Licitación ID: 1057389-23-LQ23
PRESTACIONES DE CIRUGIAS VASCULARES
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL VICTORIA, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de cardiología 1 Unidad
Cod: 85121603
Servicios de especialidad vascular según detalle de anexos técnicos y económicos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PRESTACIONES DE CIRUGIAS VASCULARES
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación tiene la necesidad de suscribir contrato para la adquisición de servicios de cirugías en la sub-especialidad de Vascular, cabe mencionar que el Hospital San José de Victoria no cuenta con especialista contratado en dicha especialidad y se requiere para el cumplimiento de las garantías GES y no GES del Hospital San José de Victoria.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL VICTORIA
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.229-6
Dirección:
Avda Dartnell N°1100
Comuna:
Victoria
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-06-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 22-05-2023 14:43:42
Fecha inicio de preguntas: 22-05-2023 15:01:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-06-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-06-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-06-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2023 9:04:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1 ANTECEDENTES GENERALES
2.- Res. aprueba bases
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS
 
2.- ANEXO 4 EQUIPO QUIRURGICO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 2 CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Descripción Puntos. Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo. 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 5%
2 Experiencia de los Oferentes SUBCRITERIO ITEM PUNTOS Promedio Experiencia del Equipo de Cirujanos Más de 5 años de experiencia 60 Entre 3 y 5 años de experiencia 36 Menor a 3 años de experiencia 12 50%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.12.999.002.02-22.12.999.003.02-22.12.999.016.01
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Damaniel Cid Inzunza
e-mail de responsable de pago: damaniel.cid@araucanianorte.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Sánchez Iturra
e-mail de responsable de contrato: carmen.sanchez@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2555995-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por la naturaleza de los servicios licitados
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 12-09-2023
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte del Hospital San José de Victoria, ubicado en Avda. Dartnell Nº 1100, Victoria, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) que el proponente se desista de su oferta; ii) que no suscriba el contrato que se le adjudicó; iii) que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “inhábil”; iv) si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar.
Glosa: De garantía por seriedad de la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en un banco con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “Seriedad de la Oferta Licitación ID N° 1057389-23-LQ23 “PRESTACIONES DE CIRUGIAS VASCULARES” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta se hará en el plazo de 30 días hábiles para los proveedores no adjudicados, luego de publicados los resultados. En el caso del proveedor que resulte adjudicado se restituirá contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 12-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público. Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días hábiles superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. Nota: la fecha de vencimiento señalada es sólo estimativa.
Glosa: De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá ser entregada previo a la confección del contrato. Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato “Prestaciones de Cirugías Vasculares ID 1057389-23-LQ23”. Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo. En caso de renovarse o eventualmente de prorrogarse el convenio, el contratista deberá renovar o extender la garantía de fiel cumplimiento, por el mismo monto exigido, y cuya vigencia deberá ser superior en 90 días respecto del término de todas las prestaciones contratadas. Dicha renovación deberá realizarse con 30 de anticipación a la fecha de término de la vigencia de la garantía original, siendo de competencia del responsable del contrato velar por su cumplimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases administrativas
