Licitación ID: 1057389-17-LQ24
Informes TAC urgencia- hospitalizado y ambulatorio
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL VICTORIA, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Laboratorios de rayos X 1 Unidad
Cod: 85121808
SERVICIO DE INFORMES DE TAC URGENCIA, HOSPITALIZADO Y AMBULATORIO DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Informes TAC urgencia- hospitalizado y ambulatorio
Estado:
Cerrada
Descripción:
La presente licitación tiene como objeto la contratar el servicio de informes de TAC de urgencia, hospitalizado y ambulatorio, para suplir las necesidades asistenciales de la Unidad de Imagenología del Hospital San José de Victoria
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL VICTORIA
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.229-6
Dirección:
Avda Dartnell N°1100
Comuna:
Victoria
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-05-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 16-04-2024 17:31:00
Fecha inicio de preguntas: 16-04-2024 17:41:00
Fecha final de preguntas: 23-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-04-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-05-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-05-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 06-09-2024 12:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA EMPRESA
2.- BASES ADMINISTRATIVAS
3.- ANEXO N°4 ACREDITACION DE ESPECIALIDAD Y SUB. ESPECIALIDAD
4.- ANEXO N°5 CERTIFICADO DE EXPERIENCIA
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 ESPECIFICACIONES TECNICAS
 
2.- ANEXO N°6 REQUISITOS EXCLUYENTES
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°2 CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de respuesta ante desperfecto o fallas Plazo de respuesta ante desperfecto o fallas: El presente criterio corresponde al tiempo de respuesta que oferta el proveedor en cuanto a fallas que tengan relación con el sistema informático de los informes, tanto como en el proceso de envío, adjunción y recepción, que será notificado por correo electrónico y que son resueltos vía remota. El proveedor debe ofertar dicho plazo en Anexo N°2 Carta oferta y se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla: Plazo Respuesta ante desperfectos o fallas PUNTAJE Plazo respuesta menor a 2 horas desde que se notifica por correo la falla o no recepción del estudio tanto en el proceso de envío, adjunción y recepción de informe. 100 pts. Plazo respuesta entre 2 a 4 horas desde que se notifica por correo la falla o no recepción del estudio tanto en el proceso de envío, adjunción y recepción de informe. 50 pts Plazo respuesta mayor a 4 horas desde que se notifica por correo la falla o no recepción del estudio tanto en el proceso de envío, a 5%
2 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)El presente criterio, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios siendo facultativo para el Hospital San José de Victoria el posibilitar a un oferente presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido acompañar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior, solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Para tales efectos, se le otorgará al proveedor un plazo de 2 días hábiles a fin de que entregue, vía portal web, las certificaciones o los antecedentes requeridos por la Comisión de Evaluación, término que comenzará a correr desde que se realice el requerimiento respectivo a través del mismo portal. En virtud de lo anterior, dependiendo de la situación en que se encuentre cada oferente, se asignará a cada oferta por línea de licitación un puntaje, de acuerdo al rango contenido en la siguiente tabla: Descripción Puntos. Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo. 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 5%
3 Precio Precio (20%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 20%, comprenderá como factor el “Valor Neto Total de la Línea”. Este valor corresponderá a la sumatoria de la totalidad de los informes, tanto para urgencia, hospitalizados y ambulatorio debiendo el proveedor ofertar por la totalidad de que allí se contienen, ya que, en caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. Estos valores deben ser ingresados en ANEXO N°2 CARTA OFERTA y debe coincidir con el valor ingresado en mercadopublico.cl, en caso de discrepancia, se considerará el ingresado en el respectivo anexo. Se asignará a cada oferta un puntaje, que será el resultado obtenido aplicando la siguiente fórmula “Precio mínimo ofertado”: Corresponde al valor neto de la línea más bajo ofertado que se reciba en la línea de este proceso de licitación. “Precio Oferta”: Corresponde al Valor Neto Total de la línea ofertado de la Línea evaluada. Fórmula X= Precio mínimo ofertado * 100/precio oferta X 20%
