bases administrativas |
- La necesidad de Adquirir implantes para cirugía protésica de rodilla asociado a entrega de cajas de instrumental para resolver cirugías de pacientes beneficiarios del Hospital San Jose de Victoria.
- Qué los productos solicitados no se encuentra disponible en la modalidad Convenio Marco Vigente.
- Qué Hospital San José de Victoria cuenta con disponibilidad presupuestaria para el llamado a licitación pública.
- Formulario de Solicitud de fecha 26.10.2022 realizado por Dr. Juan Mella Flores medico jefe servicio Traumatología del Hospital San Jose de Victoria, autorizado por Dra. Paulina Jalil Casarotto Subdirector médico y Don Isaias Cardenas Cifuentes Subdirector Administrativo del Hospital.
Y VISTOS:
- D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
- D.F.L. Nº1/05 que aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. Nº2763/79, leyes Nº18.933 y Nº18.469.
- D.S. Nº140/04 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
- Decreto N°38 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red.
- DFL Nº 36 del año 1980, Establece normas que regulan Convenios que celebren los Servicios de Salud con otras entidades.
- Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento aprobado por el Decreto Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones.
- Resolución 07/19 de la Contraloría General de la República sobre exención del trámite de toma de razón.
- Ley Nº 21.395 de Presupuestos de Sector Público correspondiente al año 2022, de fecha 15 de diciembre de 2021.
- Decreto Nº 03/2019 del Ministerio de Salud, que designa al Director del Servicio de Salud Araucanía Norte.
11. Resolución Exenta N° 351 de fecha 10 de marzo 2021 de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, que designa Director Subrogante del Hospital San José de Victoria a D. Joaquín Humberto Sanzana Muñoz, a contar del 10 de marzo 2021.
Dictó la siguiente:
RESOLUCIÓN
I. APRUÉBANSE las BASES ADMINISTRATIVAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ANEXOS, y AUTORÍZASE EL LLAMADO A PROPUESTA PÚBLICA para la materialización de la presente licitación denominada “IMPLANTES PARA CIRUGÍA PROTESICA DE RODILLA ASOCIADO A ENTREGA DE CAJAS DE INSTRUMENTAL” las cuales son del siguiente tenor:
BASES ADMINISTRATIVAS DE LA ADQUISICIÓN
1. ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social
|
Hospital San José de Victoria
|
Unidad de Compra
|
Hospital San José de Victoria
|
R.U.T
|
61.602.229-6
|
Dirección
|
Avda. Dartnell N°1100
|
Comuna
|
Victoria
|
Región
|
Región de la Araucanía
|
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Número de Adquisición
|
1057389-39-LP22
|
Nombre de Adquisición
|
“IMPLANTES PARA CIRUGÍA PROTESICA DE RODILLA ASOCIADO A ENTREGA DE CAJAS DE INSTRUMENTAL”
|
Descripción
|
La presente licitación tiene como objetivo la adquisición Insumos para la especialidad de traumatología del Hospital San Jose de Victoria.
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública entre 1000 y 2.000 UTM (LP)
|
Moneda
|
Peso chileno
|
Etapas del Proceso de Apertura
|
Una Etapa
|
Requiere suscripción de contrato
|
Si
|
Toma de Razón por Contraloría
|
No
|
Licitación Contrato de Obra
|
No
|
Publicidad de Ofertas Técnicas
|
Si
|
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación
|
A contar de la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases.
|
Consultas
|
Dentro de los 5 días corridos siguientes a la fecha de publicación, a través de www.mercadopublico.cl
|
Respuestas y Aclaraciones
|
10 días corridos después de la fecha de publicación, a través de www.mercadopublico.cl
|
Cierre
|
20 días corridos después de realizada la publicación.
|
Apertura de las ofertas
|
Se efectuará a través de www.mercadopublico.cl, el mismo día del cierre de recepción de ofertas de la licitación.
|
Evaluación de las Ofertas
|
Se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos siguientes desde la fecha de Apertura.
|
Adjudicación de la Licitación
|
Se efectuará a través de www.mercadopublico.cl, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de evaluación.
|
Asistir a Reuniones y/o Visitas a Terreno
|
No aplica
|
Nota: En caso que alguna de las fechas indicadas para el "Cierre" o "Apertura" y “Adjudicación” coincida con algún día sábado, feriado o festivo, la actividad, trámite o gestión se realizará al día siguiente hábil.
4. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Anexos Administrativos
|
- Anexo N°1: Formulario “Antecedentes Generales y Administrativos de la Empresa”,
- Anexo N°6 Certificado de experiencia satisfactoria, en caso de corresponder
Nota: ingresar vía portal Mercado Público.
- Declaración jurada simple de inhabilidades es suministrada por portal Mercado Publico
|
Anexos Económicos
|
- Anexo N°2: Formulario “Carta Oferta”.
Nota: ingresar vía portal Mercado Público.
|
Anexos Técnicos
|
- Anexo N°3 Especificaciones Técnicas
- Anexo N°4 Certificaciones
- Anexo N°5 Nomina de representantes
|
Otros antecedentes a incluir en la licitación
|
- Certificados y/o resoluciones solicitados en anexo N°4
- Certificado de garantía de los artículos que detalle material, fabricación y tiempo de garantía de fabricación
|
- FACTORES EXCLUYENTES
Los requisitos, exigencias o características de tipo excluyente, donde el no cumplimiento de cualquiera de ellas dejará fuera de concurso a dicha oferta, son:
- No presentar los anexos Nº 1, N°2 N°4 y N°5.
