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INSTANCIA DE PREGUNTAS, RESPUESTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES: |
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Preguntas y Respuestas
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en artículo N°6, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Hospital San Francisco de Llay Llay pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido artículo 6.
MODIFICACIONES A LAS BASES:
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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La presentación de las ofertas por sistema es obligatorio. Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la ficha de la licitación, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
En los Anexos solicitados en las presentes bases, los oferentes deberán completar todos los datos requeridos, los cuales deberán estar sin enmendaduras.; en cuanto a los Anexos señalados como obligatorios, la no presentación de cualquiera de éstos, será causal de inadmisibilidad de la oferta; todos los anexos se encuentran disponibles en archivo editable en el portal www.Mercadopublico.cl
Tipo de Anexos Nombre de los Anexos
Anexos Administrativos - ANEXO N°1: “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE”
- ANEXO N°2: COORDINADOR DE CONTRATO
- ANEXO N°3: DECLARACION JURADA SIMPLE DE ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ANEXOS Y TODO ANTECEDENTE ASOCIADO A LA LICITACIÓN
- ANEXO N°4: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL OFERENTE
- ANEXO N°5: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR (Deudas Vigentes con Trabajadores)
- FORMULARIO: “DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES”
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Anexos Técnicos y Económicos. Documentos Adjuntar (Obligatorio y Excluyentes)
Anexo N° 6 Certificado de Conocimiento y Aplicación de Disposiciones Legales
Anexo N° 7 Oferta Técnica Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema.
Anexo N° 8 Declaración de disposición final de residuos especiales y peligrosos
Anexo N° 9 Plan de Contingencia en caso de emergencia en el transporte y manejo de residuos peligrosos (formato libre).
Anexo N°10 Carta de Oferta Económica
ANEXO N°11 Declaración jurada de fiel cumplimiento a especificaciones técnicas
- Se debe considerar todos los aspectos técnicos solicitados e indicados en anexos técnicos y económicos, de lo contrario ofertas quedaran desestimadas y fuera de la etapa de evaluación.
OBSERVACIÓN -Todos los anexos de las presentes bases deberán ser utilizados por oferente en las respectivas licitaciones que se efectúen utilizando las presentes bases tipo.
-Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
Observaciones
Los anexos arriba singularizados, deberán ser suscritos por los oferentes, ya sea por sí mismo en el caso de que sean personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en las presentes bases, documento que detalla cada una de las etapas y descripciones necesarias para una correcta presentación de la oferta paso a paso. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N°62 del Reglamento de la Ley de Compras.
La Oferta Económica deberá presentarse en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos, sin IVA e incluir todos los costos asociados a la entrega completa de la contratación de “CONVENIO DE RETIRO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS HOSPITAL SAN FRANCISCO DE LLAY LLAY”. Estipulados en las presentes bases.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y archivos anexos requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas a esta licitación.
Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo “Comprobante de Envío de Oferta”.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO |
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El adjudicatario inscrito en el portal de Chile Proveedores que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma de contrato, los siguientes documentos según proceda:
Si el oferente es Persona Natural
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Anexo N° 3: Declaración jurada simple del oferente
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores
Fotocopia de su cédula de identidad.
Si el oferente no es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar copia de inscripción de la sociedad en el registro de Comercio original o fotocopia de certificado, certificado de vigencia o fotocopia del mismo, copia del documento en que conste la personería de representante legal, todos de fecha no anterior a 60 días a lo menos de la notificación de la adjudicación. Acreditar en el Registro de Proveedores
Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N° 20.659, se debe acompañar certificado de migración al régimen simplificado o certificado de migración al régimen general, según sea el caso, además del certificado de vigencia, certificado de estatutos actualizados y certificado de anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 45 de 2013, Ministerio de Economía, fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales, de fecha no anterior a 60 días a lo menos de la notificación de la adjudicación.
- Observaciones
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
- Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación
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INSTRUMENTOS DE GARANTIA |
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INSTRUMENTO DE GARANTÍA DE LA SERIEDAD DE LA OFERTA
NO APLICA
INSTRUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El oferente que resulte adjudicado en el presente procedimiento licitatorio, deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones que derivan del contrato, mediante un instrumento de garantía de carácter irrevocable, pagadero a la vista, a favor del Hospital San Francisco de Llay Llay, documento el cual deberá entregar dentro del plazo de suscripción del contrato o al momento de su firma.
