Licitación ID: 1057374-48-LE23
CONVENIO DE SUMINISTRO DE AYUDAS TECNICAS
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE LLAY LLAY, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Sillas de ruedas 3 Unidad
Cod: 42192210
silla de ruedas adulto bariátricas, segun especificaciones tecnicas  

2
Sillas de ruedas 200 Unidad
Cod: 42192210
silla de ruedas adulto standar, segun especificaciones tecnicas  

3
Soportes para caminar 30 Unidad
Cod: 42241707
andador de 2 ruedas con asiento, segun especificaciones tecnicas  

4
Soportes para caminar 30 Unidad
Cod: 42241707
andador de 2 ruedas sin asiento, segun especificaciones tecnicas  

5
Soportes para caminar 30 Unidad
Cod: 42241707
andador de 4 apoyos sin ruedas, según especificaciones técnicas.  

6
Soportes para caminar 100 Unidad
Cod: 42241707
andador 4 ruedas con asiento y canasta, segun especificaciones tecnicas.  

7
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 300 Unidad
Cod: 42211803
bastón canadiense codera móvil (M), según especificaciones técnicas.  

8
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 120 Unidad
Cod: 42211803
bastón canadiense codera móvil (L) segun especificaciones tecnicas.  

9
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 20 Unidad
Cod: 42211803
baston de mano, según especificaciones técnicas.  

10
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 20 Unidad
Cod: 42211803
baston de mano tipo araña de 3 puntos de apoyo. según especificaciones técnicas.  

11
Almohadillas, cojines o almohadas para posicionar el enfermo 10 Unidad
Cod: 42141705
cojín antiescara celda de aire alto perfil, según especificaciones técnicas.  

12
Almohadillas, cojines o almohadas para posicionar el enfermo 200 Unidad
Cod: 42141705
cojín antiescaras visco elásticos medida 42x42 cm, según especificaciones técnicas.  

13
Colchones o accesorios de cuidado del paciente 80 Unidad
Cod: 42191810
colchon antiescaras viscoelásticos, segun especificaciones tecnicas.  

14
Colchones o accesorios de cuidado del paciente 24 Unidad
Cod: 42191810
colchon antiescara celda de aire, segun especificaciones tecnicas  

15
Bastones para vestir para personas con discapacidad física 20 Unidad
Cod: 42211803
baston de mano tipo araña de 4 puntos de apoyo. según especificaciones técnicas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTRO DE AYUDAS TECNICAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad del Hospital San Francisco de Llay Llay de adquirir implementos de AYUDAS TECNICAS para dar cumplimiento a programa GES de acuerdo a la ley N° 20.584, más conocida como “Ley de Derechos de los Pacientes, mediante convenio de Suministro por un periodo de 24 meses, aplicando los procedimientos establecidos en la Ley de Compras N° 19.886 de la Administración Pública. Con esta implementación se busca dar las garantías y derechos y de obtener una atención oportuna y de calidad a los usuarios del Hospital San Francisco de Llay Llay, ubicado en San Francisco N° 76, Llay Llay.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE LLAY LLAY
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.042-0
Dirección:
Calle San Francisco N° 76 Comuna de Llay Llay
Comuna:
Llay-Llay
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-12-2023 15:02:00
Fecha de Publicación: 15-12-2023 16:37:09
Fecha inicio de preguntas: 18-12-2023 10:00:00
Fecha final de preguntas: 19-12-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-12-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-12-2023 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-12-2023 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 30-01-2024 9:38:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- anexo administrativo
Documentos Técnicos
1.- anexos tecnicos
 
