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Resolución de Empates |
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En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden:
1 Precio
2 Prestación del servicio (“Acuerdo de Nivel de Servicio”)
3 Garantía de los trabajos
4 Cumplimiento de requisitos formales
5 Programa de integridad y ética empresarial
De persistir el empate, los Evaluadores resolverán mediante Informe Fundado, adjudicando la oferta que más se ajuste a las necesidades institucionales.
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ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
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Los proponentes en el momento de presentar su oferta declaran conocer todos los antecedentes asociados a la misma, aceptando íntegramente lo en ellos expuesto.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de las Bases, Especificaciones Técnicas, Anexos y demás antecedentes que forman parte integrante de las Bases que rigen la presente licitación. Si producto del estudio los oferentes estimaren que existen contradicciones o ausencias de información o le surgieran dudas respecto de los antecedentes, podrán solicitar al Hospital de Putaendo, a través del portal www.mercadopublico.cl, las aclaraciones pertinentes en el plazo establecido en las Bases.
Las respuestas a las aclaraciones o consultas realizadas dentro del plazo establecido para ello, estarán a disposición de todos los interesados, en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha que se indica en las Bases. Estas aclaraciones pueden modificar en algún punto las Bases del llamado a licitación.
5.1 Modificación de los documentos de licitación: El Hospital San Antonio podrá por cualquier causa y en cualquier momento antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, antes de la fecha de cierre de la licitación. En este evento podrá ampliar el plazo de recepción de las ofertas a fin de que los interesados puedan ajustar su oferta.
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DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE |
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El proponente individualizará en su oferta la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación.
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DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta que presente el proponente tendrá una vigencia mínima de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación, indicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
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DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS |
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Las ofertas económicas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas y cualquier otro dato relevante de los insumos ofertados, debiendo incluir los siguientes documentos, en el plazo establecido en las presentes Bases.
La omisión de cualquiera de los Anexos Declarara la oferta como INADMISIBLE.
- Anexo Económico N°1: Carta oferta económica – Mantenciones preventivas (por equipo/sistema).
- Anexo Económico N°2: Carta oferta económica – Canasta de repuestos (caldera y chiller).
- Anexo Económico N°3: Tarifario correctivo, visita/diagnóstico, horas y regla de repuestos no listados.
El licitante deberá utilizar los formatos que se anexan, en los casos que correspondan.
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PROCEDIMIENTO DE LA APERTURA |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl.
10.1.-Solicitud de aclaraciones y antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando tales rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
En todo caso, la subsanación de errores u omisiones formales no podrá alterar la oferta ni sus elementos esenciales, y en particular no podrá implicar modificar precios, plazos ofertados, garantías ofertadas, condiciones económicas, ni completar anexos económicos obligatorios que incidan en la evaluación del criterio precio. Asimismo, no se admitirá la incorporación extemporánea de antecedentes técnicos o económicos que otorguen ventaja al oferente respecto de los demás.
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DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION DE LAS PROPUESTAS |
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11.1. DE LA EVALUACION
En el análisis y evaluación de las ofertas el Hospital San Antonio de Putaendo podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Hospital podrá solicitar a los oferentes, con posterioridad al acto de apertura electrónica de la Propuesta, que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl Las repuestas deberán entregarse por el portal www.mercadopublico.cl y se limitarán a los puntos solicitados.
La evaluación administrativa, técnica y económica de las ofertas, será realizada por:
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D. Rodolfo Osorio Fredes
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Jefe Administrativo o quien lo subrogue
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D. Carlos Montenegro Flores
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Jefe de Servicios Generales o quien lo subrogue
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Srta. Leslie Salgado Salgado
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Jefa de Abastecimiento o quien lo subrogue
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Srta. Fernanda Gallardo Zamora
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Jefa de Contabilidad o quien la subrogue
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El que presentará un Cuadro de Evaluación de Ofertas o Informe fundado con una proposición de adjudicación o inadmisibilidad de las ofertas.
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ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
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El Hospital San Antonio se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, o declarar desierta la licitación, conforme a la normativa vigente, sin que los oferentes tengan derecho a solicitar indemnización alguna.
La Entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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RE ADJUDICACIÓN |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la Orden de Compra, o no se inscribe en ChileProveedores en los plazos establecidos, la Entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que le siga en puntaje, y así sucesivamente; o bien, declarar desierta la licitación si así conviene al interés del servicio.
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GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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13.1 GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Para garantizar el fiel cumplimiento del respectivo contrato, el proveedor contratado deberá presentar una garantía pagadera a la vista y de carácter irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto máximo adjudicado del contrato/convenio, la que deberá ser entregada físicamente en Oficina de Partes del Hospital San Antonio de Putaendo o electrónicamente a facturacion.hsap@redsalud.gov.cl, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación totalmente tramitada.
La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato. La garantía deberá ser extendida en pesos chilenos, a nombre del Hospital San Antonio de Putaendo, RUT Nº 61.606.703-6, pagadera a la vista, y debe tener el carácter de irrevocable.
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato Licitación Pública ID ____-__-____”.
La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez verificado el íntegro cumplimiento de las obligaciones contractuales, y en todo caso transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato/convenio.
En el evento que el proveedor no presente el instrumento de fiel cumplimiento del contrato en el plazo indicado, la directora (s) se encuentra facultada para aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definido al proveedor siguiente mejor evaluado.
En el evento que se hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, su valor será depositado en una cuenta bancaria del Hospital San Antonio, y podrá ser dispuesto y utilizado por el Servicio conforme a normativa vigente.
Este instrumento podrá hacerse efectivo, entre otros, en los siguientes eventos:
• Si el licitante adjudicado desistiera de los trabajos tras la firma del contrato o no cumpliese con sus obligaciones contractuales.
• Si, a juicio del Hospital San Antonio de Putaendo, previo informe técnico, se considera que los servicios entregados no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la propuesta. Frente a esta eventualidad, la directora (s) del Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado.
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CONDICIONES DE EJECUCIÓN. |
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14.1 Emisión de Órdenes de Compra:
El Hospital emitirá Órdenes de Compra vía portal Mercado Público, según sus necesidades, de acuerdo con las presentes bases, la oferta, el convenio y la(s) Orden(es) de Compra.
14.2 Órdenes de Compra por evento (correctivas):
Las mantenciones correctivas se ejecutarán mediante Órdenes de Compra específicas, pudiendo emitirse una OC para “Visita/Diagnóstico” y, una vez aprobado el informe y presupuesto, una segunda OC para “Ejecución de reparación y/o suministro e instalación de repuestos”, según corresponda, conforme al Anexo Económico N°2 y Anexo Económico N°3.
Se entenderán comprendidos dentro de los servicios a demanda del convenio, entre otros, las pruebas reglamentarias y certificaciones exigidas para las calderas del establecimiento, las que deberán estar tarifadas y se ejecutarán mediante Orden de Compra.
14.3 Monto máximo del convenio (tope de consumo):
El convenio se adjudicará por un monto máximo (tope). El Hospital no estará obligado a consumir la totalidad del monto máximo adjudicado. El pago procederá únicamente por servicios efectivamente prestados y recepcionados conforme, contra la(s) Orden(es) de Compra emitida(s) en el marco del convenio.
14.4 Aceptación de OC:
El proveedor adjudicado no podrá rechazar Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio.
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MULTAS POR INCUMPLIMIENTO |
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15.1 Multas por incumplimiento de “Acuerdo de Nivel de Servicio” (asistencia):
Si el proveedor no cumple el “Acuerdo de Nivel de Servicio” ofertado para asistencia (llegada al establecimiento e inicio de diagnóstico), se aplicarán las siguientes multas por evento:
- Emergencia crítica: 5 UTM por evento.
- Correctiva no crítica: 3 UTM por evento.
Para efectos del cómputo del Acuerdo de Nivel de Servicio, el plazo de asistencia comenzará a correr (T0) desde la fecha y hora de emisión del requerimiento formal efectuado por el Referente Técnico del Hospital (o quien lo subrogue), enviado por correo electrónico institucional al correo de contacto del proveedor indicado en su oferta/contrato (o canal formal equivalente registrado).