Glosa: Garantizar el fiel cumplimiento del “CONVENIO DE RETIRO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS HOSPITAL SAN FRANCISCO DE LLAY LLAY”.
Monto: 5% del total adjudicado.
Vigencia: deberá tener una duración mínima de 60 días de liquidado todas las obligaciones contractuales.
Devolución: dicha garantía será devuelta al proveedor dentro de los 15 días hábiles siguientes de liquidado el contrato. En caso de prórroga del contrato, según lo estipulado en bases, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, proporcional al tiempo extendido, la que se regirá por las mismas condiciones estipuladas anteriormente.
La devolución de estas garantías se efectuará previa comunicación escrita del encargado de administrar el contrato o referente técnico, indicando que procede la devolución.
El Hospital estará facultado para hacer valer dichas garantías, en caso de incumplimiento de lo pactado en el contrato por parte del adjudicatario, sin perjuicio de las acciones que el Hospital pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o determinar el término anticipado de contrato cuando sea necesario.
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EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS |
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En el análisis y evaluación de las ofertas el Hospital San Francisco de Llay Llay podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
-Procedimiento de la Apertura
La apertura de las ofertas se realizará con un Acta de Apertura y Admisibilidad y se subirá como anexo en el portal www.mercadopublico.cl
Las propuestas a la licitación serán recepcionadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl en formato digital, en la fecha indicada en el sistema, no pudiéndose ingresar ningún antecedente adicional fuera de la fecha establecida.
Las propuestas no podrán encontrarse sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.
El acto de apertura será a través de www.mercadopublico.cl en la fecha indicada, en las condiciones que allí se estipulan.
-Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Las propuestas decepcionadas que no cumplen con:
• Anexos Administrativos
Si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas Nº11.5 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 11.6 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, dejará Inadmisible la oferta en la etapa de Apertura y Admisibilidad.
• Documentos Adjuntar (Obligatorio y Excluyentes)
Anexos N°6, N°7, N°8, N°9, N°10 y N°11
EVALUACIÓ.La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por la comisión evaluadora:
• Subdirectora administrativa
• Encargada de Calidad.
• Prevencionista de Riesgos.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los Evaluadores designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha evaluación.
Los Evaluadores no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Evaluación.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
La comisión evaluadora emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
Consideraciones Generales
1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en Artículo N°8 “Anexos e Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las presentes bases.
3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en Artículo N°6 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas
Los criterios de evaluación con sus respectivos factores y sub-factores:
1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PRECIO (60%) Valor Neto por kilo de residuos retirados, según lo señalado (Anexo N°10). (OFERTA MÁS ECONÓMICA/ OFERTA INDIVIDUAL)*60
CALIDAD TÉCNICA (25%) Evaluación de Oferta Técnica (Anexo N°8)
Se evaluará con 10 puntos por cada requisito cumplido según lo señalado en Art. N° 9 de bases técnicas y con 0 punto a en caso de no dar cumplimiento.
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
(15%) Plan de Contingencia en caso de emergencia en el transporte y manejo de residuos peligrosos. (Anexo N°9 formato libre ) (5%) Se evaluará con 100 puntos a los oferentes que adjunten documentos y con 0 punto a los oferentes que no cumplan con requisitos exigidos.
Declaración de disposición final de residuos especiales y peligrosos (Anexo N°8) (5%)
Se evaluará con 100 puntos a los oferentes que adjunten documentos y con 0 punto a los oferentes que no cumplan con requisitos exigidos.
Documentos formales (Anexos 1 al 5)(5%) Se evaluará con 100 puntos a los oferentes que adjunten documentos y con 0 punto a los oferentes que no cumplan con requisitos exigidos (todos los anexos).
La licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje como consecuencia de la aplicación de las referidas Pautas de Evaluación. En caso de que la Comisión Evaluadora lo estime necesario, podrá efectuar consultas a las empresas participantes, dentro del plazo que dure la evaluación, para aclarar las respectivas ofertas. Las consultas y respuestas deberán ser hechas vía electrónica a través del Portal Mercado Publico, y pasarán a formar parte integrante de las Bases. Se establece que, en caso de contradicciones entre las ofertas técnicas y económicas, la propuesta será declarada inadmisible.
El establecimiento determina que la propuesta adjudicada deberá tener un puntaje igual o superior al 70% de los criterios de evaluación, cualquier oferta que no cumpla con este requisito no podrá adjudicarse por qué se entiende que no cumple con lo requerido para cumplir con lo solicitado.