I. APRUÉBANSE las BASES ADMINISTRATIVAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ANEXOS, y AUTORÍZASE EL LLAMADO A PROPUESTA PÚBLICA para la materialización de la presente licitación denominada “PRESTACIONES DE CIRUGIAS VASCULARES” ID 1057389-23-LQ23, las cuales son del siguiente tenor: BASES ADMINISTRATIVAS DE LA ADQUISICIÓN 1. ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE Razón Social Hospital San José de Victoria Unidad de Compra Hospital San José de Victoria R.U.T 61.602.229-6 Dirección Avda. Dartnell N°1100 Comuna Victoria Región Región de la Araucanía 2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Número de Adquisición 1057389-23-LQ23 Nombre de Adquisición “Prestaciones de Cirugías Vasculares” Descripción La presente licitación tiene la necesidad de suscribir contrato para la adquisición de servicios de consultas, procedimientos y cirugías de la sub-especialidad de Vascular, cabe mencionar que el Hospital San José de Victoria no cuenta con especialista contratado en dicha especialidad y se requiere para el cumplimiento de las garantías GES y no GES del Hospital San José de Victoria. Tipo de Adquisición Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ) Moneda Peso chileno Etapas del Proceso de Apertura Una Etapa Requiere suscripción de contrato Si Toma de Razón por Contraloría No Licitación Contrato de Obra No Publicidad de Ofertas Técnicas Si 3. ETAPAS Y PLAZOS Publicación A contar de la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases. Consultas Dentro de los 5 días corridos siguientes a la fecha de publicación, a través de www.mercadopublico.cl Respuestas y Aclaraciones 10 días corridos después de la fecha de publicación, a través de www.mercadopublico.cl Cierre 20 días corridos después de realizada la publicación. Apertura de las ofertas Se efectuará a través de www.mercadopublico.cl, el mismo día del cierre de recepción de ofertas de la licitación. Evaluación de las Ofertas Se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos siguientes desde la fecha de Apertura. Adjudicación de la Licitación Se efectuará a través de www.mercadopublico.cl, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de evaluación. Asistir a Reuniones y/o Visitas a Terreno No Aplica. Extensión Automática del Plazo de Ofertas NO Nota: En caso que alguna de las fechas indicadas para el "Cierre" o "Apertura" y “Adjudicación” coincida con algún día sábado, feriado o festivo, la actividad, trámite o gestión se realizará al día siguiente hábil. 4. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA Anexos Administrativos • Anexo N°1: Formulario “Antecedentes Generales de la Empresa”, Nota: ingresar vía portal Mercado Público. Anexos Económicos • Anexo N°2: Formulario “Carta Oferta”. Nota: ingresar vía portal Mercado Público. Anexos Técnicos • Anexo N° 3: “Especificaciones Técnicas”. • Anexo N° 4: “Equipo Quirúrgico” Nota: Ingresar vía portal Mercado Público. Otros antecedentes a incluir en la licitación • Copia de escritura pública en donde conste la personería del representante legal y la participación del oferente en caso de sociedad. • Certificado de experiencia. • Copia de certificado de especialidad. • Currículo de los médicos. • Certificado de inscripción en la Superintendencia. 5. FACTORES EXCLUYENTES Los requisitos, exigencias o características de tipo excluyente, donde el no cumplimiento de cualquiera de ellas dejará fuera de concurso a dicha oferta, son: • No presentar los anexos Nº 1, Nº 2, Nº 3 y N° 4, aceptando las condiciones solicitadas por el Hospital San José de Victoria. • Exceder el presupuesto disponible por procedimiento. • No adjuntar certificado(s) de acreditación de la superintendencia de salud del personal indicado en anexo 4, acreditando la sub especialidad solicitada como cirujano vascular. • No cumplir, vulnerar, alterar o modificar algún precepto de las bases administrativas o anexos. • No ofertar la totalidad de Ítems de la Línea. • No presenta la garantía de seriedad de la oferta en las condiciones solicitadas. • Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, o en caso de entregarse éste, por no establecerse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple al contrato. Se deja establecido que el no cumplimiento total o parcial de cualquiera de los factores excluyentes indicados anteriormente, en cualquier momento de la evaluación de ofertas, será causal para declarar inadmisible la oferta. 6. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO Persona Natural Se requiere estar hábil en ChileProveedores. Persona Jurídica Se requiere estar hábil en ChileProveedores. Unión temporal de proveedores Todos sus integrantes requieren estar hábiles en Chileproveedores. 7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN (Se considerarán 2 decimales en evaluación) Criterios de evaluación 1. Precio 45% 2. Experiencia 50% 3. Cumplimiento de Requisitos formales 5% 7.1 Precio (45%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 45%, comprenderá el “Valor Total línea”, este valor debe ser el ingresado en anexo 2 “Carta Oferta” en el cuadro correspondiente y debe coincidir con el ingresado en mercado público. En caso de discrepancia se considerará el valor ingresado en “Anexo N°2”. Para el cálculo de evaluación se asignará a cada oferta un puntaje (evaluación con 2 decimales), que será el resultado obtenido aplicando la siguiente fórmula: Fórmula X= Precio mínimo ofertado * 100/precio oferta X Nota: Se debe tener presente que en caso de emitir boleta de honorarios con retención de impuestos el “Valor Total Línea” señalado en el anexo Nº 2 corresponderá al valor de los honorarios brutos. 