- El no cumplimiento de las especificaciones técnicas de la presente licitación.
- Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, o en caso de entregarse éste, por no establecerse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple al contrato.
- No entregar en concesión las cajas de instrumental para colocación, accesorios y equipamientos necesarios para el correcto uso de los insumos licitados sin costo extra.
- Los productos ofertados que cuenten con notificaciones de “Formulario SDM/006 Notificación del usuario al sistema de tecno vigilancia de dispositivos médicos”, no serán evaluados
- Oferentes deberán Acreditar experiencia previa satisfactoria en otro centro de salud públicos o privados en el caso de que los productos ofertados no hayan sido previamente utilizado por algún miembro del equipo quirúrgico de la especialidad de traumatología del Hospital mediante certificado anexo 6, se requiere un mínimo de 3 certificados de diferentes médicos.
- No cotizar la totalidad de los ítem contemplados en línea 1
- No presentar Resolución sanitaria de almacenamiento
- No presentar Resolución de inscripción en el ISP como importador
- No presentar garantía de seriedad de la oferta.
- No cumplir o vulnerar algún precepto de las bases administrativas o anexos.
|
- REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
Persona Natural
|
Se requiere estar hábil en ChileProveedores.
|
Persona Jurídica
|
Se requiere estar hábil en ChileProveedores.
|
Unión temporal de proveedores
|
Todos sus integrantes requieren estar hábiles en Chileproveedores.
|
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN (se considerara para la evaluación 2 decimales)
Criterios de Evaluación
|
- Precio
|
40%
|
- Experiencia Satisfactoria Anterior
|
25%
|
|
- Comportamiento Contractual Anterior
|
15%
|
|
- Certificaciones
|
15%
|
|
- Cumplimiento de Requisitos formales
|
5%
|
7.1 Precio (40%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 40%, comprenderá un único factor: para lo cual los oferentes deberán ingresar a Carta oferta anexo N°2 y mercado publico el Valor Neto Total, el cual corresponde a la suma de los valores netos unitarios de todos los ítem que componen cada línea.
Se asignará a cada oferta un puntaje, que será el resultado obtenido aplicando la siguiente fórmula
“Precio mínimo ofertado”: Corresponde al valor neto más bajo ofertado como “Valor Total Neto Línea” que se reciba en la línea evaluada.
“Precio Oferta”: Corresponde al Valor Total Neto Línea de la oferta evaluada.
Fórmula
|
|
X= Precio mínimo ofertado * 100/precio oferta X
|
|
|
|
7.2 Experiencia Satisfactoria Anterior (25%): El puntaje de este criterio se asignara a cada línea ofertada según la experiencia previa del equipo de médicos cirujanos de la especialidad de Traumatología del Hospital con los productos licitados en este u otros Hospitales/clínicas.
DESCRIPCION
|
PUNTOS
|
Producto utilizado por el equipo de cirujanos de la especialidad con evaluación satisfactoria.
|
100
|
Producto no utilizado anteriormente por el equipo de cirujanos de la especialidad.
debe presentar a lo menos 3 certificado de experiencia satisfactoria de otra entidad pública o privada
|
50
|
Producto utilizado por el equipo de cirujanos de la especialidad con mala evaluación.
(se deberá justificar esta evaluación)
|
1
|
Nota: los productos ofertados que cuenten con notificaciones de “Formulario SDM/006 Notificación del usuario al sistema de tecno vigilancia de dispositivos médicos”, no serán evaluados
7.3 Comportamiento contractual anterior (15%): Se evaluará el comportamiento del proveedor en servicios prestados al estado a través de Chileproveedores, conforme a lo establecido en el art. 96 bis del D.S. 250 del Ministerio de Hacienda y de acuerdo a siguiente cuadro.
Criterio a Evaluar
|
Puntaje
|
No refleja termino anticipado de contratos ni multas en los últimos 5 años
|
100
|
Refleja aplicación de 1 a 3 multas en la ejecución de contratos en los últimos 5 años
|
50
|
Refleja aplicación de 4 a 8 multas en la ejecución de contratos en los últimos 5 años
|
30
|
Refleja termino anticipado de contrato atribuible al proveedor o más de 9 multas en los últimos 5 años
|
10
|
7.4 Certificaciones (15%): El puntaje de este criterio se asignara a cada oferta según la información entregada en anexo N°4 Certificaciones, la suma de los puntos obtenidos en cada oferta será el puntaje de este criterio.