Criterios de Desempate
En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden (en caso que continúe el empate en el primer, se considerara el siguiente criterio y así sucesivamente):
a. PRECIO
b. OFERTA TECNICA
c. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
En el evento de continuar la situación de empate, se adjudicará aquél oferente que obtenga el mayor porcentaje, considerando dos decimales.
La Comisión evaluadora u/o Evaluadores deberán confeccionar un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación con sus respectivas observaciones.
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ADJUDICACION: |
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El Hospital San Francisco se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Se adjudicará a un único oferente por cada línea de producto u/o servicio licitado, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°11.8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.
Se deja constancia que en virtud de lo indicado en Artículo N°5 “Condiciones para presentar ofertas” el proveedor adjudicado deberá abastecer la demanda total. En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir el respectivo contrato de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas por organismos contratantes de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°13.3 “Suscripción del contrato”.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Hospital San Francisco de Llay Llay, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
El Hospital San Francisco de Llay Llay podrá modificar el monto de la contratación de acuerdo a lo estipulado en el Art.32 del decreto 661 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886.
-Resolución de consultas respecto de la Adjudicación.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse Hospital San Francisco de Llay Llay dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace:
https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
El Hospital San Francisco dispondrá de 2 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo.
-Re Adjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS |
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13.1 Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
a) Bases de licitación y sus anexos.
b) Consultas, Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
c) Oferta.
d) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder.
e) Orden de compra.
f) Informe de Evaluación de las Ofertas
g) Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
13.2 Validez de la oferta.
La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta la suscripción del contrato.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Si se lleva a cabo una re adjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
13.3 Suscripción del Contrato
El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por la unidad de abastecimiento del Hospital San Francisco de Llay Llay, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Hospital San Francisco en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.
La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 45 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo, si la hubiera.
El contrato estará vigente desde la firma de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por la Unidad de Abastecimiento del Hospital San Francisco de Llay Llay.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores.
13.4 Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato de conformidad a lo establecido en el art. 129 del decreto 661 que aprueba reglamento de la ley 19.886 por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato.
13.5 Coordinador del Contrato
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Hospital San Francisco de Llay Llay, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de la compra. El Hospital San Francisco de Llay Llay designará a un responsable que se vinculará directamente con el adjudicatario.
Las designaciones del coordinador del contrato por parte del proveedor deberán realizarse conjuntamente con la suscripción del contrato.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente al Hospital San Francisco de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
4. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al referente Técnico de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
Por parte del Hospital San Francisco del Referente Técnico Prevencionista de Riesgos o quien lo subrogue o reemplace será la contraparte técnica para coordinar el contrato, el que generará los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, supervisará el correcto desarrollo, cumplimiento del contrato y demás funciones que le encomienden las bases.
13.6 Derechos e Impuestos
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
13.7 Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado
El adjudicatario se obliga:
a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de proveedores
b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Hospital San Francisco de Llay Llay , en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.
c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
d. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente.
e. Entregar oportunamente informes y/o documentación solicitados por el órgano comprador.
f. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
g. Proveer los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación.
h. Acreditar a partir del inicio de vigencia del contrato respectivo, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
i. Aceptar la orden de compra emitida por el Hospital San Francisco de Llay Llay por el valor total estimado de los servicios que le fueron adjudicados, en virtud de las cantidades estimadas para éstos y el precio adjudicado por el proveedor.
j. El proveedor contratado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta licitación.
k. Si durante el desarrollo del proceso de entrega de los servicios, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en el plazo de termino o entrega ofertado, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia al Hospital San Francisco de Llay Llay, mediante carta ingresada a la Oficina de Partes, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación del plazo respectivo. El Hospital San Francisco de Llay Llay en vista de los antecedentes que presente el Oferente, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito o rechazará la solicitud.
l. Aceptar la solicitud de entrega del servicio en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos.
m. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
13.8 Responsabilidades y obligaciones del Hospital San Francisco
El Hospital San Francisco se obliga a:
• Adquirir del proveedor los servicios que le fueron adjudicados durante el período de compra, según lo indicado en el Contrato.
• Verificar la concordancia entre el servicio adquirido y servicio recepcionado para cada una de los requerimientos de compra emanados durante el período de compra.
• Efectuar la recepción conforme de los servicio verificando que éstos cumplan con el estándar técnico que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada.
• Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
13.9 Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor
13.9.1 Multas
Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el Hospital San Francisco de Llay Llay deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
INCUMPLIMIENTO MULTA A APLICAR
• La no entrega de productos en el tiempo establecido, según criterios de evaluación. Se procederá al cobro directo de la multa de 2 UTM cuando ocurra el incumplimiento, la que se podrá cobrar del monto total de la factura con impuestos incluidos.
El atraso se contará desde el día que se produce el incumplimiento.
Procedimiento a aplicar frente a incumplimientos por parte del proveedor:
A. Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida derivada de incumplimientos por parte del proveedor, contempladas en las presentes bases, deberán ser puestos en conocimiento de la Unidad de Abastecimiento por el responsable del contrato, mediante informe.
B. Las multas y/o el término anticipado del contrato cuando procediere, serán dispuestas por Resolución Exenta del Director del Hospital San Francisco de Llay Llay y notificadas al contratante, mediante carta certificada dirigida al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880, sin perjuicio de incorporarla en los medios dispuestos por la Dirección de Compras Públicas (Gestión de Sanciones)
C. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución sancionatoria, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
D. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
E. El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital San Francisco de Llay Llay deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, en caso de que esto no sea posible, ya sea porque dicho monto no es suficiente, en caso de no existir pagos pendientes o cualquier otro tipo de impedimento, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la aplicación y cobro de la multa, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera. Salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital San Francisco de Llay Llay dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
F. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, deberá el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de veinte (20) días hábiles de ejecutada la garantía.(si es el caso)
G. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo instrumento de garantía, con igual valor, vigencia y demás requisitos del instrumento inicial. (si es el caso)
H. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital San Francisco de Llay Llay para poner término al Contrato y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
I. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor.
J. El Hospital San Francisco de Llay Llay no podrá cursar multas por un monto superior 20% del valor total del contrato u orden de compra (impuestos incluidos). En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato.
K. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
L. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Hospital San Francisco de Llay Llay de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
M. Finalmente, el acto administrativo sancionatorio deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
13.9.2 Término Anticipado Contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad.
2) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días corridos.
9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20% del valor total contratado o se apliquen más de 2 multas totalmente tramitadas en un periodo de 2 meses consecutivos.
10) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
13.9.3 Del Pago y Facturación
El precio a pagar será el correspondiente al valor ofertado por el proveedor, correspondiente a los servicios efectivamente entregados. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente contratación.
Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de:
Institución Rut Dirección
Hospital San Francisco de Llay Llay 61.602.042-0 Calle San Francisco #76 Llay Llay.
Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente:
• Aceptar la respectiva orden de compra en el portal mercado público, que será emitida una vez que referente técnico apruebe la prefactura enviada por proveedor de acuerdo a los retiros realizados durante el mes vencido.
• Hacer entrega de una Guía de Despacho que detalle el valor a cobrar, con los correspondientes respaldos al entregar el producto u/o servicio.
• Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden de compra a “Recepción conforme”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl.
• Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador.
• Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla “Referencias” opción “Orden de Compra” del formato de la factura. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar.
• Además, en la factura (DTE), se debe indicar el número de Guía de Despacho con detalle del valor a cobrar.
• Deberá enviar el archivo XML (del DTE facturado) a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando el N° de la orden de compra.
El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios.
Nota: Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato.
Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizo la recepción del respectivo producto y/o servicio.
En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado.
Se formalizara la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl.
El Hospital San Francisco de Llay Llay podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la comunicación del rechazo.
Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley.
Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido.
13.9.4 Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
13.9.5 Comportamiento ético del Adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Hospital San Francisco de Llay Llay:
a) Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Hospital San Francisco de Llay Llay cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
b) Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
c) Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
d) Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
e) Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga.
Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
13.9.6 Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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DE LA PRORROGA |
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Excepcionalmente, y de manera fundada, el administrador del contrato podrá solicitar la prórroga de los servicios por un periodo máximo de 3 meses dando continuidad a funcionamiento de unidades comprometidas. Mientras se lleva a cabo nuevo proceso licitatorio.
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REQUERIMIENTOS TÉCNICO |
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BASES TECNICAS
CONTRATACIÓN DE
CONVENIO DE RETIRO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
HOSPITAL SAN FRANCISCO DE LLAY LLAY
1. DESCRIPCIÓN
Las presentes bases técnicas, fijan los términos y exigencias que regulan el suministro, motivo de esta licitación. Además, son complementarias a las Bases Administrativas y Anexos.
Las bases técnicas regirán todo el ámbito de exigencias técnicas a cumplir del llamado a Propuesta.
