Licitación ID: 1057379-15-LE26
Mantención Preventiva y CorreC. de Equipos Médicos
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA HOSPITAL DE PUTAENDO
Fecha de Cierre: 19-06-2026 14:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 12 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
Convenio de Mantención Preventiva y Correctiva de Equipos Médicos del Hospital San Antonio de Putaendo,conforme a Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexo Económico N°4. Adjudicación global a proveedor único.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención Preventiva y CorreC. de Equipos Médicos
Estado:
Publicada
Descripción:
Convenio de Mantención Preventiva y Correctiva de Equipos Médicos del Hospital San Antonio de Putaendo
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital San Antonio de Putaendo
R.U.T.:
61.606.703-6
Dirección:
Av. Alessandri 186, Putaendo, V Región
Comuna:
Putaendo
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-06-2026 14:30:00
Fecha de Publicación: 05-06-2026 16:01:05
Fecha inicio de preguntas: 05-06-2026 16:15:00
Fecha final de preguntas: 12-06-2026 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-06-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-06-2026 14:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-06-2026 14:35:00
Fecha de Adjudicación: 25-06-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
La visita técnica tendrá carácter obligatorio y excluyente, En Avenida Alessandri N°186, contactarse con Carlos Montenegro Jefe Servicios Generales 342492740, se esperará un tiempo de 10 minutos para comenzar visita 10-06-2026 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS N°1 AL 3
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS N°5 y 6
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Se evaluará la experiencia acreditada mediante: • Certificados de contratos • Órdenes de compra • Cartas de conformidad Relacionados con mantención preventiva y correctiva de equipos médicos. EXPERIENCIA ACREDITADA EN MANTENCIÓN DE EQUIPOS MÉDICOS Puntaje 5 o más contratos o certificados 100 puntos 3 a 4 contratos o certificados 70 puntos 1 a 2 contratos o certificados 40 puntos Menos de 1 año o no acredita 0 puntos La experiencia será evaluada únicamente con antecedentes verificables acompañados en la oferta o disponibles conforme a las presentes bases. No se aceptarán declaraciones unilaterales del propio oferente como único medio de acreditación. La falta de acreditación de experiencia, o la presentación de antecedentes no verificables, otorgará 0 puntos en este criterio, sin que ello constituya por sí solo causal de inadmisibilidad, salvo que se verifique falsedad, adulteración o inconsistencia sustancial de los antecedentes presentados. 15%
2 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará la presentación oportuna y correcta de los antecedentes formales exigidos en las presentes bases. Cumplimiento Puntaje Base Presenta todos los antecedentes formales correctamente al cierre de ofertas 100 puntos Presenta errores u omisiones formales subsanables y los subsana correctamente dentro del plazo otorgado por el Hospital 60 puntos No subsana dentro de plazo, subsana incorrectamente o la omisión recae sobre antecedentes esenciales no subsanables Oferta inadmisible, cuando corresponda conforme a bases El puntaje obtenido se ponderará en un 5%. La subsanación solo procederá respecto de errores u omisiones formales, siempre que no confiera al oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, no altere la oferta económica ni técnica en aspectos esenciales, y no afecte los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases. 5%
3 Tiempo de Respuesta Correctiva Se evaluará el tiempo de respuesta comprometido para mantenciones correctivas, en base a la información entregada. Tiempo de respuesta Puntaje Hasta 24 horas 25puntos Entre 25 y 48 horas 10 puntos Más de 48 horas 5 puntos El tiempo de respuesta corresponderá al plazo máximo comprometido por el oferente para concurrir presencialmente al establecimiento e iniciar la atención de una solicitud de mantención correctiva, contado en horas corridas desde la solicitud formal realizada por el Hospital, conforme al Formulario N°5. 25%