Documentos Económicos
1.- anexo económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se pondera con un 60 % la evaluación económica según la siguiente formula: Puntaje= Precio mínimo ofertado x 100 x 60% Precio oferta 60%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Ítems evaluación técnica Entrega ficha técnica según lo solicitado (obligatorio) SI Se evalúa NO Se declara inadmisible Calidad de insumo en base a ficha Cumple 100 PUNTOS No cumple EETT. 0 PUNTOS 25%
3 Cumplimiento de los requisitos El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación requeridas en la artículo N°6“Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá un puntaje de total de 5 puntos asignados al criterio. Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se ha omitido antecedentes, se aplica lo dispuesto en las cláusulas Nº9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá un puntaje de 3 asignados al criterio. Por último, si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas Nº9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, quedará Inadmisible asignados al criterio. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes 5% Ha subsanado errores u omisiones de los anexos, certificaciones o antecedentes. 3% No cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes. Inadmisible 5%
4 Plazo de Entrega PLAZO DE ENTREGA PUNTUAJE DE 24 HORAS A 48 HORAS 100 DE 49 HORAS A 72 HORAS 50 Más de 73 HORAS 0 NO INFORMA INADMISIBLE 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL SAN FRANCISCO DE LLAY LLAY
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARIA MACARENA SAVEDRA CRUZ
e-mail de responsable de pago: CONTABILIDAD.HLL@REDSALUD.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: claudia Castillo
e-mail de responsable de contrato: claudia.castillo@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2492844-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
INSTANCIA DE PREGUNTAS, RESPUESTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES
4.1. Preguntas y Respuestas Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Hospital San Francisco pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3
MODIFICACIÓN A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
CRITERIOS DE DESEMPATE
En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden (en caso que continúe el empate en el primer, se considerara el siguiente criterio y así sucesivamente): a. PRECIO b. CUMPLIMIENTO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLAZO DE ENTREGA c. PLAZO DE ENTREGA d. PRESENTACIÓN DOCUMENTOS FORMALES En el evento de continuar la situación de empate, se adjudicará aquél oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando dos decimales. La Comisión evaluadora u/o Evaluadores deberán confeccionar un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación con sus respectivas observaciones.
ADJUDICACIÓN
El Hospital San Francisco se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados. La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Se adjudicará a oferente por cada línea de producto u/o servicio licitado, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°9.8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar. Se deja constancia que en virtud de lo indicado en la cláusula N°2.2 “Condiciones para presentar ofertas” el proveedor adjudicado deberá abastecer la demanda total. En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir el respectivo contrato de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas por organismos contratantes de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°10.3 “Suscripción del contrato”. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Hospital San Francisco, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. El Hospital San Francisco podrá modificar el monto de la contratación de acuerdo a lo estipulado en el Art.11 del decreto 250 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886. 9.10. Resolución de consultas respecto de la Adjudicación. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse al Hospital San Francisco dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx El Hospital San Francisco dispondrá de 2 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo.
READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
10.1 Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: a) Bases de licitación y sus anexos. b) Consultas, Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. c) Oferta. d) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder. e) Orden de compra. f) Informe de Evaluación de las Ofertas g) Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
VALIDEZ DE LA OFERTA
La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta la suscripción del contrato. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
SUSCRIPCION DEL CONTRATO
El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por Unidad de abastecimiento de Hospital San Francisco de Llay Llay, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Hospital San Francisco ,en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M. La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo. El contrato estará vigente desde la firma de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por Unidad de abastecimiento del Hospital San Francisco. Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato respectiva en los plazos establecidos para ello. Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente.  El Hospital San Francisco se reserva el derecho de aumentar o disminuir la adquisición deayudas técnicas 30% del contrato
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato de conformidad a lo establecido en el art. 77 del decreto 250 que aprueba reglamento de la ley 19.886 por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato.
COORDINADOR DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Hospital San Francisco, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de la compra. El Hospital San Francisco designará a un responsable que se vinculará directamente con el adjudicatario. Las designaciones del coordinador del contrato por parte del proveedor deberán realizarse conjuntamente con la suscripción del contrato. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: 1. Informar oportunamente al Hospital San Francisco de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. 2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. 4. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al referente Técnico de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. Por parte del Hospital San Francisco Jefe de unidad de Kinesiología o quien lo subrogue o reemplace será la contraparte técnica para coordinar el contrato, el que generará los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, supervisará el correcto desarrollo, cumplimiento del contrato y demás funciones que le encomienden las bases.
DERECHOS E IMPUESTOS
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR ADJUDICADO