2. DISPOSICIONES LEGALES
Los oferentes tienen la obligación de ejecutar el servicio de acuerdo a las normativas vigentes, las cuales se detallan a continuación:
LEY 19.300 sobre bases Generales del Medio Ambiente N°3/ 1994
Decreto Supremo Nº 6/2009 “Residuos en Establecimientos de Atención de Salud”
Decreto Supremo Nº 298/2003 “Tránsito y Transporte de Sustancias Peligrosas”
Decreto Supremo Nº 148/2003 “Manejo De Residuos Peligrosos”
Cumplimiento de rotulado de indicación de riesgos según NCH-2190
3. DEL PERSONAL
La empresa deberá contar con personal capacitado para la correcta ejecución de los servicios.
Para verificar dicho requisito, el oferente deberá adjuntar certificado u otro documento que señale que el personal que ejecutará el retiro está capacitado para la labor encomendada.
El personal deberá contar con todos los elementos de protección personal para el retiro de residuos.
Todo el personal que el proveedor utilice para la ejecución de los servicios, será de su exclusiva responsabilidad y no tendrá vínculo alguno de subordinación o dependencia con el Hospital San Francisco de Llay Llay.
4. DEL RETIRO
Los residuos especiales deberán ser retirados una vez por semana, mientras que los residuos peligrosos cada seis meses, debiendo respetar los siguientes horarios de funcionamiento del establecimiento:
Lunes a jueves: 08:00 a 17:00 horas
Viernes: 08:00 a 16:00 horas
Sin perjuicio de lo señalado, el Hospital San Francisco podrá modificar la frecuencia del retiro, previa información por escrito al proveedor.
Los retiros serán supervisados por el Ingeniero en Prevención de Riesgos, quien verificará el correcto manejo y retiro de los residuos, debiendo notificar por escrito a la empresa cuando se produzcan situaciones técnicas inadecuadas de manejo.
Al momento del retiro, los residuos deben ser etiquetados según su tipo, en base a lo dispuesto en la NCH2190 y lugar de procedencia.
Cada vez que se realice un retiro los residuos deberán ser pesados y se registrará en la correspondiente Guía de Retiro, el tipo y peso de ellos.
5. DEL TRANSPORTE
La empresa deberá disponer de vehículos para el transporte de los residuos, desde el sitio de generación, hasta el sitio de disposición final.
Los vehículos destinados para el transporte deberán contar con los requerimientos señalados en el Decreto Supremo N°298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que reglamenta el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.
6. DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS
La disposición final de los residuos deberá ser realizada en dependencias que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes.
En caso de que los desechos deban ser incinerados, el proveedor deberá procurar el cumplimiento de las normas de emisión vigentes y que este procedimiento se realice de acuerdo a lo señalado en el D.S. 148/2003.
La empresa deberá hacer llegar periódicamente al Encargado REAS, los certificados de disposición final correspondientes.
El proveedor deberá señalar claramente cuáles serán las dependencias de disposición final en el Anexo N°8 de la presente propuesta pública.
7. DE LOS TIPOS DE RESIDUOS
El Hospital San Francisco de Llay Llay ordenará el retiro de los siguientes tipos de residuos, sin perjuicio de las modificaciones que puedan realizarse durante la duración del contrato:
TIPO DE RESIDUO DETALLE
El manejo y retiro de los residuos peligrosos debe realizarse conforme a la normativa vigente, incluyendo las disposiciones sobre incineración acumuladas hasta el 30 de julio de 2013, y cumpliendo con todas las exigencias establecidas por la SEREMI de Salud. Mercurio líquido
Pilas o baterías (HG)
Tubos fluorescentes (HG)
Frascos aerosoles (butano-propano)
Frascos alcohol vacíos 250 cc
Frasco vacío formaldehído
Medicamentos caducos
Tóner
Medicamentos Cito tóxicos (Metotrexato)
Residuos de aceites y lubricantes.
RESIDUOS ESPECIALES Corto punzantes
Cultivos y muestras
Sangre y productos derivados
Patológicos
8. DE LOS INSUMOS PARA EL CORRECTO MANEJO DE RESIDUOS
El proveedor deberá hacer entrega mensual de los siguientes insumos, en función de la generación real de residuos registrada en el Hospital San Francisco de Llay Llay, y considerando la demanda operativa del establecimiento:
Detalle mensual de insumos:
• 50 cajas plásticas de cortopunzantes con capacidad de 5 litros.