4 Calidad Técnica de la Oferta (plan de trabajo) Se evaluará la presentación y calidad de los antecedentes técnicos requeridos para la correcta ejecución del servicio de mantención preventiva y correctiva de equipos médicos. El Plan de Trabajo deberá incorporarse como antecedente obligatorio dentro de los Anexos Técnicos. Subcriterio Puntaje Presenta Plan de Trabajo detallado que incluya programación de mantenciones preventivas, metodología de trabajo, procedimiento de atención correctiva, tiempos de respuesta y formato de informes técnicos 100 puntos Presenta Plan de Trabajo parcial o incompleto 50 puntos No presenta Plan de Trabajo 0 puntos El puntaje obtenido se ponderará en un 5%. 5%
5 Precio La evaluación económica considerará el valor total ofertado conforme al Formulario N°4 Oferta Económica, estructurado según los componentes definidos por las presentes bases y por las cantidades referenciales o fórmula de comparación que en dicho formulario se indiquen. El puntaje del criterio oferta económica se calculará mediante la siguiente fórmula: Puntaje Oferta Económica = (Oferta económica de menor valor / Oferta económica evaluada) x 50 Para ser admisible, la oferta económica deberá presentarse completa, en pesos chilenos, indicando valores netos e IVA cuando corresponda, y respetando íntegramente la estructura del Formulario N°4. La omisión de cualquiera de los componentes económicos obligatorios, la alteración del formulario o la presentación de valores incompatibles con la oferta ingresada en el portal, dejará la oferta inadmisible. En caso de que el Hospital asigne al componente correctivo el carácter de bolsa máxima de consumo no obligatorio, la comparación económica se efectuará sobre el monto total general referencial de evaluación informado en el Formulario N°4, considerando el componente preventivo, el tarifario correctivo referencial, la fórmula de repuestos no incluidos y el tarifario referencial para incorporación de nuevos equipos, según la metodología definida en dicho formulario. La metodología será objetiva, replicable y uniforme para todos los oferentes. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL SAN ANTONIO DE PUTAENDO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: FERNANDA GALLARDO ZAMORA
e-mail de responsable de pago: FERNANDA.GALLARDO.Z@REDSALUD.GOB.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate en el puntaje final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje ponderado en los criterios que se indican, aplicados en el siguiente orden sucesivo:

  1. Oferta económica.
  2. Tiempo de respuesta correctiva.
  3. Experiencia del oferente.
  4. Calidad técnica de la oferta.
  5. Cumplimiento de requisitos formales.

Si persiste el empate luego de aplicar los criterios anteriores, se preferirá la oferta que haya comprometido el menor tiempo exacto de respuesta correctiva en horas.

Si aun así subsiste el empate, se resolverá mediante sorteo público o electrónico, dejando constancia del procedimiento y resultado en el acta o informe de evaluación.


GENERALIDADES
El Hospital San Antonio de Putaendo, en adelante el Hospital, requiere contratar el servicio de mantención preventiva programada y correctiva a demanda del equipamiento médico individualizado en las bases técnicas, con el propósito de asegurar su correcto funcionamiento, prolongar su vida útil y garantizar la continuidad operativa de los servicios clínicos del establecimiento. La contratación se efectuará mediante licitación pública, de conformidad con la Ley Nº 19.886 y su reglamento vigente.
ALCANCE DEL SERVICIOS
El servicio comprenderá, a lo menos: • Mantenciones preventivas programadas. • Mantenciones correctivas ante fallas. • Ajustes, calibraciones y verificaciones de funcionamiento. • Reparaciones necesarias para restablecer la operatividad. • Entrega de informes técnicos por cada intervención. • Coordinación con la Unidad Técnica del Hospital. El detalle de los equipos se encuentra en las Bases Técnicas.
MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN
La presente licitación será adjudicada en forma global a un solo oferente, por corresponder a un convenio integral de mantención preventiva programada y correctiva a demanda del equipamiento médico del Hospital San Antonio de Putaendo. En consecuencia, las ofertas deberán considerar la totalidad del servicio requerido, no admitiéndose ofertas parciales ni por línea. El oferente adjudicado deberá ejecutar el componente preventivo programado, atender los requerimientos correctivos que sean solicitados y autorizados por el Hospital, y aplicar los tarifarios adjudicados para repuestos, servicios correctivos e incorporación de nuevos equipos, cuando corresponda
PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE DEL PROCESO
El presupuesto máximo disponible de la presente licitación asciende a $14.000.000.- IVA incluido, por un período de 24 meses. Para efectos de orden, control y ejecución presupuestaria, dicho monto se compone referencialmente de los siguientes elementos: a) Componente fijo de mantenciones preventivas programadas: $8.200.000.- IVA incluido, correspondiente a cuatro mantenciones preventivas semestrales durante la vigencia de 24 meses del convenio. b) Bolsa máxima para mantenciones correctivas, repuestos, accesorios y servicios asociados no incluidos en el componente preventivo: $3.800.000.- IVA incluido. c) Reserva máxima para incorporación de nuevos equipos médicos de naturaleza similar durante la vigencia del convenio: $2.000.000.- IVA incluido. El presupuesto máximo disponible incluye todos los impuestos, costos directos e indirectos, mano de obra, traslados, insumos, herramientas, informes técnicos, etiquetado, pruebas de funcionamiento, gastos administrativos y demás costos necesarios para la correcta ejecución del convenio. El componente fijo de mantenciones preventivas programadas considera cuatro mantenciones preventivas semestrales durante la vigencia del contrato, conforme a la programación que apruebe la contraparte técnica del Hospital. La bolsa máxima para mantenciones correctivas, repuestos, accesorios y servicios asociados tendrá carácter de monto máximo de consumo eventual y a demanda. Su existencia no obliga al Hospital a consumirla total ni parcialmente. La reserva máxima para incorporación de nuevos equipos tendrá carácter eventual y solo podrá utilizarse respecto de equipos médicos de naturaleza similar o técnicamente asimilable a aquellos originalmente incluidos en el convenio. El Hospital pagará únicamente los servicios efectivamente requeridos, autorizados, ejecutados y recepcionados conforme, sin obligación de consumo mínimo respecto de la bolsa correctiva ni de la reserva para incorporación de nuevos equipos. Ningún servicio correctivo, instalación de repuesto, accesorio, reparación, traslado, diagnóstico valorizado o incorporación de nuevo equipo podrá ejecutarse con cargo al convenio sin solicitud de la contraparte técnica, cotización previa del proveedor, aprobación expresa del Hospital, disponibilidad presupuestaria, emisión de la orden de compra o autorización administrativa que corresponda, y posterior recepción conforme. Las ofertas económicas deberán presentarse en pesos chilenos, desglosando valores netos, IVA y valores IVA incluido, de conformidad con el Formulario N°4 Oferta Económica. La omisión de componentes económicos obligatorios, la alteración del formulario económico o la presentación de valores incompatibles con la oferta ingresada en el portal Mercado Público será causal de inadmisibilidad, salvo que se trate de errores meramente formales que puedan subsanarse sin afectar la igualdad de los oferentes ni la comparabilidad de las propuestas.
CONDICIONES PARA PRESENTAR OFERTAS
Los oferentes serán responsables por la exactitud y veracidad del contenido de sus propuestas y formarán parte del contrato junto con sus ofertas y aclaraciones, si es que las hubiere, así como del costo que signifique presentarlas. Los proponentes en el momento de presentar su oferta declaran conocer todos los antecedentes asociados a la misma, aceptando íntegramente lo en ellos expuesto, en virtud de lo cual entregan el Anexo Nº2: ACEPTACIÓN DE BASES Y CONOCIMIENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de las Bases, Requerimientos Técnicos, Anexos y demás antecedentes que forman parte integrante de las Bases que rigen la presente licitación. Si el producto y/o servicio del estudio los oferentes estimaren que existen contradicciones o ausencias de información o le surgieran dudas respecto de los antecedentes, podrán solicitar al Hospital San Antonio de Putaendo, a través del portal www.mercadopublico.cl, las aclaraciones pertinentes en el plazo establecido en las Bases. Las respuestas a las aclaraciones o consultas realizadas dentro del plazo establecido para ello, estarán a disposición de todos los interesados, en el portal www.mercadopublico.cl. Estas aclaraciones pueden modificar en algún punto las Bases del llamado a licitación En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir los respectivos contratos de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas de acuerdo con lo indicado en las bases.