El adjudicatario se obliga: a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de proveedores b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Hospital San Francisco, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. d. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente. e. Entregar oportunamente informes y/o documentación solicitados por el órgano comprador. f. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación. g. Proveer los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación. h. Acreditar a partir del inicio de vigencia del contrato respectivo, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. i. Aceptar la orden de compra emitida por el Hospital San Francisco de Llay Llay por el valor total estimado de los servicios que le fueron adjudicados, en virtud de las cantidades estimadas para éstos y el precio adjudicado por el proveedor. j. El proveedor contratado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta licitación. k. Si durante el desarrollo del proceso de entrega de los servicios, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en el plazo de termino o entrega ofertado, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia al Hospital San Francisco, mediante carta ingresada a la Oficina de Partes, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación del plazo respectivo. El Hospital San Francisco en vista de los antecedentes que presente el Oferente, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito o rechazará la solicitud. l. Aceptar la solicitud de entrega del servicio en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos. m. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL HOSPITAL SAN FRANCISCO
El Hospital San Francisco de Llay Llay se obliga a: • Adquirir del proveedor los servicios que le fueron adjudicados durante el período de compra, según lo indicado en el Contrato. • Verificar la concordancia entre el servicio adquirido y servicio decepcionado para cada una de los requerimientos de compra emanados durante el período de compra. • Efectuar la recepción conforme de los servicio verificando que éstos cumplan con el estándar técnico que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada. • Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
MULTAS POR NO CUMPLIMIENTO
El incumplimiento del contrato que resulte de la presente licitación pública, será sancionado de acuerdo con la siguiente clasificación de infracciones: CAUSAL MULTA Atraso en el plazo de entrega de los insumos “AYUDAS TECNICAS”, según tiempo propuesto en Anexo N° 8 5% valor total de orden de compras emitida, por día de atraso. Las multas se cobrarán administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de las facturas pendientes de pago o del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Procedimiento a aplicar frente a incumplimientos por parte del proveedor
A. Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida derivada de incumplimientos por parte del proveedor, contempladas en las presentes bases, deberán ser puestos en conocimiento de la Unidad de Abastecimiento por el responsable del contrato, mediante informe. B. Las multas y/o el término anticipado del contrato cuando procediere, serán dispuestas por Resolución Exenta de la Directora (s) del Hospital San Francisco y notificadas al contratante, mediante carta certificada dirigida al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880, sin perjuicio de incorporarla en los medios dispuestos por la Dirección de Compras Públicas (Gestión de Sanciones) C. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución sancionatoria, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. D. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. E. El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital San Francisco deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, en caso de que esto no sea posible, ya sea porque dicho monto no es suficiente, en caso de no existir pagos pendientes o cualquier otro tipo de impedimento, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la aplicación y cobro de la multa, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera. Salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio de Salud Aconcagua dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. F. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, deberá el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de veinte (20) días hábiles de ejecutada la garantía. G. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo instrumento de garantía, con igual valor, vigencia y demás requisitos del instrumento inicial. H. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital San Francisco para poner término al Contrato y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. I. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor. J. El Hospital San Francisco no podrá cursar multas por un monto superior 5% del valor total del contrato u orden de compra (impuestos incluidos). En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato. K. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. L. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Hospital San Francisco de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. M. Finalmente, el acto administrativo sancionatorio deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. 2) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. 6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días corridos. 9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 5% del valor total contratado o se apliquen más de 2 multas totalmente tramitadas en un periodo de 2 meses consecutivos. 10) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
DEL PAGO Y FACTURACIÓN
El precio a pagar será el correspondiente al valor ofertado por el proveedor, correspondiente a los servicios efectivamente entregados. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente contratación. Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de: Institución Rut Dirección Hospital San Francisco de Llay Llay 61.602.042-0 Calle San Francisco #76, Llay Llay. Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente: • Aceptar la respectiva orden de compra en el portal mercado público. • Hacer entrega de una Guía de Despacho que detalle el valor a cobrar, con los correspondientes respaldos al entregar el producto u/o servicio. • Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden de compra a “Recepción conforme”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl. • Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador. • Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla “Referencias” opción “Orden de Compra” del formato de la factura. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar. • Además, en la factura (DTE), se debe indicar el número de Guía de Despacho con detalle del valor a cobrar. • Deberá enviar el archivo XML (del DTE facturado) a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando el N° de la orden de compra. • En el caso de los servicios habituales u obras, deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y/o N° 30-1 emitido por la Inspección del Trabajo que acredite no mantener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios. Nota: Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato. Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizo la recepción del respectivo producto y/o servicio. En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado. Se formalizara la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl. El Hospital San Francisco podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la comunicación del rechazo. Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido.
VIGENCIA
El contrato tendrá la vigencia por 24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe u/o término del presupuesto asignado.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Hospital San Francisco: a) Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Hospital San Francisco cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. b) Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. c) Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. d) Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. e) Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.