• 40 bolsas amarillas (100 × 120 cm) para residuos contaminados, debidamente rotuladas según NCH 2190.
• 20 bolsas rojas (100 × 120 cm) para residuos peligrosos, debidamente rotuladas según NCH 2190.
• 60 amarras plásticas para el cierre seguro de cada bolsa de 50 cm.
• 7 cajas rojas con capacidad de 0,8 a 1 litro (para residuos farmacéuticos caducos).
• 40 soportes para cajas plásticas de 5 litros (entrega única inicial).
Estas proyecciones corresponden a una estimación anual de generación de residuos equivalente a:
PROYECCION ANUAL PROYECCION MENSUAL
1.269,6 kg de residuos cortopunzantes 105,8 kg residuos cortopunzantes
1.028,1 kg de residuos contaminados 85,6 kg de residuos contaminados
318,55 kg de residuos peligrosos generales 26,5 Kg de residuos peligrosos
La solicitud de insumos detallada se justifica de manera general considerando que las cantidades se han definido en base a las proyecciones anuales y mensuales de generación de residuos del hospital, tomando en cuenta los distintos tipos (cortopunzantes, contaminados y peligrosos), el cumplimiento estricto de la normativa vigente (DS N°6/2009, DS N°148/2003 y NCH 2190), y la necesidad de asegurar continuidad operativa.
El margen incluido en cada ítem permite cubrir variaciones estacionales o aumentos eventuales en la generación, garantizando que el proveedor cuente siempre con stock suficiente y capacidad logística para el retiro y manejo seguro de los residuos durante toda la vigencia del contrato. El proveedor deberá cumplir con la entrega mensual completa de los insumos solicitados, sin modificaciones ni reducciones en las cantidades establecidas, durante toda la vigencia del contrato.
9. DE LA OFERTA TÉCNICA
El oferente deberá presentar en un documento la oferta técnica para la presente propuesta pública, considerando las disposiciones señaladas en las bases administrativas y técnicas. Dicho documento deberá incorporar los siguientes contenidos mínimos (Anexo N° 7)
1) Presentación de la empresa
2) Tipos de residuos que retira
3) Competencias técnicas del personal
4) Frecuencias de retiro, Procedimiento de Retiro y Transporte de los Residuos
5) Metodología del servicio
6) Plan de manejo de residuos peligrosos y especiales
7) Características del transporte
8) Descripción de insumos que serán entregados para el correcto manejo de los residuos con fotografías.
9) Tratamiento y disposición final de los residuos
10) Certificados de capacitación o documentos que declaren competencias del personal que ejecuta el retiro.
10. DEL PLAN DE CONTINGENCIA
La empresa deberá contar con un documento que establezca acciones administrativas y técnicas a realizarse en caso de situaciones de contingencias derivadas del manejo de los residuos.
11. INCORPORACIÓN AUTOMÁTICA DE DISPOSICIONES LEGALES
Se entenderá incorporada a estas bases técnicas a contar de la entrada en vigencia de la respectiva resolución que las aprueba, las modificaciones o nuevas exigencias técnicas y/o legales sobre la materia que establezcan los organismos pertinentes, así como durante todo el periodo de vigencia del contrato.
12. ACLARACIONES RESPECTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Todos los aspectos que las partes estimen importantes de aclarar antes de realizar la oferta correspondiente deberán realizarse a través del Foro de la propuesta pública.
13. PRESUPUESTO ESTIMADO
El presupuesto estimado para el servicio se ha calculado considerando un valor unitario de $5.000 por kilogramo, tanto para residuos especiales como para residuos peligrosos. Según la proyección anual, se estima un volumen de 2.297,7 kg de residuos especiales y 318,55 kg de residuos peligrosos, lo que corresponde a un costo anual aproximado de $13.081.250. Este monto es referencial y podrá variar según el peso real registrado en los retiros.
14. COMISION EVALUADORA
La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora compuesta por tres integrantes designados por la institución, quienes tendrán la responsabilidad de analizar, calificar y recomendar la adjudicación conforme a los criterios técnicos y administrativos establecidos en las presentes bases.
La comisión estará integrada por:
1. María Vásquez Roco, subdirectora administrativa.
2. Paulina Leiva Montenegro, encargada de calidad.
3. Nicole Olguín Gallardo, Ingeniera en Prevención de Riesgos.
Cada integrante de la comisión evaluadora firmará el acta correspondiente, dejando constancia de las observaciones y la recomendación final.
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