INCORPORACIÓN DE NUEVOS EQUIPOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONVENIO
Durante la vigencia del convenio, el Hospital podrá incorporar nuevos equipos médicos al servicio de mantención, siempre que dichos equipos sean de naturaleza similar o técnicamente asimilable a los equipos originalmente licitados, y que su incorporación responda a necesidades institucionales sobrevinientes, reposición, redistribución interna, adquisición posterior, traslado interno, aumento de dotación o puesta en funcionamiento de equipamiento médico del establecimiento. La incorporación de nuevos equipos no podrá alterar la naturaleza del contrato ni constituir un nuevo objeto contractual. En ningún caso esta facultad podrá utilizarse para sustituir una nueva licitación cuando, por la cantidad, magnitud, especialidad técnica o monto involucrado, corresponda realizar un nuevo procedimiento de contratación. La incorporación deberá ser solicitada por la contraparte técnica del Hospital, fundada técnicamente, valorizada conforme al tarifario adjudicado para incorporación de nuevos equipos, y aprobada mediante el acto administrativo, modificación contractual, orden de compra o documento administrativo que corresponda, siempre que exista disponibilidad presupuestaria suficiente. Para estos efectos, el oferente deberá completar en el Formulario N°4 el tarifario de incorporación de nuevos equipos por familia técnica. Dicho tarifario formará parte integrante de la oferta, de la adjudicación y del contrato. Si el equipo a incorporar no se encuentra descrito exactamente en el tarifario, se utilizará la familia técnicamente más asimilable, previo informe fundado de la contraparte técnica del Hospital. El monto máximo destinado a incorporación de nuevos equipos durante la vigencia del convenio será de $2.000.000.- IVA incluido, incluido dentro del presupuesto máximo disponible de la licitación. La existencia de esta reserva no obliga al Hospital a utilizarla total ni parcialmente. Cuando un equipo sea incorporado durante la vigencia del convenio, el valor a pagar por su mantención preventiva se calculará de acuerdo con el tarifario adjudicado y, cuando corresponda, de manera proporcional al período pendiente del ciclo semestral respectivo, salvo que por razones técnicas se autorice la ejecución de una mantención preventiva completa.
USO DE BOLSA CORRECTIVA, REPUESTOS Y ACCESORIOS
Las mantenciones correctivas, repuestos, accesorios, diagnósticos valorizados, traslados y servicios asociados no incluidos en la mantención preventiva serán ejecutados únicamente a requerimiento del Hospital. Para cada requerimiento correctivo, el proveedor adjudicado deberá emitir una cotización detallada que contenga, a lo menos: a) identificación del equipo; b) número de inventario, serie o identificación interna, si corresponde; c) diagnóstico técnico; d) descripción del trabajo requerido; e) repuestos, accesorios o insumos necesarios; f) plazo estimado de ejecución; g) garantía aplicable; h) valor neto; i) IVA; j) valor total IVA incluido. La contraparte técnica del Hospital evaluará la cotización y podrá aprobarla, rechazarla, solicitar aclaraciones, requerir alternativas técnicas, adquirir repuestos por otra vía o no ejecutar la reparación, cuando razones técnicas, presupuestarias o de conveniencia institucional así lo justifiquen. La emisión de una cotización por parte del proveedor no generará obligación de compra para el Hospital. Ningún trabajo correctivo podrá ejecutarse con cargo al convenio sin aprobación previa y expresa del Hospital, salvo situaciones excepcionales de emergencia debidamente calificadas por la contraparte técnica y regularizadas conforme a la normativa aplicable. La bolsa máxima para mantenciones correctivas, repuestos, accesorios y servicios asociados asciende a $3.800.000.- IVA incluido, y no constituye obligación de consumo para el Hospital.
EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
En el análisis y evaluación de las ofertas el Hospital San Antonio De Putaendo podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros. • Procedimiento de la Apertura La apertura de las ofertas se realizará con un Acta de Apertura y Admisibilidad y se subirá como anexo en el portal www.mercadopublico.cl Las propuestas a la licitación serán recepcionadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl en formato digital, en la fecha indicada en el sistema, no pudiéndose ingresar ningún antecedente adicional fuera de la fecha establecida. Las propuestas no podrán encontrarse sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable. El acto de apertura será a través de www.mercadopublico.cl en la fecha indicada, en las condiciones que allí se estipulan. • Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
EVALUADORES
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por la comisión evaluadora de la presente licitación y/o quien la subrogue. Los Evaluadores no podrán: Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Evaluación. En el análisis y evaluación de las ofertas el Hospital San Antonio de Putaendo podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. El Hospital podrá solicitar a los oferentes, con posterioridad al acto de apertura electrónica de la Propuesta, que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl Las repuestas deberán entregarse por el portal www.mercadopublico.cl y se limitarán a los puntos solicitados. La evaluación administrativa, técnica y económica de las ofertas, será realizada por: D. Rodolfo Osorio Fredes Jefe Administrativo o quien lo subrogue D. Carlos Montenegro Flores Jefe de Servicios Generales o quien lo subrogue Srta. Leslie Salgado Salgado Jefa de Abastecimiento o quien lo subrogue El que presentará un Cuadro de Evaluación de Ofertas o Informe fundado con una proposición de adjudicación o inadmisibilidad de las ofertas. Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Los Evaluadores emitirán un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la jefa de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. Consideraciones Generales Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 4. “Anexos e Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las presentes bases. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. 7.1.-Subsanación de errores u omisiones formales Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. 7.2.-Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
ADJUDICACION
El Hospital San Antonio de Putaendo se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados. La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Se adjudicará a un único oferente, en forma global, por la totalidad del convenio de mantención preventiva programada y correctiva a demanda del equipamiento médico licitado, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración los criterios de desempate establecidos en la cláusula N°9 de las presentes bases, en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar. Se deja constancia que, conforme a la modalidad de adjudicación global establecida en la cláusula N°1.2, el proveedor adjudicado deberá ejecutar la totalidad del servicio requerido, en los términos establecidos en las bases, anexos, oferta adjudicada y contrato u orden de compra. En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir el respectivo contrato de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas por organismos contratantes de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°12.3 “Suscripción del contrato”. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Hospital San Antonio de Putaendo, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. El contrato solo podrá modificarse por acto administrativo fundado, de conformidad con la Ley N° 19.886 y su reglamento vigente aprobado por Decreto Supremo N° 661/2024, siempre que exista justificación técnica y presupuestaria suficiente, no se altere la naturaleza del contrato ni se vulneren los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases. 9.1.-Resolución de consultas respecto de la Adjudicación. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse al Hospital San Antonio De Putaendo dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx El Hospital San Antonio de Putaendo dispondrá de 2 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo.
RE ADJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: Bases de licitación y sus anexos. Consultas, Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. Oferta. Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder. Orden de compra. Informe de Evaluación de las Ofertas Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. 11.1.- Validez de la oferta. La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta la suscripción del contrato. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Si se lleva a cabo una re adjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato. 11.3.-Suscripción del Contrato El adjudicatario deberá suscribir contrato cuando el monto adjudicado sea superior a 1.000 UTM, de conformidad con la normativa aplicable. Si el monto adjudicado no supera dicho umbral, la contratación podrá formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, sin perjuicio de la facultad del Hospital de suscribir contrato atendida la naturaleza, duración, criticidad técnica o complejidad del convenio. En caso de suscribirse contrato, este será redactado por la Unidad de Abastecimiento del Hospital San Antonio de Putaendo y deberá contener, a lo menos, el objeto del convenio, vigencia, monto adjudicado, componentes presupuestarios, obligaciones del proveedor, contraparte técnica, garantías, multas, causales de término anticipado, forma de pago, recepción conforme, uso de bolsa correctiva e incorporación de nuevos equipos. 11.4.-Modificación del contrato Las partes, por motivos fundados y mediante acto administrativo totalmente tramitado, podrán modificar el contrato en los casos permitidos por la normativa vigente aplicable, siempre que ello no altere la naturaleza del servicio contratado, no implique una reformulación esencial del proceso licitatorio y cuente con respaldo técnico y presupuestario. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. 11.5.-Coordinador del Contrato El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Hospital San Antonio de Putaendo, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de la compra. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: Informar oportunamente al Hospital San Antonio De Putaendo de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al referente Técnico jefa del servicio de urgencia y a la unidad de Abastecimiento por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. Por parte del Hospital San Antonio De Putaendo el Referente Técnico, jefe de servicios Generales del establecimiento será la contraparte técnica. Derechos e Impuestos Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. 11.6.-Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado El adjudicatario se obliga: Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de proveedores El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Hospital San Antonio de Putaendo, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente. Entregar oportunamente informes y/o documentación solicitados por el órgano comprador. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación. Proveer los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación. Acreditar a partir del inicio de vigencia del contrato respectivo, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. Aceptar la orden de compra emitida por el HOSPITAL SAN ANTONIO DE PUTAENDO por el valor total estimado de los servicios que le fueron adjudicados, en virtud de las cantidades estimadas para éstos y el precio adjudicado por el proveedor. El proveedor contratado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta licitación. Si durante el desarrollo del proceso de entrega de los servicios, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en el plazo de termino o entrega ofertada, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia al Hospital San Antonio de Putaendo, mediante carta ingresada a la Oficina de Partes, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación del plazo respectivo. El HOSPITAL SAN ANTONIO DE PUTAENDO en vista de los antecedentes que presente el Oferente, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito o rechazará la solicitud. Aceptar la solicitud de entrega del servicio en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL HOSPITAL SAN ANTONIO DE PUTAENDO
El Hospital San Antonio de Putaendo se obliga a: Adquirir del proveedor los servicios que le fueron adjudicados durante el período de compra, según lo indicado en el Contratos so lo hubiese. Verificar la concordancia entre el servicio adquirido y servicio recepcionado para cada una de los requerimientos de compra emanados durante el período de compra. Efectuar la recepción conforme del servicio verificando que éstos cumplan con el estándar técnico que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR
Para efectos de cálculo de multas, se entenderá por valor mensual del contrato el resultado de dividir el monto adjudicado del componente fijo de mantenciones preventivas programadas por 24 meses. Si la infracción se relaciona directamente con una mantención correctiva, repuesto, accesorio, servicio asociado o incorporación de nuevo equipo previamente autorizado, la multa se calculará sobre el valor aprobado para dicha prestación específica, salvo que las bases establezcan una regla distinta más favorable al interés institucional. La aplicación de multas deberá respetar el debido proceso, otorgando al proveedor la posibilidad de formular descargos dentro del plazo establecido en las presentes bases. La multa solo podrá aplicarse mediante acto administrativo fundado, previa ponderación de los antecedentes, descargos y medios de verificación disponibles. Cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá hacerse efectiva por parte del Hospital San Antonio de Putaendo, en los siguientes casos: En el caso que el adjudicatario desiste la oferta al momento de formalizar su contratación; y/o si se comprobare falsedad de los documentos constitutivos de la oferta. Si el adjudicatario desistiera del Servicio tras la firma del contrato o no cumpliese con sus obligaciones contractuales, constituirá causa suficiente para hacer efectivo el documento de garantía. Si, a juicio del Hospital San Antonio de Putaendo, previo informe técnico, se considera que los servicios no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la Propuesta. Sin perjuicio que, frente a esta eventualidad, la directora(s) del Hospital San Antonio de Putaendo, se reserva el derecho de rescindir la compra. Si el adjudicatario no da cumplimiento a la prestación de los servicios contratados, presentando un retraso superior a lo indicado en el punto 14.1 “Multas”. En este caso el Hospital San Antonio de Putaendo, podrá considerar no entregado el o los bienes y /o servicios adquiridos. Si no se diera cumplimiento a lo indicado en las Especificaciones Técnicas de las presentes bases generales; sin desmedro de toda acción que en derecho esté permitido. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
Multas por no Cumplimiento