7.5 Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)El presente criterio, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios es facultativo para el Hospital San José de Victoria el posibilitar a un oferente presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior, solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
Para tales efectos, se le otorgará al proveedor un plazo de 2 días hábiles a fin de que entregue, vía portal web, las certificaciones o los antecedentes requeridos la Comisión de Evaluación, término que comenzará a correr desde que se realice el requerimiento respectivo a través del mismo portal. En virtud de lo anterior, dependiendo de la situación en que se encuentre cada oferente, se asignará a cada oferta por línea de licitación un puntaje, de acuerdo al rango contenido en la siguiente tabla:
Descripción
|
Pts.
|
Oferta presentada no contiene errores u omisiones.
|
100
|
Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo.
|
50
|
El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo.
|
0
|
8. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
Estimación en base a
|
2.000 UTM como máximo presupuesto disponible.
|
Publicar Presupuesto
|
Si
|
Moneda
|
Peso chileno.
|
Duración del contrato
|
24 meses o hasta agotar presupuesto lo que ocurra primero
|
Ejecución del Contrato
|
Contrato de ejecución en el tiempo.
|
Modalidad de Pago
|
45 días contra recepción conforme de factura
|
Fuente de Financiamiento
|
Ítem: 22.04.004.004
|
Nombre Responsable del Pago
|
Damaniel Cid
|
Email
|
damaniel.cid@araucanianorte.cl
|
Teléfono
|
45-2556013
|
Nombre Responsable Contrato administrativamente
|
Carmen Sanchez Iturra (o quien subrogue el cargo de gestión de contratos)
|
Email
|
Michelle.schevach@araucanianorte.cl
|
Nombre Responsable Contrato Técnicamente
|
Dr. Juan Mella Flores Medico jefe Servicio Traumatología y Eugenia Rosa Peña Enfermera jefe de Pabellon. (o quien los subrogue
|
Email
|
juanmella@yahoo.com, eugenia.rosa@araucanianorte.cl
|
9. SUBCONTRATACIÓN
Prohibición de Subcontratación
|
No
|
10. NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS
10.1 Garantías de Seriedad de la Oferta
Beneficiario
|
Hospital San José de Victoria.
|
Fecha de Vencimiento
|
90 días posteriores al cierre de licitación.
|
Monto
|
500.000 pesos chilenos
|
Glosa
|
De garantía por seriedad de la oferta, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en un banco con sucursal en la ciudad de Victoria.
Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Glosa: Seriedad de la oferta ID1057389-39-LP22 “IMPLANTES PARA CIRUGÍA PROTESICA DE RODILLA ASOCIADO A ENTREGA DE CAJAS DE INSTRUMENTAL” Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
|
Forma y Oportunidad de Restitución
|
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta se hará en el plazo de 30 días hábiles para los proveedores no adjudicados, luego de publicados los resultados. En el caso del proveedor que resulte adjudicado se restituirá contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El proveedor que no presente la garantía de seriedad de la oferta quedará excluido de la respectiva evaluación por falta de documentación.
|
Descripción
|
Ésta deberá ser entregada en la Oficina de Parte de Hospital San José de Victoria, ubicado en Avda. Dartnell Nº 1100, Victoria, hasta el día de cierre de la presente licitación, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45. Cabe señalar que será responsabilidad del oferente obtener un respaldo de la recepción antes señalada.
Dentro de las causales de cobro se encuentran las siguientes: i) que el proponente se desista de su oferta; ii) que no suscriba el contrato que se le adjudicó; iii) que el proveedor no regularice su situación en Chileproveedores como proveedor “hábil”; iv) si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar.
|
10.2 Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato (cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales en sus casos).
Beneficiario
|
Hospital San José de Victoria
|
Fecha de Vencimiento
|
60 días posteriores al término del contrato.
|
Monto
|
5% del valor total adjudicado calculado desde la cantidad indicado como referencial.
|
Glosa
|
De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria.
Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Dicha garantía deberá ser entregada junto con el contrato.
Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato ID ID1057389-39-LP22 “IMPLANTES PARA CIRUGÍA PROTESICA DE RODILLA ASOCIADO A ENTREGA DE CAJAS DE INSTRUMENTAL”
Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
|
Forma y Oportunidad de Restitución
|
Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo.
En caso de renovarse o eventualmente de prorrogarse el convenio, el contratista deberá renovar o extender la garantía de fiel cumplimiento, por el mismo monto exigido, y cuya vigencia deberá ser superior en 60 días respecto del término de todas las prestaciones contratadas. Dicha renovación deberá realizarse con 30 de anticipación a la fecha de término de la vigencia de la garantía original, siendo de competencia del responsable del contrato velar por su cumplimiento.
|
Descripción
|
Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público.
Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días corridos superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original.
Nota: la fecha de vencimiento señalada en el cuadro tercero es sólo estimativa.
|
11. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el siguiente orden decreciente: Precio, experiencia satisfactoria anterior, Certificaciones, comportamiento contractual anterior y Cumplimiento de requisitos formales. Si aún con lo anterior no pudiese dirimirse el empate, se considerará la primera oferta realizada en el portal www.mercadopublico.cl, según fecha y hora indicada en el acta de comprobante de ingreso de oferta.
|
12. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Noemí Osses Pincheira, jefe Sub-Depto. de Abastecimiento al fono 45-2556159 o al e-mail noemi.osses@araucanianorte.cl
|
13. ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
En caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “FACTORES EXCLUYENTES” en las presentes bases, no será evaluado.
|
14. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a abstenerse de recibir donativos mientras integren la comisión.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las respuestas o aclaraciones efectuadas a las consultas de la licitación, las que se entiende formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
15. REQUERIMIENTOS
Se requiere realizar adquisición de Implantes para Cirugía Protésica de Rodilla asociados a entrega de cajas de instrumental y todo lo necesario tanto para su instalación y/o retiro asociadas al implante adjudicado, entendiéndose como parte del mismo servicio.