4 Plazo de entrega de informes Plazo Entrega de los informes (35%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 35%, corresponde al plazo de entrega de los informes, el cual comprenderá 3 subcriterios de acuerdo a cada tipo de informe. Estos plazos deben ser ingresados por el proveedor en Anexo N°2 CARTA OFERTA y se subdividirán y evaluarán de acuerdo a las siguientes tablas: 7.2.1. Plazo de entrega de informes Urgencia (15%) Plazo Entrega Informes Urgencia PUNTAJE Plazo entrega menor o igual a 1 hora corrida para examen tipo Urgencia. 100 pts. Plazo entrega informe tipo Urgencia entre 1 y 2 horas corridas. 50 pts. Plazo entrega informe tipo Urgencia mayor a 2 horas corridas. 0 pts. Nota: Los plazos de respuestas ofertados se contabilizarán desde enviada la solicitud de informe. 7.2.2 Plazo de entrega de informes Hospitalizado (10%) Plazo Entrega Informes Hospitalizado PUNTAJE Plazo entrega menor o igual a 12 horas corridas. 100 pts. Plazo entrega mayor a 12 horas corridas y menor o igual a 24 35%
5 Comportamiento contractual anterior Comportamiento contractual anterior: El respectivo puntaje se asignará de acuerdo a la cantidad de sanciones y multas que se encuentran ingresadas en el portal mercadopublico.cl desde el año 2020 en adelante y conforme a la siguiente tabla: DESCRIPCIÓN PUNTAJE Oferente que a la fecha de revisión no presente multas aplicadas. 100 pts. Oferente que a la fecha de revisión tenga entre 1 a 2 multas aplicadas en los últimos 4 años. 50 pts. Oferente que a la fecha de revisión tenga más de 3 multas aplicadas en los últimos 4 años. 0 pts. 15%
6 Plazo de entrega de equipamiento y puesta en march Plazo de entrega equipamiento y puesta en marcha: El puntaje de este criterio se asignará de conforme a lo ofertado por el proveedor en Anexo N°2 Carta Oferta. Este plazo contempla la entrega de equipamiento, capacitación, instalación de sistema y puesta en marcha del servicio. El plazo comenzará a regir una vez publicada la resolución que aprueba el contrato respectivo y el puntaje se asignará de acuerdo a la siguiente tabla: Plazo de entrega equipamiento y puesta en marcha: Puntaje 7 a 10 días hábiles 100 ptos 11 a 13 días hábiles 70 ptos 14 a 16 días hábiles 50 ptos 17 a 20 días hábiles 20 ptos Superior a 20 días hábiles 0 ptos. 5%
7 Experiencia del oferente Experiencia del oferente (15%) El respectivo criterio tiene relación con la experiencia del proveedor en prestar el servicio referido con servicios de salud que revistan la misma complejidad del Hospital San José de Victoria (alta complejidad) del área pública y privada, desde el año 2019 a la fecha. Para esto, el proveedor debe completar el Anexo N°5 “Certificado de experiencia” o documento que contenga la misma información. Sólo se considerarán aquellos certificados que sean acreditados por Jefe de Unidad de Imagenología (Tecnólogo médico, médico radiólogo) y de acuerdo a la siguiente tabla: Experiencia de los oferentes 15% Descripción Puntos Acredita con 6 o más certificados satisfacción de servicio en óptimas condiciones emitidos por Jefe de Unidad de Imagenología 100 pts Acredita entre 3 a 5 certificados satisfacción de servicio en óptimas condiciones emitidos por Jefe de Unidad de Imagenología 60 pts Acredita entre 1 a 2 certificados satisfacción de servicio 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.12.999.002.01
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Damaniel Cid Inzunza
e-mail de responsable de pago: damaniel.cid@araucanianorte.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
POR LA NATURALEZA DE LA CONTRATACION.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 06-10-2024
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte del Hospital San José de Victoria, ubicado en Avda. Dartnell Nº 1100, Victoria, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. En el caso de que la garantía sea electrónica, esta debe ser adjuntada por el proveedor a su oferta. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) que el proponente se desista de su oferta; ii) que no suscriba el contrato que se le adjudicó; iii) que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “inhábil”; iv) si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar.