El incumplimiento del contrato que resulte de la presente licitación pública, será sancionado de acuerdo con la siguiente clasificación de infracciones: CAUSAL MULTA Incumplimiento en la mantención preventiva programada Cuando el proveedor no concurra en la fecha acordada o no ejecute la mantención programada 2% del valor mensual del contrato por cada evento. Incumplimiento en tiempo de respuesta correctiva Cuando el proveedor exceda el tiempo de respuesta comprometido en su oferta 1% del valor mensual del contrato por cada día de atraso. Incumplimiento en entrega de informes técnicos Cuando no se entregue el informe técnico dentro del plazo establecido 0,5% del valor mensual del contrato por cada día de atraso. No presentación a una mantención preventiva programada sin aviso previo ni justificación aceptada por el Hospital multa equivalente al 3% del valor mensual del contrato por cada evento. Incumplimientos reiterados Cuando se acumulen tres o más incumplimientos en un período de 3 meses. El Hospital podrá poner término anticipado al contrato. Las multas se cobrarán administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de las facturas pendientes de pago o del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. • Procedimiento a aplicar frente a incumplimientos por parte del proveedor: Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida derivada de incumplimientos por parte del proveedor, contempladas en las presentes bases, deberán ser puestos en conocimiento de la Unidad de Abastecimiento por el responsable del contrato, mediante informe. Las multas y/o el término anticipado del contrato cuando procediere, serán dispuestas por Resolución Exenta de la directora(s) del Hospital San Antonio De Putaendo y notificadas al contratante, mediante carta certificada dirigida al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880, sin perjuicio de incorporarla en los medios dispuestos por la Dirección de Compras Públicas (Gestión de Sanciones) El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución sancionatoria, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital San Antonio De Putaendo deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, en caso de que esto no sea posible, ya sea porque dicho monto no es suficiente, en caso de no existir pagos pendientes o cualquier otro tipo de impedimento, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la aplicación y cobro de la multa, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera. Salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital San Antonio De Putaendo dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, deberá el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de veinte (20) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo instrumento de garantía, con igual valor, vigencia y demás requisitos del instrumento inicial. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital San Antonio De Putaendo para poner término al Contrato y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor. El Servicio de Salud no podrá cursar multas por un monto superior 5% del valor total del contrato u orden de compra (impuestos incluidos). En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Hospital San Antonio De Putaendo de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Finalmente, el acto administrativo sancionatorio deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. 13.2.-Término Anticipado Contrato La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días corridos. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 5% del valor total contratado o se apliquen más de 2 multas totalmente tramitadas en un periodo de 2 meses consecutivos. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. Del Pago y Facturación El precio a pagar será el correspondiente al valor ofertado por el proveedor, correspondiente a los servicios efectivamente entregados. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente contratación. Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de: Institución Rut Dirección Hospital San Antonio de Putaendo 61.606.703-6 Av. Alessandri N°186, Putaendo Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente: Aceptar la respectiva orden de compra en el portal mercado público, hacer entrega de los servicios con Guía de Despacho que detalle el valor a cobrar, con los correspondientes respaldos al entregar el servicio. enviar factura posterior a la recepción de los servicios en la institución, con número de orden de compra exacto y enviar a dirección de correo dipresrecepcion@custodium.com en archivo XML, y hacer llegar factura a correo facturacion.hsap@redsalud.gob.cl Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden de compra a “Recepción conforme”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl. Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador. Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla “Referencias” opción “Orden de Compra” del formato de la factura. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar. Además, en la factura (DTE), se debe indicar el número de Guía de Despacho con detalle del valor a cobrar. En el caso de los servicios habituales u obras, deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y/o N° 30-1 emitido por la Inspección del Trabajo que acredite no mantener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios. Nota: Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato. Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizo la recepción del respectivo producto y/o servicio. En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado. Se formalizará la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl. El Hospital San Antonio de Putaendo podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la comunicación del rechazo. Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la República, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido.
VIGENCIA
El convenio tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato o desde la aceptación de la orden de compra, según corresponda conforme al monto adjudicado y a lo establecido en las presentes bases. La programación de las mantenciones preventivas será coordinada por la contraparte técnica del Hospital con el proveedor adjudicado, considerando la continuidad operacional del establecimiento y la disponibilidad de los equipos.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Hospital San Antonio de Putaendo: Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en los casos y condiciones establecidos en el D.S. N° 661 de 2024, Reglamento de la Ley de Compras Públicas, especialmente en su artículo 129 y siguientes, respetando: • El principio de estricta sujeción a las Bases. • El principio de igualdad de los oferentes. • El límite de aumento del monto del contrato (no más allá del 30% del monto originalmente pactado, salvo norma especial). • Las modificaciones deberán formalizarse mediante resolución fundada y, cuando corresponda, con un convenio modificatorio firmado por las partes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.