7.2 Experiencia (50%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 50%, comprenderá la experiencia del equipo de cirujanos informados, según siguiente descripción: Experiencia de Cirujano(s) Contempla la revisión de la experiencia de él o los cirujanos con especialidad en cirugías vasculares incluidos en la oferta (anexo 4). Para poder ser evaluado, todos los cirujanos deben obligatoriamente contar con el Certificado de la Superintendencia de Salud donde acredite la especialidad en cirugía vascular. Se realizará un promedio de la cantidad de años de experiencia de todos los cirujanos contemplados en oferta, la cantidad de años se contabilizará desde la obtención de la certificación de la especialidad en cirugía vascular, para obtener el promedio se sumarán los años de experiencia de todos los cirujanos informados en anexo 4 y el resultado se dividirá por la cantidad de profesionales del referido anexo. La asignación de puntaje será de acuerdo a tabla siguiente: SUBCRITERIO ITEM PUNTOS Promedio Experiencia del Equipo de Cirujanos Más de 5 años de experiencia 60 Entre 3 y 5 años de experiencia 36 Menor a 3 años de experiencia 12 Nota: Todos los aspectos a evaluar en el presente ítem, deben ser respaldados por los certificados indicados y/o documentos legales que lo avalen. 7.3 Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) El presente criterio, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios es facultativo para el Hospital San José de Victoria el posibilitar a un oferente presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior, solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Para tales efectos, se le otorgará al proveedor un plazo de 2 días hábiles a fin de que entregue, vía portal web, las certificaciones o los antecedentes requeridos la Comisión de Evaluación, término que comenzará a correr desde que se realice el requerimiento respectivo a través del mismo portal. En virtud de lo anterior, dependiendo de la situación en que se encuentre cada oferente, se asignará a cada oferta por línea de licitación un puntaje, de acuerdo al rango contenido en la siguiente tabla: Descripción Puntos. Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo. 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 8. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO Estimación en base a Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ) Publicar Presupuesto Si Moneda Peso chileno. Duración del contrato 24 meses o hasta el término del presupuesto disponible Ejecución del Contrato Contrato de ejecución en el tiempo. Modalidad de Pago 30 días. Fuente de Financiamiento Ítem: 22.12.999.002.02 Compra de Procedimientos 22.12.999.003.02 Compra de Intervenciones Quirúrgicas, Intrahospitalarias Con Personal Externo y 22.12.999.016.01 Compra de Consultas Médicas Nombre Responsable del Pago Damaniel Cid Inzunza Email damaniel.cid@araucanianorte.cl Teléfono 45-2556013 Nombre Responsable Contrato administrativamente Carmen Sánchez Iturra, o quien le subrogue en el cargo de gestión de contratos. Email carmen.sanchez@araucanianorte.cl Nombre Responsable Contrato Técnicamente Paulina Jalil Casarotto, o quien le subrogue en el cargo de Subdirector Médico. Email Paulina.jalil@araucanianorte.cl 9. SUBCONTRATACIÓN Prohibición de Subcontratación Si. 10. NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS 10.1 Garantías de Seriedad de la Oferta Beneficiario Hospital San José de Victoria. Fecha de Vencimiento 90 días posteriores al cierre de licitación. Monto 200.000 pesos chilenos Glosa De garantía por seriedad de la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en un banco con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Glosa: “Seriedad de la Oferta Licitación ID N° 1057389-23-LQ23 “PRESTACIONES DE CIRUGIAS VASCULARES” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo. Forma y Oportunidad de Restitución La devolución de las garantías de seriedad de la oferta se hará en el plazo de 30 días hábiles para los proveedores no adjudicados, luego de publicados los resultados. En el caso del proveedor que resulte adjudicado se restituirá contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación. Descripción Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte del Hospital San José de Victoria, ubicado en Avda. Dartnell Nº 1100, Victoria, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada. Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) que el proponente se desista de su oferta; ii) que no suscriba el contrato que se le adjudicó; iii) que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “inhábil”; iv) si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar. 10.2 Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato (cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales en sus casos). Beneficiario Hospital San José de Victoria Fecha de Vencimiento 60 hábiles días posteriores al término del contrato. Monto 5% del monto total adjudicado, considerando las 5.000 UTM como presupuesto máximo de licitación. Glosa De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá ser entregada previo a la confección del contrato. Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato “Prestaciones de Cirugías Vasculares ID 1057389-23-LQ23”. Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo. Forma y Oportunidad de Restitución Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo. En caso de renovarse o eventualmente de prorrogarse el convenio, el contratista deberá renovar o extender la garantía de fiel cumplimiento, por el mismo monto exigido, y cuya vigencia deberá ser superior en 90 días respecto del término de todas las prestaciones contratadas. Dicha renovación deberá realizarse con 30 de anticipación a la fecha de término de la vigencia de la garantía original, siendo de competencia del responsable del contrato velar por su cumplimiento. Descripción Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público. Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días hábiles superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. Nota: la fecha de vencimiento señalada es sólo estimativa. 11. RESOLUCIÓN DE EMPATES En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el siguiente orden decreciente: Experiencia, Precio y Cumplimiento de requisitos formales. Si aún con lo anterior no pudiese dirimirse el empate, se considerará la primera oferta realizada el portal www.mercadopublico.cl, según fecha y hora indicada en el acta de comprobante de ingreso de oferta. 12. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Gabriel Garay Pailahueque, Profesional de Apoyo Abastecimiento al fono 45-2555995 o al e-mail Gabriel.garay@araucanianorte.cl 13. ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES Al momento de la apertura de ofertas se revisarán la documentación presentada por los oferentes y en caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “FACTORES EXCLUYENTES” en las presentes bases, su oferta será declarada inadmisible por lo que no será evaluada. 14. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a abstenerse de recibir donativos mientras integren la comisión. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las respuestas o aclaraciones efectuadas a las consultas de la licitación, las que se entiende formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 15. REQUERIMIENTOS La adquisición a realizar tiene como objetivo la compra de Servicios médicos de la especialidad vascular (consultas, procedimientos, cirugías) para dar cumplimiento a las necesidades de los usuarios del Hospital San José de Victoria. Las exigencias se encuentran individualizadas en las Especificaciones Técnicas (Anexo 3), y demás anexos de la presente licitación pública, las que se entienden formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales. En los casos que corresponda, el proveedor puede presentar más de una oferta. Es obligatorio completar los Anexos respectivos por cada oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos. 16. MODIFICACIÓN DE BASES Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Reglamento de la Ley 19.886. 17. REQUISITO GENERAL Podrán participar personas jurídicas, naturales o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores, deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionista (10% o más del capital) de las sociedades o empresa prestadoras, en su caso. Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, en el que deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes por las obligaciones que se generen en relación a la presente licitación, además de nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato, incluyendo la renovación que se contemple. 18. PRECIOS El precio de los servicios en la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores Unitarios. El “precio mínimo ofertado”, será el “valor líneo” ofertado. Este valor debe ser el ingresado en el anexo 2 “Carta Oferta” en el cuadro correspondiente al “Valor Línea” y debe coincidir con el ingresado en mercado público. En caso de discrepancia se considerará el ingresado en anexo 2 carta oferta. Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas. Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de ellas en el portal Mercado Público. La oferta debe ser presentada en español. 19. FINANCIAMIENTO Los fondos destinados al financiamiento de estas prestaciones se financiarán con cargo a fondos del Hospital San José de Victoria ITEM Nº 22.12.999.002.02 - 22.12.999.003.02 – 22.12.999.016.01 20. ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS Garantía de fiel cumplimiento de contrato. Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento. En caso de entregarse físicamente, ésta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al Jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes del Hospital San José de Victoria, ubicada en Avda. Dartnell N° 1100 en la ciudad de Victoria, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45 hrs., hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público. La institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas. Identificación del sobre:  Individualización del oferente.  R.U.T. (no exigible tratándose de uniones temporales de proveedores).  Identificación de la licitación, es decir, “Prestaciones de Cirugías Vasculares ID 1057389-23-LQ23”.  En caso de entregarse la garantía de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público. 21. VISITAS A TERRENO  No Solicita. 22. APERTURA DE LA LICITACIÓN En esta etapa se revisará la entrega del cumplimiento de los factores excluyentes solicitados según lo indicado en las bases de la presente licitación, y en consecuencia se aceptarán o se declararán inadmisibles las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un Acta de Apertura, según lo señalado en el acápite “INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.” 23. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta inadmisible), de lo cual se dejará constancia en el Informe de Evaluación, que será confeccionado por la Comisión de Evaluación. La comisión evaluadora por medio del informe de evaluación podrá, fundadamente, revertir los fundamentos tenidos en consideración para declarar la admisibilidad o inadmisible de las ofertas al momento de realizada la apertura de ofertas. 24. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS El Hospital San José de Victoria, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. (Artículo 40 inciso primero del Reglamento de la Ley Nº 19.886). Tampoco se aceptarán aclaraciones respecto al monto de la oferta. 25. EVALUACIÓN La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta del Director del Hospital San José de Victoria. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación así como los criterios de evaluación considerados en la misma. La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos. La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”. La Comisión de Evaluación informará al Sr. Director del Hospital de Victoria el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s). 26. ADJUDICACIÓN El Director del Hospital adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas, técnicas y demás antecedentes que la rigen, y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Hospital, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta. Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta de los productos mientras éste se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases. En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Hospital San José de Victoria, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 27. INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en el portal ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez trascurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Hospital San José de Victoria para no suscribir el contrato, si éste procediere, y adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere, además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal Chileproveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma, o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 28. ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO A) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “garantía fiel cumplimiento de contrato”. B) En caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, se deberá entregar el documento o acuerdo que formaliza la unión mediante escritura pública (como documento para contratar en adjudicaciones sobre las 1.000 UTM). En caso de no entregarse los antecedentes señalados, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación. Si el oferente es persona natural, deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad por ambos lados. Si el oferente no es persona natural, deberá acompañar: 1. Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencias indicados. 2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no mayor a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada. 29. FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, cuya(s) firma(s) de su(s) representante(s) legal(es) deberá(n) autorizarse ante Notario Público y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse por el Hospital dentro de los 20 días corridos siguientes, desde la Recepción de la Garantía de Fiel cumplimiento. Se entenderá entregado el contrato por parte del Hospital al proveedor transcurrido 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en Anexo Nº 1. El Hospital San José de Victoria dictará la correspondiente resolución exenta aprobatoria del contrato en cuestión. Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa. 30. READJUDICACIÓN En caso que el adjudicatario: i) No regularice su situación en el portal Chileproveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado); ii) O no suscriba o entregue el contrato respectivo dentro del plazo señalado en el numeral 29; iii) Si no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en bases; iv) Que el proponente se desista de su oferta; v) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar; el Hospital San José de Victoria podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente. La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público. 31. DE LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES.  El proveedor o adjudicatario será el único responsable del personal o trabajadores contratados. 32. RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR El proveedor o adjudicatario será el único responsable y deberá de sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por “El Hospital”. “El adjudicatario” será responsable de los daños y perjuicios que cause “ al Hospital” o a terceras personas, con motivo de la ejecución del suministro por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Hospital” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. 33. DE LA CONFIDENCIALIDAD Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes a que accede el proveedor para el desarrollo y ejecución del suministro son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información a que se acceda a toda persona, natural o jurídico, que no sea el Hospital San José de Victoria. El Adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente luego del término del contrato. 34. EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA El Hospital San José de Victoria generará durante el periodo contratado. Las órdenes de compra respectivas, las que se emitirán una vez firmada resolución que apruebe contrato. Se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl. El proveedor adjudicatario deberá ACEPTAR la orden de compra emitida a su favor. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del Reglamento de la Ley Nº 19.886. En caso de esta orden de compra no ser aceptada por proveedor, el Hospital no puede generar recepción conforme en plataforma ACEPTA, lo que provoca el rechazo automático de la facturas asociadas. 35. SERVICIOS ADICIONALES – DISMINUCIÓN DE SERVICIOS No aplica. 36. COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN El prestador de acciones de salud deberá coordinarse con Subdirección Médica a través de la Unidad pre-quirúrgica, pudiendo el Hospital San José de Victoria, requerir que estas se realicen ciertos días y horarios. El Hospital San José de Victoria a través de la Unidad pre-quirúrgica para cirugías y procedimientos y Unidad de Admisión para consultas, se encargará de citar a los usuarios para el día y hora del examen. La recepción conforme de los servicios contratados la realizará subdirector médico a través de visación de certificado emitido por la unidad de producción en donde conste el listado de usuarios que se hayan atendido producto de la presente licitación. El listado se enviará mediante certificado a subdirector médico, quien validará los registros y enviará bajo el mismo procedimiento a subdirección de gestión y desarrollo de las personas para revisión de los integrantes del equipo quirúrgico que haya participado de los servicios contratados (cirugías, controles) y que las prestaciones fueron realizadas fuera del horario institucional contratado en caso que este personal tenga a su vez vínculo con el Hospital San José de Victoria, emitiendo certificado con dicha información a subdirector médico, quien una vez validado enviara a subdirector administrativo certificando la recepción conforme de los servicios prestados e individualizados en estos certificados, Subdirector administrativo autorizará se gestione el pago de estas prestaciones a través de resolución de pago que encargara redactar a Dpto. de Abastecimiento derivando toda esta documentación. La negativa sin causa justificada, para practicar un servicio programado, por hecho o circunstancia no imputable al Hospital de Victoria, da derecho a este último para poner término anticipado de pleno derecho al convenio, de manera unilateral, sin necesidad de requerimiento judicial alguno. Además, procederá el cobro de la boleta de garantía correspondiente. 37. AUMENTO DE PLAZO Y MULTA El incumplimiento imputable al proveedor de las prestaciones adjudicadas, en los términos señalados en las precedentes bases y en las especificaciones técnicas será sancionado de la siguiente manera: 1. Si el proveedor no cumple con algunos de los puntos solicitados en Anexo N° 3 de las especificaciones técnicas será sancionado con una multa de 2 UTM (dos unidades tributarias mensuales), por cada falta cometida. Más de 4 faltas de este tipo se considerará falta grave 2. En caso que el oferente adjudicado se presente a entregar los servicios previamente programados, con retraso al horario fijado será sancionado con una multa de 0.5 UTM por cada 30 minutos de retraso. Mas de 6 faltas de este tipo de considerar falta grave 3. En caso que el oferente adjudicado no se presente a entregar los servicios previamente programados, será sancionado con una multa de 10 UTM por cada caso informado. Mas de dos faltas de este tipo será considerado falta grave Falta grave: Será sancionado con una multa de 20 UTM, mas de dos faltas graves el Hospital considerará la posibilidad de poner termino anticipado al contrato y cobro de respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato. Para todo efecto de cobro de multa, el valor del cálculo de multa se considerará el valor de la UTM del mes incurrida la falta, para el caso de falta grave se calculará en el mes de ocurrida última falta. El proveedor deberá pagar la multa respectiva mediante deposito o transferencia bancaria a la cuenta corriente del Hospital San José de Victoria, si ello no ocurre dentro de los 5 días desde la resolución que impone la multa, el Hospital podrá hacer efectivo el pago de la multa descontándola del próximo pago que proceda hacer a la empresa, o a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato si procediere. Sin perjuicio de lo anterior en la resolución que ordena proceder al cobro de la multa, podrá especificarse alguna otra modalidad de pago de ésta. Procedimiento cobro de Multa: Mediante ordinario emitido por el encargado técnico del contrato (SDM), informando y describiendo a la Unidad de Abastecimiento el incumplimiento que amerita el cobro de dicha multa, según lo estipula las bases administrativas. Posterior a la recepción de esta notificación, la unidad de Abastecimiento informara mediante correo electrónico informado en Anexo N° 1; notificara a proveedor del servicio en cuestión, que se da inicio al procedimiento para cobro de multa según se especificara en ordinario emanado por Sub Dirección Médica, encargado técnico de contrato. El proveedor tendrá tres días hábiles para presentar sus descargos al mismo correo por medio del cual fue notificado, posterior a ello de no recibir respuesta se entenderá practica la notificación y procederá a dictar resolución el Director del Hospital que apruebe cobro de multa. Se entenderá notificado luego de 24 horas desde que se envía el correo electrónico. 