Glosa: De garantía por seriedad de la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en un banco con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “Seriedad de la Oferta Licitación ID N° 1057389-17-LQ24 “Informes TAC urgencia- hospitalizado y ambulatorio” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta se hará en el plazo de 30 días hábiles para los proveedores no adjudicados, luego de publicados los resultados. En el caso del proveedor que resulte adjudicado se restituirá contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 16-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público. Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días corridos superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. Nota: la fecha de vencimiento señalada es sólo estimativa.
Glosa: De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato y Pago de Multas ID N° 1057389-17-LQ24 “Informes TAC urgencia- hospitalizado y ambulatorio” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el siguiente orden decreciente: Plazo de entrega de informes, Precio, Experiencia de los oferentes, Comportamiento contractual anterior, Plazo de respuesta ante desperfectos y fallas, plazo de entrega de equipamiento y puesta en marcha y Cumplimiento requisitos formales. Si aún con lo anterior no pudiese dirimirse el empate, se considerará la primera oferta realizada en el portal www.mercadopublico.cl, según fecha y hora indicada en el acta de comprobante de ingreso de oferta.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Michelle Schevach Vilche, profesional de apoyo de Abastecimiento al fono 45-2555995 o al e-mail Michelle.schevach@araucanianorte.cl.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Al momento de la apertura de ofertas se revisarán la documentación presentada por los oferentes y en caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “FACTORES EXCLUYENTES” en las presentes bases, su oferta será declarada inadmisible por lo que no será evaluada.  
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a abstenerse de recibir donativos mientras integren la comisión.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.   

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.- El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las respuestas o aclaraciones efectuadas a las consultas de la licitación, las que se entiende formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases administrativas
Las cantidades expresadas como mensuales en anexo N° 2, corresponden a un aproximado de la cantidad de informes y solo deben ser tomados como referencia. Se requerirán los exámenes conforme demanda y según las necesidades asistenciales del Hospital San José de Victoria, en ningún caso el Hospital se compromete a adquirir la totalidad indicada como referencial. El oferente adjudicado en la presente licitación, debe dejar en comodato sin costo extra para el Hospital, 1 estación de visualización y 2 scan portable mientras dure el respectivo convenio, que deben ser instalados en conjunto con el sistema operativo en dependencias del Hospital San José de Victoria, en el plazo ofertado en Anexo N°2 CARTA OFERTA. Dicho plazo contemplará la entrega y puesta en marcha del servicio, que incluye las capacitaciones al personal y capacitación informática. El proveedor debe llevar a cabo a lo menos una mantención preventiva anual de los equipos que se encuentran en las dependencias del Hospital, lo que no obsta de que deben contar con servicio técnico en terreno en caso de que estos presenten algún desperfecto, lo que será notificado por correo electrónico y debe ser resuelto en un plazo máximo de 24 horas hábiles. La ejecución del contrato y sus características técnicas se encuentran contenidas en Anexo N°3 Especificaciones técnicas. Es obligatorio completar los Anexos respectivos a la oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados Anexos. 16 MODIFICACIÓN DE BASES Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Reglamento de la Ley 19.886. 17 REQUISITO GENERAL Podrán participar personas jurídicas, naturales o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores, deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionista (10% o más del capital) de las sociedades o empresa prestadoras, en su caso. Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, en el que deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes por las obligaciones que se generen en relación a la presente licitación, además de nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato, incluyendo la renovación que se contemple. Sin embargo, y dado que la presente adquisición será superior a la 1.000 UTM, la unión temporal de proveedores deberá conformarse mediante escritura pública, documento que deberá acompañarse en la respectiva oferta como requisito previo, a fin de suscribir el correspondiente contrato. 18 PRECIOS El precio de los productos en la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos Unitarios. Los valores deben coincidir con los ingresados en el portal mercadopublico.cl, en caso de discrepancia se considerará el ingresado en El Anexo N°2 Carta Oferta. Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas. Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 120 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de ellas en el portal Mercado Público. La oferta debe ser presentada en español. 19 FINANCIAMIENTO Los fondos destinados al financiamiento de estos productos se pagarán con cargo a fondos del Hospital San José de Victoria Ítem 22.12.999.002.01 20 ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS Garantía de seriedad de la oferta. Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento. En caso de entregarse físicamente, esta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes del Hospital San José de Victoria, ubicada en Avda. Dartnell N° 1100 en la ciudad de Victoria, horario de lunes a jueves desde las 8:00 a las 16:45 horas y viernes hasta las 15:45, hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público. La institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas. Identificación del sobre:  Individualización del oferente.  R.U.T. (no exigible tratándose de uniones temporales de proveedores). Identificación de la licitación, es decir, Garantía de seriedad de la oferta “ID N° 1057389-17-LQ24 Informes TAC urgencia- hospitalizado y ambulatorio” En caso de entregarse la garantía de seriedad de la oferta de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público. 21 VISITAS A TERRENO  No Solicita. 22 APERTURA DE LA LICITACIÓN En esta etapa se revisará la entrega del cumplimiento de los factores excluyentes solicitados según lo indicado en las bases de la presente licitación, y en consecuencia se aceptarán o se rechazarán las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un Acta de Apertura, según lo señalado en el acápite “INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.” 23 INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta inadmisible), de lo cual se dejará constancia en el Informe de Evaluación, que será confeccionado por la Comisión de Evaluación. 24. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS El Hospital San José de Victoria, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. (Artículo 40 inciso primero del Reglamento de la Ley Nº 19.886). Tampoco se aceptarán aclaraciones respecto al monto de la oferta. 25. EVALUACIÓN La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta del Director del Hospital San José de Victoria. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación así como los criterios de evaluación considerados en la misma. La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, declarándola inadmisible, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos. La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”. La comisión de Evaluación podrá solicitar muestras en los casos que considere necesario o que los productos no hayan sido probados anteriormente en el Hospital. La Comisión de Evaluación informará al Sr. director del Hospital de Victoria el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s). 26. ADJUDICACIÓN El director del Hospital adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen, y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Hospital, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta. Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes. Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta de los productos mientras éste se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases. En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Hospital San José de Victoria, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 27. INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en el portal ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez trascurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Hospital San José de Victoria para no suscribir el contrato, si éste procediere, y adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere, además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal Chileproveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma, o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 28. ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO A) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “garantía fiel cumplimiento de contrato”. B) En caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, se deberá entregar el documento o acuerdo que formaliza la unión mediante escritura pública (como documento para contratar en adjudicaciones sobre las 1.000 UTM). En caso de no entregarse los antecedentes señalados, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación. Si el oferente es persona natural, deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad por ambos lados. Si el oferente no es persona natural, deberá acompañar: 1. Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencias indicados. 2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no mayor a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada. 29. FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, cuya(s) firma(s) de su(s) representante(s) legal(es) deberá(n) autorizarse ante Notario Público o mediante firma electrónica avanzada y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse por el Hospital dentro de los 20 días corridos siguientes, desde la Recepción de la Garantía de Fiel cumplimiento. Se entenderá entregado el contrato por parte del Hospital al proveedor transcurrido 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en Anexo Nº 1. El Hospital San José de Victoria dictará la correspondiente resolución exenta aprobatoria del contrato en cuestión. Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa. 30. READJUDICACIÓN En caso que el adjudicatario: i) No regularice su situación en el portal Chileproveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado); ii) O No suscribir o entregar el contrato respectivo dentro del plazo señalado en el numeral 29; iii) No hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en bases; iv) Que el proponente se desista de su oferta; v) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar; el Hospital San José de Victoria podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente. La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público. 31. DE LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. NO APLICA. 32. RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR El proveedor o adjudicatario será el único responsable y deberá de sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por “El Hospital”. “El adjudicatario” será responsable de los daños y perjuicios que cause “ al Hospital” o a terceras personas, con motivo de la ejecución del suministro por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Hospital” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. 33. DE LA CONFIDENCIALIDAD Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes a que accede el proveedor para el desarrollo y ejecución del suministro son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información a que se acceda a toda persona, natural o jurídico, que no sea el Hospital San José de Victoria. El Adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente luego del término del contrato. 34. EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA El Hospital San José de Victoria generará durante el periodo contratado las órdenes de compra respectivas, las que se emitirán una vez firmada resolución que apruebe contrato. Se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl. El proveedor adjudicatario deberá ACEPTAR la orden de compra emitida a su favor. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del Reglamento de la Ley Nº 19.886. En caso de esta orden de compra no ser aceptada por proveedor, el Hospital no puede generar recepción conforme en plataforma ACEPTA, lo que provoca el rechazo automático de la facturas asociadas. 35. COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN La modalidad de entrega de los requerimientos de informes del Hospital al adjudicatario será vía plataforma web (RIS), debiendo remitirse la respuesta (Informe) por esta misma vía en plataforma del adjudicado. El plazo de entrega de los informes será el ofertado por el proveedor en Anexo n°2 Carta Oferta. Las demás consideraciones y requerimientos se encuentran contenidas en anexo N°3 Especificaciones técnicas y otros anexos de la presente licitación. El plazo de entrega de equipamiento, capacitación y puesta en marcha, debe ser ofertada por el proveedor en Anexo N°2 Carta Oferta. 36. SANCIONES Y MULTAS El plazo de inicio de la presente licitación comenzará con la notificación de la resolución que aprueba el contrato en portal mercado público y conforme a lo indicado en las presentes bases y anexos. El plazo de entrega de los informes, de acuerdo a su tipo, serán los ofertados por el proveedor en su carta oferta, así como el plazo de respuesta ante fallas o desperfectos. Cualquier incumplimiento de estos plazos u otros incumplimientos, el mandante cobrará una multa o sanción por incumplimiento, la cual se podrá aplicar en los siguientes casos: a. Multa por atraso en la entrega del servicio: - En los exámenes solicitados como URGENCIA: Se aplicará descuento del valor neto de los informes de exámenes según la siguiente tabla: URGENCIA HASTA 1 HORA DE ATRASO INCLUSIVE ENTRE 1 Y 2 HORAS DE ATRASO 2 O MÁS HORAS DE ATRASO % DESCUENTO 50% 70% 100% - En los exámenes solicitados como HOSPITALIZADO: Se aplicará descuento del valor neto de los informes de exámenes según la siguiente tabla: HOSPITALIZADO HASTA 12 HORAS DE ATRASO INCLUSIVE ENTRE 12 Y 24 HORAS DE ATRASO MAS DE 24 HORAS DE ATRASO % DESCUENTO 50% 70% 100% - En los exámenes solicitados como AMBULATORIO: Se aplicará descuento del valor neto de los informes de exámenes según la siguiente tabla: AMBULATORIO HASTA 24 HORAS DE ATRASO INCLUSIVE ENTRE 24 Y 48 HORAS DE ATRASO MAS DE 48 HORAS DE ATRASO % DESCUENTO 50% 70% 100% Además, si en el mes se contabiliza que más del 40% de los informes solicitados por el Hospital San José de Victoria y entregado por la empresa, presentan algún retraso pudiendo ser hospitalizado, ambulatorio y urgencia, se cursará una multa de 2 UTM. b. Sanción por no notificación de hallazgo crítico El proveedor, una vez que comience la vigencia de la licitación, deberá entregar una nómina con las patologías o hallazgos críticos que se encontrasen en los informes radiológicos y que serán reportados al Hospital cada vez que se encuentren en los informes radiológicos. El proveedor deberá notificar mediante correo electrónico y/o vía telefónica al hospital tales patologías críticas en un plazo de 15 minutos, desde la validación del examen. Si existe incumplimiento se cobrará una multa de 1 UTM por evento. c. Sanción