictadas con ocasión de la emergencia de salud pública derivada del brote de coronavirus.
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Efectos derivados de incumplimientos del contratista |
1.- Multas
El contratista deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 2% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 5 días hábiles.
Las multas no podrán sobrepasar el 10 % del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital deba efectuar al contratista en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Hospital de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratista.
2.- Cobre de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo.
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Estándares de probidad |
Los contratistas que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Aumento o disminución de las cantidades informadas |
De ser necesario, antes de la firma del contrato, el Hospital podrá aumentar las cantidades informadas hasta en un 30%. Esto en el proceso de adjudicación y/o envío de la respectiva orden de compra. Siempre y cuando estas modificaciones no sobrepasen el límite establecido para este tipo de licitación.
Al contrario, en caso de que el Hospital necesite disminuir las cantidades informadas, podrá hacerlo sin alguna medida de reparo, siempre y cuando esta acción se realice en el proceso de adjudicación y/o envío de la respectiva orden de compra.
Nunca podrán hacerse modificaciones de aumento y/o disminución una vez firmado el contrato respectivo entre las partes.
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