38. PAGO Y FACTURACIÓN El Hospital San José de Victoria procederá al pago mensual, dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de las facturas. Se pagarán solamente aquellos servicios que se encuentren debidamente acreditados y recibidos conforme. Nombre: Hospital Victoria. RUT: 61.602.229-6 Domicilio: Avda. Dartnell Nº 1100 Giro: Salud. Al emitir la factura, el proveedor deberá indicar en el campo correspondiente (801) y de forma correcta la orden de compra asociada, de lo contrario esta factura será observada por plataforma ACEPTA. - Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras : 1057389-XX-SEXX - Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com De conformidad al artículo N° 8 de la Ley de Presupuesto 2023 que dice que: “Todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos”, el proveedor deberá indicar en el Anexo N° 1 los antecedentes necesarios para dar cumplimiento lo dispuesto en la legislación vigente. De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días, contados desde su recepción por parte del Hospital. Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Hospital Victoria dentro de las 48 horas siguientes a la de su celebración a Jefe de Finanzas Don Damaniel Cid, correo damaniel.cid@araucanianorte.cl. Además, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito efectuado por el contratista cuando no existan obligaciones o multas pendientes. Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Hospital Victoria mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Hospital Victoria el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. 39. VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del Contrato comenzará a regir una vez publicada en Portal Mercado Público la resolución que aprueba contrato, y tendrá una vigencia 24 meses o hasta que se agote el presupuesto, lo que ocurra primero. El contrato podrá ser aprobado mediante resolución exenta con una fecha posterior al inicio de vigencia de las prestaciones, en la medida que se haya emitido la resolución exenta de adjudicación, en razón de necesidades del Hospital San José de Victoria. Lo anterior, en virtud de lo normado en el artículo 52º de la Ley Nº 19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado, el cual señala que “Los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.” No obstante, si el proceso de formulación de nuevas bases para el periodo siguiente al término de la vigencia del contrato se extendiese más allá de los tiempos previstos, se podrá prorrogar este convenio hasta la suscripción y aprobación por resolución del contrato derivado del nuevo proceso de contratación. Lo anterior, siempre que el monto estimado del convenio a prorrogar no supere las 1.000 UTM, de acuerdo a los establecido en el artículo 10 Nª 7 letra a) del reglamento de la ley Nº 19.886. 40. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato que se celebre podrá ser terminado por algunas de las causales de artículo 13 de la ley 19.886, y el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.884, aprobado por el Decreto N° 250 del año 2004, además de las siguientes: • Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que acredite dicho término. • Unilateralmente por el Hospital San José de Victoria: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes: a. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. b. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal. d. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones. e. La aplicación de tres o más multas según el cuadro “Aumento de Plazo y Multa”. f. Cuando el proveedor no hiciese pago de la(s) multas aplicadas dentro del plazo indicado en la resolución que aplica la multa. g. Por situación sobreviniente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Suministro dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. h. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente. i. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito. j. Cuando las bases administrativas así lo ordenen, según los casos. k. Incumplimiento grave de obligaciones, señalados como falta grave en acápite (37). Además, por algunas de las causales establecidas en el artículo 13° de la ley N° 19.886, y en su reglamento, artículo 77° o no contar con la autorización mediante resolución de ISP si correspondiese. l. Si el adjudicatario en 2 encuestas consecutivas, obtiene un nivel de satisfacción menor al 85% o su equivalente en nota a un 5,95, el Hospital podrá poder término al contrato, según lo indicado en anexo 3 punto 5 evaluación de calidad m. También se podrá poner término anticipado al contrato cuando se agote el presupuesto asignado para la presente licitación. Será facultad privativa del Hospital, en los casos anteriores y demás contemplados en la ley, decidir el término anticipado del contrato, y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al término anticipado del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado del director del Hospital, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para término anticipado del contrato. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante carta certificada y correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N°1. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días hábiles administrativos desde la fecha de emisión del correo certificado. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 41. MODIFICACIÓN DE CONTRATO El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas. Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N°1 (Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N°6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886). 42. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Se deja expresamente establecido que el Hospital San José de Victoria no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de los suministro materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. 43. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Hospital San José de Victoria a través de su Jefe de Abastecimiento, o quien lo subrogue, en colaboración con el Asesor Jurídico, sin perjuicio de las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República. 44. DOMICILIO DEL PROPONENTE U OFERENTE. Para todos los efectos legales de esta licitación, los oferentes fijan su domicilio en la ciudad de Victoria, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia. 45. PROBIDAD Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Hospital, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886 y su Reglamento. 46. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS REQUERIDOS Cantidad Ítem 1 Prestaciones de Cirugías Vasculares 47. ANEXOS Archivo Descripción ANEXO 1 ANTECEDENTES GENERALES DEL OFERENTE ANEXO ADMINISTRATIVO ANEXO 2 CARTA OFERTA OFERTA ECONOMICA ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS ANEXO TECNICO ANEXO 4 EQUIPO QUIRURGICO ANEXO TECNICO 48. La publicación de las bases administrativas en el portal www.mercadopublico.cl, se efectuará una vez aprobadas por resolución exenta. Las preguntas, respuestas y aclaraciones de la presente licitación se realizarán de acuerdo al calendario publicado a través del foro inverso disponible en la plataforma electrónica del portal Mercado Público. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay duda referente al contenido de los antecedentes del proyecto y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos por parte de los oferentes y del que resulte ser contratista. La fecha de cierre de recepción de ofertas se realizará en la fecha y hora consignadas en el cronograma de licitación. II. DESÍGNASE como RESPONSABLE TÉCNICO DEL CONTRATO, a Srta. Paulina Jalil Casarotto, Subdirectora Médica del Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. III. DESÍGNASE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, AL Sr. Gabriel Garay Pailahueque, Profesional del Apoyo Unidad de Abastecimiento del Hospital San José de Victoria o quien lo subrogue. 49. La Comisión de Evaluación de la presente propuesta estará integrada por: Integrantes titulares: NOMBRE TITULARES CARGO RUT Ninoska Vasquez Riffo Jefa SAU 10.258.022-2 Patricio Leigh Gutiérrez Jefe Cirugía 15.099.047-5 Josseline Letelier Vasquez Jefe (S) CR Gestión Clínica y Control de Gestión 13.813.240-4 Integrantes suplentes: NOMBRE SUPLENTES CARGO RUT Stefano Cavalieri Sepulveda Encargado GES 17.801.683-0 Eugenia Rosa Peña Enfermera Supervisora Pabellón 13.238.512-2 Matias Mancinelli Godoy Jefe Gestión de la Demanda 18.489.919-1 Nota: Esta comisión será válida con un mínimo de tres firmas de los integrantes antes mencionados. - Se deja constancia que para los efectos de la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, la fecha de inicio de la comisión evaluadora será la del presente acto administrativo que la constituye, y su fecha de término será aquella que se establezca en las publicación en el portal www.mercadopublico.cl de las bases de licitación como fecha de adjudicación. En caso que sea necesario extender las funciones de los miembros de la comisión evaluadora más allá de dicha fecha, el dato de término deberá ser modificado por la nueva fecha hasta la cual se estima que seguirán sus funciones. - El Responsable del Contrato deberá verificar que se remita una copia de la presente resolución a la administradora de la ley del lobby para que cree las cuentas como sujetos pasivos de los integrantes de la comisión de evaluación que sean servidores de nuestra institución. - Cada integrante de la comisión de evaluación deberá chequear que se encuentre correctamente publicado como sujeto pasivo en el sistema de lobby. Asimismo, mientras dure su calidad de sujeto pasivo, es responsable de registrar en el sistema de lobby sus reuniones, viajes y donativos señaladas en la Ley N° 20.730, en lo que respecta a sus funciones en dicha comisión. - Se prohíbe a los integrantes de la comisión evaluadora, mientras ejercen esta función, aceptar solicitudes de terceros, especialmente oferentes, sobre asuntos referidos a este proceso licitatorio. IV. IMPÚTASE el gasto que irrogue la presente licitación con cargo al Ítem 22.12.999.002.02, 22.12.999.003.02 y 22.12.999.016.01. V. PUBLÍQUESE el llamado a propuesta pública en el sistema de información de compras públicas.