por no entrega en caso de informe URGENCIA: Una vez transcurrido el plazo de entrega de informes de tipo URGENCIA ofertados y estos no fueran recepcionados por el Hospital Victoria, se considerará un plazo de tolerancia de 4 horas adicionales, en el caso de que el proveedor no se contactase para dar solución o manifestar la intencionalidad de realizar la entrega en este plazo, corresponderá al Tecnólogo médico o médico radiólogo encargado evaluar la situación. Si de dicho atraso se produjera algún evento que pudiese considerarse crítico, además del descuento por el atraso respectivo se sancionará al proveedor con una multa adicional de 3 UTM. d. Sanción por Addendum: En caso de que el proveedor presente exámenes con Addendum, además de estar obligado a informar nuevamente el examen y no cobrar la adenda, tendrá un plazo de 2 horas corridas para responder tomando como tiempo inicial el envío de la solicitud de addendum vía correo electrónico se le cobrará un descuento del valor de la prestación del informe inicial, según la Tabla que se muestra a continuación: Nivel de Error Significado % descuento valor neto informe 1 Discrepancia técnica en el informe clínicamente significativa 50 2 Hallazgo no informado de importancia mayor / crítica / potencialmente mortal 100 Estará encargado de evaluar el Nivel de error en los informes con Addendum el Tecnólogo Médico Jefe de la Unidad de Imagenología del Hospital Victoria o quien subrogue. Estará encargado de evaluar el error en los informes con addendum que derive de un posible daño en el usuario, el medico radiólogo de la unidad de imagenología en caso de que exista informe con diagnóstico errado, diagnóstico o addendum tardío (superior a 2 horas), que a su vez se traduzca en daños y perjuicios en la salud del paciente, se aplicará una multa de 3 UTM y descuento del 100 % del valor del informe, aplicable a las cantidades de informes que se emitan bajo estas condiciones e independiente de las sanciones legales que pudiesen efectuarse. Además, en caso de efectuarse la multa por addendum que se traduzca en daños y perjuicios a la salud del paciente, se evaluará dar término anticipado del contrato y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. e. Sanción por atraso de respuesta por falla o desperfecto en la recepción, envío o adjunción de los estudios conforme a lo ofertado: El proveedor debe ofertar en anexo N°2 carta oferta el tiempo de respuesta ante fallas o desperfectos en el sistema correspondiente a la entrega de informes. Se multará con 0,5 UTM por cada hora de atraso conforme a o ofertado con un tope a la hora 10. En este último caso, se configura un incumplimiento grave, facultando al hospital evaluar dar término a la licitación y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. f. g. f. Multa por atraso en la entrega del equipamiento y puesta en marcha: El proveedor que resulte adjudicado, debe dejar en las dependencias del Hospital el equipamiento solicitado y realizar las respectivas capacitaciones y puesta en marcha de acuerdo a lo ofertado por el mismo en Anexo N°2 Carta Oferta. En caso de atraso, se cobrará 1 UTM por cada día hábil de atraso, con un tope al día 10, posterior a esto, se configura un incumplimiento grave, facultando al hospital evaluar dar término anticipado del contrato y cobrar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. . i. Atraso en las mantenciones del equipamiento: Atraso en mantenciones preventivas: El proveedor deberá realizar mantenciones preventivas para el correcto funcionamiento del equipamiento en comodato, realizando a lo menos (1) mantención preventiva anual. El proveedor debe entregar un calendario tentativo de mantenciones preventivas, las que serán coordinadas con referentes técnicos de esta licitación. En caso de que el proveedor no realizase la mantención preventiva en la fecha acordaba previamente se cobrará 0,7 UTM por cada día de atraso con un tope al día 10. Posterior a este plazo se podrá evaluar dar término anticipado de contrato y cobrar la respectiva garantía de fiel cumplimiento. Así mismo, si el proveedor no manifestase su intención de llevar a cabo dicha mantención, podrá evaluar el término anticipado del contrato. Atraso de asistencia en terreno: En el caso de que los equipos presenten alguna falla en el equipo o sistema que se encuentra en dependencias del Hospital San José de Victoria, que deba ser atendido en terreno, el proveedor posee un plazo máximo de 24 horas hábiles para responder al requerimiento una vez notificado a través de correo electrónico. Si el proveedor no presentase respuesta, se cobrará un valor de 0,5 UTM por hora de atraso, con un tope a la hora 12. Posterior a esto, se configura un incumplimiento grave y se faculta al Hospital a evaluar dar término anticipado del contrato y cobrar la respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato. Atraso o no realización capacitaciones: Capacitaciones al personal y técnica. Además de la capacitación de puesta en marcha, el proveedor debe realizar capacitaciones al personal y capacitación técnica si estas son requeridas, previa coordinación con referente técnico, en fecha acomodadas para ambas partes. En en caso de no llevarse a cabo en las fechas acordadas o la no intención de llevar a cabo estas capacitaciones, se cobrará una multa de 2 UTM, además en el caso de que estas no quieran ser llevadas a cabo se procederá a evaluar dar término anticipado a la respectiva licitación y realizar el cobro de la garantía respectiva. Otros incumplimientos: En el caso de un eventual proceso de autorización sanitaria y/o acreditación del Hospital San José de Victoria, el proveedor debe prestar toda su colaboración y cumplir con todos los requisitos que sean exigidos por la autoridad pública. En caso de cualquier incumplimiento o negativa por parte del proveedor o su personal, el Hospital podrá aplicar una multa de 10 UTM o en su defecto, poner término anticipado de contrato. DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS. Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas, lo cual informará alguno de los responsables de la respectiva por escrito al responsable administrativo del contrato, quien a su vez informará al Jefe de Abastecimiento del Hospital el cual procederá a notificar de ello al proveedor mediante oficio remitido al correo electrónico señalado por éste en su oferta (Anexo N° 1), en el cual se establecerán los motivos que inician el proceso de aplicación de multas. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 24 horas desde la fecha de envió del correo electrónico. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá la aplicación o no de la(s) multa(s), de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, notificándose al proveedor respectivo mediante correo electrónico indicado por el mismo en Anexo N°1 con la misma fecha, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 37. PAGO Y FACTURACIÓN El Hospital San José de Victoria procederá al pago mensual, dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de las facturas. Se pagarán solamente aquellos informes que se encuentren debidamente acreditados y recibidos conforme. Las facturas deberán ser emitida posterior a la Orden de Compra y debe contener los siguientes datos: Nombre: Hospital victoria. RUT: 61.602.229-6 Domicilio: Avda. Dartnell Nº 1100 Giro: Salud. Al emitir la factura, el proveedor deberá indicar en el campo correspondiente (801) y de forma correcta la orden de compra asociada, de lo contrario esta factura será observada por plataforma ACEPTA. - Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras: 1057389-xx-SE24. - Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com De conformidad al artículo N° 8 de la Ley de Presupuesto 2024 que dice que: “Todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, durante el año 2023, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos”, el proveedor deberá indicar en el Anexo N° 1 los antecedentes necesarios para dar cumplimiento lo dispuesto en la legislación vigente. De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura dentro del plazo de ocho (8) días corridos, contados desde su recepción por parte del Hospital. Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Hospital Victoria dentro de las 48 horas siguientes a la de su celebración. Además, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito efectuado por el contratista cuando no existan obligaciones o multas pendientes. Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Hospital Victoria mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Hospital Victoria el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. En el caso de generarse montos pagados en exceso, el Hospital de Victoria a través de la Unidad de Contabilidad procederá a notificar al/los adjudicatarios/s mediante correo electrónico, requerimiento de devolución de fondos indicando el detalle del Documento Tributario Electrónico involucrado, la cuenta corriente correspondiente, y que el monto debe ser devuelto en un plazo de 5 días hábiles. En el caso de no proceder a la devolución en un plazo de 5 días hábiles, se notificará mediante carta certificada ampliando el plazo de devolución en 3 días hábiles. Si finalmente el monto no es reintegrado se iniciará el proceso de cobranza extrajudicial o judicial si corresponde”. 38. VIGENCIA DEL CONTRATO El Contrato comenzará una vez publicada resolución aprueba contrato en Portal Mercado Publico y tendrá una vigencia de 24 meses o hasta el término del presupuesto disponible, lo que ocurra primero. 39. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato que se celebre podrá ser terminado por algunas de las causales de artículo 13 de la ley 19.886, y el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.884, aprobado por el Decreto N° 250 del año 2004, además de las siguientes: • Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que acredite dicho término. • Unilateralmente por el Hospital San José de Victoria: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes: a. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. b. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal. d. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones. e. La aplicación de tres o más multas y en caso de más de una notificación de evento o mala calidad de los productos, según el cuadro “Sanciones y Multas” f. Cuando el proveedor no hiciese pago de la(s) multas aplicadas dentro del plazo establecido en la resolución que aplique la multa. g. Por situación sobreviniente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Suministro dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. h. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente. i. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito. j. Cuando las bases administrativas así lo ordenen, según los casos. k. Incumplimiento grave de obligaciones, tales como, deficiente calidad en los productos, fallas en la provisión de insumos o exceso de tiempo de respuesta una vez generada la solicitud. Todo lo mencionado anteriormente, debe quedar expresado por el referente técnico de la presente licitación en un documento que dé cuenta de dichas situaciones. Además, por algunas de las causales establecidas en el artículo 13° de la ley N° 19.886, y en su reglamento, artículo 77° o no contar con la autorización mediante resolución de ISP si correspondiese. l. También se podrá poner término anticipado al contrato cuando se agote el presupuesto asignado para la presente licitación. Será facultad privativa del Hospital, en los casos anteriores y demás contemplados en la ley, decidir el término anticipado del contrato, y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al término anticipado del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado del director del Hospital, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para término anticipado del contrato. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N°1. Se entenderá notificado el proveedor al día hábil siguiente del envío del correo electrónico, si este plazo ocurriese en un día inhábil se prorrogará hasta el día siguiente hábil. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, notificándose también al proveedor mediante correo electrónico proporcionado por e mismo en el anexo N°1, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 40. MODIFICACIÓN DE CONTRATO El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas. Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N°1 (Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N°6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886). 41. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Se deja expresamente establecido que el Hospital San José de Victoria no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de los suministro materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. 42. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Hospital San José de Victoria a través de su Jefe de Abastecimiento, o quien lo subrogue, en colaboración con el Asesor Jurídico, sin perjuicio de las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República. 43. DOMICILIO DEL PROPONENTE U OFERENTE. Para todos los efectos legales de esta licitación, los oferentes fijan su domicilio en la ciudad de Victoria, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia. 44. PROBIDAD Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834, 19.653 y 21.634 capítulo VII, además de la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Hospital, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886 y su Reglamento. 45. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS REQUERIDOS LINEA 1. SERVICIO DE INFORMES DE TAC DE URGENCIA, HOSPITALIZADO Y AMBULATORIO DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES. 46. ANEXOS Archivo Descripción ANEXO 1 ANTECEDENTES DEL OFERENTE .DOC IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR ANEXO 2 CARTA OFERTA OFERTA ECONOMICA ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS BASES TECNICAS ANEXO 4 ACREDITACION DE ESPECIALIDAD ANEXO ADMINISTRATIVO ANEXO N°5 CERTIFICADO DE EXPERIENCIA ANEXO ADMINISTRATIVO ANEXO N°6 REQUISITOS EXCLUYENTES REQUISITOS EXCLUYENTES 47. La publicación de las bases administrativas en el portal www.mercadopublico.cl, se efectuará una vez aprobadas por resolución exenta. Las preguntas, respuestas y aclaraciones de la presente licitación se realizarán de acuerdo al calendario publicado a través del foro inverso disponible en la plataforma electrónica del portal Mercado Público. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay duda referente al contenido de los antecedentes del proyecto y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos por parte de los oferentes y del que resulte ser contratista. La fecha de cierre de recepción de ofertas se realizará en la fecha y hora consignadas en el cronograma de licitación. II. DESÍGNASE como RESPONSABLE TÉCNICO DEL CONTRATO, a D. Herna Huaiquiñir Bustos, T.M. Jefe Imagenología y dra. Angela Mora Peña, médico radiólogo, Hospital San José de Victoria o quien les subrogue. III. DESÍGNASE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, A D. Carmen Sánchez Iturra, funcionario encargado de contratos del Hospital San José de Victoria o quien lo subrogue. IV. DESIGNASE ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO, A d. Michelle Schevach Vilche, Profesional de Apoyo Abastecimiento, Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. V. DESIGNASE ENCARGADO DE LA GESTION OPERATIVA DEL CONTRATO a d. Carlos Medrano Sepúlveda, Ejecutivo de compras, Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. VI. IMPÚTASE el gasto que irrogue la presente licitación con cargo al Ítem 22.12.999.002.01 VII. PUBLÍQUESE el llamado a propuesta pública en el sistema de información de compras públicas.