En caso de requerimientos fuera de horario hábil, se considerará como T0 la fecha y hora del primer requerimiento formal emitido por los canales establecidos (correo y/o teléfono de emergencia declarado por el proveedor), debiendo el Referente Técnico respaldar el requerimiento mediante correo electrónico a la brevedad posible.
El Acuerdo de Nivel de Servicio se entenderá cumplido con la llegada al establecimiento e inicio del diagnóstico en terreno, lo cual deberá quedar consignado en la OT/Informe de visita con fecha y hora, y validado por el Referente Técnico.
15.2 Atrasos en plazos de ejecución comprometidos (cuando aplique).
Si el proveedor adjudicado incurre en incumplimiento o demora en el plazo de ejecución comprometido (una vez aprobado el diagnóstico y el presupuesto de reparación), se aplicarán multas por días de atraso:
- Atrasos entre 1 a 2 días hábiles: 3 UTM.
- Atrasos entre 3 a 4 días hábiles: 5 UTM.
- Atrasos superiores a 4 días hábiles: 10 UTM y término anticipado del contrato, sin perjuicio de otras acciones.
15.3 Atraso en entrega de informes (OT).
El atraso en la entrega del informe técnico (OT) comprometido en EETT (máximo 48 horas desde ejecutado el servicio) será sancionado con:
15.4 Tope de multas.
Las multas no podrán exceder en total el equivalente al 10% del monto total adjudicado del contrato/convenio. Alcanzado dicho límite, el Hospital podrá poner término anticipado al convenio por incumplimiento grave, sin derecho a indemnización.
15.5 Procedimiento de aplicación.
La aplicación de multas se realizará mediante procedimiento que asegure el debido proceso:
Notificación al proveedor del incumplimiento detectado, indicando hechos, fecha y multa propuesta.
Descargos del proveedor dentro de 5 días hábiles desde la notificación (vía correo oficial o portal, según se establezca).
Resolución fundada que acoge o rechaza descargos y aplica multa, total o parcialmente.
Descuento de la multa del estado de pago/facturación o cobro mediante la garantía de fiel cumplimiento, cuando corresponda.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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16.1 Procedimiento de término anticipado por incumplimiento:
a) Notificación al proveedor de los hechos que configurarían causal de término anticipado.
b) Otorgamiento de plazo de 5 días hábiles para descargos.
c) Evaluación de descargos e informe técnico si corresponde.
d) Dictación de resolución fundada que disponga el término anticipado (total o parcial) y su publicación cuando corresponda en el portal.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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La factura deberá ser enviada con número de orden de compra exacto y enviar a dirección de correo dipresrecepcion@custodium.com en archivo XML, y hacer llegar factura a correo electrónico facturacion.hsap@redsalud.gov.cl el Establecimiento no se hará responsable de facturas que no sean ingresadas por el conducto definido.
El pago se realizará en el plazo de 30 días corridos siguientes a recibida la factura y recepcionada conforme de los servicios prestados.
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PROBIDAD |
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Deberes y Prohibiciones:
De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Hospital San Antonio:
• Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Hospital San Antonio cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
• Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
• Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
• Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
• Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
• Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga.
• Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
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MODIFICACIONES DEL CONTRATO |
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19.1 El contrato/convenio podrá modificarse sólo durante su vigencia, mediante acto administrativo fundado y publicación en el portal Mercado Público, en la medida que dichas modificaciones no alteren elementos esenciales del contrato ni vulneren los principios de igualdad entre oferentes y estricta sujeción a las bases.
Toda modificación deberá estar debidamente justificada por necesidades del servicio y contar con disponibilidad presupuestaria cuando corresponda.
El contrato sólo podrá modificarse durante su vigencia en los casos y condiciones establecidos en el D.S. N°661/2024, Reglamento de la Ley N°19.886, especialmente sus disposiciones sobre modificación contractual.
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VISITA EXCLUYENTE |
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Se requiere de una visita a terreno en lugar donde se realizarán las mantenciones, visita que tendrá carácter de excluyente, en dependencias del Hospital San Antonio de Putaendo, ubicado en Avda. Alessandri N°186, Putaendo. La fecha será indicada en la ficha electrónica del portal Mercado Público.
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