Las cantidades de consumo, son referenciales pudiendo aumentar o disminuir según la necesidad del Hospital de acuerdo a demanda no existiendo un compromiso por parte del Hospital de adquirir una cantidad.
LÍNEA
|
N° ÍTEM
|
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
|
CANTIDAD APROXIMADA ANUAL
|
|
1
|
KIT PARA PROTESIS TOTAL DE RODILLA PRIMARIA
|
30
|
1
|
2
|
KIT PARA PROTESIS TOTAL DE RODILLA REVISIÓN FIJA
|
5
|
|
3
|
KIT PARA PROTESIS TOTAL DE RODILLA REVISIÓN MOVIL
|
5
|
2
|
4
|
KIT PROTESIS TOTAL UNICOMPARTIMENTAL DE RODILLA
|
5
|
El o los ofertantes adjudicados deben:
- Proveer las cajas de instrumental y todo lo necesario tanto para su instalación y/o retiro asociadas al implante adjudicado, entendiéndose como parte del mismo servicio.
- Garantizar la presencia de un asistente quirúrgico entrenado en prótesis de rodilla para cada intervención, el cual debe certificar entrenamiento mínimo de un año en la empresa con al menos una referencia de profesional médico.
- Garantizar los implantes por el periodo que dure el convenio
- Restituir íntegramente aquellas partidas consideradas técnicamente defectuosas o que no cumplan con las especificaciones Técnicas, dentro del plazo señalado en la oferta, contando desde el requerimiento del Hospital, sin perjuicio de la aplicaciones de multas en caso de corresponder.
- La entrega de los productos licitados e instrumental asociado deberá realizarse dentro del plazo ofertado.
- La entrega de los insumos e instrumental debe ser garantizada en oportunidad y calidad indicada en las especificaciones técnicas, como cumplir con los requerimientos der almacenamiento y conservación y sellos de seguridad, hasta la recepción conforme en el Hospital.
Oferentes deben incluir en su oferta
- Cada oferta debe incluir ficha técnica en español con imágenes, folletos de información completa y técnica quirúrgica que oferten, el valor detallado de cada producto, insumo, implante que formen parte de los kit y que serán utilizados en los procedimientos.
- Las ofertas recibidas serán analizadas técnicamente, de acuerdo a lo solicitado en las presentes bases, contrastando con los catálogos adjuntos a la oferta.
- Con relación a las medidas, formatos, etc, si se amerita y la comisión lo justifica se podrá aceptar una variación de los productos o insumos ofertados, siempre que esto no desvirtué el objetivo final del producto.
- Se deberá presentar las certificaciones solicitadas en las presentes bases utilizadas para asignación de puntaje en criterio de evaluación.
- Se deberá presentar certificado de garantía de los artículos que detalle material, fabricación y tiempo de garantía de fabricación.
- Las cantidades informadas son aproximadas no existiendo un compromiso por parte del Hospital de adquirir una cantidad.
Las reposiciones de los insumos utilizados se realizaran a través de órdenes de compra solicitadas por enfermera jefe de Pabellon según necesidad.
Es obligatorio completar los anexos respectivos (anexos Nº1, Nº 2, N°4, N°5,) en caso que el oferente presente más de una oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos.
Se podrá incorporar productos que no estén individualizados en anexo 3 que correspondan a la naturaleza de la contratación por actualización de técnicas quirúrgicas o nuevas patologías asociadas, previa cotización y autorización de SDM y SDA.
|
16. MODIFICACIÓN DE BASES
Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 del Reglamento de la Ley 19.886.
|
17. REQUISITO GENERAL
Podrán participar personas jurídicas, naturales o uniones temporales de proveedores (la persona natural que haga de apoderado o postulante a la presente licitación) que estén inscritos en el portal Mercado Público, y que además cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas.
Tratándose de personas jurídicas no inscritas en Chileproveedores, deberán adjuntar una nómina con indicación de los contratistas e identificación de los principales socios y accionista (10% o más del capital) de las sociedades o empresa prestadoras, en su caso.
Tratándose de uniones temporales de proveedores, deberán acompañar en su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, en el que deberá constar a lo menos la solidaridad entre sus integrantes por las obligaciones que se generen en relación a la presente licitación, además de nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato, incluyendo la renovación que se contemple.
Sin embargo, y dado que la presente adquisición será superior a la 1.000 UTM, la unión temporal de proveedores deberá conformarse mediante escritura pública, documento que deberá acompañarse en la respectiva oferta como requisito previo, a fin de suscribir el correspondiente contrato.
|
18. PRECIOS
El precio de los productos en la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, VALOR TOTAL NETO LINEA. (Corresponde a la suma de los valores unitarios de cada ítem contemplado en la línea). El “precio mínimo ofertado”, será el “VALOR TOTAL NETO LINEA”. El que a su vez debe ser ingresado en anexo 2 “Carta Oferta” en el cuadro correspondiente al “MONTO TOTAL NETO DE LÍNEA” y debe coincidir con el ingresado en mercado público, como “Precio Unitario” de línea. En caso de discrepancia se considerará el ingresado en anexo 2 Carta Oferta.
El oferente debe considerar todos los costos asociados hasta la entrega efectiva en las dependencias del Hospital, de las cajas en concesión, mantención de estas y reposición de los insumos utilizados.
Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas. Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de ellas en el portal Mercado Público.
|
19. FINANCIAMIENTO
Los fondos destinados al financiamiento de estos productos se pagarán con cargo a fondos del Hospital San José de Victoria Ítem Ítem: 22.04.004.004
|
20. ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS
Garantía de seriedad de la oferta.
Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento.
En caso de entregarse físicamente, ésta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al Jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes del Hospital San José de Victoria, ubicada en Avda. Dartnell N° 1100 en la ciudad de Victoria, horario de lunes a viernes desde las 8:00 a las 16:45 horas, hasta el día del cierre de las ofertas en el portal Mercado Público.
La institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas.
Identificación del sobre:
- Individualización del oferente.
- R.U.T. (no exigible tratándose de uniones temporales de proveedores).
Identificación de la licitación, es decir, Seriedad de la Oferta Licitación ID 1057389-39-LP22 “IMPLANTES PARA CIRUGÍA PROTESICA DE RODILLA ASOCIADO A ENTREGA DE CAJAS DE INSTRUMENTAL”
- En caso de entregarse la garantía de seriedad de la oferta de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público.
- Acompañar a garantía anexo 7, individualizando garantía.
|
21. VISITAS A TERRENO
22. APERTURA DE LA LICITACIÓN
En esta etapa se revisará la entrega del cumplimiento de los factores excluyentes solicitados según lo indicado en las bases de la presente licitación, y en consecuencia se aceptarán o se rechazarán las ofertas a través del portal Mercado Público, mediante un Acta de Apertura, según lo señalado en el acápite “INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.”
|
23. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La no observancia de lo señalado en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES”, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta rechazada), de lo cual se dejará constancia en el Acta de Apertura Electrónica, la que será confeccionada por la Comisión de Evaluación. Dicha situación se reflejará a su vez en el correspondiente Informe de Evaluación que deba levantar la comisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación, con ocasión de la emisión del correspondiente acta o Informe de Evaluación fundado, pueda declarar alguna otra oferta en carácter de “inadmisible”, o inclusive de establecer la admisibilidad respecto de alguna oferta que inicialmente fuese declarada como “rechazada” en la referida Acta de Apertura Electrónica, debido a un error u otra situación no tenida en vista al declarar como “aceptadas” o “rechazadas” las ofertas, estableciéndose pormenorizadamente los fundamentos de ello en uno u otro caso.
|
24. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS
El Hospital San José de Victoria, a través de la Comisión de Evaluación, se reserva el derecho de solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. (Artículo 40 inciso primero del Reglamento de la Ley Nº 19.886). Tampoco se aceptarán aclaraciones respecto al monto de la oferta.
|
25. EVALUACIÓN
La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta del Director del Hospital San José de Victoria. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación así como los criterios de evaluación considerados en la misma.
La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos.
La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”.
La Comisión de Evaluación informará al Sr. Director del Hospital de Victoria el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s).
|
26. ADJUDICACIÓN
El Director del Hospital adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen, y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Hospital, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta.
Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes.
Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta de los productos mientras éste se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases.
En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Hospital San José de Victoria, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
|
27. INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES
En caso que el adjudicatario no esté inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 15 días corridos para regularizar su situación en el portal ChileProveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez trascurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Hospital San José de Victoria para no suscribir el contrato, si éste procediere, y adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere, además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en el portal Chileproveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma, o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
|
28. ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO
A) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “garantía fiel cumplimiento de contrato”.
B) En caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, se deberá entregar el documento o acuerdo que formaliza la unión mediante escritura pública (como documento para contratar en adjudicaciones sobre las 1.000 UTM).
En caso de no entregarse los antecedentes señalados, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación.
Si el oferente es persona natural, deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad por ambos lados.
Si el oferente no es persona natural, deberá acompañar:
1. Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencias indicados.
2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no mayor a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
|
29. FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO
La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, cuya(s) firma(s) de su(s) representante(s) legal(es) deberá(n) autorizarse ante Notario Público o firma electrónica avanzada y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse por el Hospital dentro de los 20 días corridos siguientes, desde la Recepción de la Garantía de Fiel cumplimiento. Se entenderá entregado el contrato por parte del Hospital al proveedor transcurrido 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en Anexo Nº 1. El Hospital San José de Victoria dictará la correspondiente resolución exenta aprobatoria del contrato en cuestión.
Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa.
|
30. READJUDICACIÓN
En caso que el adjudicatario: i) No regularice su situación en el portal Chileproveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES” (si no figura inscrito en ChileProveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado); ii) O no suscriba o entregue el contrato respectivo; iii) Si no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en bases; iv) Que el proponente se desista de su oferta; v) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Chileproveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar; el Hospital San José de Victoria podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente.
La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público.
|
31. DE LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES.
32. RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR
El proveedor o adjudicatario será el único responsable y deberá de sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por “El Hospital”. “El adjudicatario” será responsable de los daños y perjuicios que cause “ al Hospital” o a terceras personas, con motivo de la ejecución del suministro por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Hospital” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.
|
33. DE LA CONFIDENCIALIDAD
Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes a que accede el proveedor para el desarrollo y ejecución del suministro son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información a que se acceda a toda persona, natural o jurídico, que no sea el Hospital San José de Victoria. El Adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente luego del término del contrato.
|
34. EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
El Hospital San José de Victoria generará durante el periodo contratado. Las órdenes de compra respectivas solicitadas según reposición por enfermera jefe de Pabellon o quien la subrogue, las que se emitirán una vez firmada resolución que apruebe adjudicación.
Se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl.
El proveedor adjudicatario deberá ACEPTAR la orden de compra emitida a su favor, de lo contrario no se podrá realizar recepción conforme de servicios en los plazos legales quedando la factura rechazada.
En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
|
35. SERVICIOS ADICIONALES – DISMINUCIÓN DE SERVICIOS
36. COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN
La reposición de los productos será de acuerdo a solicitud de reposición solicitada por enfermera jefe de Pabellon o quien la subrogue.
Los productos deberán ser entregados en bodegas del Hospital quien realizara recepción conforme, previa V° B° de enfermera jefe de Pabellon o quien la subrogue.
Las cajas deberán ser entregadas según anexo adjunto “Flujograma instrumental externo”
En caso que proveedor requiera prorroga en la entrega de uno o más productos por causa justificada, deberá efectuarse vía correo electrónico a Referente Técnico Dr. Juan Mella Flores correo electrónico: juanmella@yahoo.com, Eugenia Rosa Peña correo electrónico: eugenia.rosa@araucanianorte.cl y administrativo del contrato Michelle Schevach: Michelle.schevach@araucanianorte.cl, noemi.osses@araucanianorte.cl dentro de las siguientes 24 horas hábiles de enviada la OC o solicitud, acompañando todos los fundamentos que la justifiquen. Tal solicitud será calificada y resuelta por referente técnico del Hospital San Jose de Victoria. Toda solicitud que se presente fuera del plazo no será válida y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega de los productos o en la reposición de ellos, el Hospital San Jose de Victoria resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes.
El adjudicatario deberá entregar los productos e instrumental asociado en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenido en las presentes bases.
El proveedor deberá emitir, por cada orden de compra una Factura a nombre del establecimiento, la cual deberá contener, además de las menciones tributarias, el número y fecha de la Orden de Compra, descripción y código de productos asociados.
La recepción administrativa por parte del Hospital San Jose de Victoria, no obsta su derecho de rechazar el todo o parte de la factura, por una deficiencia de la calidad que inhabilite el servicio respecto de su objeto o función, o por incongruencia u otras causas señaladas en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación. El Hospital San Jose de Victoria podrá reclamar en contra del contenido de la Factura dentro del plazo de ocho (8) días corridos desde la fecha de su recepción.
Además el proveedor deberá ACEPTAR orden de compra en portal Mercado Publico, de lo contrario no se emitirá certificado de recepción conforme en Mercado Publico y quedará rechazada en Plataforma ACEPTA.
|
37. AUMENTO DE PLAZO Y MULTA
El plazo de inicio de la presente licitación comenzara con la total tramitación de resolución que aprueba contrato correspondiente.
En caso que el oferente adjudicado no cumpla con lo dispuesto en las bases administrativas, anexos y detalles entregados en su oferta, el mandante cobrara una multa por incumplimiento, la cual se podrá aplicar en los siguientes casos no imputables a fuerza mayor.
- Incumplimiento en el plazo de la entrega del instrumental: Se cobrara 1 UTM, por cada día hábil de atraso a partir de la fecha ofertada y con tope de 10 días hábiles administrativos , posterior a esto el hospital se encontrara facultado para realizar cobro de garantía.
- Incumplimiento en el plazo de entrega de los insumos: Se cobrara 5% del valor neto de los productos adeudados, por cada día de atraso a partir de la fecha de entrega ofertada y con tope de 10 días hábiles administrativos, posterior a esto el hospital se encontrara facultado para realizar cobro de garantía.
- Incumplimiento de la oportuna mantención de las cajas de instrumental asociado: 1 UTM por cada día hábil administrativos que estas dejen de estar operativas a causa de falla o desgaste de material no mantenido o cambiado oportunamente por el adjudicatario.
Valor UTM calculada de acuerdo al mes de ocurridos las faltas
Transcurrido este plazo y la empresa adjudicada no ha informado la voluntad de dar cumplimiento al contrato, se estudiara la posibilidad de poner término anticipado al contrato.
El Hospital podrá hacer efectiva la multa descontándola del pago que proceda hacer a la empresa, o también podrá ser pagada por el adjudicatario mediante depósito bancario en una cuenta corriente del Hospital; haciendo efectiva la boleta de fiel cumplimiento del contrato o en la forma que determine el Hospital, a su elección. Sin perjuicio de lo anterior en la resolución que ordena proceder al cobro de la multa, podrá especificarse alguna otra modalidad de pago de ésta.
DEL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.
Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas, lo cual informará el responsable técnico del contrato por escrito al responsable administrativo de este, quien a su vez informará al Jefe de Abastecimiento del Hospital el cual procederá a notificar de ello al proveedor mediante oficio remitido al correo electrónico señalado por éste en su oferta (Anexo N° 1), en el cual se establecerán los motivos que inician el proceso de aplicación de multas. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 24 horas desde la fecha de emisión del correo electrónico. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá la aplicación o no de la(s) multa(s), de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado.
|
38. PAGO Y FACTURACIÓN
El Hospital San José de Victoria procederá al pago de las facturas asociadas, dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de las facturas. Se cancelarán solamente aquellos productos que se encuentren debidamente acreditados como recibidos conforme por referente técnico del contrato o quien subrogue.
Las facturas deberán ser enviadas a sistema ACEPTA, casilla de intercambio para envió de DTE dipresrecepcion@custodium.com
Nombre: Hospital victoria.
RUT: 61.602.229-6
Domicilio: Avda. Dartnell Nº 1100
Giro: Salud.
Al emitir la factura, el proveedor deberá indicar en el campo (801) correspondiente y de forma correcta la orden de compra asociada y aceptada en mercado público de lo contrario no se podrá realizar recepción conforme quedando esta factura rechazada por plataforma ACEPTA y no podrá ser ingresada contablemente para pago.
1. Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras: 1057389-xx-xxxx
2.-Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com
De conformidad al artículo N° 8 de la Ley de Presupuesto 2022 que dice que: “Todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos”, el proveedor deberá indicar en el Anexo N° 1 los antecedentes necesarios para dar cumplimiento lo dispuesto en la legislación vigente.
De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura dentro del plazo de 08 días, contados desde su recepción por parte del Hospital.
Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Hospital Victoria dentro de las 48 horas siguientes a la de su celebración. Además, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito efectuado por el contratista cuando no existan obligaciones o multas pendientes. Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Hospital Victoria mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Hospital Victoria el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro.
|
39. VIGENCIA DEL CONTRATO
El Contrato comenzará a regir una vez notificada resolución que aprueba contrato en Portal Mercado Publico y tendrá una vigencia de 24 meses.
El contrato podrá ser aprobado mediante resolución exenta con una fecha posterior al inicio de vigencia de las prestaciones, en la medida que se haya emitido la resolución exenta de adjudicación, en razón de necesidades del Hospital San José de Victoria. Lo anterior, en virtud de lo normado en el artículo 52º de la Ley Nº 19.880 de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado, el cual señala que “Los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.”
No obstante, si el proceso de formulación de nuevas bases para el periodo siguiente al término de la vigencia del contrato se extendiese más allá de los tiempos previstos, se podrá prorrogar este convenio hasta la suscripción y aprobación por resolución del contrato derivado del nuevo proceso de contratación. Lo anterior, siempre que el monto estimado del convenio a prorrogar no supere las 1.000 UTM, de acuerdo a los establecido en el artículo 10 Nª 7 letra a) del reglamento de la ley Nº 19.886.
|
40. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato celebrado entre las partes, podrá terminarse anticipadamente por alguna de las siguientes causas:
- Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que no producirá sus efectos antes de 30 días de suscrito.
- Unilateralmente por el Hospital San José de Victoria: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes:
a. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
b. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal.
d. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones.
e. La aplicación de tres o más multas según el cuadro “Aumento de Plazo y Multa”.
- Por situación sobreviniente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Suministro dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización.
g. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente.
h. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito.
- Incumplimiento grave de obligaciones, tales como:
- Calidad en los productos utilizados para el servicio requerido: En caso de que durante la vigencia del convenio los productos ofertados sean notificados por algún médico con “Formulario SDM/006 Notificación del usuario al sistema de tecno vigilancia de dispositivos médicos”.
- Provisión de insumos, tiempo de respuesta, una vez generada la solicitud: la suspensión de 2 cirugías consecutivas a causa de la no oportuna entrega y dentro de los plazos de los productos ofertados que no sean considerados como casos de fuerza mayor.
- Por algunas de las causales establecidas en el artículo 13° de la ley N° 19.886, y en su reglamento, artículo 77°.
- También se podrá poner término anticipado al contrato cuando se agote el presupuesto asignado para la presente licitación.
Será facultad privativa del Hospital, en los casos anteriores, decidir el término anticipado del contrato, y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al término anticipado del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado del director del Hospital, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para término anticipado del contrato. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante carta certificada y correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N°1. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 3 días hábiles administrativos desde la fecha de emisión del correo certificado. En caso de notificaciones por carta certificada, éstas se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado.
|
41. MODIFICACIÓN DE CONTRATO
El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas.
Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N°1 (Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N°6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886).
|
42. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se deja expresamente establecido que el Hospital San José de Victoria no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de los suministro materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo.
|
43. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Hospital San José de Victoria a través de su Jefe de Abastecimiento, o quien lo subrogue, en colaboración con el Asesor Jurídico, sin perjuicio de las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República.
|
44. DOMICILIO DEL PROPONENTE U OFERENTE.
Para todos los efectos legales de esta licitación, los oferentes fijan su domicilio en la ciudad de Victoria, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia.
|
45. PROBIDAD
Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Hospital, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886 y su Reglamento.
|
46. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
LÍNEA
|
N° ÍTEM
|
DENOMINACIÓN
|
|
1
|
KIT PARA PROTESIS TOTAL DE RODILLA PRIMARIA
|
1
|
2
|
KIT PARA PROTESIS TOTAL DE RODILLA REVISIÓN FIJA
|
|
3
|
KIT PARA PROTESIS TOTAL DE RODILLA REVISIÓN MOVIL
|
2
|
1
|
KIT PROTESIS TOTAL UNICOMPARTIMENTAL DE RODILLA
|
48. ANEXOS
Archivo
|
Tipo
|
Descripción
|
ANEXO 1 ANTECEDENTES DEL OFERENTE .DOC
|
ANEXOS ADMINISTRATIVO
|
IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR
|
ANEXO 2 CARTA OFERTA
|
ANEXO ECONOMICO
|
CARTA OFERTA
|
ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS
|
ANEXO TECNICO
|
OFERTA TECNICA
|
ANEXO 4 CERTIFICACIONES
|
ANEXO TECNICO
|
OFERTA TECNICA
|
ANEXO 5 NOMINA DE REPRESENTANTES
|
ANEXO TECNICO
|
OFERTA TECNICA
|
ANEXO 6 CERTIFICADO DE EXPERIENCIA SATISFACTORIA PREVIA
|
ANEXO TECNICO
|
CERTIFICADOS
|
FLUJOGRAMA ENTREGA INSTRUMENTAL EXTERNO
|
ANEXO TECNICO
|
FLUJO ENTREGA CAJAS
|
- La publicación de las bases administrativas en el portal www.mercadopublico.cl, se efectuará una vez aprobadas por resolución exenta. Las preguntas, respuestas y aclaraciones de la presente licitación se realizarán de acuerdo al calendario publicado a través del foro inverso disponible en la plataforma electrónica del portal Mercado Público. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay duda referente al contenido de los antecedentes del proyecto y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos por parte de los oferentes y del que resulte ser contratista. La fecha de cierre de recepción de ofertas se realizará en la fecha y hora consignadas en el cronograma de licitación.
II.DESÍGNASE como RESPONSABLE TÉCNICO DEL CONTRATO, Dr. Juan Mella Flores, Medico Jefe Servicio Traumatología y D. Eugenia Rosa Peña, Enfermera Jefe Unidad de Pabellón del Hospital San José de Victoria o quien los subrogue.
III.DESÍGNASE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, a Srta. Carmen Sanchez Iturra, Gestora de Contratos, Abastecimiento del Hospital San José de Victoria o quien la subrogue.
IV. DESÍGNASE a los siguientes funcionarios para ser parte de La Comisión de Evaluación de la presente propuesta:
NOMBRE TITULARES
|
CARGO
|
RUT
|
NOMBRE SUPLENTES
|
CARGO
|
RUT
|
Dr. Juan Mella Flores Medico
|
Medico Jefe Servicio Traumatología HSJV
|
13.347.196-0
|
Rodrigo Marin Plaza
|
Medico Traumatólogo
HSJV
|
13.054.639-0
|
Ricardo Martinez San Martin,
|
Medico Traumatólogo HSJV
|
14.217.414-6
|
Carlos Troll Roos Médico Jefe
|
Medico Traumatólogo HSJV
|
13.687.671-6
|
Eugenia Rosa Peña
|
Enfermera Jefe de Pabellón HSJV
|
13.238.512-2
|
Mónica Vásquez Sandoval
|
Enfermera Pabellón HSJV
|
19.051.014-K
|
Nota: Esta comisión será válida con un mínimo de tres firmas de los integrantes antes mencionados.
- Se deja constancia que para los efectos de la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, la fecha de inicio de la comisión evaluadora será la del presente acto administrativo que la constituye, y su fecha de término será aquella que se establezca en las publicación en el portal www.mercadopublico.cl de las bases de licitación como fecha de adjudicación. En caso que sea necesario extender las funciones de los miembros de la comisión evaluadora más allá de dicha fecha, el dato de término deberá ser modificado por la nueva fecha hasta la cual se estima que seguirán sus funciones.
- El Responsable del Contrato deberá verificar que se remita una copia de la presente resolución a la administradora de la ley del lobby para que cree las cuentas como sujetos pasivos de los integrantes de la comisión de evaluación que sean servidores de nuestra institución.
- Cada integrante de la comisión de evaluación deberá chequear que se encuentre correctamente publicado como sujeto pasivo en el sistema de lobby. Asimismo, mientras dure su calidad de sujeto pasivo, es responsable de registrar en el sistema de lobby sus reuniones, viajes y donativos señaladas en la Ley N° 20.730, en lo que respecta a sus funciones en dicha comisión.
- Se prohíbe a los integrantes de la comisión evaluadora, mientras ejercen esta función, aceptar solicitudes de terceros, especialmente oferentes, sobre asuntos referidos a este proceso licitatorio.
V. IMPÚTASE el gasto que irrogue la presente licitación con cargo al Ítem 22.04.004.004 Prótesis.
VI. PUBLÍQUESE el llamado a propuesta pública en el sistema de información de compras públicas.
|
|
|